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Concepto de Extradición. El Proceso de Judialización de la Extradición en la República Dominicana. Crítica al Procedimiento de Extradición: A la Soberanía del Estado y, al Debido Proceso de Ley. Adecuación al Código Procesal Penal. Breve Síntesis. La judialización del proceso de la extradición en la República Dominicana, y la vigencia de la Ley 489 del 22 de octubre de 1969 ante la puesta en vigencia del Código Procesal Penal. La extradición es un mecanismo mediante el cual se procura que no se produzca la impunidad internacional, por lo que un país o estado procede a solicitar o pedir ha otro, a una persona que se encuentra en el mismo o es nacional del mismo, a fin de que sea juzgado o cumpla una pena en el que lo solicita por la comisión de un delito.
Publicado: Jue Mar 11 2010 | 2 visitas |
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Definición. Clases de prendas. Garantía mobiliaria. Derechos y deberes del constituyente y del eventual adquirente o depositario. Derechos y deberes del acreedor garantizado. Garantías mobiliarias sucesivas. Contenido del acto jurídico constitutivo de la garantía mobiliaria. Garantía mobiliaria pre constituida. Actos inscribibles. Contenido del asiento electrónico. Cancelación. Registro mobiliario de contratos y sistema integrado de garantías y contratos. Ejecución de la garantía mobiliaria. Anticresis. Forma y requisitos. Imputación de la renta del inmueble. Retención del inmueble por otra deuda. Diferencia entre prenda y anticresis. Extinción de la anticresis.
Publicado: Jue Mar 11 2010 | 2 visitas |
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La tipificación del delito de traición a la patria en la nueva constitución de Bolivia, como mecanismo de intimidación y/o eliminación del enemigo político. Desde un perspectiva bipolar, esto es, política y a su vez jurídica, se encuentra que la tipificación de elementos indeterminados de valoración subjetiva como delito de traición a la patria, prevista en el artículo 124 del texto constitucional, tiene como cometido básico la intimidación y/o eliminación del adversario, considerado como enemigo político. En efecto, antes, durante y después de la promulgación y puesta en vigencia del texto constitucional, muchos sectores sociales, agrupaciones cívicas, profesionales, etc., pusieron objeciones y refutaron enfáticamente el contenido constitucional objeto de análisis, expresando entre otras cosas, que referido delito estaba confeccionado para – en palabras populares – correr a la oposición política y a sectores o grupos sociales contrarios al régimen enarbolado por el partido oficialista de gobierno.
Publicado: Jue Mar 11 2010 | 2 visitas |
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Principio de reserva absoluta de ley. Principio de determinación, de certeza o taxatividad. Principio de exclusiva protección de bienes jurídico - penales. Principio de proporcionalidad penal. La relación inescindible que existe entre la Constitución y el derecho penal, es que la primera le dota de unos principios informadores y limitadores que constituyen la base de la construcción teórica y legislativa de todo el Derecho penal. Históricamente el derecho penal, en tanto forma jurídica del poder punitivo del Estado, hasta antes de la Ilustración era visto como un poder puramente represivo, arbitrario, expansivo; frente a ello surge la idea de que el derecho penal debe estar sometido a una serie de principios, capaces de frenar y contener los abusos provenientes del poder del Estado, delimitando el derecho que éste tiene a castigar y poniéndolo al servicio del ciudadano.
Publicado: Jue Mar 11 2010 | 2 visitas |
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Valores supremos de la Constitución boliviana. Principios fundamentales de la Constitución boliviana. Validez y jerarquía normativa de los valores supremos y principios fundamentales. Debemos partir de la premisa de que una Constitución "tiene carácter enunciativo y declarativo", es decir, no es una norma infinita. Lo que conlleva a que la misma tenga como epicentro la proclamación de valores, principios, derechos y garantías constitucionales, los mismos que constituyen el "núcleo duro" del texto constitucional. Puesto que conforme enseña la doctrina constitucional, el Estado Constitucional de Derecho es un sistema de organización social y política basado en el imperio de la Constitución que obliga por igual a todos, tanto gobernantes como gobernados, se estructura sobre la base de los valores supremos y principios fundamentales sobre los cuales se crea y perfecciona el ordenamiento jurídico, se limita y controla el poder del Estado y se protegen y efectivizan los derechos de las personas y grupos sociales.
Publicado: Jue Mar 11 2010 | 2 visitas |
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Los Derechos Fundamentales. Las garantías constitucionales. Derechos fundamentales, garantías constitucionales y el delito de traición a la patria. Un repaso a la esencia de las garantías constitucionales. Es de común acuerdo por la doctrina constitucional, que por lo general una Constitución está provista de derechos (que tienen la denominación de fundamentales) y garantías constitucionales. En ese sentido, lo que corresponde saber es qué son los derechos fundamentales, las garantías constitucionales y cuál es su relación con la creación y establecimiento de delitos en general, y del delito de traición a la patria en particular, dentro del texto constitucional.
Publicado: Jue Mar 11 2010 | 2 visitas |
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Se dice que no puede haber construcción teórica posible sino tiene fundamentos sólidos, por eso esta tesis no podía haber empezado ni antes ni después. En tal sentido, es menester manifestar que el formular un concepto de Constitución ha sido y es la problemática constante en la historia y el desarrollo del constitucionalismo. Puesto que la complejidad del mismo, las materias que aborda, las funciones, objetivos, aspectos que regula y organiza, han generado que la configuración de un significado aceptado universalmente sea tarea utópica. Por tanto, es imposible pretender establecer con exactitud un concepto que abarque todos los contenidos y aspectos relevantes y estos sean aceptados de manera general y unívoca por una sociedad.
Publicado: Jue Mar 11 2010 | 2 visitas |
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El presente trabajo de investigación pretende de una manera breve mostrar algunas de las nuevas características con las que contara a partir de su entrada en Vigencia el Nuevo Código Procesal Penal. Este trabajo consta de tres partes; en la primera parte se hace mención de el rol que jugara la Fiscalía General de la República en el nuevo Proceso Penal, exponiendo cuales serán algunas de sus atribuciones, se dará a conocer cuales serán las nuevas etapas procesales que componen el nuevo ordenamiento procesal penal. En el segundo apartado se desarrolla el tema de la acción penal y su clasificación, dejando plasmadas algunas de las características principales observadas en el nuevo Código Procesal Penal.
Publicado: Mie Mar 10 2010 | 3 visitas |
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Nosotros, representantes del pueblo dominicano, libre y democráticamente elegidos, reunidos en Asamblea Nacional Revisora; invocando el nombre de Dios; guiados por el ideario de nuestros Padres de la Patria, Juan Pablo Duarte, Matías Ramón Mella y Francisco del Rosario Sánchez, y de los próceres de la Restauración de establecer una República libre, independiente, soberana y democrática; inspirados en los ejemplos de luchas y sacrificios de nuestros héroes y heroínas inmortales; estimulados por el trabajo abnegado de nuestros hombres y mujeres; regidos por los valores supremos y los principios fundamentales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad, el imperio de la ley, la justicia, la solidaridad, la convivencia fraterna, el bienestar social, el equilibrio ecológico, el progreso y la paz, factores esenciales para la cohesión social; declaramos nuestra voluntad de promover la unidad de la Nación dominicana, por lo que en ejercicio de nuestra libre determinación adoptamos y proclamamos la siguiente (En formato PDF)
Publicado: Mie Mar 10 2010 | 3 visitas |
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La cosa, como objeto del Derecho. Ética en el ejercicio del derecho. El bien como expresión sustancial de la cosa. Bienes muebles e inmuebles. La distinción. Bienes corporales y bienes incorporales (materiales o inmateriales). Bienes fungibles e infungibles. Bienes consumibles y bienes inconsumibles. Bienes divisibles e indivisibles. Bienes principales y accesorios. Bienes en comercio y bienes fuera de comercio.
Publicado: Mie Mar 10 2010 | 3 visitas |
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En el año de 1996 en ejercicio de la Judicatura, en el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, llegó al Tribunal, por apelación, una demanda por daños morales, que llamó poderosamente mi atención. El supuesto de hecho se desarrolló en un edificio de Caracas, de clase media alta, en la que una propietaria de apartamento se encontraba recreándose en el jardín de dicho inmueble con su perro, cuando una persona que prestaba servicios domésticos se encontraba en el mismo sitio.- El perro de la propietaria se acercó a la muchacha de servicio y le acarició el pie; a lo que la dama en cuestión, al llamar a su perro, gritó en alta voz "deja de lamer a la cachifa, porque voy a tener que desinfectarte".
Publicado: Mie Mar 10 2010 | 3 visitas |
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Fuentes y conceptos de la Posesión. Naturaleza jurídica de la Posesión. Adquisición, transmisión y pérdida de la Posesión. La coposesión, concepto y análisis. Tipos, grados, especies y categorías de Posesiones. El Interdicto en las relaciones contractuales (la protección posesoria y los contratos). El principio que afirma que en materia de bienes muebles la Posesión equivale a título. La Usucapión. La Posesión y el Derecho Procesal Venezolano. Amparo Agrario. El régimen legal actual de las Comunidades Indígenas en Venezuela. El Interdicto Restitutorio en la Obra de Leonardo Certad. Jurisprudencia normativa sobre posesión.
Publicado: Mie Mar 10 2010 | 3 visitas |
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Generalidades. Conceptos etimológicos. Naturaleza jurídica. Fundamento legal. Ámbito interdictal. Teoría "Certad". El Amparo Constitucional. La cosa juzgada. Los interdictos frente al Municipio y a los Entes morales. Formalidades de la acción interdictal. La citación. Naturaleza del procedimiento interdictal. Pruebas en los interdictos. Los interdictos prohibitivos. Las acciones posesorias y Ramiro Parra. Los interdictos en nuestra Legislación Procesal Códigos de Procedimiento civil.
Publicado: Mie Mar 10 2010 | 3 visitas |
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Preparativos para casos de muertes masivas después de un desastre. Preparación técnica del personal de trabajo (necesidades materiales, vestimenta, instrumentos y equipos, campamentos o locales temporales de trabajo, alimentación). Búsqueda de información del lugar, el hecho y posibles víctimas. Trabajo médico legal. Levantamiento y recuperación de los cadáveres. Consideraciones sanitarias. Derechos consagrados por la Convención Americana sobre Derechos Humanos Derecho a la integridad física, síquica y moral. Gestión de la información y los medios de comunicación.
Publicado: Mie Mar 10 2010 | 3 visitas |
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Generalidades. Finalidad. Antecedentes. Tipos de medidas preventivas. Prohibición de enajenar y gravar bienes inmuebles. El secuestro. El embargo. Oposición de parte. Oposición de terceros. Oposición mercantil. Garantías y contragarantías. Para hablar con especificidad sobre medidas cautelares es necesario abordar las generalidades identificatorias de la institución como tal y de sus procedimientos, todo ello enmarcado dentro del espíritu, propósito y razón de las leyes venezolanas. En el Código de 1.986 ellas aparecen bajo el título "DEL PROCEDIMIENTO CAUTELAR Y DE OTRAS INCIDENCIAS", contenido en el LIBRO TERCERO, el cual a su vez se integra con tres títulos, el título l, denominado "DEL PROCEDIMIENTO DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS".
Publicado: Mie Mar 10 2010 | 4 visitas |
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La electricidad es uno de los servicios públicos sin los cuales el ser humano se encontraría muy limitado, ya que son múltiples las aplicaciones derivadas de este aliado para la calidad de vida de las poblaciones, sin importar que se encuentre en el medio urbano o rural. De acuerdo con la Constitución de la República (artículo 156, numeral 29) le compete al Poder Nacional "…el régimen general de los servicios públicos y, en especial, electricidad, agua potable y gas". (Cursivas mías) Si se sigue examinando el Texto Fundamental también le asigna al Municipio (artículo 178, numeral 6) competencias en lo que respecta a "… gestión de las materias que le asigne (la) Constitución y las leyes nacionales, en cuanto concierne a la vida local, en especial la ordenación y promoción del desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos domiciliarios…en las siguientes áreas…" para concluir la idea cita a los servicios de "…agua potable, electricidad y gas doméstico…" (Paréntesis y Cursivas mías).
Publicado: Mie Mar 10 2010 | 3 visitas |
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Un tema que resulta muy actual y bastante apasionante para los futuros abogados, estudiantes de derecho, que creen realmente que la vigencia de la ley ,de la Constitución, es la base de una sociedad civilizada, es el que refiere al respeto a los Derechos Humanos, su no violación. Pero para quienes vivimos en países latinoamericanos, para los que hemos sido víctimas del atropello por parte del Estado y sus autoridades, nos es difícil creer en la vigencia del estado de derecho que tanto hablan los congresistas y políticos en sus aburridos discursos de plazuela, en vísperas de las elecciones generales. (En formato PDF)
Publicado: Mie Mar 10 2010 | 3 visitas |
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La autorregulación en Panamá. Mecanismos de autorregulación. Breve recuento de leyes de periodismo en Panamá. Entrevistas a líderes de opinión. La presente investigación busca conocer los conceptos relacionados a la "autorregulación de la prensa en Panamá"; que manejan diversos directores de medios de comunicación, así como líderes de opinión y directivos de grupos organizados. En primera instancia, nos referiremos al planteamiento del problema, los objetivos del trabajo, la justificación, los alcances y limitaciones que se nos presentaron para la realización de esta tesis de grado. Se señalará la actualidad referente a los medios de información aludiendo al avance tecnológico, por el cual están pasando los medios.
Publicado: Mar Mar 09 2010 | 6 visitas |
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Generalidades. Disciplinas jurídicas que son ramas del Derecho. Derecho público. Derecho mixto. Disciplinas jurídicas que no son ramas del Derecho. Ahora desarrollaremos el Derecho comparado sobre los deportes, para lo cual dividiremos el estudio en dos partes que son las siguientes: 1) Disciplinas jurídicas que son ramas del Derecho; y 2) Disciplinas jurídicas que no son ramas del Derecho. Y en ambas se tomará en cuenta sólo algunas de las indicadas, las cuales por cierto son las más importantes.
Publicado: Mar Mar 09 2010 | 3 visitas |
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Algunas clases de comparación son los siguientes: 1) Comparación bilateral.- Dentro de la cual puede compararse por ejemplo dos jurisprudencias, o dos costumbres, o dos fuentes del derecho o el derecho de dos países. 2) Comparación trilateral.- Dentro de la cual puede compararse tres realidades sociales, o tres ejecutorias, o tres fuentes del derecho o el derecho de tres países. 3) Comparación cuatrilateral.- Dentro de la cual puede compararse cuatro manifestaciones de voluntad, o cuatro costumbre o el derecho de cuatro países. 4) Comparación pentaliteral.- Dentro de la cual puede compararse cinco jurisprudencias, o cinco ejecutorias, o cinco costumbres, o el derecho de cinco países. 5) Comparación polilateral.- Dentro de la cual se puede comparar el derecho de mas de dos países, o de mas de dos costumbres, o de mas de dos realidades sociales, o de mas de dos ejecutorias, o de mas de dos jurisprudencias.
Publicado: Mar Mar 09 2010 | 3 visitas |
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Generalidades. Disciplinas jurídicas que son ramas del Derecho. Disciplinas jurídicas que no son ramas del Derecho. Ahora desarrollaremos el Derecho comparado sobre la enfermería, para lo cual dividiremos el estudio en dos partes que son las siguientes: 1) Disciplinas jurídicas que son ramas del Derecho; y 2) Disciplinas jurídicas que no son ramas del Derecho. Y en ambas se tomará en cuenta sólo algunas de las indicadas, las cuales por cierto son las más importantes.
Publicado: Mar Mar 09 2010 | 3 visitas |
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Ahora desarrollaremos el Derecho comparado sobre la filosofía, para lo cual dividiremos el estudio en dos partes que son las siguientes: 1) Disciplinas jurídicas que son ramas del Derecho; y 2) Disciplinas jurídicas que no son ramas del Derecho. Y en ambas se tomará en cuenta sólo algunas de las indicadas, las cuales por cierto son las más importantes.
Publicado: Mar Mar 09 2010 | 4 visitas |
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Ahora desarrollaremos el Derecho comparado sobre la grafotecnia, para lo cual dividiremos el estudio en dos partes que son las siguientes: 1) Disciplinas jurídicas que son ramas del Derecho; y 2) Disciplinas jurídicas que no son ramas del Derecho. Y en ambas se tomará en cuenta sólo algunas de las indicadas, las cuales por cierto son las más importantes. Disciplinas jurídicas que son ramas del Derecho.
Publicado: Mar Mar 09 2010 | 5 visitas |
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Ahora desarrollaremos el Derecho comparado sobre la informática, para lo cual dividiremos el estudio en dos partes que son las siguientes: 1) Disciplinas jurídicas que son ramas del Derecho; y 2) Disciplinas jurídicas que no son ramas del Derecho. Y en ambas se tomará en cuenta sólo algunas de las indicadas, las cuales por cierto son las más importantes.
Publicado: Mar Mar 09 2010 | 5 visitas |
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Asamblea General. Consejo de Seguridad. Consejo Económico y Social (ECOSOC). Consejo de Administración Fiduciaria. Secretaría. Corte Internacional de Justicia. Análisis. La Corte Internacional de Justicia, con sede en La Haya (Países Bajos), es el órgano judicial principal de las Naciones Unidas. Su Estatuto forma parte integral de la Carta de las Naciones Unidas. Pueden recurrir a la Corte todas las partes en su Estatuto, que incluye automáticamente a todos los Miembros de las Naciones Unidas. Un Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas puede llegar a ser parte en el Estatuto de la Corte en las condiciones que en cada caso determine la Asamblea General, por recomendación del Consejo de Seguridad. Suiza y Nauru son los únicos Estados no Miembros que son partes en el Estatuto. Ninguna persona individual podrá recurrir a la Corte.
Publicado: Mar Mar 09 2010 | 4 visitas |
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