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Diagnóstico planta de combustible según norma técnica nt-01-2008 (Venezuela)



Partes: 1, 2

    Resumen

    El presente estudio tiene como objetivo el
    diagnóstico de la situación actual de la Planta de
    distribución de Combustibles Puerto Ordaz, de acuerdo a la
    Norma Técnica NT-01-2008.Metodológicamente, el tipo
    de investigación fue descriptivo y documental. La
    investigación se realizó mediante la
    revisión documental de la NT-01-2008 para verificar su
    cumplimiento, luego se elaboró y aplicó una
    encuesta a todos los trabajadores para precisar cómo se
    encuentra la empresa con relación a los planes de trabajo,
    se identificaron los riesgos de la planta, todo esto con el
    objetivo de determinar cómo se encuentra la empresa con
    respecto a las normas vigentes y así poder precisar las
    acciones a seguir en pro de la seguridad y salud de los
    trabajadores y trabajadoras. Por último se propone el
    diseño, aplicación y evaluación de un
    Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de acuerdo a la Norma
    Técnica NT-01-2008.

    Introducción

    La seguridad y salud en el trabajo, se debe tomar en
    cuenta en toda organización, puesto que su
    regulación y aplicación se hace imprescindible para
    mejorar las condiciones de trabajo. Por consiguiente, en nuestro
    país se considera la seguridad y salud integral de los
    trabajadores como uno de los objetivos primordiales en toda
    organización, por ello las organizaciones deben contar con
    un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo tal como lo
    establece la LOPCYMAT, de acuerdo a las normas
    vigentes.

    En el año 2008, fue publicada en gaceta oficial
    por el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad
    Social, la Norma Técnica Programa de Seguridad y Salud en
    el Trabajo NT-01-2008, vigente para la elaboración del
    Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.

    Toda empresa debe guiarse por los parámetros y
    lineamientos de su país, por tanto es preciso realizar un
    diagnóstico de la situación actual de la empresa
    con respecto a la Norma Técnica NT-01-2008, para poder
    así determinar las debilidades presentes en la planta y
    poder precisar las acciones a seguir.

    De acuerdo con la finalidad del estudio, la
    práctica profesional está estructurada de la
    siguiente manera:

    Capítulo I. El Problema: Se explica la
    problemática existente, se formulan los objetivos, la
    justificación y alcance de la
    investigación.

    Capítulo II. La Empresa: Presenta
    generalidades de la Planta de Distribución de Combustibles
    Puerto Ordaz, ubicación geográfica, misión,
    visión, política de calidad, estructura
    organizativa, descripción del área donde se realiza
    la investigación y descripción del
    proceso.

    Capítulo III. Marco Teórico:
    Contiene los aspectos teóricos utilizados y la
    definición de términos básicos.

    Capítulo IV. Marco Metodológico: En
    este capítulo se describe la metodología utilizada
    a lo largo del estudio, el tipo y diseño de la
    investigación, la definición de las técnicas
    e instrumentos utilizados para la recolección,
    procesamiento y análisis de la
    información.

    Capítulo V. Situación Actual: Se
    presenta la situación actual de la Planta de
    Distribución de Combustibles Puerto Ordaz con
    relación a la Norma Técnica NT-01-2008.

    Capítulo VI. Análisis y Resultados:
    En este se presenta la elaboración, aplicación y
    diagnóstico de la situación actual de la Planta de
    Distribución de Combustibles Puerto Ordaz, de acuerdo a la
    Norma Técnica NT-01-2008, identificación de los
    riesgos y finalmente la propuesta de mejora. Por último la
    Lista de Referencias.

    CAPÍTULO I

    El
    problema

    A continuación se plantea la problemática
    existente, los objetivos de la investigación,
    justificación y alcance.

    1.1 Planteamiento del Problema En PDVSA, la
    seguridad y salud de los trabajadores son factores importantes,
    en este sentido la empresa crea una norma interna que busca
    establecer unos lineamientos para la seguridad y salud de los
    trabajadores abarcando todos los aspectos que esta tiene consigo,
    denominada Sistema Integral de Riesgos (SIR-PDVSA), aprobada en
    agosto de 2001 y a partir de esa fecha se ha implementado en
    todos los negocios, empresas o sucursales de la misma, su
    última revisión se hace en febrero de
    2009.

    Toda empresa debe regirse por las normas, lineamientos y
    leyes de su país, para PDVSA y específicamente para
    la Planta de Distribución de Combustibles Puerto Ordaz no
    debe ser la excepción. En materia de seguridad, Venezuela
    se rige por la Ley Orgánica de Prevención,
    Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (LOPCYMAT) y el ente
    regulador es el Instituto Nacional de Prevención, Salud y
    Seguridad Laborales (INPSASEL).

    La LOPCYMAT establece en el artículo 61 que toda
    empresa debe elaborar el Programa de Seguridad y Salud en el
    Trabajo de acuerdo a las Normas establecidas por el Ministerio de
    seguridad y salud en el trabajo vigente, el mismo es el
    Ministerio del Poder Popular de Seguridad y Salud, el cual
    promulgó en el año 2008 la Norma Técnica
    Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo NT-01-2008 vigente
    hasta ahora para la elaboración, implementación y
    evaluación del Programa de Seguridad y Salud en el
    Trabajo.

    Actualmente la Planta de Distribución de
    Combustibles Puerto Ordaz no cuenta con un Programa de Seguridad
    y Salud en el Trabajo de acuerdo a la Norma Técnica
    NT-01-2008, puesto que se rige por el SIR-PDVSA. En este sentido,
    es preciso realizar un diagnóstico de la situación
    actual de la Planta de Distribución de Combustibles de
    Puerto Ordaz según los lineamientos de la Norma
    Técnica NT-01-2008, para determinar cómo se
    encuentra la misma con relación al cumplimiento de la
    norma y con esto precisar las acciones que se deben tomar para
    mejorar la Seguridad y Salud de los trabajadores y dar
    cumplimiento a las leyes.

    1.2 Objetivo General Diagnosticar la
    situación la Planta de distribución de Combustibles
    Puerto Ordaz, de acuerdo a la Norma Técnica
    NT-01-2008.

    1.3 Objetivos Específicos 1. Contrastar la
    Norma Técnica Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo
    NT-01-2008, con el fin de verificar el cumplimiento de la misma
    en la Planta de Distribución de Combustibles Puerto
    Ordaz.

    2. Elaborar y aplicar un instrumento para el
    diagnóstico de Planta de Distribución de
    Combustibles Puerto Ordaz con relación a los planes de
    Trabajo contemplados en la Norma Técnica
    NT-01-2008.

    3. Identificar los riesgos presentes en la Planta de
    Distribución de Combustibles Puerto Ordaz.

    4. Proponer mejoras de seguridad en la Planta de
    Distribución de Combustibles de Puerto Ordaz.

    1.4 Justificación Para la Planta de
    Distribución de Combustibles de Puerto Ordaz es importante
    el diagnóstico de la situación actual con respecto
    a la Norma Técnica NT-01-2008 (norma vigente para la
    elaboración, implementación y evaluación del
    Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo), puesto que permite
    precisar las acciones que se deben tomar en pro de la seguridad y
    salud de los trabajadores, todo con el fin de disminuir los
    accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales y mejorar la
    atención integral al trabajador y trabajadora
    afectada.

    El diagnostico busca tener la certeza de cómo
    está funcionando la empresa en materia de seguridad,
    dándole el papel protagónico de los trabajadores
    para recaudar la información, lo que pretende identificar,
    en base a las opiniones de los mismos, las debilidades para
    convertirlas en fortalezas, establecer medidas y definir las
    acciones pertinentes para la mejora de la seguridad y salud de
    los trabajadores.

    1.5 Alcance La investigación está
    orientada al diagnóstico de la situación actual de
    la Planta de Distribución de Combustibles de Puerto Ordaz,
    según la Norma Técnica NT-01-2008, en el estado
    Bolívar, con la participación de todos los
    trabajadores que laboran en la planta, dentro del horario
    administrativo, en un periodo de dieciséis (16)
    semanas.

    CAPÍTULO II La empresa

    A continuación se presenta las generalidades de
    la empresa, ubicación geográfica, misión,
    visión, política de calidad, estructura
    organizativa, la descripción del área donde se
    realiza la investigación y descripción del
    proceso.

    2.1 Generalidades de la empresa La Planta de
    Distribución de Combustibles Puerto Ordaz (PD-PZO), forma
    parte del Sistema Suministro Oriente (SISOR) de PDVSA, cuyo
    objetivo principal es el suministro de productos combustibles a
    los estados Anzoátegui, Monagas, Bolívar y
    Amazonas.

    La Planta de Distribución Puerto Ordaz
    está integrada por el múltiple de recibo, patios de
    tanques de almacenamiento, islas de llenadero y un sistema de
    válvulas hacía el tramo del poliducto Puerto Ordaz
    – Ciudad Bolívar.

    Los productos provenientes de la Refinería Puerto
    La Cruz son transportados hasta la planta de distribución
    San Tomé a través de un conducto conocido como
    poliducto de 160 kilómetros de longitud y de
    diámetro de 16 pulgadas; posteriormente esta planta
    rebombea o bombea hasta la planta de distribución de
    Puerto Ordaz, mediante el poliducto de 200 kilómetros de
    longitud y de diámetro de 12 pulgadas. Los productos son
    recibidos y almacenados en tanques a nivel de tierra y
    posteriormente son distribuidos a gran parte del sur del estado
    Bolívar por medio de camiones cisternas que van a las
    estaciones de servicio, y bombeado de la Planta de Ciudad
    Bolívar través de un sistema instalado de bombas
    conectadas al poliducto de 70Kmde longitud y de 8
    pulgadas de diámetro. Ver Figura 2.1.

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    Figura 2.1: Sistema Suministro Oriente (SISOR)
    Fuente. Archivos internos de la empresa.

    2.2 Ubicación Geográfica La Planta
    de Distribución de Combustibles Puerto Ordaz, se encuentra
    ubicada en la Zona Industrial Cañaveral, entre el Plan IV
    de SIDOR y el Peaje Ciudad Guayana/Ciudad Bolívar,
    Municipio Caroní, Estado Bolívar, aproximadamente a
    seis (6) Kilómetros del Río Orinoco ocupando un
    área aproximada de 90 hectáreas. La Planta limita
    al Norte con parcela industrial abandonada, al Sur fábrica
    de abrasivos Saing Gobaing, al Este con la avenida principal de
    la zona industrial Cañaveral y al Oeste con la
    fábrica de abrasivos Saing Gobaing. Ver Figura
    2.2

    RIO ORINOCO

     

    Monografias.com

    Figura 2.2. Planta de Distribución de
    Combustibles Puerto Ordaz Fuente. Google maps.

    2.3 Misión Distribuir productos derivados
    de hidrocarburo en el distrito Guayana en forma oportuna,
    confiable, segura y armonía con el ambiente, a fin de
    satisfacer los requerimientos del cliente y contribuyendo al
    desarrollo socioeconómico de nuestro entorno.

    2.4 Visión Ser una organización
    reconocida por su alto desempeño en la distribución
    de productos derivados de hidrocarburos, contribuyendo
    activamente en el desarrollo socioeconómico de nuestro
    entorno.

    2.5 Política de Calidad Prestar servicio
    de distribución (recepción, almacenaje y despacho)
    de productos derivados de hidrocarburo que satisfagan los
    requisitos de nuestros clientes y otros aplicables a la
    organización, cumpliendo con la normativa de seguridad,
    higiene y ambiente, mejorando continuamente la eficacia del
    sistema de gestión de calidad y contribuyendo con el
    desarrollo socioeconómico del entorno.

    2.6 Estructura Organizativa

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    Figura 2.3. Estructura Organizativa de La Planta
    de Distribución Puerto Ordaz Fuente:
    Elaboración propia.

    2.7 Descripción del área En las
    instalaciones de la Planta de Distribución de Combustibles
    Puerto Ordaz, se distribuyen productos combustibles como:
    Gasolina 91 y 95Octanos (Oct) y Diesel automotriz. El despacho es
    realizado a través de cuatro Islas de Llenado por el
    fondo, con 4 picos de llenado cada una, la cantidad promedio de
    unidades despachadas es aproximadamente 106 Unid/día
    ó 2.752 Unid/mes. El horario de despacho es de 24 horas,
    de lunes a domingo. La facturación y el control de
    despacho son automatizados.

    La Planta de Distribución de combustible
    está conformada por 11 áreas:

    ? Múltiple de recibo: Es un sistema
    integrado por un conjunto de líneas de entradas
    independientes asociadas a cada tipo de producto. Estas
    líneas están conformadas por una serie de
    válvulas motorizadas que pueden ser operadas en forma
    remota desde sala de control o en forma manual desde el
    área.

    ? Patio de tanques: Es el lugar donde se
    encuentran ubicados los tanques de almacenamiento, los cuales
    están destinados a la recepción directa de
    productos desde el poliducto a través del múltiple
    de distribución. Este patio contiene diez tanques
    conectado a una red de tuberías (líneas) provistas
    de válvulas manuales y válvulas motorizadas
    accionadas en forma remota que controlan el flujo de producto.
    Existe la zona de bombas al llenadero, que bombean gasolina de 91
    (Oct), gasolina de 95 (Oct) y diesel automotriz, directamente
    desde el patio de tanques hasta las islas de llenado.

    ? Llenadero de cisternas: En este lugar
    están ubicadas las cuatro (4) islas de llenado que
    suministran producto a los camiones cisternas. Las islas de
    llenado 1 a la 4, cuentan con cuatro (4) brazos de carga
    giratorios (picos) para despachar producto a camiones cisternas.
    Actualmente tanto en la isla N° 3 como en la isla N°4 se
    encuentra un pico inactivo debido a que las líneas
    están destinadas para despachar JET-A1.

    ? Depósito: Este espacio está
    destinado para el almacenamiento de repuestos e insumos
    requeridos para las operaciones. El stock de inventarios en
    existencia, es controlado y administrado por la Unidad de
    mantenimiento de la Planta de Distribución de Combustibles
    Puerto Ordaz.

    ? Edificio administrativo: Está ubicado en
    las adyacencias del llenadero, en este se encuentran las oficinas
    del Departamento Administrativo, donde se realiza la
    facturación, cobranza y control de existencia de
    productos.

    ? Sala de control de operaciones y servicios
    auxiliares:
    Este espacio está destinado a la
    ubicación de los equipos (computadores) que controlan las
    operaciones de la planta. Estos equipos reciben las
    señales de campo y permiten monitorear las actividades
    operacionales a través del Sistema de Control de Planta
    (SCP).

    ? Sistema contra incendio: Se encuentran
    convenientemente distribuidos dentro de las edificaciones y en
    las áreas exteriores de la planta. El sistema contra
    incendio cuenta con los siguientes elementos: sistema de
    conexión a tierra para todos los equipos, válvulas
    de accionamiento manual, diques de contención, red de
    drenaje de aguas aceitosas, sistema de detección y alarmas
    contra incendio, red de espuma contra incendio, equipos
    portátiles, 6 motores del Sistema contra Incendio (2
    Eléctrico y 4 motores de Diesel, incluyendo la
    estación fija de espuma), tanque con capacidad de 89.000
    Bls de agua para el Sistema contra Incendio y uno de 12Bls (500
    galones) aproximados para la espuma.

    ? Sanitarios, vigilancia y guardia nacional:
    Estas áreas están destinadas a usos
    específicos y prestan apoyo al desarrollo de las
    operaciones principales de la planta.

    ? Planta de tratamiento de efluentes aceitosos:
    El proceso de tratamiento de los Efluentes líquidos en la
    Planta de Tratamiento de Efluentes Aceitosos comprende tres
    etapas, que son: La primera etapa es un tratamiento
    físico-químico en donde ocurre la separación
    del hidrocarburo libre y sólidos suspendidos (DAF); la
    segunda etapa está dedicada a la remoción de la
    materia orgánica soluble, presente en el agua desaceitada
    (ejemplo fenoles),; y la tercera etapa que consiste en la
    remoción de los sólidos suspendidos, que han sido
    arrastrados y provienen del sistema biológico.

    ? Edificio de prevención y control de
    emergencias socio-naturales y tecnológicos:
    En este
    lugar se resguardan los equipos de extinción de incendios
    y hace vida el personal de prevención y control de
    emergencias (bomberos industriales).

    ? Laboratorio: En esta área se realiza el
    análisis de las propiedades físicas y
    químicas de los distintos productos (gasolina 91, 95 y
    Diesel). Se toma la muestra y ven las propiedades; para el caso
    de las gasolinas se verifica la temperatura, gravedad y densidad
    y para el diesel temperatura, gravedad y punto de
    inflamación, con el fin de verificar que el producto
    cumpla con las especificaciones técnicas.

    En la siguiente figura se pueden observar las 11
    áreas con que cuenta la empresa. Ver Figura
    2.3.

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    Figura 2.4. Plano de Sistema Suministro Oriente
    (SISOR) Fuente. Archivos internos de la
    empresa.

    2.8 Descripción del proceso El proceso
    llevado a cabo en la Planta de Distribución de
    Combustibles Puerto Ordaz básicamente contempla tres fases
    operacionales: Recepción, Almacenamiento y Despacho de
    Combustible en distintos octanajes entre ellos: Gasolina de 95
    Octanos, Gasolina de 91 octanos y diesel.

    Recepción de combustibles a través del
    poliductos
    : Esta parte del proceso consiste en el
    recibo por poliducto productos derivados de hidrocarburos bajo
    condiciones segura controlando sus principales parámetros,
    a fin de mantener las especificaciones de calidad y asegurar el
    control volumétrico del producto cumpliendo con los
    requisitos de gestión de calidad. Este proceso se realiza
    a través de una tubería de 12 pulgadas de
    diámetro (poliductos), por la cual se transporta el
    producto desde la refinería en Puerto La Cruz, Estado
    Anzoátegui. El programa de bombeo comprende: gasolina sin
    plomo95, gasolina sin plomo 91 y diesel, todos aptos para el
    almacenaje.

    Almacenamiento de combustibles en tanques debidamente
    acondicionados
    : Consiste en colocar el producto
    recibido en tanques dependiendo del tipo de combustible que se
    reciba. Esto es manejado a través de una sala de control
    automatizada que cuenta con sistemas remotos o medidores de
    niveles, así como de inspecciones de cierre de inventarios
    diarios que son ejecutados por los operadores de planta por medio
    de la aforación de los tanques, que no es más que
    medir el nivel del producto dentro de los tanques en un momento
    determinado.

    Despacho de producto: El proceso de
    despacho del producto consiste en el auto despacho por llenadero,
    de productos derivados de hidrocarburos cumpliendo con los
    compromisos del cliente, a fin de mantener las especificaciones
    de calidad y asegurar el control volumétrico del producto,
    cumpliendo así con los requisitos del Sistema de
    Gestión de la Calidad pautados por PDVSA.

    CAPÍTULO III

    Marco
    teórico

    En el presente capítulo se plantean las bases
    teóricas que sustentan la ejecución del estudio
    para el diagnóstico de la situación actual de la
    Planta de Distribución de Combustibles de Puerto Ordaz,
    según la Norma Técnica NT-01-2008.

    3.1 Bases teóricas Acevedo (2001), define
    las bases teóricas como "el conjunto de proposiciones
    teóricas interrelacionadas, que fundamentan y explican
    aspectos significativos del tema o problema en estudio, y lo
    sitúan dentro de un área específica o
    determinada del conocimiento". (p.139). Por tal razón se
    refieren a continuación las bases teóricas que
    contribuyen a precisar y a organizar los elementos contenidos en
    la descripción del problema, de tal forma que puedan ser
    manejados y convertidos en acciones concretas, que permitan la
    obtención de los resultados esperados.

    3.1.1 Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo
    Este consiste en la planeación, organización,
    ejecución, control y evaluación de todas aquellas
    actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud
    individual y colectiva de los trabajadores con el fin de evitar
    accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. El principal
    objetivo de un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo es
    proveer de seguridad, protección y atención a los
    empleados en el desempeño de su trabajo.

    El incremento en los accidentes de trabajo, algunos
    más serios que otros, debido entre otras cosas a los
    cambios tecnológicos o la poca capacitación de los
    empleados, a la manipulación de materiales de uso
    delicado, infraestructuras inadecuadas y en alguna medida por
    fallas humanas, hacen necesario que toda empresa pueda contar con
    un programa que sirva de guía para minimizar estos riesgos
    y establezca el protocolo a seguir en caso de
    accidentes.

    Un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo debe
    contar con los elementos básicos para cumplir con estos
    objetivos, los cuales incluyen datos generales de los procesos
    peligrosos, riesgos, prevención de accidentes y un
    programa de entrenamiento y divulgación de las normas para
    evitarlos. Este instrumentó posee lineamientos de
    aplicación y creación ya que este es una normativa
    de la legislación venezolana en el artículo 89 de
    la Constitución de la República Bolivariana de
    Venezuela desprende que "El trabajo es un hecho social y
    gozará de la protección especial del Estado. La ley
    dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones
    materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y
    trabajadoras". Además del artículo 80 del
    Reglamento Parcial de la LOPCYMAT "Toda empresa, establecimiento,
    explotación, faena, cooperativa u otras formas asociativas
    comunitarias de carácter productivo o de servicios,
    deberán diseñar una política y elaborar e
    implementar un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo,
    específico y adecuado a sus procesos, de conformidad con
    lo establecido en la Ley Orgánica de Prevención,
    Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, este Reglamento y las
    normas técnicas que se dicten al efecto".

    3.1.2 Contenido del Programa de Seguridad y Salud en
    el Trabajo, articulo 82 de la LOPCYMAT.
    El Programa de
    Seguridad y Salud en el Trabajo es el conjunto de objetivos,
    acciones y metodologías en materia de promoción,
    prevención y vigilancia de la seguridad y salud en el
    trabajo. Este programa debe contener:

    1. Descripción del proceso de trabajo
    (producción o servicios).

    2. Identificación y evaluación de los
    riesgos y procesos peligrosos existentes.

    3. Planes de trabajo para abordar los diferentes riesgos
    y procesos peligrosos, los cuales deben incluir como
    mínimo:

    a. Información y capacitación permanente a
    los trabajadores, las trabajadoras, los asociados y las
    asociadas.

    b. Procesos de inspección y evaluación en
    materia de seguridad y salud en el trabajo.

    c. Monitoreo y vigilancia epidemiológica de los
    riesgos y procesos peligrosos.

    d. Monitoreo y vigilancia epidemiológica de la
    salud de los trabajadores y las trabajadoras.

    e. Reglas, normas y procedimientos de trabajo seguro y
    saludable. f. Dotación de equipos de protección
    personal y colectiva.

    g. Atención preventiva en salud
    ocupacional.

    h. Planes de contingencia y atención de
    emergencias.

    i. Personal y recursos necesarios para ejecutar el
    plan.

    j. Recursos económicos precisos para la
    consecución de los objetivos propuestos.

    k. Las demás que establezcan las normas
    técnicas.

    4. Identificación del patrono o patrona y
    compromiso de hacer cumplir los planes establecidos.

    3.1.3 Norma Técnica para el Programa de
    Seguridad y Salud en el
    Trabajo (NT-01-2008).
    Venezuela desde el punto de vista legal se viene definiendo y
    exigiendo en todo centro de trabajo, la existencia de un programa
    relacionado con la salud y la seguridad en el trabajo desde el
    año 1.968, cuando según el decreto 1.290 del 18 de
    diciembre de 1.968, siendo presidente Raúl Leoni, surge el
    Reglamento de la Condiciones de Higiene y Seguridad en el
    Trabajo.

    La Comisión Venezolana de Normas Industriales
    COVENIN, existente desde 1.958, elabora y publica en 1.985 la
    Norma COVENIN 2260-85 sobre "Guía para la
    elaboración de los Programas de Higiene y Seguridad
    Industrial", instrumento que fue sustituido en el año
    1.988 por la Norma COVENIN 2260- 88 "Programa de Higiene y
    Seguridad Industrial – Aspectos Generales", la cual se
    establece de obligatorio cumplimiento, buscando el efectivo
    acatamiento del Reglamento de las condiciones de Higiene y
    Seguridad en el Trabajo; en el año 2004 esta norma es
    actualizada, haciendo un cambio en su enunciado, pasando el
    título de "Seguridad Industrial" a "Seguridad
    Ocupacional", quedando como Norma COVENIN 2260-04 "Programa de
    Higiene y Seguridad Ocupacional – Aspectos
    Generales".

    En el año 2005 con la Reforma total realizada a
    la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio
    Ambiente de Trabajo, se le atribuye al Instituto Nacional de
    Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) la
    función de "Proponer al Ministerio con competencia en
    materia de seguridad y salud en el trabajo los proyectos de
    normas técnicas en materia de seguridad y salud en el
    trabajo", por lo que recae la responsabilidad de
    aprobación de estas Normas Técnicas al Ministerio
    del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social. De esta
    manera en el año 2.008, fue publicada en gaceta oficial la
    Norma Técnica Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo
    (NT-01-2008).

    3.1.4 Estructura general del Programa de Seguridad y
    Salud en el
    Trabajo según la Norma Técnica
    NT-01-2008
    Descripción del proceso productivo
    (producción o servicio).
    La empleadora o empleador
    debe presentar la identificación de los procesos
    peligrosos existentes, así como el diagnóstico de
    las necesidades del centro de trabajo; acciones que deben ser
    realizadas con la participación de las trabajadoras y los
    trabajadores, mediante el intercambio de conocimientos, saber y
    experiencia adquirida al realizar sus actividades laborales, es
    decir, el aprendizaje empírico adquirido por la
    trabajadora y el trabajador por medio de su práctica
    laboral.

    Describir de forma precisa las etapas del proceso
    productivo, la forma de organización del trabajo,
    así como los objetos y los medios involucrados en cada
    una, entre otros aspectos: maquinarias, equipos, materia prima,
    sustancias utilizadas, subproductos y sobrantes, desechos
    generados, disposición final de los mismos, impacto
    ambiental, organización y división técnica
    del trabajo, organigrama, diagrama de flujo, descripción
    de las etapas del proceso, división de las áreas y
    departamentos, puestos de trabajo existentes, herramientas
    utilizadas, tipo de actividad, empresas contratistas y la
    relación entre ellos.

    Identificación de procesos de trabajo. Se
    identificarán las condiciones asociadas al objeto de
    trabajo, medio de trabajo y a la organización y
    división del trabajo, que pueden causar daño la
    trabajadora o trabajador durante el desarrollo de las actividades
    laborales (proceso de trabajo) por etapas, tomando en cuenta para
    ello la información aportada por las trabajadoras y los
    trabajadores, considerando: procesos peligrosos, condiciones
    peligrosas en cada una de las etapas del proceso de trabajo o
    puestos de trabajo, número de trabajadoras y trabajadores
    expuestos a los procesos peligroso y daños que pueda
    generar a la salud de las trabajadoras y trabajadores.

    Política de Seguridad y Salud en el
    Trabajo.
    Contenido:

    Ser específicas a las características del
    centro de trabajo y del proceso productivo

    Ser precisa y redactada con claridad para su
    fácil comprensión.

    Contener la fecha de elaboración, la firma o
    endoso de la empleadora o el empleador y de las delegadas o
    delegados de Prevención.

    Ser difundida con fácil acceso a las trabajadoras
    y los trabajadores.

    Asumidas y difundidas en todos los ámbitos del
    centro de trabajo.

    Ser revisada periódicamente (anualmente), para
    constatar su vigencia por el Servicio de Seguridad y Salud en el
    Trabajo y el Comité de Seguridad y Salud
    Laboral.

    Los principios y objetivos de la política de
    seguridad y salud en el trabajo va dirigida en términos
    generales a la orientación hacia la protección de
    la vida y salud de las trabajadoras y los trabajadores del centro
    de trabajo, a través de la prevención de accidentes
    de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes relacionados
    con el trabajo, ser coherente con las políticas de la
    organización asegurar el cumplimiento de leyes,
    reglamentos, normas y procedimientos relacionados con la
    seguridad y salud en el trabajo, garantizar que los trabajadores
    y trabajadoras, delegados y delegadas de prevención
    participen para la elaboración de la misma y contar con
    los recursos financieros suficientes para su
    ejecución.

    Planes de Trabajo para abordar los Procesos
    Peligrosos
    De la estructura de los planes de
    trabajo:

    Los planes de trabajo deberán responder
    estrictamente a los procesos peligrosos identificados,
    según lo establecido en los puntos anteriores.

    Cada uno de los planes debe definir claramente los
    siguientes aspectos:

    1. Objetivos, metas y alcance 2.
    Frecuencia de ejecución de las actividades.

    3. Personal involucrado y responsabilidades en
    cada una de las actividades.

    4. Procedimiento de ejecución de
    actividades previstas en el plan, especificando las acciones a
    ser desarrolladas desde los puntos de vista preventivo,
    correctivo, predictivo y divulgativo, como consecuencia de la
    información generada.

    5. Formulario, instrumentos diseñados y
    recursos necesarios para la ejecución de las
    actividades.

    Investigación de accidentes de trabajo y
    enfermedades ocupacionales.
    En términos generales se
    establece que el empleador o empleadora debe realizar la
    investigación de accidentes de trabajo, luego de la
    ocurrencia del accidente por medio del Servicio de Seguridad y
    Salud en el Trabajo, en conjunto con las Delegadas o Delegados de
    Prevención, deberá activar su investigación,
    previa notificación y declaración ante el Inpsasel,
    según lo previsto en el artículo 73 de la Ley
    Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio
    Ambiente de Trabajo publicada en la Gaceta Oficial N° 38.236,
    del 26 de julio de 2005, y los artículos 83 y 84 del
    Reglamento Parcial de la Lopcymat, publicado en Gaceta Oficial
    N° 38.596 del 02 de Enero de 2007, conteniendo como
    mínimo:

    1. Recopilación de información.

    2. Análisis del accidente.

    3. Medidas de prevención.

    Compromiso de los planes establecidos en el Programa
    de Seguridad y
    Salud en el Trabajo. La empleadora o
    empleador, suscribirá una carta compromiso, dirigida al
    Comité de Seguridad y Salud Laboral, una vez concluido el
    proceso de así como al Inpsasel para su
    aprobación.

    3.1.5 Delegados y delegadas de prevención
    En la Constitución de la República Bolivariana de
    Venezuela en su artículo 6, establece como un derecho, la
    participación como una herramienta fundamental de los
    pueblos para canalizar y buscar alternativas en la
    solución de sus problemas. Los trabajadores como parte de
    ese pueblo, cuentan con herramientas para la participación
    en la mejora de sus condiciones de trabajo y en especial las
    relativas a su Seguridad y Salud.

    En la LOPCYMAT publicada en Gaceta Oficial número
    38.236 en fecha 26 de julio de 2005, en su artículo 5,
    regula de forma detallada los derechos de consulta,
    participación y control de los trabajadores en
    relación con los aspectos que afectan a la Seguridad y
    Salud en el Trabajo, estableciendo como mecanismo de
    participación y control social de estas condiciones, la
    elección mediante mecanismos democráticos, de
    delegados o delegadas de prevención, en todo centro de
    trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las
    diferentes empresas o de instituciones públicas y
    privadas.

    Entonces, un delegado o delegada de prevención es
    el o la representante de las trabajadoras y los trabajadores,
    elegido o elegida entre estos, por medios democráticos;
    con atribuciones y facultades específicas, en materia de
    seguridad y salud en el trabajo, quien será su
    representante ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral
    del centro de trabajo, además de la promoción de la
    salud y seguridad laboral y la vigilancia de las condiciones y
    medio ambiente de trabajo, para lo cual la LOPCYMAT, les otorga
    las facultades y garantías necesarias para el
    desempeño eficaz de estas atribuciones.

    3.2 Definición de Términos
    Básicos
    ? Accidente de Trabajo: Todo suceso que
    produzca en el trabajador y/o la trabajadora, una lesión
    funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o
    posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda
    ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el
    hecho o con ocasión del trabajo. Son igualmente accidentes
    de trabajo:

    a) La lesión interna determinada por un esfuerzo
    violento o producto de la exposición a agentes
    físicos, mecánicos, químicos,
    biológicos, psicosociales, condiciones
    meteorológicas sobrevenidas en las mismas
    circunstancias.

    b) Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en
    otros de naturaleza análoga, cuando tengan relación
    con el trabajo.

    c) Los accidentes que sufra el trabajador o trabajadora
    en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo, siempre que
    ocurra durante el recorrido habitual, salvo que haya sido
    necesario realizar otro recorrido por motivos que no le sean
    imputables al trabajador o trabajadora y exista concordancia
    cronológica y topográfica en el
    recorrido.

    d) Los accidentes que sufra el trabajador o trabajadora,
    con ocasión del desempeño de cargos electivos en
    organizaciones sindicales, así como los ocurridos al ir o
    volver del lugar donde se ejerciten funciones propias de dichos
    cargos, siempre que ocurran los requisitos de concordancia
    cronológica y topográficas en el literal
    anterior.

    Accidente Común: Es todo suceso imprevisto
    y no deseado que interrumpe o interfiere el desarrollo normal de
    una actividad, teniendo incidencia a nivel familiar y social,
    originando una o más de las siguientes materiales,
    pérdidas económicas y daños
    ambientales.

    Actividad: Es la intervención del ser
    humano que opera interactuando entre objeto y medios de trabajo,
    es decir, la inversión física e intelectual de la
    trabajadora o el trabajador, que incluye las tareas con su
    conjunto de operaciones y acciones realizadas, para cumplir con
    la intención del trabajo, donde existe la
    interacción dinámica con el objeto que ha de ser
    transformado y los medios (herramientas, máquinas,
    equipos, entre otros) que intervienen en dicha
    transformación.

    Comité de Seguridad y Salud Laboral: Es un
    órgano paritario y colegiado de participación,
    destinados a la consulta regular y periódica de las
    políticas, programas y actuaciones en materia de seguridad
    y salud en el trabajo, conformados por los delegados o delegadas
    de prevención, por una parte y por el empleador o
    empleadora, o sus representantes por la otra, (bipartito) en
    número igual al de los delegados o delegadas de
    prevención.

    Condiciones Inseguras e Insalubres:

    Son todas aquellas condiciones, en las cuales la
    empleadora o el empleador:

    1. No garantice a los trabajadores y las trabajadoras
    todos los elementos de saneamiento básico, incluidas el
    agua potable, baños, sanitarios, vestuarios y condiciones
    necesarias para la alimentación.

    2. No asegure a los trabajadores y a las trabajadoras
    toda la protección y seguridad a la salud y a la vida
    contra todos los riesgos y procesos peligrosos que puedan afectar
    su salud física mental y social.

    3. No asegure protección a la maternidad, a los y
    las adolescentes que trabajan o aprendices y a las personas
    naturales sujetas a protección especial.

    4. No asegure el auxilio inmediato y la atención
    médica necesaria para el trabajador o la trabajadora, que
    padezcan lesiones o daños a la salud.

    5. No cumplan con los límites máximos
    establecidos en la constitución, leyes y reglamentos en
    materia de jornada de trabajo o no asegure el disfrute efectivo
    de los descansos y vacaciones que correspondan a los trabajadores
    y las trabajadoras.

    6. No cumpla con los trabajadores y las trabajadoras,
    las obligaciones en materia de información,
    formación y capacitación en seguridad y salud en el
    trabajo.

    7. No cumpla con algunas de las disposiciones
    establecidas en el Reglamento de las normas técnicas en
    materia de seguridad y salud en el trabajo.

    8. No cumpla con los informes, observaciones o
    mandamientos (ordenamientos) emitidos por las autoridades
    competentes, para la corrección de fallas, daños,
    accidentes o cualquier situación que afecte la seguridad y
    salud de las trabajadoras y trabajadores.

    ? Contingencia: Es un evento súbito donde
    existe la probabilidad de causar daños a personas, el
    ambiente y/o los bienes, considerándose una
    perturbación de las actividades normales en todo centro de
    trabajo, establecimiento, unidad de explotación, empresa,
    instituciones públicas o privadas y que demanda una
    acción inmediata.

    Contratista: Persona u organización que
    por cuenta propia compromete la prestación de servicios o
    una obra, a otra denominada beneficiario (a) en el lugar de
    trabajo o donde este o esta dispongan, de conformidad con
    especificaciones, plazos y condiciones convenidos.

    Cultura de Seguridad y Salud en el Trabajo: Es el
    conjunto de valores, actitudes, percepciones, conocimientos y
    pautas de comportamiento, tanto individuales como colectiva, que
    determinan el comportamiento con respecto a la Gestión de
    Seguridad y Salud en el Trabajo de una organización y que
    contribuyen a la prevención de accidentes y enfermedades
    de origen ocupacional.

    Delegada y Delegado de Prevención: Es el o
    la representante de las trabajadoras y los trabajadores, elegido
    o elegida entre éstos, por medios democráticos, con
    atribuciones y facultades específicas, en materia de
    seguridad y salud en el trabajo, quien será su
    representante ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral
    del centro de trabajo.

    Empleadora o empleador: La persona natural o
    jurídica que en nombre propio, ya sea por cuenta propia o
    ajena, tiene a su cargo una empresa, establecimiento,
    explotación o faena, de cualquier naturaleza o
    importancia, que ocupe trabajadoras o trabajadores, sea cual
    fuere su número ? Evaluación de Riesgo y Proceso
    Peligroso:
    Es el proceso encaminado a identificar o reconocer
    los riesgos y procesos peligrosos existentes en los centros de
    trabajo, para valorar su gravedad y establecer las medidas
    preventivas, en función de los resultados obtenidos, para
    garantizar la seguridad y salud de los trabajad ores y las
    trabajadoras, controlando su evolución.

    Grupo Homogéneo: Es aquel que se forma a
    partir de los trabajadores y las trabajadoras que comparten
    características similares en un centro de trabajo: el tipo
    de actividad, las condiciones que se realizan, horarios, turnos,
    guardias, riesgos y procesos peligrosos, entre otros.

    Incidente: Suceso acaecido en el curso del
    trabajo o en relación con el trabajo, que no implica
    daños a la salud, que interrumpe el curso normal de las
    actividades que pudiera implicar daños materiales o
    ambientales.

    Lesiones: Efectos negativos en la salud, por la
    exposición en el trabajoa los procesos peligrosos,
    condiciones peligrosas y condiciones inseguras e insalubre,
    existentes en los procesos productivos.

    Medidas de Prevención: Son las acciones
    individuales y colectivas cuya eficacia será determinada
    en función de la participación de las trabajadoras
    y los trabajadores del centro de trabajo, permitiendo la mejora
    de la seguridad y salud. Estas acciones estarán enfocadas
    a la identificación, evaluación y control de los
    riesgos derivados de los procesos peligrosos. Su
    aplicación constituye un deber por parte de la empleadora
    o del empleador.

    Medio Ambiente de Trabajo: Los lugares, locales o
    sitios, cerrados o al aire libre, donde personas presten
    servicios a empresas, centros de trabajo, explotaciones, faena y
    establecimientos, cualquiera sea el sector de actividad
    económica; así como otras formas asociativas
    comunitarias de carácter productivo o de servicio; o de
    cualquier otra naturaleza, sean públicas o privadas, con
    las excepciones que establece la Ley. Asimismo, son las
    situaciones de orden socio-cultural, de organización del
    trabajo y de infraestructura física que de forma inmediata
    rodean la relación hombre y mujer–trabajo,
    condicionando la calidad de vida de los trabajadores o
    trabajadoras y la de sus familias. Igualmente, por aquellos
    espacios aéreos, acuáticos y terrestres situados
    alrededor de la empresa, centro de trabajo, explotación,
    faena, establecimiento; así como de otras formas
    asociativas comunitarias de carácter productivo o de
    servicio y que formen parte de las mismas.

    Medios de trabajo: Son todas aquellas
    maquinarias, equipos, instrumentos, herramientas, sustancias que
    no forman parte del producto o infraestructura, empleados en el
    proceso de trabajo para la producción de bienes de uso y
    consumo, o para la prestación de un servicio.

    Partes: 1, 2

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