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Quien modera y conduce la audiencia es el presidente del tribunal , que en todo momento debe demostrar firmeza, conocimiento, serenidad, amabilidad y proporcionar seguridad durante el desarrollo del juicio. La primera acción del presidente es pedir informe a secretarÃa. Luego si están presentes todos, toma el juramento de rigor a los jueces ciudadanos e instala la audiencia
Publicado: Vie Nov 11 2011 | 13 visitas |
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Década de los 60: Se desarrolló un proceso polÃtico orientado a la construcción de un sistema democrático representativo. Se concentró en los partidos polÃticos la hegemonÃa del ejercicio del poder. Década de los 80: Se desarrolló un amplio clientelismo, gracias al auge de la renta petrolera, Esto en cierta medida, logró satisfacer parte de las necesidades que demandaba la población. Pero, la ausencia de procesos económicos productivos, incrementó los niveles de pobreza de la población, hasta hacer inviable el sistema polÃtico.
Publicado: Jue Nov 10 2011 | 13 visitas |
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Proyecto Comunitario en diapositivas, se imparte Taller para la aplicación de la Ley en el ámbito territorial del Sector Pajui Ubicado en Nueva Cúa, Estado Miranda.
Publicado: Jue Nov 10 2011 | 14 visitas |
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(1 voto)
Esta propuesta va dirigida a personas que deseen actualizarse sobre derechos y deberes del trabajador y empleador, liquidación de recibos de sueldos, ley de contrato de trabajo, etc, lo que permitirá un mejor desempeño en su trabajo, y brindará información necesaria sobre sus derechos. Asà también va dirigido a estudiantes secundarios, terciarios y/o universitarios.
Publicado: Jue Nov 10 2011 | 15 visitas |
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1.- Nombre de Proyecto. 2.- LÃnea Estratégica del Plan Simón Bolivar en la que se enmarca. 3.- Objetivo. 4.- Sujetos sociales o Actores comunitarios del Proyecto. 5.-Aldea Universitaria: La Concordia. 6.- Semestre: 8vo Sección: U. 7.- Comunidad 8.- Localización de la Comunidad.
Publicado: Jue Nov 10 2011 | 14 visitas |
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Sin duda alguna, talar especies que producen frutos silvestres apetecidos especialmente por animales y aves, (Los escasos que aun quedan) esta provocando un desequilibrio en la naturaleza o el ecosistema; pero claro; esto no esta contemplado ni en la ley 1700, ni en su Reglamento el D.S. 24453, ni en la ley 1333, ni en ninguna Resolución Ministerial, Administrativa, Directriz o por lo menos en un instructivo técnico; la razón es muy simple; la IngenierÃa Forestal, no es Agropecuaria ni FrutÃcola, por tanto no contempla ni prioriza la protección de Frutos silvestres. (Asà de sencillo).
Publicado: Mie Nov 09 2011 | 14 visitas |
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Habla sobre todos los tÃtulos permitidos por la ley y sus valores jurÃdicos.
Publicado: Mie Nov 09 2011 | 12 visitas |
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La presente Ley tiene por objeto tipificar como delitos aquellos hechos que violen las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, y establece las sanciones penales correspondientes. Asà mismo determina las medidas precautelativas, de restitución y de reparación a que haya lugar.
Publicado: Mie Nov 09 2011 | 14 visitas |
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El impulso que se le ha dado a las comunidades, organizaciones comunitarias, instancias de participación ciudadana en los últimos diez años, ha conllevado a transformaciones en el ámbito organizativo, social, cientÃfico y jurÃdico, permitiendo orientar y organizar a las comunidades para su incorporación; en las acciones de promoción control y prevención.
Publicado: Mie Nov 09 2011 | 15 visitas |
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El Legislador lo que busca proteger finalmente en los menores es pues La Indemnidad Sexual, buscando crear condiciones adecuadas de seguridad para un optimo desarrollo de la Persona y que en el futuro ejerza el derecho a su Libertad Sexual.
Publicado: Mar Nov 08 2011 | 14 visitas |
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Se expone las razones de una necesaria internalización de un modelo de audiencia epistemológicamente comprometido con la verdad y que observe la estructura normativa constitucional y legislativa interna pues se esta tarea previa se constituye en la piedra angular para el desarrollo de técnicas adecuadas de litigación.
Publicado: Mar Nov 08 2011 | 15 visitas |
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Significado y función del “Derecho Penal del Trabajoâ€. Eficacia de la intervención penal en el ámbito laboral. Principios de Derecho Penal y principios de Derecho del Trabajo.
Publicado: Mar Nov 08 2011 | 11 visitas |
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El presente trabajo monográfico estará basado en el estudio de los medios de prueba que permitan encontrar las pruebas eficaces y pertinentes para que las sentencias que puedan emitir los jueces en un proceso penal, sean rápidas, efectivas y justas, el cual permita que se puedan enmarcar siempre a los principios de igualdad, proporcionalidad, debido proceso,etc. Lo cual ayudarÃa a que las cárceles de nuestro paÃs puedan tener a los delincuentes que si realmente tengan que ser recluidos, asà como también permita que se reduzcan la cantidad de reos en cárcel, que aun no tengan sentencia, dado que por simples evidencias, esperan las verdaderas, purgando muchos sin ser realmente los culpables.
Publicado: Mar Nov 08 2011 | 14 visitas |
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El principio JurÃdico dice: Dos normas de derecho contradictorias no pueden ser válidas ambas, un acto no puede hallarse a la vez jurÃdicamente prohibido y jurÃdicamente permitido, no debe interpretarse como principio ontológico ni psicológico sino normativo, en el ordenamiento jurÃdico pueden de hecho existir prescripciones contradictorias, la lógica no se pregunta como pensamos sino como debemos pensar, la lógica debe enseñarnos el recto uso del entendimiento.
Publicado: Mar Nov 08 2011 | 15 visitas |
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El mundo del Derecho es tan amplio, con ramas que a veces pareciera no alcanzamos de tan alto y frondoso que resulta el árbol, pero no por esto se constituye en obstáculo para conocer sus particularidades. Las presentes lÃneas, a penas representan un intento por alzar la mano para llegar a una de esas ramas, el Derecho Contencioso Administrativo, en concreto, la responsabilidad patrimonial del Estado, de allà tomaremos tan sólo un aspecto, lo relativo al funcionario por medio del cual la Administración se manifiesta. Para hacer un tanto más ligero el viaje, consideramos plasmar unas ideas, hacer una suerte de ensayo, a fin de generar el interés debido por el tema; advertimos, evitamos en lo posible ciertas formalidades de rigor en un trabajo de investigación de este tipo, por considerar en forma intencional, la posibilidad de llegar a un universo que probablemente sea ajeno al mundo jurÃdico.
Publicado: Mar Nov 08 2011 | 14 visitas |
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La seguridad es entendida y aceptada como un derecho que le asiste a toda persona de acceder, por lo menos a una protección básica para satisfacer su estado de necesidad. La época que nos esta tocando vivir empieza a presentar sÃntomas de una descomposición social que se traduce en una mayor incidencia de hechos delictuosos.
Publicado: Mar Nov 08 2011 | 14 visitas |
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La construcción del modelo procesal puso sobre el tapete nuevamente el problema de la verdad. se advirtió la inicial intensificación de una posición consensualista de la verdad -procedimiento de Terminación Anticipada-, construida para los efectos del proceso, independiente de su aproximación razonable a la verdad objetiva; sin embargo, se erigió también posicionamientos reductores de la violencia punitiva en el sentido de que la verdad obtenida en un proceso es una verdad reconstruida con una aproximación razonable a la verdad, pues esta postura asume una función polÃtico criminal de reducción de la violencia punitiva.
Publicado: Mar Nov 08 2011 | 14 visitas |
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DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LOS DELITOS Y LAS FALTAS, LAS PERSONAS RESPONSABLES Y LAS PENAS TÃTULO I De la Aplicación de la Ley Penal ArtÃculo 1. Nadie podrá ser castigado por un hecho que no estuviere expresamente previsto como punible por la ley, ni con penas que ella no hubiere establecido previamente. Los hechos punibles se dividen en delitos y faltas. ArtÃculo 2. Las leyes penales tienen efecto retroactivo en cuanto favorezcan al reo, aunque al publicarse hubiere ya sentencia firme y el reo estuviere cumpliendo la condena. ArtÃculo 3. Todo el que cometa un delito o una falta en el espacio geográfico de la República, será penado con arreglo a la ley venezolana. ArtÃculo 4. Están sujetos a enjuiciamiento en Venezuela y se castigarán de conformidad con la ley penal venezolana: 1. Los venezolanos que, en paÃs extranjero se hagan reos de traición contra la República y los que, unos contra otros, cometan hechos punibles según sus leyes. 2. Los súbditos o ciudadanos extranjeros que en paÃs extranjero cometan algún delito contra la seguridad de la República o contra alguno de sus nacionales. En los dos casos anteriores se requiere que el indiciado haya venido al espacio geográfico de la República y que se intente acción por la parte agraviada, o por el Ministerio Público en los casos de traición o de delito contra la seguridad de Venezuela. Requiérese también que el indiciado no haya sido juzgado por los tribunales extranjeros, a menos que habiéndolo sido hubiere evadido la condena. 3. Los venezolanos o extranjeros que, sin autorización del Gobierno de la República, fabriquen, adquieran o despachen armas o municiones, con destino a Venezuela, o favorezcan en alguna manera su introducción en el territorio venezolano. 4. Los venezolanos que, en paÃs extranjero, infrinjan las leyes relativas al estado civil y capacidad de los venezolanos. 5. Los empleados diplomáticos, en los casos permitidos por el Derecho Público de las Naciones, de conformidad con lo que establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 6. Los empleados diplomáticos de la República que desempeñan mal sus funciones, o que cometan cualquier hecho punible no enjuiciable en el lugar de su residencia por razón de los privilegios inherentes a su cargo. 7. Los empleados y demás personas de la dotación y la marinerÃa de los buques y aeronaves de guerra nacionales por la comisión, en cualquier parte, de hechos punibles. 8. Los Capitanes o Patrones, demás empleados y la tripulación y marinerÃa, asà como los pasajeros de los buques mercantes de la República, por los hechos punibles cometidos en alta Mar o a bordo en aguas de otra nación; salvo, siempre, respecto de los pasajeros, lo que se establece en el segundo aparte del numeral 2 del presente artÃculo. 9. Los venezolanos o extranjeros venidos a la República que, en alta mar, cometan actos de piraterÃa u otros delitos de los que el Derecho Internacional califica de atroces y contra la humanidad; menos en el caso de que por ellos hubieran sido ya juzgados en otro paÃs y cumplido la condena. 10. Los venezolanos que, dentro o fuera de la República, tomen parte en la trata de esclavos.
Publicado: Lun Nov 07 2011 | 17 visitas |
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La cosa juzgada (del latÃn «res iudicata») es el efecto de una sentencia judicial cuando no existen contra ella medios de impugnación que permitan modificarla (sentencia firme) y que se traduce en el respeto y subordinación a lo decidido en un juicio. Por ello también se le define como la fuerza que atribuye el derecho a los resultados del proceso. Habitualmente se utiliza como un medio de defensa frente a una nueva demanda planteada sobre el mismo objeto que fue de la controversia ya sentenciada.
Publicado: Lun Nov 07 2011 | 15 visitas |
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Los Derechos Humanos han existido siempre, en la sociedad griega de hace 2,500 años existÃan ciudadanos que gozaban de ciertos derechos y estaban protegidos por las leyes y otros, llamados esclavos, que se encontraban privados de su libertad y que no contaban con esa protección; la lucha de los esclavos por liberarse de este régimen y gozar de los mismos derechos, es el inicio de la lucha por la dignidad e igualdad humanas. Los Derechos Humanos que actualmente están protegidos por el Derecho Internacional han sido producto de lucha de miles de personas, de pueblos y naciones enteras.
Publicado: Lun Nov 07 2011 | 13 visitas |
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Es el tipo de oratoria, que tiene por objeto especÃfico hacer triunfar la justicia. Tiene como fin persuadir a los jueces y exige el decoro la prudencia y saber acorde con la gravedad de la instancia.
Publicado: Lun Nov 07 2011 | 16 visitas |
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Es una relación entre conceptos que se caracteriza por constituir una afirmación. Todo juicio asevera algo; por lo tanto, todo juicio ha de ser o bien verdadero o bien falso.
Publicado: Lun Nov 07 2011 | 13 visitas |
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“Principium†Vocablo latino. Principio o comienzo. Dábase tal nombre a la primera de las tribus que votaba en los comicios y que por ello figuraba en la ley respectiva. En materia legal, tomamos la tercera, séptima y undécima acepción del diccionario de la real Academia española o sea: a) base, fundamento, origen, razón fundamental sobre la cual se procede discurriendo en cualquier materia; b) cualquiera de las primeras proposiciones o verdades por donde se empiezan a estudiar las facultades, y son los rudimentos y como fundamentos de ellas; c) norma no legal supletoria de ella y constituida por doctrina o aforismos que gozan de general y constante aceptación de jurisconsultos y tribunales.
Publicado: Lun Nov 07 2011 | 14 visitas |
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1 INTRODUCCIÓN El trabajo que se presenta a continuación, bajo el titulo La Valoración al Modelo Acusatorio Adversarial Formal, en el Derecho Procesal Penal Dominicano, es una investigación que consiste en una apreciación panorámica del nuevo modelo procesal penal, destacando los aspectos positivos y negativos que justifican las lÃneas rectoras, que postula el nuevo sistema procesal, donde se vislumbra como una solución real al problema de la justicia penal que nuestra sociedad reclama desde hace mucho tiempo, con la implementación del sistema acusatorio adversarial como parte de la reforma procesal penal. El Código Procesal Penal vigente desde el 2004, cuenta desde sus principios rectores hasta sus artÃculos, que los togados litigantes y magistrados se vayan compenetrando con el debate jurÃdico respecto a su aplicación a nuestra realidad, delineando las nuevas funciones que les cabrÃa a los operadores del sistema de administración de justicia.
Publicado: Lun Nov 07 2011 | 11 visitas |
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Interpretacion de los conceptos generales de las leyes 12.988, 17.418, 20.091 y 22.400.
Publicado: Jue Nov 03 2011 | 16 visitas |
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