Debido a que el Estado Moderno está construido a partir de un envolvente edificio legal, cuyas notas fundamentales son la división de funciones, los sistemas de control administrativo y las declaraciones de derechos y garantías, no es posible actualmente separar los contenidos de Estado y Derecho, puesto que, como explica Hermann Heller “hay que concebir al Derecho como la condición necesaria del Estado actual y, asimismo, al Estado como la necesaria condición del Derecho presente”.
Solamente por una cuestión de método de estudio se los concibe de manera aislada, existiendo tres posiciones respecto a este tema:
Como se indicara, las diferencias son más aparentes que reales, ya que todos los autores admiten que sin Derecho no hay Estado, pudiéndose realizar una clasificación de sus elementos de la siguiente manera:
Esta concordancia actual, cuya descripción teórica se denomina Estado de Derecho, también conocido como principio del Imperio de la ley establecen las condiciones de existencia de un Estado ideal, una clase de Estado solamente justificado por la Ley, cuyos aspectos principales se describen en el parágrafo siguiente.
Dr. Guillermo Hassel
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