Monografias.com > Sin categoría
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Teoría del Estado – Unidad 7 – Dilemas estructurales (página 2)



Partes: 1, 2, 3

DEMOCRACIA COMO
SISTEMA DE VALORES

Es en el marco de poder mencionado que se
analizarán aspectos vinculados con la Democracia, debiendo
resaltarse que sus condiciones y sus características
están en continua discusión y su
definición depende del paradigma desde el
cual se aborda el problema. Por esta causa, la palabra democracia
es una de las más empleada en el lenguaje político
durante los últimos dos siglos con muchas interpretaciones
y significados, de donde las clasificaciones resultan infinitas.
Se adopta en consecuencia considerar un enfoque teórico y
otro histórico. El primero tiene por objeto determinar los
elementos lógicos que forman el concepto de democracia en
sentido formal y, por otra, los elementos lógicos y
también axiológicos que forman el concepto de
democracia en sentido substancial. Es decir, en enfoque
teórico tiene por objeto la determinación de los
respectivos conceptos de la democracia como "forma de gobierno" y
como "estilo de vida" además de tener presente los
supuestos racionales y los soportes fácticos en que se
basa la democracia.

El enfoque histórico, que no puede disociarse del
teórico, tiene por objeto la génesis y el
desarrollo con las consiguientes variaciones del
vocablo, de las doctrinas y de la institucionalización
concreta, tres factores inseparablemente vinculados.

Leyes de la democracia.

1. Soberanía popular: soberano
deriva del latín y etimológicamente quiere decir
"el que está sobre todos". La democracia es autogobierno
del pueblo. reconoce que el hombre, ser inteligente y
libre, puede regirse por sí mismo mediante
los órganos por él instituidos.

2. Libertad: la democracia asegura al hombre su libertad
jurídica e individual. La libertad jurídica es
el derecho que tiene el hombre a obrar por sí
mismo sin que nadie pueda forzarlo a obrar en otro sentido. los
límites están dados por las leyes. La libertad
individual es el reconocimiento de que el hombre
nace libre y dotado de inteligencia y voluntad.

3. Igualdad: se trata de una igualdad jurídica.
Todos los hombres tienen las mismas oportunidades ante
la ley. es decir, la igualdad de deberes

EL SENTIDO EPISTEMOLÓGICO DE LA
DEMOCRACIA

El vocablo democracia está compuesto por las
palabras griegas "demos" que significa pueblo y "kratos"
(también "kratia") que significa autoridad o bien
"kratien" que significa gobernar, es decir gobierno del pueblo.
Como reconoce Dahl, el término plantea dos problemas:
Quienes constituyen el pueblo y qué significa que ellos
gobiernen, de cuyas respuestas dependerán las formas de
gobierno.

El término apareció empleado por primera
vez en el siglo V antes de Jesucristo, en la época de
Pericles.

Por su parte Herodoto no lo utiliza, ya que emplea el
nombre "isonomia", de iso = igual y nomos = ley. Polibio (203-120
a.C.), historiador griego, nacido en Megalópolis,
consideró que la democracia estaba expuesta a
la degeneración al igual que las demás formas
simples de gobierno, a la vez que indicó que este sistema
estaba consubstanciado con la libertad y la igualdad. Marco Tulio
Cicerón (106-43 a.C.), escritor, político y orador
romano, desde su posición netamente iusnaturalista no
admitió con respecto a la democracia divorcio entre la
"forma" y la "substancia".

Por su parte Santo Tomás de Aquino (1225-1274),
filósofo y teólogo italiano, afirmó que la
democracia tiene como fin propio la libertad, que implica
igualdad y pobreza, a la vez que afirmó que se puede
combinar con la aristocracia y dar lugar a un régimen
político mixto, por cuya causa – si se piensa en
el actual sentido de democracia constitucional
– se puede afirmar que juzgaba favorablemente a este
régimen político.

Durante la Edad Media (término utilizado para
referirse a un periodo de la historia europea que
transcurrió desde la desintegración del Imperio
romano de Occidente, en el siglo V, hasta el siglo XV
aproximadamente) no existió la democracia como
institucionalización concreta de ningún
régimen político. Las instituciones que entonces
surgieron (el Parlamento, las Cortes, los Estados Generales)
no tuvieron carácter democrático
porque no se dio intervención directa a la comunidad en
los asuntos públicos y porque la que proporcionaron en
forma indirecta estuvo limitada a sectores muy reducidos.
Sin embargo en ese período existieron
pensadores como Santo Tomás, Guillermo de Ockham
(1285-1349) (filósofo inglés y teólogo
escolástico, considerado el mayor representante de la
escuela nominalista) y otros que opinaron que el
pueblo debía ser la fuente del poder, pero esa nada tuvo
que ver con la realidad de las instituciones.

John Locke (1632-1704), pensador inglés,
máximo representante de la doctrina filosófica del
empirismo, al tratar las formas de gobierno incluye la "perfecta
democracia" y la caracteriza como "aquel régimen en el
cual la comunidad, por mayoría, ejerce el poder
legislativo y designa a quienes ejercerán el poder
ejecutivo.

Por su parte Charles-Louis de Montesquieu (1689-1755),
escritor y jurista francés afirma que la democracia es una
especie de género república en cuando a su
"naturaleza" y a su "principio", para remarcar que
"cuando en la república el poder soberano reside en el
pueblo entero, es una democracia, y cuando está en manos
de una parte del pueblo, es una aristocracia", ya que "el pueblo
goza del poder soberano" quien además posee la "capacidad
para elegir".

Asimismo en El Contrato Social Jean-Jacques Rousseau
(1712-1778) (filósofo, teórico político y
social, músico y botánico
francés, uno de los escritores más elocuentes de la
Ilustración) define a la democracia como "la forma de
gobierno en que se confía todo su ejercicio al pueblo o a
la mayor parte del pueblo", para indicar asimismo que "la
verdadera democracia exige requisitos muy difíciles de
reunir: un Estado muy pequeño, sencillez de costumbres,
igualdad en los rangos y en las fortunas y poco o ningún
lujo" ya que este último factor "corrompe al rico y al
pobre".

Por su parte los fundadores de la república
norteamericana no le dieron el nombre de democracia, ya
que para ellos ese régimen correspondía a la
"reunión general de los ciudadanos" y el gobierno de
éstos por sí mismos sin intermediarios".

Tampoco aparece el vocablo democracia en la
declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de
1789 en Francia, aunque en la Asamblea Constituyente el
político francés Joseph Sieyès (17481836),
expuso su repulsa ante los privilegios de los estamentos
nobiliario y eclesiástico, y propugnaba una
legislación nacional, válida para todos los
ciudadanos, sin exclusiones, indicando también que
"el pueblo no puede hablar ni puede obrar sino por
sus representantes".

La Democracia Clásica: Grecia

El primer antecedente de democracia y los
orígenes del término se remontan a la Grecia
clásica, en la primera mitad del siglo V a C,
en la forma de gobierno que experimentó la polis griega,
siendo Atenas el ejemplo más representativo.

Grecia constituye, según Cornelius Castoriadis,
(1922-1997), filósofo francés, el primer ejemplo de
una sociedad que delibera sobre sus leyes y es capaz de
modificarlas. En Grecia la comunidad política es soberana
y se fundamenta en la igualdad de todos los ciudadanos en un
doble sentido:

1. Es isonomía, igualdad ante la ley;

2. Es isegoría, derecho a participar en las
asambleas.

El fundamento de la democracia griega es la
participación plena y activa de todos sus ciudadanos.
El lugar de la participación era la Ecclesia,
la asamblea donde el pueblo soberano decidía sobre sus
propios problemas. En ella los ciudadanos tenían el
derecho de tomar la palabra (isegoría), sus votos
tenían el mismo peso (isopsephia) y todos tenían la
obligación moral de hablar con franqueza (parhesia). En el
mundo griego no existe la división entre público y
privado ni las diferenciaciones que adquiere la vida social en el
mundo moderno.

Instituciones: La democracia griega funcionaba a
través de las siguientes instituciones:

Los ciudadanos son los atenienses varones mayores de 20
años, debiendo recordarse que Atenas no superó los
50.000 habitantes en esa época, que se repartían en
aproximadamente en 100 distritos territoriales locales llamados
Demos. Estos Demos, unidades de gobierno local, elegían
candidatos en proporción aproximada a su
tamaño para que los representasen en el Consejo u otros
órganos (magistrados, tribunales). La elección
inicial se hacía al azar y de esa lista se volvían
a elegir por sorteo a quienes
desempeñarían esos cargos.

El Arcontado (forma de gobierno que en Atenas
sustituyó a la monarquía, y en la cual, tras varias
vicisitudes, el poder supremo residía en nueve jefes,
llamados arcontes, que cambiaban todos los
años). Con el desarrollo de la democracia, los nueve
arcontes tradicionales fueron perdiendo autoridad. Finalmente,
conservaron ciertas atribuciones de carácter judicial y
religioso.

La Asamblea (Ecclesia) compuesta por todos los
ciudadanos, que analizaba y decidía sobre los asuntos que
afectaban a la comunidad. Era convocada generalmente cada ocho
días. Se reunía en el Ágora o en las
proximidades de la Acrópolis un mínimo de cuarenta
sesiones al año con un quórum de 6.000
ciudadanos.

El Consejo (Bulé) de los 500 tenía como
función central organizar la Asamblea. Era un
comité ejecutivo y de gobierno de la Asamblea, integrado
exclusivamente por varones mayores de 30 años.

El Comité de los 50 que colaboraba con el Consejo
de los 500 y que por su escaso número era más
efectivo. El Comité se formaba por rotación de los
miembros del Consejo, que desempeñaban el puesto durante
una décima parte del mandato anual. El Presidente del
Comité tenía un mandato de un
día.

Los Magistrados tenían funciones de
administración, duraban un año en sus cargos y eran
elegidos por sorteo o elección, sin
reelección.

El Areópago, que era un tribunal superior en los
inicios de Atenas, a pesar de conservar su autoridad moral, en la
práctica, perdió casi todas sus atribuciones.
Juzgaba cierto tipo de crímenes, pero fundamentalmente
cuidaba la educación y las costumbres.

El tribunal de los Heliastas estaba integrado por seis
mil jueces (seiscientos por tribu) sorteados entre los ciudadanos
mayores de treinta años. Como era un cuerpo demasiado
numeroso, para sus deliberaciones se dividía
en diez secciones de quinientos miembros cada una y se
elegían mil suplentes. Esta cantidad excesiva de jueces,
fue perjudicial para el funcionamiento de la justicia. Las
atribuciones judiciales de este órgano, eran amplias, pues
entendía en casi todo tipo de crímenes, menos los
asesinatos, que correspondían al
Areópago.

Existían 10 estrategos (generales) militares que
eran electos por los ciudadanos y que podían ser
reelegidos. A partir del siglo V a.d.C., diez estrategos
(generales) reemplazaron al arconte ptolemarca en el mando del
ejército y las fuerzas navales. En caso de guerra uno solo
dirigía las operaciones. Con el transcurso del tiempo
aumentaron su prestigio y algunos, como Pericles, ocuparon altos
cargos de poder.

Características estructurales: David Held indica
que esta democracia funcionaba a partir de determinadas
características estructurales, requisito que se halla en
oposición con las elementos que identifican a las
sociedades modernas:

Una Ciudad Estado pequeña (aproximadamente 50.000
a 60.000 habitantes) y autónoma (Potestad que dentro de un
Estado tienen municipios, provincias, regiones u otras entidades,
para regirse mediante normas y órganos de gobierno
propios)

Economía de esclavitud, que deja tiempo libre a
los ciudadanos.

El trabajo doméstico es realizado por la mujer
que no participa de la vida ciudadana, y libera al hombre para
los deberes públicos.

Restricción de la ciudadanía a los varones
adultos libres atenienses mayores de 20 años.

Los ciudadanos deben tener intereses armónicos y
compartir el sentimiento del bien general y mostrar homogeneidad
económica, religiosa, idiomática, educativa y
similar tiempo libre, para estar así en condiciones de
reunirse y decidir directamente acerca de las leyes y medidas
políticas. (Dahl)

La participación debe incluir la
administración y el desempeño de cargos
públicos.

Críticas: Platón y
Aristóteles consideraban a la democracia como una forma
impura o injusta de gobierno. Según Sofía Respuela
en "Introducción a la Ciencia Política (recopilador
Julio Pinto), Platón afirmaba que sólo
la aristocracia realizaba el ideal de justicia. Para entender
esta posición debe recordarse que para él los
hombres, por naturaleza tienen aptitudes diferentes:

En los filósofos predomina la razón,
siendo capaces de comprender lo que existe siempre de una manera
inmutable.

En los guerreros predomina el valor, son
los guardianes. En los artesanos predominan los
instintos.

Estas tres partes que se encuentran en el alma de los
hombres se reproducen en la ciudad originando los
tres grupos sociales mencionados. A partir de esa
conformación de la sociedad deduce el concepto de
justicia, que consiste en hacer cada uno lo suyo según su
propia naturaleza, es decir cada cual debe tener en
la ciudad una sola ocupación, para la cual la naturaleza
lo ha dotado mejor que para cualquier otra tarea.

Una ciudad justa es, entonces, aquella en
la cual los filósofos gobiernan, los guardianes defienden
y los artesanos, labradores, comerciantes se ocupan de ejerces
sus oficios. Esta forma de gobierno perfecta y justa
es la aristocracia. Cualquier modificación dará
origen a formas impuras e injustas.

Platón establece un proceso de decadencia de la
ciudad a partir de la mezcla de sus clases, partiendo de
la aristocracia como forma pura y justa para alcanzar
cuatro formas viciosas:

La timocracia, que se presenta cuando los
filósofos se mezclan con los guardianes, ocasionando que
en el alma que gobierna resida la ambición y
la cólera.

La oligarquía ocurre cuando los gobernantes son
invadidos por un deseo ilimitado de riqueza, provocando que
manden los ricos sin la participación de los
pobres.

El gobierno de la riqueza será la causa de la
aparición de la democracia, es decir, el gobierno de los
muchos y pobres, de la masa de la población que
naturalmente debía dedicarse a los trabajos artesanales,
al comercio y la labranza, ocasionando que no exista ni orden ni
control,

Este exceso de libertad, conduce en la
visión de Platón a que se reclame un gobierno con
extrema autoridad, que desemboca en la tiranía donde un
caudillo gobernará con poderes absolutos.

Pero como siempre es posible la victoria de
la justicia sobre la injusticia, se encontrará el regreso
desde la tiranía a la aristocracia.

Como se expresara, Aristóteles
también realiza una evaluación contraria de la
democracia. Este pensador distinguía las formas de
gobierno según sus fines, afirmando que "un régimen
político es la organización de las magistraturas en
las ciudades, como se distribuyen, cual es el elemento soberano y
cual el fin de la comunidad en cada caso". Cuando un
régimen se propone el bien común es un
régimen recto; en cambio cuando se propone el beneficio de
los gobernantes son desviaciones. Dentro de cada uno de estos
grupos se encuentran divisiones que pueden resumirse en la
siguiente tabla:

Monografias.com

De esta manera la monarquía, la
aristocracia y la república o politeia (hoy se traduce
como democracia) son las formas en las cuales se
gobierna en vistas al bien común de la polis. La
tiranía puede definirse como una
monarquía orientada hacia el interés del monarca
que ejerce un poder despótico sobre la comunidad. La
oligarquía tiene lugar cuando los que gobiernan son los
pocos con fortuna y lo hacen en beneficio propio y,
finalmente, la democracia (que hoy se traduce como demagogia) es
el gobierno de los muchos y pobres que buscan su propio
beneficio. De las formas pervertidas, la democracia es la
más moderada y la tiranía la peor.

La democracia en
Roma

La siguiente es la organización de
los órganos gubernamentales durante la República
romana:

1. Los magistrados: Las magistraturas fueron electivas,
sus integrantes (salvo contadas excepciones) eran elegidos por
sufragio popular y duraban generalmente un año. El trabajo
en las magistraturas no era remunerado, y debía ser
respetada una serie de jerarquías que establecía
que sólo podían participar en los cargos mayores
quienes habían formado parte de cargos menores. Los
magistrados en Roma eran los siguientes:

Cónsules: Una vez expulsados los reyes, el poder
civil y militar quedó en manos de dos
cónsules que ejercían sus funciones
anualmente. Ejercían la mayor autoridad pues
presidían el Senado, convocaban a asambleas populares y
comandaban los ejércitos.

Dictadura: Cuando una invasión o guerra civil
amenazaba a Roma, los cónsules eran suspendidos en sus
funciones y reemplazados por un dictador, que gobernaba
sólo. Como estaba investido con muchas atribuciones,
debía renunciar cuando el peligro terminaba, y si los
conflictos continuaban debía ser reemplazado a los seis
meses.

Censores: Estos dos magistrados tenían la
misión de confeccionar cada seis años el censo, es
decir, el padrón general del pueblo romano donde figuraba
la nómina de ciudadanos y sus bienes. Con el transcurso
del tiempo, aumentaron sus atribuciones, llegaron a poder vigilar
la conducta de los funcionarios y "degradar" a un senador y hasta
expulsarlo de sus funciones. Pretores: En principio, los
cónsules resolvieron las cuestiones judiciales, pero con
el tiempo la cantidad de problemas aumentó y se
creó el puesto de pretor. En un primer momento no
existió más de uno, pero luego llegó a haber
hasta doce.

Tribunos de la Plebe: Representaban al pueblo y duraban
un año en el desempeño de su cargo.

Eran funcionarios que defendían a las clases
desprotegidas ante las arbitrariedades de los patricios. Por
medio del veto podían impedir el cumplimiento de una
resolución que afectara los intereses de sus
representados.

Ediles: Tenían a su cargo los asuntos policiales,
el cuidado de los edificios y la celebración de los
festejos públicos.

Cuestores: Eran los funcionarios que se ocupaban de las
cuestiones financieras. Administraban el tesoro
público, controlaban los gastos del Estado y
percibían los impuestos de los territorios
conquistados.

2. Senado: Es el cuerpo más famoso de la
República Romana. Fue creado durante la monarquía y
contó en un principio con trescientos miembros, aunque
posteriormente su número aumentó a seiscientos.
Sólo podían integrarlo aquellos que ya
habían participado, por lo menos, en una de las
magistraturas del Estado. En principio eran elegidos de forma
vitalicia, pero aproximadamente desde el siglo IV a.d.C. los
censores tenían la atribución que les
permitía la posibilidad de destituirlos si su conducta no
era honorable. El senado tuvo amplios poderes. Intervenía
en las funciones legislativas, porque tenía la facultad de
tener gran peso en la aprobación de las leyes. Sus propias
resoluciones eran denominadas "senadoconsultos" y trataban
cuestiones referentes a la administración interior, al
gobierno de las provincias, a la religión y a la
política exterior.

3. Los Comicios: Para expresar su
opinión en asuntos de gobierno, los ciudadanos se
reunían en asambleas del pueblo o comicios.
Estos comicios eran tres:

Comicios curiados: Fue la asamblea más antigua y
se basaba en la división religiosa del pueblo por curias.
Sus integrantes eran exclusivamente patricios y se agrupaban en
treinta curias, las cuales trataban los asuntos
aisladamente y luego cada una de ellas emitía un
voto.

Comicios centuriados: En estas asambleas, los
concurrentes, patricios y plebeyos, se dividían
por centurias o agrupación militar de ciudadanos de
cinco clases, de acuerdo con su fortuna. Aunque se admitía
la participación popular, los elementos
aristocráticos tenían mayor peso. Por
su carácter militar se reunían en el Campo de
Marte porque estaba prohibido el ingreso de tropas armadas a la
ciudad de Roma. Los comicios centuriados elegían a los
altos funcionarios del gobierno, creaban y derogaban
ciertas leyes, decidían apelaciones de sentencias
judiciales y podían declarar la guerra o concertar la
paz.

Comicios por tribus: Todos los ciudadanos
pertenecían a esta asamblea y no había
distinción entre ricos y pobres. Es considerada como la
verdadera institución democrática de la
República Romana, y su prestigio aumentó con el
tiempo. El criterio de división era el de las tribus, es
decir, los "barrios" en los que se dividía el territorio
romano.

Relación
entre el Mundo Antiguo y el Mundo Moderno

Como bien afirma Finley, es un error establecer la
ecuación democracia = régimen electoral para la
política en el Mundo Antiguo. Este error surge de nuestra
idea moderna de Estado y de democracia y "exige un
esfuerzo consciente para dejarla de lado en el estudio de la
política antigua." Es un grave error pensar a Atenas o
Roma cómo regímenes electorales, las elecciones
existían, pero no tenían el peso final y absoluto
que, en teoría, tienen hoy en día. Esto
sucedía por varias razones, en primer lugar podía
existir un consejo que tuviera en sus manos la decisión
final, además podía suceder que los cargos
electivos no sean los realmente importantes para el gobierno de
la ciudad, y también hubo "un liderazgo salido casi
exclusivamente de las clases sociales altas."

En Atenas, las cesiones de la Asamblea eran
públicas para cualquier ciudadano que quisiera acudir, en
la Asamblea se tenía el poder del voto directo para las
propuestas que se debatían abiertamente. Además,
como se mencionó anteriormente, había dos consejos,
el Areópago, que era un vestigio arcaico que fue perdiendo
todo su antiguo poder en manos del Consejo de los Quinientos. Los
miembros de este último eran elegidos por sorteo de entre
todos los ciudadanos de más de treinta años que
decidían que su nombre fuera presentado en la lista; la
duración de los cargos era de un año y un hombre
podía ejercerlo sólo dos veces en su vida.
Según Finley, "casi todos los magistrados eran
seleccionados también por sorteo, sello de democracia para
los griegos". Aristóteles no habla de sufragio al definir
a la democracia, sino que se refiere concretamente al sorteo en
las magistraturas: "Democracia es la forma de gobierno en la que
las magistraturas se reparten por sorteo."

El poder de los magistrados se veía limitado
porque se veían controlados mediante lo que Finley
denomina calificaciones (es decir sus méritos), lo que
perjudicaba a los magistrados frente a la Asamblea o
el

Consejo de los Quinientos.

Si bien todo este sistema hace parecer que había
gran participación de las masas populares, no se
puede aseverar con certeza que esto haya sido
realmente así. "La Asamblea no era un parlamento con
miembros fijos; no hay duda de que pocos ciudadanos comunes y
corrientes se tomaron la molestia de asistir a sesiones de
rutina, pero es inimaginable que el tema de ir o no a la guerra
con Esparta encontrara un desinterés semejante."
Además, resulta imposible imaginar que un decreto pudiera
ser tratado detalladamente en una sesión multitudinaria de
una Asamblea al aire libre. Finley afirma que era extraño
que un ciudadano común y corriente que asistía a la
Asamblea se tomara la molestia de recurrir a los registros
públicos a verificar datos que eran tratados sólo
en forma oral en los debates, cosa que resulta
lógica.

En cuanto a Roma, pueden encontrarse diferencias
notorias respecto a Atenas. Existen similitudes como la
imposibilidad recién mencionada a acceder a
información necesaria, el papel de la gloria militar en la
política y el patronazgo cómo método para
obtener liderazgo político. En cuanto a las diferencias,
hay muchas entre el sistema ateniense y el romano. Los romanos
poseían no una, sino tres asambleas a las que dirigirse
para tratar los problemas de su comunidad. Pero a pesar de que
este hecho aparenta un mayor grado de
participación popular en el gobierno, no es así, ya
que "los recursos formales ideados para asegurar un estrecho
control de la elite se acumularon hasta equivaler a una
auténtica camisa de fuerza.". Finley explica
una serie de elementos que lo llevan a la conclusión de
que las clases dominantes romanas tenían todo un sistema
burocrático que desfavorecía, y en algunos casos,
impedía la participación popular. Por ejemplo no
había fechas fijas para las sesiones y ni siquiera para
las elecciones anuales de cónsul. Y cuando por fin
había una asamblea, no había discusión, sino
solamente una votación para aprobar o rechazar un proyecto
de ley, y ni siquiera estaba permitido tratar más de un
proyecto de ley por sesión. Este tipo de reglas generaban
importantes trabas a la participación de los ciudadanos,
especialmente los que vivían a cierta distancia de la
ciudad de Roma, donde se realizaban la totalidad de las
prácticas políticas.

SINTESIS DE LA
EVOLUCION DE LA DEMOCRACIA

En las democracias modernas, la autoridad suprema la
ejercen en su mayor parte los representantes
elegidos por sufragio popular en reconocimiento de la
soberanía nacional. Dichos representantes pueden ser
sustituidos por el electorado de acuerdo con los procedimientos
legales de destitución y referéndum y son, al menos
en principio, responsables de su gestión de los asuntos
públicos ante el electorado. En muchos sistemas
democráticos, éste elige tanto al jefe del poder
ejecutivo como al cuerpo responsable del
legislativo. En las monarquías constitucionales
típicas, como puede ser el caso de Gran Bretaña,
España y Noruega, sólo se eligen a los
parlamentarios, de cuyas filas saldrá el primer ministro,
quien a su vez nombrará un gabinete.

La esencia del sistema democrático supone, pues,
la participación de la población en el
nombramiento de representantes para el ejercicio de
los poderes ejecutivo y legislativo del Estado,
independientemente de que éste se rija por un
régimen monárquico o republicano.

Grecia y Roma: El gobierno del pueblo tuvo un importante
papel en las democracias de la era precristiana. A diferencia de
las democracias actuales, las democracias de las ciudades Estado
de la Grecia clásica y de la República de Roma eran
democracias directas, donde todos los ciudadanos tenían
voz y voto en sus respectivos órganos
asamblearios. No se conocía el gobierno representativo,
innecesario debido a las pequeñas dimensiones de las
ciudades Estado (que no sobrepasaban casi nunca los 10.000
habitantes). La primigenia democracia de estas primeras
civilizaciones europeas no presuponía la igualdad de todos
los individuos, ya que la mayor parte del pueblo, que estaba
constituido por esclavos y mujeres, no tenía reconocidos
derechos políticos. Atenas, la mayor de las ciudades
Estado griegas regida por un sistema democrático,
restringía el derecho al voto a aquellos ciudadanos que
hubieran nacido en la ciudad. La democracia romana era similar a
la ateniense, aunque concediese a veces la ciudadanía a
quienes no eran de origen romano. El estoicismo romano, que
definía a la especie humana como parte de un principio
divino, y las religiones judía y cristiana, que
defendían los derechos de los menos privilegiados y la
igualdad de todos ante Dios, contribuyeron a desarrollar la
teoría democrática moderna.

La República romana degeneró en el
despotismo del Imperio. Las ciudades libres de las actuales
Italia, Alemania y Países Bajos siguieron aplicando
algunos principios democráticos durante la edad media, en
especial, en el autogobierno del pueblo a través de las
instituciones municipales. Los esclavos dejaron de constituir una
parte mayoritaria de las poblaciones nacionales. A medida que el
feudalismo desaparecía, surgía, a su vez, una clase
media comercial y rica que disponía de los recursos y
tiempo necesarios para participar en los asuntos de gobierno.
Resultado de esto fue el resurgimiento de un espíritu de
libertad basado en los antiguos principios griegos y romanos. Los
conceptos de igualdad de derechos políticos y sociales se
definieron aún más durante el renacimiento, en el
que se vio potenciado el desarrollo del humanismo, y más
tarde durante la Reforma protestante en la lucha por la libertad
religiosa.

Europa occidental y Estados Unidos: Comenzando con la
primera rebelión popular contra la monarquía, que
tuvo lugar durante la Guerra Civil inglesa (1642-1649), llevada a
su punto culminante con la ejecución del propio rey Carlos
I, las acciones políticas y revolucionarias contra los
gobiernos autocráticos europeos dieron como resultado el
establecimiento de gobiernos republicanos, algunos
autocráticos, aunque con una tendencia creciente hacia la
democracia. Este tipo de acciones estuvieron inspiradas y guiadas
en gran parte por filósofos políticos, sobre todo
por los franceses Charles-Louis de Montesquieu y
Jean-Jacques Rousseau, y por los estadistas estadounidenses
Thomas Jefferson y James Madison. Antes de que
finalizase el siglo XIX las monarquías más
significativas de Europa occidental habían adoptado una
constitución que limitaba el poder de la corona y
entregaba una parte considerable del poder
político al pueblo. En muchos de estos países se
instituyó un cuerpo legislativo representativo creado a
semejanza del Parlamento británico. Es posible que la
política británica ejerciese pues la mayor
influencia en la universalización de la democracia,
aunque el influjo de la Revolución Francesa fue de igual
forma poderoso. Más tarde, el éxito de la
consolidación de las instituciones democráticas en
Estados Unidos sirvió como modelo para muchos
pueblos.

Democracias modernas: Las principales
características de la democracia moderna son la libertad
individual, que proporciona a los ciudadanos el derecho a decidir
y la responsabilidad de determinar sus propias
trayectorias y dirigir sus propios asuntos, la igualdad ante la
ley, el sufragio universal y la educación. Estas
características han sido proclamadas en grandes documentos
históricos, como la Declaración de Independencia
estadounidense, que afirmaba el derecho a la vida, a la libertad
y a la búsqueda de la felicidad, la Declaración de
los Derechos del hombre y del ciudadano francesa, que
defendía los principios de libertad civil e
igualdad ante la ley, y la Declaración Universal de
Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General de la
Organización de las Naciones Unidas (ONU) en diciembre
de 1948. En ella se recogen los derechos civiles y
políticos fundamentales que atañen a personas y
naciones, tales como la vida, la libertad, la intimidad, las
garantías procesales, la condena y prohibición de
la tortura, de la esclavitud, y los derechos de
reunión, asociación, huelga y
autodeterminación entre otros. Desde su
promulgación, la Declaración, aunque sólo
fue ratificada por una parte de los estados miembros, ha servido
de base para numerosas reivindicaciones políticas y
civiles, en cualquier Estado.

Hacia mediados del siglo XX todos los países
independientes del mundo, a excepción de un
pequeño número de ellos, contaban con
un gobierno que, en su forma si no en la práctica,
encarnaba algunos de los principios democráticos. Aunque
los ideales de la democracia han sido puestos en práctica,
su ejercicio y realización han variado en muchos
países.

Latinoamérica: En Latinoamérica, la
instauración de los valores esenciales de la democracia se
inició con el proceso de su propia emancipación
(1808-1826), al que sucedió una época de
regímenes constitucionalistas. Se promulgaron
constituciones en todos los países pero se multiplicaron
de forma excesiva a consecuencia de los constantes cambios
políticos y las imposiciones de los grupos dominantes, lo
que impidió una temprana estabilización de
regímenes políticos fundamentados en un sistema
basado en los principios democráticos.

El predominio del caudillismo, las presiones de los
caciques y las oligarquías, los enfrentamientos
ideológicos y la dependencia económica externa,
fueron algunos de los factores que provocaron la inestabilidad,
la lucha de multitud de facciones, el subdesarrollo y el
estancamiento generalizado, que se convirtieron en rasgos
característicos de la política
latinoamericana.

Se sucedieron épocas de libertad y democracia con
otras en las que se generalizaron los regímenes
autoritarios y las dictaduras militares.

Al iniciarse la década de 1980,
Latinoamérica vivía un auténtico renacer de
la democracia, que se ha extendido, a partir de los cambios
ocurridos en Perú y Ecuador, a los demás
países. En casi todos ellos se manifiesta un fuerte apego
a las constituciones, que consagran los contenidos del Estado de
Derecho. Quienes propugnan el desarrollo democrático en
Latinoamérica luchan, sin embargo, contra una cultura
política en la que el autoritarismo ha jugado un papel muy
significativo a lo largo de su historia. No obstante, el consenso
en que la lucha por generalizar la democracia debería ser
la principal misión de los gobiernos latinoamericanos fue
la principal conclusión extraída por los jefes de
Estado de la zona reunidos en Chile durante la VI Cumbre
Iberoamericana celebrada en 1996.

ORIGENES Y
CARACTERÍSTICAS DE LAS DEMOCRACIAS
CONTEMPORÁNEAS

Pese a la variedad de orígenes, al
tiempo y las circunstancias, las distintas democracias tuvieron
algunas similitudes fundamentales, tanto en los principios de su
institucionalización como en las modalidades
de quienes las propugnaron y las establecieron. El estado
constitucional que ahora conocemos, se desarrolla a partir de los
siglos XVII y XVIII y los precedentes más conocidos e
influyentes en el mundo occidental, ocurren, a
partir de la revolución inglesa de 1688 y francesa de 1789
y de la independencia de los EE.UU. en 1776.

El Estado constitucional, se caracteriza
por tener como fundamento y como marco una constitución o
sea una norma superior que organiza y supraordena; aunque desde
luego no basta, pues en muchos estados, tras la
Constitución se esconde un gobierno autocrático y
anticonstitucional, o sea lo que Löwenstein, denomina
Constitución semántica, aquella donde la realidad
es totalmente distinta a los enunciados formales.

En un estado Constitucional, democrático y de
derecho, que es la orientación del estado
contemporáneo, hay dos presupuestos valorativos que lo
justifican y sustentan: La libertad y la igualdad, los que a su
vez exigen la existencia de dos presupuestos políticos: La
separación de poderes y el respeto a los
derechos fundamentales.

En el Estado, la separación de poderes, tiene
como fundamento la distribución del poder o sea
cuando existen varios e independientes detentadores
del poder u órganos de gobierno, que participan; es un
elemento central de la teoría política liberal para
controlar, frenar y dividir el poder. Para la mejor
comprensión del tema de la separación del poder
tenemos que indagar sobre el origen y naturaleza de éste,
en la formación de la Voluntad Estatal.

La "división del poder" debe
entenderse en un sentido metodológico de ejercicio del
mismo, es decir como división del trabajo y no la perdida
de unidad y consistencia del poder, el cual por su propia
naturaleza es indivisible.

Concepción del hombre y de la
sociedad política: Las democracias contemporáneas
coinciden en la idea básica que los hombres nacen libres e
iguales. Esa creencia en la igualdad y libertad naturales de
los hombres se encuentra en la base del supuesto
lógico de la democracia y determina la consecuencia que
ninguno tiene el derecho innato de mandar a los demás.
Implica asimismo que todos los hombres son
racionales y que pueden gobernarse a sí mismos,
fundamento lógico que se encuentra especialmente en
Kelsen y Kant, determinando que no puede haber mejor
gobierno que el "auto-gobierno".

Principios de institucionalización
(constitucionalismo): Las democracias contemporáneas
nacieron unidas al Constitucionalismo y a la doctrina de la
representación política. Originariamente la
palabra clave no fue democracia sino
Constitución, corriente que proporcionó los
siguientes elementos fundamentales:

a) postulación de la dignidad de la persona
humana como supremo valor terrenal;

b) principio del "imperio de la ley";

c) principio de la "soberanía del
pueblo";

d) las técnicas, en base a los principios y en
procura de la finalidad: supremacía de las
normas jurídicas fundamentales, distinción entre
poder constituyente y poder constituido, división de los
poderes, independencia del poder judicial,
designación por elección de los titulares de
los poderes constituyente y constituido marcando la doctrina de
la representación jurídica, legalidad
administrativa, control de la actividad de los
órganos del estado e, institucionalización de la
oposición.

Por consiguiente, en la doctrina de la democracia
constitucional se encuentran inseparablemente unidas la
democracia y la constitución, es decir, no basta la
democracia sin la constitución, ni ésta sin la
democracia.

En ese marco, la democracia como "estilo de vida" supone
una estructura social abierta al cambio, un clima cultural
específico y una personalidad especial por parte de sus
protagonistas, siendo la democracia constitucional la que mejor
se adecua a la esencia misma de la política: estructura
dinámica con tendencia al orden y al movimiento, ya que no
es algo terminado ni perfecto, es "la incesante búsqueda
de cosas mejores".

Esta nota especial que el "estilo de vida"
democrático proporciona a la democracia constitucional
como régimen político integral, le da
a ésta el carácter de proceso continuo y de
equilibrio dinámico, donde cada decisión
política marca una etapa en la marcha incesante hacia
estadios mejores para los ciudadanos que, además, supone
cierta dosis de consenso, pluralismo, diálogo y
oposición, racionalidad y otros factores
similares.

Modalidad de los actores reales: El constitucionalismo
no habría sido más que una quimera si no se
hubieran dado vida las actitudes y los comportamientos humanos
determinados por una serie de factores condicionantes extra
voluntarios.

En un comienzo los hombres que moldearon las democracias
contemporáneas provenían de diferentes estratos
sociales pero, más allá de sus diferencias, estaban
identificados con el tiempo histórico que vivían y
sus comportamientos cívicos coincidían con los
supuestos doctrinarios de sus instituciones, hasta parecerse a
los hombres pensados por los filósofos "puro
espíritu y conciencia pura". Aquellos hombres formaban la
"nación", que era teóricamente una entidad global,
homogénea e indiferenciada, constituida exclusiva y
directamente por la totalidad de los ciudadanos, sin divisiones
ni intermediarios, pero era también – en palabras de
Renán – "haber sufrido juntos por un idéntico
programa a realizar" que hicieron posible las democracias
contemporáneas.

DEMOCRACIA Y
AUTOCRACIA

Löwenstein señala en su obra "Teoría
de la Constitución" que sólo se podrá
obtener una clasificación adecuada desde el punto de vista
sociológico de los Estados a través de una
investigación de las estructuras reales de gobierno y que
el criterio para hacerlo radica en el modo en que se ejerce y
controla el poder político en la sociedad estatal
concreta.

A su juicio se presenta una dicotomía que resulta
de la distinción entre "la distribución del
ejercicio y control del poder político" por una parte y
"la concentración del ejercicio del poder, que está
libre de control" por la otra..

De esta forma surgen dos tipos básicos de
sistemas políticos en los que se observa la
institucionalización de una ideología
política específica para cada uno de ellos: el
constitucionalismo y la autocracia. Los "sistemas
políticos", en su concreción histórica, dan
lugar a la siguiente clasificación de tipos de
gobierno:

Monografias.com

Origen de la autocracia

La palabra autocracia se ha formado como término
abstracto derivado del adjetivo «autócrata»,
que a su vez viene de las raíces griegas autós y
kratía y significa el que tiene el poder (kratía)
en sí mismo (autós).

Autócrata es, pues, el gobernante que ejerce
jurídicamente el poder omnímodo y absoluto, sin
ninguna clase de limitaciones jurídicas representadas por
otros poderes, ajenos al suyo propio, existentes en la
sociedad por el mismo regida. Autocracia es, entonces, el
sistema de gobierno realizado por un poder
autocrático.

Los orígenes del uso del término
autocracia se hallan en los antiguos imperios orientales, cuyos
monarcas ejercían un poder omnímodo sobre sus
súbditos. En la gran expansión de la cultura griega
representada por la helenización del Oriente, los
soberanos del Egipto ptolemaico adoptaron la denominación
de autócrata (autokrátes) para expresar el
carácter ilimitado y total del poder que ejercían.
Tras la conquista de Egipto por Roma, Augusto y sus sucesores
consideraron a Egipto no como una provincia de Roma, sometida a
la dominación de la Civitas, sino como un reino personal,
en el cual ejercitaban poderes dinásticos como sucesores
de Julio César. De aquí que en Egipto los
emperadores conservasen, en calidad de reyes, el título
ptolemaico de «autócrata» junto con el de
«césar» que llevaban en todo el
Imperio.

La evolución del principado augusteo hacia formas
de monarquía absoluta, y el mantenimiento del poder
imperial en las provincias orientales helenizadas, hizo que el
título de autócrata usado en Egipto, y la
noción misma de poder total por él expresada, se
expandiese en todo Oriente, fijando el carácter de la
monarquía bizantina. Especialmente es de señalar
que los poderes autocráticos del Emperador se ejercitaban
igualmente en el terreno temporal que en el religioso. La
cristianización del Imperio hizo que también sobre
la Iglesia los emperadores, atribuyéndose el título
de isapóstolos igual a los Apóstoles
-, ejercitasen poderes muy amplios que se extendieron a
cuestiones muy diversas.

La separación de todo Occidente de la
dominación bizantina, y la afirmación en el Papado
de los poderes espirituales propios del sacerdotium, e
independientes del poder temporal, hizo que sólo en
Bizancio se conservase la noción autocrática de
gobierno extendido por igual a los terrenos temporal y religioso.
Absoluto en este último campo, el poder imperial bizantino
lo fue también en las materias extrasacrales por falta
total de poderes sociales independientes del Emperador que
pudiesen limitar su autoridad. En tal terreno, la antigua
formulación romana de la lex regia: «quod principi
placuit, legis habet vigorem» ( «Lo que quiere el
príncipe tiene fuerza de ley» ) fue también
un sólido fundamento doctrinal para afirmar el poder total
del Emperador autócrata Así se mantuvo el sistema
durante toda la existencia de Bizancio, hasta su
desaparición por la conquista turca.

La caída de Constantinopla hizo que los grandes
duques de Moscú, emparentados con la antigua
familia imperial bizantina, se sintieran sucesores
del Imperio. La religiosidad ortodoxa rusa y su cultura
eclesiástica eran de signo bizantino. Moscú fue
proclamada «tercera Roma» y los grandes duques
asumieron los antiguos títulos imperiales:
Zar (César) y autócrata Con el mismo
carácter autocrático que los emperadores de
Constantinopla habían ejercitado plenos poderes
espirituales y civiles, los zares implantaron y extendieron su
imperio ejerciendo una autoridad omnímoda e ilimitada, no
sin tener que vencer resistencias y revueltas de la aristocracia
A partir del reinado de Pedro I el carácter
autocrático del poder imperial es una realidad concreta,
además de una formulación jurídica. Esta
autocracia se mantuvo de hecho hasta la extinción del
Imperio en 1917, como expresión del poder total y
omnímodo de los soberanos rusos.

Los tratadistas políticos de Occidente que desde
el s. XVIII se asomaron a las instituciones políticas
de Rusia, tomaron el título de
«autócrata» con que proclamaban su
soberanía los zares con un sentido francamente peyorativo,
transmutando el valor semántico de la palabra Desde
entonces, en Occidente, donde la evolución política
en conjunto se orienta en las líneas del
constitucionalismo y la democracia, las palabras autócrata
y autocracia son tomadas como antitéticas de democracia y
asumen una significación muy vecina de las
correspondientes a despotismo y tiranía

En la línea de contraposición de
significaciones autocracia-democracia, y desligado ya el vocablo
de su significación histórica concreta
realizada en el marco de las sucesiones políticas que van
del Egipto ptolemaico a la Rusia zarista, los tratadistas
consideran como poder autocrático aquel que es ejercitado
a título personal y con carácter absoluto en el
Estado, sin referencia ninguna a un poder más originario
de carácter social.

En esta acepción serían poderes
autocráticos los de los reyes absolutos del Antiguo
Régimen, e igualmente los de los dictadores en los Estados
modernos. Incluso algunos autores consideran también
apropiada la noción de autocracia para calificar las
formas de gobierno por partidos totalitarios.

Estas utilizaciones modernas del término
autocracia resultan sin embargo un tanto difíciles de
utilizar con significación unívoca En primer lugar,
ya hemos visto que no cabe univocidad entre el uso moderno,
peyorativo, del vocablo, y el que tuvo en los Imperios que lo
utilizaron como título oficial y solemne de sus monarcas.
En segundo término, tampoco hay correlación total
entre autocracia y monarquía absoluta, porque
los reyes absolutos de Occidente no ejercitaron, a diferencia de
los de Oriente, poderes religiosos incontestados en el seno del
cuerpo social, ni cuando ejercitaron algunos lo hicieron con un
título sacral comparable, por ejemplo, al de
isapóstolos de los Emperadores bizantinos.

Por otra parte, todo sistema dictatorial
contemporáneo, sea una dictadura personal, o de partido
totalitario, utiliza siempre como justificación
última un pretexto de servicio a la comunidad, o de
delegación o interpretación de la voluntad popular,
que le diferencia de las antiguas autocracias que
desconocieron la noción de
justificación intramundana del poder, por lo que tampoco
cabe aquí una correlación inatacable entre
totalitarismo y autocracia.

Definiciones modernas

Locke nos dice que el máximo poder es la ley,
colocándola en una posición sobresaliente, en tanto
que aquélla aparecerá como
garantía de la verdadera libertad, que protege aquellos
derechos que tenía en el estado de naturaleza y que el
Estado, producto del pacto social no debe desconocer o negar. La
función de la ley es dar esa
protección, por lo que es necesario que el poder debe
tener sus autolimitaciones y autocontroles; tal objetivo se logra
mediante la técnica de la separación de poderes.
Significa lo anterior que el Estado. Requiere de tres vías
independientes entre sí, pero con intención y
voluntad colaboradora, que permita la unidad orgánica que
el estado necesita y que propicie el autocontrol o sea que el
poder, controle al poder, ("Le Pouvoir arreté le
pouvoir").

El sistema político en el que, al contrario, el
poder se manifiesta en forma concentrada, o sea donde
sólo existe un detentador del poder, sea un
dictador, una asamblea, un comité o un partido, el poder
no está distribuido, es un monopolio sin límites,
un poder absoluto, funciona en un circuito cerrado que excluye
otras ideologías esto es la autocracia.

En la concepción de Locke "en el estado de
naturaleza el hombre vive en un estado de perfecta
libertad e igualdad, gobernado por una ley de
naturaleza que enseña a cuantos seres humanos quieran
consultarla que, siendo iguales e independientes, nadie debe
dañar a otro en su vida, salud, libertad o
posesiones".

No podemos encasillar todos los regímenes
políticos en esta dicotomía, como si todo se
presentara de un modo tan simple, pues a lo largo
del desarrollo histórico, se han visto elementos del
constitucionalismo y de la autocracia, en una aparente
combinación. Así lo advierte Löwenstein, y
dice que estas "formas híbridas o intermedias surgen
frecuentemente en épocas de transición de un
sistema político a otro, bien cuando la autocracia se
desenvuelve hacia el constitucionalismo, o por el contrario
cuando un Estado que hasta ahora estuvo regido
constitucionalmente adquiere la forma autocrática de
ejercicio del poder".

En el ambiente latinoamericano en épocas
recientes, se ha intentado dar la apariencia de regímenes
democráticos a sistemas intrínsecamente
autoritarios, de los que aún se miran algunos ejemplos
nada edificantes; sin embargo, es tal el prestigio de la
legitimación democrática, que algunos gobiernos
espurios tratan de alcanzar esta calificación.

Siempre en opinión de Löwenstein, "la
dicotomía fundamental propuesta de distribución y
concentración en el ejercicio del poder político,
sugiere un examen crítico de los dogmas políticos
mas famosos que constituye el fundamento del constitucionalismo
moderno: la así llamada "Separación de
poderes", esto es de los poderes legislativo,
ejecutivo y judicial, que encontró su formulación
clásica en el artículo 16 de la
Declaración francesa de los derechos del hombre de agosto
de 1789. Inclusive en la Asamblea Constituyente
francesa, uno de los diputados lo proclamó
dogmáticamente en el sentido de que, "ni mas ni menos de
estos tres poderes y así se mantendrían en un
equilibrio perfecto".

No obstante en Locke, sólo reconoce la
separación entre el Parlamento y la monarquía y
Montesquieu que menciona al poder judicial como poder negativo y
un apéndice del legislador. No obstante, para
algunos intérpretes, lo negativo de este poder, no
es sinónimo de nulidad, sino por la forma en que se
manifiesta, dejando sin efecto las decisiones de otros poderes,
tal es el caso de la declaratoria de inconstitucionalidad de las
leyes.

El artículo 16 de la Declaración, que
forma parte de la Constitución de Francia, dice: "Toda
Sociedad en la que no esté asegurada la
garantía de los derechos, no determinada la
separación de poderes carece de
Constitución".

La combinación de proteger los derechos y la
separación de poderes, es parte de los supuestos de
Montesquieu (El Espíritu de Las Leyes), quien
desarrolló la teoría que antes propuso John Locke,
quien expresó sus ideas en su obra "Ensayo
sobre el gobierno civil". Posteriormente las Constituciones
norteamericanas tanto la federal como las estatales, aplicaron
esta teoría.

EL ESTADO
LIBERAL

El surgimiento del liberalismo, a partir el siglo XVII,
significa una nueva forma de pensar la política, basada
centralmente en las libertades individuales: la democracia
moderna es democracia liberal.

El liberalismo articula una serie de conceptos
centrales: la concepción del sujeto como
poseedor de derechos, la representación, el
nuevo concepto de libertad, el gobierno legal y
constitucional

En el centro del proyecto liberal está el
objetivo de liberar a la sociedad civil de la interferencia
política y de limitar simultáneamente la autoridad
del Estado.

El contractualismo ya había modificado
fundamentalmente el concepto de lo social. La sociedad deja de
ser considerada un orden natural y ahora es producto de la
voluntad de los hombres: hombres libres e iguales
que viviendo en un estado de naturaleza caracterizado por la
libertad e igualdad de todos, deciden crear la sociedad civil y,
con ella, el sistema político. El individuo es ahora el
protagonista de la vida política.

Además del contractualismo, se pueden identificar
dos sucesos más que confluyeron en la
concepción individualista de la sociedad y
del estado: el nacimiento de la economía
política, cuyo sujeto es el individuo (homo
economicus) la filosofía utilitarista,
según la cual el único criterio para fundamentar
una ética objetiva es a partir de consideraciones de
condiciones esencialmente individuales.

En esta sociedad constituida a partir de individuos, es
necesario diferenciar la "libertad de los modernos" de la
"libertad de los antiguos". En efecto, el fin de los antiguos (su
libertad) era la distribución del poder político
entre todos los ciudadanos de una misma patria. El fin de los
modernos es la seguridad en los goces privados y,
consecuentemente, las garantías acordadas por las
instituciones para estos goces es lo que se llama
libertad.

La necesidad o la obligación de la
participación no constituye un acto de libertad entre los
modernos: la libertad política radica en la posibilidad de
la elección de la participación en la vida
pública, la libertad de elegir y ser elegido.
Así, la participación política es una
posibilidad, una opción libre de los ciudadanos, a quienes
se les debe garantizar la posibilidad de elegir su
participación y, de inclinarse por ella, no deben
interponérseles obstáculos. Frente a los derechos
del individuo, el estado debe actuar como garante y protector de
los mismos, defendiéndolos ante cualquier
intervención, violación o avasallamiento
posible.

De esta nueva concepción de lo social, de la
centralidad del individuo y del concepto "libertad negativa"
(atribuir a alguien un derecho significa reconocer que el tiene
la facultad de hacer o no hacer lo que le plazca y,
al mismo tiempo, el poder de resistir contra el trasgresor
eventual, quien en consecuencia tiene el deber de abstenerse de
cualquier acto que pueda interferir con la facultad de hacer o no
hacer) aparece una nueva forma de gobierno: el
gobierno representativo.

Al rescatar el concepto de representación, el
liberalismo modifica fundamentalmente a la democracia,
pues incorpora un elemento tradicionalmente no
democrático como lo es la representación. Se
abandona la democracia directa para transformarse en una
democracia representativa, pudiendo en consecuencia extenderse
este modelo casi indefinidamente hasta incluir grandes
conglomerados humanos.

El liberalismo, entendido como cuerpo teórico que
se fue articulando alrededor del individuo y sus libertades, que
defiende el Estado de Derecho, el derecho a la propiedad y la
economía de mercado, se transformó en un elemento
constitutivo de la democracia.

Según Bobbio el Estado Liberal no solamente es el
supuesto histórico sino también jurídico del
estado democrático. Ambos son interdependientes desde dos
aspectos:

1. En la línea que va del
liberalismo a la democracia, son necesarias ciertas libertades
para el correcto ejercicio del poder
democrático.

2. En la línea de la democracia al
liberalismo, es indispensable el poder democrático para
garantizar la existencia y la persistencia de las libertades
fundamentales.

En otras palabras, es improbable que un Estado no
liberal pueda asegurar un correcto funcionamiento de la
democracia, según la opinión del mencionado
Bobbio.

DEMOCRACIA
DIRECTA, INDIRECTA Y SEMI DIRECTA

Clases de democracia.

1. Democracia directa o pura: cuando la
soberanía, que reside en el pueblo, es ejercida
inmediatamente por él, sin necesidad de elegir
representantes que los gobiernen.

2. Democracia representativa o indirecta: el pueblo es
gobernado por medio de representantes elegidos por él
mismo. La elección de los individuos que han de tener a su
cargo la tarea gubernativa se realiza por medio del
sufragio y cualquier individuo tiene derecho a participar o ser
elegido. La forma representativa suele adoptar diversos
sistemas:

a) Sistema presidencialista: se caracteriza
por un poder ejecutivo fuerte. El presidente gobierna realmente a
la Nación, lo secundan los ministros o secretarios que
él elige.

b) Sistema parlamentario: el parlamento es
el eje alrededor del cual gira toda la acción
gubernamental. Las facultades del presidente son muy
restringidas.

c) Sistema colegiado: es una
combinación de los dos anteriores. El poder ejecutivo
está integrado por varias personas elegidas por el
parlamento y que se turnan en el ejercicio de la
presidencia.

3. Democracia Semi Directa: Las características
de las "formas semi-directas" es que suponen o requieren la
existencia de una base representativa, que se agrega o adiciona a
la misma, de tal forma que modifica la naturaleza propia del
régimen representativo. En consecuencia configura en
realidad un régimen representativo modificado o no
puro.

Las formas semidirectas consisten en mecanismos o
procedimientos mediante los cuales el cuerpo electoral participa
directamente en función constituyente o legislativa
realizada por los órganos representativos, o adopta
decisiones acerca de los integrantes de los mismos o decisiones
políticas fundamentales sobre determinados problemas. La
diferencia esencial con la democracia directa radica en que en la
forma semidirecta actúa el cuerpo electoral (órgano
de la democracia representativa) y no la asamblea popular como el
caso de la democracia directa. Esto significa un modo diferente
de actuación: en el primer caso cada ciudadano vota
aisladamente, en el segundo la votación se hace en
reunión.

Las principales formas semidirectas son:

Referéndum. Otorga a los ciudadanos el derecho de
ratificar o rechazar las decisiones de los cuerpos
legislativos.

Plebiscito. La ciudadanía responde mediante el
voto a una consulta efectuada por el gobierno sobre asuntos del
estado que son de interés fundamental. Pueden ser
cuestiones internas (por ejemplo, cambio de forma
política) o de orden internacional (problemas
limítrofes).

Iniciativa popular. Es la proposición al
parlamento de proyectos de leyes presentados directamente por
ciudadanos.

Recall o revocatoria. Derecho de deponer funcionarios o
anular sus decisiones por medio del voto popular.

Opción: Consiste en someter a la decisión
del cuerpo electoral varias alternativas referidas a una misma
cuestión.

Apelación popular de sentencias: Es un
procedimiento que consiste en someter a la consideración
del cuerpo electoral una sentencia judicial que declara la
inconstitucionalidad de una ley. Este sistema es
propio de Estados Unidos e implantado por Roosevelt a comienzos
del siglo XX.

La Democracia Representativa: La democracia directa es
imposible en la sociedad política actual. La
delegación del poder es un hecho ineludible que nace en el
titular del poder que lo transmite a algo que
actuará por él. El Constitucionalismo moderno hace
descansar el origen del poder en el pueblo.

Siendo la democracia una forma de ejercicio del poder, y
no pudiendo ser éste de un modo directo, el pueblo designa
quienes en forma delegada lo ejercerán.

Según Bourdeau, "El Estado es el poder
institucionalizado", es decir el fundamento de poder es
transferido a una entidad, el Estado, quien detenta el poder
político. Las personas naturales que ejercen el
poder y en los que el estado adquiere existencia
corpórea, son los gobernantes, son los que toman
decisiones de un doble carácter: jurídica y
políticas; en este último sentido es que
"representan" a titular del poder.

Löwenstein, advierte el origen de la
representación "al final del período feudal, cuando
la corona estaba necesitada de dinero los delegados
de las capas sociales, poderosas financieramente que estaban
convocadas por el rey se emanciparon —probablemente debido
a los primitivos medios de comunicación
de las instrucciones y mandatos imperativos que
habían recibido y tomaron allí mismo sus decisiones
bajo su propia responsabilidad. De esta manera obligaron y
"representaron" a los grupos o asociaciones de personas de los
que eran portavoces y mandatarios. La representación ha
venido siendo desde entonces la condición necesaria para
la distribución del poder en varios detentadores, sistema
que logra su mayor y mejor expresión en Inglaterra, con el
parlamento, que se independiza del gobierno.

Los signos totalitarios no admiten la
representación del estado burgués de derecho,
porque no se adapta a su interpretación de la
sociedad pues según ellos la única
representación admisible es la del grupo, la de una clase.
Actualmente se considera que el sistema representativo se
legitima con el pluralismo y la participación.

Las ventajas de la representación pueden
apreciarse sin mayor profundización jurídica, pues
pertenecen al orden práctico:

1.En los países y sociedades modernas el pueblo
no puede actuar directamente,

2.El representante está calificado para actuar y
discutir los asuntos que la generalidad no puede hacer.
(Montesquieu. El Espíritu de las Leyes),

3.También el gobierno representativo es moderador
de la libertad política (elección del pueblo), con
el orden y la estabilidad. En general las Constituciones
Latinoamericanas consagran el mandato representativo, a
diferencia del mandato imperativo. Se habla y se hace en nombre
de todo el pueblo y el acto jurídico realizado por el
representante es como si lo hiciera el propio representado y no
tiene responsabilidad política por los actos realizados.
Representan a todo el pueblo, es una representación
colectiva de naturaleza política, que excede a la doctrina
civilista del mandato, en que descansaba la soberanía
popular fraccionada por la cual el individuo representa una parte
de la soberanía del pueblo. Como consecuencia de actuar en
nombre del pueblo y la no responsabilidad de sus actos y el hecho
de no rendir cuentas a nadie excluye el mandato
imperativo, mandato que es en interpretación de Rouseau,
el único que impide al representado despojarse de su
soberanía; contrario a esto la representación
prohíbe la subordinación del elegido a
sus electores, sería admitir que una
circunscripción electoral, le imponga criterios a un
diputado arrogándose la representación total del
pueblo. Es célebre la contestación de
Condorcet, representante en la Asamblea Francesa a sus
electores que le reclamaban su conducta, y les dice: "Ustedes no
me eligieron porque yo piense como ustedes, sino me eligieron
porque ustedes piensan como yo" o la de Mirabeau: "Si estamos
vinculados por nuestras instrucciones no tenemos más que
dejar nuestros cuadernos sobre la mesa y volvernos a
casa".

Por su parte el Constitucionalismo marxista por el
contrario institucionalizó el mandato imperativo.
La Constitución soviética
disponía que "cada diputado esta obligado a rendir cuenta
a sus electores de su trabajo en el "Soviet" de que
forma parte", la Constitución Checoeslovaca dispone: Art.
4 "el pueblo soberano ejerce los poderes del Estado por medio de
los cuerpos representantes que son elegidos por el pueblo,
controlados por el pueblo y responsables ante el
pueblo".

LA DEMOCRACIA EN
EL
PENSAMIENTO CONTEMPORÁNEO

En el presente punto se analiza el pensamiento
democrático contemporáneo a partir del estudio
de cuatro autores relevantes, como son Giovanni
Sartori, Samuel P. Huntington, Joseph A. Schumpeter y
Robert A. Dahl.

Se intentará recoger la esencia del aspecto
conceptual de la democracia actual según el estudio de los
autores indicados, como asimismo los supuestos de la democracia
que estos analizan, sin profundizar en aspectos
filosóficos de la teoría democrática sino
más bien recoger el enfoque funcional que los autores
destacan de la democracia en su definición
institucional.

Giovanni Sartori

Para Sartori, la "democracia" es una abreviación
que significa Liberal-democracia. Sartori distingue tres
aspectos:

1. La democracia como principio de
legitimidad.

2. La democracia como sistema
político.

3. La democracia como ideal.

La democracia como principio de legitimidad postula que
el poder deriva del "demos", el pueblo, y se basa en
el consenso verificado, no presunto, de los
ciudadanos.

La democracia no acepta autoinvestiduras, ni tampoco que
el poder derive de la fuerza. En las democracias el poder
está legitimado, además de condicionado y revocado,
por elecciones libres y recurrentes. Hasta aquí
está claro que la titularidad del poder la tiene el
pueblo. Pero el problema del poder no es sólo
de titularidad, es sobre todo de ejercicio.

La democracia como sistema político tiene
relación con la titularidad del poder y el ejercicio del
poder.

Para colectividades pequeñas, como fue el caso de
las asambleas en la ciudad-estado de la Grecia antigua, o los
cabildos abiertos de nuestra organización colonial, fue
posible la interacción cara a cara de los ciudadanos, y en
estos casos, la titularidad y el ejercicio del poder
permanecían unidos, una forma de autogobierno. Pero cuando
el pueblo se compone de decenas o centenas de millones, dicha
práctica es imposible y entonces se hace necesario separar
la titularidad del ejercicio, nace así la democracia
representativa.

Señala Sartori, que el hecho de que se
añadan algunas instituciones de democracia directa, como
el referéndum o plebiscito, no obsta para que nuestras
democracias sean indirectas, gobernadas por representantes. El
poder se transmite por medio de mecanismos
representativos.

La democracia como un ideal. La democracia como es en la
realidad, no es la democracia como debería
ser. La democracia es ante todo y por encima de todo, un
ideal. El elemento ideal o normativo es constitutivo de la
democracia y provee una tensión ideal, sin la cual, una
democracia no nace o bien se distiende rápidamente. El
elemento dinámico es esta diferencia entre la democracia
ideal y la democracia real, que hace a esta última
perfectible. Cuanto más se democratiza una democracia,
tanto más se eleva la apuesta.

Samuel P. Huntington

Al término de la Segunda Guerra
Mundial, el apoyo universal a la democracia se consolida. Sin
embargo esto tuvo lugar al precio de un desacuerdo,
también universal, en cuanto a su significado. Todos
definían a la democracia según sus propios
intereses. De esta manera proliferaron las democracias con
apellido: democracia directa, democracia representativa,
democracia liberal o burguesa, democracia proletaria,
socialdemocracia, democracia totalitaria, etc. Todo esto
creó problemas importantes para los pensadores. En los
años 50 y 60, los politólogos hicieron esfuerzos
notables para reducir la confusión terminológica y
conceptual.

Fue así como cristalizaron tres enfoques acerca
de la definición de democracia:

1. De acuerdo a las fuentes de autoridad.

2. De acuerdo a los fines o propósitos del
gobierno.

3. De acuerdo a los medios o instituciones.

De acuerdo a las fuentes de autoridad, la
connotación más recurrida es la democracia como
gobierno del pueblo. Algunos agregan en forma
retórica: el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el
pueblo. Pero para Huntington esta definición carece de
sentido desde un punto de vista empírico y
analítico.

El órgano gobernante en una
democracia no siempre es definido en una forma tan amplia.
Jefferson identificaba la democracia con el gobierno de la clase
media. Otros, como el gobierno de los trabajadores. Bryce
señalaba que la democracia existe cuando gobierna "la
mayoría de los ciudadanos calificados".

La premisa implícita en la
definición de democracia como gobierno de la
mayoría, es que, mediante la persuasión y la
movilización de apoyo, las minorías pueden llegar a
ser mayoría. De no ocurrir así, si se
impide de forma permanente el acceso de una parte de la
sociedad al gobierno, se viola el concepto mismo de
democracia.

Una segunda manera de definir un gobierno
democrático es en términos de los propósitos
u objetivos que éste cumple. Pero ¿cómo
definir estos objetivos? ¿Serán el Bienestar
Humano, la Igualdad, la Justicia, los Derechos Humanos, la
Realización del Individuo, la Libertad, el Bien
Común, u otros?

Existen muchos problemas con la definición de
democracia en términos de fines. Cada autor
presenta su propia serie de propósitos. Los
objetivos que se presentan suelen ser generalmente de
carácter idealista. Prácticamente todos los
líderes políticos aseguran perseguir fines
democráticos, en este caso todos los estados
serían democráticos.

Por lo visto, también este enfoque nos presenta
dificultades desde el punto de vista analítico y
empírico.

La dificultad de definir a la democracia en
términos de fuentes de autoridad o de propósitos de
gobierno, ha llevado en las últimas décadas a
enfatizar una definición institucional de democracia. La
democracia tiene un significado útil sólo si se le
define en términos institucionales. La institución
clave en una democracia es la elección de los
líderes por medio de elecciones competitivas.

La formulación moderna más
importante la hizo Joseph Schumpeter en 1942, señalando
que: "El método democrático es aquel mecanismo
institucional cuyo fin es llegar a decisiones políticas,
en la cual los individuos adquieren la facultad de decidir
mediante una lucha competitiva por el voto del pueblo". Durante
algún tiempo, después de la Segunda Guerra Mundial,
el debate continuó entre los teóricos que
adherían a la definición clásica de
democracia, por la fuente o por el propósito, y
aquéllos que se inclinaban por el concepto institucional
schumpeteriano.

Hoy el debate ha concluido y ha predominado la tesis de
Schumpeter. El enfoque institucional posibilita distinguir la
democracia de otros sistemas contemporáneos, a saber, el
sistema Totalitario y el sistema Autoritario.

Las dimensiones claves por las que se pueden comparar
con la democracia son tres:

1. La forma en que se eligen los líderes a
través de elecciones competitivas u otros
medios.

2. El alcance y la naturaleza de la participación
de la ciudadanía en el gobierno.

3. El alcance y la naturaleza del control
de la sociedad, en especial el control de la economía por
parte del gobierno.

La democracia es competitiva, mientras que los sistemas
autoritarios y totalitarios son no competitivos; los
sistemas democráticos y totalitarios son participativos
(el primero con participación autónoma y el
segundo con participación movilizada, en tanto que
los sistemas autoritarios son no participativos. Los sistemas
totalitarios ejercen un control amplio o total sobre la sociedad
y la economía, mientras que los sistemas
democráticos y autoritarios ejercen solamente un control
limitado o moderado.

La definición institucional provee de un sistema
referencial práctico para determinar si un sistema
es democrático. Proporciona una serie de
puntos de referencia, agrupados en su mayoría de acuerdo a
las dimensiones de Robert Dahl de competencia y
participación. Los regímenes políticos nunca
encajan perfectamente en marcos académicos.
En cambio la clasificación en términos de
democracia institucional es tarea relativamente
fácil.

Negar la participación mediante el voto a
cualquier grupo, no es democrático. Tal fue el caso de
Sudáfrica bajo el régimen del apartheid, en que el
70% de la población negra del país no pudo ejercer
este derecho, o como ocurrió en Suiza con el voto de las
mujeres, hasta hace muy poco tiempo atrás; y en los
Estados Unidos, cuando se negó la participación
electoral al 10% de la población afroamericana del
sur.

Los golpes militares, la censura, las elecciones
fraudulentas, la coerción y el acosamiento de la
oposición, la restricción de reunión o
movimiento, son políticas incompatibles con la democracia.
El concepto institucional de democracia ha sido ampliamente
aceptado en los Estados Unidos y ahora también en
Latinoamérica.

Ya no se cuestiona a la democracia política,
ceñida al modelo constitucional liberal como una
democracia puramente formal, si es que ésta da
garantías a los derechos individuales, al derecho de
reunión y a las elecciones libres.

Joseph A. Schumpeter

Un aspecto central de la formulación de
Schumpeter es concebir la democracia como un método, como
un modo de proceder, cuya ausencia o existencia es, por
consecuencia, fácil de comprobar en la mayoría de
los casos. Esta opción le permitió resolver
ambigüedades y dificultades implícitas en la
teoría clásica que definía la democracia
como " la voluntad del pueblo", o "la voluntad general" o "el
bien común", máximas, que a juicio de Schumpeter,
muchas veces eran mejor servidos por gobiernos que nada
tenían de democráticos.

La definición Schumpeteriana es de
carácter empírica, más sujeta a los hechos e
instituciones que permiten su funcionamiento que a una
concepción más abstracta o de componentes ideales.
En segundo lugar, la definición pretende ser exhaustiva y
satisfactoria, a saber, el problema está en garantizar un
método para conseguir decisiones formalmente por medios
democráticos, no permitiendo hacer excepciones a este
principio.

Para Schumpeter la democracia se define de la siguiente
manera: "el método democrático es el instrumento
institucional para llegar a decisiones políticas, en
virtud del cual cada individuo logra el poder de decidir mediante
una competencia que tiene por objeto el voto popular". En efecto,
esta definición pone su acento, en primer lugar, en el
carácter central de la competencia, en segundo lugar, en
los elementos esenciales que debe existir en un régimen
democrático: la existencia de una oposición, la
existencia de minorías y el papel clave del voto
popular.

Ahora bien, esta definición tiene un conjunto de
supuestos que abordaremos, particularmente aquellos
que tienen una vinculación para el tratamiento de su
relación con el capitalismo y el mercado. El primero de
estos es el reconocimiento de la libertad y competencia por el
caudillaje político, y en segundo lugar, la de la
organización de las voliciones la expresión de la
voluntad como elementos claves para la competencia
electoral.

Al respecto, es en la competencia por el caudillaje
donde Schumpeter establece una relación con las
dificultades similares que se dan en el ámbito de lo
económico, propio de las sociedades que organizan su
economía en base al funcionamiento del mercado.

Esta dificultad reside en que, tanto en la competencia
económica como en la competencia política,
esto es, la competencia por el voto, se dé
dicha competencia en forma perfecta, vale decir, no excluye
fenómenos análogos como lo son la competencia
"desleal" , "fraudulenta" o, en definitiva, la restricción
de la competencia. No existe la competencia perfecta ni, por
ende, la democracia perfecta.

¿Qué relación, entonces, existe
entre capitalismo y democracia?, ¿nació al mismo
tiempo que el capitalismo y en conexión causal con
él?

Si bien es posible encontrar históricamente casos
donde el capitalismo se ha desarrollado al margen de un sistema
político democrático los países
asiáticos emergentes, el desarrollo y modernización
capitalista en la España de Franco, etc. tampoco la
democracia pareciera ser estrictamente necesaria pero sí
una condición importante.

Pese a ello para Schumpeter el sistema económico
capitalista posibilita más que ningún otro
régimen político el desarrollo de la democracia por
tratarse de sociedades abiertas donde la libertad
individual, otro de los presupuestos básicos
establecidos por Schumpeter para entrar en la competencia
electoral, es también condición básica para
el sistema económico, aunque, como él
señala, el método democrático no garantiza
mayor libertad individual.

Otro tanto ocurre con el presupuesto que señala
la función de la democracia como un régimen que
no sólo tiene la facultad de crear un
gobierno, sino que también de disolverlo y fiscalizarlo
mediante la decisión del electorado de reelegir a sus
representantes, lo cual implica que la voluntad mayoritaria no
es la voluntad del pueblo en su totalidad, sino de
la mayoría proporcional, de acuerdo a los procedimientos
institucionalizados establecidos.

En resumen, podemos decir, que para Schumpeter "la
democracia moderna nació al mismo tiempo que el
capitalismo y en conexión causal con él", y ello,
básicamente por dos razones planteadas por el autor: la
primera, en relación a la teoría de la competencia
por el caudillaje, en el que la burguesía procedió
al proceso de transformación política, siendo el
método democrático el instrumento utilizado para
esa construcción. En segundo lugar, porque la
burguesía, como agente social de la transformación
política, introdujo limites a las decisiones
políticas, más allá de los cuales el
método democrático deja de ser aplicable, lo cual
se traduce en que los intereses de la clase capitalista quedan
mejor servidos por una política de no intervención
del Estado.

Robert A. Dahl

Para Dahl, el gobierno democrático se caracteriza
fundamentalmente por su continua aptitud para responder a las
preferencias de sus ciudadanos, sin establecer diferencias
políticas entre ellos. Para que esto tenga
lugar es necesario que todos los ciudadanos tengan igual
oportunidad para:

1. Formular sus preferencias.

2. Manifestar públicamente dichas
preferencias entre sus partidarios y ante el gobierno, individual
y colectivamente.

3. Recibir por parte del gobierno igualdad
de trato: es decir, éste no debe hacer
discriminación alguna por causa del contenido o el origen
de tales preferencias.

Estas tres condiciones básicas deben
ir acompañadas por ocho garantías:

(1) Libertad de
asociación.

(2) Libertad de
expresión.

(3) Libertad de voto.

(4) Elegibilidad para el servicio
público.

Partes: 1, 2, 3
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente 

Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

Categorias
Newsletter