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Sistematización y organización de documentos para la inscripción de los contribuyentes (página 2)




Enviado por johanna CHACON M



Partes: 1, 2

  • Ampliar las oportunidades de acceso y permanencia activa a los procesos formativos de los sectores excluidos de la población.

  • Articular los programas de formación, a fin de entender los proyectos estratégicos del estado, las potencialidades económicas regionales y el fortalecimiento de la economía comunal.

  • Diseñar un programa de orientación vocacional, armonizando las ofertas formativas de la institución con las potencialidades e intereses de los participantes.

  • Crear mecanismos que faciliten la formación y capacitación permanente, a los efectos de mantener actualizados los conocimientos adquiridos por cada uno de los participantes del proceso formativo.

  • Incorporar al plan de certificación educativa de la institución, la normativa de certificación de saberes mediante la práctica y experiencia laboral.

  • Generar líneas de investigación para los procesos de innovación y de nuevas tecnologías educativas cónsonas con el modelo de desarrollo productivo y de inclusión social.

  • Al presente, el contribuyente puede cumplir con las formalidades en gran parte a través del ingreso en línea portal del seguro social, sin tener que dirigirse a las oficinas, a través de la página: http://www.inces.gob.ve/

    BANAVIH

    El Banavih es una Institución con autonomía funcional y financiera, con personalidad jurídica, adscrita al Ministerio de Vivienda y Hábitat, con una estructura especializada, apoyada en una gestión de recursos humanos y tecnológicos con altos estándares de calidad y ética profesional. El 09 de Noviembre del 2005, se pública en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, número 38.305, la creación del Banavih (Banco Nacional de Vivienda y Hábitat) asumiendo las competencias del Banco Nacional de Ahorro y Préstamo y las funciones que este desempeñaba, igualmente de conformidad con lo establecido en La Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, siendo un instituto autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, distinto e independiente del Fisco Nacional, con autonomía financiera, organizativa, administrativa y funcional adscrito al Ministerio con competencia en materia de Vivienda y Hábitat.

    Al presente, el contribuyente puede cumplir con las formalidades en gran parte a través de los ingresos en línea portal del seguro social , sin tener que dirigirse a las oficinas, a través de la página: http://www.ivss.gov.ve/

    Bases Legales

    Como fundamentos legales que sustentas la investigación son los siguientes:

    Constitución De La República Bolivariana De Venezuela Publicada En Gaceta Oficial N°36.860, de Fecha 30 de Diciembre del año 2000:

    Artículo 86. Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas. La ausencia de capacidad contributiva no será motivo para excluir a las personas de su protección. Los recursos financieros de la seguridad social no podrán ser destinados a otros fines. Las cotizaciones obligatorias que realicen los trabajadores y las trabajadoras para cubrir los servicios médicos y asistenciales y demás beneficios de la seguridad social podrán ser administrados sólo con fines sociales bajo la rectoría del Estado. Los remanentes netos del capital destinado a la salud, la educación y la seguridad social se acumularán a los fines de su distribución y contribución en esos servicios. El sistema de seguridad social será regulado por una ley orgánica especial.

    Código Orgánico Tributario, publicado en Gaceta Oficial N° 37.305 de fecha de 17 de Octubre de 2001:

    Artículo 3: Sólo a las leyes corresponde regular con sujeción a las normas generales de este

    Código, las siguientes materias:

    1. Crear, modificar o suprimir tributos, definir el hecho imponible, fijar la alícuota del tributo, la base de su cálculo e indicar los sujetos pasivos del mismo.

    . Otorgar exenciones y rebajas de impuesto.

    3. Autorizar al Poder Ejecutivo para conceder exoneraciones y otros beneficios o incentivos fiscales.

    4. Las demás materias que les sean remitidas por este Código.

    Artículo 23: Los contribuyentes están obligados al pago de los tributos y al cumplimiento de los deberes formales impuestos por este Código o por normas tributarias. Artículo 55: Prescriben a los cuatro (4) años los siguientes derechos y acciones:

    1. El derecho para verificar, fiscalizar y determinar la obligación tributaria con sus accesorios.

    2. La acción para imponer sanciones tributarias, distintas a las penas restrictivas de la libertad.

    3. El derecho a la recuperación de impuestos y a la devolución de pagos indebidos.

    Decreto de Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma parcial de la ley del Seguro Social Publicada en Gaceta Oficial N° 5.891, extraordinaria, de fecha 31 de julio de 2008

    El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales es una Institución pública, cuya razón de ser es brindar protección de la Seguridad Social a todos sus beneficiarios en las contingencias de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso, de manera oportuna y con calidad de excelencia en el servicio prestado, en atención al marco legal. (MISION)

    El Instituto Venezolano De los Seguros Sociales (IVSS) bajo la inspiración de la justicia social y de la equidad, garantiza el cumplimiento de los principios y normas de la Seguridad Social a todos los habitantes del país, de manera oportuna y con calidad de excelencia en los servicios prestados (VISION)

    Las labores del Seguro Social comienzan el 9 de Octubre de 1944, con la puesta en funcionamiento de los servicios para la cobertura de riegos de enfermedades, maternidad, accidentes y patologías por accidentes según lo establecido en el Reglamento General de la Ley del seguro Social Obligatorio (19-2-1944). En 1946, se reformula esta Ley, dando origen a la creación del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, organismo con responsabilidad jurídica y patrimonio propio; en 1951 se deroga la Ley y se sustituye por el Estatuto Orgánico del Seguro Social Obligatorio y posteriormente en 1966 se promulgó otra Ley del Seguro Social Obligatorio, donde se amplían los beneficios además de establecer las prestaciones a largo plazo (pensiones) por concepto de invalidez, incapacidad parcial, vejez y sobrevivientes y las asignaciones por nupcial y funerarias..

    Se fusionan Aduanas de Venezuela, Servicio Autónomo (AVSA) y el Servicio Nacional de Administración Tributaria (SENAT) para dar paso a la creación del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), según Decreto Presidencial N° 310 de fecha 10 de agosto de 1994, publicado en la Gaceta N° 35.525 de fecha 16 de agosto de 1994.

    La presente Ley tiene por objeto regular y desarrollar la organización y funcionamiento del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), el cual será órgano de ejecución de la administración tributaria nacional, sin perjuicio de lo establecido en otras leyes.

    El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) es un servicio autónomo sin personalidad jurídica, con autonomía funcional, técnica y financiera, adscrito al Ministerio de Finanzas.

    El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) definirá, establecerá y ejecutará, de forma autónoma, su organización, funcionamiento, su régimen de recursos humanos, procedimientos y sistemas vinculados al ejercicio de las competencias otorgadas por el ordenamiento jurídico.

    Asimismo, suscribirá contratos y dispondrá de los ingresos que le otorgue la ley para ordenar los gastos inherentes a su gestión.

    Corresponde al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) la aplicación de la legislación aduanera y tributaria nacional, así como el ejercicio, gestión y desarrollo de las competencias relativas a la ejecución integrada de las políticas aduanera y tributaria fijadas por el Ejecutivo Nacional. En le ejercicio de sus funciones es de su competencia:

    1. Administrar el sistema de los tributos de la competencia del Poder Público Nacional, en concordancia con la política definida por el Ejecutivo Nacional.

    2. Administrar el sistema aduanero, en concordancia con la política definida por el Ejecutivo Nacional.

    3. Elaborar propuestas para la definición de las políticas tributaria y aduanera, evaluar su incidencia en el comercio exterior y proponer las directrices para su ejecución.

    4. Ejecutar en forma integrada las políticas tributaria y aduanera establecidas por el Ejecutivo Nacional.

    5. Elaborar y presentar al Ministerio de Finanzas anteproyectos de leyes tributarias y aduaneras, y emitir criterio técnico sobre sus implicaciones.

    6. Emitir criterio técnico sobre las implicaciones tributarias y aduaneras de las propuestas legales o reglamentarias que se le presenten.

    7. Recaudar los tributos de la competencia del Poder Público Nacional y sus respectivos accesorios; así como cualquier otro tributo cuya recaudación le sea asignada por ley o convenio especial.

    8. Ejercer las funciones de control, inspección y fiscalización del cumplimiento de las obligaciones tributarias, de conformidad con el ordenamiento jurídico tributario.

    9. Determinar y verificar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y tributarias y sus accesorios.

    10. Definir y ejecutar las políticas administrativas tendentes a reducir los márgenes de evasión fiscal y, en especial, prevenir, investigar y sancionar administrativamente los ilícitos aduaneros y tributarios.

    11. Ejercer la facultad de revisión de los actos emanados del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), conforme al ordenamiento jurídico aplicable.

    12. Conocer, sustanciar y decidir los recursos administrativos interpuestos contra los actos dictados por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), de conformidad con el ordenamiento

    jurídico.

    13. Evacuar las consultas sometidas a su consideración en materias de su competencia.

    Decreto N° 6.072, con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat. Publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.889, el 31 de julio de 2008.

    Entre los puntos más notables estan la ratificación del Ministerio de Vivienda y Hábitat como ente rector en la materia, la certificación del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH) como instituto autónomo pero además como operador financiero, se crea el fondo de ahorro voluntario para complementar el fondo de ahorro obligatorio existente, se le otorga al gobierno la potestad regulatoria en el arrendamiento inmobiliario y en la administración de tierras urbanas y urbanizables.

    El nuevo régimen incluye la posibilidad de obtener financiamiento por hasta el 100% del valor de la vivienda e introduce la figura de créditos mixtos, que permiten el financiamiento a largo plazo para la compra de un terreno y la construcción de una vivienda principal dentro de él.

    Decreto Con Rango, Valor Y Fuerza De Ley Del Instituto Nacional De Capacitación Y Educación Socialista. Decreto Nº 1.414 13 De Noviembre De 2014

    El Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista está regulado actualmente por un Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que data del año 2008 que derogó a la Ley de 1971. Esto permitió iniciar los primeros pasos para transformarlo en un ente para formular, coordinar, evaluar, dirigir y ejecutar programas educativos de formación y capacitación integral, adaptados a las exigencias del modelo de desarrollo socioproductivo socialista bolivariano.

    Permite, la alineación del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista al esfuerzo coordinado por el Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo, así como las premisas y propósitos que han sido recogidos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, entre los que destacan la concepción, el enfoque y subsistema bolivariano de formación y autoformación colectiva, integral, continua y permanente de los trabajadores y trabajadoras de Venezuela.

    Definición en términos Básicos:

    A continuación se presenta un conjunto de conceptos relaciones con la variable de investigación que fueron empleados en el desarrollo del marco teórico, a fin de brindar mayor claridad a las ideas expuestas y así facilitar la comprensión del lector.

    Empleador (a):

    Se utiliza tanto a nivel público como a nivel privado, y se define como aquel organismo social que está integrado por elementos humanos, materiales y técnicos con el objetivo principal y natural de obtener utilidades, bienes o servicios con destino a la comunidad y que están coordinados por uno o varios administradores que toman decisiones para la consecución de unos objetivos determinados que son, en última instancia, para lo que fueron creados. Página del Seguro Social.

    Trabajador (a):

    Toda persona natural que preste servicios personales intelectuales o materiales, bajo dependencia o subordinación, y en virtud de un contrato de trabajo. Ley Orgánica del Trabajo.

    Cotización o Aporte:

    Es la fracción de un sueldo o salario que los empleados y trabajadores deben ingresas al sistema de seguridad. Guía Práctica Laboral (2006)

    Retención:

    La retención es la cantidad que se retiene de un sueldo, salario u otra percepción para el pago de un impuesto, de deudas en virtud de embargo, es decir, te retienen ahora para asegurar el pago del impuesto. Términos contables

    Salario Básico:

    Indica la remuneración mensual que percibe el trabajador como contraprestación a sus servicios y está compuesto por: Salario Básico del Cargo, más Aumento por Antigüedad, más Premio Estímulo, más Aumento por Méritos.

    Salario Normal:

    Es la remuneración mensual devengada por el trabajador en forma regular y permanente durante su jornada de trabajo como retribución por la labor efectivamente prestada, y comprende: Salario Básico del Cargo, Prima para el Personal Empleado en cargos Administrativos no Profesionales, más el Aumento por Antigüedad, más la Prima de Profesionalización, más la Prima de Actualización Profesional, más Prima Asistencial, más Reconocimiento por años de Servicio (Premio Estímulo), más Bono Nocturno Trabajado, más Horas Extras Trabajadas, más Domingos y Días Feriados Trabajados. El concepto de Salario Normal se utilizará como base de cálculo para las Horas Extras, Bono Nocturno, Domingos y Días Feriados. Para el cálculo del monto correspondiente a cualquiera de los conceptos que conforman el Salario Normal, ninguno de ellos será tomado en consideración para producir efectos sobre sí mismo.

    Salario Integral

    Se refiere a la remuneración que recibe el trabajador en forma periódica, regular y mensualmente por la prestación de sus servicios, y comprende: Salario Normal, más Prima por Hogar, más Prima por Hijos, más el Aporte Institucional a la Caja de Ahorros, más Bono de Transporte, más Pago Sustitutivo del Litro de Leche (a quien lo devengue), más cuota parte del Bono Vacacional, más cuota parte del Bono de Fin de Año y cualquier otro ingreso, provecho o ventaja que perciba el trabajador por causa de su labor. Para el cálculo del monto correspondiente a cualquiera de los conceptos que conforman el Salario Integral, ninguno de ellos será tomado en consideración para producir efectos sobre sí mismo. Con este salario se calcularán únicamente los conceptos referidos a Bono Vacacional y Bonificación de Fin de Año y Prestaciones Sociales.

    Contrato de trabajo

    Es el acuerdo mediante el cual una persona natural (empleado) se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica (empleador), bajo la continuada dependencia o subordinación de ésta y mediante el pago de una remuneración (salario). En caso de no reunir alguno de los anteriores elementos no se configura la relación laboral y por lo tanto no le será aplicable la legislación laboral. Guía Gerencial

    CAPITULO III

    Marco metodologico

    En el siguiente capítulo se presenta los métodos y procedimientos necesarios para el desarrollo de la investigación, que comprende el tipo y diseño de la investigación, la selección de unidades de estudio, las técnicas e instrumentos que se utilizaron para la recolección de datos, así como la validez de la investigación y finalmente las técnicas para el procedimiento de datos.

    Tipo de investigación

    Considerando que el propósito de la investigación es sistematizar los documentos o requisitos para la inscripción de las empresas a los diferentes organismos públicos como SENIAT, INCESS,BANAVIH, Y SEGURO SOCIAL, lo cual se enmarca bajo la modalidad de investigación descriptiva que según Hernández, Fernández y Baptista (2003; 117), afirma que este tipo de investigación " buscan especificar las propiedades, las características y los perfiles importantes de personas, grupos, comunidades o cualquier otro fenómeno que se somata a un análisis".

    Es decir, esta investigación permite describir características de un evento específico, es este caso sería el cumplimiento de los deberes parafiscales en términos del SENIAT, INCESS, IVSS, BANAVIH de empresas tanto jurídicas como naturales.

    Diseño de Investigación:

    Para el desarrollo de la investigación se adoptó el diseño de campo, es vista que se describe la situación prevaleciente en el momento de realizarse el estudio. Este diseño según Canales (1996) "consiste en la recolección de datos directamente de la realidad donde ocurren los hechos, sin manipular o controlar variable alguna"

    Por cuanto, este diseño de investigación permite no solo observar, sino recolectar los datos directamente de la realidad, objeto de estudio en su ambiente cotidiano, para luego analizar e interpretar los resultados de estos estudios. Bajo este punto de vista, en esta investigación se obtuvo la información de diferentes empresas en auges de comenzar su apertura así como algunas que ya poseen ejercicio económico que aún no llevar controles parafiscales y empresas que poseen un ejercicio económico y que si están actualmente cumpliendo con sus deberes formales fiscales y parafiscales. Además se visitó, las instituciones competentes a fin de obtener información cerca de la modalidad de inscripción y principales problemáticas presentadas en la misma que frecuentemente se presentan. Por lo tanto, la investigación se realizó en el lugar donde se presente el problema, estableciendo una interaccione entre el investigador y los sujetos de investigación.

    Población

    Una vez definido el tipo y diseño de la investigación, es necesario precisar los informantes poseedores de la información. Partiendo de esto, se entiende por población al conjunto para el cual serán válidas las conclusiones que se obtengan: a los elementos o unidades (personas, instituciones o cosas) involucradas en la investigación. (Morles, 1994, p. 17). La muestra es un "subconjunto representativo de un universo o población." (Morles, 1994, p. 54).

    En este caso, la población de estudio estuvo conformada por los gerentes de las empresas encuestadas, así como fiscales de las instituciones públicas competentes, como lo son el INCESS, BANAVIH, IVSS, Y SENIAT, cuyo objetivo es precisar información , esto se obtuvo en el casco central de la ciudad de San Cristóbal, tomadas aleatoriamente diez (10) empresas tanto jurídicas como fondos de fondos de comercios de diferentes tipos de entidades económicas, debido a que se requiere recabar la máxima información y por la accesibilidad de la población, no se justifica realizar técnica de muestreo.

    Muestra

    En opinión Hurtado (2000), la muestra es una porción de la población que se toma para realizar el estudio, la cual se considera representativa de la población". Como subgrupo de ella, la muestra es obtenida con el fin de investigar a partir de sus características particulares las propiedades de la misma.

    Para selección la muestra se utilizó el diseño de muestreo no probabilístico, el mismo es llamado muestreo subjetivo es un proceso de retención de muestras basados en los juicios del investigados. Este procedimiento está sujeto a error de muestreo, puesto que no hay forma de medirlo. En este caso se desconoce la probabilidad de los elementos de la población, específicamente se utiliza el muestreo conveniente, el cual está referido a la accesibilidad de la unidad de análisis.

    Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos

    Las técnicas de recolección de datos son las distintas formas o maneras de obtener la información. Son ejemplos de técnicas; la observación directa, la encuesta en sus dos modalidades (entrevista o cuestionario), el análisis documental, análisis de contenido, etc.

    Los instrumentos son los medios materiales que se emplean para recoger y almacenar la información. Ejemplo: fichas, formatos de cuestionario, guías de entrevista, la de cotejo, grabadores, escalas de actitudes u opinión (tipo Likert), etc.

    Para la aplicación e esta técnica fue necesario utilizar un instrumentos, al respecto señala Arias (2006; 69) que un "instrumento es cualquier recurso, dispositivo o formato (en papel o digital) que se utiliza par a obtener, registrar y almacenar información". En este sentido se empleó un cuestionario impreso, a juicio de Hernández (2003; 391), el cuestionario "consiste en un conjunto de preguntas respecto a una o varias variables a medir", con respecto a esto, el cuestionario estuvo conformado por diez (10) pregustas cerradas, con alternativas algunas de respuestas, el mismo fue aplicado para los gerentes de las empresas encuestadas, así como fiscales de las instituciones públicas competentes, como lo son el INCESS, BANAVIH, IVSS, Y SENIAT

    Técnica de procesamiento y análisis de los Datos

    Los datos obtenidos de la aplicación de los instrumentos, fueron sometidos al análisis de hallazgos, el cual Pinilla (2006) es el proceso de obtención de evidencias, donde se muestran los aspectos favorables o desfavorables en materia de manejo administrativo, desempeño operativo y resultados de gestión. Sin duda, este es el primer aspecto que se debe tomar en el análisis.

    Para que los hallazgos sean relevantes y útiles, deben ser objetivos, basados en hechos o evidencias concretas y convincentes para asegurar la debida receptividad de la gerencia, los atributos (o componentes básicos) de un hallazgo para Pinilla (2006) son: la condición, el criterio, el efecto y la Causas.

    Condición: Refleja el grado en que se están logrando o no los criterios. Este autor describe, que la condición responde al cómo se están haciendo realmente las cosas; se representa a través de la situación encontrada en el momento de la investigación.

    Criterio: Es aquel en el que se presentan las normas o instrumentos que se utilizan para evaluar la condición hallada, la mas usadas son: leyes, reglamentos, objetivos, políticas, sentido común, la experiencia y la sopiniones independientes de expertos.

    Efecto: es la diferencia presente entre el cómo se están haciendo las cosas (condición hallada) y las normas o leyes que lo amparan (criterio); y se cuantifica en dinero o en otra unidad de media.

    Causas: la importancia de este criterio en que se basa en determinar las causas de los problemas para diagnosticarlos y proponer le debito tratamiento que erradique la situación.

    Por lo anterior expuesto, el mismo autor comenta que, una vez analizados los atributos del hallazgo, se inicia la redacción de las conclusiones y recomendaciones y al respecto refiere lo siguiente:

    Conclusiones: Son las opiniones o juicios que se emiten en función a los hallazgos que surgen después de evaluar los correspondientes atributos, cabe destacar que las conclusiones no deben presentarse como problemas sino al contrario la necesidad que se tienen de emprender los correctivos necesarios.

    Recomendaciones: No solo se limita a identificar los problemas sino que también a dar sugerencias de soluciones, es decir, las recomendaciones son las sugerencias que se realizan sobre los problemas identificados para ser corregidos oportunamente.

    Sobre base de lo antes expuesto por Pinilla (1996) en cuanto a tributos de hallazgos, condiciones, criterio, efecto, causas, conclusiones y recomendaciones se llevara a cabo el análisis del cumplimiento de las contribuciones fiscales y parafiscales en las empresas cotejadas del casco Central del San Cristóbal, Estado Táchira.

    REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

    MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION

    ESCUELA TECNICA DE COMERCIO "ALBERTO ADRIANI"

    SAN CRISTOBAL- ESTADO TACHIRA

    San Cristóbal, Marzo de 2016.

     

     

     

    Autor:

    Chacón C. Juan P.

    Partes: 1, 2
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