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La ciencia penal del siglo XXI (Guatemala)




Enviado por Mauricio Avila




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    En esta primera década del siglo XXI, que entre el derecho y la ciencia penal existe senda diferencia, no solamente de carácter técnico, sino metodológico que cualquier estudioso del derecho que se jacte de conocer y amar esta parte evolutiva del conocimiento científico en una disciplina tan especial, como lo es el penal, cuya relación con otras disciplinas, que por cierto, son ya tan distintas y diversas que congloban precisamente, a esta moderna ciencia penal y sobre todo, en su correlación con los sistemas de justicia de este tercer milenio e incentivar a las nuevas generaciones para encontrar el justo medio de ese incesante cambio, precisa e inobjetablemente de la ciencia penal del siglo XXI.

    En esta breve aportación es importante establecer precisamente un análisis objetivo y sustancial entre lo que hoy se consideran como ciencia penal y su correlación con los sistemas de justicia en este tercer milenio, haciendo prima facie hincapié que la moderna ciencia penal debe caracterizarse básicamente bajo cuatro lineamientos. En primer lugar, no pasa inadvertida la postura del modelo tradicional sobre lo que clásicamente se ha denominado como Derecho Penal, y que hoy día, se exige y requiere, se entre a la acción introspectiva evolutiva de este Derecho, pero bajo un bagaje científico. En segundo lugar, debe tomarse en consideración que la ciencia penal, actualmente reviste diversas transformaciones respecto del delito, del delincuente, la víctima y por supuesto la sanción, motivos técnico-jurídicos, que deben ser por su inminente exigencia analizados bajo una nueva dogmática. En tercer lugar, la modernidad y transformación de esta ciencia penal, la que debe fincar su esquema de cambio en una nueva legislación donde precisamente se adecuen los nuevos ilícitos en la gran diversidad de materias conexas o afines, y por supuesto de leyes, las que unidas bajo una sola codificación, estos lícitos incluyendo por supuesto los trasnacionales se evitaría así la vaguedad genérica con que tratan y analizan lo relacionado con el delincuente, cuya capacidad o desarrollo intelectual dista mucho a la de aquel agente de delito del siglo pasado, sin olvidar por supuesto el instrumental que ahora utiliza para ejecutarlo; a la víctima por cuanto a su tratamiento, reparación y resarcición del daño; el cual es de carácter público, procesal, con carácter de irrenunciable, con un bagaje garantista de corte constitucional, y por último, la pena, que también hoy reviste gran preocupación dada las múltiples aristas con la que se trata según sus teorías, ya sea distributiva, retributiva, definitiva, sustitutiva o en su caso restaurativa. En un cuarto nivel a esta moderna ciencia penal debemos anexarle con verdad científica su fin y objetivo metodológico, que viene a legitimar precisamente a la legislación del Derecho Penal en el plan de los sistemas de justicia, dejando a un lado y para siempre la vieja concepción por obsoleta, de que el Derecho Penal sólo sirve para castigar o por lo menos para lograr la venganza del injusto cometido culpablemente. No obstante ello, bajo la interacción dogmático jurídica, resulta sin dudas el esquema para esta moderna ciencia penal, el de llevar consigo al aula universitaria y por supuesto a las currículas de las materias afines, a la ciencia penal, el conocer y establecer correlacionadamente los sistemas de justicia, los cuales engloban en forma directa programas a fines definidos, no definitivos y acordes a la política criminal y a las teorías de la prevención, entre las cuales es determinante la denominada teoría de la prevención general positiva y su conexión con los sistemas de justicia. Si se estudia, o se resumen las cuatro tendencias mencionadas, entonces se puede establecer o generar como tesis inminente para este siglo XXI, que la ciencia penal, es sistemática, preventiva, programática y evaluativa; orientado todo ello, a la defensa de la sociedad, a la transformación y modernidad de sus instituciones, y sobre todo a la profesionalización humanizada del servidor público, académico y estudioso bajo los principios morales y éticos y de sensibilidad hacía los gobernados, desterrando ya la vieja y vetusta postura de la defensa del peligro, del bien jurídico a proteger, como elementos y principios libertarios clásicos del Derecho Penal y de su retrograda venganza de la lesión de los bienes jurídicos de altísimo rango jerárquico. La moderna ciencia penal y su correlación con los anteriores estamentos, esto es, en un devenir involutivo y evolutivo, no debe responder más a la expiación de un perjuicio o daño social realizado de manera sui generis o subjetiva con la que se busque o se reclame mediante procesos atípicos, sustraídos de leyes especiales y adoptados por otros sistemas de países cuyas costumbres, hábitos, tradiciones, cultura, sentimientos, habitualidades e incluso de religiosidad, puedan permear en contra del descrédito de un nuevo rumbo que aún se busca con insistencia a favor y en beneficio de las nuevas generaciones, en donde se tiene como fin deontológico, el evitar, preventivamente, que se materialicen los delitos y que por consecuencia, se produzcan los daños, las afectaciones, los menoscabos y los perjuicios de carácter íntimo o privado, sentimental, patrimonial, intelectual, informáticos, de privacidad, o del derecho a la protección de difundir imágenes (fotografías) como lo establece ya el Tribunal Constitucional alemán. Por ello se afirma que la ciencia penal moderna es también un Derecho Penal de política legislativa, doctrinaria y de seguridad, sin que con ello se pretenda esconder las grandes deficiencias con que hoy se cuenta en diversos rubros multidisciplinarios académicamente y sobre todo, el de querer proporcionar con mayor transparencia de los aspectos teleológicos del Derecho y de una seguridad social, respecto a que el individuo como tal pueda disponer de una justicia inmediata, sin dilación, ajustada a su más estricta creación, interpretación y aplicación para cada caso concreto; de una seguridad jurídica que conlleve al replanteamiento todo lo que concierne con las leyes, y con los sistemas, pero sobre todo, con los sistemas de justicia; con el bien común en donde impere por consecuencia lógica la paz, la armonía, la tranquilidad y por qué no, la felicite y así poder disponer tranquilamente de una seguridad y protección de todos los bienes materiales, así como de aquellos bienes jurídicos legalmente protegidos por la norma aún, e independientemente de que en forma cotidiana, la vida pasa a segundo término dada la multiplicidad de una actual sociedad industrializada. Los cuatro modelos que ahora se proponen, en cierta medida, están vinculados a toda una serie de planteamientos que en materia de justicia, como sistema, se transforma precisamente en la dirección principal del moderno Derecho Penal que requiere pese a todo dos elementos principales: primeramente, de una adecuada y altamente profesionalizada comprensión dogmática, acorde y nuevo modelo legislativo y en segundo término del manejo sistémico, estructural programático y evaluativo de las nuevas herramientas teórico normativas precisamente para con los temas de justicia, los que ahora estamos pues precisamente desarrollando y por obviedad los que están en vías de desarrollo. Las cuatro modalidades que sustancialmente hemos disertado y que en este apartado brevemente esgrimimos, son respectivamente intentos para dar respuestas dogmáticas a las tendencias clásicas y por supuesto a las posturas citadas para el desarrollo y evolución de la moderna ciencia penal. También reviste por una parte la conservación de dogmática tradicional, para que manejando Derecho Comparado, podamos traducirla al lenguaje actual y así redunde en beneficio de los estudiosos de Derecho en las universidades y en la técnica legislativa para crear, modernizar y actualizar a la norma y por otra parte para seguir en la incesante lucha de buscar lo más afín y en beneficio, para esta nueva sociedad, esto es, la transformación de la Ciencia del Derecho y principalmente de modernidad penal, de acuerdo y en base con toda una serie de nuevos fundamentos, estamentos y principios rectores, adecuados y acordes a esta nuestra nueva realidad social. Por ello se reitera que lo anterior se fundamenta en la simplística, pero complicada consideración, que el moderno Derecho Penal debe cambiar sus ejes tanto en el Derecho Penal llamado ilícito, injusto o fenómeno delincuencial como de la imposición de la pena, con la atribución del elemento trascendental en la teoría del delito, llamado culpabilidad, que en conjunto conformen actos conmutativos y restaurativos bajo un nuevo rumbo en el manejo de los sistemas de justicia, es decir, se deben compilar y comprender no sólo bajo manifestaciones monolingüísticas en un sentido dogmático de Derecho, sino también bajo un contexto más amplio, para así concluir que el objeto de la teoría moderna de la ciencia penal, no sólo son los hechos ontológicos, sino también los tiempos, los momentos, las formas, condiciones y circunstancias en que el activo ejecuta el hecho punible y su estudio, análisis y comunicación con las instituciones y sistemas de justicia con la sociedad moderna, en torno a los nuevos derechos que afectan y lesionan su integridad, intimidad, personalidad, moralidad, patrimonio, vida, fama y prestigio, intelectualidad o de sus derechos de privacidad y protección a la imagen de algún ciudadano. Hoy día, lo que está ocurriendo precisamente en nuestro país, en el mundo de la crítica genérica no constructiva y el de la inadversión hacia los sistemas e instituciones de justicia es precisa y principalmente el desquiciante y turbulento marasmo de opiniones encontradas al sistema penitenciario; ello como parte toral de análisis y crítica de un no tan objetivo Sistema de Seguridad Pública. Se ha dicho que si el Sistema Nacional de Seguridad Pública es endeble por no contar con todo un nuevo esquema o niveles de adecuación estructural y de programas definidos, ya sea trimestral, semestral o anualmente, correlacionándolo con los otros sistemas, y si ello no ocurre, nunca se podrá combatir a la delincuencia, al crimen organizado y a los ilícitos aun no tipificados, que diariamente se ejecutan y entran en el mundo de la impunidad, y esto es fácil de advertir, porque no existe un programa prototipo que realmente delinee precisamente los rumbos en que se trabajará por tiempos cortos o a largo plazo, pero en forma definitiva y objetiva. La justicia está en crisis; en consecuencia su legislación y sus instituciones requieren de una transformación radical en todas las áreas pero fundamentalmente en el área penal que permita hacer frente a la delincuencia, la inseguridad y la impunidad que padecemos promoviendo la enmienda y reparación del daño con reducción de penas a quienes acepten su responsabilidad desde la investigación ministerial previa; mayores derechos para la víctima; y el financiamiento de los Centros de Readaptación Social por los delincuentes sentenciados para convertirlos en centros de trabajo y formación técnica y académica. Hay necesidad pues, y resulta una prioridad nacional, modificar, perfeccionar, actualizar, especializar y profesionalizar a todas ellas en una sola línea o modelo programático sin que vayan más allá o queden limitadas para su buen funcionamiento, primeramente porque una cosa es la investigación de los delitos, otra la persecución de los delincuentes que corresponde a este sistema de procuración y otro rumbo, es lo concerniente a la rehabilitación del delincuente en el sistema penitenciario, cuyos ejes especiales giran en torno precisamente a un sistema nacional de seguridad pública y de un sistema jurídico penal de rehabilitación o resociabilización. Como queremos luchar y combatir a la delincuencia si no contamos con una línea de acción definida, incluyendo por supuesto el de crear programas sobre política criminal para la prevención de los delitos, de la reestructuración de los cuerpos policíacos que debiera de ser sólo uno, de los múltiples compromisos, costos, corrupción, injerencia política, rezago en la actualización y profesionalización de los servidores públicos en este rubro, de la excesiva carga de trabajo para levantar demandas, e integrar investigaciones ministeriales, de las cuales muchas de ellas han quedado en pleno rezago o ya han prescrito; vicios arraigados, lentitud, incertidumbre y falta de legalidad, carencia de conocimientos para cumplir con todos los requisitos procesales, preprocesales u obstáculos prejudiciales, anexándose a ello la gran dificultad que en muchas ocasiones al conformar estas investigaciones traen como consecuencia su complejidad; etcétera, ello sin que se vulneren garantías individuales o en términos generales derechos humanos, sin olvidar por supuesto el exiguo y muy lamentable salario que se le da a estos servidores públicos. Los sistemas de justicia deben reestructurarse, modernizarse y adecuarse a nuestra realidad; pues esto no es un problema de éste país, sino de toda América Latina y del mundo, donde exista el binomio delito-delincuente. Se reitera que el sistema de justicia deben reconocer de su pronta e inmediata transformación, pero sobre todo de tener un solo procedimiento en el país, en el que se cumplan con las formalidades, actuaciones, diligencias y formas de investigación del delito y de persecución del delincuente; de la acreditación del cuerpo del delito y de la probable culpabilidad con reglas claras y precisas, para lograr lo anterior y para la catalogación y valoración del sistema probatorio, incluyendo recursos e in?cidentes y por supuesto de ejecución de sentencias, donde hoy día repre?senta la parte crítica en todos los medios de información, refiriéndome al sistema penitenciario. Si observamos con detenimiento lo que hoy día ocurre en los centros carcelarios del país, hay cateos sorpresivos por agentes de la policía Nacional Civil, en el que han encontrado, por ejemplo, drogas, armas y celulares, marihuana en los propios sectores de los internos e incluso en los casilleros donde los custodios del penal guardan sus propias cosas, de ello se maneja que hay autogobierno, privilegios, pues algunos de los internos tienen televisores de pantalla plana como hoy se les conoce, se recibe constantemente información en las fiscalías de posibles fugas de reos de alta peligrosidad, que los propios delincuentes internos utilizan su red de sicarios para ejecutar planes homicidas o manejar sus propios carteles desde reclusión, Perfeccionar, actualizar y profesionalizar a los cuerpos policíacos en uno solo denominándole Policía Nacional Investigadora del Delito, Perfeccionar, actualizar y profesionalizar a los departamentos criminalísticos, y periciales en todas las fiscalías del país. · Mejora salarial a todos los servidores públicos. Crear programas de política criminal eminentemente preventivos o en su caso de investigación, de recabación de pruebas, datos, huellas y vestigios y por supuesto de persecuciones del delincuente. · Crear programas de política criminal para cada municipio, región, o estado según sus necesidades, condiciones o circunstancias y obviamente de acuerdo con la naturaleza del delito y del propio delincuente para así atacar y erradicar enfermedad y enfermo, esto es, delito y delincuente. · Crear un modelo estadístico sobre servidores públicos y sus diversas categorías, cuando son ascendidos, despedidos, procesados y sentenciados. · Crear un programa prototipo para delitos y delincuentes de corte internacional y de vigilancia vía satelital o internet por parte del Ministerio de Gobernación, en las fronteras y estados del país, con mayor reiteración en algún delito en concreto. · Establecer un modelo prototipo para los sistemas penitenciarios y así crear formas diversas sobre penas privativas de libertad, y cuando el delito no sea grave o se trate de un hecho de tránsito, anexándose o adaptándose el sistema de faltas penales . · Fomentar a ministerios públicos y policías, la necesidad del conocimiento sobre las técnicas de la investigación en el delito. · Darle sustento constitucional a la figura penal del arraigo, cuya naturaleza es de carácter domiciliaria. · Modificar leyes penales procesales, para figuras tan especiales como la ampliación del derecho a ejercer la acción penal por parte del Ministerio Público investigador, o de la facultad del juez para librar la reaprehensión; hoy día inexistentes. · Crear becas e intercambios de todos estos servidores públicos para que salgan del país y manejen derecho policial y de investigación del delito en otros países, como parte de un derecho y una praxis comparativa. · Crear la beca vacacional y de estímulo para que viaje o vacacione todo servidor público probo y honesto, incluyendo becas para sus hijos y esposa, dejando a un lado ya los reconocimientos única y exclusivamente en papel denominado diploma. Éstas son sólo algunas inquietudes que dejo aquí plasmadas como presupuestos básicos de lo que se indica y se refiere a la reforma estructural, del Sistema de Procuración de Justicia y Seguridad Pública; ello sólo por citar algunos puntos. A este breve panorama debemos anexar lo que en sí representa el crimen organizado ante la postura de Estado denominada gobernabilidad democrática y por supuesto de la coordinación, apoyo y combate a este fenómeno, entre nuestro país y Estados Unidos, incluyendo por supuesto toda la zona fronteriza. El interés por esta gobernabilidad se acentúa principalmente en la frontera, ya que tiene una importante participación de carácter económico y financiero. Por otra parte, algunos autores clásicos consideran que analizar cri?men y gobernabilidad no requiere de grandes investigaciones ni de estudios profundos, sino que ello se solucionaría reforzando la policía y que su función sea más dura en sus fronteras; al respecto se considera que esto es un problema altamente arraigado en forma espiral y que debe estudiarse concienzudamente en los sistemas de justicia y en las universidades. Entre quienes creen que los problemas están profundamente arraigados podemos distinguir dos corrientes: La primera se enfoca a una imagen de la delincuencia "sistémica-centralizada" que habla de un sistema coherente y centralizado que vincula al sistema político con el crimen organizado. Según esto los líderes políticos controlan de arriba abajo la red de alianzas y ejemplifican que la cadena de control sobre el crimen y la corrupción arrancan con el presidente y corre por las secretarías de seguridad, las fiscalias, hasta conectarse con los intermediarios o líderes criminales profesionales. En esta postura "sistémica-centralizada" existe una variante que postula un sistema de gobierno fantasma o en la sombra, y este sistema que conforma por una red de relaciones patrón-cliente, está simbióticamente conectado con el sistema legal formal. La segunda corriente es la "fragmentada-competitiva", ésta sostiene que existen alianzas entre el crimen organizado, según esto, las aliara entre criminales y políticos son dinámicas y cambian constantemente de?pendiendo de variedad de circunstancias. Independiente de estas posturas eminentemente teóricas, como conclusión se puede decir que la delincuencia constituye una seria amenaza para la seguridad y la gobernabilidad en toda sociedad y en cualquier país región o continente. Por crimen organizado, se entiende que son delincuentes profesionales con las siguientes características: 1. Operan durante un periodo. 2. Poseen una estructura y un jefe identificables. 3. Sus propósitos principales son aumentar su red y patrimonio con actividades ilegales. 4. Usan la violencia y la corrupción para protegerse de las autoridades o posibles rivales, así como para disciplinar a sus propios, y a quienes buscan explotar. Con el término gobernabilidad se refiere a la capacidad que tiene un gobierno de despertar valores en su sociedad, ejercer el poder legítimo en el contexto de reglas generalmente aceptadas. Existen varios criterios fundamentales para la continuidad de la gobernabilidad: 1. Monopolio de la coerción legal. 2. Administración de la justicia. 3. Capacidad de administración. 4. Abastecimiento de los bienes públicos. 5. Resolución de conflictos. Respecto a la gobernabilidad democrática, ésta se caracteriza por elecciones periódicas con la participación de la ciudadanía, donde la gente se involucra en la elección de funcionarios de entre grupos de elites antagónicas que ocuparon cargos importantes de manera política. Volviendo al punto inicial y de críticas, no debemos olvidar que en el sistema penitenciario el hacinamiento es alarmante, lo que se traduce en la urgencia de modificar el sistema penitenciario y revertir esta tendencia negativa. Si esto es conflictivo también se escucha con atención la urgente necesidad de reducir la edad penal a 14 y 16 años para imputables y se castigue con mayor rigor a los ahora menores de edad que cometen delitos graves. Por otro lado, se hace mención de que la Seguridad Nacional está en alto riesgo de no cumplir con sus objetivos, dado el presupuesto aprobado; hasta donde esto es cierto, por el momento resulta complicado afirmarlo en sentido positivo o negativo, sin embargo, ello se subsanaría si hubiese recorte presupuestal en el reparto de miles de millones de quetzales para cada uno de los partidos y sus campañas políticas, e incluso si se redujera el número de diputados y por consecuencia sus salarios correspondientes, no obstante, el problema de los sistemas de justicia y principalmente el penitenciario se debilitan si no hay un Sistema Nacional de Seguridad Pública fortalecido, ya que los organismos paramilitares o grupos con diversas denominaciones, en su caso el narcotráfico y la delincuencia organizada va ganando la bata?lla a estos sistemas de justicia y a la propia forma de gobierno en nuestro país.

     

     

     

    Autor:

    Mauricio Avila.

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