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Relaciones entre la Antropologia y la Criminologia




Enviado por latiniando



    RELACIONES ENTRE LA ANTROPOLOGÍA Y LA
    CRIMINOLOGÍA

    1-INTRODUCCIÓN:

    La criminología es una disciplina que
    posee sus raíces en las concepciones
    científico-filosóficas del Iluminismo. Fue Cesare
    Beccaria el pionero que formuló los principios de la
    denominada Criminología Clásica, cuyos
    supuestos se basaban en las teorías
    del control social de
    Hobbes,
    Montesquieu y
    Rousseau.

    La base de la teoría
    clásica de la criminología estaba apoyada sobre la
    teoría
    del contrato social,
    que sostenía que los hombres se reunían libremente
    en sociedad conforme
    a una serie de acuerdos que garantizaban el orden y la
    convivencia. Es en relación a este consenso, que se
    proponía el castigo de aquellas conductas que eran
    perjudiciales o peligrosas para el cuerpo social, y la recompensa
    de aquellas que de alguna manera contribuían al mantenimiento
    del equilibrio del
    mismo. De esta forma, se establecía una tipología
    de aquellas conductas consideradas como desviaciones que
    posibilitaban clasificar a un individuo como delincuente. En base
    a esto, las penas que la ley
    imponía aseguraban el buen funcionamiento y la
    supervivencia de la sociedad, y "toda
    pena que exceda ese consenso o que tenga fines distintos es
    ilegítima y contraviene el contrato social"
    (Taylor,
    Walton, Young. 1990).

    Esta criminología clásica -que
    también podríamos denominar criminología jurídica- se sustentaba
    básicamente en el derecho, sobre todo aquel de
    tradición indoeuropea que, según Antonio
    Beristarain, está basado "en un derecho que controla con
    rigidez y rectitud la vida del pueblo, y que admite o necesita
    el Estado como
    centro de las relaciones comunitarias" (1978).

    Dado que cada disciplina
    surge en el marco de un entorno socio-histórico
    específico que de alguna manera caracteriza los supuestos
    explícitos e implícitos que le dan sustento, es
    menester agregar que, para estos tiempos en que surge la
    criminología, como asevera Foucault,
    comienza a desarrollarse un discurso que
    por primera vez "articula una concepción binaria de la
    sociedad: hay
    siempre dos grupos, dos
    categorías de individuos…" . Esta estructura
    binaria que atraviesa la sociedad,
    instituye un esquema de explicación marcado por la
    asimetría, en donde hay "una raza puesta como la verdadera
    y única (la que detenta el poder y es
    titular de la norma) y los que constituyen otros tantos peligros
    para el patrimonio
    biológico. En ese momento aparecerán todos los
    discursos
    biológicos-racistas sobre la degeneración y todas
    las instituciones
    que, dentro del cuerpo social, harán funcionar el discurso de la
    lucha de razas como principio de segregación, de
    eliminación y de normalización de la sociedad"
    (Foucault, pag.
    56. 1996).

    Es justamente a partir de este mismo discurso, que
    se va a desarrollar la idea de desviación con la que se
    caracteriza a la conducta del
    delincuente. El desviado es un ser inferior que presenta una
    patología, esta debe ser "sanada" a partir de los procesos de
    normalización vinculados
    específicamente al encierro
    institucional.

    Si bien, a lo largo del desarrollo de
    la disciplina
    criminológica se han sucedido una serie de cambios de
    paradigma en
    lo que respecta a la concepción del "hombre
    delincuente", actualmente se siguen sintiendo en nuestras
    instituciones
    y prácticas institucionales los efectos de este discurso: el
    delito es una
    enfermedad portada por determinados individuos que tuvieron una
    "mala socialización" y que deben ser excluidos y
    encerrados para "resocializarlos" e integrarlos como miembros
    sanos de la sociedad.

    2-EL POSITIVISMO:

    La criminología, como dijimos
    anteriormente, ha sufrido desde sus inicios una serie de cambios
    de paradigma
    vinculados a la concepción que se tenía en cada
    momento histórico sobre el "delito" y la
    "conducta
    delincuente". Básicamente nos interesa recortar, para los
    fines del presente trabajo, esta sucesión y
    superposición paradigmática en tres etapas: la
    Criminología Clásica, el Revisionismo
    Neoclásico y la Revolución
    Positivista (Taylor, I.;
    Walton, P.; Young, J. cap 1).

    De las tres, sólo nos detendremos con
    especial detalle en la visión positivista. Respecto de la
    primera, ya mencionamos algunas características en la introducción
    de este trabajo. En cuanto a la segunda, sustenta la
    revisión de algunas de las concepciones clásicas
    (como por ejemplo la aplicación de medidas penales
    universales sin tomar en consideración las diferencias
    individuales entre los delincuentes) y la incorporación al
    ámbito de la criminología de especialistas de otras
    disciplinas ajenas al derecho penal
    como el psiquiatra y posteriormente el trabajador
    social.

    En cuanto a lo que concierne al paradigma
    positivista -el cual actualmente sigue teniendo amplia vigencia
    en algunos contextos-, este se fundamenta en la aplicación
    a los fenómenos sociales, en general, y al comportamiento
    humano, en particular, de los instrumentos y técnicas que
    se estipulan como fundamentales y eficaces para el estudio del
    mundo físico. Es así que, los positivistas,
    impulsan y avalan técnicas para la cuantificación
    del comportamiento, a partir de las cuales pueden
    aproximarse a la realidad objetiva (idea de neutralidad del
    observador) y descubrir las leyes subyacentes
    de la acción humana que, para el caso particular de la
    criminología, podían ser descubiertas a partir del
    análisis de las estadísticas y la posterior
    generalización de los resultados (lo cuantitativo es
    más importante y de carácter definitorio respecto
    de lo cualitativo).

    Es importante destacar que, como aseveran Taylor, Walton y
    Young, existen distintas modalidades o formas del positivismo.
    Para este trabajo, nos interesa referirnos al "positivismo
    biológico", ya que las premisas de éste,
    establecieron un modo de ver y concebir el tema de la conducta
    delincuente, sobre todo a partir del concepto de
    "desviación", el cual, como vimos en la
    introducción de este trabajo, estuvo siempre presente (en
    mayor o menor medida) desde los orígenes de la
    criminología.

    3-LA ANTROPOLOGÍA Y EL POSITIVISMO
    BIOLÓGICO DE LOMBROSO:

    La Teoría
    de la Evolución sustentada por Darwin, dio
    pié para el desarrollo del
    paradigma
    evolucionista (tanto en su manifestación biológica
    como social), bajo el cual se desarrollaron disciplinas tales
    como la antropología y la
    criminología.

    La antropología -al igual que la
    criminología- tiene sus raíces en la
    filosofía del Iluminismo, cuando gran parte del mundo ya
    había sido explorado y se habían tenido contacto
    con otros pueblos de características totalmente diferentes al
    mundo europeo del momento. Como asevera Paul Mercier: "en esta
    época aparecen ya diversas orientaciones del pensamiento,
    que prefiguran los ulteriores debates antropológicos.
    Pueden distinguirse dos grandes corrientes: la que insiste en el
    relativismo social y cultural y la que, deseosa de establecer las
    normas de la
    sociedad ideal, se refiere al ‘salvaje’ en una
    interpretación de la evolución humana". Es a partir de este
    período que, lentamente, esta disciplina
    comienza a deslizarse desde lo filosófico a lo
    científico, culminando este proceso con la
    formación de una antropología científica a mediados
    del siglo XIX, "cuando un clima general de
    pensamiento e
    investigación preparó la revolución
    darwiniana" (Mercier, Paul. 1969).

    La primer escuela de esta
    etapa científica de la antropología es el
    evolucionismo, tanto en su forma biológica como social. El
    concepto
    unificador de la misma es la idea de evolución; idea que estará presente
    en muchos ámbitos a partir de 1830.

    Es en este marco que Cesare Lombroso, considerado
    como el fundador del positivismo
    biológico, desarrolla desde un poco antes de 1876 su
    teoría
    del hombre
    criminal. Lombroso, quien pertenecía a la llamada escuela de
    antropología criminal, establece el concepto de
    criminal atávico, según el cual el delincuente
    representaba una regresión a estados evolutivos
    anteriores, caracterizándose la conducta
    delincuente por ser innata. Este criminal atávico
    podía ser reconocido debido a una serie de estigmas
    físicos o anomalías, como por ejemplo, el excesivo
    desarrollo del
    cerebelo, asimetría del rostro, dentición anormal,
    y lo que se considera como la característica más atávica en
    los criminales, a saber, el hovuelo en medio del
    occipital.

    En base a sus estudios sobre las características físicas del hombre
    criminal, Lombroso desarrolla la tesis que
    explicita que éste presenta -en cuanto a su
    conformación morfológica- ciertas similitudes con
    el hombre
    salvaje, como por ejemplo senos frontales muy pronunciados,
    mandíbulas voluminosas, órbitas grandes, etc. En
    esta tesis se
    considera al criminal como una subespecie anormal del
    género humano. Asimismo, esta subespecie estaría
    compuesta por una serie de tipos criminales, como los asesinos,
    los ladrones, las prostitutas, etc.; todos con características morfológicas comunes
    pero también propias que los diferencian del
    resto.

    Con anterioridad, y en relación a las
    distintas fases por las que atravesara la criminología,
    hicimos referencia al cambio sufrido
    por la misma desde una concepción unidisciplinar (basada
    en el derecho) hacia una concepción que integraba
    perspectivas de carácter social en lo que respecta a la
    interpretación del delito. Pero, con
    el advenimiento de la teoría
    de Lombroso, se inicia una etapa que corre paralela a la anterior
    -aunque de mucha más importancia-, en donde se deja de
    lado el problema de las interpretaciones del delito con base
    en lo social para pasar a considarar los aspectos individuales de
    la conducta
    criminal.

    Como aseveran Taylor, Walton y
    Young, citando a Lindesmith y Levin: "lo que Lombroso hizo fue
    invertir el método de
    explicación habitual desde la época de Guerry y
    Quetelet, y, en lugar de sostener que las instituciones
    y las tradiciones determinaban la naturaleza del
    criminal, sostuvo que la naturaleza del
    criminal determinaba el carácter de las instituciones
    y las tradiciones" (pag. 56).

    Dado que las explicaciones biológicas de la
    conducta pasaban por un momento de gran auge, las
    interpretaciones basadas en lo social pasaron a tener un segundo
    plano respecto de aquellas de índole genética.
    Esta importancia de las teorías
    genéticas de Lombroso se debe al gran impacto que estaba
    ocasionando el desarrollo de
    la teoría de la evolución de Darwin, hecho que
    lleva su paulatino deslizamiento hacia las explicaciones en el
    campo de las ciencias
    sociales.

    Particularmente en el contexto de la
    criminología, la influencia de Lombroso, ya en el siglo
    XX, hace que se desplace la importancia de los científicos
    sociales en el estudio del delito en favor
    de la participación del médico y del
    psiquiatra.

    4-INTENTOS POR SUPERAR EL
    INNATISMO:

    A lo largo de la historia del desarrollo de
    las ciencias de la
    conducta, el comportamiento
    humano se ha intentado explicar a partir de su comparación
    con el comportamiento
    de los animales; sobre
    todo, de aquellos que en la escala
    filogenética están más próximos al
    Hombre y que
    comparten un Orden Biológico con éste: los
    Primates. Es en este marco que se expresan dos posiciones
    contrapuestas en lo que respecta al comportamiento
    y que involucran la consideración, en éste, de
    factores innatos o de factores adquiridos. La disputa entre ambas
    tiene ya muy larga data.

    En un primer momento, las explicaciones de la
    conducta a partir de los factores innatos adquirieron gran
    importancia, sobre todo, como mencionamos anteriormente, a partir
    del desarrollo de la Teoría de la Evolución por Charles Darwin y su
    aplicación al campo del mundo social humano en forma de lo
    que se llamó Darwinismo Social; el cual cobra existencia a
    partir de mediados del Siglo XIX y principios del
    Siglo XX (aunque sus efectos se siguen sintiendo en la
    actualidad). La aplicación de las ideas positivistas al
    campo de la conducta, motivó la búsqueda de
    leyes
    generales a las cuales estaba sometido el comportamiento humano.
    Como consecuencia de esto, se establecía la existencia de
    un determinismo del mismo.

    De esta manera, se explicaron "nuestro salvajismo,
    el comportamiento pecaminoso de los hijos, la delincuencia
    juvenil, el rapto, el asesinato, el robo y la guerra, por no
    mencionar todas las formas de violencia.
    Todo esto se debe a la agresividad innata del hombre"
    (Montagu, pag. 194).

    El positivismo biológico ejerció una
    gran influencia en la criminología, como se desprende de
    lo dicho por Vera Regina Pereira de Andrade sobre esta disciplina en
    el marco de dicho paradigma:
    "teniendo por objeto la criminalidad concebida como un
    fenómeno natural, causalmente determinado, asume la tarea
    de explicar sus causas siguiendo el método
    científico o experimental y el auxilio de las estadísticas criminales oficiales y de
    prever los remedios para combatirla. Ella indaga,
    fundamentalemente, lo que el hombre
    (criminal) hace y por qué lo hace".

    El antropólogo Ashley Montagu, desarrolla
    en un pequeño ensayo una
    crítica al punto de vista innatista, mantenido
    principalmente por Konrad Lorenz y Robert Ardrey, entre otros.
    Según la misma, esta posición de la
    "agresión innata" constituye un leit-motiv que se dirige
    no a la explicación de ese comportamiento agresivo, sino,
    principalmente, a sugerir el ejercicio de algún
    dispositivo de control sobre el
    ser humano; y agrega, "los puntos de vista de Lorenz y de Ardrey
    padecen precisamente del mismo defecto, a saber, la
    atribución de cualidades de otros animales al
    hombre" (Montagu, pag. 195). Arguye además, en este
    sentido, la influencia que pueden tener los prejuicios del hombre
    en la concepción del mundo y de las problemáticas
    surgidas en él".

    Específicamente se refiere a la
    argumentación que da Ardrey respecto de algunas
    experiencias de violencia que
    tuvo durante el transcurso de su vida y que lo llevaron a
    convencerse de la "naturaleza
    asesina del hombre".

    Cuando se refiere a Lorenz y a sus errores de
    apreciación, cita un párrafo de su libro "Sobre
    la Agresión…": "innegablemente, deben existir factores
    muy fuertes capaces de superar la voluntad de la razón
    individual de manera tan completa que es obvio que son
    impenetrables de ser experimentados… Todas esas asombrosas
    paradojas, sin embargo, encuentran una explicación
    espontánea, que se coloca de por sí como la pieza
    de un rompecabezas, si se presume que el comportamiento humano,
    lejos de ser determinado sólo por la razón y la
    tradición cultural, es todavía objeto de todas las
    leyes
    prevalecientes en todo comportamiento instintivo adaptado
    filogenéticamente. De esas leyes poseemos un
    buen conocimiento
    por el estudio de los instintos en los animales"
    (Montagu, pag. 197).

    Estas referencias hechas por Montagu, indican la
    fuerte presencia de las concepciones positivistas en las ideas
    que se tenían sobre la conducta delincuente a finales del
    siglo pasado y a principios de
    este.

    5-CRIMINOLOGÍA , ANTROPOLOGÍA
    Y LA RELATIVIDAD DE LA IDEA DE DELITO:

    Antes hemos dicho que, bajo la concepción
    del positivismo biológico, el criminal era considerado en
    términos absolutos como un ser anormal, una
    desviación con base biológica que representaba una
    regresión a estados primitivos del ser humano y que
    podía catalogarse como una patología. Esta
    concepción responde a la reproducción de un fuerte
    paradigma cuyos efectos aún hoy siguen teniendo vigencia
    en ciertos campos de nuestra cultura
    occidental contemporánea. Los componentes de este
    paradigma se articulaban en la secuencia bio-psico-social; en
    donde el primer componente era el más importante, y el
    último -lo social- muy pocas veces se tenía en
    cuenta.

    Pero ocurre que, con el correr del tiempo, el
    surgimiento de nuevas concepciones teóricas y la
    relación de distintas disciplinas entre sí, se
    comenzó a prefigurar -sobre todo en la temática del
    delito- una concepción de carácter relativista
    basada ya más en lo social que en lo
    biológico.

    Tanto la antropología como la
    criminología, se han desarrollado a partir del estudio de
    los "otros". En el primero de los casos, el "otro" cultural; en
    el segundo, el "otro" como individuos o grupos de
    "desviados". En lo que respecta a la última, esta
    concepción de carácter sociocéntrica, se fue
    paulatinamente diluyendo (aunque no de forma total) en favor de
    una consideración del delito como fenómeno social
    normal.

    En contra de todas aquellas posiciones que toman
    al delincuente como un desviado que de alguna manera manifiesta
    cierto tipo de patología, se hace imprescindible partir de
    una cita de Emile Durkheim (esto
    no implica que se esté completamente de acuerdo con los
    supuestos -algunos explícitos y otros implícitos-
    presentes en la misma, aunque sí con la idea de
    generalidad y relatividad respecto del fenómeno del delito
    en cuanto situación social):

    "El delito no se observa solamente en la
    mayoría de las sociedades de
    tal o cual especie, sino en las sociedades de
    todos los tipos. No hay una en la que no haya criminalidad.
    Ésta cambia de forma, los actos así calificados no
    son en todas partes los mismos; pero en todos los sitios y
    siempre ha habido hombres que se conducían de forma que
    atraían sobre ellos la represión penal. Si al
    menos, a medida que las sociedades
    pasan de los tipos inferiores a los más elevados, el
    índice de criminalidad, es decir, la relación entre
    la cifra anual de los delitos y la de
    la población, tendiese a bajar, se
    podría creer que, aún siendo todavía un
    fenómeno normal, el delito tendía, sin embargo, a
    perder su carácter. Pero no tenemos ningún motivo
    que nos permita creer en la realidad de esta regresión.
    Antes bien, muchos hechos parecen demostrar la existencia de un
    movimiento en
    sentido inverso. […] Por tanto, no hay fenómeno que
    presente de manera más irrecusable todos los
    síntomas de normalidad, puesto que aparece estrechamente
    ligado a las condiciones de toda vida colectiva. Hacer del delito
    una enfermedad social sería admitir que la enfermedad no
    es una cosa accidental, sino, por el contrario, una cosa derivada
    en ciertos casos de la constitución fundamental del ser
    vivo…"
    (DURKHEIM, E.
    pag. 92).

    Profundizando un poco más en los criterios
    de la cita precedente, podemos decir que cuando una serie de
    personas se reúnen formando un grupo, siempre
    existen entre ellas un conjunto de acuerdos explícitos o
    implícitos en lo referente a la forma de desenvolvimiento
    del mismo. Estos acuerdos están vinculados a lo que es
    deseable hacer y esperar de los demás y a lo que no lo es.
    En este tipo de situación no es importante la
    extensión de dicho grupo -el cual
    puede estar constituido por dos o más personas- sino el
    cumplimiento de los deberes asumidos (aunque sea de manera
    implícita) para con los demás miembros del mismo en
    base al código estipulado.

    El incumplimiento de este código es
    considerado una transgresión. La transgresión es un
    fenómeno generalizado en cualquier sociedad. Para que
    exista transgresión, debe existir también un
    consenso dentro del grupo que
    estipule cuáles conductas son deseables y cuáles no
    lo son.

    Es así que, en cada escenario social se
    forma una concepción generalizada respecto de lo que
    significa la acción de transgredir ciertas normas, ciertas
    pautas. La acción de delinquir está vinculada
    básicamente al acto de
    transgresión.

    En el marco de la idea del delito como producto
    social, podemos citar a Montagu, quien explicita que: "Los
    crímenes y los criminales son producto de la
    sociedad, y a la vez, instrumentos y víctimas de la misma
    sociedad. La sociedad criminal y delincuente culpa de sus
    crímenes y delitos a los
    criminales y a los delincuentes y luego los castiga por los
    daños que, en la mayoría de los casos, la misma
    sociedad los indujo a cometer. Un crimen es lo que la sociedad
    escoge definir como tal. Algo que puede ser considerado como un
    crimen en una sociedad puede no serlo en otra. Pero sea lo que
    sea lo que una sociedad pueda o no considerar como un crimen,
    todas las sociedades
    definen al crimen como un acto cometido en violación de
    una ley prohibitiva o
    un acto omitido en violación de una ley prescriptiva.
    De aquí que la sociedad sea la que define al criminal y no
    el criminal quien se define a sí mismo. Y sugiero
    aquí que casi invariablemente la sociedad es la que hace
    al criminal porque los criminales, en realidad, se vuelven tales,
    no nacen así" (pag. 71. 1970).

    Todo esto significa una ruptura con el paradigma
    bio-psico-social y una reformulación de la idea de delito
    desde una óptica
    relativista. Además, remarca la concepción que, si
    bien el delito puede ser una conducta no deseable en el seno de
    alguna sociedad, es un hecho perfectamente normal en la vida de
    cualquier grupo.

    Según este mismo autor, es dable considerar
    al delito consuetudinario como una forma de buscar seguridad por
    parte del delincuente. Aclara Montagu que la idea de
    búsqueda de seguridad no debe
    entenderse en términos simplistas, sino que debe
    contemplarse como una "hipótesis de trabajo que puede ser de
    utilidad
    práctica para el entendimiento de algunas de las
    condiciones y motivaciones que guían al crimen" (pag.
    74).

    En otras palabras, podríamos decir que en
    algunos casos, el delito debe ser entendido como una estrategia de
    supervivencia; la cual se desenvuelve porque la sociedad no
    provee las condiciones necesarias para la seguridad de los
    individuos.

    Es importante recalcar que, en nuestra sociedad
    occidental se han desarrollado una serie de dispositivos -con
    base en el derecho- que procuran un tratamiento de la
    persona
    considerada delincuente que lleva a su "resocialización".
    En este término existen implícitos aquellos
    presupuestos
    vinculados a la posición positivista sobre la
    desviación patológica de la conducta y la necesidad
    de su normalización.

    En nuestra sociedad, el hecho de haber sido
    delincuente o haber estado preso,
    es condición suficiente para ser marginado y
    estigmatizado, sin posibilidad de redención, a pesar de
    que haya todo un discurso que
    estipula lo contrario.

    Si, por el contrario, tomamos en
    consideración la forma que en otras culturas tratan el
    tema del delito y el delincuente, es posible que aprendamos algo
    sobre ciertas alternativas respecto del tratamiento y la
    redención del sujeto criminal que pueden servir de base
    para la reconsideración de nuestras prácticas
    punitivas.

    Según Malinowski, quien trabajó en
    uno de sus libros el tema
    del delito entre los indígenas de las Islas Trobriand,
    existen entre éstos, una serie de mecanismos que permiten,
    además de restablecer el orden social, la redención
    plena -y no de palabra como ocurre en nuestra cultura- del
    sujeto que se sospecha ha transgredido la ley de la
    comunidad. Uno
    de estos mecanismos es la hechicería, el otro el suicidio.
    Respecto del último, si bien es un dispositivo extremo de
    redención, es muy eficaz en el sentido que permite
    conservar el buen nombre de la familia del
    sujeto que se cree ha delinquido. La muerte
    voluntaria del individuo, producida en una acto ritual
    público, es considerada como una demostración de
    inocencia del sujeto.

    En cuanto a la hechicería, sabemos de la
    importancia que ésta tiene para las comunidades tribales.
    Si una persona comete
    una transgresión a la ley y se
    demuestra que ha actuado bajo la influencia de un embrujo
    mágico, este sólo hecho es suficiente para
    garantizar su inocencia y la no estigmatización del
    individuo por parte de la comunidad.

    Con este sucinto ejemplo, queremos dejar en claro
    que, en otras comunidades no complejas, el fenómeno del
    delito posee una mayor contención comunitaria, y no ocurre
    como en nuestra cultura que, a
    pesar que se juzga y se penaliza al delincuente, una vez cumplida
    su pena, éste sigue siendo considerado un criminal,
    tratándoselo de acuerdo a su rótulo permanente de
    "delincuente".

    6-
    CONCLUSIÓN:

    Según lo dicho por Antonio Beristarain, la
    criminología contemporánea a dejado atrás su
    originaria concepción unidisciplinar para constituirse en
    una ciencia
    -aunque este carácter es aún muy discutido- de
    índole multidisciplinaria, basada principalmente en las
    ciencias
    sociales. Su punto de partida no es el derecho sino la
    sociedad, adoptando de esta manera una inclinación
    sociológica. Si bien esta última representa una
    ventaja respecto de la etapa clásica anterior,
    todavía no es plenamente satisfactoria en tanto y en
    cuanto hay aún presentes en ella concepciones que
    privilegian la posición del Estado y del
    derecho como rector de las relaciones
    interpersonales y comunitarias.

    Beristarain apunta a la formación de una
    criminología que supere ampliamente estas ideas
    sociocéntricas (basadas en el estado de derecho
    sin tomar en cuenta la diversidad cultural), que fomente y admita
    estudios comparativos de las diferentes tradiciones legales y
    culturales. Es en este sentido que debemos hablar de una
    criminología pluralista que integre en su seno las
    diferentes criminologías particulares "en beneficio de la
    variedad". Considero que la Antropología, que sustenta en
    su seno una metodología comparativa, puede aportar un
    núcleo de fundamentos teóricos que permitan el
    enriquecimiento de la disciplina de la criminología,
    además de la contribución al fortalecimiento del
    paradigma socio-psico-bio de base relativista.

    7-BIBLIOGRAFIA:

    Beristarain Ipiña, Antonio. "La
    criminología comparada y su aportación a la
    política
    criminal: una reflexión tercermundista". Ponencia
    presentada en el Coloquio Internacional sobre el tema "La
    Comparación como Método
    Científico en el Derecho Penal y
    el la Criminología", realizado en Friburgo de Brisgovia
    (Rep. Federal de Alemania) del
    23 al 26 de octubre de 1978.

    Durkheim, Emile. "Las reglas del
    método
    sociológico". Ediciones Morata. Bs. As.
    1982.

    Foucault, Michel. "Genealogía
    del racismo". Edit. Altamira. La Plata.
    1996.

    Malinowski, Bronislaw. "Crimen y
    costumbre en la sociedad salvaje". Edit. Planeta-Agostini.
    Barcelona. !985.

    Mercier, Paul. "Historia de la
    Antropología". Edic. Península. Barcelona.
    1969.

    Montagu, Ashley. "El hombre
    observado". Edit. Monte Avila. Caracas.
    1970.

    Taylor, I.; Walton, P.; Young, J. "La
    nueva criminología". Amorrortu. Bs. As. 1990 (Primera
    Reimpresión).

    Trabajo realizado por Marcelo Jorge
    Basaldúa

    Lic. en Antropología

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