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Elaboracion del reglamento interno de una institucion educativa (página 5)



Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6

  • El docente tutor debe elaborar su Plan de Acción Tutorial Anual de Aula en concordancia con el Plan Anual de TOE, el PEI y el PCI, antes del inicio del año escolar.

  • LA HORA DE TUTORIA (Numeral 7.2 R.D. N° 0343-10-ED)

  • Es un espacio de encuentro entre el tutor y los estudiantes y los estudiantes entre sí para desarrollar asuntos relacionados con sus necesidades e intereses.

  • Es un momento para tratar asuntos relacionados con las necesidades e intereses de los estudiantes dentro del marco de las áreas de Tutoría.

  • Es una hora exclusiva para la orientación, no debe ocuparse con actividades de las áreas curriculares ni otras actividades.

  • En el marco de la Tutoría los estudiantes no están sujetos a calificación.

  • Las horas de libre disponibilidad pueden ser utilizadas para incrementar la hora de tutoría en el plan de estudios de la IE, sustentado en el diagnóstico y las necesidades de los estudiantes.

  • DE LOS PROGRAMA DE TOE (Numeral 7.3 R.D. N° 0343-10-ED)

  • COMITÉ DE TUTORIA (Numeral 6.4 R.D. N° 0343-10-ED

Se conforma mediante Resolución Directoral, asegurando la incorporación de la TOE en el PEI, PCI y el PAT. El comité lo conforman:

  • El Director quien lo preside

  • Los Directores de Nivel Primario y Secundario

  • El Coordinador de Tutoría

  • Los Sub Coordinadores, por cada nivel y turno (cuatro en total)

  • El responsable de Convivencia y Disciplina Escolar

  • El Psicólogo y/o promotor de tutoría y orientación educativa si lo hubiera

  • Los Auxiliares de Educación

  • Alcalde del Municipio Escolar

  • RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE TOE (Numeral 6.4 R.D. N° 0343-10-ED)

  • Asegurar que las actividades y acciones de TOE respondan a las necesidades e intereses de los estudiantes.

  • Elaborar un plan de trabajo que permita organizar y programar las acciones de TOE en la institución educativa.

  • Orientar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades de TOE programadas en el plan de trabajo.

  • Promover la incorporación de las acciones de TOE en el PEI, PCI y el PAT.

  • Organizar acciones de capacitación, dirigidas a estudiantes, docentes auxiliares y padres de familia (Escuela de Padres).

  • Verificar la elaboración y el desarrollo de los planes tutoriales y las sesiones de tutoría.

  • Realizar reuniones periódicas entre tutores para el intercambio de sus experiencias y el apoyo mutuo.

  • Realizar reuniones periódicas entre tutores y padres de familia de sus respectivas secciones (al menos, cuatro reuniones durante el año), para tratar temas relacionados con la orientación de los estudiantes, asimismo impulsar las Escuelas de Padres de acuerdo a las necesidades de los estudiantes.

  • Implementar la Convivencia Escolar Democrática en la institución educativa.

  • Promover el establecimiento de alianzas con otras instituciones, tomando en cuenta que su labor debe adecuarse a la normatividad vigente y a los lineamientos de la DITOE.

  • Realizar las réplicas de las capacitaciones recibidas en TOE.

CAPITULO XXXIV

DE LA INVESTIGACION E INNOVACION EDUCATIVA

  • INVESTIGACION E INNOVACION EDUCATIVA (Artículo 43° reglamento LGE D.S. N° 011-12-ED)

Las instancias de gestión educativa descentralizada con participación de los docentes, las universidades, institutos y otras instituciones promueven proyectos de investigación que incluyen propuestas de mejora en el sistema educativo. Estos proyectos se orientan al enriquecimiento de la calidad de los procesos pedagógicos y de gestión educativa. Pueden comprender, entre otros, temas vinculados a:

  • El conocimiento de estudiantes en sus diferencias individuales y sus contextos de vida.

  • El aporte a la innovación de la práctica docente.

  • La experimentación y validación de estrategias educativas pertinentes a las necesidades y diversidad de los estudiantes, así como al desarrollo personal y profesional del profesor.

  • El diseño y ejecución de sistemas de formación continua de los docentes.

  • La experimentación y validación del currículo nacional y su diversificación.

  • La implementación y mejora del servicio de tutoría y orientación educativa.

  • La evaluación de los aprendizajes.

  • La pertinencia sociocultural de las propuestas pedagógicas para comunidades con lenguas originarias.

  • La inclusión educativa de estudiantes con discapacidad.

  • Los Proyectos de Innovación educativa promovidos y ejecutados en la Institución serán elevados a la UGEL para el reconocimiento mediante resolución.

CAPITULO XXXV

DEL CENTRO DE RECURSOS EDUCATIVOS

  • CENTRO DE RECURSOS EDUCATIVOS (Artículo 36° Reglamento LGE D.S. N° 011-12-ED)

El Centro de Recursos Educativos es una estrategia de soporte y organización territorial, que brinda soporte pedagógico, físico, técnico y logístico a las instituciones y programas educativos públicos y a las redes educativas institucionales. Cuenta con material educativo, herramientas pedagógicas y equipo de diverso tipo para apoyar el servicio educativo y la organización de acciones de capacitación docente, de asesoría pedagógica, administrativa e institucional, ferias, encuentros, concursos e intercambios en beneficio de la comunidad local.

El Ministerio de Educación, los Gobiernos Regionales y Locales promueven la creación de Centros de Recursos Educativos para mejorar la calidad de los servicios educativos.

  • DEFINICION DEL CENTRO DE RECURSOS EDUCATIVOS (CRE) (Guía para el uso de Recursos Educativos 1ra Edición 2006)

El Centro de Recursos Educativos (CRE) es el espacio pedagógico desde donde se promociona la lectura escolar y el desarrollo de las capacidades informativas de los estudiantes y docentes, mediante el uso de todo tipo de materiales impresos y no impresos.

  • AMBITO DEL CENTRO DE RECURSOS EDUCATIVOS (Guía para el uso de Recursos Educativos 1ra Edición 2006)

El ámbito de acción del CRE es toda la Institución Educativa, primero, porque tiene como usuarios a la totalidad de estudiantes y docentes, y segundo, porque gestiona el uso de calidad y la conservación de los recursos educativos existentes en los diferentes espacios de las II.EE.: biblioteca, laboratorios, aulas de innovación pedagógica y tecnológica; y todo aquello que pueda servir a los propósitos pedagógicos señalados.

  • SISTEMA DEL BANCO DEL LIBRO (Guía para el uso de Recursos Educativos 1ra Edición 2006)

El Ministerio de Educación gestiona el uso y conservación de los textos de grado para estudiantes mediante el Sistema del Banco del Libro de Educación Secundaria (SBL-ES), que es un conjunto articulado de formas organizacionales, recursos, procedimientos y mecanismos desarrollados en todos los niveles del Sistema, para facilitar el préstamo, uso intensivo y devolución de los textos de grado entregados a cada estudiante. En el nivel de Educación Secundaria, el préstamo tiene como contraparte a los propios estudiantes, púberes y adolescentes, quienes suscriben, de este modo, su primer compromiso con la institución.

El Sistema del Banco del libro de Educación Secundaria está orientado a generar una cultura de responsabilidad y compromiso recíproco en la comunidad educativa. En consecuencia, es tarea de la Institución Educativa convertir este proceso en una oportunidad de aprendizaje y ejercicio de los valores de solidaridad y responsabilidad de los estudiantes, docentes y padres de familia.

  • EL BANCO DEL LIBRO (Guía para el uso de Recursos Educativos 1ra Edición 2006)

El Banco del Libro de la Institución Educativa es la unidad Básica del Sistema del Banco del Libro. Se encarga de gestionar el préstamo, uso y conservación de los textos de grado para los estudiantes. El Banco de Libro de la II.EE. está articulado al CRE.

  • EL COMITÉ DEL BANCO DEL LIBRO (Guía para el uso de Recursos Educativos 1ra Edición 2006)

En cada Institución Educativa se instalará el Comité del Banco del Libro, presidido por el Director e integrado por el responsable del Centro de Recursos Educativos (Biblioteca) y representantes de los estudiantes, docentes y padres de familia.

El Comité del Banco del Libro puede ser el mismo que gestione el Centro de Recursos Educativos.

  • GESTION DEL BANCO DEL LIBRO (Guía para el uso de Recursos Educativos 1ra Edición 2006)

Los cuatro pasos de la gestión del Banco del Libro son:

  • Acciones previas a la entrega de los textos.

  • Acto de entrega de los textos de grado a los estudiantes.

  • Seguimiento y atención a las contingencias durante el periodo escolar.

  • Devolución y conservación de los textos al final del periodo escolar.

  • PRODUCCION DE RECURSOS EDUCATIVOS EN LA INSTITUCION EDUCATIVA

La Institución Educativa debe desarrollar una cultura de diseño y producción de recursos educativos. La Comunidad Educativa debe esforzarse en generar sus propios recursos educativos, a partir de los materiales que existen en su propia zona y/o reciclados

  • DEFINICION DE RECURSOS EDUCATIVOS (Guía para el uso de Recursos Educativos 1ra Edición 2006)

Los recursos educativos son todos aquellos elementos utilizados durante el proceso de enseñanza-aprendizaje y sirven de apoyo para generar los logros educativos propuestos.

Los recursos educativos constituyen también un conjunto de medios y materiales, "cuya finalidad es servir de ayuda pedagógica al profesorado en sus en sus tareas docentes en las clases y al alumnado en sus tareas de aprendizaje (Lomas, 2002).

Son el conjunto de materiales impresos (libros, textos, manuales, fichas, fascículos, guías) y no impresos (material concreto, instrumentos, etc.) que favorecen el aprendizaje de nociones de diversas disciplinas, fortaleciendo el desarrollo de las capacidades y actitudes.

  • TIPOS DE RECURSOS EDUCATIVOS (Guía para el uso de Recursos Educativos 1ra Edición 2006)

  • Material impreso: constituido por libros, guías, todo tipo de información escrita o gráfica complementaria.

  • Material grabado: constituido por todo material visual o audiovisual; puede complementarse con material escrito, exposiciones, demostraciones, etc., todo tipo de representaciones gráficas, pictóricas y animadas.

  • Material electrónico: aquel que se sirve de los medios informáticos; programas de procesamiento de textos o de diseño gráfico, diferentes programas multimedia.

  • Material no impreso: mapas, murales, modelos, maquetas, etc. Que brindan la posibilidad de observar, manipular, consultar, investigar, analizar y visualizar los principios, aprendiendo a través del juego y el trabajo.

  • LOS RECURSOS EDUCATIVOS EN LA CALIDAD DE LOS APRENDIZAJES DE LOS ESTUDIANTES (Guía para el uso de Recursos Educativos 1ra Edición 2006)

  • Despiertan el interés por el aprendizaje

  • Activan los procesos cognitivos, afectivos y sociales

  • Contribuyen a la fijación de los aprendizajes

  • Estimulan la imaginación y la capacidad de abstracción

  • Permiten economizar tiempo

  • Estimulan la participación activa y el trabajo en equipo

  • Desarrollan la curiosidad y el emprendimiento

  • FUNCION DE LOS RECURSOS EDUCATIVOS (Guía para el uso de Recursos Educativos 1ra Edición 2006)

  • Motivación: Despiertan el interés por el aprendizaje, haciéndolo más dinámico y accesible.

  • Fijación: El aprendizaje se hace más duradero, gracias a la observación directa o indirecta de la representación física del objeto de aprendizaje o la manipulación del mismo.

  • Refuerzo: Aclara aquellos aspectos que no han sido comprendidos y proporciona información adicional a la que ´pueden transmitir las palabras solas.

  • Socialización: Desarrolla habilidades sociales al despertar actitudes de colaboración, solidaridad, responsabilidad compartida, etc.

  • COMPOSICION DEL SISTEMA DE RECURSOS EDUCATIVOS (Guía para el uso de Recursos Educativos 1ra Edición 2006)

Comprende: Los Recursos Educativos de Difusión Curricular y los Recursos Educativos Paratextuales.

  • Recursos Educativos de Difusión Curricular

Son los recursos educativos que tienen por finalidad concretizar y viabilizar el enfoque curricular. Están dirigidos a los docentes y han sido diseñados, producidos y distribuidos por el Ministerio de Educación a todas las II.EE. de gestión pública de todo el país.

Estos recursos son:

  • El Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular.

  • Guías Metodológicas para Docentes.

  • Orientaciones para el Trabajo Pedagógico (OTPs)

  • Recursos Educativos Paratextuales

Son el conjunto de materiales educativos que tienen por finalidad complementar los aprendizajes logrados por los estudiantes mediante los textos de grado. Está integrado por:

  • El Manual del Docente

  • El Módulo de Biblioteca

  • El Módulo de Material Manipulativo.

  • Los videos de actualización docente.

CAPITULO XXXVI

DE LA EDUCACION AMBIENTAL Y LA GESTION DE RIESGO

  • EDUCACION AMBIENTAL Y LA GESTION DE RIESGO (Artículo 41° Reglamento LGE D.S. N° 011-12-ED)

La educación ambiental constituye un tema transversal que se realiza a través de la aplicación del enfoque ambiental en todos los niveles y modalidades educativas.

La institución educativa constituye y actualiza el Comité ambiental, elabora el Plan de Gestión de Riesgo y realiza las acciones pedagógicas correspondientes, con el fin de fortalecer las acciones de prevención, atención y vigilancia frente a los riesgos de desastres de origen natural y antrópico. Es obligación de las instituciones educativas dar cumplimiento al calendario anual de simulacros de sismo dado por el Instituto Nacional de Defensa Civil o la instancia equivalente.

  • OBJETIVO GENERAL (Numeral 2.1 RVM N° 0006-2012-ED Enfoque Ambiental)

Formación de una nueva ética y cultura de conservación y valoración del ambiente y de prevención frente a los riesgos de desastres, en el marco de una educación para el desarrollo sostenible

  • OBJETIVOS ESPECIFICOS (Numeral 2.2 RVM N° 0006-2012-ED Enfoque Ambiental)

  • Asegurar que la educación ambiental sea componente transversal de los procesos educativos y la institucionalidad educativa, orientada al logro de competencias en los estudiantes para el ejercicio de una ciudadanía ambiental responsable

  • Contribuir a la reforma de la institución educativa desarrollando un modelo de escuela segura, saludable y sostenible.

  • Garantizar la implementación de la política nacional de educación ambiental para el desarrollo sostenible en el sistema educativo peruano.

  • LINEAMIENTOS DE POLITICA NACIONAL DE EDUCACION AMBIENTAL PARA LA EDUCACION BASICA (Numeral 5.1.4, inciso a) RVM N° 0006-2012-ED Enfoque Ambiental)

  • Aplicar el enfoque ambiental en la Educación Básica a través de la:

  • Gestión Institucional,

  • Gestión Pedagógica,

  • Educación en Ecoeficiencia,

  • Educación en Salud y

  • Educación en Gestión de Riesgo,

que contribuyan al logro de aprendizajes orientados a generar una nueva ética y cultura de conservación y valoración del ambiente y de prevención frente a los riesgos de desastres.

  • Implementar la transversalidad de la educación ambiental, articulada y contextualizada con los proyectos educativos y de desarrollo local, regional y nacional.

  • Incorporar el enfoque ambiental en todos los instrumentos de gestión educativa como: Proyecto Educativo Institucional (PEI), El proyecto Curricular Institucional (PCI), el Plan Anual de Trabajo (PAT) y el reglamento Interno (RI).

  • Implementar Proyectos Educativos Ambientales integrados aprovechando los avances científicos, tecnológicos, fomentando la inventiva e innovación, así como el rescate de saberes ancestrales y culturales del país.

  • Constituir el Comité Ambiental y las comisiones de Gestión de Riesgo, Ecoeficiencia y Salud, como forma básica de organización de las instituciones para el cumplimiento de los fines de la educación ambiental. En el caso de las instituciones educativas multigrado o unidocentes de zonas rurales y bilingües, los comités ambientales se formarán involucrando a actores locales de su entorno inmediato.

  • Fortalecer las capacidades en educación ambiental y gestión de riesgos de docentes

  • ORGANIZACIÓN DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

Organizar en la IE: el Comité Ambiental Escolar (CAE), las Brigadas Escolares de Ambiente, Salud y Riesgo; Fiscalía Ambiental y club ecológico.

  • ESTRATEGIA DEL MINAM PARA LAS IE

Se incorporará la ecoeficiencia en la gestión educativa, con énfasis en el desarrollo de tecnologías innovadoras y "amigables con el ambiente" para abordar principalmente los temas de gestión del agua, gestión de los residuos sólidos, mejoramiento de la calidad ambiental del aire y suelo, uso ecoeficiente de la energía, gestión y valoración de la biodiversidad, fomento de patrones de producción y consumo responsable, y del uso adecuado del espacio físico u ordenamiento territorial.

  • ESCUELA ECOEFICIENTE

Según propuesta hecha por el Ministerio del Ambiente, una institución educativa ecoeficiente se concibe como una "organización donde toda la comunidad educativa trabaja para controlar de modo ecoeficiente los impactos ambientales significativos de su servicio, aporta de modo innovador y participativo a la mejora ambiental de su entorno local, y esencialmente, desarrolla en sus estudiantes competencias para vivir de modo sostenible".

  • EL ENFOQUE AMBIENTAL

El enfoque ambiental se expresa en los diseños curriculares y en la gestión de la institución educativa se orienta al logro de hábitos y buenas prácticas de prevención y conservación del ambiente, tiene cinco componentes:

  • LA GESTION INSTITUCIONAL

En los instrumentos de gestión institucional PEI, PAT, RI y el Comité Ambiental con otras formas de organización deben expresarse el enfoque ambiental.

  • LA GESTION PEDAGOGICA

En los instrumentos de gestión pedagógica; PCI, Unidades de Aprendizaje y sus sesiones, así como la elaboración del Proyecto Educativo Ambiental Integrado – PEAI y los materiales de educación ambiental diversificado deben expresarse el enfoque ambiental

Las Instituciones Educativas desarrollarán el Calendario Ambiental de celebración nacional, así como de celebración regional y local.

  • LA EDUCACION EN SALUD

Las instituciones educativas deben:

  • Desarrollar acciones de prevención en salud, con hábitos de higiene personal: como lavado de manos e higiene bucal.

  • Fomentar la conservación y limpieza de servicios higiénicos y otros ambientes físicos de la IE.

  • Promover la alimentación y nutrición saludable con sostenibilidad: agua segura, lonchera, quioscos, comedores saludables y vigilancia.

  • Promover la práctica de actividades físicas.

  • Desarrollar acciones de prevención de enfermedades prevalentes (EDA, IRA, Influenza y otras de prevalencia local), y promover estilos de vida y prácticas que mitiguen el desarrollo de plagas y vectores (roedores, zancudos, pulgas, moscas, etc.)

  • Desarrollar acciones de promoción de la salud sexual y reproductiva y prevención de factores de riesgo de enfermedades de transmisión sexual: ETS-VIH-SIDA.

  • LA EDUCACION EN ECOEFICIENCIA

Las instituciones educativas deben:

  • Promover la gestión y valoración de la biodiversidad.

  • Promover la gestión y uso eficiente de la energía.

  • Promover la gestión, reúso y tratamiento del agua.

  • Promover la gestión de los residuos sólidos, promoción de las "4R" (reducir, reutilizar, reciclar y rechazar malos hábitos de producción y consumo).

  • Promover la gestión para la mejora de la calidad de los recursos: aire y suelo.

  • Promover la gestión y promoción de los patrones de producción y consumo sostenible.

  • Promover la gestión para la mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático.

  • LA EDUCACION EN GESTION DE RIESGO

Las instituciones educativas deben:

  • Desarrollar acciones de prevención para el conocimiento y comprensión de los fenómenos o amenazas naturales que caracterizan al país, región y localidad.

  • Elaborar e implementar el Plan de Gestión de Riesgo de la Institución Educativa, que contenga acciones de prevención, mitigación y planes de contingencia por amenaza o peligro.

  • Organiza, ejecutar, monitorear, supervisar, evaluar y reportar los simulacros escolares programados por el sector, de acuerdo a la realidad fenomenológica de los territorios; promoviendo su ejecución en el marco de sesiones de aprendizaje.

  • RECOMENDACIONES PREVENTIVAS ANTE SISMOS PARA LA COMUNIDAD EDUCATIVA (Numeral 7 RVM N° 0016-2010-ED)

  • ANTES DEL SISMO

  • Verificar si la Institución Educativa cumple con las normas de diseño y construcción sismo-resistente de la zona y se ubica en el suelo y lugar adecuados .Los suelos de peor calidad son los sedimentos, como lodo, arena o saturados de humedad, siendo los mejores los de roca buena o poca deteriorada.

  • Organizar y participar en el comité de gestión de riesgo y las brigadas señalando las responsabilidades para la evacuación y capacitarse permanentemente.

  • Identificar las áreas internas y externas de seguridad, las zonas de peligro y las rutas de evacuación directas y seguras. Las que deben estar debidamente señaladas y establecidas en el Plan de Contingencia.

  • Participar e informarse sobre la elaboración y cumplimiento del plan de gestión de riesgo y el plan de contingencia de la institución educativa.

  • Preparar con la ayuda de los profesores un botiquín de primeros auxilios.

  • Corregir todas las condiciones que puedan generar accidentes durante el sismo produciendo lesiones a las personas, en especial las existentes en la zona de seguridad y vías de circulación: mobiliario, adornos, tubos fluorescentes, lámparas, almacenamiento de objetos pesados, vidrios, claraboyas, cables eléctricos, cornisas, tabiques, murallas débiles, etc.

  • Determinar sistemas de comunicación y/o señales; corte de suministro eléctrico de gas y agua, sistema de iluminación de emergencia y apoyo externo.

  • Realizar prácticas y simulacros de aplicación del plan de contingencia.

  • Capacitar a los estudiantes, profesores, brigadistas para actuar frente a emergencias y dotarlos de linternas y distintivos para su identificación.

  • Se deberá seleccionar zonas de seguridad y vías de evacuación aquellas expuestas al riesgo de rodados y/o avalanchas provenientes de cerros, tranques, etc.

  • DURANTE EL SISMO

  • Se deberá mantener la calma, abandonar el aula y dirigirse a las zonas de seguridad preestablecidas de acuerdo a la estructura de la institución educativa, evitando empujarse, correr y/o gritar a fin de evitar situaciones de pánico individual y/o colectivo.

  • En el caso de no poder salir alejarse de las ventanas y ubicarse en zonas de seguridad interna del aula.

  • Las puertas y salidas de emergencia deben abrirse y permanecer abiertas durante toda la emergencia.

  • Durante el proceso de evacuación el líder o Encargado de Evacuación deberá mostrar una actitud firme y segura, controlando el comportamiento del grupo, dando instrucciones en forma simple y precisa.

  • Si alguien cae durante la evacuación levantarlo sin pérdida de tiempo y ubicarse en las zonas de seguridad externa.

  • Frente a la posibilidad que se produzca un tsunami, la población deberá evacua hacia las zonas de seguridad preestablecidas, no permaneciendo en las zonas costeras bajas, usando las vías de tránsito planificadas.

  • DESPUES DEL SISMO

  • Verificar que todos los estudiantes hayan salido de las aulas y se encuentren las zonas de seguridad preestablecidas.

  • No tocar cables eléctricos caídos.

  • Apoyar en la atención de los heridos.

  • Reunirse con los padres o tutores para planear acciones.

  • Tener en cuenta el plan de contingencia.

  • Guiar a los damnificados a los albergues temporales de Defensa Civil.

  • Determinar si es necesario abandonar el edificio definitivamente previa inspección de la infraestructura para detectar las condiciones de seguridad.

  • Las brigadas de emergencia procederán de acuerdo a la información entregada, a rescatar a personas atrapadas y/o revisar las aulas y otros ambientes del edificio, tanto en sus aspectos estructurales como instalaciones.

  • Verificar que no haya incendios, escapes de gas, agua, inflamables, deterioro de cables eléctricos, murallas, pisos, escaleras, etc., clasificando el grado de los daños y riesgos de los diferentes lugares, para determinar si las actividades se suspenden o se reinician total o parcialmente.

  • RECOMENDACIONES ADICIONALES DE PREVENCION ANTE SISMOS (Numeral 8 RVM N° 0016-2010-ED)

  • Toda Institución educativa debe tener organizada y activa su Comisión de Gestión de Riesgo y sus respectivas brigadas.

  • Toda institución educativa debe tener elaborada y en implementación su Plan de Gestión de Riesgo.

  • Cumplir con el mandato de la ley N° 28551 que obliga a toda institución pública elaborar y presentar su Plan de Contingencia, que es el plan para estar preparados frente a la emergencia y/o desastre.

  • Toda institución debe contar con un tópico o botiquín escolar y el equipo básico de atención de emergencia.

  • Cada institución educativa deberá contar con un sistema de alerta básica.

  • Contar con la inspección técnica de seguridad que es requisito indispensable y obligatorio para las instituciones educativas del sistema educativo nacional.

  • Las instituciones de educación básica, de técnico productiva y de educación superior deben desarrolla obligatoriamente los seis simulacros nacionales según la R.D. N° 0237-2010-ED, pudiendo desarrollar otros de carácter institucional que sean necesarios.

  • FECHAS Y HORARIOS EN QUE SE EJECUTARAN LOS SIMULACROS DE SISMO (R.M. N° 0431-2012-ED)

  • FECHAS

  • Primer simulacro : Jueves, 18 de abril, "Día Mundial de la Tierra"

  • Segundo simulacro : Jueves, 30 de mayo, "Día de la Solidaridad"

  • Tercer Simulacro : Jueves, 11 de Julio, "Día Mundial de la Población y del Poblamiento del Territorio.

  • Cuarto Simulacro : Jueves, 10 de Octubre, "Día Internacional de la Reducción de Desastres.

  • Quinto simulacro : Jueves, 21 de noviembre, "Día Mundial del Reciclaje y del Aire Puro"

  • HORARIOS

  • Mañana : 10:00 horas

  • Tarde : 15:00 horas

  • Noche : 20:00 horas

CAPITULO XXXVII

DEL CALENDARIO CIVICO ESCOLAR

  • CALENDARIO CIVICO ESCOLAR

Las fechas del Calendario Cívico Escolar son:

MARZO

  • 08 – Día Internacional de la Mujer

  • 14 – El Nacimiento de Albert Einstein

  • 15 – Día Mundial de los Derechos del Consumidor

  • 21 – Día Internacional del Síndrome de Down

  • 22 – Día Mundial del Agua

  • 24 – Día de la Lucha contra la Tuberculosis

  • 26 – La Hora del Planeta

  • 28 – El Nacimiento de Mario Vargas Llosa

ABRIL

  • 01 Día de la Educación

  • 02 Día Mundial del Libro Infantil

  • 02 Día Mundial del Autismo

  • 07 Día Mundial de la Salud

  • 08 Aniversario del Sacrificio Heroico de Pedro Vilca Apaza

  • 2do. Domingo – Día del Niño Peruano

  • 12 Nacimiento del Inca Garcilaso de La Vega

  • 14 Día de las Américas

  • 15 Fallecimiento de César Vallejo

  • 15 Nacimiento del prócer Toribio Rodríguez de Mendoza

  • 22 Día de la Tierra

  • 23 Día Mundial del Libro y del Derecho de Autor

  • 23 Día del Idioma Español

MAYO

  • 01 – Día Mundial del Trabajo

  • 02 – Aniversario del Combate del Dos de Mayo

  • 03 – Día de la Libertad de Prensa

  • 08 – Día Mundial de la Cruz Roja

  • 2do. Domingo – Día de la Madre

  • 11 – Aniversario de la acción heroica de María Parado de Bellido

  • 12 – Día Escolar de las Matemáticas

  • 12 – Día Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil

  • 12 – Día del Prócer Toribio Rodríguez de Mendoza

  • 15 – Día Internacional de la Familia

  • 17 – Día Mundial del Internet

  • 18 – Día Internacional de los Museos

  • 18 – Sacrificio heroico de Túpac Amaru II y Micaela Bastidas

  • 21 – El Combate de Iquique

  • 22 – Día Internacional de la Diversidad Biológica

  • 25 – Día de la Educación Inicial

  • 26 – Día de la Integración Andina

  • 28 – Día Internacional del Juego

  • 30 – Día Nacional de la Papa

  • 31 – Día del no Fumador

  • 31 – Día de la Solidaridad

JUNIO

  • 02 – Día del Prócer Faustino Sánchez Carrión

  • 03 – Fallecimiento de Julio C. Tello, padre de la Arqueología Peruana

  • 04 – Día Internacional de los Niños Víctimas Inocentes de la Agresión

  • 05 – Día Mundial del Medio Ambiente

  • 07 – Aniversario de la Batalla de Arica y Día del Héroe Francisco Bolognesi

  • 08 – Día Mundial de los Océanos

  • 12 – Día Mundial Contra el Trabajo Infantil

  • 12 – Día del Prócer Toribio Rodríguez de Mendoza

  • 15 – Día de la Canción Andina

  • 17 – Día Mundial de Lucha Contra la Desertificación y la Sequía

  • 3er. Domingo – Día del Padre

  • 20 – El Aniversario del primer grito de Francisco de Zela

  • 22 – El Fallecimiento de Manuel González Prada

  • 24 – Día de la Fiesta del Sol o Inti Raymi

  • 24 – Día del Campesino

  • 26 – Día Internacional de la Preservación de los Bosques Tropicales

  • 26 – Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura

  • 26 – Día de la Lucha Contra el Tráfico Ilícito y el Uso Indebido de Drogas

  • 26 – Día del Registro del Estado Civil

  • 28 – Día Nacional del Cebiche

  • 29 – Día del Papa – San Pedro y San Pablo

  • 29 – Día del Sacrificio del Mártir José Olaya Balandra

JULIO

  • 01 – Día del Parque Nacional Huascarán

  • 06 – Día del Maestro

  • 07 – Descubrimiento de Machu Picchu

  • 07 – Nace José María Eguren

  • 09 – Día de las Batallas de Puchará, Marc avalle y Concepción

  • 10 – Aniversario de la Batalla de Huamachuco

  • 11 – Día Mundial de la Población

  • 12 – El Nacimiento de Pablo Neruda, poeta

  • 15 – Aniversario de la Muerte del Coronel Leoncio Prado

  • 21 – El Fallecimiento del pintor Sérvulo Gutiérrez

  • 23 – Día del héroe capitán FAP José Abelardo Quiñones

  • 24 – Nacimiento del Libertador Simón Bolívar

  • 24 – El Nacimiento de Francisco Antonio de Zela

  • 24 – Día de los gloriosos hechos de armas de Zarumilla

  • 28 – Día de la Proclamación de la Independencia del Perú

AGOSTO

  • 06 – Batalla de Junín

  • 09 – Día Internacional de las Poblaciones Indígenas

  • 15 – Aniversario de la ciudad de Huánuco

  • 17 – Muerte del General don José de San Martín

  • 22 – Día Mundial del Folclor

  • 27 – Día de la Defensa Nacional

  • 28 – Reincorporación de Tacna al seno de la Patria

  • 30 – Día de Santa Rosa de Lima

  • 31 – Día del Mariscal Ramón Castilla

SETIEMBRE

  • 01 – Semana de la Educación Vial

  • 2da. Semana Internacional de los Estudiantes Adultos

  • 07 – Día de los Derechos Cívicos de la Mujer

  • 08 – Día Internacional de la Alfabetización

  • 08 – Aniversario del Desembarco de la Expedición Libertadora de San Martín en Paracas

  • 11 – Día Mundial de la Población

  • 2do. Domingo – Día de la Familia

  • 3er. Martes – Día Internacional por la Paz

  • 16 – Día Internacional para la Protección de la Capa de Ozono.

  • 23 – Día de la Primavera, de la Juventud

  • 23 – Día de la Aviación Nacional – Jorge Chávez

  • 24 – Semana Nacional de los Derechos Humanos

  • 24 – Día del poeta José Gálvez Barrenechea

  • 24 – Aniversario de la Institución Educativa "Juana Moreno"

  • 25 – Aniversario de Antonio Raimondi

  • 27 – Día Mundial del Turismo

  • 29 – Día Mundial de los Mares

OCTUBRE

  • 01 – Día del Periodismo

  • 01 – Semana del Niño

  • 05 – Aniversario de la Acción Heroica de Daniel Alcides Carrión

  • 06 – Día del ilustre tradicionalista don Ricardo Palma

  • 08 – Día del Combate de Angamos

  • 08 – Día de la Educación Física y el Deporte

  • 2do. Miércoles – Día Internacional de la Reducción de los Desastres

  • 12 – Descubrimiento de América

  • 16 – Día Nacional de la Persona con Discapacidad

  • 16 – Día Mundial de la Alimentación

  • 16 – Día de las Naciones Unidas

  • 17- Día Internacional para la Erradicación de la Pobreza

  • 21 – Día Nacional de Ahorro de Energía

  • 31 – Día de la Canción Criolla

NOVIEMBRE

  • 01 – Semana Nacional Forestal

  • 04 – Rebelión de Túpac Amaru II

  • 2da. Semana de la Vida Animal

  • 10 – Semana de la Biblioteca Escolar

  • 20 – Día de la Declaración Universal de los Derechos del Niño e Iniciación de la Semana del Niño

  • 27 – Batalla de Tarapacá

  • 27 – Andrés Avelino Cáceres

DICIEMBRE

  • 01 – Día Mundial de la Lucha contra el SIDA

  • 09 – El Aniversario de la Batalla de Ayacucho

  • 10 – Declaración Universal de los Derechos Humanos

  • 14 – Día del Cooperativismo Peruano

  • 25 – Navidad

  • Las fechas del Calendario Cívico de celebración conjunta (Turnos: mañana y tarde) son

  • 06 de julio: Día del maestro

  • 24 de setiembre: Aniversario de la Institución Educativa "Juana Moreno"

  • Las demás fechas del calendario serán celebradas a nivel de aula.

  • La participación en los desfiles por el Aniversario Patrio y de Huánuco es de carácter obligatorio para todo el personal docente de la Institución.

CAPITULO XXXVIII

DE LA CULTURA, DEPORTE, ARTE Y RECREACION

  • DE LA CULTURA, DEPORTE, ARTE Y RECREACION (Artículo 40° Reglamento LGE D.S. N° 011-12-ED)

La formación cultural, artística, con énfasis en las creaciones culturales y artísticas en un enfoque intercultural e inclusivo, así como la actividad física, deportiva y recreativa, forman parte del proceso de la educación integral de los estudiantes y se desarrollan en todos los niveles, modalidades, ciclos y grados de la Educación Básica.

Las instituciones educativas deben ser espacios amigables y saludables, abiertos a la comunidad. Aprovechando su infraestructura, fuera del horario de clase, podrán constituirse como centros culturales y deportivos para la comunidad educativa.

El Ministerio de Educación y los Gobiernos Regionales podrán establecer convenios o alianzas con Instituciones nacionales e internacionales para la realización de proyectos que acerquen a la comunidad educativa a la cultura y el deporte, buscando la identidad, inclusión y equidad.

  • En el mes de ________ se realiza el festival de danzas institucional con participación de todas las secciones.

  • Los días sábados se realiza el Campeonato de alumnos en las disciplinas de voleibol y fulbito.

  • Los días domingo se realiza el campeonato de padres de familia en las disciplinas de voleibol y fulbito.

  • En el mes de agosto se realiza la feria de identidad regional.

TITULO V

De la gestión institucional

CAPITULO XXXIX

DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTION EDUCATIVA

  • INSTRUMENTOS DE GESTION EDUCATIVA (Artículo 144° Reg. LGE D.S. 011-12-ED)

Los instrumentos que orientan la gestión de la institución educativa son:

  • El Proyecto Educativo Institucional (PEI). Contiene la identidad de la institución educativa (misión, visión y valores), el diagnóstico y conocimiento de la comunidad educativa y su entorno, la propuesta pedagógica y la propuesta de gestión

  • El Proyecto Curricular de la Institución Educativa (PCI). Orienta los procesos pedagógicos. Su evaluación y actualización será anual, en función de las necesidades de los estudiantes. Forma parte de la propuesta pedagógica del Proyecto Educativo Institucional.

  • El Reglamento Interno (RI). Regula la organización y funcionamiento integral. Establece funciones específicas, pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa.

  • El Plan Anual de Trabajo (PAT). Concreta los objetivos estratégicos del Proyecto Educativo Institucional de la institución educativa o programa, en actividades y tareas que se realizan en el año. Su evaluación y actualización es anual, en función de las necesidades del servicio educativo.

  • ELABORACION DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTION

Los instrumentos de gestión: PEI, PCI, RI y PAT son elaborados por una comisión en el mes de noviembre y diciembre del año anterior para el que se planifica. Esta comisión integrada por:

  • PEI: Miembros del CONEI

  • PCI: Director de Primaria, Director de Secundaria, Jefe de Laboratorio y Docentes de ambos niveles.

  • RI: Miembros del CONEI

  • PAT: Miembros del CONEI

  • APROBACION DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTION EDUCATIVA

Los Instrumentos de Gestión Educativa se aprueban en Asamblea del CONEI en el mes de diciembre del año anterior para el que se planifica, previamente es socializado en cada estamento.

  • PLAN ANUAL DE TRABAJO

El Plan Anual de Trabajo (PAT) se elabora, en el marco del Proyecto Educativo Institucional y el Proyecto Curricular Institucional, en el mes de diciembre del año anterior para el que se planifica.

El Plan Anual de Trabajo debe formularse como instrumento de trabajo unificado, sencillo, funcional y orientador del proceso pedagógico y de organización del año escolar.

El PAT tiene el siguiente esquema:

  • DIAGNOSTICO: En sus componentes gestión de procesos pedagógicos, convivencia escolar y la relación con la familia y comunidad. Tomar en cuenta los resultados de la ECE y el Informe de Gestión Anual.

  • OBJETIVOS: Relacionados al Diagnóstico y metas de aprendizaje a lograrse durante el año escolar.

  • ACTIVIDADES Y TAREAS REQUERIDAS:

  • Actividades para garantizar el buen inicio del Años Escolar

  • Actividades para garantizar la mejora de los aprendizajes

  • Primer día de logro y Jornada de Reflexión

  • Evaluación Censal, jornada de análisis de resultados y reunión con padres para informar resultados.

  • Segundo día de logro

  • 02 Jornadas de Reflexión Pedagógica

  • Acciones de contingencia (Ponte al día)

  • Actividades de Prevención de Riesgos y simulacros

  • Actividades de Promoción de la cultura y el deporte

  • Actividades de autoevaluación de la calidad de la gestión de II.EE.

  • Actividades que promuevan la convivencia democrática y la semana de la democracia.

  • Semana de la Salud.

  • Actividades del CONEI

  • EVALUACION DE LA GESTION (Art 146° Reg. LGE D.S. N° 011-12-ED)

Comprende los resultados del servicio educativo en los aspectos pedagógico y administrativo, los aprendizajes y las metas anuales de inclusión, así como la aplicación de los instrumentos de gestión educativa.

CAPITULO XL

DE LA SUPERVISION Y ASESORAMIENTO

(LINEAMIENTOS Y ESTRATEGIAS GENERALES PARA LA SUPERVISION PEDAGOGICA RVM N° 038-2009-ED)

  • DEFINICION DE TERMINOS – CONSEJO NACIONAL DE LA EDUCACION

Supervisión, es la verificación en el terreno del cumplimiento de la normatividad que rige para los centros educativos y las funciones de directores y docentes (…)

Monitoreo, es el recojo de información en el terreno, haciendo seguimiento a los indicadores que nos permiten comprobar la calidad y el logro a nivel de los insumos, procesos y productos esperados. (…)

Acompañamiento, es el acto de ofrecer asesoría continua, es decir, el despliegue de estrategias y acciones de asistencia técnica, a través de las cuales, una persona o equipo especializado visita, apoya y ofrece asesoramiento permanente al docente y al director en temas relevantes a su práctica.

  • SUPERVISION PEDAGOGICA

Se llama así, al proceso técnico de orientación y asesoramiento, instituido, para optimizar las actividades pedagógicas en las instancias de gestión educativa descentralizada. Está centrada en el mejoramiento continuo de los procesos de aprendizaje, el desempeño profesional de los docentes, y el ofrecimiento de la oportuna y consistente información, para una acertada toma de decisiones.

Entendida así, la supervisión pedagógica garantiza una acción más enriquecedora y formativa, facilitando un trato más humano con todos los agentes y actores educativos; dando pase a la creatividad y criticidad, dejando de lado la búsqueda de errores para mal juzgar y sancionar.

Como proceso incorpora el monitoreo pedagógico como estrategias de seguimiento destinado a identificar de manera sistemática la calidad de desempeño de un sistema, sub-sistema o proceso a efecto de introducir los ajustes o los cambios pertinentes y oportunos para el logro de resultados y efectos en el entorno; y el acompañamiento pedagógico entendido como un servicio destinado a ofrecer asesoría planificada, continua, contextualizada, interactiva y respetuosa del saber adquirido por directores, especialistas y docentes, orientado a la mejora de la calidad de los aprendizajes de los estudiantes, del desempeño docente y de la gestión de la institución educativa.

  • MONITOREO PEDAGOGICO

En las últimas décadas el uso del término "monitoreo" se ha asociado a la gestión de programas y proyectos en la fase de ejecución. En ese contexto se le ha concebido como el seguimiento sistemático para comprobar la efectividad y eficiencia del proceso de ejecución de los proyectos y programas para identificar los logros y debilidades y recomendar medidas correctivas a fin de optimizar los resultados deseados.

En el marco de la enseñanza – aprendizaje, el monitoreo es el recojo y análisis de información de los procesos y productos pedagógicos para la adecuada toma de decisiones.

  • ACOMPAÑAMIENTO PEDAGOGICO

Es el recurso pedagógico preferente para el fortalecimiento profesional de los docentes; se basa en el intercambio de experiencias entre el acompañante y el acompañado, sin distinción de niveles de superioridad y jerarquía. Se requiere interacción auténtica, creando relaciones horizontales, en un ambiente de aprendizaje y de intervención pedagógica pertinentes al entorno de la institución.

Este proceso de intercambio profesional se produce a través del diálogo y a partir de la observación y evaluación del trabajo en el aula; implica poseer la capacidad para compartir y la disposición para establecer compromisos que nos ayuden a crecer juntos. Incluye algunas consultas a los estudiantes.

  • LINEAMIENTOS BÁSICOS DE POLÍTICA PARA LA SUPERVISION PEDAGÓGICA EN LA INSTITUCION EDUCATIVA

  • En las Instituciones Educativas, ejercen la supervisión, monitoreo y acompañamiento pedagógicos los directores, subdirectores y jefes o coordinadores de área, en cada uno de los niveles y modalidades del sistema educativo, aplicando el marco conceptual, las directivas y los estándares metodológicos diseñados por el MED que han sido adaptados a la realidad local por la DRE y la UGEL. Este proceso de supervisión en la IE será conducido por el director.

  • Las Instituciones Educativas deben formular un plan de supervisión detallado integrado al PEI y al POA. Será formulado por un comité presidido por el director de la IE, e integrado por el subdirector, un representante de los profesores, un representante del CONEI y la participación de un representante estudiantil o miembro del municipio escolar. Además se promoverá la participación de la comunidad en el monitoreo de la ejecución del plan.

  • El director y el subdirector prestarán asesoría y apoyo permanente al personal docente en el diseño de estrategias, metodologías y técnicas de enseñanza, y en uso y diseño de recursos y materiales didácticos y fomentarán el análisis y estudio de las formas de evaluación del aprendizaje a través de talleres de estudio buscando la participación de especialistas de las instituciones de educación superior del medio.

  • Las Instituciones Educativas consagrarán como práctica permanente en el proceso de supervisión la autoevaluación pedagógica en todos sus niveles para identificar los problemas y determinar indicadores que muestren información relevante sobre el mejoramiento de la calidad del aprendizaje, para cuyo efecto se elaborará una guía contextualizada de autoevaluación pedagógica.

  • Las Instituciones Educativas deben remitir a la UGEL, de acuerdo con el cronograma establecido, los reportes de supervisión en los formatos adecuados por la UGEL a partir de los estándares diseñados por el MED.

  • Las Instituciones Educativas orientarán el proceso de supervisión pedagógica para tomar en cuenta de manera prioritaria el estímulo para la mejora de la calidad educativa, asegurarán la inclusión, permanencia y culminación de los estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE) y monitoreo del cumplimiento de las funciones de los SAANEE.

  • RESULTADOS DE LA SUPERVISION PEDAGOGICA

Para que la supervisión pedagógica se efectúe como un proceso que asegure la calidad del servicio educativo, los lineamientos de política buscan conseguir los siguientes resultados:

  • Recabar información relevante y actualizada sobre la gestión educativa y sus resultados, e integrar de manera coherente los datos de los diversos contextos educativos.

  • Establecer mecanismos que ayuden y estimulen a los agentes educativos para mejorar su intervención, en función de los estándares educativos nacionales, a través de su involucramiento y participación responsable.

  • Tomar decisiones estratégicas en todas las instancias de gestión educativa descentralizada orientadas a mejorar la calidad de la supervisión pedagógica sobre la base de un mapa integral de los problemas, resultados e impactos de la labor educativa.

TITULO V

De la gestión administrativa

CAPITULO XLI

DE LA MATRICULA ESCOLAR

  • CONCEPTO DE MATRICULA (Artículo 4° R.M. N° 516-2007-ED Lineamientos de Matrícula)

La matrícula escolar es el acto por el cual se formaliza el ingreso al sistema educativo nacional, del niño o la niña en edad escolar, en una institución educativa pública o privada. La matrícula se registra en la Ficha Única de Matrícula, que acompaña al estudiante en todos los niveles de la Educación Básica.

  • CONDICIONES (Artículo 5° R.M. N° 516-2007-ED Lineamientos de Matrícula)

La matrícula se realizará por única vez al inicio del sistema educativo peruano, en el nivel de Educación Inicial de la Educación Básica Regular, considerando lo siguiente:

  • El acto de matrícula se realiza teniendo en cuenta la edad cronológica y con la presencia del padre y/o madre o tutor.

  • Los datos personales del niño o la niña, para su matrícula, se acreditan con al copia de la partida de nacimiento, Documento de Identidad Nacional (DNI) o Pasaporte. La falta de dichos documentos no es impedimento para la matrícula. El Director de la Institución Educativa coordinará su obtención con las instituciones pertinentes.

  • En caso que el padre o madre de familia o tutor del niño(a) no pudiera presentar para el acto de matrícula la documentación señalada en el párrafo que antecede, podrá suplir dicha carencia mediante declaración jurada, con cargo a la regularización correspondiente en un plazo máximo de sesenta días calendario posteriores a la matrícula.

  • En ningún caso la matrícula escolar está supeditada al pago previo de la cuota ordinaria y/o aportes extraordinarios a la Asociación de Padres de Familia, u otros conceptos bajo responsabilidad administrativa, civil o penal del Director de la Institución Educativa Pública.

  • La matrícula no está condicionada a examen de ingreso.

  • Excepcionalmente, cuando no exista Institución Educativa de Educación Inicial en el centro poblado, se podrá matricular en el primer grado de Educación primaria, al niño o niña con 6 o más años de edad.

  • LIMITACIONES PARA LA MATRICULA (Artículo 6° R.M. N° 516-2007-ED Lineamientos de Matrícula) cubrición

En caso que la demanda de matrícula, supere la capacidad de atención de la Institución Educativa, las prioridades de ingreso y la correspondiente matrícula serán establecidas de acuerdo con la respectiva zonificación, que debe consignarse en el Reglamento Interno de la Institución Educativa, con conocimiento de la Unidad de Gestión Educativa Local.

El Director de la Institución Educativa pública, con una anticipación no menor de treinta días, al inicio del proceso de matrícula y bajo responsabilidad, publicará en el panel informativo del local escolar, el número de vacantes para la matrícula, las prioridades para el ingreso y la fecha límite de inscripción.

  • CONTINUIDAD DE ESTUDIOS

Efectuada la matrícula en el nivel de Educación Inicial, o la modalidad educativa correspondiente, la continuidad del estudiante en la misma u otra Institución Educativa y su progresión en los grados de estudios, en primaria hasta concluir la Educación Secundaria y/o modalidad educativa, es automática y no requiere de ratificación alguna de la matrícula.

  • NOMINA DE MATRICULA

La Nómina de Matrícula, es el documento técnico pedagógico que contiene la relación de alumnos matriculados en la Institución Educativa, por secciones, grados y nivel educativo, es elaborada por la Institución Educativa y aprobada por Resolución del Director de la misma, cuya copia se remite a la Unidad de Gestión Educativa Local o Dirección Regional de Educación para conocimiento y fines estadísticos.

Las Nóminas de Matrícula y las fichas únicas de matrícula se generan a través del SIAGIE dentro de los45 días posteriores al inicio del año escolar.

Las nóminas complementarias de matrícula se generan a través del SIAGIE cuando se presentan casos de traslados de ingresos durante el año escolar como máximo hasta antes de iniciarse el último periodo de evaluación.

La Institución Educativa debe remitir una copia de cada una de las nóminas impresas generadas por el SIAGIE con la firma y sello del director a la UGEL dentro de los 60 días posteriores al inicio del año escolar.

  • ELABORACION DE LA NOMINA DE MATRICULA

La Nómina de Matrícula será elaborada al concluir el proceso de ingreso de los estudiantes al sistema educativo peruano y remitido a la Unidad de Gestión Educativa Local o Dirección Regional de Educación dentro de los treinta días de iniciado el año escolar. En lo sucesivo al ser promovido o no de grado el estudiante, se elaborará la nómina de matrícula correspondiente.

  • MATRICULA AUTOMATICA

Al finalizar el año escolar, automáticamente el estudiante será considerado matriculado para el siguiente año lectivo en el grado inmediato superior o en el mismo, de acuerdo a los resultados de la evaluación, lo cual se informará a los padres de familia o tutor, en el "Informe sobre mis progresos" en Educación Inicial y en Educación Primaria o la "Libreta de Información" en Educación Secundaria, o la que corresponda según la modalidad educativa, no siendo necesario que el padre o la madre o el tutor acuda a hacerlo al año siguiente, salvo que se trate de traslado de matrícula.

  • PERMANENCIA EN EL GRADO DE ESTUDIOS

Los estudiantes que al término del año escolar repiten de grado por no haber logrado resultados aprobatorios, serán considerados al siguiente año lectivo, automáticamente en el mismo grado.

Los estudiantes del turno mañana que repiten de grado serán matriculados en el turno tarde para mejorar su atención. El turno tarde tiene menos alumnos por sección.

  • TRASLADO DE MATRICULA

El Traslado de Matrícula se produce cuando un alumno matriculado en una Institución Educativa, va a continuar sus estudios en otra Institución Educativa. El Traslado de matrícula, se realiza hasta dos meses antes de que finalice el año escolar; salvo viaje al exterior o cambio de domicilio a otro distrito y observando el siguiente procedimiento:

  • El padre o madre de familia o el tutor del estudiante una vez determinada la Institución Educativa de destino, solicita por escrito al Director de la Institución Educativa de origen o donde está estudiando el niño(a), el traslado de matrícula.

  • El Director de la Institución Educativa de Origen, bajo responsabilidad y dentro de las 48 horas de recibida la solicitud escrita del padre o madre de familia o tutor del(a) estudiante, autoriza mediante Resolución Directoral, el traslado de matrícula y la entrega de documentos de escolaridad correspondientes al recurrente.

  • El director de la Institución Educativa de Destino, con la documentación del estudiante aprueba mediante Resolución Directoral, la inclusión en la respectiva nómina de matrícula.

  • TRASLADO DE MATRICULA POR CAMBIO DE NIVEL EDUCATIVO

El traslado de matrícula escolar por cambio de nivel educativo, se produce cuando en la misma Institución Educativa no existe el nivel educativo inmediato superior, para continuar los estudios y se realiza del nivel de Educación Inicial al Nivel de Educación Primaria o de este nivel al de Educación Secundaria, teniendo en cuenta lo siguiente:

  • La Unidad Educativa Local o la Dirección Regional de Educación, o la que haga sus veces según corresponda, bajo responsabilidad y de acuerdo a las metas de atención, determinará por resolución la zonificación correspondiente para la atención de la matrícula escolar, comunicando a los respectivos directores, con una anticipación no menor de treinta días al inicio del proceso de matrícula escolar.

  • Los directores de las Instituciones Educativas de origen y de destino efectuarán las coordinaciones pertinentes, para formalizar de oficio el traslado de matrícula por cambio de nivel educativo. Para el efecto, al terminar el año escolar, el Director de la Institución Educativa de Origen expedirá de oficio la respectiva resolución autorizando el traslado de los estudiantes que han concluido satisfactoriamente el nivel educativo, remitiendo la documentación correspondiente a la Institución Educativa de destino.

  • El Director de la Institución Educativa de destino mediante resolución autoriza la inclusión de los estudiantes en la respectiva nómina de matrícula con lo cual queda formalizada la continuidad de los estudios correspondientes.

  • En caso que los padres de familia o tutor del estudiante, determinen la matrícula en una Institución Educativa diferente al de la zonificación establecida por la Unidad de Gestión Educativa Local o la Dirección Regional de Educación correspondiente, el traslado de matrícula se efectuará a petición de parte, conforme al artículo que antecede.

  • ACTUALIZACION DE LOS DATOS DE MATRICULA

La actualización de datos de en la ficha de matrícula se realizará con la presencia del padre, madre o tutor del estudiante en el mes de febrero según calendario y disposición específica.

  • LA COMISION DE MATRICULA

La Comisión de Matrícula en el nivel primario está integrado por:

Presidente : Director General

Vicepresidente : Director de Educación Primaria

Responsable : Secretario

Apoyo : Docentes del PRP del Nivel Primario

La Comisión de Matrícula en el nivel secundario está integrado por:

Presidente : Director General

Vicepresidente : Director de Educación Secundaria

Responsable : Secretario

Apoyo : Docentes del PRP del Nivel Secundario

: Auxiliares de Educación

  • CUSTODIA DE LOS DOCUMENTOS DE ESCOLARIDAD

Los documentos de escolaridad de los estudiantes de los niveles de primaria y secundaria están en custodia de la oficina de Secretaría II.

  • METAS DE ATENCION

Las metas de atención son:

Primer Grado de Primaria : 30 alumnos

Segundo al Sexto Grado de Primaria : 30 alumnos

Primer al Quinto Grado de Secundaria : 30 alumnos

  • VACANTES DE ESTUDIANTES

Para los estudiantes del Segundo al Sexto Grado de Primaria y del Segundo al Quinto Grado de Secundaria.

El número de vacantes producidas en el año académico se oficializa mediante Resolución Directoral, indicando la cantidad de vacantes por cada sección. Esta resolución se pública en la primera semana del mes de enero.

Las vacantes producidas en la Institución Educativa durante el año académico por Traslado de salida o repitencia de estudiantes, se ocupan, mediante el Orden de Mérito obtenido en la Evaluación para la Obtención de Vacante. En primer lugar se ocupan las vacantes del turno mañana y después del turno tarde.

La inscripción de estudiantes para postular a una vacante se realiza en secretaría hasta cinco días antes de la Evaluación de Ingreso.

La Evaluación de Ingreso es anual y se efectúa el primer sábado del mes de febrero.

  • COMISION DE EVALUACION PARA LA OBTENCION DE VACANTE

La Comisión de Evaluación, en cada nivel, para la Obtención de Vacante está conformada por el Director General, El Director del nivel y dos docentes integrantes del Programa de Recuperación Pedagógica del nivel.

  • VACANTES POR CAMBIO DE NIVEL

  • DE INICIAL A PRIMARIA

Se otorgará las vacantes a las instituciones del nivel inicial que realicen coordinaciones con nuestra Institución hasta cubrir la meta de atención de 100 estudiantes.

  • DE PRIMARIA A SECUNDARIA

Se otorgará las vacantes a los alumnos que egresan del Sexto Grado de Primaria de nuestra institución.

La meta de atención total del Primer Grado de Secundaria es 120 alumnos, 60 alumnos en el turno de mañana (20 alumnos por sección) y 60 alumnos en el turno tarde. Los estudiantes conservan su turno.

Los docentes de cada sección del Sexto Grado de Primaria elaborarán un cuadro de mérito cuantitativo centesimal para determinar los primeros veinte alumnos por sección.

La nota final por estudiante se obtiene sumando los siguientes calificativos registrados con su equivalente en el sistema vigesimal:

  • Promedio del primer trimestre

  • Promedio del segundo trimestre

  • Habilidad deportiva

  • Habilidad para la danza

  • Conducta

El exceso de estudiantes por sección del turno de mañana será reubicado en el turno tarde. Y sí persistiera el exceso se coordinará con Instituciones del Nivel Secundario de la zona para la obtención de sus vacantes.

Por ningún motivo se otorgará vacante a estudiantes de otras instituciones educativas en el Primer Grado de Secundaria al inicio del año escolar.

  • VACANTES DE ESTUDIANTES DEL TURNO TARDE DEL NIVEL DE EDUCACION PRIMARIA

La demanda de matrícula en el turno tarde del Nivel de Educación Primaria es inferior a la capacidad de atención de la institución. Por lo tanto, las vacantes se otorgarán en cualquier momento del año, sin aplicarse la Evaluación para la obtención de vacante, hasta antes de iniciar el Tercer Trimestre. La constancia de vacante se solicita en Mesa de Partes.

CAPITULO XLII

DE LA JORNADA LABORAL Y HORARIO DE TRABAJO

  • LA JORNADA LABORAL (Artículo 66 D.S. N° 019-90-ED)

La Jornada de trabajo para el personal Directivo, Jerárquico, administrativo y de Servicio es de 8 horas con treinta minutos de refrigerio.

La jornada laboral es el tiempo de duración del trabajo del profesor en el Centro o Programas Educativos u Organismo Administrativo.

  • JORNADA LABORAL ORDINARIA DE LOS PROFESORES (Artículo 18 Ley 24029 modificado por el Artículo 1 Ley 25212)

La jornada laboral ordinaria de los profesores al servicio del Estado, en centros y programas educativos, sea cual fuere el nivel y modalidad, es de 24 horas pedagógicas. Cada hora pedagógica tiene una duración de 45 minutos.

Para los casos que, por razones de nivel educativo, modalidad, especialidad o disponibilidad de horas, en los centros educativos, el trabajo de profesor se extiende más allá de la jornada laboral; se paga por cada hora adicional 1 / 24ava parte de la remuneración de 24 horas pedagógicas de cada nivel de la carrera magisterial hasta 30 horas pedagógicas".

(Artículo 67 D.S. N° 019-90-ED) La jornada laboral ordinaria de los profesores al servicio del Estado, en Centros y Programas Educativos, sea cual fuere el nivel o modalidad, es de 24 horas pedagógicas. Cada hora tiene una duración de 45 minutos.

  • JORNADA DE TRABAJO SEMANAL MENSUAL DEL PROFESORADO (Artículo 69° D.S. N° 019-90-ED)

La jornada de trabajo semanal mensual del profesorado del Área de la Docencia, en los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo es el siguiente

  • Educación Inicial, Primaria y Especial: 30 horas pedagógicas.

  • Educación Secundaria y Ocupacional: 24 horas pedagógicas.

En caso de disponibilidad de horas de clases presupuestadas, podrá extenderse hasta un máximo de 30 horas pedagógicas.

  • Educación superior: 40 horas pedagógicas.

Los minutos destinados al recreo de los educandos y receso entre período de clases con presencia del profesor, no se computan como parte de las horas pedagógicas de la jornada de trabajo a que se refiere la Ley.

  • JORNADA LABORAL PERSONAL DIRECTIVO Y JERARQUICO (Artículo 20° Ley 24029 modificado por el Artículo 1 Ley 25212)

La jornada ordinaria para el Personal Directivo y Jerárquico de cualquier nivel y modalidad, como para el Personal Docente del nivel Educación Superior, es de 40 horas a la semana.

Las remuneraciones para los profesores con jornada de 40 horas, es igual a ciento treinta por ciento (130%) de la remuneración del profesor de 24 horas de su mismo nivel de la Carrera Pública Magisterial".

(Artículo 73° D.S. N° 019-90-ED) El personal Directivo de los centros y Programas Educativos distribuye su jornada de labor semanal de 40 horas en los turnos de funcionamiento del centro educativo para ejecutar acciones de dirección, supervisión, coordinación y gestión de los servicios que ofrece el centro educativo.

  • JORNADA LABORAL DEL PERSONAL JERARQUICO (Artículo 74° D.S. N° 019-90-ED)

El personal Jerárquico que desempeña cargos de Asesoría, Jefe de Laboratorio, Jefe de Taller, Jefe de Campo y análogos docentes cumple sus funciones en jornada laboral de 40 horas pedagógicas semanales, distribuidas en los turnos de funcionamiento del centro educativo. Tienen a su cargo el dictado de 12 horas de clases.

  • JORNADA DE TRABAJO DEL PROFESOR, SUBDIRECTOR Y DIRECTOR (Artículo 63° Ley CPM N° 29062)

La jornada ordinaria de trabajo de los profesores es de treinta (30) horas cronológicas semanales.

Comprende horas de docencia de aula, de preparación de clases, de actividades extracurriculares complementarias, de proyección social y de apoyo al desarrollo de la Institución Educativa.

En los casos en que el profesor trabaje un número de horas diferente al de la jornada laboral ordinaria, por razones de nivel educativo, modalidad, especialidad o disponibilidad de horas en la Institución Educativa, el pago de su remuneración está en función de las horas de trabajo. No gozan de esta remuneración adicional aquellos profesores que perciben una asignación al cargo por su trabajo directivo, administrativo o pedagógico.

Los Directores de Instituciones Educativas, con la opinión del Consejo Académico, fijan los horarios de trabajo de los profesores de aula, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria.

La jornada de trabajo para los Directores y Subdirectores es de cuarenta (40) horas cronológicas semanales.

  • REGIMEN DE VACACIONES (Artículo 64° Ley CPM N° 29062)

Los profesores que trabajan en el área de gestión pedagógica, en las modalidades, niveles y ciclos de Educación Básica, gozan de sesenta (60) días anuales de vacaciones a partir del día siguiente en el que finaliza el año escolar, respetando el número de horas lectivas normales dispuesto por el Ministerio de Educación.

Los profesores que laboran en el área de gestión institucional o de investigación, gozan de treinta (30) días de vacaciones anuales, las que se hacen efectivas en el tiempo fijado por la Dirección. Las vacaciones son irrenunciables y no son acumulables.

  • JORNADA LABORAL DEL PERSONAL EN GENERAL

Monografias.com

  • HORARIO DE TRABAJO

El Personal de Servicio III cumplirá su servicio de trabajo desde 6.00 pm a 6.00 a.m. del día siguiente con su respectivo intermedio de descanso.

Monografias.com

CAPITULO XLIII

DE LOS DEBERES, DERECHOS, PREMIOS Y ESTIMULOS, Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE

(Artículos del 40° al 49° de la Ley N° 29944 LRM)

  • DEBERES DEL PESONAL DOCENTE

Los profesores deben:

  • Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula y evaluación, de acuerdo al diseño curricular nacional.

  • Orientar al educando con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad y participación; y contribuir con sus padres y la dirección de la institución educativa a su formación integral. Evaluar permanentemente este proceso y proponer las acciones correspondientes para asegurar los mejores resultados.

  • Respetar los derechos de los estudiantes, así como los de los padres de familia.

  • Presentarse a las evaluaciones médicas y psicológicas cuando lo requiera la autoridad competente, conforme a los procedimientos que establezca el reglamento.

  • Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo

  • Aportar en la formulación del proyecto educativo institucional, asumiendo con responsabilidad las tareas que les competan.

  • Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en servicio que se desarrollen en instituciones o redes educativas, Unidades de Gestión Educativa Local, Direcciones Regionales de Educación o Ministerio de Educación.

  • Presentarse a las evaluaciones previstas en la Carrera Pública Magisterial y a las que determinen las autoridades de la institución educativa o las entidades competentes.

  • Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.

  • Conocer, valorar y respetar las culturas locales, en el ámbito nacional, y la lengua originaria.

  • Contribuir a la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la institución educativa de la comunidad local y regional.

  • Informar a los padres de familia sobre el desempeño escolar de sus hijos y dialogar con ellos sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagógica, estimulando su compromiso con el proceso de aprendizaje.

  • Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo que pertenezcan a la institución educativa.

  • Asegurar que sus actividades profesionales se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democrática.

  • Coadyuvar al trabajo en equipo de los profesores de la institución educativa y, si fuera el caso, de las instancias de gestión educativa descentralizada.

  • Participar en los sistemas tutoriales que desarrolle la institución educativa.

  • Otros que se desprendan de la presente ley o de otras normas específicas de la materia.

  • DERECHOS DEL PESONAL DOCENTE

Los profesores tienen derecho a:

  • Desarrollarse profesionalmente en el marco de la Carrera Pública Magisterial y sobre la base del mérito, sin discriminación por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole que atente contra los derechos de la persona.

  • Percibir oportunamente la remuneración íntegra mensual correspondiente a su escala magisterial.

  • Recibir las asignaciones y los incentivos monetarios o no monetarios que se establecen en la presente Ley.

  • Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece la presente Ley.

  • Ser evaluados de manera transparente, conocer los resultados de su evaluación personal, solicitar su revisión y tener acceso a su historial de vida profesional registrado en el escalafón.

  • Autonomía profesional en el cumplimiento de las tareas pedagógicas que les compete, la misma que está supeditada a que se ejerza dentro del proyecto educativo ejecutado por la institución educativa y a que se respete la normatividad vigente.

  • ) Beneficios del Programa de Formación y Capacitación Permanente y de otros programas de carácter cultural y social fomentados por el Estado.

  • Licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley y su reglamento.

  • Vacaciones.

  • Seguridad social, de acuerdo a ley.

  • Libre asociación y sindicalización.

  • Reconocimiento de oficio de su tiempo de servicios efectivos.

  • Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpidos por motivos de representación política y sindical, según el caso.

  • Condiciones de trabajo que garanticen calidad en el proceso de enseñanza y aprendizaje, y un eficiente cumplimiento de sus funciones dentro de los alcances de la presente Ley.

  • Reingresar al servicio si no hubiere alcanzado la edad jubilatoria obligatoria y no exista impedimento legal.

  • Reconocimiento, por parte del Estado, la comunidad y los padres de familia, de sus méritos en la labor educativa.

  • Percibir subsidio por luto y sepelio, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley.

  • Percibir una compensación por tiempo de servicios.

  • Gozar del cincuenta por ciento de descuento en las tarifas para espectáculos culturales.

  • PREMIOS Y ESTIMULOS DEL PESONAL DOCENTE

El Ministerio de Educación y los gobiernos regionales y gobiernos locales, según corresponda, mediante resolución de la autoridad competente, reconocen el sobresaliente ejercicio de la función docente o directiva a través de:

  • Mención honorifica con el otorgamiento de las Palmas Magisteriales y otros reconocimientos similares.

  • Agradecimientos, felicitaciones y condecoraciones mediante resolución directoral regional, ministerial o suprema.

  • Viajes de estudio, becas y pasantías al interior del país o al exterior.

  • Otras acciones que determine la autoridad correspondiente.

  • SANCIONES DEL PESONAL DOCENTE

Los profesores que se desempeñan en las áreas señaladas en el artículo 12 de la presente Ley, que transgredan los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones, incurren en responsabilidad administrativa y son pasibles de sanciones según la gravedad de la falta y la jerarquía del servidor o funcionario; las que se aplican con observancia de las garantías constitucionales del debido proceso.

Las sanciones son:

  • Amonestación escrita.

  • Suspensión en el cargo hasta por treinta (30) días sin goce de remuneraciones.

  • Cese temporal en el cargo sin goce de remuneraciones desde treinta y días hasta doce (12) meses.

  • Destitución del servicio.

Las sanciones indicadas en los literales c) y d) se aplican previo proceso administrativo disciplinario, cuya duración no será mayor de cuarenta y cinco (45) días hábiles improrrogables, contados a partir de la instauración del proceso.

Las sanciones señaladas no eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar, así como de los efectos que de ellas se deriven ante las autoridades respectivas

  • MEDIDAS PREVENTIVAS

El director de la institución educativa separa preventivamente al profesor y da cuenta al Director de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) correspondiente, cuando exista una denuncia administrativa o judicial contra este, por los presuntos delitos de violación contra la libertad sexual, hostigamiento sexual en agravio de un estudiante, apología del terrorismo, delitos de terrorismo y sus formas agravadas, delitos de corrupción de funcionarios, delitos de tráfico ilícito de drogas; así como por incurrir en actos de violencia que atenten contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio, que impiden el normal funcionamiento de los servicios públicos.

La separación preventiva concluye al término del proceso administrativo o judicial correspondiente.

  • CALIFICACION Y GRAVEDAD DE LA FALTA

Es atribución del titular que corresponda, calificar la falta o infracción atendiendo la naturaleza de la acción u omisión, así como la gravedad de las mismas, en el marco de las normas vigentes.

  • AMONESTACION ESCRITA

El incumplimiento de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente, debidamente comprobado y calificado como leve, es pasible de amonestación escrita.

La sanción es impuesta por la autoridad inmediata superior, previo descargo del presunto responsable, según corresponda.

  • SUSPENSION

Cuando el incumplimiento de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente, debidamente comprobado, no pueda ser calificado como leve por las circunstancias de la acción u omisión, será pasible de suspensión en el cargo hasta por treinta (30) días sin goce de remuneraciones.

Asimismo, el profesor que incurre en una falta o infracción, habiendo sido sancionado previamente en dos (2) ocasiones con amonestación escrita, es pasible de suspensión.

La sanción es impuesta por la autoridad inmediata superior, previo descargo del presunto responsable, según corresponda.

  • CESE TEMPORAL

Son causales de cese temporal en el cargo, la transgresión por acción u omisión, de los principios deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente, considerados como grave.

También se consideran faltas o infracciones graves, pasibles de cese temporal, las siguientes:

  • Causar perjuicio al estudiante y/o a la institución educativa.

  • Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6
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