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Orientaciones para el Desarrollo Integral del Municipio Benítez, Sucre. Venezuela (página 4)



Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9

Diagnóstico de cultores, especialistas, productores, coordinadores, animadores socio-culturales y difusión. Logros, evidencias, objetivos y metas. Asistencia supervisora, técnica, presupuestaria y especializada. Investigación, Estudios, Talleres, Cursos y Jornadas de actualización. Diversidad y Unidad Cultural. La Cultura Tradicional, Popular y Académica: diferencias, coincidencias y coexistencia. Identidad, Pertenencia, Pertinencia, Creación y Difusión. Conmemoración, celebración y desarrollo cultural. Necesidades y pertinencia socio-culturales. Estudio de las Ordenanzas Municipales (Protección y Defensa del Patrimonio Cultural; Creación del Centro Cultural de Benítez; Producción Literaria). Las instituciones culturales públicas y privadas del Municipio Benítez: situación, actividades y proyección actual.

  • Niveles Turísticos y Ambientales.

Diagnóstico de condiciones y funcionamiento de sitios e infraestructuras de esparcimiento y recreación del Municipio Benítez. Planes y Recursos Humanos y Financieros de Promoción y Desarrollo Turístico. Inventario de lugares de esparcimiento y recreación, bienes y servicios, recursos naturales, materiales, técnicos, financieros y humanos. Condiciones laborales y socio-productivas institucionales, sectoriales y parroquiales. La biodiversidad y las áreas urbanas, rurales e indígenas del Municipio Benítez. Bases jurídicas nacionales, regionales y locales (Ordenanza de Turismo, Ordenanza de Promoción y Desarrollo Turístico del Municipio Benítez, Ordenanza de Desarrollo Deportivo, Salud Física y Mental, Ordenanza de Desarrollo Eco-Conservacionista).

  • Niveles Deportivos y de Salud Física y Mental.

Diagnóstico de planes, programas, infraestructura, personal técnico y especializado, recursos materiales, financieros y tecnológicos de las instituciones públicas y privadas. Análisis de planes, programas, ejecución y formación de las instituciones educativas. Alcances y efectividad de la Ordenanza de Desarrollo Deportivo y Salud Física y Mental.

Interrelación continua y fortificada de la sociedad, ambiente, producción, salud, educación y cultura (tradicional, popular y académica). Diagnóstico municipal, comunal, parroquial y sectorial. Fortalezas y debilidades. Desarrollo armónico e integral. Perspectivas, iniciativas y gestiones personales, grupales e institucionales. Pertinencia y relevancia. La educación como incentivación, motivación y generadora del desarrollo integral individual, profesional, institucional y social. La educación como Eje Transversal en todas las actividades humanas y garantía del desarrollo integral de los pueblos y naciones.

Ideas y propuestas para el desarrollo integral del municipio Benítez, estado Sucre

  • Consideraciones Introductorias.

Según el criterio psicológico y educacional, y con el cual coincidimos plenamente, los contenidos programáticos de la planificación educativa, cualesquiera sean sus niveles y modalidades, deben satisfacer las necesidades reales de los estudiantes y en atención a la propia realidad sectorial, parroquial, subregional, regional y nacional donde habita, interactúa, comparte y se identifica. Pero, no solamente deben satisfacer necesidades de interés individual, también deben ser de orden grupal y colectivo, tanto en el ámbito actual o contemporáneo, como de los procesos antecesores a su actual existencia, ya que necesitamos conocer nuestros orígenes, nuestros ancestros, nuestras más cercana ascendencia y nuestra proyección de descendencia familiar y social. Es pues, la búsqueda, conformación y consolidación de la identidad individual, grupal, institucional y colectiva, la cual será, al mismo tiempo, la justificación natural y el arma ciudadana siempre presta a la protección y defensa cultural, histórica y territorial sectorial, parroquial, subregional, regional y nacional.

En atención a lo expresado anteriormente, los objetivos de nuestra educación persiguen capacitar individuos de formación integral, en concordancia con los intereses y necesidades individuales y colectivos, consustanciados con los valores ciudadanos, democráticos, históricos, y culturales nacionales, en función de conformar un país desarrollado, culto, libre, soberano, independiente, socio-productivo y libertario, cuyos fines están consagrados en los distintos cuerpos legales, normativos y orgánicos que constituyen la sustentación jurídica nacional. Por lo tanto, la investigación, la planificación, el estudio y enseñanza de los contenidos deberán ser pertinentes y adaptarse a las distintas circunstancias concretas de cada realidad circundante y a los niveles, modalidades y grados educativos respectivos.

En concordancia con todo lo especificado anteriormente, nuestro criterio se perfila y enrumba hacia una propuesta de visión y análisis integrales del antes, durante y después del proceso de colonización europea; es decir, el choque, impacto y consecuencias del encuentro y fusión de las distintas etnias en nuestros territorios suramericanos. Esto concuerda de manera fehaciente con las tres realidades socio-culturales que conforman actualmente la realidad del Municipio Benítez: urbana, rural e indígena, con distintas características y, principalmente, organizacionales, culturales, familiares, sociales, educativas, económicas, laborales y socio- productivas. En atención a esto, se nos hace necesario abordar la investigación, el estudio y enseñanza del origen, poblamiento, desarrollo, colonización, cambios, transculturación, aculturación y sincretismo étnico y cultural en los territorios suramericanos, caribeños, venezolanos, regionales, subregionales, locales, parroquiales y sectoriales. Los mismos deberán adaptarse, como ya lo referimos, en concordancia con los intereses y necesidades de: a) los distintos sectores, parroquias, y subregiones del Estado Sucre; b) los distintos niveles, modalidades y grados del sistema educativo nacional, regional y municipal.

Veamos, al detalle, los tópicos que deben ser considerados para investigar, analizar, planificar, estudiar y difundir en las tres áreas socio-culturales referidas anteriormente, tomando a la educación como motor fundamental de desarrollo de los pueblos y naciones. En concordancia con nuestra realidad venezolana, sucrense y beniteña, y en atención a los intereses y necesidades locales, presentamos los siguientes:

  • A) Historia Ancestral: Clima, flora, fauna, vegetación territorial. Orígenes, poblamiento, organización y estructura familiar y social. Fundación de poblados y familias. Dominio de territorios. Lengua y otras formas comunicación y expresión. Etnias suramericanas, venezolanas, sucrenses, parianas y beniteñas. Concepciones naturales, míticas y mágico-religiosas: cosmogonía, cosmología, fenomenología, deificaciones, visión y concepciones antropomorfas y zoomorfas. Uso ambiental y equilibrio ecológico (flora, fauna, vegetación). Manifestaciones y expresiones culturales (artesanía, lengua, viviendas, utensilios de caza y pesca; transporte y comunicación; expresiones y manifestaciones artísticas, religiosas y profanas). Actividades socio-productivas; medios y formas de producción; uso de recursos naturales (flora, fauna, vegetación, aguas, frutos y semillas); medicina naturalista; alimentación, trueques y relaciones inter étnicas.

  • B) Historia Colonial Venezolana: del Siglo XV al Siglo XIX. Proceso de colonización, saqueo, dominio y sometimiento. Cambios sociales, militares, políticos, económicos, religiosos, culturales, ambientales. Proceso sincrético étnico y cultural (fusión de cultura indígena, europea y africana). Resistencia Indígena. Esclavitud africana e indígena. Resultados y evidencias tangibles socio-culturales y lingüísticas. Movimientos y procesos de independencia. Protagonistas, líderes, grupos, otros. Resultados, caudillismo, nuevos movimientos y revoluciones. La Guerra Federal y la Federación. Causas, consecuencias y resultado político social. Neocolonialismo norteamericano.

  • C) Historia Moderna Venezolana: Caudillismo y Neocolonialismo. El Petróleo y los intereses norteamericanos de dominio, extracción, usura, endeudamiento, tutelaje y sometimiento nacional.

  • D) Historia Contemporánea Venezolana: Dictaduras militares. Surgimiento y poder de los partidos políticos. Endeudamiento y dependencia ideológica, política, financiera, tecnológica, industrial, científica y militar. Afianzamiento del dominio imperial norteamericano y la pérdida de la memoria histórica, la identidad, valores y producción. Surgimiento de las Guerrillas y la Pacificación Política. Persecución, allanamientos, torturas y desapariciones forzadas. Intentos de Golpes de Estado (Carupanazo y Porteñazo). Reformas educativas. Surgimiento de nuevos sistemas de gobiernos (Cuba y Nicaragua). La Globalización, el Neoliberalismo, el ALCA y situación integral de las clases sociales. La Privatización y quiebra de Bancos y empresas estatales y privadas. La corrupción generalizada, nuevo endeudamiento y surgimiento del "Caracazo". Pago de la deuda privada. Surgimiento de nuevos movimientos políticos, sociales, culturales y ambientales. Aparición de la Revolución Bolivariana. Causas, consecuencia, resultados, proyecciones. La nueva Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Los nuevos Poderes y Organizaciones Sociales. La inclusión, justicia social y Misiones. Nuevas Leyes Orgánicas y Decretos. Resurgimiento del pensamiento bolivariano, zamorano, rodriguiano y afianzamiento del liderazgo chavista. Las reacciones opositoras y planes neoliberales. Surgimiento de nuevos sistemas de gobiernos (Argentina, Bolivia, Ecuador, Brasil y Venezuela) e instituciones de integración suramericana y Caribeña (ALBA, UNASUR, PETROSUR, PETROCARIBE). Nuevas Leyes Educativas y Culturales. Los Consejos Comunales y las Comunas como formas de organización social y política. Resurgimiento de la corrupción generalizada gubernamental y opositora. Implementación opositora de la guerra económica, financiera y comunicacional interna y externa; las Guarimbas, los asesinatos selectivos y el Terrorismo, como formas y medio de derrocamiento gubernamental para alcanzar el poder. La Asamblea Nacional, desacatos e intentos de golpes institucionales. La Asamblea nacional Constituyente de 2017. Participación Territorial, Sectorial e Indígena. Reformas, Nueva Constitución, Referéndum Consultivo y reacciones opositoras.

  • E) Actualización Histórica Regional, Local, Parroquial y Sectorial: Fundadores, personajes históricos, luchadores sociales. Diversidad étnica y cultural. Niveles, modalidades y variedades lingüísticas. Organización familiar, social y socio-productiva. Instituciones públicas y privadas. Actividades educativas, culturales, ambientales y socio-productivas. Trabajadores educativos, culturales y socio-productivos.

  • F) Actualización Cultural: Conceptos y Definiciones de Cultura Tradicional, Cultura Popular y Cultura Académica. Celebraciones, cantos, juegos, juguetes, mitos, leyendas, cuentos y dramatizaciones tradicionales y populares. Instituciones socio-culturales fundadoras e iniciadoras del desarrollo cultural sectorial, parroquial y Municipal. Leyes, Decretos, Resoluciones, Ordenanzas e Instituciones Culturales contemporáneas. Estudio del "Mito Chaima-Guarao" como Símbolo de Identidad Ancestral subregional y local. Estudio de los Símbolos Municipales Oficiales (Bandera, Escudo e Himno). Diagnóstico, estudio y difusión de las manifestaciones y expresiones artísticas actuales: artesanía, canto, literatura (poesía, cuentos, novelas, leyendas, mitos, historia oral y escrita), música, danzas, bailes, diversiones, teatro, otras dramatizaciones y representaciones. Actividades religiosas y profanas: conmemoraciones, celebraciones, festejos. Individualidades, Emprendedores, Investigadores, Escritores, Animadores, Promotores, Instructores, Facilitadores y Grupos Culturales. Cronogramas Culturales Institucionales, Sectoriales, Parroquiales y Municipales.

  • G)  Desarrollo Socio-Productivo: Conceptualización y Definiciones Básicas de Producción, Productividad, Oferta y Demanda. Estudio actual del clima, suelos, flora, fauna y vegetación sectorial, parroquial y municipal. Estudio y Formación en Promoción y Desarrollo Turístico. Diagnóstico actual de la Producción urbana, rural e indígena. Recursos económicos y financieros para la producción individua, institucional y colectiva. Producción industrial, individual y casera agrícola (cacao, coco, café, verduras, frutas, vegetales, hortalizas); piscícola, ganadera (bovina, avícola, porcina). Producción industrial, individual y casera de Derivados de productos naturales (jugos, dulces, meriendas, chocolate, derivados del maíz, licores y otros). Producción artesanal de instrumentos musicales (Cuatro, Maracas, Tambores, Mandolina, Furros, otros); juguetes (muñecos, carros, aviones, trompos, pirinolas, zarandas, furrucos, currufíos, voladores, cometas, otros); adornos (collares, pulseras, zarcillos, anillos, flores, ramos, jarrones, otros); utensilios de labranza (coa, azadón, garabatos, mapires, machetes, cuchillos, redes, arpones, otros); de transporte y comunicación (canoas, botes, canaletes); utensilios del hogar y cocina (cestas, totumas, aripos, esteras, petates, chinchorros, catres, camas, pecoras, envases, jarrones, tinajones, bateas, platos, vasijas, cubiertos, cestones, muebles, gabinetes y otros). Las Reformas Agrarias: cumplimiento, aplicación y eficacia. La propiedad de tierras, explotación y usura. La actual Ley de Tierras y asignación de Títulos de Propiedad de Tierras y Viviendas. Políticas actuales de propiedad, financiamiento, producción y productividad de las tierras. Necesidades actuales de nuevas políticas de desarrollo socio-productivo, pertinencia jurídica, eficacia financiera, diseño y ejecución de un plan de diversidad productiva. Análisis del consumo externo y procesos de exportación. Regulación de la producción y costos de la producción. Los intermediaros, la especulación, bachaqueo, acaparamiento y extracción y contrabando de la producción nacional. Recomendaciones de contribución para mejorar la producción, venta y consumo de la producción parroquial, municipal y nacional.

  • H) Desarrollo Deportivo, Salud Física y Mental: Revisión, reestructuración y actualización de planes, programas, estrategias metodológicas y actividades para la formación y desarrollo deportivo, salud física y mental, esparcimiento y recreación. Formación de recursos humanos especializados, técnicos y de apoyo para la formación y competencias deportivas. Facilitación de curos, talleres y clínicas deportivas, salud, recreación, esparcimiento, supervivencia y primeros auxilios. Creación, mantenimiento, financiamiento, supervisión y difusión de Brigadas y Clubes Deportivos Escolares y Parroquiales.

  • Actividades Previas:

-Revisión, Análisis e información: (diagnóstico, intereses y necesidades regionales, subregionales, locales, parroquiales y sectoriales. Intercambio de ideas, diseño de propuestas, objetivos y metas. Pronósticos.

-Jornadas de Formación y Actualización: investigación, planificación, uso de recursos y diseño y aplicación de estrategias metodológicas. Diseño y facilitación de talleres, coloquios, disertaciones, foros, intercambios de experiencias, resultados, fortalezas, debilidades y proyecciones.

-Reflexiones y Soluciones: discusiones dirigidas y elaboración de propuestas y planes educativos y culturales.

-Investigación y Actualización: Investigación Documental, Trabajo de Campo, Foros, Charlas, Conferencias, Entrevistas, Cine Foro y otros, sobre historia, cultura, educación, deportes, salud física y mental, turismo, esparcimiento, recreación y socio-productividad sectorial, comunal, parroquial y municipal.

  • Planificación Institucional, Estudiantil y Parroquial.

-Ubicación, Identificación y Alcances del Problema: las acciones a tomar deben responder a las interrogantes: ¿Dónde existe el problema? ¿Cuál es el diagnóstico y a quiénes afecta? ¿Qué se debe solucionar? ¿Por qué? ¿Para qué? ¿Con qué? ¿Con quiénes? ¿Cómo? ¿Cuándo? ¿A qué y a quiénes favorecerá la solución? ¿Cuáles serán los posibles factores que interferirán en la consecución de los objetivos? ¿Cómo serán la evaluación de los resultados, la reorientación de objetivos y aplicación de correctivos? ¿Cómo será la supervisión para la ejecución efectiva de las actividades programadas? ¿Cómo será la información de la planificación y ejecución de las actividades? En este sentido, se deben especificarse los siguientes pasos, considerados los más importantes para tal fin.

-Consulta y Consenso: Docentes, Estudiantes, Directivos, Padres y Representantes. Selección de Temas y Contenidos Programáticos.

-Diseño Consensuado: Directivos, Docentes, Estudiantes y Especialistas.

  • Planificación Institucional: debe contener lo siguiente:

-Justificación: señalar intereses y necesidades estudiantiles, institucionales, sectoriales, parroquiales y municipales.

-Objetivos: acciones, alcances y fines: Objetivo (s) General (es) y Objetivos Específicos.

-Contenidos: Temas, tópicos, aspectos pertinentes y efectivos.

-Actividades: Dinámicas y Técnicas: Investigación Documental y de Campo, Entrevistas, Exposiciones, Discusión Dirigida, Lluvia de Ideas, Seminarios, Foros, Charlas, Estudios Individuales y Grupales, otros.

-Recursos: materiales, humanos, económicos y financieros.

-Cronograma: Lapsos, etapas, calendarios, otros.

-Evaluación: supervisión, diagnóstico y correctivos del desarrollo del proceso, fortalezas y debilidades, efectividad y proyección.

Retroalimentación: replanificación, reajustes, reconducción, ejecución y seguimiento.

  • Planificación Docente: Docentes, Especialistas y Coordinadores de Áreas.

-Identificación Institucional, sectorial y Parroquial: Epónimo, Ubicación, Circuito Educativo y Dependencia (municipal, estadal, nacional).

-Justificación: señalar intereses y necesidades estudiantiles e institucionales.

-Formulación de Objetivos: Acciones, Fines, Metas y Proyección: Objetivo (s) General (es); Objetivos Específicos.

-Estrategias Metodológicas: Contenidos: temas, aspectos y tópicos pertinentes y efectivos.

Actividades: Técnicas y Dinámicas. Investigación Documental y de Campo, Exposiciones, Discusión Dirigida, Lecturas Dirigidas, Análisis y Redacciones Individuales y Colectivos, Lluvia de Ideas, Seminarios, Foros, Charlas, Talleres, Intercambios Estudiantiles, Audiciones, Entrevistas, Dramatizaciones (representaciones, cantos, bailes, declamaciones, ejecuciones musicales), Estudios Individuales y Grupales, otros. Recursos: Humanos (Directivos, Docentes, Estudiantes, Padres, Representantes, Especialistas, Cultores, Investigadores, Escritores, Historiadores, otros); Materiales (pizarra, libros, hojas sueltas, material reproducido, Discos Compactos, Reproductores, Video Beams, Computadoras, instrumentos musicales, artesanía, dibujos, revistas, prensa, calculadoras, teléfonos celulares, carteleras, marcadores, lápices, bolígrafos, pintura, témpera, otros); Financieros y Económicos (préstamos, fondos patrimoniales, colaboraciones, rifas, ventas, bingos, actividades especiales, donaciones, otros). Evaluación: Diagnóstico de aprendizaje individual y grupal, eficacia y logro de objetivos. Medición de la eficacia de inclusión, participación e integración EscuelaComunidad. Pronóstico de la eficacia de la planificación y actividades desarrolladas.

-Retroalimentación: seguimiento, revisión, correctivos, reconducción y continuidad educativa.

-Comunicación y Difusión: Ejecución y Resultados de la Planificación: carteleras de aulas e institucionales; Radio de Pasillo; Radios Comunitarias; Redes Sociales; Audio Interno Institucional; Prensa Institucional, Local y Regional.

Informe Final: Reporte del proceso, logros, proyecciones y retroalimentación del proceso de planificación y ejecución, ante la comunidad, el Circuito Educativo, la Zona Educativa y la Dirección de Educación respectiva.

-Jornada Interinstitucional: Encuentro de Exposición de Informes y relatos de experiencias ante las instituciones públicas y privadas del Municipio Benítez.

-Comunicación Final: publicación de las experiencias, opiniones, recomendaciones y evaluaciones resultantes de la Jornada Interinstitucional.

-Creación, Formación y Actuación de Grupos Culturales Institucionales: Artes Escénicas y Musicales. Música, canto, dramatización, danzas y bailes.

-Creación, Organización y Funcionamiento de los Consejos Culturales Educativos: En cada Institución Educativa, y en concordancia con lo establecido en las Ordenanzas Culturales Municipales.

-Creación de los Círculos de Lectura y Cine-Foro Institucionales.

  • Ideas y Ordenanzas para el Desarrollo Educativo y Cultural del Municipio Benítez.

Como necesidad, deber y obligación ciudadana de velar continuamente por la valoración, protección y defensa de la nación, planteamos la condición sine qua non de legislar y dar carácter constitucional a la investigación, estudio, enseñanza, organización, protección, defensa y difusión de las Manifestaciones y Expresiones Culturales y sus creadores. Esta urgente acción, que implica la intervención de diversas opiniones, análisis y toma de decisiones, redundará, igualmente, en beneficio directo de los creadores, promotores, difusores, trabajadores y actores culturales de los pueblos, localidades y regiones. Esto se traduce, a su vez, en producto y acciones positivas de organización, consolidación, protección y defensa de la independencia y soberanía del país.

En atención a lo expresado anteriormente, hemos plasmado las siguientes ideas como una insistente contribución a las gestiones, acciones e investigaciones que hemos abordado desde hace algún tiempo; esfuerzos que siempre hemos unido a las valerosas acciones de otros tantos coterráneos preocupados, investigadores, educadores, escritores, estudiantes, grupos, emprendedores, promotores, instructores, creadores, especialistas, facilitadores e instituciones públicas y privadas. En consecuencia, presentamos las propuestas que se detallan a continuación, y que, igualmente, deben ser analizadas, revisadas y mejoradas, en función de lograr pertinentes, eficientes y eficaces acciones que contribuyan a un verdadero desarrollo educativo y cultural del Municipio Benítez, Estado Sucre.

  • Acciones Previas:

  • A) Inserción de la Cultura Tradicional, Popular y Académica con rango constitucional.

Proponemos considerar e incluir en la Nueva Constitución que se redactará durante la existencia de la Asamblea Nacional Constituye del año 2017.

  • B) Revisión, Redefinición y Revalorización:

  • a. Concepción, Conceptualización y Definición de la Cultura Tradicional, Cultura Popular y Cultura Académica (manifestaciones y expresiones) como producto de la inteligencia humana y medio intrínseco, necesario y natural de expresión y comunicación en todos los niveles y grupos sociales.

  • b. Esclarecimiento de la concepción, conceptualización y definición de las Manifestaciones Culturales o Niveles Culturales (Lingüísticas, Artísticas, Educativas, Tecnológicas, Humanísticas, Religiosas, Filosóficas) y Expresiones Culturales o Hechos Culturales (poesía, prosa, música, artesanía, danza, canto, pintura, dibujo, escultura, arquitectura, informática, normativas, creencias, celebraciones, conmemoraciones, festejos, otros).

  • c. Registro, valoración, edición y difusión de las Manifestaciones y Expresiones Culturales Individuales, Grupales y Colectivas de las distintas áreas socio-culturales: indígenas, rurales y urbanas.

  • d. Fomento de la coexistencia e intercambio de las manifestaciones y expresiones culturales Tradicionales, Populares y Académicas (Conculturación), locales, regionales, nacionales e internacionales.

  • e. Obligación de la investigación, estudio, valoración, enseñanza y difusión de las manifestaciones y expresiones culturales locales, regionales y nacionales.

  • f. Discernimiento sobre las diferencias, coincidencias y relaciones entre Conmemoración, Celebración y Desarrollo cultural.

  • C) Organización, Planificación, Creación y Ejecución:

  • a. Descentralización de la organización, protección, defensa, estudio, enseñanza y desarrollo de las manifestaciones y expresiones culturales regionales y locales.

  • b. Municipalización de la investigación, estudio, enseñanza, defensa, difusión y desarrollo de las manifestaciones y expresiones culturales locales.

  • c. Creación de los Centros Culturales Municipales, a fin de planificar, velar y garantizar la protección, defensa, difusión y desarrollo de las manifestaciones y expresiones culturales locales.

  • d. Garantía de asistencia profesional, tecnológica, académica y financiera de los Centros Culturales Municipales, a fin programar y desarrollar el estudio, enseñanza, protección, difusión y defensa de las Manifestaciones y Expresiones Culturales y sus creadores.

  • e. Articulación de los planes, programas y actividades de las distintas instituciones educativas y culturales, en concordancia con las necesidades de desarrollo cultural local, regional y nacional.

  • f. Revisión, actualización, difusión y aplicación de la actual Ordenanza Municipal sobre Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio Benítez, Estado Sucre.

  • g. Creación, difusión y aplicación de nuevas Ordenanzas sobre Desarrollo Cultural y Educativo Municipal.

  • h. Creación, articulación, difusión y aplicación de los Calendarios Culturales Educativos, Sectoriales, Parroquiales, Municipales, Regionales y Nacionales.

  • i. Registro, edición y difusión de Historias de Vida de los trabajadores, creadores y difusores de la cultura Tradicional, Popular y Académica.

  • j. Articulación de planes, programas y niveles educativos y culturales.

  • D) Legislación: Obligatoriedad jurídica municipal, regional y nacional de facilitar asistencia, técnica, profesional y financiera a las instituciones y Centros Culturales Municipales, a través de las Gobernaciones, Consejos Legislativos, Direcciones Culturales Estadales y Nacionales, Alcaldías, Cámaras Municipales y Empresas Privadas, para asegurar y consolidar el desarrollo cultural regional y local. Revisión y activación de la Ordenanzas Educativas y Culturales existentes. Creación y Sanción de la Ordenanza Municipal sobre la Creación del Centro Cultural Municipal. Creación y Sanción de Ordenanzas Municipales sobre Investigación, Desarrollo Educativo y Desarrollo Cultural Municipal.

  • E) La Educación para el Desarrollo Académico y Cultural.

Como necesidad, deber y obligación ciudadana de velar continuamente por la valoración, protección y defensa de la nación, planteamos la condición sine qua non de legislar y dar carácter constitucional a la investigación, estudio, enseñanza, organización, protección, defensa y difusión de las Manifestaciones y Expresiones Culturales y sus creadores. Esta urgente acción, que implica la intervención de diversas opiniones, análisis y toma de decisiones, redundará, igualmente, en beneficio directo de los creadores, promotores, difusores, trabajadores y actores culturales de los pueblos, localidades y regiones. Esto se traduce, a su vez, en producto y acciones positivas de organización, consolidación, protección y defensa de la independencia y soberanía del país.

En atención a lo expresado anteriormente, hemos plasmado las siguientes ideas como una insistente contribución a las gestiones, acciones e investigaciones que hemos abordado desde hace algún tiempo; esfuerzos que siempre hemos unido a las valerosas acciones de otros tantos coterráneos preocupados, investigadores, educadores, escritores, estudiantes, grupos, emprendedores, promotores, instructores, creadores, especialistas, facilitadores e instituciones públicas y privadas. En consecuencia, presentamos las propuestas que se detallan a continuación, y que, igualmente, deben ser analizadas, revisadas y mejoradas, en función de lograr pertinentes, eficientes y eficaces acciones que contribuyan a un verdadero desarrollo educativo y cultural del Municipio Benítez, Estado Sucre.

  • Planes, Programas y Actividades Educativas.

Este aspecto implica la realización de Coloquios, Jornadas y Talleres para abordar los aspectos necesarios sobre las sustentaciones educativas, planificación, programación y ejecución de actividades en pro de lograr su pertinencia y garantía como motor de desarrollo integral nacional, regional y local. En atención a esto, debemos abordar, según nuestro criterio, los siguientes tópicos de acción.

  • a) Revisión de Programas, Planes, Contenidos, Estrategias Metodológicas y Recursos nacionales, regionales y locales.

  • b) Análisis de las bases teóricas, filosóficas, históricas, jurídicas, psicológicas, sociales y normativas de la educación venezolana, en el marco de los cambios políticos, jurídicos y sociales actuales.

  • c) Discernimiento de la relación Educación-Desarrollo Cultural.

  • d) Readaptación de los Programas Nacionales, Regionales y Locales en atención a las necesidades de desarrollo integral y cambios actuales (políticos, jurídicos y sociales).

  • e) Planificación Educativa Municipal en concordancia con los intereses y necesidades actuales de desarrollo integral nacional, regional y local.

  • f) Investigación socio-educativa. Diagnóstico, registro, inventario y estructura organizativa de las instituciones educativas. Detección de potencialidades, ambiente, recursos naturales y humanos municipales, parroquiales y sectoriales.

  • g) Revisión de la planificación institucional de las actividades y estrategias metodológicas; pertinencia y uso de contenidos y recursos; ejecución, logros; retroalimentación y difusión.

  • h) Creación, organización y funcionamientos de los Consejos Culturales Educativos (Directivos, Docentes, Especialistas, Estudiantes). Relación directa, continua y necesaria con Cultores Populares (sectoriales, parroquiales y municipales), Padres, Representantes, el Centro Cultural Municipal y los Consejos Culturales Parroquiales.

  • Gestión y Actividades Culturales.

  • A) Planes, Programas y Dinámica Cultural.

Para abordar este tema y lograr objetivos pertinentes, factibles y efectivos, en función de un verdadero desarrollo cultural, se deben planificar y realizar importantes eventos, tales como: Coloquios, Jornadas, Foros, Encuentros, Intercambios, Conferencias, Clases Magistrales y Talleres. A través de los mismos, se podrán actualizar y reimpulsar los aspectos más relevantes sobre las relaciones Escuela- Comunidad; Cultura y Educación; Conmemoración, Celebración y Desarrollo Cultural; Planificación, Programación y Ejecución de actividades culturales en concordancia con las realidades nacionales, regionales, locales, parroquiales e institucionales. En consecuencia, debemos asumir el diálogo, los análisis, acuerdos inter-institucionales y decisiones que permitan alcanzar los siguientes aspectos:

  • 1. Actualización y Formación Docente: Realización, Asistencia y Participación en Talleres de Investigación, Estudio y Enseñanza de la Cultura Tradicional, Popular y Académica. Asistencia y Participación en Foros, Conferencia, Jornadas y eventos culturales institucionales, parroquiales, locales y regionales. Inventario sobre Patrimonio Cultural local y regional.

  • 2. Designación de los Consejos Culturales Educativos: Directivos, Docentes y Especialistas.

  • 3. Investigación, Planificación, Ejecución y Retroalimentación: lecturas y consultas de textos, trabajos de investigación, normativos y documentos. Planificación institucional, docente y estudiantil. Ejecución de actividades docentes, culturales e institucionales. Visitas de Cultores Populares a la institución y al aula. Consultas a los Consejos Culturales Educativos. Evaluación, retroalimentación, reconducción, replanificación y difusión (información a través de Radio de Pasillo, volantes y carteleras).

  • 4. Visitas Personales y Estudiantiles: diagnósticos, entrevistas, instituciones culturales.

  • 5. Formación de grupos culturales docentes y estudiantiles: baile, canto, dramatización, declamación, poesía, literatura, elaboración y ejecución de instrumentos musicales.

  • 6. Participación y Representación Docente y Estudiantil: Promoción, Difusión y Actuación institucional, local y regional.

  • 7. Elaboración del Calendario Cultural Educativo: Participación Gerencial, Supervisora, Docente, Estudiantil, Administrativo, Obrero y Comunitaria.

  • B) Creación, Planificación, Ejecución y Difusión.

  • a) Creación, Organización y Función de los Centros Culturales Municipales: Elaboración y Sanción de la Ordenanza Municipal sobre la Creación del Centro Cultural Municipal. Participación parroquial, educativa y comunitaria. Consignación ante la Cámara Municipal para su discusión, reforma y aprobación respectiva. Reproducción, difusión y aplicación de la misma.

  • b) Adquisición de infraestructura. Acondicionamiento y dotación de equipos y materiales para su funcionamiento. Asignación de recursos financieros.

  • c) Designación, organización y estructura: de la Gerencia Cultural, del Consejo Asesor, los Consejos Culturales Parroquiales y los Consejos Culturales Educativos: roles, funciones y desempeño.

  • d) Elaboración de las Bases Jurídicas Institucionales: estatutos, constitución, organización y funcionamiento del Centro Cultural Municipal.

  • e) Firmas de Convenios: con instituciones públicas y privadas parroquiales, municipales, regionales y nacionales.

  • f) Planificación y Ejecución: talleres diversificados y especializados de formación cultural y actualización docente. Jornadas, encuentros, intercambios, foros, coloquios, asesorías y tutorías sobre investigación, estudio, enseñanza y difusión de la Cultura Tradicional, Popular y Académica. Conmemoraciones, Celebraciones, Homenajes, Conciertos, Reconocimientos y otros que propicien el desarrollo cultural parroquial, local, regional y nacional.

  • g) Elaboración de los Calendarios Culturales Parroquiales, Escolares y Municipal: Participación parroquial, educativa y comunitaria. Diseño y difusión pública e institucional.

  • h) Difusión: Diseño de volantes, dípticos y carteleras informativas. Asistencia a programas radiales. Información por la prensa local y regional y otros medios existentes. Compilación, edición y publicación de trabajos de investigación, tesis, propuestas, ensayos, historias de vida, parroquiales y locales, literatura y otros que considere beneficiosos el Centro Cultural Municipal. Información y difusión sobre las actividades realizadas y de la gestión anual, a través de los distintos medios comunicacionales institucionales, sectoriales, parroquiales y locales.

  • i) Apoyo y Asesorías Escolares: organización, planificación, funcionamiento y ejecución de actividades culturales escolares.

  • j) Interrelación Institucional: convenios, apoyo y cooperación inter institucionales: instituciones públicas y privadas, organizaciones y emprendedores parroquiales, locales, regionales y nacionales.

  • k) Desarrollo Cultural: organización, planificación, investigación, estudio, enseñanza, promoción, edición, difusión y ejecución de actividades y desarrollo cultural, en concordancia con los lineamientos del Centro Cultural Municipal, la Dirección Cultural Municipal y los intereses y necesidades de las Parroquias, las instituciones públicas y privadas, emprendedores y Sectores organizados.

  • l) Interrelación: Interconexión y apoyo integral del Centro Cultural Municipal. Relaciones con emprendedores, cultores, grupos e instituciones públicas y privadas parroquiales.

  • m) Gestión: Planificación y ejecución de actividades culturales parroquiales y sectoriales. Apoyo en actividades educativas (conmemoraciones, celebraciones, eventos especiales y programáticos). Asesoría y Tutorías parroquiales y sectoriales. Elaboración de los Calendarios Culturales. Planificación conjunta con los entes auxiliares del Centro Cultural y las instituciones educativas y culturales. Acciones para la obtención de financiamientos institucionales y gubernamentales. Realización de actividades especiales para la obtención lícita de recursos financieros propios.

  • n) Compilación y Sistematización: Informes, trabajos de investigación, tesis, propuestas, ensayos, historias de vida, parroquiales y comunitarias, literatura, videos, grabaciones discográficas y otros, según lineamientos normativos del Centro Cultural Municipal. Consignación de los mismos ante el Centro Cultural Municipal.

  • o) Informe Anual: Elaboración, presentación y emisión anual, ante el la Alcaldía, la Dirección Cultural Municipal y la Cámara Municipal: diagnóstico integral de organización, planificación y ejecución de actividades del Centro Cultural, de los Consejos Culturales Parroquiales y de los Consejos Educativos (fortalezas, debilidades y pronósticos), gestiones institucionales, logros, expectativas y proyección institucional y local.

  • p) Retroalimentación: Evaluación integral del patrimonio y proyección institucional (infraestructura; organización; recursos, técnicos, humanos y financieros; gestión y actividades; fortalezas, debilidades y proyección), reorientación, replanificación y reconducción.

  • q) Presentación de Informes Culturales: Diagnóstico y Pronóstico: Centro Cultural Municipal, Consejos Culturales Parroquiales y Consejos Educativos, ante la Alcaldía, la Cámara Municipal y la Asamblea de Miembros del Centro Cultural Municipal.

  • C) Esquema de Diagnóstico y Pronóstico Educativo y Cultural del Municipio Benítez.

-Identificación Institucional: nombre y objeto de la institución.

-Organización Institucional: instituciones públicas y privadas: gubernamentales, sociales, socio-productivas, ambientalistas, educativas, culturales y sanitarias.

-Visión y Misión: filosofía, ideología, fines, metas, proyección institucional y social.

-Gerencia y Dirección: organización, estructura, jerarquías, coordinación, roles, funciones, dependencias, departamentos, servicios, otros.

-Diagnóstico Actual: lo que es actualmente: evaluación real gerencial, directiva, económica, financiera, planificadora y ejecutora. Logros, fortalezas y debilidades.

-Reformulación Institucional: el deber ser, expectativas y cambios. Personal idóneo con iniciativas y disposición de organización, planificación, dirección, gerencia y participación.

-Necesidades e Intereses: diagnóstico socio-productivo, educativo y cultural institucionales, sectoriales, parroquiales y municipales.

-Planificación: actividades regulares (diarias), programas, cursos, talleres, facilitaciones, foros, jornadas, encuentros, seminarios, congresos, festivales, formación, instrucción.

-Objetivos y Metas: acciones concretas, pertinentes y eficaces. Aspiraciones.

-Gestión: iniciativas económicas y financieras, convenios, solicitudes, inserción, reestructuración, refundación, actualización, interrelación institucional y comunitaria.

-Ejecución: ¿dónde, cuándo, cómo, con qué, con quién?

-Producción y Productividad: logros concretos; fortalezas y debilidades.

-Proyección: evaluación, retroalimentación, replanificación, reestructuración, nuevas metas y aspiraciones.

  • Bases Jurídicas y Estatutarias del Centro Cultural del Municipio Benítez

Las Bases Jurídicas y Estatutarias de los Centros Culturales Municipales deberán estar diseñadas, obviamente, en atención a los intereses y necesidades de desarrollo local, regional y nacional, y en concordancia con lo dispuesto en Constitución, Leyes, Decretos, Resoluciones y Ordenanzas Municipales sancionadas. A tal efecto, deberían cumplirse los siguientes lineamientos:

  • a) Revisión y Actualización: modificación, actualización y sanción de las Ordenanzas Culturales existentes.

  • b) Elaboración de Ante-Proyectos: redacción, discusión y remisión de los Ante-Proyectos de las Ordenanzas Municipales sobre la Creación del Centro Cultural Municipal para su consideración sectorial, parroquial y escolar.

  • c) Revisión, Discusión, Modificación y Remisión: Los Ante-Proyectos serán sometidos a consideración, discusión, orientaciones y sugerencias sectoriales, parroquiales y educativas. Los mismos serán consignados ante la Cámara Municipal para su consideración, modificación, actualización y sanción definitiva.

  • d) Edición y Difusión: La Cámara Municipal y la Dirección de Cultura Municipal deberán sistematizar, publicar y difundir ante la Alcaldía, las instituciones públicas y privadas, grupos, emprendedores y trabajadores culturales, las Ordenanzas que hayan sido sancionadas en la Municipalidad. La Cámara Municipal legislará sobre materia económica y financiera para el mantenimiento, funcionamiento y ejecución de actividades educativas y culturales propias del Centro Cultural.

  • e) Bases Estatutarias: El Centro Cultural redactarán sus propios Estatutos y Reglamentos, a través de las Gerencias Culturales constituidas.

  • Revisión, Actualización y Sanción de Ordenanzas Culturales Actuales.

Se hace necesario la revisión, actualización, sanción, implementación y cumplimiento de las Ordenanzas Culturales actuales, ya que se requiere adaptarlas y ejecutarlas en concordancia con las necesidades de desarrollo integral nacional, regional y local, y a los cambios jurídicos, políticos, educativos, sociales y culturales que se han desarrollado en los últimos años de vida democrática y republicana venezolana. En este sentido, presentamos las dos Ordenanzas sancionadas y aprobadas por la Cámara Municipal en el año 2005. A saber:

4.8.1. Anteproyecto de Ordenanza sobre Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio Benítez, Estado Sucre.

Ante la imperiosa necesidad de seguir luchando por la vida cultural del Municipio Benítez, presentamos ante todo el pueblo, la Cámara Municipal y las instituciones públicas y privadas de este terruño, un anteproyecto de "Ordenanza Municipal para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio Benítez". Necesitamos las consideraciones, participación, corrección y opinión de todos los entes posibles, con la intención democrática de estructurar un cuerpo jurídico municipal que permita la participación, proyección y difusión de la cultura popular beniteña, y la protección y defensa de los creadores y sus obras. También permitirá el rescate y conservación del patrimonio histórico del municipio.

LA CÁMARA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO BENÍTEZ DEL ESTADO SUCRE

En uso de sus atribuciones legales, y en nombre y representación del pueblo del Municipio Benítez, Estado Sucre,

SANCIONA LA PRESENTE ORDENANZA SOBRE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL PATRIMONIO CULTURAL DEL MUNICIPIO BENÍTEZ, ESTADO SUCRE

TÍTULO I

Del Patrimonio Cultural

Capítulo I

Disposiciones generales

Artículo 1. La presente Ordenanza tiene por objeto establecer los principios que han de regir la protección y defensa del Patrimonio Cultural del Municipio Benítez y sus unidades básicas (Parroquias), en concordancia con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Capítulo VI, Artículos 98, 99, 100, 101 y 102 (De los Derechos Culturales y Educativos), la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural y la Ley del Poder Público Municipal.

Parágrafo Único: Se entiende por protección y defensa del Patrimonio Cultural su investigación y rescate, difusión, preservación, conservación, restauración, revitalización, revalorización, mantenimiento, incremento, exhibición, custodia, vigilancia, identificación y todo cuanto requiera su protección socio-cultural, material y espiritual.

Artículo 2: La Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio Benítez y sus parroquias es obligación prioritaria del gobierno municipal y de los ciudadanos.

Parágrafo Único: Se declara de utilidad e interés socio-cultural la protección y defensa del patrimonio cultural tangible e intangible, por el significado que otorga fisonomía e identidad particulares al Municipio Benítez.

Artículo 3: Se considera Patrimonio Cultural Municipal de Benítez a todos sus creadores (Patrimonio Cultural Viviente) y obras; todos los bienes materiales y no materiales tangibles e intangibles, históricos, tradicionales, monumentales, populares, residenciales urbanos, rurales, indígenas, académicos y experimentales que se encuentren dentro del ámbito del Municipio Benítez, y que expresen y definan la cosmovisión de vida, signifiquen diversidad cultural y den fisonomía socio-cultural a este ente local, conforme a lo señalado seguidamente:

1º. Los bienes muebles e inmuebles tangibles e intangibles que se declaren patrimonio histórico Monumental, y en general que se declaren Patrimonio Cultural del Municipio.

2º. Los bienes inmuebles de cualquier época que sean de interés conservar su valor monumental.

3º. Los cultores populares y sus obras de identidad con el Municipio Benítez.

Artículo 4: El Concejo Municipal podrá, previa consulta y asesoría de la Dirección Municipal Cultural, declarar Patrimonio Cultural del Municipio aquellos bienes y Cultores Populares que deban ser protegidos y definidos

Artículo 5: El Patrimonio Cultural del Municipio Benítez es inalienable e imprescriptible en los términos que establezca esta Ordenanza.

Artículo 6: Los bienes muebles e inmuebles declarados Patrimonio Cultural del Municipio Benítez no podrán ser restaurados, demolidos, destruidos, enajenados o motivados hasta tanto el Concejo Municipal decida sobre ellos.

Artículo 7: Cuando el Concejo Municipal del Municipio Benítez declare de utilidad pública y patrimonio cultural un bien o semoviente, el gobierno municipal procederá de conformidad con la base jurídica que rige la materia.

Artículo 8: Cuando la protección y defensa de los bienes que integran el Patrimonio Cultural del Municipio Benítez impliquen una limitación que desmaterialice los atributos del derecho de propiedad, su titular podrá reclamar al Concejo Municipal la indemnización correspondiente. En estos casos, a los efectos de determinar la indemnización, se regirán por los criterios establecidos en la Ley de Expropiación o cualquiera otra ley promulgada a la presente ordenanza, por causa de utilidad pública e interés social.

Artículo 9: El Concejo Municipal de Benítez legislará en materia de protección y defensa de las instituciones culturales y los cultores populares del Municipio Benítez, a fin de garantizarles ayuda económica y mejoras de salud.

TITULO II

Del Organismo Competente

Capítulo I

Del Nombre y Objeto del Organismo Competente

Artículo 10: Se crea la Dirección Municipal de Cultura para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio Benítez. El Reglamento de esta Ordenanza determinará la estructura orgánica y las modalidades operativas correspondientes, así como todo lo de su competencia.

Artículo 11: La Dirección Municipal Cultural tendrá como funciones dictar los lineamientos y ejecutar las políticas para la protección y defensa del Patrimonio Cultural de Benítez e instrumentar el Artículo 1 de esta Ordenanza.

Capítulo II

De la organización y Funcionamiento del Organismo Competente

Artículo 12: La Dirección Municipal Cultural del Municipio Benítez estará constituida por siete (07) miembros:

  • a) Un Director o Directora Cultural Municipal, designado (a) por el Alcalde.

  • b) Seis Miembros Principales, con sus respectivos suplentes, en representación de cada una de las seis parroquias del Municipio Benítez. Los mismos serán designados por la Dirección Municipal Cultural, previa autorización del Alcalde.

Artículo 13: El Director o Directora Cultural Municipal, los Miembros Principales y los Miembros Suplentes deberán ser de reconocida y efectiva trayectoria cultural en el Municipio Benítez; sean artistas, investigadores y/o Promotores culturales.

Artículo 14: Los Miembros Suplentes serán designados por decisión mayoritaria de la Dirección para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio Benítez, previa consulta a los representantes culturales de las respectivas parroquias.

Artículo 15: El gobierno municipal convocará a la Dirección Municipal de Cultura para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio Benítez, por primera vez para su juramentación e instalación.

Artículo 16: El Presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes de la Cámara Municipal fungirá de enlace entre la Dirección Municipal de Cultura y el ente legislativo.

Artículo 17: El Director o Directora Cultural Municipal durará en sus funciones por el período que estipule el Alcalde; salvo que se produzca la desincorporación antes del tiempo establecido por voluntad propia, responsabilidades ante la Ley, causa de fuerza mayor, incumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza y violación de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural y del Reglamento Interno de la Dirección Municipal de Cultura.

Artículo 18: Cuando un Miembro Principal se desincorpore antes del lapso o período establecido, el Director o Directora y el resto de los Miembros deliberarán y procederán a nombrar el sustituto respectivo de entre los Miembros Suplentes. Se levantará un Informe sobre el caso y se consignará ante el Alcalde para su conocimiento y fines respectivos. Realizado este acto, se procederá en consecuencia con lo establecido en el Artículo 12, literal b) de la presente Ordenanza.

Artículo 19: Al culminar el período establecido, los Miembros Principales podrán ser designados nuevamente, si se cumplen los siguientes requisitos:

  • a) Informe conjunto de su actuación en el período culminado, elaborado y firmado por el Director o Directora Cultural Municipal y el Presidente de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes. El Informe será presentado ante la Cámara Municipal para su respectivo análisis.

  • b) Cumplir interpelación con resultados convincentes y positivos ante la Cámara Municipal.

  • c) Solicitar por escrito ante la Cámara Municipal sus aspiraciones y razones para ser Miembro nuevamente de la Dirección para Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio Benítez.

Artículo 20: Cuando la solicitud de un Miembro Principal saliente para un nuevo período sea rechazada por incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en el Artículo anterior, se procederá en los mismos términos establecidos en el Artículo 12 de la presente Ordenanza.

Artículo 21: La Dirección Municipal Cultural para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio Benítez presentará ante el Alcalde un Informe quincenal de su actuación, a través de la Comisión de Educación, Cultura y Deportes.

Artículo 22: Los Concejales y los Directores de Servicios de la Alcaldía del Municipio Benítez no podrán ser Miembros Principales ni Suplentes de la Dirección para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural.

Artículo 23: Los gastos de funcionamiento y honorarios de los miembros de la Dirección para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio Benítez serán cubiertos por los recursos de la Alcaldía. La Cámara Municipal legislará a este respecto.

CAPÍTULO III

De las Atribuciones del Organismo Competente

Artículo 24: La Dirección Municipal Cultural para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio Benítez gozará de autonomía de planificación, gestión de recursos y obras y ejecución de actividades, en función de concretar lo establecido en los Artículos 1 y 2 de la presente Ordenanza.

Artículo 25: Son atribuciones de la Dirección Municipal Cultural:

  • a) Rendir Informe de gestión ante el Alcalde y la Cámara Municipal.

  • b) Gestionar recursos materiales y monetarios ante organismos públicos y privados a fin de alcanzar los objetivos estipulados en la presente Ordenanza.

  • c) Redactar y Cumplir con su Reglamento Interno, la presente Ordenanza y todas las Leyes, Decretos y Resoluciones nacionales, regionales y locales atenientes a la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural.

Artículo 26: La Dirección para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio Benítez podrá realizar contratos por razones de funcionamiento administrativo, de servicios y de actividades sociales, culturales y educativas propias de la Institución, previa autorización del Alcalde.

Artículo 27: La Dirección para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural del Municipio Benítez operará en interrelación con las instituciones culturales, educativas y sociales locales, regionales y nacionales, a fin de alcanzar lo establecido en la presente Ordenanza.

4.8.2. Ordenanza que crea la Condecoración "Resistencia Indígena" en sus tres Clases.

LA CÁMARA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO BENÍTEZ DEL ESTADO SUCRE

En uso de sus atribuciones legales, y en nombre y representación del pueblo del Municipio Benítez, Estado Sucre.

CONSIDERANDO

Que el día 12 de Octubre de cada año se celebra en El Pilar, Capital del Municipio Benítez, el Día de la Raza y la Feria religiosa-cultural en honor a su Santa Patrona, la Virgen del Pilar.

CONSIDERANDO

Que el nombre Día de la Raza, por decisión de la Asamblea Nacional, ha sido abolido y sustituido a nivel nacional por el de Resistencia Indígena.

CONSIDERANDO

Que el nombre Resistencia Indígena alude al valor y resistencia de nuestra raza aborigen por defender su soberanía, territorio, cultura e identidad ante las fuerzas imperialistas y coloniales europeas en el continente americano a partir del 12 de octubre de 1492.

CONSIDERANDO

Que los nativos de las áreas urbanas, rurales e indígenas del Municipio Benítez, y personas provenientes de otros estados y países, desarrollan acciones y luchas por la defensa, custodia, preservación y difusión de los valores territoriales, históricos, culturales, sociales, ambientales, educativos, de salud, deportivos y religiosos.

CONSIDERANDO

Que en virtud de estimular, hacer justicia y reconocer la labor de las personas que laboran arduamente en función del desarrollo integral del territorio y los habitantes del Municipio Benítez.

SANCIONA LA ORDENANZA QUE CREA LA CONDECORACIÓN "RESISTENCIA INDÍGENA" EN SUS TRES CLASES:

Artículo 1º. Se crea la Condecoración "Resistencia Indígena", en sus TRES CLASES, destinada a premiar y recompensar méritos distinguidos por labores destacadas y reconocidas en función del desarrollo integral del territorio y los habitantes del Municipio Benítez.

Parágrafo Único: Las labores destacadas implican acciones y luchas por la defensa, custodia, preservación y difusión de los valores territoriales, históricos, culturales, sociales, ambientales, educativos, de salud, deportivos, militares, religiosos, Turísticos, literarios, científicos y humanistas. A este efecto, se reconocerán los méritos de las personas activas, inactivas y fallecidas.

Artículo 2º. Se exceptúan de esta Condecoración los reconocimientos exclusivos por méritos o trayectoria político-partidista.

Artículo 3º. Corresponde a la Cámara Municipal conceder la Condecoración "Resistencia Indígena" en su Primera, Segunda y Tercera Clase, previo estudio de Informe favorable que sobre los méritos del postulado o postulada presente la Comisión Calificadora designada para tal fin por la Cámara Municipal, con el aval de las firmas de las instituciones referidas en el Parágrafo Único, Artículo 1; según sea el caso del área de trayectoria del postulado.

Artículo 4º. La Comisión Calificadora tendrá carácter eventual, según sea el caso, y estará integrada por cinco personas de reconocida trayectoria y vocación de servicio.

Artículo 5º. Serán funciones de la Comisión Calificadora:

  • a) Promover e informar sobre las normas que regirán el proceso de preselección de posibles merecedores de la Condecoración

  • b) Recibir los Informes de Méritos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 6 de la presente Ordenanza.

  • c) Preseleccionar una terna de posibles merecedores de la condecoración.

  • d) Presentar ante la Cámara Municipal la terna de los preseleccionados para su estudio y decisión definitiva.

  • e) Informar sobre la decisión definitiva de la Cámara Municipal para otorgar la Condecoración.

Artículo 6º. La Cámara Municipal se reunirá en Sesión Extraordinaria para estudiar los Informes que sobre los Postulados emitan las Juntas Parroquiales. Una vez seleccionados, se designarán oficialmente, en Reunión Ordinaria, las personas merecedoras de la Condecoración "Resistencia Indígena".

Artículo 7º. Los Informes de mérito sobre los postulados serán consignados ante la Secretaría de la Cámara Municipal, al menos con tres meses de antelación a la fecha correspondiente al otorgamiento de la Condecoración. Los mismos deberán incluir originales y copias de los documentos probatorios de la trayectoria de los postulados.

Artículo 8º. Los Informes de Méritos de preselección se los postulados serán consignados por la Comisión Calificadora ante la Cámara Municipal al menos con un mes de antelación a la fecha correspondiente al otorgamiento de la condecoración en cualquiera de sus clases. Los Informes deberán ir acompañados de originales y copias de los documentos probatorios de la trayectoria de los postulados.

Artículo 9º. La Cámara Municipal se reunirá en Sesión Extraordinaria para estudiar los Informes que sobre los Preseleccionados emita la Comisión Calificadora. Una vez seleccionados los definitivos merecedores, se designarán por Decreto y será publicada la decisión en Gaceta Oficial.

Artículo 10º. La Condecoración "Resistencia Indígena" será otorgada en sus Tres Clases en atención a los siguientes parámetros:

1º) PRIMERA CLASE:

  • a) Oradores de Orden designados por la Cámara Municipal de Benítez.

  • b) Profesionales y no Profesionales, que por su meritorio y trascendente desempeño a nivel nacional y/o regional contribuyan con el desarrollo integral del Municipio Benítez.

  • c) Hijos Ilustres Adoptivos, cuya permanencia en el Municipio Benítez sea de 16 o más años.

2º) SEGUNDA CLASE:

  • a) Visitantes Ilustres: personas de reconocida trayectoria que en ocasión de actividad o fechas especiales visiten el Municipio Benítez.

  • b) Hijos Ilustres Beniteños: nativos del Municipio cuyo desempeño fuera del mismo sea reconocido por su eficiencia y trascendencia.

  • c) Hijos Ilustres Adoptivos: nativos de otras jurisdicciones nacionales y estadales que se hayan destacado en el ejercicio de sus labores, en función del desarrollo y bienestar local, con una permanencia continua en el Municipio Benítez entre 11 y 15 años.

3º) TERCERA CLASE:

  • a) Estudiantes de los distintos niveles educativos, destacados por su alto índice académico.

  • b) Hijos Ilustres Adoptivos: nativos de otras jurisdicciones nacionales y estadales que se hayan destacado en el ejercicio de sus labores, en función del desarrollo y bienestar local, con una permanencia continua en el Municipio Benítez entre 5 y 10 años.

  • c) Personas y agrupaciones nativas, destacadas en las diferentes áreas señaladas en el Parágrafo Único, Artículo 1º. de la presente ordenanza.

Artículo 11º. La Condecoración "Resistencia Indígena" también se impondrá en Honor al Mérito Post-mortem. El estudio e imposición respectivos se harán en los mismos términos establecidos en los artículos 6º, 7º y 8º de la presente Ordenanza.

Artículo 12º. La Condecoración "Resistencia Indígena" se otorgará en sus Tres Clases el día 12 de octubre de cada año, con motivo de la celebración del "Día de la Resistencia Indígena".

Artículo 13º. En ocasión de la conmemoración de Efemérides, consideradas por la Cámara Municipal, se otorgará la Condecoración "Resistencia Indígena" en su Primera Clase, en correspondencia con lo señalado en el Artículo 8º. , numeral 1º. , literal a) de la presente Ordenanza.

Artículo 14º. La imposición de la Condecoración "Resistencia Indígena" se hará en acto público, en la cualquier Parroquia del Municipio Benítez, ante la presencia de los integrantes de la Cámara Municipal, el Alcalde y representantes de instituciones públicas y privadas nacionales, regionales y locales que a bien hayan sido invitadas para tal fin.

Artículo 15º. La Condecoración "Resistencia Indígena" estará distinguida en una Medalla de caracteres tridimensionales con la efigie del indígena Guarao en alto relieve, cuyo fondo será el Mapa del Municipio Benítez. En los bordes llevará la siguiente inscripción: Condecoración "Resistencia Indígena". En el anverso llevará el Escudo del Municipio Benítez y la siguiente inscripción: Alcaldía y Concejo Municipal, en la parte superior; y Municipio Benítez, en la parte inferior. La Condecoración irá acompañada de un Diploma de Honor en el cual se especifica el motivo de su otorgamiento.

Artículo 16º. La Condecoración "Resistencia Indígena" se elaborará y otorgará en relación con sus clases:

  • a) En su Tercera Clase: Una Medalla de color bronce con cinta para cuello, con una barra que llevará los colores de la Bandera del Municipio Benítez.

  • b) En su Segunda Clase: Una Medalla de color plateado con cinta para cuello, con una barra que llevará los colores de la Bandera del Municipio Benítez.

  • c) En su Tercera Clase: Una Medalla de color dorado con cinta para cuello, con una barra que llevará los colores de la Bandera del Municipio Benítez.

Parágrafo Único: Las Medallas en sus Tres Clases tendrán las características descritas en el Artículo 15º de la presente Ordenanza.

Artículo 17º. La Condecoración "Resistencia Indígena" se pierde por:

  • Traición al Municipio Benítez.

  • Sentencia condenatoria en juicio penal por delitos de asesinato, dolo, robo, atraco, narcotráfico, contrabando, especulación, secuestro, intento o acción consumada de homicidio y violación.

  • Acto deshonroso y/o difamatorio contra el Municipio Benítez y sus valores históricos y culturales.

  • Fraude comprobado post-facto en el expediente o en los datos e informes de la solicitud para obtener la Condecoración "Resistencia Indígena".

Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones de la Cámara Municipal del Municipio Benítez, Estado Sucre, a los días del mes de de dos mil cinco. Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación.

  • Anteproyectos Actuales de Ordenanzas del Municipio Benítez.

  • Anteproyecto de Ordenanza Municipal para la Creación de la "Dirección de Desarrollo Socio-Productivo del Municipio Benítez, Estado Sucre".

ANTEPROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA CREACIÓN DE LA "DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIO-PRODUCTIVO" DEL MUNICIPIO BENÍTEZ, ESTADO SUCRE

Prof. Bladimir J. Aguilera O.

Ante la imperiosa necesidad de luchar por mejorar y potenciar la actividad socio-productiva del Municipio Benítez, Estado Sucre, en pro del desarrollo integral de la localidad y sus habitantes, presentamos ante el pueblo, la Cámara Municipal, la Alcaldía y las instituciones públicas y privadas de este heroico terruño, un Anteproyecto de "Ordenanza Municipal para la Creación de la Dirección de Desarrollo Socio-Productivo del Municipio Benítez, Estado Sucre. Se hacen necesarias las consideraciones, participación, orientaciones, sugerencias, correcciones y opinión de todos los entes posibles, con la intención democrática de crear, estructurar y sustentar una institución municipal que permita abordar y apoyar las iniciativas de investigación, formación, planificación, coordinación, ejecución, financiamiento y supervisión de todas las actividades inherentes a la producción de semillas, alimentos, bienes y servicios, como la de sus respectivas distribución y comercialización, en concordancia con las actuales bases jurídicas, legales y normativas establecidas en los cuerpos doctrinarios nacionales, regionales y locales de Venezuela.

LA CÁMARA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO BENÍTEZ DEL ESTADO SUCRE

En uso de sus atribuciones legales, y en nombre y representación del pueblo del Municipio Benítez,

CONSIDERANDO

Que las actuales necesidades, acciones, sustentaciones jurídicas y legales, visiones y fuerzas sociales, políticas, culturales, educativas, ambientales y económicas, por la construcción de un país protagónico, participativo, socio-productivo y más democrático, implica la urgente participación de todas las localidades y regiones en la organización, planificación y ejecución de actividades que contribuyan con su propio desarrollo integral, en concordancia con sus propias realidades e interrelacionadas con los objetivos e intereses locales, regionales y nacionales.

CONSIDERANDO

Que la necesidad de protagonismo local exige la profundización en la formación, investigación, planificación, organización, asignaciones financieras, ejecución, supervisión y coordinación de las distintas fuerzas socio-productivas del Municipio Benítez para la conformación de un municipio autosustentable, tomando como base fundamental nuestro propio potencial humano, agrícola, piscícola, acuífero, minero, turístico, ambiental, maderero, pecuario y artesanal.

CONSIDERANDO

Que el potencial humano y las fuerzas productivas del Municipio Benítez, Estado Sucre, están representados y generados por los habitantes de las áreas indígenas, rurales y urbanas que lo conforman e integran.

CONSIDERANDO

Que los Emprendedores, Individualidades, Grupos Familiares, Grupos Constituidos, Cámara de Comercio de Benítez, Instituciones Educativas, Instituciones Culturales, Instituciones Socio-Productivas, Consejos Comunales, Fundaciones, Asociaciones, y otros, constituyen una fuente inagotable de iniciativas y una gran fuerza motora laboral, capaces de participar activamente en la acciones socio-productivas, en pro del desarrollo integral, la producción de alimentos, bienes y servicios, la auto sustentabilidad y el fortalecimiento comercial y financiero del Municipio Benítez.

CONSIDERANDO

Que los actores de la educación y los entes constitutivos de mano laboral, producción, comercialización, distribución y consumo de alimentos, bienes y servicios, necesitan de un organismo municipal que contribuya activa y eficazmente con la organización, planificación y ejecución de acciones pertinentes que permitan un real y necesario desarrollo socio-productivo local, en función de una mejor calidad de vida de todos sus habitantes.

CONSIDERANDO

Que los logros autosustentables, una mejor calidad de vida y un desarrollo integral del Municipio Benítez, dependen del potencial humano académico y no académico, de las fuerzas laborales y productivas, de los recursos naturales disponibles, de las ayudas económicas, financieras, orientadoras, asistenciales y supervisoras de las instituciones públicas y privadas, y, finalmente, de la disposición positiva para trabajar y desarrollar proyectos pertinentes, eficaces y productivos.

CONSIDERANDO

Que la necesidad de integración con los distintos municipios e instituciones públicas y privadas locales, regionales y nacionales, implica una profundización en las actividades organizacionales, planificadoras, formativas y ejecutoras de acciones para el desarrollo del potencial humano, de mano de obra calificada y el uso racional, equilibrado y conservacionista de los recursos naturales disponibles, renovables y no renovables.

CONSIDERANDO

Que la tradicional cultura petrolera; el abandono del campo; las dependencias foráneas tecnológicas, industriales, comerciales, financieras, agrícolas y organizacionales; las confrontaciones políticas; las Guarimbas y terrorismo de calles; la corrupción generalizada y la actual guerra económica y financiera nacional e internacional, nos han conducido a una gran crisis de desabastecimiento, acaparamiento, escasez y especulación de alimentos, bienes y servicios.

CONSIDERANDO

Que las actuales bases jurídicas, legales y normativas nacionales, regionales y locales, nos obligan, como ciudadanos de la patria, a cumplir con nuestros derechos y deberes inherentes de velar y trabajar organizadamente por el desarrollo de nuestros pueblos; enunciados taxativos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Plan de la Patria, la Ley de Comunas y demás Leyes Orgánicas, Decretos, Resoluciones y Ordenanzas sancionadas.

CONSIDERANDO

Que la necesidad de incentivación, motivación, gestión, organización, planificación, cooperación, asistencia técnica, financiera y económica, contempladas en las bases jurídicas, legales y normativas nacionales, regionales y locales, para el desarrollo socio-productivo, económico y comercial de los municipios nacionales, implica la creación, estructuración, organización y funcionamiento de un organismo municipal eficiente y rector de las políticas locales de planificación y desarrollo que permita estimular, motivar, mejorar y activar el potencial humano para el uso racional y necesario de los recursos naturales existentes en el Municipio Benítez, en función de una mejor calidad de vida, mayor producción, auto sustentabilidad y fortalecimiento de las actividades financieras y económicas locales e intermunicipales del Estado Sucre.

SANCIONA LA ORDENANZA QUE CREA LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIO-PRODUCTIVO DEL MUNICIPIO BENÍTEZ, ESTADO SUCRE

Artículo 1. Se crea la Dirección de Desarrollo Socio-Productivo del Municipio Benítez, Estado Sucre, destinada a la planificación, asistencia, instrucción, promoción, inclusión, formación de recursos humanos y ejecución de actividades tendientes al desarrollo socio-productivo, comercialización y distribución de frutos, alimentos, bienes y servicios del Municipio Benítez, Estado Sucre, tanto a nivel industrial como a nivel artesanal.

Parágrafo Único: Las labores de planificación, asistencia, instrucción, promoción, inclusión, formación de recursos humanos y ejecución de actividades sectoriales, parroquiales y locales, implican acciones de rescate y formación de mano obra eficiente y calificada; asistencia técnica, económica y financiera; facilitación de talleres y jornadas de capacitación laboral en sus distintos campos de trabajo; instrucción en organización, planificación, producción, comercialización y distribución de productos industriales y manufacturados.

Artículo 2. Queda anulada cualquiera intención o actitud de provecho político-partidista para formar parte de la Dirección de Desarrollo Socio-Productivo del Municipio Benítez, Estado Sucre, y de las actividades concernientes a la misma para alcanzar sus fines.

TÍTULO I

De la Dirección de Desarrollo Socio-Productivo del Municipio Benítez, Estado Sucre

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 3. La presente Ordenanza tiene por objeto establecer los principios que han de regir la creación, sustento y funcionamiento de la Dirección de Desarrollo Socio-Productivo del Municipio Benítez, Estado Sucre", en concordancia con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley del Poder Público Municipal, el Plan de la Patria, las Ordenanzas Municipales atenientes a los fines de desarrollo alimentario, productivo, económico y financiero municipal, los demás Decretos, Resoluciones y Normativos actualmente sancionados atenientes los mismos fines.

Parágrafo Único: Se entiende por "Dirección de Desarrollo Socio-Productivo del Municipio Benítez, Estado Sucre" la institución que sirve de brazo incentivador, motivador, difusor, planificador, coordinador, asesor, supervisor, instructor y ejecutor de las políticas municipales de desarrollo socio-productivo, comercialización y distribución de la producción de frutos, alimentos, bienes y servicios, tanto industrial como artesanal; inclusión y formación de recursos humanos; asistencia técnica, organizacional y financiera.

Artículo 4: La sustentación, cooperación, ayuda y apoyo financiero para el funcionamiento de la "Dirección de Desarrollo Socio-Productivo del Municipio Benítez, Estado Sucre", es de obligación prioritaria del Gobierno Municipal, de sus Miembros, de las instituciones públicas y privadas y de los ciudadanos, habitantes del Municipio Benítez.

Parágrafo Único: Se declara de utilidad e interés socio-productivo local y regional la creación y funcionamiento de la "Dirección de Desarrollo Socio-Productivo del Municipio Benítez, Estado Sucre", por los potenciales humanos, materiales, culturales y las acciones de iniciativa, apoyo, planificación y ejecución para el desarrollo socio-productivo, económico y financiero, y por el significado que otorga acción, iniciativa, progreso e identidad particulares al Municipio Benítez del Estado Sucre.

Artículo 5: Se considera la "Dirección de Desarrollo Socio-Productivo del Municipio Benítez, Estado Sucre", a su personal gerencial, directivo, técnico y educativo que integran su estructura, y a sus recursos y bienes materiales.

Parágrafo Único: Son aliados de la Dirección de Desarrollo Socio-Productivo del Municipio Benítez, Estado Sucre", los entes sectoriales y parroquiales: Emprendedores, Individualidades, Grupos Constituidos, Grupos Familiares e Instituciones Públicas y Privadas que desarrollen actividades propias y/o relacionadas con el desarrollo endógeno, socio-productivo, económico, turístico, ambiental, educativo y financiero del Municipio Benítez.

Artículo 6: El Concejo Municipal podrá, previa consulta a la Alcaldía Municipal, y a los aliados de la "Dirección de Desarrollo Socio-Productivo del Municipio Benítez, Estado Sucre", tomar decisiones jurídicas sobre la organización, estructuración, eficiencia y asignación de recursos y presupuestos necesarios inherentes a sus funciones.

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9
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