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Consecuencias jurídicas de los traumatismos. Alcances conceptuales. Definiciones. Informe médico forense en traumatología. Concausa. Partes de un dictamen médico legal en lesiones. Lesiones contusas. Tipos de lesiones contusas. Etimología: Deriva de dos raíces griegas: Trauma = Herida y Logos = Tratado.
Publicado: Lun Jun 26 2006 | 299 visitas |
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La primera afirmación del tribunal: darle a la sentencia sobre el amparo el carácter de "precedente Vinculante". La segunda afirmación del tribunal: la orden proscribiendo la inaplicación de una norma por parte de los jueces o la restricción de la libertad judicial. En reciente jurisprudencia el Tribunal Constitucional del Perú ha establecido lo que denomina "Precedente Vinculante". Esto se ha hecho, entre otras, en la sentencia recaída sobre el expediente No. 422-2005-PA/TC, en especifico en los acápites 43 y 44 de dicha sentencia, donde se sostiene lo siguiente: "43. En tal sentido, y de conformidad con lo establecido por el artículo VII del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, este Tribunal" declara que la presente sentencia, que adquiere la autoridad de cosa juzgada, constituye precedente vinculante". En consecuencia, al haberse confirmado la constitucionalidad del artículo 17º, y la Tercera y Décima Disposiciones Transitorias de la Ley N.º 27796; de la Tercera Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo N.º 009-2002/MINCETUR; de la Primera, Segunda y Tercera Disposiciones Finales de la Resolución de Superintendencia N.º 014-2003/SUNAT, y de la Resolución de Superintendencia N.º 052-2003/SUNAT, en aplicación del primer párrafo del artículo VI del Código Procesal Constitucional –que resulta también de aplicación en aquellos casos en los que este Colegiado desestima la solicitud de ejercer el control difuso contra norma, por no encontrar en ella vicio alguno de inconstitucionalidad–, dichos preceptos resultan de plena aplicación en todo tipo de procesos, quedando proscrita su inaplicación por parte de los jueces en ejercicio del control difuso de constitucionalidad de las normas. 44. Ordena a todos los poderes públicos y, en particular, a las Cortes Judiciales del país, bajo responsabilidad, cumplir en sus propios términos lo resuelto por este Tribunal en materia del impuesto a la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas...
Publicado: Vie Jun 23 2006 | 299 visitas |
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La zona costera. Definición e importancia. El Derecho Ambiental y la protección de la zona costera. Relación con otras ramas del ordenamiento jurídico. Principios aplicables a la protección de la zona costera. Instrumentos políticos y jurídicos globales y regionales relativos a la protección de la zona costera. Mecanismos institucionales. A tono con el tratamiento interdisciplinario que demanda el manejo de las zonas costeras, se impone la necesidad de considerar el tratamiento teórico y doctrinal que desde la perspectiva jurídica demandan las áreas costeras como objeto de regulación legal. El presente trabajo logra desde el punto de vista teórico, establecer coherentemente los fundamentos teóricos del tratamiento legal de la zona costera adaptado a los requerimientos ambientales actuales y a la sistemática jurídica. Al unísono, tiene como base un exhaustivo estudio doctrinal, así como el examen de todos aquellos elementos políticos e institucionales que poseen puntos de conexión con el tema. De este modo se analizan las interrelaciones existentes entre las diversas ramas del Derecho relacionadas con la regulación de la zona costeras, los principios aplicables a dicha protección, los mecanismos de protección y los diferentes instrumentos jurídicos, institucionales, políticos tanto globales como regionales con incidencia en el tema...
Publicado: Vie Jun 23 2006 | 270 visitas |
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¿Qué hace viable el mercado de trasplante de órganos?. Argumentos. Antecedentes. Demanda y Oferta de Órganos. Organizaciones vinculadas. Dilemas éticos. Compraventa de Órganos Humanos. Actividad Económica – Ilegal de Órganos La privatización de la salud puede estarnos conduciendo a una casi absoluta mercantilización de la salud, la enfermedad y la vida humana. Ejemplo de ello, entre otros, es el relativamente reciente fenómeno de surgimiento de un mercado de órganos y sangre humana. En el mundo actualmente han comenzado a surgir poderes compradores de órganos humanos. Hay muchas ciudades donde desaparecen niños por algunos días y posteriormente reaparecen pero con señales visibles de haber sido sometidos a alguna forma de cirugía que les ha extraído algún tipo de órgano. De esto se sabe por aquellos que reaparecen, pero cuántos casos habrá de los cuáles ni siquiera se sabe porque los niños no reaparecen. Si esto ocurre, es porque existen compradores y consumidores de ese tipo de productos: ¡órganos humanos robados a otros seres humanos, en particular niños!. Obviamente dada la gravedad legal y moral de este tipo de actos, alguien debe estar pagando muy bien para que haya quienes corran el riesgo de realizar la extracción (cirugía) y el tráfico de órganos humanos.
Publicado: Vie Jun 23 2006 | 330 visitas |
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Esta investigación tiene como objetivo exponer a mis compañeros los principales puntos sobre el derecho internacional del mar, el cual considero importante sobre todo para nuestro Estado por que a diferencia de otros Estados que no cuentan con un mar territorial el nuestro si y por esto es importante conocer las disposiciones internacionales concernientes a este respecto. La búsqueda de un ordenamiento jurídico internacional para el derecho del mar tiene una significativa preeminencia; debido a que de esta forma se determinan los limites de la soberanía de los Estados esto es bueno para que no haya invasión o explotación de los recursos naturales vivos o no vivos por parte de otros Estado, pero existe la posibilidad de que un Estado subdesarrollado que cuente con mar territorial no podría cuidar toda la extensión de su mar hasta el alta mar, debido a la extensión, en lo referente a navegación de buques con fines ilícitos, pero si puede si puede en la medida de sus posibilidades explotar sus recursos naturales vivos o no vivos. A continuación se presentara la evolución de las normas internacionales sobre el derecho del mar, además de las respectivas acepciones de mar territorial, el derecho del paso inocente, la zona contigua, la zona económica exclusiva y plataforma continental. Además de anexar puntos importantes del ordenamiento mexicano a este respecto. Esquema sobre el mar en el Derecho Internacional. Derecho Internacional del mar. Aguas interiores de un Estado. Mar territorial. Derecho del paso inocente a través del mar territorial. Zona contigua. Zona económica exclusiva. Plataforma continental. Alta mar. El Derecho del mar en el régimen jurídico mexicano. Ley Federal del Mar.
Publicado: Jue Jun 22 2006 | 602 visitas |
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La Teoría General del Proceso es una parte muy importante del derecho ya que esta realiza estudios técnicos jurídicos que tienen una estrecha relación con el derecho, en sentido general es el como funciona la administración de justicia en nuestro país y en cualquier otro que exista esta Teoría. La necesidad del ser humano y de la sociedad en general es lo que ha logrado que se tenga una teoría acerca del proceso así mismo un Derecho Procesal ya que cada día la sociedad evoluciona a pasos agigantados y es por eso que se necesita tener cuerpos legales e instrumentos para poder llevar a cabo una buena administración e impartición de justicia. En lo que a continuación se plasma se ve distintas definiciones de Teoría General del Proceso así como también el concepto de Derecho Procesal, estás dos en la antigüedad se decía que eran completamente distintas pero ya en nuestros tiempos podemos decir que es lo mismo. El Derecho Procesal regula la forma general y el orden exterior de las actividades que deben cumplirse dentro de los órganos judiciales . De esta manera en el trabajo se expone la definición de Derecho Procesal así como de la Teoría General del Proceso y de tales definiciones partiremos para llega a un estudio más profundo de estas. En este trabajo se mencionara también la importancia del de la Teoría General del Proceso en el ámbito procesal, las definiciones, al Derecho Procesal, así mismo su autonomía, el deslinde de esta y sus fuentes del Derecho Procesal. La Teoría General del Proceso es la base del Derecho Procesal aunque en la actualidad se diga que es lo mismo.
Publicado: Jue Jun 22 2006 | 845 visitas |
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En primer término debemos mencionar si bien es cierto que el Código Penal peruano de 1991 punibiliza el aborto, no siempre fue homogéneamente así, dado que los pueblos primitivos y, posteriormente la India y Egipto acordaban derecho patriarcal absoluto, entonces los padres podían vender o matar a sus hijos, aun antes de nacer. Por otro lado en Grecia, Sócrates abogaba porque el aborto fuera un derecho materno. Aristóteles en su Política lo dejaba librado a la libertad de la madre, salvo cuestiones de Estado. Mientras que Hipócrates negaba el derecho al aborto. El presente trabajo, que se ocupa de un tema tan espinoso como polémico y que no cuenta con la uniformidad tanto a favor como en contra de la doctrina, básicamente se encuentra conformado en primer lugar, en poner en evidencia el desacierto de la penalización del ABORTO PROVOCADO O DOLOSO (dado que no nos referiremos al tema del Aborto Espontáneo, así como tampoco al Terapéutico), así como tampoco al ABORTO IMPOSIBLE (es decir, cuando a consecuencia del aborto o de practicas abortivas realizadas en las mujer no en cinta, creyéndola embarazada, o por emplear medios inadecuados para producir el aborto, resultare la muerte de la mujer o quedare imbécil, estéril o ciega- a que hace referencia el español Luis Ribó Durand en su obra Diccionario de Derecho) en nuestro país, en segundo lugar, dar una mirada a la realidad de dicho problema a nivel nacional e internacional, en tercer lugar, plantear la necesidad de desrregular el mismo, y en cuarto lugar, ofrecer alternativas a través de las cuales se procure (paulatinamente) su despenalización. Definición de aborto. Clases de aborto. Clamoroso desacierto legislativo. Este problema cobra ribetes internacionales. Desregular el aborto es urgente, necesario y legítimo.
Publicado: Jue Jun 22 2006 | 787 visitas |
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El presente trabajo trata sobre la inspección técnica policial, (ITP), es decir, aquella actividad técnica realizada por el pesquisa policial, que se constituye en el lugar de los hechos, tratando de determinar lo que allí ocurrió preliminarmente así como también preservando la escena del crimen para facilitar la labor de criminalística. La PNP, llegó a publicar el "manual de criminalistica", editado el año 1966 y redactado por una comisión de jefes de las divisiones de investigación criminal y criminalística. Esta obra, seguramente no es perfecta; pero es el primer ensayo que realiza la policía en esta materia. Una ITP, no es sino el conjunto de diligencias que la autoridad policial debe practicar en el lugar o área de terreno donde se ha cometido un posible delito.
Publicado: Jue Jun 22 2006 | 353 visitas |
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Su antecedente más cercano es la Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación de 1971. La Ley Federal de Protección al Ambiente de 1982; En el año de 1988 durante el mandato del Licenciado Miguel De la Madrid Hurtado, se decreta la primera ley marco con pretensiones de ordenar el ambiente. En el año 1996 sufre una trascendental reforma. La LGEEPA sufrió una modificación trascendental en el año de 1996, publicada el 13 de diciembre. En virtud de ello es necesario analizar la exposición de motivos con la finalidad de conocer cuales son los objetivos y metas que se pretender alcanzar con estas reformas. Las reformas, adiciones y derogaciones que se hicieron fueron producto de las consideraciones, recomendaciones e inquietudes que fueron propuestas por los diversos sectores de la sociedad durante la Consulta Nacional sobre Legislación Ambiental, convocada en el año de 1995 por la comisión de ecología y medio ambiente de las cámaras de diputados y senadores. A dicha convocatoria respondieron organizaciones son gubernamentales, centro de investigación, universidades, agrupaciones de productores, cámaras empresariales, dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal y municipal, organismos cívicos internaciones, entre otros. Entre los motivos que impulsaron esta reforma fue el anhelo de los mexicanos a vivir en un ambiente sano y adecuado para la vida y el desarrollo de nuevas generaciones, así como promover el desarrollo sustentable de los recursos naturales y la viabilidad de las normas propuestas en atención a los factores económicos, sociales y culturales que inciden en la eficacia de las mismas. En términos generales esta modificación tuvo como propósito:Establecer un proceso de descentralización ordenado, efectivo y gradual de la administración, ejecución y gradual de la administración, ejecución y vigilancia ambiental a favor de las autoridades locales. Ampliar los márgenes de participación ciudadana en la gestión ambiental, a través de mecanismos como la denuncia popular, el acceso a la información ambiental y la posibilidad de impugnar por medio jurídicos los actos que dañen el ambiente en contravención de la normatividad vigente. Reducir los márgenes de discrecionalidad de la autoridad, a fin de ampliar la seguridad jurídica de la ciudadanía en materia ambiental. Incorporar instrumentos económicos de gestión ambiental, al igual que figuras jurídicas de cumplimiento voluntario de la ley, como las auditorias ambientales. Fortalecer y enriquecer los instrumentos de la política ambiental para que se cumplan eficazmente con su finalidad. Incorporar definiciones de conceptos hoy considerados fundamentales como los de sustentabilidad y biodiversidad, a fin de aplicarlos en las distintas acciones reguladas por el propio ordenamiento. Asegurar la congruencia de la LGEEPA con las leyes sobre normalización, procedimientos administrativos y organización de la administración pública federal.
Publicado: Jue Jun 22 2006 | 772 visitas |
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Manifiesto a la Nación. Gobiernos posteriores a la rebelión armada de 1910. Los procesos electorales para renovar los poderes. La observancia y vigencia de dos constituciones en una misma época.
Publicado: Vie Jun 16 2006 | 576 visitas |
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Algunos de los fenómenos sociológicos insuperables que padecen los partidos políticos. Resultados. Muchos afirman que hay que dejar las cosas como están. Que así fatalmente somos y que nada podemos cambiar por que somos un pueblo débil e indiferente al poder político. ¿Usted que opina?. Trataremos de esclarecer el sentido de la visión que el legislador puso en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales que en su Título II Capítulo Quinto del Artículo 205 fracción 2 inciso j, respecto del contenido de las boletas electorales dice...
Publicado: Vie Jun 16 2006 | 461 visitas |
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¿Qué es la Corte Civil de Justicia 2010?. Misión. Principios. Doctrina favorable. Considerandos. La hipótesis de la privatización de los conflictos. De la manera de pensar sobre los conflictos y los presupuestos necesarios. Reflexiones. Un espacio de curación del dolor para una sociedad inteligente. Fundamentos de Derecho. De la fórmula arbitral. Regulación de la autonomía de la voluntad de los particulares. El arbitraje antes de la ejecución de sentencias.
Publicado: Vie Jun 16 2006 | 394 visitas |
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Tráfico de personas y otros delitos relacionados. 18 de Enero de 2006. Interpretación y análisis crítico. Tráfico de migrantes. Pornografía y espectáculos obsenos con niños, niñas o adolescentes. Código Penal de Bolivia. (En formato PDF).
Publicado: Jue Jun 15 2006 | 238 visitas |
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Aspectos históricos del derecho de marcas. Derecho comunitario. Marcas. Comunidad Andina (CAN). Causales de irregistrabilidad. Modelo teórico –cartilla informativa- dirigida al sector empresarial. Las marcas tienen su origen en la antigüedad. En Grecia se utilizaban para distinguir objetos artísticos, así mismo existió una colonia griega llamada Sibaris, famosa porque sus habitantes gastaban grandes cantidades de dinero en los lujos mas exagerados, entre esos derroches, los manjares mas sofisticados hacían parte integrante de sus comidas, por lo anterior, los cocineros Sibaritas tenían derecho a patentar sus platos especiales conservando el monopolio en la elaboración de los mismos por un año, tiempo mas que suficiente para amasar una gran fortuna...
Publicado: Mie Jun 14 2006 | 427 visitas |
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En el actual mundo de economías globalizadas y competitivas, de sociedades mediatizadas, y de constantes avances científicos y tecnológicos, quienes no cuenten con los elementos esenciales para hacerle frente quedarán rezagados, no lograrán satisfacer sus necesidades básicas, ni alcanzarán una calidad de vida digna que les permita, a su vez, ser útiles a la sociedad. Es por ello que ningún país que desee desarrollarse y crecer puede ignorar que invertir en la educación y el desarrollo de sus niños desde la más temprana edad es un imperativo socio-económico, que, a largo plazo, dará sus frutos al haber formado sujetos capaces de aportar al crecimiento productivo y al desarrollo tecnológico, por contar con los conocimientos y la creatividad e invención adquiridos y/o desarrollados en sus primeros años de vida y consolidados luego en la etapa de formación. Para hacer, hay que saber hacer y quienes no cuentan con las herramientas de ese saber carecen de las armas necesarias para hacerse un lugar en el mundo. El presente análisis intenta abordar un tema acuciante para nuestra niñez y adolescencia:"El Trabajo Infantil que vulnera los derechos de los Niños"; en especial, en esta oportunidad, respecto de su incidencia en la cuestión educativa, que comprende a la franja etárea de niños y niñas de entre cinco y catorce años de edad.
Publicado: Mie Jun 14 2006 | 377 visitas |
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Necesidad de adecuación de la Ley Provincia 9053 de Córdoba a la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Ley 26.061). A quince años de la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niñose sancionó la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, incorporando al Derecho Positivo de nuestro país de un modo efectivo los derechos y garantías reconocidos en la CDN y en los tratados internacionales en los que la nación es parte, hoy con jerarquía constitucional. Al reflexionar sobre el tema Trabajo Infantil y Educación expresé que en nuestra legislación, a partir de la Carta Magna, los Tratados y Convenios Internacionales, la Constitución de la Provincia de Córdoba y la normativa nacional y provincial, podemos ir marcando hitos que señalan los derechos reconocidos a los habitantes del país y las garantías para que los mismos puedan ser ejercidos. La ley 26.061, entonces, ha venido a incorporar, puntualizando y desarrollando, los principios, derechos y garantías – incluidas las procesales -, que a favor de todos los niños y los adolescentes ya declaraba la Convención Sobre los Derechos del Niño, los que a partir de la vigencia de la ley mencionada son de aplicación obligatoria (art. 2do.)...
Publicado: Lun Jun 12 2006 | 296 visitas |
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Nociones sobre obligaciones laborales. Concursos preventivos. Nociones sobre Impuestos. La compensación en materia tributaria. Últimas modificaciones a la LCQ (Ley de Concursos y Quiebras). La verificación de créditos fiscales en concursos preventivos. La compensación en el Código Civil. La compensación en los créditos tributarios (Ley 11683 de Procedimiento Fiscal). Concepto de contribuciones sociales versus cargas tributarias. Ley de Concursos y Quiebras 24522. La responsabilidad por el cumplimiento de las obligaciones laborales. Cargas sociales. El carácter alimentario de la relación laboral. Conclusiones de Congreso sobre derecho Laboral. La Empresa en crisis y la cesación de pagos. Análisis de las causas del desequilibrio económico del deudor. Naturaleza jurídica del acuerdo preventivo. Efectos de la apertura del concurso preventivo. Consideraciones generales. Verificación de créditos.
Publicado: Jue Jun 08 2006 | 810 visitas |
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¿Quiénes tienen la capacidad de proponer leyes?. ¿Qué papel juegan los tres órganos del estado .el ejecutivo, el legislativo y el judicial?. ¿Quién sanciona la ley y qué clase de sanción pueden hacer?. El veto legislativo y ejecutivo. El propósito de este reporte es que nosotros como estudiantes de Ciencias Jurídicas conozcamos un poco sobre la creación de las leyes, quienes tienen esa capacidad de crearlas, que papel juegan los tres órganos del estado, quien sanciona la ley y sobre el veto ejecutivo y legislativo...
Publicado: Jue Jun 08 2006 | 264 visitas |
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Al reflexionar sobre el tema Trabajo Infantil y Educación exprese que en nuestra legislación, a partir de la Carta Magna, los tratados y convenios internacionales, la Constitución de la Provincia de Córdoba y la normativa y jurisprudencia nacional, provincial e interamericana, podemos ir marcando hitos que señalan el rumbo de la interpretación de los derechos reconocidos a los habitantes del país y las garantías para que los mismos sean efectivizados. En todos estos documentos, de una u otra forma, se destacan y reafirman constantemente, valores como la libertad, la igualdad, la solidaridad, la dignidad de la persona humana. A través de ellos se manifiestan y desarrollan en extensión las declaraciones, derechos, deberes, garantías y políticas especiales, a las que son acreedores tanto los habitantes de la nación, como los de la provincia, en especial aquellos sectores más vulnerables, como los niños y la mujer embarazada. Hacen hincapié especialmente en las políticas que promueven la formación integral, armoniosa y permanente de la persona, que le permitan elaborar su escala de valores, tendientes a cumplir con su realización personal, su destino trascendente y su inserción en la vida socio-cultural, que posibilite el perfeccionamiento y procure lograr una plena formación democrática, cultural y laboral que desarrolle la conciencia nacional en la construcción de una sociedad mas justa, solidaria y moderna...
Publicado: Jue Jun 08 2006 | 423 visitas |
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Qué son los derechos humanos. Organismos encargados de la protección de los derechos humanos. Mecanismos y procedimientos para la protección de los derechos humanos. Formulario para presentar peticiones sobre violaciones a los derechos humanos CIDH-OEA. Como bien se afirma al respecto , las últimas décadas han estado marcadas por un creciente reconocimiento formal de los derechos humanos; sin embargo, este avance normativo es opacado por las permanentes violaciones y atropellos a los mismos, que niegan su real vigencia tanto en el ámbito público como en el privado. La pobre aplicación de los derechos humanos obedece, entre otros factores, a una débil cultura democrática, al desconocimiento de los derechos y deberes de las personas, a la falta de incorporación de un enfoque de derechos humanos en las políticas públicas, a la impunidad y a la discriminación. (En Formato PDF).
Publicado: Mie Jun 07 2006 | 1094 visitas |
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Fuentes directas e indirectas. Principios y normas básicas del Código Civil de 1831. Críticas y justificativos a las deficiencias del Código Civil (1831). Normas de transición. Error. Error de tipo conocible. Error cálculo - cantidad. El error en el motivo. Dolo. Clases de dolo. Modalidades del dolo. La conducta del engañante. Violencia e intimidación. La intimidación. Comparando la legislación. Legislación boliviana. Diferencias entre legislaciones. Jurisprudencia peruana.
Publicado: Mie Jun 07 2006 | 354 visitas |
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Violencia familiar. Tipos de maltrato. Maltratadores. Violencia sexual, un asunto de derechos humanos. Violencia familiar, mecanismos legales de protección. La violencia familiar en el Perú. Experiencias de trabajo intersectorial en el Perú. La Mesa Nacional Multisectorial para la prevención y atención de la violencia familiar. Normatividad contra la violencia familiar en el Perú. Ley de protección frente a la violencia familiar. Recomendaciones del grupo.
Publicado: Mie Jun 07 2006 | 857 visitas |
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Concepto de Ministerio Público. Nociones históricas de la figura del Ministerio Público. Principios, atribuciones y condiciones que rigen la figura del Ministerio Público. El Ministerio Público en el Proceso Penal Dominicano. La autonomía del Ministerio Público.
Publicado: Mar Jun 06 2006 | 267 visitas |
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Naturaleza. Antecedentes Históricos. Funciones ejecutivas, "legislativas" y "judiciales". Requisitos para ser Presidente de la Nación (Art. 89). Duración. Reelección (art. 90, disposiciones transitorias 9ª y 10ª). El proyecto de Alberdi. Constitución de 1949. Retribución (art. 92). El juramento del art. 93. La acefalía en el art. 88. Leyes Nº 252, Nº 20.972 y Nº 25.716. El Vicepresidente de la Nación. Naturaleza. Doctrinas. Requisitos para ser vicepresidente. Duración. Retribución. La exigencia de los art. 89 y 93. Situación en caso de acefalía. La experiencia nacional y norteamericana. El art. 88 y las leyes reglamentarias. La elección del Presidente y del Vicepresidente de la Nación. Los Art. 94 a 98. El sistema anterior a la reforma de 1994. La elección directa. Casos en que no procede al doble vuelta (Art. 95 y 96). Las disposiciones reglamentarias: Art. 148 a 155 de la ley Nº 24.444. Derecho Constitucional Argentino.
Publicado: Mar Jun 06 2006 | 347 visitas |
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El régimen municipal. El municipio argentino: naturaleza. Antecedentes históricos. La autonomía del régimen municipal argentino. Las disposiciones constitucionales sobre el regimen municipal. Las regulaciones provinciales; Constitución de la provincia de Buenos Aires. El régimen constitucional de la ciudad de Buenos Aires. Artículos de la Constitución Nacional Argentina. Constituciones Provinciales de la República Argentina.
Publicado: Mar Jun 06 2006 | 295 visitas |
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