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Historia de la criminología




Enviado por latiniando



    Historia De La
    Criminología

    Escuelas Jurídico Penales

    -) Escuela
    Clásica

    -) Escuela
    Positiva

    -) Inteligencia y
    Delincuencia

    -) Teoría de la Sexualidad de
    los niños y psicoanálisis

    ( SIGMUND
    FREUD)

    -) Criminología
    Clínica

    -) Teoría del Aprendizaje

    -) Escuela
    Ecléctica

    -) Escuela
    Social

    -) Escuela
    Annommica

    -) Escuela Ecológica

    INTRODUCCION

    La conducta
    del hombre
    como todos sabemos, desde tiempos remotos siempre ha
    preocupado a los estudiosos y siempre ha sido de estudio y
    criticas. De ahí es que intervienen las Escuelas
    Jurídico Penales, según Jimenes de Asua. El
    termino de causal – explicativas, normativas y aplicativas
    provienen del estudio de la naturaleza de
    la conducta
    humana.

    El desenvolvimiento humano y el origen del
    hecho humano son objeto de estudio de la ciencia
    causal – explicativa y su única limitación
    radica en su propio radio de
    estudio.

    Los comportamientos que están basados o
    regulados en las normas
    legales, son los que estudia la ciencia
    normativa; y su campo de estudio es menos amplio que el de
    la ciencia
    causal-explicativa porque no pasan del marco
    normativo.

    Por ultimo tenemos las ciencias
    aplicativas que son un conjunto de técnicas, que
    utilizan el material científico de que las otras
    ciencias
    aportan, para ayudar al desenvolvimiento de las interrogantes
    que en ellas se podrían plantear.

    Tenemos que la criminología nos ayuda
    ha estudiar el delito,
    sin que esto signifique que este sea de objeto exclusivo de
    estudio de la criminología. La ciencia
    causal – explicativa trataría de explicar al delito en
    sus orígenes y desarrollo
    dentro de la sociedad que
    lo produce; La ciencia
    normativa estudiaría los modelos de
    comportamiento humano que la ley describe
    como delito y
    todas las sanciones que se podrían aplicar para cada
    comportamiento establecido y la ciencia
    aplicativa se ocuparía en indagar las circunstancias
    temporo – espaciales , instrumentales y personales en que se
    realizo el hecho punible.

    Así tenemos que la criminología
    es una ciencia
    causal – explicativa, el derecho penal
    es una ciencia
    normativa y la criminalistica es una ciencia
    aplicativa.

    HISTORIA DE LA
    CRIMINOLOGIA

    La lucha del delito y
    la preocupación científica de este fueron
    objetivos
    que las ciencias
    normativas trataron alcanzar y se dio durante la
    antigüedad y la edad
    media. Tal fue la importancia que se dio a esos problemas
    que ilustres filósofos de la época dieron su
    opinión al respecto del problema de los delincuentes y
    el castigo que a estos se le debieran de aplicar, para
    mencionar algunos de los filósofos tenemos por ejemplo
    a HESIODO, PITAGORAS,
    HERACLICO, PROTAGORAS, SOCRATES, PLATON Y ARISTOTELES. Lo que
    si falto en esta época fue el sentido
    científico realista que es un presupuesto para la investigación
    criminología, por falta de este sentido
    científico realista no se pudo coleccionar
    sistemáticamente las experiencias.

    Tenemos que las bases de la filosofía
    del derecho penal
    dadas por TOMAS DE AQUINO en la escolástica le paso lo
    mismo que a la anterior, solo que esta se dio en la
    época mediaval. Damos comienzo en la edad
    moderna , estimuladas por la ilustración, pero con
    una verdadera intensidad solo en el siglo XIX, es aquí
    que los fenómenos reales entran en
    investigación, estos fenómenos abarcaban tanto
    el plano físico y psíquico que están en
    conexión con el delito.

    En estas ilustraciones tuvo su mejor
    influencia la obra del jurista milanes CESARE BECCARIA,
    Trattato dei delitti e delle pene, 1764; En alemán:
    Uber Verbrechen und strafen, 1870; [ En español hay
    varias traducciones: la primera de 1774; otras en1820, 1821,
    1822, 1851, 1879 ( por PASCUAL VICENT, siguiendo la
    versión de 1862, de CESAR CANTU: De los delitos y
    de las penas), 1945 ( Buenos Aires
    )].

    La criminología, como podemos observar
    no se exterioriza de una manera independiente,
    sistemáticamente cultivada. Sino que se deriva de
    diversas ramas de la investigación humana, hasta que
    al final se llega a reunir todas estas piezas dispersas y con
    ello se desarrolla una disciplina
    propia, llamada criminología.

    Ahora como ramas mas importante de la
    criminología podemos mencionar: Las investigaciones medicas, con importancia en la
    Medicina
    Legal; La Antropología, Psiquiatría,
    Biología hereditaria, de las llamadas
    Psicología medica y de la
    caracterologia.

    Ya en la antigüedad se ocuparon los
    médicos de cuestiones medicolegales aisladas y fueron
    llamados n algunos casos como expertos. En 1249 se tomo
    juramento s H. v. LUCCA en Bolonia para la redacción
    de dictámenes medicolegales y B. de VARIGNANA (muerto
    en 1318 ) practico la primera autopsia para la
    comprobación de un envenenamiento.

    En su mayoría tenemos que LOMBROSO es
    siempre o en la mayoría de los casos nombrado como
    fundador de la criminología científica. Claro
    esta que al hacerlo no es justo dejar en lo oculto el que
    antes de el ya habían sido elaborada la materia en
    los decenios anteriores a el por mucho investigadores de
    numerosas ramas.

    Tenemos por ejemplo a MOREL, que con investigaciones propias, hizo reflexiones como
    las de LOMBROSO pero con la diferencia que se
    permaneció en la oscuridad. También, llevado
    por la fuerte intensión político – criminal,
    JEREMIAS BENTHAN, propuso reformas al sistema
    legal y penal ingles, mientras su compañero de
    ciencia,
    HOWAR con su obra States of Prisons in England and Wales de
    1777, impulso a los movimientos de reformas. ( El Estado
    de las prisiones en Inglaterra
    y Gales ).

    Los intentos de implicar al hombre en
    la criminología científica era la primordial
    importancia de esta. Como ejemplo de estos intentos tenemos a
    LAVATER, con sus primeras publicaciones el 1775 de
    Fisonomía y los trabajos de GALL cuya obra principal
    apareció en 1882, llamada Les fonctions du cerveau (
    Las funciones del
    cerebro ).
    GALL es señalado como el verdadero fundador de la
    antropología criminal, el cual anteriormente se ocupo
    de la Frenología, a la cual se le aplico el medio de
    prisiones Lauvergne en 1841.

    El crimen era una determinada forma de
    degeneración hereditaria en el individuo o incluso en
    su familia, esta
    teoría esta apoyada por MOREL.

    Los cráneos de los criminales
    tenían particularidades, y estas fueron halladas por
    el neurólogo y patólogo BROCA. En 1869 se hizo
    investigaciones sobre 464 cráneos de
    criminales las cuales las hizo WILSON, y el medico de
    prisión escocés THOMSOM en 1870 publico en el
    Journal of Mental Science el resultado de sus observaciones
    sobre mas de 5,000 presos.

    La tesis de
    la locura moral (
    Schwachsinn ) , fue publicada por PRICHARD en 1835. NICOLSON
    entre 1873 y 1875 publico sus trabajos sobre la vida
    psíquica del criminal y su tendencia a la locura,
    imbecilidad y ausencia de sensibilidad. Otros que
    proporcionaron fundamento para la doctrina de LOMBROSO fueron
    obras como las de P. J. CABANIS, Ph. PINEL,
    ESQUIROL, GRIESINGER, J. J. MOREAU de TOUR y sobre todo,
    MOREL, quienes entre otros se ocuparon de los problemas
    de la psiquiatría forense.

    GUERRY para el estudio de la criminalista
    partió de unos principios
    completamente distintos a los conocidos. Fue en 1833 en su
    obra ESSAI SUR LA STATISTIQUE MORALE DE LA FRANCE y en la
    principal de QUETELET, SUR L'HOMME ET LE DE VELOPPEMENT DE LA
    FACULTES OU ESSAI DE PHAYSIQUE SOCIALE, 1836. Por parte de
    Alemania
    VON MAYR, fue conocido particularmente con su obra
    Estadística de la Policía Judicial en el Reino
    de Baviera, dada esta obra en el ano de 1867, y su posterior
    obra llamada la regularidad en la vida social, en
    1877.

    Tenemos que las ciencias
    del espíritu eran las que dominaban las tomas de
    posición ante hechos criminologicos, aunque
    también se dio el caso que en los cien anos anteriores
    a LOMBROSO también se daba una importancia, aunque de
    una manera menos expresiva de la toma de posición de
    los hechos criminologicos , pero con aspiraciones por un
    camino Empírico. Gracias a los investigadores de
    Antropología Medica, Psiquiatría, como
    Psicología Temprana y Sociología, se ocuparon
    de los planteamientos criminologicos.

    En la sociedad
    siempre se busca el estudio del crimen y los criminales y
    esto le concierne a la criminología, buscando la
    delincuencia
    juvenil y las causas del delito. Hasta llegar a la
    teoría de que la interrelaciones de las personas,
    grupos y la
    sociedad en
    la cual viven y funcionan son las principales causas de que
    se cometa un delito.

    Como decíamos anteriormente en la
    antigüedad se pensaba que el delito, se le
    atribuían a los defectos físicos y mentales y
    que era l producto
    de los rasgos hereditarios. Pero no hay de que preocuparse
    puesto que tales afirmaciones hoy en día no son
    tomadas como positivas sino mas bien son rechazadas. Llegada
    a esta conclusión porque el delito, por que el delito
    se aprende y no se hereda. Las explicaciones
    sociológicas son las que se oponen a la creencia del
    delito hereditario.

    La criminología es una ciencia muy
    nueva y d la cual podemos ver que se basa en dos áreas
    de búsquedas, que son distintas pero están
    relacionadas entre si, la primera esta el estudio de la
    naturaleza
    del delito dentro de la sociedad y la
    segunda es el estudio de los delincuentes desde un punto de
    vista psicológico. Ambas de estas teorías son
    mas descriptivas que analíticas.

    Los eruditos de la materia
    estudian el comportamiento humano desde una perspectiva
    clínica y sino desde una perspectiva legalistica por
    esa razón es una ciencia que no es exacta. La ley
    utilizando estas perspectiva llegan a la conclusiones que
    conductas son criminales y cuales no, de allí es que
    los científicos tratan de formular sus razones de
    porque ciertas personas violan la ley.

    De acuerdo con las creencias y sus
    necesidades, hablando de la sociedad,
    podríamos decir que es legal o ilegal. Aunque tenemos
    que el código penal posee nociones firmes del mal y
    del bien, observando que no todo lo malo en sentido moral es
    criminal y algunos actos que por lo general no se consideran
    malos pueden ser penalizados.

    Se ha llegado ha comparar el estudio d un
    delito con el de la moda o
    hasta con algo mucho mas siniestro como por ejemplo el
    poder
    económico. Pero hay que tener en cuenta que
    dependiendo de los diferentes comportamientos, así
    serán los diferentes causas del
    delito.

    En Hispanoamérica, podemos mencionar
    como gran un gran criminólogo a JOSE INGENIEROS,
    puesto que fue el primero en Hispanoamérica.
    También en Cuba se
    han impreso libros de
    criminología, aunque su valor
    científico sea escaso podemos mencionar a RICARDO A.
    OXAMENDI y el de J. MORALES COELLO.

    Bueno, después del congreso de
    criminología celebrado en París en el ano 1950,
    proliferan los libros de
    criminología en estos países con
    características apuntadas, teniendo en cuenta que son
    en realidad la transcripción de los libros de
    otros autores. Pero aun falta para que la verdadera
    criminología del hombre
    hispanoamericano se haga, pero tenemos que anunciar a LUIS
    CARLOS PEREZ, utiliza datos sobre
    la criminalidad de menores y mujeres en Colombia,
    de los bolivianos, HUARCAR CAJIAS, que divide su obra en una
    sección d biología criminal y sociología
    criminal y HUGO CESAR CADIMA que hasta ahora solo tiene en su
    primer tomo la introducción y la antropología
    criminal; y el muy conocido profesor venezolano JOSE RAFAEL
    MENDOSA, que expuso un libro con
    gran mérito expositivo.

    Para una mejor comprensión de la
    criminología entraremos al estudio de las escuelas
    jurídico penales, puesto que los conceptos puramente
    jurídicos van entrelazados con los criminologicos y de
    allí se parte del análisis de los problemas
    normativos.

    Para JIMENES DE ASUA, las escuelas jurídico
    penales son: " EL CUERPO ORGANICO DE CONCEPCIONES
    CONTRAPUESTAS SOBRE LA LEGITIMIDAD DEL DERECHO DE PENSAR
    SOBRE LA NATURALEZA
    DEL DELITO Y SOBRE EL FIN DE LAS SANCIONES " 1 .

    El rápido desarrollo
    de las escuelas jurídico penales en el siglo XX, se
    debió a las continuas confrontaciones, algunas de
    violencia,
    de las disversas escuelas jurídico
    penales.

    Unos delos avances mas importante que se
    obtuvo de la lucha de las escuelas jurídico -penales
    consistió en la delimitacion de lo9s campos, en la
    precisión de métodos y en la
    colaboración entre profesionales, puesto que
    anteriormente trabajaban dispersos.

    SAINZ CANTERO nos define escuela
    jurídico penales en un sentido mas amplio " LA
    DIRECCION DE PENSAMIENTO QUE TIENE UNA DETERMINADA
    DIRECCION, TRABAJA CON UN METODO PECULIAR Y RESPONDE A UNOS
    DETERMINADOS PRESUPUESTOS FILOSOFICOS-PENALES " 2
    .

    Una de las corriente que están
    actualmente en desprestigio son las " juridico-criminologica"
    que pretende hacer de la criminología una ciencia
    auxiliar, que se dediquen a estudiar dogmas y códigos
    penales.

    LA ESCUELA CLASICA

    En los siglos XVII y XVIII surgieron nuevas
    clases
    sociales, como por ejemplo los mercaderes, banqueros y
    los hombres de negocio ( los burgueses ), llamada esta
    época como la Era de las Luces. El esfuerzo de mucho
    trabajo, el pensamiento racional fueron causas que hizo
    que la Etica Protestante despertara para que las personas
    alcanzaran su éxito personal.
    Comenzaron a surgir nuevos cambios en la manera de pensar,
    alcanzando un auge las ciencias
    en la búsqueda de las normas
    legales y desplazando los erróneos caminos de Dios.
    Gracias a esto se dieron cuenta que el hombre
    atravez de la razón experimento los dolores y
    placeres, por tal motivo el Estado
    dejo de ser observado como una entidad divina, que
    imponía sus castigos y reglas para todos los
    ciudadanos, sino que se exigió que siguiera los
    dictados de la razón.

    La reforma clásica tuvo sus inicios en
    la ultima mitad del siglo XVIII en Inglaterra
    e Italia y
    se extendió a Europa
    Occidental y ha EUA de allí en adelante. Teniendo en
    cuenta que lo mas importante es que la Escuela Clásica
    no existió como tal desde el punto de vista
    histórico, sino que gracias a ENRRICO FERRI, que
    comenzó a llamarle clásicos a los juristas
    prepositivistas y posteriores a BECCARIA.

    BECCARIA en 1764 escribió una obra con
    el nombre de De Delitos y
    Castigos, esta obra fue escrita tan solo cuando el constaba
    con 26 anos de edad. El trataba de encontrar la igualdad
    de todos los ciudadanos ante la ley, Escribir
    las leyes para
    que pudiera ser comprendida por todos los individuos y no
    solo por máximos juristas y sobre todo que la
    interpretación de esta no se pudiera dar de una forma
    desviada a la moral
    por los juristas o jueces y por ultimo el de limitar el
    ámbito de las leyes penales
    al mínimo necesario para minimizar el
    delito.

    Podemos decir que gracias a la Escuela
    Clásica se dio la terminación de la barbarie y
    la injusticia que el derecho penal
    representaba, procuro la humanizaron por medio del respeto a
    la ley, del
    reconocimiento a las garantías individuales y de la
    limitación al poder
    absoluto del Estado.

    Al hablar de los representantes de la Escuela
    Clásica todos estamos de acuerdo con que fue gracias a
    BECCARIA, sentando los principios de
    esta gran corriente el " DIVINO MARQUEZ " . BETHAM, aporto
    con su obra " TEORIA DE LAS PENAS Y DE LAS RECOMPENSAS "
    escrita en 1840 y ROMAGNOSI, con " GENESIS DEL DIRITTO PENALE
    " en 1837.

    El profesor de Bolonia, Ginebra y París
    que es asesinado por sus pensamiento políticos, fue el que
    escribió el primer gran clásico reconocido por
    todos, fue el, profesor PELLEGRINO ROSSI ( 1787 – 1848
    ).

    ROSSI consideraba que existía un orden
    moral que
    todos los seres libres e inteligentes debíamos de
    seguir, pensando así que estos ordenes debían
    aplicarse en la sociedad, puesto que todos los individuos
    estamos hechos para vivir en sociedad. Dando así que
    gracias a esto surja un orden obligatorio para toda una
    sociedad y del cual se derivarían todos los derechos y
    obligaciones.

    Otro ilustre representante tenemos a GIOVANNI
    CARMIGNANI, que nos trata de explicar que el castigo que se
    le impone a un criminal por el delito que cometió no
    se hace con el animo de tomar una venganza sino la de
    prevenir a que en un futuro no se realice otros delitos
    semejantes, este ilustre representante fue profesor de Pisa,
    y en sus Elmenta iuris criminalis hace la necesidad del orden
    social como la fuente y de la ley moral como
    el limite.

    Hay otro autor que piensa que la capacidad de
    juzgar le pertenece al superior pero no niega que todo
    hombre al
    ser tal es inteligente y puede juzgar por igual, para ROSINI
    el fundamento del derecho de castigar es el eterno principio
    de la justicia.
    Y este autor el que sienta bases para la Escuela
    Clásica, con su obra Filosofía del Diritto
    escrita en 1839 por ANTONIO ROSINI.

    Dentro de los escritores clásicos mas
    destacados tenemos a FRANCISCO CARRARA ( 1805 – 1888 ), que
    en 1859 escribió Programa di
    Diritto Criminale, lo cual llevo a su verdadera esencia
    jurídica al Derecho Penal
    y son tan importantes porque cuando se hace referencia a la
    Escuela Clásica son las doctrinas de CARRARA las que
    se someten a exámenes.

    CARRARA, nos confiesa " NO ME OCUPO DE
    CUESTIONES FILOSOFICAS: PRESUPONGO ACEPTADA LA DOCTRINA DEL
    LIBRE ARBITRIO Y DE LA IMPUTABILIDAD MORAL DEL
    HOMBRE, Y
    SOBRE ESTA BASE EDIFICADA LA CIENCIA CRIMINAL, QUE MAL SE
    CONSTRUIRIA SIN AQUELLA " 3 .

    Según CARRARA delito es " LA INFRACCION
    DE LA LEY DEL ESTADO,
    PROMULGADA PARA PROTEGER LA SEGURIDAD
    DE LOS CIUDADANOS, RESULTANTE DE UN ACTO EXTERNO DEL HOMBRE,
    POSITIVO O NEGATIVO, MORALMENTE IMPUTABLE O POLITICAMENTE
    ENGANOSO"

    No tenemos que olvidar a otros autores que
    dieron luz y brillo
    a la Escuela Clásica, que son BRUSA, TOLOMEI, PESSINA,
    MITTERMAINER, BERNER, HALSCHNER, BIRKMEYER, ORTOLAN Y
    TYSSOT.

    Esta Escuela Clásica tiene por
    postulados :

    1. El encontrar sus bases filosóficas en
    el Derecho
    Natural.

    2. Un respeto
    absoluto al principio de legalidad.

    3. Ver al delito como un ente jurídico y
    no como un ente filosófico.

    4. El libre albedrío

    5. La aplicación de las penas a los
    individuos moralmente responsables.

    6. Los que carezcan de libre albedrío
    como por ejemplo los locos y los niños quedan excluidos
    del Derecho.

    7. La pena es la retribución que se hace
    al criminal por el mal que hizo en la
    sociedad.

    8. La retribución debe ser
    exacta.

    9. " LAS PENAS SON SANCIONES AFLICTIVAS
    DETERMINADAS, CIERTAS, EJEMPLARES, PROPORCIONALES, DEBEN REUNIR
    LOS REQUISITOS DE PUBLICIDAD,
    CERTEZA, PRONTITUD, FRACCIONABILIDAD Y REPARABILIDAD, Y EN SU
    EJECUCION DEBEN SER CORRECTIVAS, INMUTABLE E INPRORROGABLES " 4
    .

    10. La finalidad de la pena es restablecer el
    orden social externo que ha sido roto por el
    delincuente.

    11. El Derecho de castigar pertenece al Estado
    titulo de tutela jurídica.

    12. El Derecho Penal
    es garantía de libertad, ya
    que asegura la seguridad
    jurídica ante la autoridad.

    13. Se considera que el método debe ser
    logico-abstracto, silogístico y
    deductivo.

    LA ESCUELA
    POSITIVA

    Esta es todo lo contrario a la Escuela
    Clásica, la Escuela Positiva si tuvo una existencia
    real, con un grupo de
    juristas que retaron a otros juristas del campo para poder
    imponer sus ideas. Una clase de intelectuales que hacen de
    LOMBROSO un jefe y sus conocimientos una
    doctrina.

    FERRI nos dice que " LA ESCUELA POSITIVA
    CONSISTE EN LO SIGUIENTE: ESTUDIAR AL DELITO, PRIMERO EN SU
    GENESIS NATURAL, Y DESPUES EN SUS EFECTOS JURIDICOS, PARA
    ADAPTAR JURIDICAMENTE A LAS VARIAS CAUSAS QUE LO PRODUCEN LOS
    DIVERSOS REMEDIOS, QUE POR CONSIGUIENTES SERAN EFICASES "
    5

    Debido a los excesos de la Escuela
    Clásica, nace la Escuela Positiva. Todo se debió
    al abuso de la dogmática, al olvido del hombre
    delincuente a sus creencias de haber de haber agotado la
    problemática juridico-penal.

    El principal medio de difusión de esta
    escuela fue la revista
    "Archivi di psichiatria, scienze penali e antropologia
    criminale". La vida de esta escuela ha sido agitada y fecunda,
    llena de aciertos y de errores también, así como
    ha tenido muchos que la apoyan también están los
    que la contradicen.

    Otra conocimiento
    que FERRI nos explica es: "LA ESCUELA CRIMINAL POSITIVANO
    CONSISTE UNICAMENTE, EN EL ESTUDIO ANTROPOLOGICO DEL CRIMINAL,
    PUES CONSTITUYE UNA RENOVACION COMPLETA, UN CAMBIO
    RADICAL DE METODO CIENTIFICOEN EL ESTUDIO DE LA PATOLOGIA
    SOCIALCRIMINAL, Y DE LOS QUE HAY DE MAS EFICAZ ENTRE LOS
    REMEDIOS SOIALES Y JURIDICO QUE NOS OFRECE. LA CIENCIA DE LOS
    DELITOS Y DE
    LAS PENAS ERA UNA EXPOSICION
    DOCTRINAL DE SILOGISMOS, DADOS A LUZ POR LA
    FUERZA
    EXCLUSIVA DE LA FANTASIA LOGICA; NUESTRA ESCUELA HA HECHO DE
    ELLO UNA CIENCIA DE OBSERVACION POSITIVA, QUE,
    FUNDÁNDOSE EN LA ANTROPOLOGIA, LA PSICOLOGIA Y LA
    ESTADISTICA CRIMINAL, Y ASI DE COMO EL DERECHO PENAL Y LOS
    ESTUDIOS PENITENSIARIOS, LLEGA HA SER LA CIENCIA SINTETICA QUE
    YO MISMO LA LLAMO SOCIOLOGIA CRIMINAL, Y ASI ESTA CIENCIA,
    APLICANDO EL METODO POSITIVO AL ESTUDIO DEL DELITO, DEL
    DELINCUENTE Y DEL MEDIO, NO HACE OTRA COSA QUE LLEVAR A LA
    CIENCIA CRIMINAL CLASICA EL SOPLO VIVIFICADOR DE LAS ULTIMAS E
    IRREFRAGABLES CONQUISTAS HECHAS POR LA CIENCIA DEL HOMBRE Y DE
    LA SOCIEDAD, RENOVADA POR LAS DOCTRINAS EVOLUCIONISTAS " 6
    .

    Dentro de los representantes e esta escuela,
    tenemos a LOMBROSO, FERRI Y GAROFALO, esto no quiere decir que
    sean todos sino que con ellos son con los cuales se marca el
    principio de una corriente que llegaría con fuerza hasta
    nuestros días.

    Los postulados de esta escuela
    son:

    – La Escuela Positiva se caracteriza por su
    método científico.

    – El delito es un hecho de la naturaleza y
    debe estudiarse como un ente real, actual y
    existente.

    – Su determinismo, es totalmente determinista
    esta escuela.

    – Sustituye la responsabilidad moral por la responsabilidad
    social, puesto que el hombre
    vive en sociedad y será responsablemente social mientras
    viva en sociedad.

    – El hecho de que si no hay responsabilidad moral, no quiere decir que se
    pueden quedar excluido del derecho.

    – El concepto de
    Pena se sustituye por el de sanción.

    – La sanción va de acuerdo a la
    peligrosidad del criminal.

    – Estas deben durar mientras dure la
    peligrosidad del delincuente, y por eso son de duración
    indeterminada.

    – La ley penal no restablece el orden
    jurídico, sino que tiene por misión la de
    combatir la criminalidad considerada como fenómeno
    social.

    – El derecho a imponer sanciones pertenece al
    Estado a
    titulo de defensa social.

    – Mas importante que las penas son los
    substitutivos penales.

    – Se acepta "tipos"
    criminales.

    – La legislación penal debe estar basada
    en los estudios antropológicos y
    sociológicos.

    – El método es inductivo –
    experimental.

    INTELIGENCIA Y
    DELINCUENCIA

    HARRY GODLAND, indico que la incapacidad mental es
    la principal causa única de la
    criminalidad.

    GODLAND, realizo un estudio entre los anos 10 y
    1914 dentro de los cuales, estudio a 150 mil reclusos condenados.
    Y encontró que un 50% de estos tenia deficiencia
    mental.

    Los postulados de esta Teoría
    son:

    1. El débil mental seria un tipo de
    delincuente.

    2. Las personas nacen débil mental o con
    una inteligencia
    normal.

    3. En la mayoría de las ocasiones estas
    personas conocen los delitos
    peligrosos de asalto y los delitos sexuales.

    4. Los débiles mentales cometen estos
    delitos por la falta de los factores inhibitorios sociales;
    sobre todo este no puede exteriorizar los que esta descrito
    como bueno o como malo.

    5. No tienen la capacidad de prever la
    consecuencia de sus actos y por lo tanto la amenaza penal no
    tiene efecto sobre esta clase de individuo.

    6. Son personas muy sugestionables y cualquier
    criminal mas inteligente que el lo puede llevar a cometer un
    delito.

    7. Por ser débil mental, en los barrios
    donde existe una criminalidad alta, lo hace por
    imitación.

    Los inteligentes tienen la capacidad para
    ocultar la criminalidad pero los débiles mentales
    carecen de ella.

    TEORIA DE LA SEXUALIDAD DE
    LOS NINOS Y
    PSICOANALISIS (SIGMUND
    FREUD).

    La teoría de la sexualidad
    de los niños fue entendida cuando se desarrollo
    la teoría de la sexualidad
    humana. Donde dice que hay un "yo" un "ello" y un "super-ello".
    El ego viene de la realidad pero se relaciona con el ello y el
    super-ello. Según esto, muestra nuestra
    relación infantiles con nuestros padres. Vivimos del
    pasado, puesto que somos susceptible a este ya que la
    niñez influye en nuestra vida adulta. Sin embargo ofrece
    una libertad de
    esclavitud
    infantil del pasado pero debemos tratar de salvar el yo
    individual de nuestras fuerzas salvajes y de la
    sociedad.

    ————————————–/——————————————

    INCONCIENTE PRECONCIENTE

    ELLO ( ID ) SUPER EGO

    / (SUPER YO)

    CONCIENCIA

    / /

    YO ( EGO ) /

    / /

    /

    —————————————–/————————————-
    / MUNDO EXTERIOR

    La explicación de la teoría: Tenemos que
    el ser humano en su comienzo fue o era solo instinto, de
    allí el va creando otros instintos psíquicos; el
    "ello" ( ID ) lo mas primitivo y el "yo" ( ego ) creado
    después, sobre la base que primero solo éramos
    animales y
    después se desarrollo,
    pero nunca se dejo de tener instintos solo que lo teníamos
    en forma inconsciente.

    Hay otra instancia psíquica que se
    confunde con el "yo" y el "ahora", que es el punto del momento
    del "ya" y el "ahora".

    El "yo" se relaciona con la voluntad pero a lo
    interno, pero tiene otra instancia psíquica que es el
    "super yo" que es formado desde que el niño nace y es
    sometido a la autoridad de
    sus padres primero, y después por otras personas.
    Allí podemos encontrar las reglas y pautas de lo bueno,
    lo que se debe hacer y lo malo, lo que no se debe
    hacer.

    En lo interno del "yo" donde esta la memoria y
    el " super-ego", se puede llegar a la conciencia. Es
    decir que al preconciente, donde solo se logra llegar con el
    psicoanálisis u el inconsciente.

    Tanto los principios que
    están en el "ello" y las normas el
    "super-ello" como nuestra conciencia y las
    exigencias del mundo exterior, se da la influencia en la conducta humana
    que es la realidad de un proceso
    complejo.

    La fuerza que
    lleva el instinto es el LIBIA, que es placer físico, que
    FREUD lo llama
    placer sexual y nos plantea que el ser humano desde el momento
    que nace tiene experiencia sexual. Las cuales se muestran en tres
    fases: a) la fase moral, b) la fase de agresión y C) la
    fase fálica.

    Los sueños son el mensaje del
    subconsciente, este expresa siempre la realización de un
    deseo, si estos sueños producen angustias las personas
    se despiertan a manera de protección y estas angustias
    afectan al desarrollo
    de las personas. El sueno es el resultante de un compromiso
    entre las ideas del yo y las ideas latentes que se expresan en
    el sueno.

    La explicación de la criminalidad, dice que
    los delincuentes carecen de "super-ego", pero esto es
    ilógico ya que si alguien tuviera solo instinto
    actuaría como animal y seria imposible vivir con el. Mas
    adelante se realiza otro planteamiento, que dice que el problema
    de la criminalidad, se da por deficiencia, producto del
    "super-ego" , la cual se da por una deficiencia educativa. Ese
    niño al crecer no podrá formar un "super-yo"
    adecuado y esta instancia no cumplirá su
    función.

    Hoy en día es considerada la sexualidad
    como algo normal gracias a FREUD.

    CRIMINOLOGIA
    CLINICA

    BENIGNO DI TULLIO la define como la ciencia de las
    conductas antisociales y criminales basada en la observancia y el
    análisis profundo de casos individuales, normales,
    anormales o patológicos. Esta corriente intenta dar una
    explicación integral a cada caso, considerando al ser
    humano como una entidad biológica, psicológica,
    social y moral. Se dice que proviene de LOMBROSO. Sus antecesores
    son por ejemplo MAUCDESEY, Londres en 1888; FRANCISCO GINER,
    Madrid en 1899 y DE LOS RIOS, Buenos Aires en
    1907.

    Se le denomina Criminología Clínica
    porque proviene del griego CLINE: Lecho, cama. El medico
    clínico tiene como labor la de observar, diagnosticar,
    pronosticar al paciente en la cama. Estos son los grandes
    objetivos de
    la criminología clínica.

    La premisa es la de que la conducta humana
    esta condicionada por múltiples factores
    biológicos, psicológicos y social. Hay que
    averiguar en cada caso, cuales de estas circunstancias hacen que
    la persona cometa un
    delito.

    Dentro de los métodos
    tenemos:

    1. Entendimiento directo con el
    delincuente.

    2. Examen medico.

    3. Examen psicológicos para obtener
    datos sobre
    la
    personalidad del individuo.

    4. Encuesta
    social en donde el trabajador social investiga el medio en que
    se desarrollo la persona.

    El trabajo clínico debe ser
    interdisciplinario, en términos generales se ha
    vinculado con el funcionamiento de las prisiones. Este
    trabajo da respuesta al que hacer con el individuo, realizado
    así el diagnostico pronostico y
    tratamiento.

    La peligrosidad es un concepto
    clave de la escuela clínica, que se basa en el
    supuesto ( que causa llevar a la persona al
    delito ) se puede determinar si los va a seguir cometiendo y
    en que medida. Este concepto
    tiene dos aspectos :

    a) La Capacidad Criminal: Que es la cantidad de
    delito que puede cometer el criminal.

    b) Adaptabilidad: La capacidad de
    adaptación al medio en que vive.

    La escuela clínica trata de analizar al
    delito para establecer un diagnostico, pronostico y
    tratamiento. Este es el central de esta
    escuela.

    Un diagnostico se utiliza para determinar el grado
    de peligrosidad de un individuo, entrando en jugo los dos
    aspectos antes mencionados. Lo mas importante es el paso al acto
    y existe 4 fases importante:

    a) Consentimiento Mitigante: Concibe y no
    rechaza la posibilidad del delito del
    delincuente.

    b) Consentimiento Formulado: Donde la persona decide
    cometer el delito.

    c) Estado de
    Peligro.

    d) Paso al Acto: La comisión del
    delito.

    SUTHRERLAND, elaboro en la criminología
    clínica, EL DELITO DE CUELLO BLANCO y la definió: "
    Es un delito cometido por una persona de
    respetabilidad y estrato social alto en el curso de su
    ocupación" .

    Las conclusiones:

    1. La delincuencia
    de las empresas y los
    ladrones de cuello blanco son reincidentes.

    2. Tiene miedo a la denuncia.

    3. Los hombres de negocios
    expresan el mismo despreció a la ley que los
    otros.

    4. Son crímenes bien organizados. A
    diferencia del ladrón común, el de cuello blanco
    no se ve como delincuente.

    5. Expresa públicamente adehesion a la
    ley, aunque en privado la viole.

    6. Es un delito oculto, Una manera de lograr la
    imputabilidad es a través de expertos
    abogados.

    7. En términos históricos se dio
    cuenta que muchas de las grandes fortunas se deben a, la
    practica ilícita.

    Esta investigación de SUTHERLAND cambia
    toda la criminología, ya que como frecuentemente se
    decía que el delito debía explicarse con los
    problemas
    psicológicos y no es así. Además la
    criminología no se basa, ni en dinero ni en
    promesa. Concluye señalando que hay que incluir a las
    clases medias y altas en el fenómeno de la
    criminología.

    LA TEORIA DEL
    APRENDIZAJE

    Pasan a un rígido plano, las consecuencias
    biológicas para centrarse en las experiencias que tiene el
    individuo y por lo tanto para entender la criminalidad, hay que
    ver la criminalidad que rodea la persona.

    CHRISTIE, realizo un experimento para confirmar
    una hipótesis que se dio en Noruega a final de la segunda
    querra mundial. En 1942 se llevan a Noruega prisioneros de
    distintas nacionalidades y los ponen en cárceles con
    carceleros noruegos, mas de la mitad murieron por causa del
    hambre y la tortura en menos de un ano. Los torturaron porque
    entre el carcelero y los prisioneros no existía una
    relación afectiva.

    En 1952 CHRISTIE, hace una investigación
    sobre estos carceleros para determinar su conducta,
    encontrando los resultados de :

    a) En las características personales
    entre guardia torturador y no torturador no existía gran
    diferencia.

    b) Todos los guardias tenían
    características comunes a toda el resto de la
    población en Noruega.

    Las característica del grupo d
    los prisioneros era:

    a) El hambre extrema daba por resultado que
    cualquier cortada o herida despidiera un mal
    olor.

    b) Esto causaba alteraciones en la conducta,
    por lo que hacia que los carceleros vieran a las prisioneros
    como personas de carácter no humano y por eso los
    torturaban.

    En conclusión tenemos la posibilidad de
    actuar con crueldad, sin considerarse asesinos. Pero de esta
    consideración de que no había diferencia entre
    torturadores y no torturadores se hizo el experimento en donde se
    intento ver la obediencia a la autoridad bajo
    la responsabilidad de otra persona, es decir muchas
    personas son capaces de hacerle daño a otra, siempre y
    cuando ese daño no se defina como prohibido, perjudicial o
    dañino.

    LA ESCUELA
    ECLECTICA

    Esta escuela tiene su fundamento teórico
    basado en el mismo que el de la Escuela Clásica, que es
    el contrato
    social. Esta escuela no es una escuela en si, sino la
    reunión de varias escuelas reunida en esta corriente. La
    diferencia entre la escuela Clásica y Positiva esta en
    que estas tenían una serie de normas que si
    no estabas de acuerdo con una, rompías todas las
    demás. Era un esquema casi perfecto y el objetivo de
    la escuela Ecléctica era la de romper con esas reglas o
    esquemas monolíticos y crear algo
    diferente.

    El presupuesto
    operante de esta es la igualdad
    material y como en la Escuela clásica, radica su responsabilidad en lo individual, pero le agrega
    el concepto de
    situación, referente al medio físico y social. Como
    consecuencia de la introducción del concepto
    situación en la responsabilidad individual, la escuela
    ecléctica logra la atención punitiva por razones
    subjetivas, y conserva, dicha disminución por razones
    objetivas.

    La integración entre derecho penal y
    criminología requiere entre todo una gran madurez en ambas
    disciplinas., se recalca sobre la madurez de estas ciencias,
    porque el derecho penal en aquella época estaba falto de
    madurez y la criminología empezaba sus primeros
    pasos.

    ESCUELA
    SOCIAL

    Esta apoyada por el filosofo DURKHEIM, esta
    escuela no tiene su fundamento en el contrato sino en
    la dialéctica . Esta escuela tiene antecedentes en la
    Lyon, en especial en Lacassagne, en la cartográfica y en
    la de intersicologia con Tarde. Son famosas las sentencias
    lapidarias de Lacassagne: "Las sociedades
    tienen los criminales que se merecen y el medio social es el
    caldo del cultivo de la criminalidad mientras que el microbio es
    el criminal" 7 .

    Para la escuela social, el presupuesto
    operante es el de la desigualdad material y la división
    del trabajo, y no el de la igualdad del
    contrato.

    La responsabilidad penal es individual, pero
    requiere una depuración de las fuerzas
    sociales.

    Su sistema
    jurídico busca ante todo una justicia
    social y tiene un criterio político que busca la
    comprensión y mejoras sociales.

    Tratándose del delincuente, la escuela
    social realiza los estudios de estos bajo un enfoque
    sociológico., la patología se desplaza del campo
    individual al social. Esta escuela introduce el estudio de la
    motivación en el delincuente y hace la medición
    punitiva con base en factores objetivos y
    subjetivos., desde luego la lista de factores subjetivos la
    amplia, y a mas de esto, no solo reconoce la atenuación
    punitiva derivada de ambas factores sino que llega
    también a admitir la exclusión de
    responsabilidad. La escuela social fue la primera en hacer la
    distinción entre lo patológico y lo no
    patológico, con énfasis en lo no
    patológico.

    La clasificación de delito y delincuente,
    Esta escuela nos dice que es normal, quedando a salvo la
    anormalidad biológica y sicología del delincuente.
    Tiene una interpretación legal sicosociojuridica. Esta
    escuela permite un fuerte avance de la criminología, y con
    el favorece la maduración de la misma hacia una ulterior
    integración, todavía inexistente, con el derecho
    penal.

    El mérito principal de la escuela social
    radica en introducir el concepto de "función social del
    derecho" , en el cual, la ley aparece como el mejor mecanismo
    para lograr una justa composición y un equitativo
    desarrollo de la sociedad. Este concepto de función
    social a su vez introdujo cambios de la mayor importancia en el
    derecho privado y en el derecho
    publico, por ejemplo, con las figuras del abuso del derecho
    y de la expropiación, respectivamente y dio comienzo a
    la eliminación de la arraigada separación tajante
    entre lo privado y lo publico, división sobre la cual se
    basan todos los sistemas
    jurídicos.

    ESCUELA
    ANOMMICA

    Su fundamento teórico esta basado en la
    anomia, situación en la cual el desarrollo social
    desborda al control
    institucional. El presupuesto
    operandi esta fundamentado en la desigualdad material y una mayor
    división del trabajo. Sigue la responsabilidad en el campo
    individual pero aparece la tendencia a
    socializarla.

    La finalidad del sistema
    jurídico esta basado en el hallazgo del nivel natural en
    la meritocrasia. El enfoque es sociológico y se dirige a
    la contracultura, pero no a la cultura. Solo
    el proletario aparece representado en la estadísticas de
    criminalidad. Desde luego la escuela anomica no hace caso omiso
    de la motivación en el delincuente, pero, en verdad,
    tampoco hace de este aspecto su principal punto de
    meditación, puesto que la motivación importante no
    esta en el individuo sino en la sociedad.

    Al centrar el foco eruptivo de la delincuencia
    en la sociedad y no en el individuo, la medición punitiva
    en si pierde importancia pues resulta de poca utilidad en el
    tratamiento de la delincuencia
    mantenida erróneamente dentro de rigurosos esquemas
    individuales. Empieza otro tipo de cuestionamiento en derredor de
    la facultad punitiva.

    EL principal aporte fue el punto víctima de
    las peores criticas y rechazos: interpretación de la
    delincuencia
    proletaria, estadísticamente muy representada en las
    cifras policiales de criminalidad.

    ESCUELA
    ECOLOGICA

    Su fundamento teórico es el que la
    formación de la sociedad es orgánica y no
    contractual. El presupuesto
    operandi esta basado en la desigualdad material y muy grande
    división del trabajo. Su responsabilidad deja de ser
    individual y se convierte en social y grupal. El hallazgo del
    equilibrio
    biotico-social es la finalidad del sistema
    jurídico.

    El principal aporte de esta Escuela
    Ecológica, con sede en Chicago y producto de la
    inmigraciones incontroladas de europeos, es la
    interpretación de la delincuencia
    de la mafia.

    CONCLUSION

    Como hemos podido observar, LOMBROSO, padre de
    la Criminología, tuvo el reconocimiento de que fue el de
    la idea de sistematizar una serie de conocimientos,
    teorías e investigaciones, que se encontraban totalmente
    dispersas.

    Todos sabemos que LOMBROSO no es original en su
    teoría, puesto que antes de el ya existían
    filósofos que mostraban una inquietud, pero eran un poco
    tímido con sus ideas. Pero en mi opinión nadie es
    en la criminología, es totalmente original por la novedad,
    o mejor dicho por el auge que esta teniendo ahora esta ciencia o
    este futuro derecho penal. De los errores, no se que decir. Pero
    nadie es perfecto y el que se considera como tal, tenemos que es
    el mas imperfecto de todos los seres humanos.

    Pero con todos estos contratiempos, LOMBROSO ha
    llegado ha surgir de las pelumbras una nueva ciencia. La cual
    en mi opinión le veo un gran porvenir, por la gran
    variedad de corrientes que ha tenido en su camino. Así
    que démosle la bienvenida a la nueva ciencia la cual
    esperemos en un futuro pueda esta ser mas profundizada, LA
    CRIMINOLOGIA.

    BIBLIOGRAFIA

    CARRARA, FRANCHESCO. Programa del
    curso de Derecho Criminal, tomo I.

    Depalma. Buenos Aires,
    Argentina.
    1944.

    FERRI, ENRRICO. Los nuevos horizontes del
    Derecho y del Procedimiento
    Penal.

    Centro Editorial de Gongora. Madrid,
    España. 1887.

    FERRI, ENRRIQUE. Principio de Derecho Criminal.
    Editorial Reus. Madrid,

    España. 1933.

    JIMENEZ DE ASUA, LUIS. Tratado de Derecho Penal,
    tomo II. Buenos Aire,

    Argentina. 1950.

    PEREZ, ALVARO. Curso de Criminología.
    Editorial Temis. Bogotá, Colombia.

    1986.

    PESET, JOSE L. y PESET, MARIANO. Lombroso y la
    Escuela Positivista Italiana.

    CSIC. Madrid, España.
    1975.

    SAINZ CANTERO, JOSE. La Ciencia del Derecho
    Penal y su Evolución. Bosh,

    S.A.. Barcelona, España.
    1975.

    VILLALOBOS, IGNACIO. La Crisis del
    Derecho Penal En México. Jus.
    México.

    1948.

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