
Funciones y poderes
Períodos de sesiones
Comisiones Principales
Kofi Annan – Secretario General de la ONU
Nota biografica
Secretarios GENERALES ANTERIORES
FUNCION DEL SECRETARIO GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS
LOUISE FRECHETTE – VICESECRETARIA GENERAL
NOTA BIOGRAFICA
¿QUÉ ES EL CONSEJO DE SEGURIDAD?
FUNCIONES Y PODERES
¿QUÉ ES LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA?
JURISDICCION
MIEMBROS
¿QUÉ ES EL CONSEJO ECONOMICO Y SOCIAL?
FUNCIONES Y PODERES
PERIODOS DE SECIONES
ORGANOS SOBSIDIARIOS Y CONEXOS
RELACIONES CON LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES
¿QUÉ ES EL CONSEJO DE ADMINISTRACION FIDUCIARIA?
FUNCIONES Y PODERES
INTRODUCCION
CRONOLOGIA DE ACONTECIMIENTOS
DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
CARTA INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS
CONFERENCIA MUNDIAL DE DERECHOS HUMANOS
DERECHOS HUMANOS EN ACCION
FORTALECIMIENTO DEL MECANISMO DE DERECHOS HUMANOS
OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LA UNO POR LOS DERECHOS HUMANOS
COMISION DE DERECHOS HUMANOS
VIGILANCIA DE LAS VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS
PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
LA SOCIEDAD CIVIL: COLABORADORA EN LA ACCION EN PRO DE LOS DERECHOS HUMANOS
OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ DE LA ONU. PREGUNTAS Y RESPUESTAS
UNCTAD
UNITAR
ONUDI
GATT/OMC
OIT
UNESCO
FMI
CFI
OACI
UPU
UIT
LA ASAMBLEA GENERAL
La Asamblea General es el principal órgano deliberativo de las Naciones Unidas. Está compuesto por representantes de todos los Estados Miembros, cada uno de los cuales tiene derecho a un voto. Las decisiones sobre cuestiones importantes, como las relativas a la paz y a la seguridad, la admisión de nuevos Miembros y las cuestiones presupuestarias, se deben adoptar por el voto de una mayoría de dos tercios. Las decisiones sobre otras cuestiones se adoptan por mayoría simple.
Funciones y poderes
De confonnidad con la Carta, entre las funciones y poderes de la Asamblea General se cuentan los siguientes:
* Considerar y hacer recomendaciones sobre los principios de cooperación en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, incluso los principios que rigen el desarme y la reglamentación de armamentos;
* Discutir toda cuestión relativa al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y, salvo en el caso en que el Consejo de Seguridad esté examinando una controversia o situación, formular recomendaciones al respecto;
* Tratar y, con la misma salvedad, hacer recomendaciones sobre cualquier cuestión dentro de los límites de la Carta o que afecte a los poderes o funciones de cualquier órgano de las Naciones Unidas;
* Promover estudios y hacer recomendaciones para fomentar la cooperación política internacional, desarrollar el derecho internacional y su codificación, ayudar a hacer efectivos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos y fomentar la cooperación internacional en materias de carácter económico, social, cultural educativo y sanitario;
*Hacer recomendaciones para el arreglo pacífico de cualquier situación, sea cual fuere su origen, que pueda perjudicar las relaciones amistosas entre naciones;
* Recibir y considerar informes del Consejo de Seguridad y otros órganos de las Nadones Unidas;
* Examinar y aprobar el presupuesto de las Naciones Unidas y fijar las cuotas a los Membros;
* Elegir los miembros no permanentes del Consejo de Seguridad, los miembros del Consejo Económico y Social y los miembros del Consejo de Administración Fiduciaria que deban ser electos; participar con el Consejo de Seguridad en la elección de los magistrados de la Corte Internacional de Justicia y, a recomendación del Consejo de Seguridad, nombrar al Secretario General.
De conformidad con la resolución "Unión pro paz", aprobada por la Asamblea General en noviembre de 1950, la Asamblea puede adoptar medidas si el Consejo de Seguridad, por falta de unanimidad entre sus miembros permanentes, no adopta medidas en un caso en que parece haber una amenaza a la paz, el quebrantamiento de la paz o un acto de agresión. La Asamblea está facultada para considerar el asunto inmediatamente con el fin de recomendar a los Miembros la adopción de medidas colectivas, inclusive, en casos de quebrantamiento de la paz o de un acto de agresión, el empleo de la fuerza armada si fuera necesario para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales.
Períodos de sesiones
El período ordinario de sesiones de la Asamblea General, que se inicia anualmente el tercer martes de septiembre, continúa habitualmente hasta mediados de diciembre. Al principio de cada período ordinario de sesiones, la Asamblea elige un nuevo Presidente, 21 vicepresidentes y los presidentes de las siete Comisiones principales. Para asegurar una distribución geográfica equitativa, la presidencia de la Asamblea se rota anualmente entre cinco grupos de Estados: los Estados de África, Asia, Europa Oriental, América Latina y Europa Occidental y otros Estados.
Además de esos períodos ordinarios de sesiones, la Asamblea puede reunirse en períodos extraordinarios de sesiones a solicitud del Consejo de Seguridad, de una mayoría de los Miembros de las Naciones Unidas o de un Miembro si la mayoría de los miembros está de acuerdo. Los períodos extraordinarios de sesiones de emergencia se pueden convocar dentro de las 24 horas de recibida una solicitud del Consejo de Seguridad, aprobada por el voto de nueve de esos Miembros, por una mayoría de los miembros de las Naciones Unidas o por un miembro si la mayoría de los miembros está de acuerdo.
Al principio de cada período ordinario de sesiones, la Asamblea celebra un debate general, en el que a menudo intervienen Jefes de Estado o de Gobierno, en el cual los Estados Miembros expresan sus opiniones acerca de una amplia gama de cuestiones de interés internacional. Debido al gran número de cuestiones que se someten a consideración de la Asamblea (por ejemplo, el programa del período de sesiones de la Asamblea constaba en 1994 de 162 temas distintos), la Asamblea asigna la mayoría de las cuestiones a sus seis Comisiones Principales.
Comisiones Principales:
* Comisión de Desarme y de Seguridad Internacional (Primera Comisión)
* Comisión de Asuntos Económicos y Financieros (Segunda Comisión)
* Comisión de Asuntos Sociales, Humanitarios y Culturales (Tercera Comisión)
* Comisión Política Especial y de Descolonización (Cuarta Comisión)
* Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios (QuintaComisión)
* Comisión Jurídica (Sexta Comisión)
Hay también una Mesa, integrada por el Presidente y los 21Vicepresidentes de la Asamblea más los Presidentes de las siete Comisiones Principales, y una Comisión de Verificación de Poderes, integrada por nueve miembros designados por la Asamblea a propuesta del Presidente en cada período de sesiones, la cual informa a la Asamblea sobre los poderes de los representantes.
Aigunas de las cuestiones se consideran sólo en sesión plenaria, y no en una de las Comisiones Principales. Todas las cuestiones se someten a votación en sesión plenaria, por lo común hacia el final del período de sesiones, luego de que las Comisiones han concluido su examen de esas cuestiones y presentado proyectos de resolución al pleno de la Asamblea General.
La votación en las Comisiones se hace por mayoría simple. En sesión plenaria, las resoluciones se pueden adoptar por aclamación, sin objeción o sin votación, o bien mediante votación registrada o por votación nominal.
Aunque carecen de obligatoriedad jurídica para los gobiernos, las decisiones de la Asamblea están sustentadas por el peso de la opinión pública mundial respecto de los principales problemas internacionales y por la autoridad moral de la comunidad internacional.
La labor de las Naciones Unidas durante todo el año se deriva fundamentalmente de las decisiones de la Asamblea General, es decir, de la voluntad de la mayoría de los Miembros expresada en resoluciones adoptadas por la Asamblea. Esta labor la Ilevan a cabo:
* Las Comisiones y otros órganos establecidos por la Asamblea para estudiar cuestiones específicas como el desarme, el espacio ultraterrestre, el mantenimiento de la paz, la descolonización y los derechos humanos e informar al respecto;
* Las conferencias internacionales convocadas por la Asamblea, y
* La Secretaría de las Naciones Unidas por conducto de las actividades del Secretario General y de la plantilla de funcionarios internacionales.
Secretaría General
Organo administrativo compuesto por un secretario general y "tanto personal como la Organización pueda necesitar", según consta en la Carta fundacional de la Organización de la Naciones Unidas (ONU).
El secretario general, nombrado para un mandato de cinco años por la Asamblea General, a recomendación del Consejo de Seguridad, es el principal funcionario administrativo de la ONU y, según el Artículo 99 de la Carta, puede llamar la atención del Consejo de Seguridad sobre cualquier tema que parezca amenazar la paz y la seguridad internacional. Desde el nacimiento de las Naciones Unidas, esta disposición proporcionó al secretario general una cierta autoridad ejecutiva, lo que provocó el descontento sistemático de la Unión Soviética con las dos primeras autoridades de la ONU. El primer secretario general fue el noruego Trygve Lie, que, ante la constante presión soviética, se vio forzado a dimitir en noviembre de 1952. En abril de 1953 le sucedió el sueco Dag Hammarskjöld, que sería reelegido cinco años más tarde. Hammarskjöld también tuvo que enfrentarse con las duras objeciones de la URSS a raíz de la intervención de la ONU en la crisis del Congo de 1960-1961. Pereció en dicho país en un accidente de aviación el 17 de septiembre de 1961. El 3 de noviembre la Asamblea nombró al birmano U Thant secretario general en funciones, quien fue reelegido en 1966. Cuando su segundo mandato expiró en 1971, le sustituyó Kurt Waldheim, de Austria, quien volvió a ser reelegido durante otros cinco años en 1976. En 1982 el peruano Javier Pérez de Cuéllar sucedió a Waldheim, cumplió dos mandatos y rechazó un tercero. Pérez de Cuéllar participó en numerosas misiones de paz y de ayuda humanitaria tras algunos desastres, como los terremotos de Guatemala y Nicaragua. Fue relevado en 1992 por el egipcio Butros Butros-Ghali, y en 1997 tomo posesión del cargo el ghanés Kofi Annan.
En 1977 la Asamblea General adoptó una resolución que otorgaba al secretario general la autoridad de nombrar a un vicesecretario, que tendría el título de director general para el desarrollo económico y la cooperación económica internacional, y cuya responsabilidad sería dirigir aquellas agencias de la ONU dedicadas a temas sociales y económicos.
El personal de las Naciones Unidas es nombrado por el secretario general, que es quien selecciona a estos funcionarios internacionales basándose en la competencia e integridad de éstos y respetando que la composición de la Secretaría refleje la diversidad multinacional de la propia ONU. Los funcionarios de las Naciones Unidas sólo deben rendir cuentas ante ese organismo y no pueden buscar o recibir instrucciones de otro gobierno o autoridad. La Secretaría está organizada en varios departamentos, entre los que se incluyen las oficinas encargadas de la información política, legal, financiera, económica, pública y de tutela.
KOFI
ANNAN Nota biográfica
Kofi Annan fue elegido como el séptimo Secretario General de las Naciones Unidas a partir del 1 de enero de 1997 hasta el 31 de diciembre de 2001. Hasta el momento de su nombramiento por la Asamblea General, el Sr. Annan había sido Secretario General Adjunto de Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas.
El Sr. Annan, nacional de Ghana, volvió al puesto de Secretario General Adjunto de Operaciones de Mantenimiento de la Paz en marzo de 1996, después de desempeñar las funciones de Representante Especial del Secretario General en la ex Yugoslavia y de Enviado Especial ante la Organización del Tratado del Atlántico del Norte (OTAN) durante todo el período de transición que siguió a la firma del Acuerdo de Paz de Dayton. Había sido nombrado Secretario General Adjunto de Operaciones de Mantenimiento de la Paz el 1 de marzo de 1993, un año después de su nombramiento como Subsecretario General en el mismo departamento.
Antes de desempeñar esos cargos, el Sr. Annan sirvió a las Naciones Unidas en otros puestos superiores. En total, ha dedicado más de 30 años de su vida a las Naciones Unidas, para las que ha trabajado en lugares tan diversos como Addis Abeba, el Cairo, Ginebra, Ismailia (Egipto) y Nueva York.
Entre esas posiciones, el Sr. Annan prestó servicios en calidad de Subsecretario General de Planificación de Programas, Presupuesto y Finanzas y Contralor de las Naciones Unidas. A raíz de la invasión de Kuwait por el Iraq en 1990, el Secretario General envió al Sr. Annan al Iraq para determinar qué podía hacerse para mejorar la situación sobre el terreno y facilitar la repatriación de más de 900 funcionarios internacionales. Durante su estancia en el Iraq, el Sr. Annan entabló negociaciones para la liberación de los rehenes occidentales y señaló a la atención de la comunidad internacional la situación de los más de 500.000 asiáticos que se encontraban en Kuwait y en el Iraq. Encabezó posteriormente el equipo de negociación de las Naciones Unidas con el Iraq sobre la posibilidad de autorizar ventas de petróleo para la compra de ayuda humanitaria.
El Sr. Annan había simultaneado anteriormente los cargos de Subsecretario General de Gestión de Recursos Humanos y Coordinador de Asuntos de Seguridad de las Naciones Unidas, después de desempeñar los cargos de Director de Presupuesto y Director Adjunto de Administración y Jefe de Personal de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.
El Sr. Annan, regresó a su país de origen de 1974 a 1976 para desempeñar el cargo de Director Gerente de la Empresa de Promoción Turística de Ghana, cargo que simultaneó con su participación en la Junta de Ordenación del Turismo de Ghana.
Además de sus funciones oficiales, el Sr. Annan participa desde hace mucho tiempo en actividades relacionadas con la educación, el desarrollo, el bienestar y la protección del personal internacional. Pertenece actualmente a las juntas de consejeros del Macalester College de Saint Paul (Minnesota) y del Institute for the Future de Menlo Park (California). Fue durante muchos años Presidente de la Junta Directiva de la Escuela Internacional de las Naciones Unidas de Nueva York, y formó parte de la Junta de Gobernadores de la Escuela Internacional de Ginebra de 1981 a 1983. Dentro de las Naciones Unidas, el Sr. Annan ha participado en los trabajos de la Junta de Nombramientos y Ascensos y del Grupo de Funcionarios Superiores (en ambos casos en calidad de Presidente), de la Junta de Gestión Administrativa y de Finanzas, del Grupo de Trabajo del Secretario General sobre las Operaciones de Mantenimiento de la Paz, y de la Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas.
El Sr. Annan, que habla inglés, francés y varios idiomas africanos, estudió en la Universidad de Ciencia y Tecnología de Kumasi y completó sus estudios de economía en el Macalester College, que le otorgó en 1994 su Trustee Distinguished Award, en reconocimiento de sus más de 30 años de servicio a la comunidad internacional. Cursó estudios de posgrado de economía en el Institut universitaire des hautes études internationales de Ginebra. En su calidad de Sloan Fellow de 1971-1972 en el Massachusetts Institute of Technology, recibió el título de Master of Science en Gestión. En junio de 1996, el Cedar Crest College de Allentown (Pennsylvania) le confirió el título honorario de Doctor of Public Service.
El Sr. Annan nació en 1938. Está casado y tiene tres hijos.
SECRETARIOS GENERALES ANTERIORES

Boutros Boutros-Ghali
(Egipto)
Período a cargo: 1992-1996

Javier Pérez de
Cuéllar (Perú)
Período a cargo: 1982-1991

Kurt Waldheim (Austria)
Período a cargo: 1972-1981
U Thant (Myanmar)
Período a cargo: 1961-1971
Dag Hammarskjold (Suecia)
Período a cargo: 1953-1961
Trygve Lie (Noruega)
Período a cargo: 1946-1952
La Carta de las Naciones Unidas define al Secretario General como el "más alto funcionario administrativo" de la Organización. Desde luego, el Secretario General es mucho más que eso. A un mismo tiempo diplomático y activista, conciliador y provocador, el Secretario General se yergue ante la comunidad mundial como el emblema mismo de las Naciones Unidas. La tarea requiere una gran medida de valor, sensibilidad e imaginación, a todo lo cual el Secretario General debe añadir un optimismo tenaz: la convicción de que los ideales expresados en la Carta pueden convertirse en realidad. El actual Secretario General de las Naciones Unidas, séptimo ocupante del cargo, es Kofi Annan, de Ghana, quien asumió sus funciones el 1 de enero de 1997.
La labor del Secretario General implica un cierto grado de tensión inherente y creativa, que dimana directamente de la definición del cargo enunciada en la Carta. La Carta autoriza al Secretario General a señalar a la atención del Consejo de Seguridad cualquier asunto que en su opinión amenace la paz y la seguridad internacionales. También le asigna el desempeño de "las demás funciones" que le encomienden el Consejo de Seguridad, la Asamblea General y los otros órganos principales de las Naciones Unidas. En consecuencia, el Secretario General hace de portavoz de la comunidad internacional y al mismo tiempo de funcionario de los Estados Miembros, funciones que al parecer aseguran un cierto grado de fricción. Sin embargo, lejos de limitar su valor, esos perfiles amplios garantizan un mandato extraordinario para la acción.
El Secretario General es mejor conocido por el público por utilizar su jerarquía e imparcialidad --sus "buenos oficios"-- en interés de la "diplomacia preventiva". Esto se refiere a las medidas que adoptan el Secretario General o los funcionarios superiores a sus órdenes, en público y en privado, para evitar que surjan, aumenten o se extiendan las controversias internacionales. En efecto, a medida que se desatan acontecimientos y crisis en todo el planeta, la palabra y los hechos del Secretario General pueden tener profundas repercusiones.
No obstante, su labor entraña consultas diarias con dirigentes mundiales y otras personas, la asistencia a los períodos de sesiones de los diversos órganos de las Naciones Unidas y viajes por todo el mundo como parte del esfuerzo general por lograr que se comprenda mejor el papel de las Naciones Unidas en los asuntos internacionales. El Secretario General publica una memoria anual, cuya aparición se aguarda con ansiedad, en la que evalúa la labor de la Organización y anticipa su parecer acerca de las prioridades futuras.
Asimismo, cada Secretario General define la tarea que le corresponde según su época y generación particulares. En 1992, por ejemplo, el señor Boutros-Ghali escribió a petición del Consejo de Seguridad "Un programa de paz", que es una propuesta de largo alcance para el mantenimiento y la consolidación eficaces de la paz en el mundo, tras la terminación de la guerra fría. Dos años más tarde publicó "Un programa de desarrollo", que es un proyecto de desarrollo para el siglo XXI. En momentos en que la comunidad internacional entra en un terreno en gran parte desconocido, se otorga también al cargo de Secretario General un nuevo dinamismo y una nueva orientación.
Los predecesores del señor Annan en el cargo de Secretario General de las Naciones Unidas han sido: Boutros Boutros-Ghali, de Egipto, quien desempeñó su cargo de 1992 a 1996; Javier Pérez de Cuéllar, del Perú, quien prestó servicios de 1982 a 1991; Kurt Waldheim, de Austria, quien desempeñó esa función de 1972 a 1981; U Thant, de Birmania (hoy Myanmar), quien desempeño el cargo de 1961 a 1971; Dag Hammarskjöld, de Suecia, quien prestó servicios desde 1953 hasta su muerte en un accidente de aviación en África en 1961, y Trygve Lie, de Noruega, quien desempeñó el cargo de 1946 a 1953.
Nota biográfica
Ex Representante Permanente ante las Naciones Unidas pasa a ser la primera persona en un cargo recién creado.
El Secretario General, Kofi Annan, ha anunciado el nombramiento de Louise Fréchette del Canadá como su Vicesecretaria General. Este cargo fue creado por la Asamblea General en diciembre de 1997 y Fréchette es la primera persona en ocuparlo. Asumió su nueva función a finales de febrero de 1998.
Louise Fréchette es la Viceministra de Defensa Nacional del Canadá desde junio de 1995. Antes de ese cargo había ejercido, desde noviembre de 1994, el de Viceministra Adjunta del Departamento de Finanzas de su país. En enero de 1992 ocupó también el cargo de Embajadora y Representante Permanente del Canadá ante las Naciones Unidas en Nueva York.
Comenzó su carrera en marzo de 1971, en la División de Europa Occidental del Departamento de Relaciones Exteriores del Canadá, y en enero de 1972 se trasladó a la División de Personal. Ejerció el cargo de Segunda Secretaria de la Embajada canadiense en Atenas desde 1973 a 1975, después de haber participado como delegada de su país en el período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 1972.
Desde 1975 a 1977, volvió a trabajar en la División de Europa Occidental del Departamento de Relaciones Exteriores. Desde 1979 a 1982, se desempeñó como Primera Secretaria de la Misión Permanente de su gobierno ante las Naciones Unidas en Ginebra. Durante ese período, participó en un período de sesiones de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa (CSCE), que tuvo lugar en Madrid de noviembre de 1980 a julio de 1981.
Después de ser Vicedirectora de la División de Asuntos Europeos del Departamento de Relaciones Exteriores de enero a mayo de 1982, fue Vicedirectora de la División de Política Comercial del Departamento de julio de 1982 a agosto de 1983. Desde 1983 a 1985, ejerció sus funciones como Directora de la División de Países de la Cumbre Europea del citado Departamento. Entre junio de 1985 y septiembre de 1988, se desempeñó como Embajadora del Canadá en la Argentina, acreditada también ante el Uruguay y el Paraguay.
En octubre de 1988, fue nombrada Viceministra Auxiliar para América Latina y el Caribe del Departamento de Relaciones Exteriores y Comercio Internacional. En el ejercicio de esas funciones dirigió la revisión de las relaciones del Canadá con la citada región, lo que permitió que su país entrara en la Organización de los Estados Americanos (OEA). En enero de 1991, pasó a ser Viceministra Auxiliar de Política Económica y Competitividad Comercial.
En 1966 obtuvo el título de Bachelor of Arts en la Universidad Basile Moreau. En 1970 se licenció en historia en la Universidad de Montreal y en 1978 obtuvo un título de posgrado en economía de la Universidad de Europa en Brujas (Bélgica). En 1993, recibió el título de Doctora "honoris causa" en Derecho de la Universidad de Saint Mary en Halifax.
Nació en Montreal, el 16 de julio de 1946, y está soltera.
¿Qué es el Consejo de Seguridad?
De conformidad con la Carta, al Consejo de Seguridad le compete la responsabilidad primordial por el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales.
El Consejo se compone de 15 miembros, a saber, cinco miembros permanentes: China, los Estados Unidos, la Federación de Rusia*, Francia y el Reino Unido; y diez elegidos por la Asamblea General por períodos de dos años.
Cada miembro del Consejo tiene un voto. Las decisiones sobre cuestiones de procedimiento se adoptan mediante voto afirmativo, cuando menos, de nueve de sus 15 miembros. Las decisiones sobre cuestiones sustantivas requieren nueve votos, incluidos los votos afirmativos de los cinco miembros permanentes. Esta es la regla de la "unanimidad de las grandes potencias", frecuentemente denominada "veto". Si un miembro permanente no apoya una decisión, puede emitir un voto negativo, el cual tiene poder de veto. Los cinco miembros permanentes han ejercido el derecho de veto en alguna oportunidad. Si un miembro permanente no apoya una decisión pero no desea bloquearla mediante un veto, se puede abstener en la votación.
De acuerdo con la Carta, todos los Miembros de las Naciones Unidas convienen en aceptar y cumplir las decisiones del Consejo de Seguridad. Aunque otros órganos de las Naciones Unidas formulan recomendaciones a los gobiernos, sólo el Consejo está facultado para adoptar decisiones que los Estados Miembros, de conformidad con la Carta, están obligados a cumplir.
De conformidad con la Carta, las funciones y poderes del Consejo de Seguridad son los siguientes:
El Consejo de Seguridad está organizado de modo que esté en condiciones de funcionar en forma permanente, y un representante de cada uno de sus miembros debe estar presente en todo momento en la Sede de las Naciones Unidas. El 31 de enero de 1992 tuvo lugar en la Sede la primera Reunión en la Cumbre del Consejo, a la que asistieron Jefes de Estado y de Gobierno de 13 de sus 15 miembros y los ministros de Relaciones Exteriores de los otros dos. El Consejo se puede reunir en otro lugar que no sea la Sede; en 1972 celebró un período de sesiones en Addis Abeba (Etiopía), y el año siguiente hizo lo propio en Panamá (Panamá).
Cuando se le ha sometido una denuncia referente a una amenaza a la paz, la primera medida que adopta el Consejo suele ser la de recomendar a las partes que procuren llegar a un acuerdo por medios pacíficos. En algunos casos el propio Consejo procede a la investigación y a la mediación. Puede nombrar representantes especiales o pedir al Secretario General que interponga sus buenos oficios. En ciertos casos puede enunciar principios para un arreglo pacífico.
Cuando una controversia culmina en lucha armada, la primera preocupación del Consejo es ponerle fin lo más pronto posible. En muchas oportunidades desde la constitución de las Naciones Unidas, el Consejo ha dictado directivas de cesación del fuego que han impedido la extensión de las hostilidades en muchas partes del mundo. También envía fuerzas de las Naciones Unidas encargadas del mantenimiento de la paz, a fin de contribuir a reducir la tirantez en las regiones donde hay disturbios, mantener separadas a las fuerzas contendientes y crear condiciones de tranquilidad en las que se pueda gestionar un arreglo pacífico. En virtud del Capítulo VII de la Carta, el Consejo puede decidir la adopción de medidas coercitivas, sanciones económicas (por ejemplo, los embargos del comercio) o acciones militares colectivas.
La Asamblea General, a recomendación del Consejo de Seguridad, puede suspender el ejercicio de los derechos y privilegios inherentes a la calidad de miembro al Estado Miembro que haya sido objeto de acción preventiva o coercitiva por parte del Consejo de Seguridad. La Asamblea, a recomendación del Consejo, puede expulsar de las Naciones Unidas a un Estado Miembro que haya violado persistentemente los Principios estipulados en la Carta.
Un Estado que sea Miembro de las Naciones Unidas pero no del Consejo de Seguridad puede participar, sin derecho de voto, en las deliberaciones del Consejo cuando éste estime que los intereses de ese país están afectados en forma especial. Tanto los Estados Miembros de las Naciones Unidas como los Estados que no son Miembros son invitados a participar, sin derecho de voto, en las deliberaciones del Consejo cuando son parte en una controversia sometida a la consideración del Consejo; el Consejo establece las condiciones relativas a la participación de los Estados que no son Miembros.
*La Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas fue Miembro original de las Naciones Unidas desde el 24 de octubre de 1945. En carta de fecha 24 de diciembre de 1991, el Presidente de la Federación de Rusia, Boris Yeltsin, informó al Secretario General que la Federación de Rusia, con el apoyo de los 11 países miembros de la Comunidad de Estados Independientes, ocupaba el lugar de la Unión Soviética en el Consejo de Seguridad y en todos los demás órganos de las Naciones Unidas.
LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA
La Corte Internacional de Justicia, con sede en La Haya (Países Bajos), es el órgano judicial principal de las Naciones Unidas. Su Estatuto forma parte integral de la Carta de las Naciones Unidas.
Pueden recurrir a la Corte todas las partes en su Estatuto, que incluye automáticamente a todos los Miembros de las Naciones Unidas. Un Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas puede llegar a ser parte en el Estatuto de la Corte en las condiciones que en cada caso determine la Asamblea General, por recomendación del Consejo de Seguridad. Suiza y Nauru son los únicos Estados no Miembros que son partes en el Estatuto. Ninguna persona individual podrá recurrir a la Corte.
Todos los países que son partes en el Estatuto de la Corte pueden ser partes en los casos que les sean sometidos. Otros Estados pueden encomendarle casos en las condiciones que establezca el Consejo de Seguridad. Además, el Consejo puede recomendar que un litigio se remita a la Corte.
Tanto la Asamblea General como el Consejo de Seguridad pueden solicitar una opinión consultiva de la Corte sobre cualquier cuestión jurídica. Otros órganos de las Naciones Unidas y los organismos especializados, con autorización de la Asamblea General, pueden solicitar opiniones consultivas sobre cuestiones jurídicas que correspondan al ámbito de sus actividades.
La jurisdicción de la Corte se extiende a todos los litigios que los Estados le sometan y a todos los asuntos previstos en la Carta de las Naciones Unidas o en tratados y convenciones vigentes. Los Estados pueden obligarse por anticipado a aceptar la jurisdicción de la Corte en casos especiales, ya sea mediante la firma de un tratado o convención en que se estipula que el caso sea sometido a la Corte o mediante una declaración especial en ese sentido. Esas declaraciones de aceptación obligatoria de la jurisdicción de la Corte pueden excluir ciertos tipos de casos.
De conformidad con el Artículo 38 de su Estatuto, la Corte, al decidir las controversias que se le sometan, aplica:
Si las partes convienen en ello, la Corte también puede decidir un litigio sobre la base de la equidad.
La Corte está integrada por 15 magistrados elegidos por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad, en votaciones independientes. Se los elige por sus méritos y no por su nacionalidad, y se intenta que estén representados en la Corte los principales sistemas jurídicos del mundo. No puede haber dos magistrados que sean nacionales de un mismo Estado. Los magistrados cumplen mandatos de nueve años y pueden ser reelegidos. No pueden dedicarse a ninguna otra ocupación mientras dure su mandato.
Por lo común, la Corte celebra sesiones plenarias, pero también puede constituir unidades más pequeñas, denominadas "salas", cuando las partes lo soliciten. Las sentencias dictadas por las salas se consideran dictadas por la Corte en pleno. La Corte ha constituido además una Sala de Asuntos Ambientales.
EL
CONSEJO ECONOMICO Y SOCIALLa Carta estableció el Consejo Económico y Social como principal órgano coordinador de la labor económica y social de las Naciones Unidas y de los organismos e instituciones especializados que constituyen el sistema de las Naciones Unidas. El Consejo tiene 54 miembros, con mandatos de tres años. Las decisiones del Consejo Económico y Social se toman por mayoría simple, y cada miembro tiene derecho a un voto.
Las funciones y poderes del Consejo Económico y Social son las siguientes:
Generalmente, el Consejo Económico y Social celebra anualmente un período de sesiones sustantivo de cinco semanas de duración, alternando entre Nueva York y Ginebra, y al menos dos períodos de sesiones de organización en Nueva York. El período de sesiones sustantivo incluye un segmento especial de alto nivel al que asisten ministros y otros altos funcionarios para examinar cuestiones económicas y sociales importantes. La labor permanente del Consejo se lleva a cabo en sus órganos subsidiarios; comisiones y comités que se reúnen a intervalos regulares y presentan sus informes al Consejo.
El mecanismo subsidiario del Consejo incluye lo siguiente:
De conformidad con la Carta, el Consejo Económico y Social puede celebrar consultas con las organizaciones no gubernamentales (ONG) interesadas acerca de los asuntos que son de la competencia del Consejo. El Consejo reconoce que esas organizaciones deben tener la oportunidad de expresar sus opiniones y de que a menudo poseen una experiencia o conocimientos técnicos de utilidad para los trabajos del Consejo.
Hay más de 1.500 ONG reconocidas como entidades consultivas por el Consejo. Están clasificadas en tres categorías: las organizaciones de la categoría I son las que se interesan en la mayor parte de las actividades del Consejo; las organizaciones de la categoría II son las que poseen competencia especial en esferas de actividad concretas del Consejo, y las organizaciones que ocasionalmente pueden efectuar aportes a los trabajos del Consejo se incluyen en una Lista a fin de consultarlas cuando sea del caso.
Las organizaciones no gubernamentales reconocidas como entidades consultivas pueden enviar observadores a las reuniones públicas del Consejo y de sus órganos subsidiarios y exponer por escrito su parecer acerca de materias relacionadas con la labor del Consejo. Además, pueden consultar con la Secretaría de las Naciones Unidas sobre asuntos de interés recíproco.
¿Qué es el Consejo de Administración Fiduciaria?
Al crear un régimen internacional de administración fiduciaria, la Carta estableció el Consejo de Administración Fiduciaria como uno de los órganos principales de las Naciones Unidas y le asignó la función de supervisar la administración de los territorios en fideicomiso puestos bajo el régimen de administración fiduciaria. El objetivo principal de este régimen consistía en promover el adelanto de los habitantes de los territorios en fideicomiso y su desarrollo progresivo hacia el gobierno propio o la independencia. El Consejo de Administración Fiduciaria está constituido por los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad: China, los Estados Unidos, la Federación de Rusia, Francia y el Reino Unido.
Los propósitos del régimen de administración fiduciaria se han cumplido a tal punto que todos los territorios en fideicomiso han alcanzado el gobierno propio o la independencia, ya sea como Estados separados o mediante su unión con países independientes vecinos. En noviembre de 1994, el Consejo de Seguridad puso fin al Acuerdo de Administración Fiduciaria correspondiente al último de los 11 territorios en fideicomiso originales que figuraban en su programa: el Territorio en Fideicomiso de las Islas del Pacífico (Palau), administrado por los Estados Unidos. El Consejo de Administración Fiduciaria, mediante la modificación de su reglamento, se reunirá cuando sea necesario.
De conformidad con la Carta, el Consejo de Administración Fiduciaria está autorizado a examinar y debatir los informes presentados por la autoridad administradora respecto del adelanto político, económico, social y educativo de la población de los territorios en fideicomiso y, en consulta con la autoridad administradora, a examinar peticiones provenientes de los territorios en fideicomiso y realizar visitas periódicas y otras misiones especiales a esos territorios.
DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Introducción
Vivimos en una era de cambio y transición espectaculares, en un mundo que complejos sistemas financieros y revolucionarias tecnologías de la información están transformando en un inmenso mercado planetario. La mundialización está creando nuevas pautas de interacción entre pueblos y Estados. Si bien promete crear oportunidades sin precedentes de progreso material y más libertad, también amenaza con agravar muchos de los obstáculos que ya enfrenta la comunidad internacional y empeorar la marginación económica de los más vulnerables.En esta compleja situación, los derechos humanos han adquirido una importancia extraordinaria. Reconocidos oficialmente como gran prioridad internacional desde que las Naciones Unidas aprobaran la Declaración Universal de Derechos Humanos hace 50 años, en diciembre de 1948, este conjunto de normas y estándares universalmente reconocidos influyen hoy, cada vez más, en nuestras relaciones individuales y colectivas, en comunidades y entre naciones. En la actualidad, es casi universal el reconocimiento de que el respeto de los derechos humanos es esencial para el logro sostenible de la paz, el desarrollo y la democracia, las tres prioridades mundiales convenidas. En otras palabras, que es esencial que se respeten los derechos de decisión y asociación políticas, de opinión y expresión y de cultura; el derecho a no tener miedo y a no sufrir ningún tipo de discriminación o prejuicio; el derecho a no pasar penuria y el derecho al empleo y el bienestar, así como el derecho colectivo al desarrollo.
Desde su creación, en 1945, las Naciones Unidas han supervisado la codificación de los derechos humanos, esforzándose denodadamente por transferirlos de la esfera de la orientación ética a la de la obligatoriedad jurídica. Para la lista de los acontecimientos de los derechos humanos en las Naciones Unidas, presione sobre Cronología, a su izquierda. Ya casi completada su labor normativa en materia de instrumentos internacionales de derechos humanos, las Naciones Unidas concentran ahora esfuerzos y recursos en la aplicación de esa legislación. La Organización trata de hacer que los Estados Miembros observen dichas normas y trata de promover eficazmente una cultura mundial de los derechos humanos, mediante estrategias prácticas como las siguientes:
Las Naciones Unidas siguen reorientando su programa de derechos humanos para responder con más eficacia a los desafíos actuales, ya sean violaciones en gran escala de los derechos humanos, opresión política sistemática o persistencia de formas más complejas y omnipresentes de discriminación, por ejemplo, las que perjudican el derecho al desarrollo o el derecho a un entorno saludable. Sin embargo, se reconoce, a nivel internacional, que la responsabilidad primordial por la promoción y protección de los derechos humanos recae en los gobiernos. Por esa razón, para fortalecer los derechos humanos a nivel nacional, las Naciones Unidas han ampliado considerablemente su labor sobre el terreno en materia de derechos humanos. Por conducto de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH), que coordina la incorporación de los derechos humanos a las actividades del sistema entero, la Organización ayuda a los gobiernos y otros colaboradores nacionales e internacionales a promover y proteger los derechos humanos. El fortalecimiento de los instrumentos internacionales de derechos humanos y la responsabilidad cada vez mayor asumida por particulares y Estados Miembros en esa esfera son pasos decisivos para la aplicación eficaz de las normas de derechos humanos. Todos esos esfuerzos complementarios adelantan y realzan los esfuerzos de las Naciones Unidas por crear una cultura mundial de los derechos humanos.
Cronología de acontecimientos
26 de junio de 1945
- Firma de la Carta de las Naciones Unidas y el Estatuto de la Corte Internacional
de Justicia, en San Francisco
21 de junio de 1946 - Establecimiento de la Comisión de Derechos
Humanos por la resolución 9 (II) del Consejo Económico y Social.
En su primer período de sesiones, celebrado en 1947, la Comisión
creó la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y
Protección a las Minorías basándose en la resolución
mencionada. Establecimiento de la Comisión de la Condición Jurídica
y Social de la
Mujer por la resolución 11 (II) del Consejo Económico y Social.
9 de diciembre de 1948 - Aprobación por la Asamblea General de
la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito
de Genocidio.
10 de diciembre de 1948 - Aprobación por la Asamblea General de
la Declaración Universal de Derechos Humanos
20 de diciembre de 1952 - Aprobación por la Asamblea General de
la Convención sobre los Derechos Políticos de la
Mujer.
20 de noviembre de 1959 - Aprobación por la Asamblea General de
la Declaración de los Derechos
del Niño.
21 de diciembre de 1965 - Aprobación por la Asamblea General de
la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las
Formas de Discriminación
Racial. En la Convención se dispone la creación del Comité
para la Eliminación de la Discriminación
Racial.
16 de diciembre de 1966 - Aprobación por la Asamblea General del
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Aprobación
del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y del Protocolo
Facultativo correspondiente. En el Pacto se dispone la creación del Comité
de Derechos Humanos.
7 de noviembre de 1967 - Aprobación por la Asamblea General de
la Declaración sobre la eliminación de la discriminación
contra la
mujer.
13 de mayo de 1968 - Proclamación por la Conferencia
Internacional de Derechos Humanos de la Proclamación de Teherán.
26 de noviembre de 1968 - Aprobación por la Asamblea General de
la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de
guerra
y de los crímenes de lesa humanidad.
22 de noviembre de 1969 - Aprobación de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos.
11 de diciembre de 1969 - Aprobación por la Asamblea General de
la Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social.
30 de noviembre de 1973 - Aprobación por la Asamblea General de
la Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del
Crimen de Apartheid.
9 de diciembre de 1975 - Aprobación por la Asamblea General de
la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra
la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
18 de diciembre de 1979 - Aprobación por la Asamblea General de
la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación
contra la mujer.
En la Convención se dispone el establecimiento del Comité para
la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.
25 de noviembre de 1981 - Aprobación por la Asamblea General de
la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia
y discriminación fundadas en la religión
o las convicciones.
10 de diciembre de 1984 - Aprobación por la Asamblea General de
la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos
o Degradantes. En la Convención se dispone el establecimiento del Comité
contra la Tortura.
28 de mayo de 1985 - Aprobación por el Consejo Económico
y Social de la resolución 1985/17 en la que se establece el Comité
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, encargado de vigilar la
aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales
y Culturales.
4 de diciembre de 1986 - Aprobación por la Asamblea General de
la Declaración sobre el derecho al desarrollo.
9 de diciembre de 1988 - Aprobación por la Asamblea General del
Conjunto de Principios para la protección de todas las personas sometidas
a cualquier forma de detención o prisión.
24 de mayo de 1989 - Aprobación por el Consejo Económico
y Social de los Principios relativos a una eficaz prevención e investigación
de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias.
20 de noviembre de 1989 - Aprobación por la Asamblea General de
la Convención sobre los Derechos
del Niño. En la Convención se dispone el establecimiento del
Comité de los Derechos
del Niño.
18 de diciembre de 1990 - Aprobación por la Asamblea General de
la Convención Internacional sobre la protección de los derechos
de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. En la Convención
se dispone el establecimiento del Comité de protección de los
derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.
18 de diciembre de 1992 - Aprobación por la Asamblea General de
la Declaración sobre la protección de todas las personas contra
las desapariciones forzadas.
18 de diciembre de 1992 - Aprobación por la Asamblea General de
la Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías
nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas.
25 de mayo de 1993 - Aprobación por el Consejo de Seguridad de
una resolución en la que se aprueba el estatuto del Tribunal Internacional
para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves
del derecho
internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia
desde 1991 (en inglés).
25 de junio de 1993 - Aprobación de la Declaración y Programa
de Acción de Viena aprobados por la Conferencia
Mundial de Derechos Humanos.
20 de diciembre de 1993 - Aprobación por la Asamblea General de
la resolución 48/141, en la que se crea el puesto de Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
5 de abril de 1994 - Sr. José Ayala-Lasso de Ecuador
asume el puesto de (primer) Alto Comisionado de las Naciones Unidas assumes
the post of the (first) United Nations High Commissioner for Human Rights.
1 de julio de 1994 - Aprobación por el Consejo de Seguridad de
una resolución en la que se establece una Comisión de Expertos
encargada de investigar las violaciones de los derechos humanos en Rwanda (en
inglés).
23 de diciembre de 1994 - Aprobación por la Asamblea General de
la resolución 49/184 en la que se proclama el Decenio de las Naciones
Unidas para la educación
en la esfera de los derechos humanos.
12 de septiembre de 1997 - La Sra. Mary Robinson de Irlanda asume el
puesto de (segundo) Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos.
17 de julio de 1998 - Se adopta el
Estado de Roma
de la Corte Penal Interncional en la Conferencia
Diplomática de Plenipotenciarios
Declaración Universal de Derechos Humanos
Hace cincuenta años, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos como baluarte contra la opresión y la discriminación. A raíz de una devastadora guerra mundial en la que se habían cometido algunos de los crímenes más bárbaros de la historia de la humanidad, la Declaración Universal detalló por primera vez los derechos y las libertades de las personas y constituyó el primer reconocimiento internacional de que los derechos humanos y las libertades fundamentales se aplicaban a todas las personas, en todas partes. En ese sentido, la proclamación de la Declaración Universal fue un hito extraordinario en la historia mundial. En la actualidad, la Declaración sigue influyendo en las vidas de las gentes e inspirando el activismo y la legislación de derechos humanos en todo el mundo.
La Declaración Universal es extraordinaria en dos sentidos fundamentales. En 1948, los Estados Miembros de las Naciones Unidas, que eran entonces 58, representaban toda una gama de ideologías, sistemas políticos y antecedentes religiosos y culturales, así como diferentes etapas de desarrollo económico. Los autores de la Declaración, que procedían de diferentes regiones del mundo, se esforzaron por que el proyecto de texto reflejase diferentes tradiciones culturales e incorporase valores comunes inherentes a los principales sistemas jurídicos y tradiciones religiosas y filosóficas del mundo. Lo más importante, sin embargo, es que concibieron la Declaración Universal como una afirmación común de las aspiraciones mutuas, como una visión compartida de un mundo más equitativo y justo.
El éxito de su empeño es patente en la aceptación casi universal de la Declaración. En la actualidad, traducida a casi 250 idiomas nacionales y locales, la Declaración es el más conocido y citado documento sobre derechos humanos del mundo. La Declaración Universal, fundamento de los instrumentos internacionales de derechos humanos, ha servido de modelo de numerosos tratados y declaraciones internacionales y ha sido incorporada a las constituciones y leyes de muchos países.
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Cómo se redactó
la Declaración Universal
LA LABOR PREPARATORIA de la Declaración Universal de Derechos Humanos
es un ejemplo extraordinario y temprano de la capacidad de la Organización
para lograr la cooperación y el consenso internacionales. El texto
se redactó en dos años: de enero de 1947, en que la Comisión
de Derechos Humanos se reunió por primera vez para elaborar la Carta
Internacional de Derechos Humanos, a diciembre de 1948, en que la Asamblea General
adoptó la Declaración Universal. Un comité de redacción,
integrado por ocho miembros, elaboró el texto
preliminar de la Declaración Universal. El comité, presidido por
la Sra. Eleanor Roosevelt, viuda del ex Presidente de los Estados
Unidos, convino en que era esencial afirmar el respeto
universal de los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluidos
los principios de la no discriminación y de los derechos civiles y políticos,
así como de los derechos sociales, culturales y económicos. Antes
de presentarlo a la Asamblea General, la Comisión revisó el proyecto
de declaración en función de las respuestas de los Estados Miembros.
La Asamblea General, por su parte, examinó minuciosamente el documento.
Casi todas las palabras y cláusulas del texto
fueron sometidas a votación: los 58 Estados Miembros votaron un total
de 1.400 veces. Las discusiones fueron numerosas. Algunos estados islámicos
se opusieron a los artículos sobre la igualdad
de derechos en el matrimonio
y sobre el derecho a cambiar de creencia religiosa, mientras que varios países
occidentales criticaron la inclusión de los derechos económicos,
sociales y culturales. El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las
Naciones Unidas adoptó unánimemente la Declaración Universal
de Derechos Humanos, con 8 abstenciones. Desde entonces, el 10 de diciembre
se observa todos los años, en todo el mundo, como Día de los Derechos
Humanos. La adopción
de la Declaración se recibió de inmediato con aclamo, al considerarse
un triunfo el que uniese a regímenes políticos, sistemas
religiosos y tradiciones culturales muy diversos e incluso opuestos. En 1998,
Año de los Derechos Humanos, se conmemoró en todo el mundo el
50o. aniversario de la Declaración Universal . Por primera vez en la
historia,
la comunidad internacional adoptaba un documento que consideraba de valor
universal, un documento que era un "ideal común por el que todos los
pueblos y naciones deben esforzarse". En el Preámbulo de la Declaración
se reconoce la importancia que para el mantenimiento de la paz y la seguridad
internacionales tiene la creación de un marco jurídico de los
derechos humanos: o sea, se afirma que el reconocimiento de la dignidad intrínseca
y de los derechos iguales de todas las personas son la base de la libertad,
la justicia y la paz en el mundo. Ampliando el propósito declarado en
la Carta de las Naciones Unidas de promover el progreso social y elevar el nivel
de vida "dentro de un concepto
más amplio de la libertad",
la Declaración asigna la misma importancia a los derechos económicos,
sociales y culturales y a las libertades civiles y políticas,
y les adjudica el mismo grado de protección. La Declaración ha
inspirado más de 60 instrumentos internacionales de derechos humanos,
que constituyen un sistema amplio de tratados
de obligatoriedad jurídica para la promoción
y protección de los derechos humanos.
La Declaración Universal abarca toda la gama de derechos humanos en 30 artículos claros y concisos. Los dos primeros artículos sientan la base universal de los derechos humanos: los seres humanos son iguales porque comparten la misma dignidad humana esencial; los derechos humanos son universales, no a causa de un estado u organización internacional, sino porque les pertenecen a la humanidad entera. Los dos artículos garantizan que los derechos humanos sean patrimonio de todos y no privilegio de un grupo selecto o privilegio que pueda concederse o denegarse. El Artículo 1 declara que "todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados, como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros". El Artículo 2 reconoce la dignidad universal de una vida libre de discriminación: "Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición".
El primer grupo de artículos (3 a 21), establece los derechos civiles y políticos a los que tiene derecho toda persona. El derecho a la vida, la libertad y la seguridad de la persona, reconocido en el Artículo 3, es la base de todos los derechos políticos y libertad civiles que se establecen a continuación, incluidos el de no ser sometido a la esclavitud, la tortura y la detención arbitraria.
El segundo grupo de artículos (22 a 27), establece los derechos económicos, sociales y culturales a los que tienen derecho