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Derecho

 
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  • Derechos fundamentales y libertades públicas (Venezuela)

    Derechos humanos en las fuerzas Armadas. Marcelino Rolando Lamas Largo. Situación represiva. Son aquellos que posibilitan un nivel de vida adecuado para las personas, entre ellos tenemos los derechos económicos, sociales y culturales (DESC). Que cubren las siguientes áreas: La igualdad entre hombres y mujeres. La accesibilidad y las condiciones de empleo. La sindicalización. La seguridad social. La prioridad a la familia y a la protección especial a los niños. El disfrute de la cultura. La alimentación. La vivienda. La educación. La salud física y mental. El medio ambiente sano.

    Publicado: Vie Feb 13 2009  |  197 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • El negocio jurídico

    El Negocio Jurídico. Clasificación de los negocios jurídicos. Elementos del negocio jurídico. Vicios de la voluntad. Exteriorización de la voluntad. Concordancia entre la voluntad interna y la voluntad declarada. El objeto del negocio jurídico. La causa del negocio jurídico. La forma del negocio jurídico. La representación del negocio jurídico. Interpretación del negocio jurídico. Prueba de los negocios jurídicos. El negocio jurídico ineficacia. Convalidación del negocio jurídico.

    Publicado: Vie Feb 13 2009  |  210 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Formas agravadas (Derecho, Perú)

    Descripción legal. Consideraciones generales. Legislación comparada. Aspectos de la penalidad. Elementos. Tipicidad objetiva. Conducta. Tipicidad subjetiva. En los casos de los Artículos 125 y 128, si resulta lesión grave o muerte y éstas pudieron ser previstas, la pena será privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años en caso de lesión grave y no menor de cuatro ni mayor de ocho en caso de muerte.

    Publicado: Vie Feb 13 2009  |  182 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Historia del Derecho Marítimo

    10 de 10 estrellas (1 voto)

    Distintos periodos en la historia de la navegación. Características. Edad Antigua. Recopilación de usos y costumbres. El origen del Derecho marítimo se remonta a la antigüedad. Como ningún país tiene jurisdicción sobre los mares, siempre ha sido necesario que las naciones alcanzaran acuerdos sobre todo lo relacionado con los barcos, su tripulación y cargamentos en supuestos de disputa. Los primeros acuerdos quizá se basaban en un puñado de costumbres tradicionales que se habrían desarrollado a partir de soluciones prácticas a problemas corrientes. Muchas de estas costumbres pasaron a formar parte del Derecho romano. Tras la caída del Imperio, el comercio marítimo se interrumpió durante unos 500 años.

    Publicado: Vie Feb 13 2009  |  840 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • La efectividad del Derecho a la Queja

    El Héroe Nacional "José Martí" señaló: ".oír quejas justas es el mejor modo de acallarlas, que volver la espalda con desdén a los querellosos." (Batlle, 2006: 336). Y sobre los derechos expresó: "los derechos justos pedidos inteligentemente tendrán sin necesidad de violencia, que vencer." (Batlle, 2006: 100). Si la terminología referente a los derechos humanos se mueve en un ámbito de equivocidad y confusión, no menos equívocos y confusos resultan los intentos doctrinales por definirlos. El Derecho a la Queja ha sido un tema de discusión mundial para muchos doctrinistas, sobre él no se ha logrado un acuerdo para su reconocimiento, ni una única forma para el tratamiento de su ejercicio. Es sin duda una problemática vigente la del tratamiento del ejercicio del Derecho a la Queja. Según las cifras emitidas por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en el 2006, más del 25% de la población mundial es victima de la trasgresión de uno de sus principales derechos políticos: "el derecho de quejarse ante las autoridades competentes y que las mismas le pronuncien una respuesta a la queja presentada por los ciudadanos." (Informe Naciones Unidas, 2006: 35)

    Publicado: Vie Feb 13 2009  |  294 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Participación Ciudadana

    El tema de participación ciudadana fue escogido por nosotros para dar a conocer las distintas labores en las que podemos desempeñarnos de manera eficaz y productiva. Una de las metas de esta investigación es informar a los lectores que la participación ciudadana es la forma en que nos adaptamos a un medio para dar satisfacción a nuestras necesidades, ésta se refiere a la integración de las comunidades locales en la gestión y compromiso con la protección y defensa del mismo. Daremos a conocer los tipos de participación que se dan: INFORMANDO, CONSULTANDO, DECIDIENDO JUNTOS, APOYANDO LOS INTERESES COMUNITARIOS, ACTUANDO JUNTOS y así desarrollaremos cada uno de ellos.

    Publicado: Vie Feb 13 2009  |  187 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Sentencia C-833 de 2007 (Colombia)

    Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 25 y 27de la Ley 44 de 1993 "por la cual se modifica y adiciona la Ley 23 de 1982 y se modifica la Ley 29 de 1944". Antecedentes. Norma demandada. Intervenciones. Concepto del procurador general de la Nación. Consideraciones y fundamentos. Decisión. En ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad, el ciudadano Nicolás Garrido Abad presentó demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 27 de la Ley 44 de 1993, a la cual se le asignó el radicado de esta Corporación D-6649. Por su parte, el ciudadano Jorge Alonso Garrido Abad presentó demanda contra los artículos 25 y 27 de la misma ley, la cual fue radicada como D-6650. Estos dos procesos fueron acumulados y repartidos a este despacho para su trámite.

    Publicado: Vie Feb 13 2009  |  191 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Alcances del agravio constitucional en la legislación peruana

    El Amparo contra Amparo. Recurso de agravio constitucional como medio impugnatorio del error in iudicando de la sentencia estimatoria. Artículo 201º de la Constitución y el Tribunal constitucional. El error in iudicando de la sentencia estimatoria: supuestos. En el desarrollo del presente trabajo, pretendemos analizar la doble dimensión y finalidad de los procesos constitucionales como fundamento de la reinterpretación, habiendo merecido nuestra atención una situación jurídica que se estuvo presentando hasta hace poco en nuestra administración de justicia, la cual no es otra que el desamparo de control constitucional al que estaban expuestos los procesos de amparo, exentas de control de constitucionalidad por parte del TC, fruto de una aplicación literal del artículo 202 inciso 2 de la Constitución Política.

    Publicado: Jue Feb 12 2009  |  165 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • La discrepancia al requerimiento fiscal de sobreseimiento

    El Principio Acusatorio y la distribución de roles en el proceso penal. La facultad jurisdiccional del promover el control jerárquico del pedido fiscal de sobreseimiento. La imparcialidad judicial frente a la facultad jurisdiccional de someter a un control jerárquico el requerimiento fiscal de sobreseimiento. Los problemas en torno al contenido de la resolución discrepante que promueve el control jerárquico del dictamen no acusatorio. Como transitar a salvo por un terreno minado. Propuesta para una motivación valida del auto de discrepancia. Colofón: el Juez que discrepa con el requerimiento de sobreseimiento del Fiscal puede después sentenciar?. La facultad de los Jueces penales de discrepar con un requerimiento de sobreseimiento formulado por un fiscal, y elevar el mismo a un fiscal superior para que éste ordene la emisión de una acusación, se torna en una prerrogativa riesgosa si no se hace un uso adecuado de la misma. En el presente trabajo se advierten estos riegos, y se proponen algunas medidas para conjurarlos.

    Publicado: Jue Feb 12 2009  |  196 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Apreciaciones sobre la reforma constitucional de los derechos humanos 2002-2003

    7 de 10 estrellas (2 votos)

    Carácter evolutivo de los derechos humanos. Etapas de progresión de los derechos humanos. Visión integral de los derechos humanos. ¿Qué significó la Conferencia Mundial de los Derechos Humanos de 1993?. La Conferencia de El Cairo. Las obligaciones del Estado y la sociedad respecto a los derechos económicos sociales y culturales. Obligación jurídica para garantizar los DESC. Priorizar los recursos disponibles del Estado para la efectividad de los DESC. La prohibición de retrocesos. Las obligaciones del Estado en situaciones de escasos recursos. Derechos de aplicación inmediata y de aplicación progresiva. Reforma constitucional de los derechos humanos 2002-2003. Cronología de debates de la propuesta de reforma constitucional en materia de derechos humanos. Criterios rectores. Principales derechos humanos propuestos en la reforma constitucional (2002-2003). Deberes fundamentales. Reflexiones a la clase política, al pueblo peruano y a la ciudadanía en general en el marco de la democracia, la gobernabilidad y los derechos humanos.

    Publicado: Mie Feb 11 2009  |  616 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Aspectos relevantes del nuevo modelo procesal penal (Perú)

    El 29 de Julio del 2004, se promulga por el Poder Ejecutivo, el Código Procesal Penal (Dec. Leg. 957), el cual introduce una reforma guiada por las pautas de la Constitución y de las normas Internacionales de Derechos Humanos, tales como: La DHDH, CADH y PIDCP. Este novísimo Código recibe la influencia normativa recogida del Código Procesal Penal Italiano de 1989, el Código Procesal Chileno, (cuya implementación culmina este año), el Código Procesal Penal de Costa Rica, el Código Procesal Penal de Colombia, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal Española, así como de la legislación procesal penal alemana y anglosajona. De este modo nuestro Código de Procedimientos Penales de 1940, con vigencia por más de seis décadas, ha sido condenado a desaparecer y con ello el modelo inquisitivo enraizado en la conciencia jurídica de magistrados, fiscales y abogados de nuestro país, que fueron formados bajo dicho modelo, lo que dificulta, sin duda, reconocer los alcances de la reforma procesal. El nuevo proceso penal a la luz de la innovación normativa, se convierte en un proceso inherente a un Estado Democrático, social de derecho, en donde el individuo, no sólo es parte de la sociedad, sino su fin en sí mismo, por ello diremos que este Código recoge los elementos intrínsecos a un modelo acusatorio, garantista, adversarial, cuando se inclina a proteger los derechos propios a todo ser humano, garantizándole un juicio basado en principios, tales como el de la presunción de inocencia, igualdad de armas, in dubio pro reo, oralidad, contradicción, publicidad, gratuidad, debido proceso, inmediación, gratuidad, entre otros.

    Publicado: Mie Feb 11 2009  |  183 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Responsabilidad (Derecho)

    Responsabilidad. Noción jurídica de responsabilidad. Clases de responsabilidad. Objetivo de la responsabilidad civil. Antecedentes históricos. Elementos de la responsabilidad. Elementos de la responsabilidad en el derecho comparado. Responsabilidad de los magistrados.

    Publicado: Mie Feb 11 2009  |  204 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Un estudio sobre el resarcimiento del daño moral

    El daño moral o extrapatrimonial. Consideraciones generales. Relación entre del pretium doloris y el daño extrapatrimonial. Criterios jurisprudenciales sobre el resarcimiento del daño moral. Tratamiento en el código civil cubano. En el Derecho comparado la Conceptualización reduccionista del daño moral es historia. Los daños morales son bienes inconmensurables en dinero, porque no existe mercado para la vida, la salud o el honor. Sin embargo, esta inconmensurabilidad no impide en el derecho moderno su compensación. No existe deber de resarcir al individuo por la presencia de sufrimientos físicos o psíquicos si no se consigue probarlo en juicio, esta hipótesis, pues, no se trata de la lesión a determinados derechos, bienes o intereses que el Derecho asegura a las personas y derivan de la responsabilidad civil ,.como bien se entiende el daño extrapatrimonial ,es decir se trata de una limitación del daño en sí mismo.

    Publicado: Mie Feb 11 2009  |  196 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Diccionario Tributario de la República Dominicana

    Dicccionario organizado alfabéticamente de terminos tributarios utilizados en la República Dominicana.

    Publicado: Mar Feb 10 2009  |  206 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • La argumentación jurídica como razonamiento

    10 de 10 estrellas (1 voto)

    Definición del termino Discurso. Lenguaje y discurso jurídico. Discurso práctico y discurso jurídico. Reglas generales del discurso jurídico. Rasgos de la lógica jurídica. Figuras argumentales del discurso jurídico. La lógica factual en el análisis argumental. Ejemplo: Un fallo jurídico. En este trabajo exponemos, de forma general, las características del discurso jurídico y, a partir de allí, algunos desarrollos que permitan sostener que el discurso jurídico en tanto actividad argumental es un razonamiento situado, como toda práctica argumental.

    Publicado: Mar Feb 10 2009  |  219 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Historia del Derecho: sus fuentes

    Antecedentes. Legislación vigente antes de su sanción: la legislación patria. Sanción del Código Civil. Fuentes del Código Civil. El Código Civil de la República Argentina reúne las bases del ordenamiento jurídico en materia civil argentino. Fue redactado por Dalmacio Vélez Sársfield, siendo aprobado a libro cerrado, es decir, sin modificaciones, el 25 de septiembre de 1869, mediante la Ley Nº 340, y entró en vigencia el 1 de enero de 1871. Constituye la base del Derecho civil argentino pese a sus modificaciones a lo largo de la historia. El código de Vélez Sársfield refleja la influencia del Derecho continental y de los principios liberales del siglo XVII, siendo sus principales fuentes el Código de Napoleón y sus comentaristas, la legislación española vigente hasta ese momento en la Argentina, el Derecho romano , el Derecho canónico, el Esboço de um Código Civil para Brasil de Teixeira de Freitas y códigos de la época.

    Publicado: Lun Feb 09 2009  |  257 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Los procesos especiales en el nuevo Código Procesal Penal (Perú)

    El Proceso Inmediato. El Proceso por Razón de la Función Pública. El Proceso de Seguridad. Proceso por delito de Ejercicio Privado de la Acción Penal. El Proceso de Terminación Anticipada. El Proceso por Colaboración Eficaz. El Proceso por Faltas. Al indicarse en el artículo 43 de la Constitución Política del Perú que la República del Perú es democrática, social, independiente y soberana se afirma que el Perú es un Estado de Derecho, consecuentemente, somos un Estado que nos regimos por una ley suprema (la Constitución Política) donde se consagran, entre otros, por un lado derechos mínimos de la persona humana de carácter fundamental y un sistema eficaz de control cuando se produce un menoscabo a estos derechos fundamentales; es en esta última donde se desarrolla el proceso, específicamente para fines de este artículo, el proceso penal conforme al Nuevo Código Procesal Penal D. Leg. 957 del 29/07/2004, conteniendo como directrices principales el mandato constitucional de respeto y garantía de los derechos fundamentales de las personas sin dejar de lado la facultad de persecución de la Acción Penal y poder punitivo por parte del Estado a través de sus órganos competentes. Es bajo este contexto donde se desarrolla el proceso común, estableciéndose las reglas procesales; sin embargo, por características y situaciones peculiares en el este nuevo sistema procesal penal se ha incorporado un capítulo donde se desarrollan procesos especiales los mismos que los trataremos a continuación.

    Publicado: Lun Feb 09 2009  |  191 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Perú: procedimientos del impuesto a la renta de personas naturales

    Cartilla de instruciones PDT N° 661 - Renta personas naturales - Ejercicio gravable 2008 - SUNAT. Generalidades. Rentas de personas naturales. Determinación del impuesto. Ingresos inafectos y exonerados. Caso práctico. Ley: Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y modificatorias. Reglamento: Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modificatorias. Impuesto a la Renta. Ejercicio gravable del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008. Unidad Impositiva Tributaria (UIT): Tres mil quinientos Nuevos Soles (S/. 3,500).

    Publicado: Lun Feb 09 2009  |  230 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Los Tratados (Perú)

    Concepto. Ámbito de aplicación de los Tratados. Caso de colisión entre un Tratado y una Ley interna. Caso de colisión entre un Tratado y una norma constitucional. Son diversas las definiciones señaladas por la doctrina respecto de lo que debemos entender por tratados. No obstante esta variedad de opiniones, es posible hallar algunos elementos comunes en ellas que nos permiten construir una definición. Así, el tratado puede ser definido como el acuerdo de voluntades entre dos o más sujetos de Derecho Internacional, regido por este ordenamiento, celebrado en forma verbal o escrita y destinado a crear modificar, regular o extinguir derechos y obligaciones jurídicas de naturaleza internacional, independientemente de su denominación particular y que conste en uno o más instrumentos conexos.

    Publicado: Vie Feb 06 2009  |  179 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • La culpa in contrahendo según la teoría del abuso del Derecho. De Josserand a la actualidad

    Louis Josserand (1868 a 1941) es el gran maestro en materia de abuso del derecho, su extensa obra seria imposible de comentar en un solo articulo, es por ello que el presente trabajo esta orientado meramente a recuperar las palabras originales de este autor que han sido utilizadas como piedra fundamental para la construcción de lo que es la actual doctrina de la responsabilidad precontractual fundada en el abuso del derecho. Los estudiosos del Derecho estamos acostumbrados a leer diversos autores que nos afirman seguir la postura de tal o cual maestro sobre tal o cual tema. Sin embargo cuando nuestros instintos investigativos nos llevan a buscar en la fuente primera, nos encontramos con que ese maestro no dijo precisamente tal o cual cosa, sino que dijo algo parecido pero no exactamente igual como los autores afirman. Que el lector no se confunda, no estoy criticando a aquellos autores que lo utilizan a Josserand como argumento de autoridad y terminan diciendo algo muy distinto de lo que Josserand dijo. El Derecho evoluciona conforme cambian los tiempos (o al menos así debería ser) y no esta mal que las viejas doctrinas evolucionen conforme lo exige la evolución social. El presente trabajo no pretende criticar a grandes maestros del derecho como sin lugar a dudas son Llambias o Spota, sólo pretende revivir lo que fue la idea original de un gran autor que realizo uno de los aportes mas grandes a la Ciencia Jurídica.

    Publicado: Jue Feb 05 2009  |  193 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Resumen de Derecho Administrativo

    Elaborar una definicion del Derecho Administrativo es una labor compleja. Esto por cuanto existen varias perspectivas desde la cuales podemos analizarlo. Vamos a estudiar las más representativas; las concepciones subjetivas y concepciones funcionales. Subjetivas: Toman como punto de partida los sujetos administrativos o Administraciones Publicas. Son precisamente estos sujetos los que determinan la existencia de un grupo de normas juridicas especificas de estos sujetos y es el Derecho Administrativo. Se concede el calificativo de Administracion Publica por ser creacion de ley y por dedicar fines a la satisfaccion del interes publico. Orgánica: Procede de la división de poderes, hoy separación de funciones en el sentido de que el Estado se encuentra organizado en tres ámbitos diferentes: Judicial, Gubernativa y ADMINISTRATIVA. La Administracion es parte de la organizacion del Estado u organizado estatal de la cual dependen otras organizaciones denominadas Administraciones Publicas. La actividad de las oganizaciones administrativas es actividad o funcion administrativa. Derecho Administrativo es la disciplina juridica que estudia sistematicamente la organizacion administrativa, su actividad y el ordenamiento juridico administrativo.

    Publicado: Jue Feb 05 2009  |  458 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Resumen Procesal Penal

    La Acción Penal. Legitimación. Vías Alternas al ejercicio de la Acción Penal. Sujetos Procesales. Principios que rigen a los jueces. El Ministerio Público. Policia Judicial. La Víctima. Querellante en Delitos de Acción Privada. El Imputado. Principios y Garantías. Actos Procesales. Medios de Prueba. Comprobación Inmediata y Medios Auxiliares. Testimonios. Medidas Cautelares. Procedimiento Preparatorio. Fase de juicio.

    Publicado: Jue Feb 05 2009  |  260 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • Frecuencia y caracterización de abuso sexual en varones menores de 15 años atendidos en el Institu

    Frecuencia y caracterización de abuso sexual en varones menores de 15 años atendidos en el Instituto de Medicina Legal de Managua, entre los años 2005 y 2007. El Abuso Sexual en niños menores de quince años es un delito contra la libertad e integridad sexual caracterizados por contactos e interacciones entre un niño y un adulto, cuando el adulto en su rol de agresor usa al niño para estimularse sexualmente. El abuso sexual puede incluir violencia física, presión o engaño. La diferencia de edad entre la víctima y el agresor impiden una verdadera libertad de decisión y hacen imposible una actividad sexual común, ya que entre los participantes existen marcadas diferencias en cuanto a experiencias, grados de madurez biológica y expectativas. La violencia sexual puede tomar muchas formas; no está limitada a actos de acceso carnal no consentido. La violencia sexual es cualquier acto sexual, intento de logro del acto sexual, comentarios o avances sexuales no deseados o actos de tráficos de la sexualidad, que empleen coerción, amenazas de daño físico o uso de la fuerza, por cualquier persona, sin importar su relación con la víctima, en cualquier ambiente. [1]. La OPS/OMS considera que el abuso sexual de menores consiste en la participación de un niño en una actividad sexual que no comprende plenamente, a la que no es capaz de dar un consentimiento, o para la que por su desarrollo no está preparado y no puede expresar su consentimiento, o bien que infringe las leyes o los tabúes sociales. Puede incluir (el abuso sexual) diversas prácticas sexuales con o sin contacto físico tales como exhibicionismo, tocamientos, manipulación, sexo anal, vaginal u oral, prostitución y pornografía.

    Publicado: Mie Feb 04 2009  |  216 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • La Declaración Universal de Derechos Humanos, el Tribunal Constitucional y el derecho a la persona

    Como se sabe, el 10 de diciembre del pasado año se conmemoró el Sexagésimo Aniversario de la aprobación de la Declaración Universal de Derechos Humanos (en adelante DUDH), con la programación de diversas actividades a cargo de entidades protectoras de derechos en el mundo. Así, por ejemplo, la Defensoría del Pueblo del Perú y el Programa de las Naciones Unidas (PNUD) lanzaron la Campaña "Dignidad y justicia para todos y todas", con la finalidad de difundir el contenido y la importancia de la DUDH en la población peruana.

    Publicado: Mie Feb 04 2009  |  213 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
  • El Sistema de Control de Constitucionalidad en la Doctrina y la Jurisprudenciadel Tribunal Constituc

    El Sistema de Control de Constitucionalidad en la Doctrina y la Jurisprudenciadel Tribunal Constitucional Boliviano. El Principio de Supremacía Constitucional y Modelos de Control de Constitucionalidad. Consideraciones generales sobre la Jurisdicción Constitucional en Bolivia. La configuración del Tribunal Constitucional en la Constitución Boliviana y sus reformas (1994-2004).

    Publicado: Mar Feb 03 2009  |  327 visitas  |   Calificar  |  Comentar  |  Abrir en otra ventana
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