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Elaboracion del reglamento interno de una institucion educativa (página 2)



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ARTICULO 36

VALORES

ACTITUDES

LIBERTAD:

Es la posibilidad que tenemos de decidir por nosotros mismos como actuar en las diferentes situaciones de la vida.

1.-Respeto a sí mismo y a los demás

2.- Autonomía

PAZ:

Vivir la fraternidad y armonía entre los seres humanos; saber escuchar y entender las necesidades ajenas antes de las propias

1.-Rechazo a todo tipo de violencia.

2.- Amabilidad y Cordialidad

DEMOCRACIA: Es permitir la participación de todos y decidir en un ambiente libre de manipulación, sobre cualquier aspecto importante. Nadie tiene potestad para decidir ni imponerse por encima de los demás.

1.-Empatía

2.-Opinión

3.-Decisión

RESPETO: Reconocimiento del derecho de los demás, con ideas y valores propios.

Es aceptar a la persona como es, sin tratar de cambiarla o de imponerle ideas, ni coaccionarla para que haga algo según nuestro parecer.

1.- Empatía

2.-Amabilidad y Cortesía

TOLERANCIA: Respeto o consideración hacia las opiniones o prácticas de los demás, aunque sean diferentes de las nuestras. Es la expresión más clara del respeto por los demás.

1.-Empatía

2.-Respeto a las diferencias

RESPONSABILIDAD:

Es la capacidad del hombre para cumplir un deber.

Ser responsable es medir las consecuencias de nuestros actos para evitar todo daño.

1.-Ser puntual

2.-Asumir las consecuencias de nuestras acciones

3.-Compromiso

JUSTICIA: Dar a cada uno lo que le corresponde o pertenece

La justicia consiste en asegurar a cada ciudadano sus derechos, en defender a todos por igual y con imparcialidad, sin tomar en cuenta razas, credos o posiciones políticas

1.-Rectitud de nuestro accionar

2.-Honestidad en su accionar diario

3.-Respeto

HONESTIDAD:

Es la forma de vivir que concuerda entre lo que se piensa y lo que se hace, obrando con justicia y respeto a los demás.

1.-Autonomía y verdad

2.-No mentir, ni robar, ni engañar

3.-Lealtad

SOLIDARIDAD.- Vivir unidos a otras personas y grupos humanos compartiendo sus intereses y necesidades y fomentando un sentido de justicia.

1.-Identificación con la causa y/o necesidad ajena

2.-Presta ayuda oportuna

3.-Caridad

PERSEVERANCIA:

Es la fuerza interior que nos permite llevar a buen término las acciones que emprendemos.

1.-Disciplina y fortaleza

2.-Voluntad

CAPITULO XI

DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

ARTICULO 37

  • ORGANIZACIÓN DE LA INSTITUCION EDUCATIVA PUBLICA (Artículo N° 141° del Reglamento de la LGE).

Se organiza de manera flexible de acuerdo al nivel , modalidad o forma educativa que se atiende, adoptando la estructura orgánica que requiere su funcionamiento, teniendo como referencia lo siguiente:

  • Órgano de Dirección

  • Órgano Pedagógico

  • Órgano de Participación, Concertación y Vigilancia

  • Órgano de Administración

CAPITULO XII

ESTRUCTURA ORGANICA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA "_________________________"

ARTICULO 38

  • DE LA ESTRUCTURA ORGANICA (Estructura Orgánica de la I.E. "Juana Moreno").

La Institución Educativa, para cumplir con su finalidad y funciones, cuenta con la siguiente estructura orgánica

  • ORGANO DE DIRECCION:

  • Dirección General

  • Dirección de Secundaria

  • Dirección de Primaria

  • Dirección Administrativa

  • Coordinación de Tutoría y Orientación Educativa

  • ORGANO PEDAGOGICO:

  • Profesor por horas (24)

  • Profesor del Aula de Innovación Pedagógica

  • Auxiliar de Educación

  • Dependientes de la Dirección de Primaria

  • Profesor de Aula

  • Profesor del Aula de Innovación Pedagógica

  • Dependientes de la Coordinación de Tutoría y Orientación Educativa

  • Profesor Tutor de Secundaria

  • Profesor Tutor de Primaria

  • Auxiliar de Educación

  • ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN, CONCERTACIÓN Y VIGILANCIA

  • Consejo Educativo Institucional (CONEI)

  • ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN

  • Dependientes de la Dirección de Administración

  • Secretaría II

  • Secretaría I

  • Oficinista I

  • Auxiliar de Biblioteca

  • Auxiliar de Laboratorio

  • Trabajador de Servicio III

  • Trabajador de Servicio II

ARTICULO 39

  • ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL (Organigrama Estructural de la I.E. "Juana Moreno").

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ARTICULO 40

  • LINEA DE MANDO

En caso de ausencia del Director General, la Dirección de la Institución será asumida en el siguiente orden:

Director del Nivel de Educación Secundaria, Director del Nivel de Educación Primaria, Director Administrativo, Coordinador de TOE, Profesor de Aula Sexto Grado A de Primaria, Profesor de Aula Sexto Grado B de Primaria y así sucesivamente.

CAPITULO XIII

DE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTE Y ADMINISTRATIVO

ARTICULO 41

  • EL DIRECTOR (Art. 55° LGE 28044)

El director es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución Educativa. Es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógico, institucional y administrativo. Le corresponde:

  • Conducir la Institución Educativa de conformidad con lo establecido
    en el artículo 68º de la presente ley. (Transcrito en el artículo
    N° 31° del presente reglamento)

  • Presidir el Consejo Educativo Institucional, promover las relaciones
    humanas armoniosas, el trabajo en equipo y la participación entre
    los miembros de la comunidad educativa.

  • Promover una práctica de evaluación y autoevaluación
    de su gestión y dar cuenta de ella ante la comunidad educativa y
    sus autoridades superiores.

  • Recibir una formación especializada para el ejercicio del
    cargo, así como una remuneración correspondiente a su responsabilidad.

  • Estar comprendido en la carrera pública docente cuando presta
    servicio en las instituciones del Estado.

ARTICULO 42

  • EL DIRECTOR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA (Art. 128° D.S. N° 11-12-ED)

Es el representante legal, responsable de la gestión de la institución educativa y líder de la comunidad educativa. Asegura mecanismos para garantizar la calidad del servicio educativo, el clima institucional favorable para el aprendizaje y las relaciones con la comunidad.

  • Conducir la Institución Educativa de conformidad con lo establecido
    en el artículo 68º de la presente ley. (Transcrito en el artículo
    N° 31° del presente reglamento).

  • Presidir el Consejo Educativo Institucional, promover las relaciones
    humanas armoniosas, el trabajo en equipo y la participación entre
    los miembros de la comunidad educativa.

  • Promover una práctica de evaluación y autoevaluación
    de su gestión y dar cuenta de ella ante la comunidad educativa y
    sus autoridades superiores.

  • Recibir una formación especializada para el ejercicio del
    cargo, así como una remuneración correspondiente a su responsabilidad.

  • Estar comprendido en la carrera pública docente cuando presta
    servicio en las instituciones del Estado.

ARTICULO 43

  • EL DIRECTOR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA (Art. 128° D.S. N° 11-12-ED)

Es el representante legal, responsable de la gestión de la institución
educativa y líder de la comunidad educativa. Asegura mecanismos para
garantizar la calidad del servicio educativo, el clima institucional favorable
para el aprendizaje y las relaciones con la comunidad.

ARTICULO 44

  • DEFINICION Y PROPOSITOS DEL MARCO DE BUEN DESEMPEÑO DEL DIRECTIVO (Numeral 3.1 de los lineamientos denominado Marco de Buen Desempeño del Directivo RSG 304-14-MINEDU).

El Marco de Buen Desempeño del Directivo es una herramienta estratégica
de la reforma de la institución educativa que se enmarca dentro de las
políticas de desarrollo docente priorizadas por el sector educación.
En el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2012, se propone
para el ámbito de la gestión: "Que las instituciones educativas
asuman la responsabilidad de gestionar el cambio de los procesos pedagógicos,
centrando a toda la organización en los aprendizajes" (MINEDU; 2012b,
52); de ahí que el primer resultado de la reforma de la institución
educativa en este ámbito, se refiere a la necesidad de contar con directivos
seleccionados, formados y organizados. Así, el Marco de Buen Desempeño
del Directivo se convierte en una herramienta estratégica de implementación
de una política integral del desarrollo directivo. Es importante puntualizar
que el logro de los dominios y el desarrollo de competencias propuestas se realizará
de manera gradual debido a que los directivos requieren de un tiempo determinado
para adquirir nuevos conocimientos, desarrollar capacidades y despertar nuevas
motivaciones. Por ello, el Marco de Buen Desempeño del Directivo, como
herramienta de política, sugiere insumos para la evaluación de
acceso, la ratificación y la implementación de programas de formación
a través de las competencias y desempeños que presenta.

ARTICULO 45

  • ESTRUCTURA DEL MARCO DE BUEN DESEMPEÑO DEL DIRECTIVO; DOMINIO, COMPETENCIA Y DESEMPEÑO. (Numeral 3.3 de los lineamientos denominado Marco de Buen Desempeño del Directivo RSG 304-14-MINEDU).

El Marco de Buen Desempeño del Directivo está estructurado con dos dominios, siete competencias y veintiún desempeños.

DOMINIO: Conjunto de competencias que integran un área específica del actuar directivo. Son interdependientes, ya que cada uno de ellos influye en el desarrollo del otro como parte de un todo.

COMPETENCIA: Un saber hacer en contexto, que implica compromisos, disposición a realizar las tareas o a cumplir responsabilidades con calidad, raciocinio, manejo de determinados fundamentos conceptuales y comprensión de la naturaleza moral y las consecuencias sociales de sus decisiones.

DESEMPEÑO: Acción observable que realizan los directivos
y que evidencia el dominio de la competencia.

ARTICULO 46

  • DOMINIOS, COMPETENCIAS Y DESEMPEÑOS DEL MARCO DE BUEN DESEMPEÑO DIRECTIVO.

  • Dominio I: Gestión de las condiciones para la mejora de los aprendizajes.Abarca las competencias que lleva a cabo el directivo para construir e implementar la reforma de la escuela, gestionando las condiciones para la mejora de aprendizajes a través de la planificación, la promoción de la convivencia democrática e intercultural y la participación de las familias y comunidad; y evaluando sistemáticamente la gestión de la institución educativa.

  • Competencia 1: Conduce de manera participativa la planificación institucional a partir del conocimiento de los procesos pedagógicos, el clima escolar, las características de los estudiantes y su entorno; orientándolas hacia el logro de metas de aprendizaje.

  • Desempeño 1: Diagnostica las características del entorno institucional, familiar y social que influyen en el logro de las metas de aprendizaje.

  • Desempeño 2: Diseña de manera participativa los instrumentos de gestión escolar teniendo en cuenta las características del entorno institucional, familiar y social; estableciendo metas de aprendizaje.

  • Competencia 2: Promueve y sostiene la participación democrática de los diversos actores de la institución educativa y la comunidad a favor de los aprendizajes; así como un clima escolar basado en el respeto, el estímulo, la colaboración mutua y el reconocimiento de la diversidad.

  • Desempeño 3: Promueve espacios y mecanismos de participación y organización de la comunidad educativa en la toma de decisiones y desarrollo de acciones previstas para el cumplimiento de las metas de aprendizaje.

  • Desempeño 4: Genera un clima escolar basado en el respeto a la diversidad, colaboración y comunicación permanente, afrontando y resolviendo las barreras existentes.

  • Desempeño 5: Maneja estrategias de prevención y resolución pacífica de conflictos mediante el diálogo, el consenso y la negociación.

  • Desempeño 6: Promueve la participación organizada de las familias y otras instancias de la comunidad para el logro de las metas de aprendizaje, sobre la base del reconocimiento de su capital cultural.

  • Desempeño 7: Gestiona el uso óptimo de la infraestructura, equipamiento y material educativo disponible, en beneficio de una enseñanza de calidad y el logro de las metas de aprendizaje de los estudiantes.

  • Desempeño 8: Gestiona el uso óptimo del tiempo en la institución educativa a favor de los aprendizajes, asegurando el cumplimiento de metas y resultados en beneficio de todos los estudiantes.

  • Desempeño 9: Gestiona el uso óptimo de los recursos financieros en beneficio de las metas de aprendizaje trazadas por la institución educativo bajo un enfoque orientado a resultados.

  • Desempeño 10: Gestiona el desarrollo de estrategias de prevención y manejo de situaciones de riesgo que aseguren la seguridad e integridad de los miembros de la comunidad educativa.

  • Desempeño 11: Dirige el equipo administrativo y/o de soporte de la institución educativa orientando su desempeño hacia el logro de los objetivos institucionales.

  • Competencia 4: Lidera procesos de evaluación de la gestión de la institución educativa y de la rendición de cuentas, en el marco de la mejora continua y el logro de aprendizajes.

  • Desempeño 12: Gestiona la información que produce la escuela y la emplea como insumo en la toma de decisiones institucionales en favor de la mejora de los aprendizajes.

  • Desempeño 13: Implementa estrategias y mecanismos de transparencia y rendición de cuentas de la gestión escolar ante la comunidad educativa.

  • Desempeño 14: Conduce de manera participativa los procesos de autoevaluación y mejora continua orientados al logro de las metas de aprendizaje.

  • Dominio 2: Orientación de los procesos pedagógicos para la mejora de los aprendizajes.

Comprende las competencias del directivo enfocadas hacia el desarrollo de la profesionalidad docente y el proceso de acompañamiento sistemático al docente para la mejora de los aprendizajes.

  • Competencia 5: Promueve y lidera una comunidad de aprendizaje con los docentes de su institución educativa basada en la colaboracion mutua, la autoevaluación profesional y la formación continua; orientada a mejorar la práctica pedagógica y asegurar logros de aprendizaje.

  • Desempeño 15: Gestiona oportunidades de formación continua de los docentes para la mejora de su desempeño en función al logro de las metas de aprendizaje.

  • Desempeño 16: Genera espacios y mecanismos para el trabajo colaborativo entre los docentes y la reflexión sobre las prácticas pedagógicas que contribuyen a la mejora de la enseñanza y del clima escolar.

  • Desempeño 17: Estimula la iniciativa de los docentes relacionadas a innovaciones e investigaciones pedagógicas, impulsando la implementación y sistematización de las mismas.

  • Competencia 6: Gestiona la calidad de los procesos pedagógicos al interior de su institución educativa, a través del acompañamiento sistematico y la reflexión conjunta, con el fin de alcanzar las metas de aprendizaje.

  • Desempeño 18: Orienta y promueve la participación
    del equipo docente en los procesos de planificación curricular, a
    partir de los lineamientos de la Política Curricular Nacional y en
    articulación con la propuesta curricular regional.

  • Desempeño 19: Propicia una práctica docente
    basada en el aprendizaje colaborativo, por indagación y el conocimiento
    de la diversidad existente en el aula y pertinente a ella.

  • Desempeño 20: Monitorea y orienta el uso de estrategias
    y recursos metodológicos, así como el uso efectivo del tiempo
    y los materiales educativos, en función del logro de las metas de
    aprendizaje de los estudiantes y considerando la atención de sus
    necesidades específicas.

  • Desempeño 21: Monitorea y orienta el proceso de evaluación
    de los aprendizajes a partir de criterios claros y coherentes con los aprendizajes
    que se desean lograr, asegurando la comunicación oportuna de los
    resultados y la implementación de acciones de mejora

ARTICULO 47

  • LA DIRECCION (Art. 142° D.S. N° 11-12-ED)

Es el órgano rector de la institución educativa, responsable de su gestión integral, conducida por el director, quien cumple las funciones de las instituciones educativas establecidas en el artículo 68° de la Ley General de Educación. (Transcrito en el artículo N° 31° del presente reglamento).

Las Instituciones Educativas que funcionan en un mismo local y atienden a más de un nivel, modalidad o forma educativa están a cargo de un director general, que es su representante legal y coordina con los directores de cada nivel, modalidad o forma educativa. Todos ellos conforman el Consejo Directivo, presidido por el director general.

El director general es responsable de:

  • Organizar, conducir y evaluar, de manera compartida, la gestión
    de la institución educativa.

  • Promover la articulación y armonización permanente
    de la planificación y desarrollo de las actividades educativas de
    los distintos niveles, modalidades y formas educativas.

  • Garantizar el acceso equitativo, el uso eficiente, el mantenimiento
    y conservación de los materiales y recursos pedagógicos, equipamiento,
    mobiliario e infraestructura, por parte de las instituciones educativas
    que comparten el local.

  • Preservar la independencia y seguridad de los espacios educativos
    de los estudiantes de los diferentes niveles educativos y adoptar medidas
    para que la gestión y organización de la jornada escolar no
    se interfieran.

  • Administrar la documentación y bienes patrimoniales comunes
    y de uso compartido por todos los integrantes de la institución educativa.

  • Conducir y actualizar el inventario único y control de los
    bienes del Estado, los adquiridos por la propia institución educativa,
    así como las donaciones recibidas y que sean de uso compartido.

  • Coordinar con los municipios, las fuerzas de orden o instancias competentes
    para garantizar la seguridad de los estudiantes en los alrededores del local
    escolar.

ARTICULO 48

  • FUNCIONES DEL DIRECTOR GENERAL

  • FUNCIONES GENERALES

Son funciones del Director de la Institución Educativa, además de las establecidas en los Artículos 55° y 68° de la Ley General de Educación (Transcrito en el artículo N° 31° del presente reglamento); y los Artículos 128°, 136° y 142° del Reglamento de la LGE; las siguientes

  • Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio educativo.

  • Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de sus fondos de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de la APAFA.

  • Delegar funciones a los Directores del nivel de educación primaria y secundaria y a otros miembros de su comunidad educativa.

  • Velar por el mantenimiento y conservación del mobiliario equipamiento e infraestructura de la institución educativa, y gestionar la adquisición y/o donación de mobiliario y equipamiento así como la rehabilitación de la infraestructura escolar.

  • Otras que se le asigne por norma específica.

  • FUNCIONES ESPECÍFICAS.

  • Organiza los diferentes órganos de gobierno del plantel (Consejo
    Educativo Institucional, Comité de Recursos Directamente Recaudados,
    Comité de Evaluación, Comité de Relaciones Públicas,
    Comité Ambiental, Comité de Gestión de Riesgos y otros)

  • Monitorea, Evalúa y Supervisa el trabajo del personal directivo,
    docente y administrativo.

  • Supervisa y realiza acciones de control a los órganos de línea:
    Dirección de Secundaria, Dirección de Primaria, Coordinación
    de Tutoría y Dirección Administrativa

  • Supervisa y realiza acciones de control a los diferentes órganos
    de la institución: Comité de Recursos Directamente Recaudados,
    Comité de Evaluación, Comité de Relaciones Públicas,
    Comité Ambiental, y Comité de Gestión de Riesgos y
    otros

  • Acredita la Toma de Posesión de Cargo al Personal Docente
    y Administrativo Nombrado y Contratado.

  • Despacha la documentación recepcionada en Mesa de Partes.

  • Redacta los informes de su competencia.

  • Brinda atención al público de acuerdo al horario establecido.

  • Coordina con los distintos sectores (MINSA, POLICIA NACIONAL, AGRICULTURA,
    GOBIERNO REGIONAL, UNIVERSIDADES y otros) en función a las necesidades
    y beneficio de la Institución.

  • Elabora el Cuadro General de Vacantes y la Proyección de la
    matrícula para el siguiente año académico. Expide las
    constancias de vacante.

  • Aprueba por Resolución Directoral los instrumentos de gestión
    de la Institución Educativa.

  • Administra el SIAGIE

ARTICULO 49

  • DOCUMENTOS DE GESTION DE LA DIRECCION GENERAL

Los documentos de gestión de la Dirección General son:

  • PEI, PAT, PCI y RI. Estos documentos se remiten a la UGEL-______________,
    para su visado.

  • IGA (Informe de la Gestión Anual). Se remite después
    de finalizado el año escolar.

  • Consolidado de las Nómina de matrícula, Actas de Evaluación,
    el Director debe entregar a la UGEL-_____________ una copia de estos documentos.

  • Estadísticas, Libro de Actas, Inventario General, Cargo Personal,
    comprobante de recepción y otros.

ARTICULO 50

  • FUNCIONES DEL DIRECTOR DE EDUCACION PRIMARIA Y SECUNDARIA

  • FUNCIONES GENERALES

Las funciones generales de los Directores de Educación Primaria y Secundaria serán reguladas por el Ministerio de Educación. Mientras sea regulada, cumple, por delegación del Director General las siguientes:

  • Las enumeradas en los incisos a), b), c), e), f), g), h), i), j), k), l) m) del artículo 68° de la LGE N° 28044. (Transcrito en el artículo N° 31° del presente reglamento).

  • Las establecidas en los incisos a), b), e) y g) del artículo 136° del D.S. N° 11-12-ED Reglamento de la LGE N° 28044. (Transcrito en el artículo N° 32° del presente reglamento)

  • Las enumeradas en los incisos c), d) y e) del artículo 55° de la LGE N° 28044. (Transcrito en el artículo N° 42° del presente reglamento)

  • FUNCIONES ESPECIFICAS

El Director del Nivel de Educación Primaria y Secundaria, ejecutan, lo que corresponde a su nivel educativo.

  • Formula, organiza, ejecuta y evalúa el PEI, PAT, PCI, RI,
    PIN, PEME, IGA, Plan de Capacitación, Plan de Supervisión
    y Monitoreo, Círculos de Interaprendizaje, Plan del Buen uso del
    tiempo libre, Propuestas de Innovación y otros.

  • Elabora y presenta a la Dirección del plantel el CAP, PAP,
    Registro de Asistencia del Personal Docente y Administrativo, Línea
    Base, Calendarización, Cuadro de Horas (normal y consolidado -sólo
    secundaria), Horario de Clases, Organigrama estructural y nominal; Ficha
    de Observación, supervisión y monitoreo; Ficha de Evaluación
    de desempeño laboral; Esquema de Carpeta Pedagógica, Programación
    Anual, Unidades Didácticas y Sesión de Aprendizaje, y otros
    documentos de acuerdo a la normatividad vigente.

  • Propone a la Dirección del plantel el reconocimiento mediante
    resolución de las comisiones de su nivel: de matrícula, cinco
    primeros puestos al finalizar los cinco grados de secundaria (sólo
    secundaria), revisión de registros, revisión de actas y otros.

  • Supervisa el trabajo del personal a su cargo y de las comisiones,
    evalúa e informa a la Dirección para su aprobación
    en el Comité de Evaluación, así como para el reconocimiento
    de acción extraordinaria en bien de la Institución.

  • Utiliza un Libro de Actas para registrar los acuerdos arribados en
    su nivel.

  • Lleva un control estadístico de la asistencia del personal
    a su cargo de acuerdo a la normatividad vigente. Opina sobre las licencias
    y permisos y redacta el informe mensual de asistencia.

  • Lleva un control estadístico de las horas efectivas de aprendizaje
    por cada docente e informa en el parte mensual.

  • Garantiza la permanencia de los docentes durante las sesiones de
    aprendizaje ejecutadas por alumnos que se encuentran realizando sus prácticas
    pre profesionales.

  • Opina sobre: Las visitas de estudio, excursiones y otras actividades
    pedagógicas fuera de la Institución Educativa.

  • Delega funciones al personal a su cargo y designa a los docentes
    para actividades internas y de representación en actividades externas.

  • Organiza la participación de los alumnos de la Institución
    educativa en eventos de carácter deportivo, cultural y de prevención
    convocados por el Ministerio de Educación y otras instituciones e
    Informa a la Dirección de acciones destacadas para reconocimiento
    resolutivo.

  • Estimula a los alumnos destacados de su nivel en las distintas actividades
    educativas, mediante la propuesta de felicitación por diploma o resolución
    institucional o regional.

  • Evalúa semestralmente al personal a su cargo y propone el
    reconocimiento en acciones destacadas.

  • Presenta el informe de la evaluación del servicio educativo
    del nivel.

  • Elabora y archiva los documentos que corresponden a su nivel educativo.

  • Ejecuta una Evaluación Censal Anual a los alumnos de todos
    los grados, para verificar el Nivel de Logro.

  • Otras funciones inherentes al cargo.

ARTICULO 51

  • FUNCIONES DEL COORDINADOR DE TUTORIA

  • FUNCIONES GENERALES

Las funciones generales del Coordinador de Tutoría de la institución educativa pública serán reguladas por el Ministerio de Educación. Mientras sea regulada cumple por delegación en el órgano de su competencia, las funciones siguientes:

  • Las enumeradas en los incisos a), b), c), e), f), g), h), i), j), k), l) del artículo 68° de la LGE N° 28044. (Transcrito en el artículo N° 31° del presente reglamento).

  • Las establecidas en los incisos a), b), e) y g) del artículo 136° del D.S. N° 11-12-ED Reglamento de la LGE N° 28044. (Transcrito en el artículo N° 32° del presente reglamento).

  • Las enumeradas en los incisos c), d) y e) del artículo 55° de la LGE N° 28044. (Transcrito en el artículo N° 42° del presente reglamento)

  • FUNCIONES ESPECIFICAS

El Coordinador de Tutoría y Orientación del Educando, por delegación cumple las siguientes funciones:

  • Formula, organiza, ejecuta y evalúa el PEI, PAT, PCI, RI,
    PIN, PEME, IGA, Plan de Capacitación, Plan de Supervisión
    y Monitoreo, Círculos de Interaprendizaje, Plan del Buen uso del
    tiempo libre, Propuestas experimentales y otros en lo que le corresponde.

  • Elabora y presenta a la Dirección del plantel el Plan Anual
    de Tutoría, Cuadro consolidado de los Comités de Aula de Padres
    de Familia y Alumnos, Relación de Tutores y Asesores; Plan Específico
    de Escuela de Padres; Fichas de Observación, Supervisión y
    Monitoreo; Sesión de Aprendizaje de Tutoría y otros documentos
    regulados por la normatividad vigente.

  • Propone a la Dirección del plantel el reconocimiento mediante
    resolución de las comisiones de su nivel: de matrícula, cinco
    primeros puestos al finalizar los cinco grados de secundaria (sólo
    secundaria), revisión de registros, revisión de actas y otros.

  • Supervisa el trabajo del personal a su cargo y de las comisiones,
    evalúa e informa a la Dirección para su aprobación
    en el Comité de Evaluación, así como para el reconocimiento
    de acción extraordinaria en bien de la Institución.

  • Utiliza un Libro de Actas para registrar los acuerdos arribados.

  • Estimula a los alumnos destacados de su nivel en las distintas actividades
    educativas, mediante la propuesta de felicitación por diploma o resolución
    institucional o regional.

  • Evalúa semestralmente al personal a su cargo.

  • Incentiva la participación de los alumnos ofreciéndoles
    canales y oportunidades constantes, permitiendo y alentando diferentes formas
    de organización autónoma como Municipios Escolares, clubes
    y Consejos Estudiantiles, dirigidos a contribuir el desarrollo del proyecto
    educativo institucional y a satisfacer sus propios intereses.

  • Elabora, ejecuta, monitorea y evaluar el plan de TOE.

  • Previene y media en situaciones de conflicto, creando condiciones
    que favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad
    escolar.

  • Promueve el Funcionamiento de la Escuela de Madres y Padres.

  • Promueve, en coordinación con los gobiernos local y regional,
    programas de cultura y deporte; de carácter informativo, de capacitación
    y práctica directa.

  • Organiza a los alumnos en clubes, municipio escolar, junta de presidentes
    de aula, y otros.

  • Convoca las reuniones del Comité de TOE. (R.D. TOE N°
    0343-2010-ED)

  • Vela por el cumplimiento de las funciones del Comité de TOE.

  • Promueve en la institución educativa el desarrollo de las
    acciones tutoriales.

  • Otras funciones inherentes al cargo

ARTICULO 52

  • FUNCIONES DEL DIRECTOR ADMINISTRATIVO

  • GENERALES

Las funciones generales del Coordinador Administrativo de la institución educativa pública serán reguladas por el Ministerio de Educación. Mientras sea regulada cumple por delegación en el órgano de su competencia, las funciones siguientes:

  • Las enumeradas en los incisos a), b), c), e), f), g), h), i), j), k), l) del artículo 68° de la LGE N° 28044. (Transcrito en el artículo N° 31° del presente reglamento).

  • Las establecidas en los incisos a), b), e) y g) del artículo 136° del D.S. N° 11-12-ED Reglamento de la LGE N° 28044. (Transcrito en el artículo N° 32° del presente reglamento).

  • Las enumeradas en los incisos c), d) y e) del artículo 55° de la LGE N° 28044. (Transcrito en el artículo N° 42° del presente reglamento)

  • FUNCIONES ESPECIFICAS

El Coordinador Administrativo, por delegación cumple las siguientes funciones:

  • Formula, organiza, ejecuta y evalúa el PEI, PAT, PCI, RI,
    PIN, PEME, IGA, Plan de Capacitación, Plan de Supervisión
    y Monitoreo, Círculos de Interaprendizaje, Plan del Buen uso del
    tiempo libre, Propuestas experimentales y otros en lo que le corresponde.

  • Organiza el proceso de matrícula.

  • Elabora y presenta a la Dirección del plantel la Nómina
    de Matricula, Actas de Evaluación, Organigrama estructural y nominal;
    Ficha de Observación, supervisión y monitoreo; Ficha de Evaluación
    de desempeño laboral; y otros documentos de acuerdo a la normatividad
    vigente.

  • Elabora y presenta a la Dirección del Plan Anual de los Recursos
    Directamente Recaudados, Fichas de Observación, Supervisión
    y Monitoreo para el personal Administrativo y de Servicio,

  • Utiliza un Libro de Actas para registrar los acuerdos arribados.

  • Proponer a la Dirección del plantel el reconocimiento mediante
    resolución de los siguientes comités: de Altas, Bajas y Enajenaciones,
    el de Gestión Patrimonial, etc.

  • Supervisar, Monitorear y Evaluar el trabajo del personal administrativo
    y de servicio, y de las comisiones a su cargo; informar a la Sub Dirección
    correspondiente (de acuerdo al CAP) para su consolidación y posterior
    aprobación en el Comité de Evaluación. Proponer el
    reconocimiento del personal a su cargo el reconocimiento por labor extraordinaria.

  • Planificar, organizar, ejecutar y evaluar el Plan de Capacitación
    Anual del órgano de su competencia en coordinación con la
    Dirección.

  • Consolida el Inventario General y los Cargos Personales de la Institución.

  • Vela por el mantenimiento, verificación y conservación
    del Inventario General y los Cargos Personales de la Institución
    previendo de que exista un personal de Servicio las 24 horas del día
    y durante toda la semana.

  • Proponer al Comité de Gestión Patrimonial las altas
    y bajas de la Institución.

  • Consolidar y Proponer al Comité de Recursos Directamente recaudados
    las adquisiciones que debe realizarse.

  • Opina en las solicitudes de préstamo o alquiler del local
    escolar.

  • Tiene en custodia las llaves de todos los ambientes de la Institución
    Educativa.

  • Otras funciones inherentes al cargo.

ARTICULO 53

  • El Profesor (Artículo 56° LGE N° 28044)

El profesor es agente fundamental del proceso educativo y tiene como misión contribuir eficazmente en la formación de los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano. Por la naturaleza de su función, la permanencia en la carrera pública docente exige al profesor idoneidad profesional, probada solvencia moral y salud física y mental que no ponga en riesgo la integridad de los estudiantes. Le corresponde:

  • Planificar, desarrollar y evaluar actividades que aseguren el logro
    del aprendizaje de los estudiantes, así como trabajar en el marco
    del respeto de las normas institucionales de convivencia en la comunidad
    educativa que integran.

  • Participar en la Institución Educativa y en otras instancias
    a fin de contribuir al desarrollo del Proyecto Educativo Institucional así
    como del Proyecto Educativo Local, Regional y Nacional.

  • Percibir remuneraciones justas y adecuadas y también las bonificaciones
    establecidas por ley; estar comprendido en la carrera pública docente;
    recibir debida y oportuna retribución por las contribuciones previsionales
    de jubilación y derrama magisterial; y gozar de condiciones de trabajo
    adecuadas para su seguridad, salud y el desarrollo de sus funciones.

  • Participar en los programas de capacitación y actualización
    profesional, los cuales constituyen requisitos en los procesos de evaluación
    docente.

  • Recibir incentivos y honores, registrados en el escalafón
    magisterial, por su buen desempeño profesional y por sus aportes
    a la innovación educativa.

  • Integrar libremente sindicatos y asociaciones de naturaleza profesional;
    y

  • Los demás derechos y deberes establecidos por ley específica

ARTICULO 54

  • EL PROFESOR (Artículo 129° D.S. 001-12-ED Reglamento de la LGE).

El profesor es agente fundamental del proceso educativo y tiene como
misión contribuir eficazmente en la formación de los estudiantes
en todas las dimensiones del desarrollo humano. Debe contar con idoneidad profesional,
solvencia moral y salud emocional y mental para ejercer sus funciones sin poner
en riesgo la integridad de los estudiantes. En el ejercicio de sus funciones,
asegura el logro de los aprendizajes establecidos en el currículo, reconoce
las posibilidades de aprender de sus estudiantes, valora y respeta su diversidad,
promueve el desarrollo de su talento y brinda una educación de calidad
con un enfoque intercultural e inclusivo

ARTICULO 55

  • LA DOCENCIA Y LOS APRENDIZAJES FUNDAMENTALES (Numeral 1.2 de los lineamientos denominado Marco del Buen Desempeño Docente. R.M. 547-12-ED).

El Proyecto Educativo Nacional plantea la necesidad de contar con un Marco Curricular que delimite un conjunto de aprendizajes considerados fundamentales y que deben traducirse en resultados comunes para todo el país. Estos aprendizajes, señala, deben estar referidos tanto al hacer y conocer como al ser y el convivir, y han de ser consistentes con la necesidad de desempeñarnos eficaz, creativa y responsablemente como personas, habitantes de una región, ciudadanos y agentes productivos en diversos contextos socioculturales y en un mundo globalizado.

Esta clase de aprendizajes exigen, en esencia, el desarrollo de la capacidad de pensar, de producir ideas y de transformar realidades transfiriendo conocimientos a diversos contextos y circunstancias. Por lo mismo, representan una ruptura con el tipo de resultados que el sistema escolar ha estado habituado a producir tradicionalmente, desde una perspectiva de transmisión de información, de consumo acrítico de conocimientos congelados y de reproducción cultural.

La nueva política curricular, expresada en estas renovadas demandas
de aprendizaje, exige replantear la naturaleza de los procesos pedagógicos
en las escuelas y, a la vez, da contexto a la nueva función social y
a la tarea pedagógica de la profesión docente. El Marco Curricular
ha definido provisionalmente ocho aprendizajes fundamentales, abiertos al debate,
que se describen en el siguiente artículo.

ARTICULO 56

  • APRENDIZAJES FUNDAMENTALES DE LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION BASICA REGULAR

  • Acceden a la lengua escrita desde una perspectiva comunicativa e
    intercultural, demostrando competencias en la lectura, escritura y la expresión
    oral en castellano y en su lengua materna siempre que sea posible.

  • Hacen uso efectivo de saberes científicos y matemáticos
    para afrontar desafíos diversos, en contextos reales o plausibles
    y desde su propia perspectiva intercultural.

  • Utilizan, innovan, generan conocimiento y producen tecnología
    en diferentes contextos para enfrentar desafíos.

  • Actúan demostrando seguridad y cuidado de sí mismo,
    valorando su identidad personal, social y cultural, en distintos escenarios
    y circunstacias.

  • Desarrollan diversos lenguajes artísticos, demostrando capacidad
    de apreciación, creación y expresión en cada uno de
    ellos.

  • Se relacionan armónicamente con la naturaleza y promueven
    el manejo sostenible de los recursos.

  • Actúan con emprendimiento, haciendo uso de diversos conocimientos
    y manejo de tecnologías que le permiten insertarse al mundo productivo.

  • Actúan en la vida social con plena conciencia de derechos
    y deberes, y con responsabilidad activa por el bien común.

ARTICULO 57

  • MARCO DE BUEN DESEMPEÑO DOCENTE (Numeral 2 de los lineamientos
    denominado Marco de Buen Desempeño Docente. R.M. 547-12-ED).El Marco
    de Buen Desempeño Docente se basa en una visión de docencia
    para el país. En ese sentido, se ha construido una estructura que
    posibilite expresarla evitando reducir el concepto de Marco a una de lista
    de cotejo. A continuación presentamos esta visión de docencia
    y los elementos que componen el Marco. La estructura de éste se organiza
    en un orden jerárquico de tres categorías: cuatro (4) dominios
    que comprenden nueve (9) competencias que a su vez contienen cuarenta (40)
    desempeños. Estas competencias y desempeños se describen ampliamente
    en siguiente artículo

ARTICULO 58

  • DOMINIOS, COMPETENCIAS Y DESEMPEÑOS DEL MARCO DE BUEN DESEMPEÑO
    DOCENTE.

  • Dominio I: Preparación para el aprendizaje de los estudiantes.

Comprende la planificación del trabajo pedagógico a través de la elaboración del programa curricular, las unidades didácticas y las sesiones de aprendizaje en el marco de un enfoque intercultural e inclusivo. Refiere el conocimiento de las principales características sociales, culturales —materiales e inmateriales— y cognitivas de sus estudiantes, el dominio de los contenidos pedagógicos y disciplinares, así como la selección de materiales educativos, estrategias de enseñanza y evaluación del aprendizaje.

  • Competencia 1: Conoce y comprende las características de todos sus estudiantes y sus contextos, los contenidos disciplinares que enseña, los enfoques y procesos pedagógicos, con el propósito de promover capacidades de alto nivel y su formación integral.

  • Desempeño 1. Demuestra conocimiento y comprensión de las características individuales, socioculturales y evolutivas de sus estudiantes y de sus necesidades especiales.

  • Desempeño 2. Demuestra conocimientos actualizados y comprensión de los conceptos fundamentales de las disciplinas comprendidas en el área curricular que enseña.

  • Desempeño 3. Demuestra conocimiento actualizado y comprensión de las teorías y prácticas pedagógicas y de la didáctica de las áreas que enseña.

  • Competencia 2: Planifica la enseñanza de forma colegiada garantizando la coherencia entre los aprendizajes que quiere lograr en sus estudiantes, el proceso pedagógico, el uso de los recursos disponibles y la evaluación, en una programación curricular en permanente revisión.

  • Desempeño 4: Elabora la programación curricular analizando con sus compañeros el plan más pertinente a la realidad de su aula, articulando de manera coherente los aprendizajes que se promueven, las características de los estudiantes y las estrategias y medios seleccionados.

  • Desempeño 5: Selecciona los contenidos de la enseñanza, en función de los aprendizajes fundamentales que el marco curricular nacional, la escuela y la comunidad buscan desarrollar en los estudiantes

  • Desempeño 6: Diseña creativamente procesos pedagógicos capaces de despertar curiosidad, interés y compromiso en los estudiantes, para el logro de los aprendizajes previstos.

  • Desempeño 7: Contextualiza el diseño de la enseñanza sobre la base del reconocimiento de los intereses, nivel de desarrollo, estilos de aprendizaje e identidad cultural de sus estudiantes.

  • Desempeño 8: Crea, selecciona y organiza diversos recursos para los estudiantes como soporte para su aprendizaje.

  • Desempeño 9: Diseña la evaluación de manera sistemática, permanente, formativa y diferencial en concordancia con los aprendizajes esperados.

  • Desempeño 10: Diseña la secuencia y estructura de las sesiones de aprendizaje en coherencia con los logros esperados de aprendizaje y distribuye adecuadamente el tiempo.

  • Dominio II: Enseñanza para el aprendizaje de los estudiantes.

Comprende la conducción del proceso de enseñanza por medio de un enfoque que valore la inclusión y la diversidad en todas sus expresiones. Refiere la mediación pedagógica del docente en el desarrollo de un clima favorable al aprendizaje, el manejo de los contenidos, la motivación permanente de sus estudiantes, el desarrollo de diversas estrategias metodológicas y de evaluación, así como la utilización de recursos didácticos pertinentes y relevantes. Incluye el uso de diversos criterios e instrumentos que facilitan la identificación del logro y los desafíos en el proceso de aprendizaje, además de los aspectos de la enseñanza que es preciso mejorar.

  • Competencia 3: Crea un clima propicio para el aprendizaje, la convivencia democrática y la vivencia de la diversidad en todas sus expresiones, con miras a formar ciudadanos críticos e interculturales.

  • Desempeño 11: Construye de manera asertiva y empática, relaciones interpersonales con y entre los estudiantes, basadas en el afecto, la justicia, la confianza, el respeto mutuo y la colaboración.

  • Desempeño 12: Orienta su práctica a conseguir logros en todos sus estudiantes, y les comunica altas expectativas sobre sus posibilidades de aprendizaje.

  • Desempeño 13: Promueve un ambiente acogedor de la diversidad, en el que ésta se exprese y sea valorada como fortaleza y oportunidad para el logro de aprendizajes.

  • Desempeño 15: Resuelve conflictos en diálogo con los estudiantes sobre la base de criterios éticos, normas concertadas de convivencia, códigos culturales y mecanismos pacíficos.

  • Desempeño 16: Organiza el aula y otros espacios de forma segura, accesible y adecuada para el trabajo pedagógico y el aprendizaje, atendiendo a la diversidad.

  • Desempeño 17: Reflexiona permanentemente, con sus estudiantes, sobre experiencias vividas de discriminación y exclusión, y desarrolla actitudes y habilidades para enfrentarlas.

  • Competencia 4: Conduce el proceso de enseñanza con dominio de los contenidos disciplinares y el uso de estrategias y recursos pertinentes, para que todos los estudiantes aprendan de manera reflexiva y crítica lo que concierne a la solución de problemas relacionados con sus experiencias, intereses y contextos culturales.

  • Desempeño 18: Controla permanentemente la ejecución de su programación observando su nivel de impacto tanto en el interés de los estudiantes como en sus aprendizajes, introduciendo cambios oportunos con apertura y flexibilidad para adecuarse a situaciones imprevistas.

  • Desempeño 19: Propicia oportunidades para que los estudiantes utilicen los conocimientos en la solución de problemas reales con una actitud reflexiva y crítica.

  • Desempeño 20: Constata que todos los estudiantes comprenden los propósitos de la sesión de aprendizaje y las expectativas de desempeño y progreso.

  • Desempeño 21: Desarrolla, cuando corresponda, contenidos teóricos y disciplinares de manera actualizada, rigurosa y comprensible para todos los estudiantes.

  • Desempeño 22: Desarrolla estrategias pedagógicas y actividades de aprendizaje que promueven el pensamiento crítico y creativo en sus estudiantes y que los motiven a aprender.

  • Desempeño 23: Utiliza recursos y tecnologías diversas y accesibles, y el tiempo requerido en función del propósito de la sesión de aprendizaje.

  • Desempeño 24: Maneja diversas estrategias pedagógicas para atender de manera individualizada a los estudiantes con necesidades educativas especiales.

  • Competencia 5: Evalúa permanentemente el aprendizaje de acuerdo con los objetivos institucionales previstos, para tomar decisiones y retroalimentar a sus estudiantes y a la comunidad educativa, teniendo en cuenta las diferencias individuales y los contextos culturales

  • Desempeño 25: Utiliza diversos métodos y técnicas que permiten evaluar en forma diferenciada los aprendizajes esperados, de acuerdo con el estilo de aprendizaje de los estudiantes.

  • Desempeño 26: Elabora instrumentos válidos para evaluar el avance y logros en el aprendizaje individual y grupal de los estudiantes.

  • Desempeño 27: Sistematiza los resultados obtenidos en las evaluaciones para la toma de decisiones y la retroalimentación oportuna.

  • Desempeño 28: Evalúa los aprendizajes de todos los estudiantes en función de criterios previamente establecidos, superando prácticas de abuso de poder.

  • Desempeño 29: Comparte oportunamente los resultados de la evaluación con los estudiantes, sus familias y autoridades educativas y comunales, para generar compromisos sobre los logros de aprendizaje.

  • Dominio III: Participación en la gestión de la escuela articulada a la comunidad.Comprende la participación en la gestión de la escuela o la red de escuelas desde una perspectiva democrática para configurar la comunidad de aprendizaje. Refiere la comunicación efectiva con los diversos actores de la comunidad educativa, la participación en la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, así como la contribución al establecimiento de un clima institucional favorable. Incluye la valoración y respeto a la comunidad y sus características y la corresponsabilidad de las familias en los resultados de los aprendizajes.

  • Competencia 6: Participa activamente, con actitud democrática, crítica y colaborativa, en la gestión de la escuela, contribuyendo a la construcción y mejora continua del Proyecto Educativo Institucional y así éste pueda generar aprendizajes de calidad.

  • Desempeño 30: Interactúa con sus pares, colaborativamente y con iniciativa, para intercambiar experiencias, organizar el trabajo pedagógico, mejorar la enseñanza y construir de manera sostenible un clima democrático en la escuela.

  • Desempeño 31: Participa en la gestión del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y de los planes de mejora continua, involucrándose activamente en equipos de trabajo.

  • Desempeño 32: Desarrolla, individual y colectivamente, proyectos de investigación, innovación pedagógica y mejora de la calidad del servicio educativo de la escuela.

  • Competencia 7: Establece relaciones de respeto, colaboración y corresponsabilidad con las familias, la comunidad y otras instituciones del Estado y la sociedad civil; aprovecha sus saberes y recursos en los procesos educativos y da cuenta de los resultados

  • Desempeño 33: Fomenta respetuosamente el trabajo colaborativo con las familias en el aprendizaje de los estudiantes, reconociendo sus aportes.

  • Desempeño 34: Integra críticamente, en sus prácticas de enseñanza, los saberes culturales y los recursos de la comunidad y su entorno.

  • Desempeño 35: Comparte con las familias de sus estudiantes, autoridades locales y de la comunidad, los retos de su trabajo pedagógico, y da cuenta de sus avances y resultados.

  • Dominio IV: Desarrollo de la profesionalidad y la identidad docente.Comprende el proceso y las prácticas que caracterizan la formación y desarrollo de la comunidad profesional de docentes. Refiere la reflexión sistemática sobre su práctica pedagógica, la de sus colegas, el trabajo en grupos, la colaboración con sus pares y su participación en actividades de desarrollo profesional. Incluye la responsabilidad en los procesos y resultados del aprendizaje y el manejo de información sobre el diseño e implementación de las políticas educativas a nivel nacional y regional.

  • Competencia 8: Reflexiona sobre su práctica y experiencia institucional y desarrolla procesos de aprendizaje continuo de modo individual y colectivo, para construir y afirmar su identidad y responsabilidad profesional.

  • Desempeño 36: Reflexiona en comunidades de profesionales sobre su práctica pedagógica e institucional y el aprendizaje de todos sus estudiantes.

  • Desempeño 37: Participa en experiencias significativas de desarrollo profesional en concordancia con sus necesidades, las de los estudiantes y las de la escuela.

  • Desempeño 38: Participa en la generación de políticas educativas de nivel local, regional y nacional, expresando una opinión informada y actualizada sobre ellas, en el marco de su trabajo profesional.

  • Competencia 9: Ejerce su profesión desde una ética de respeto de los derechos fundamentales de las personas, demostrando honestidad, justicia, responsabilidad y compromiso con su función social.

  • Desempeño 39: Actúa de acuerdo con los principios
    de la ética profesional docente y resuelve dilemas prácticos
    y normativos de la vida escolar con base en ellos.

  • Desempeño 40: Actúa y toma decisiones respetando
    los derechos humanos y el principio del bien superior del niño y
    el adolescente

ARTICULO 59

  • FUNCIONES DEL JEFE DE LABORATORIO (R.D.D. HUANUCO N° 00643-90)

  • FUNCIONES GENERALES

  • Tiene la responsabilidad de organizar, orientar, supervisar y evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje en el laboratorio.

  • Es de responsabilidad del Jefe de Laboratorio la administración, mantenimiento y conservación de los equipos e insumos de los laboratorios de Ciencia Tecnología y Ambiente de la Institución Educativa, en tal sentido deberá mantener su registro permanente de altas y bajas de los materiales, a fin de agilizar la actualización de los inventarios que deberá hacerse una vez al año.

  • FUNCIONES ESPECIFICAS

  • Programa el uso de los laboratorios racionalizando adecuadamente
    los ambientes, equipos y reactivos a través de un cronograma de ingreso
    al laboratorio.

  • Informa a los docentes del área de Ciencia Tecnología
    y Ambiente la relación de equipos y materiales existentes.

  • Coordina con el asesor respectivo y con los profesores de CTA para
    la programación y ejecución de las actividades de laboratorio.
    Las prácticas se realizan en bloques de dos horas.

  • Controla en el parte de prácticas diarias de laboratorio la
    entrada y salida de los materiales, así como registra su deterioro
    e inutilización. Anota asimismo la realización de las prácticas
    desarrolladas con los alumnos de los diferentes grados y secciones.

  • Experimentan algunas modalidades de trabajo en el área de
    Ciencia Tecnología y Ambiente.

  • Coordina con la Dirección y el Consejo Directivo de la APAFA
    la adquisición de material renovable, la refacción de los
    equipos deteriorados y la adquisición de nuevos equipos de acuerdo
    a las necesidades.

  • Participa en la organización y ejecución de las actividades
    curriculares de Ciencia Tecnología y Ambiente, Feria de Ciencias,
    exposición de material didáctico, club de ciencias, periódico
    mural y otros.

  • Toma conocimiento de los informes del Auxiliar de Laboratorio, del
    movimiento de los materiales fungibles y de los deterioros de los materiales
    y equipos y da de baja el material que no sirve.

  • Organiza e implementa el botiquín de primeros auxilios en
    el ambiente del laboratorio.

  • Elabora y difunde normas y afiches de seguridad en el trabajo de
    laboratorio.

ARTICULO 60

  • FUNCIONES DE LOS DOCENTES DEL NIVEL DE EDUCACION PRIMARIA Y SECUNDARIA

  • FUNCIONES GENERALES

Las Funciones Generales de los Docentes de Educación Primaria y Secundaria son las siguientes:

  • Las enumeradas en los incisos a), b), c), e), f), g), h), i), j), k), l) del artículo 68° de la LGE N° 28044. (Transcrito en el artículo N° 31° del presente reglamento).

  • Las establecidas en los incisos a), b), e) y g) del artículo 136° del D.S. N° 11-12-ED Reglamento de la LGE N° 28044. (Transcrito en el artículo N° 32° del presente reglamento).

  • Las enumeradas en los incisos c), d) y e) del artículo 55° de la LGE N° 28044. (Transcrito en el artículo N° 42° del presente reglamento).

  • FUNCIONES ESPECIFICAS

  • Organizar y ambientar su aula preparando material educativo con la
    colaboración directa de los educandos y PPFF.

  • Mantener actualizado la documentación pedagógica y
    administrativa de su responsabilidad.

  • Elaborar los documentos de inicio y fin de año escolar (PCI,
    Programación Anual, Unidades Didácticas, Sesión de
    Aprendizaje, Registro Auxiliar y Oficial, Plan de TOE y otros)

  • Diagnosticar necesidades del alumno, proporcionar información,
    motivar al alumnado, facilitar la comprensión de los contenidos básicos,
    fomentar el autoaprendizaje y promover la práctica de valores y actitudes

  • Integrar las comisiones de trabajo y colaborar con la Dirección
    del plantel.

  • Atender a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo
    que permanezca en el plantel, incluyendo las horas de receso, higiene y
    alimentación.

  • Detectar problemas que afectan el desarrollo del educando y su aprendizaje,
    tratando o derivando a TOE las que requieren atención especializada.

  • Realizar acciones de recuperación pedagógica de sus
    alumnos.

  • Velar por el buen estado de conservación del Plantel.

  • Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres
    de familia sobre el rendimiento académico y comportamiento de los
    alumnos.

  • Llevar debidamente el control de asistencia de los alumnos de su
    sección o tutoría.

  • Los docentes asistirán correctamente uniformados a la institución.

  • Asistir obligatoriamente con el uniforme de gala a la ceremonia de
    inicio y clausura del año escolar, día del maestro, aniversario
    del plantel y desfiles por el aniversario patrio y aniversario de Huánuco.

  • Celebrar las fechas del Calendario Cívico Escolar en el aula
    de clases.

  • Fomentar y mantener la unidad en el plantel poniendo en práctica
    los valores de compañerismo, camaradería y solidaridad.

  • No abandonar el plantel durante las horas de trabajo salvo en casos
    de fuerza mayor, previo permiso de la Dirección de Primaria o Secundaria.

  • Los docentes que soliciten permiso o licencia deberán dejar
    en la Dirección del Nivel Educativo al que pertenecen; su Unidad
    Didáctica, Sesión de Aprendizaje, Registro Auxiliar y llaves
    del aula.

  • Considerar en el Cargo Personal e inventario, los bienes adquiridos
    para la ambientación del aula.

  • Ofrecer tutoría a los estudiantes.

  • Los docentes tienen la obligación de detectar, atender y denunciar
    ante el Consejo Educativo Institucional (CONEI) los hechos de violencia,
    intimidación, hostigamiento, discriminación. Difamación
    y cualquier otra manifestación que constituya acoso entre los estudiantes,
    incluyendo aquellos que se cometan por medios telefónicos, electrónicos
    o informáticos y sobre los que hayan sido testigos o hayan sido informados.
    Para tales casos, dicho consejo se reúne dentro de los dos días
    siguientes para investigar la denuncia recibida y la resuelve en un plazo
    máximo de siete días.

  • Cuando se trate de casos de poca gravedad, los docentes deben sancionar
    directamente a los estudiantes agresores, sin perjuicio de su obligación
    de informar sobre dicho incidente al CONEI, para los efectos de su inscripción
    en el libro de registro de incidencias sobre violencia y acoso entre estudiantes
    (Artículo 6° de la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia
    sin violencia en las Instituciones Educativas.

  • Registrar su horario de ingreso y salida en el libro de asistencia.

  • Asistir puntualmente a las clases, reuniones y diversas actividades
    propias de su actividad docente.

  • Todos los docentes deberán permanecer en las reuniones citadas
    por la Dirección General o de Nivel, hasta la finalización
    de la misma. Su retiro injustificado será considerado como inasistencia.

  • Asistir y participar en los programas de capacitación que
    programe la Institución, UGEL, DRE, el MED u otra organización.

  • Participar en la Gestión de la Institución Educativa
    integrando los diversos comités y órganos de gobierno.

ARTICULO 61

  • FUNCIONES DEL RESPONSABLE DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR (R.D.TOE N° 343-2010-ED)

  • FUNCIONES GENERALES

  • Planifica, organiza y vela por el desarrollo de las acciones relacionadas a la convivencia escolar.

  • FUNCIONES ESPECIFICAS

  • Difundir las normas de convivencia y disciplina establecidas en la
    IE y promover su cumplimiento.

  • Promover porque las medias disciplinarias no vulneren los derechos
    de los estudiantes.

  • Promover el reconocimiento de las acciones positivas de los estudiantes
    en los registros escritos de comportamiento (anecdotario y agendas escolares).

  • Promover medios alternativos para la solución de conflicto,
    como la negociación, mediación y consenso.

  • Recepcionar y canalizar las iniciativas de la comunidad educativa
    dirigidas a mejorar la disciplina escolar.

ARTICULO 62

  • FUNCIONES DE LOS TUTORES (R.D.TOE N° 343-2010-ED)

En el nivel de educación primaria el profesor de aula cumple la función de Tutor. En el nivel de educación secundaria el Tutor es que tiene a su cargo el acompañamiento de Tutoría en el Cuadro de Horas.

  • CON LOS ESTUDIANTES

  • Acompañar el proceso de desarrollo de los estudiantes, a fin de contribuir a su formación integral.

  • Elaborar e Implementar el Plan Tutorial del Aula, el cual será flexible y responderá al diagnóstico de necesidades e intereses de los estudiantes, Asimismo, deberá diseñar, desarrollar y evaluar las sesiones de tutoría.

  • Facilitar la integración de los estudiantes en su grupo-clase y en el conjunto de la dinámica escolar.

  • Promover la realización periódica de Asambleas Escolares de Aula.

  • Informar oportunamente al Director de toda situación, hecho o acontecimiento que vulnere los derechos de los estudiantes, para que se tomen las medidas pertinentes.

  • Registrar en la ficha acumulativa personal del estudiante, los aspectos más relevantes de su proceso formativo, teniendo en cuenta que su uso se limita al ámbito escolar y debe emplearse con reserva y respeto po9r el estudiante.

  • Coordinar con el Director y los padres de familia el apoyo a los estudiantes que requieran atención especializada, para su derivación oportuna a las instituciones o servicios pertinentes.

  • CON LOS PADRES DE FAMILIA

  • Promover y organizar la realización de al menos cuatro reuniones durante el año con los padres de familia de su sección, para tratar temas relacionados con la orientación de los estudiantes.

  • Desarrollar entrevistas con los padres de familia de los estudiantes que lo soliciten o necesiten.

  • Coordinar con el Comité de TOE la realización de actividades de Escuela de Padres.

  • CON LOS DOCENTES Y AUXILIARES DE EDUCACION

  • Establecer comunicación permanente que permita orientar el
    desarrollo de los estudiantes.

  • Coordinar y promover acciones que involucren en el desarrollo de
    la Tutoría y Orientación Educativa.

  • Apoyar la disciplina y convivencia escolar en el marco del respeto
    a la integridad física, psicológica y moral de los estudiantes,
    erradicando todo tipo de maltrato o castigo como método correctivo.

ARTICULO 63

  • FUNCIONES DEL PROFESOR DE BANDA

Asume estas funciones, el profesor del área de Arte, especialidad de Música del nivel de educación secundaria de la Institución.

  • FUNCIONES GENERALES

  • Planifica, Organiza y Dirige la Banda de Músicos del plantel

  • FUNCIONES ESPECIFICAS

  • Realiza el inventario físico valorado de los bienes y enseres,
    e instrumentos del Taller de Música quedando a su entera responsabilidad
    en caso de pérdida o deterioro.

  • Coordina con la Dirección Administrativa y la APAFA la reparación
    y adquisición de los instrumentos musicales.

  • Participa obligatoriamente en todos los actos cívicos organizados
    por los organismos superiores y la institución educativa.

  • Dirige los ensayos pertinentes con los alumnos conformantes de la
    banda de músicos del plantel.

  • Cuando no exista la plaza de profesor de banda, asume estas funciones
    el Profesor por horas (24) del Área de Arte del Nivel de Educación
    Secundaria.

ARTICULO 64

  • FUNCIONES DEL DOCENTE DEL AULA DE INNOVACION PEDAGOGICA

  • FUNCIONES GENERALES

  • Tiene a su cargo la documentación, administración y control del uso de los recursos del aula en Coordinación directa con el Director del Nivel (Primaria o Secundaria) de la Institución Educativa. El docente del Aula de Innovación Pedagógica es designado a propuesta del Director del Nivel.

  • Facilita el uso del aula de innovación educativa para la integración de las TIC al currículo por los docentes.

  • FUNCIONES ESPECIFICAS (Directiva 090-2007-DIGETE)

  • Difundir, promover y aplicar los planteamientos pedagógicos
    de la Dirección General de Tecnologías Educativas en su Institución
    Educativa.

  • Organizar y planificar las actividades educativas del AIP; promover
    la implementación de bibliotecas digitales y virtuales para la IE,
    propiciar el desarrollo de materiales educativos por docentes y estudiantes;
    y fortalecer el trabajo colaborativo en la Institución Educativa
    y con sus pares de otras instituciones.

  • Promover la participación de docentes y estudiantes en las
    comunidades virtuales del Portal Educativo del Perú.

  • Incentivar el uso del AIP por los docentes de todos los niveles y
    modalidades. El aprovechamiento de las TIC es transversal a todas las áreas
    curriculares.

  • Velar por la provisión y mantenimiento de los recursos educativos,
    equipamiento e infraestructura del AIP.

  • Coordinar con los/las docentes bibliotecarios la elaboración
    del catálogo de recursos educativos de la institución, utilizando
    las TIC.

  • Mantener actualizado el registro de asistencia al aula de innovación.

  • Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del AIP
    (Plan Anual de Trabajo, reglamento, catálogo de recursos, horarios,
    registros de asistencia entre otros).

  • Asegurar que el software instalado cuente con la licencia respectiva.

  • Asesorar a los docentes en el desarrollo de las actividades educativas
    con TIC.

  • Organizar actividades de capacitación para el aprovechamiento
    pedagógico de las TIC.

  • Programa el uso del Aula de Innovación Pedagógica (AIP)
    racionalizando adecuadamente los equipos a través de un cronograma
    de atención.

  • Coordina con la Dirección y el Consejo Directivo de la APAFA
    el programa de mantenimiento de los equipos del AIP.

  • Facilita y coordina con los docentes el empleo de las computadoras
    portátiles XO.

  • Promueve y coordina con los docentes el aprovechamiento de los medios
    audiovisuales.

  • En Coordinación con la Dirección y el Consejo Directivo
    de la APAFA proporciona la máxima seguridad posible al aula de innovación
    pedagógica, reforzando los accesos al mismo, con la finalidad de
    evitar la sustracción de los equipos.

  • Elabora y difunde normas y afiches de seguridad en el AIP.

  • Organiza en implementa el botiquín de primeros auxilios en
    el AIP.

ARTICULO 65

  • FUNCIONES DEL "DOCENTE DE AULA O DE AREA" QUE EMPLEAN LAS TIC EN LAS SESIONES DE APRENDIZAJE

  • FUNCIONES ESPECIFICAS

  • El docente de aula o área insertará las TIC en su programación
    curricular (Programación Anual, Unidades Didácticas y Sesiones
    de Aprendizaje)

  • El docente de aula o área coordinará con el DAIP anticipadamente
    sobre el software a utilizar, la cantidad de PC u otro material requerido
    para el desarrollo de su sesión de aprendizaje. Las direcciones URL
    a visitar deben ser precisas, esto implica que el docente debe haber revisado
    con anticipación los contenidos con la finalidad de usar óptimamente
    el tiempo. El acceso a internet no debe ser producto de la improvisación.

  • Desarrollar su sesión con el apoyo del DAIP, en cumplimiento
    de sus funciones. Su ausencia durante la aplicación de las TIC en
    el AIP se considera inasistencia.

  • La hora de acceso al AIP, no es para desarrollar cursos de cómputo
    propiamente dicho (office, diseño gráfico, u otros), sino
    que deben desarrollarse actividades académicas de acuerdo a la programación
    curricular de cada docente con integración de las TIC para desarrollar
    capacidades de las áreas de aprendizaje.

  • Hacer uso del Portal Perú Educa para interactuar con sus alumnos
    en función a los contenidos y servicios que se ofrecen.

ARTICULO 66

  • FUNCIONES DEL ASESOR DE SECCION

  • FUNCIONES ESPECIFICAS

  • En el nivel de educación primaria el asesor de sección
    es el profesor de aula. En el nivel de educación secundaria es designado
    por la Dirección del nivel entre los profesores que no tienen a su
    cargo el acompañamiento de tutoría.

  • Conforma el comité de aula de padres de familia y de alumnos
    de la sección a su cargo y los asesora.

  • Asesora y organiza a los alumnos de su sección para participar
    en las diferentes actividades programadas por la institución (festival
    de danzas, festival de la voz, Festival de Identidad, día de la madre,
    aniversario del plantel, campeonato deportivo, Recibimiento del Señor
    de Burgos y otros).

  • Elabora el Plan Anual de Trabajo del aula.

  • Asesora y organiza a los alumnos de su sección para participar
    en visitas y viajes de estudio, elaborando el respectivo plan.

  • Otros afines a la labor que desempeña.

ARTICULO 67

  • FUNCIONES DEL AUXILIAR DE EDUCACION (R.M. N° 352-89-ED)

  • FUNCIONES GENERALES

  • Realiza actividades de control y apoyo en la Institución Educativa.

  • Contribuir en el desarrollo de acciones y actividades tendientes a la formación del educando.

  • FUNCIONES ESPECIFICAS

  • El Auxiliar de Educación ingresará obligatoriamente al colegio 15 minutos antes de la hora normal de ingreso al plantel. Su salida será obligatoriamente, bajo responsabilidad, por lo menos, 15 minutos después dela hora oficial de la salida de los alumnos.

  • Atender, en primera instancia a los padres de familia, sobre asuntos relacionados con la conducta, disciplina y asistencia de los estudiantes

  • Apoyar en la matrícula escolar y en la elaboración de nóminas de matrícula.

  • Llevar al día:

  • El cuaderno de apuntes de incidencias del alumnado a su cargo.

  • Las fichas de aconsejamiento y seguimiento de los alumnos con problemas de conducta.

  • Fomentar el hábito de disciplina, buenas costumbres, puntualidad,
    higiene y estudio entre los educandos así como el correcto y adecuado
    uso del uniforme escolar.

  • Controlar e informar a su superior jerárquico y/o a la coordinación
    de TOE, respecto al ausentismo, comportamiento y rendimiento de los alumnos
    y preparar una relación de los casos problemas para tratamiento del
    Comité de TOE y CONEI.

  • Evaluar la conducta de los alumnos mediante el control de asistencia,
    puntualidad, orden, disciplina y aseo.

  • Realizar actividades educativas en el aula en horas libres o por
    ausencia del profesor.

  • Mantener actualizado por grados y /o secciones a su cargo el Registro
    de Asistencia de los educandos, sus justificaciones y control entre otros.

  • Llevar y / o transportar a los alumnos que requieran atención
    médica, en situaciones de enfermedad o cuando se suscita accidentes
    en el plantel o fuera de él.

  • Velar por el mantenimiento y provisión del botiquín
    del aula y del plantel procurando que tenga la medicina y los implementos
    necesarios e imprescindibles.

  • Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6
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