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La Justicia




Enviado por andres_fabian



     

    Indice
    1.
    Introducción

    2. Areté.
    3. La Justicia En La Biblia: Sedeq,
    Mishpat, Sedaqah

    4. La primacía de la virtud de la
    justicia.

    5. Las Formas De
    Justicia

    6. Bonum commune.
    7. La doctrina de Nicolas Maquiavelo: La
    antitesis de la justicia.

    8. Conclusión
    9. Bibliografía.

    1.
    Introducción

    Pocas ideas despiertan tantas pasiones, consumen tantas
    energías, provocan tantas controversias y tienen tanto
    impacto en todo lo que los seres humanos valoran como la idea de
    justicia.
    Sócrates a
    través de Platón
    sostenía que la Justicia es una cosa más preciosa
    que el oro y Aristóteles, citando a Eurípides,
    afirmaba que ni la estrella vespertina, ni la matutina son tan
    maravillosas como la Justicia.
    Este trabajo no intenta revelar nuevas cuestión que hacen
    a la Justicia sino más bien poder
    adentrarnos al concepto.
    Partiendo primero de la significación de virtud y
    colocando a la Justicia en su lugar de virtud cardinal, para
    luego intentar hacer una aproximación de su lugar en la
    Biblia. Lo siguiente será descubrir el principio de la
    Justicia como algo complejo y sencillo al mismo tiempo. Es un
    principio que nos lleva a comprometernos con el Otro y otros y
    que busca que la convivencia sea un lugar justo, donde juntos y
    solos a la vez busquemos el bien común, el bien que
    justamente nos conducirá a la eudaimonia, a la
    felicidad.

    2.
    Areté.

    La virtuden general: Es un "hábito operativo
    bueno"; definición completa pero densa: el termino
    hábito significa una cualidad permanente que no se pierde
    con facilidad; operativo quiere indicar a que esta ordenado el
    hábito de la virtud, perfecciona el sujeto directamente
    para que este pueda realizar mejor su actividad propia; bueno
    podría parecer innecesario: el acto de toda potencia es
    bueno, porque no es más que una realización de su
    propio dinamismo natural. Este nunca podría ser malo.
    Aquí entendemos bueno en sentido pleno: el acto no es
    bueno solo respecto de la potencia, sino respecto de todo
    el hombre.
    Este es una persona que
    tiende a su propia perfección: para alcanzarla no puede
    permitir que cada potencia actúe de modo independiente,
    sino que debe regularla para el pleno y armónico desarrollo de
    su personalidad.
    La acción será completamente buena solo si ayuda al
    hombre a
    realizar su perfección humana. Además, el hombre,
    al ser una persona creada, solo puede ser perfecto en la
    adhesión perfecta a Dios.
    En el Bautismo Dios infunde en el alma, sin ningún merito
    nuestro las virtudes, que son disposiciones habituales y firmes
    para hacer el bien. Las virtudes infusas son teologales y
    morales. Las teologales tienen como objeto a Dios, las morales
    tienen como objeto los actos humanos buenos.
    Si recurrimos al vocabulario de teología podemos afirmar
    que, el hombre perfecto, no es el que se esfuerza por ser tal,
    sino que el que busca a Dios para alcanzarlo; sigue el camino que
    Dios mismo trazó y que es el único por el que se
    puede desarrollar y realizar como persona e hijo de Dios; esta
    actitud
    fundamental se expresa por la formula andar con Dios. Esta
    actitud es la que hace de Noé un hombre integro contrario
    a los malos que lo rodean. La virtud consiste en una viva
    relación con Dios, en una conformidad de sus palabras, en
    una obediencia a sus voluntades, en una orientación
    profunda y estable hacia Él; esta relación hace al
    hombre justo; esta fidelidad en seguir el camino del Señor
    es la virtud fundamental que Abraham deberá enseñar
    a sus hijos, y cuya práctica es la condición de la
    alianza. En el corazón se
    halla la raíz de la virtud. En él deben grabarse
    las palabras de Dios para que sean en él el principio de
    fidelidad amante que es el alma de toda virtud.
    "Todo cuanto hay de verdadero, de noble, de justo, de puro, de
    amable, de honorable, todo cuanto sea virtud y cosa digna de
    elogio, todo eso tenedlo en cuenta".
    La virtud es una disposición habitual y firme a hacer el
    bien. Permite a la persona no solo realizar actos buenos, sino
    dar lo mejor de sí misma. Con todas sus fuerzas sensibles
    y espirituales, la persona virtuosa tiende al bien, lo busca y lo
    elige a través de acciones
    concretas.

    Las virtudes.
    Las virtudes teologales son tres: Fe, Esperanza y Caridad,
    mientras que las morales o cardinales son cuatro: prudencia,
    justicia, templanza y fortaleza.

    Virtudes Teologales.
    Fe: es la por la cual creemos en Dios.
    Esperanza: Por ella esperamos y deseamos de Dios, con una firme
    confianza, la vida eterna y las gracias para merecerlas.
    Caridad: Es por la cual amamos a Dios sobre todas las cosas y a
    nuestros prójimos como a nosotros mismos.

    Virtudes Cardinales.
    Prudencia: Dispone de razón práctica para discernir
    nuestro verdadero bien y elegir los medios justos
    para realizarlo.
    Justicia: Consiste en la constante y firme voluntad de dar a Dios
    y al prójimo lo que le es debido.
    Fortaleza: Asegura la firmeza y la constancia en la
    práctica del bien.
    Templanza: Modera la atracción hacia los placeres
    sensibles y procura la moderación en el uso de los
    bienes
    creados.
    Tomando la "vida espiritual" de Servais pinckaers, nos
    dirá que: Las virtudes son actitudes
    firmes que nos hacen actuar buscando lo mejor y tender hacia la
    perfección que nos conviene a nuestra persona y a nuestras
    obras. En una palabra: las virtudes nos permiten ejercer
    plenamente nuestro oficio de hombre. Solo la experiencia revela
    verdaderamente lo que pueden ser estas cualidades
    dinámicas. Recordemos que las virtudes así
    entendidas no son simples hábitos, una especie de
    mecanismo psíquico formado en nosotros mediante la
    repetición de los mismo actos materiales,
    que disminuirían el compromiso personal; son
    propiamente "hábito", disposiciones a obrar cada vez mejor
    obtenidas por una sucesión de actos inteligentes y
    libres.

    La justicia un principio, sencillo y complejo a la
    vez.
    La Justicia trae consigo una variedad de manifestaciones y
    aspectos concretos y es también innegable que arrastra en
    su misma esencia una simplicidad extrema que permite poder
    descubrirla en distintos y casi todo los ambientes el hombre.
    Así podemos encontrar una historia del concepto, como
    una verdad transmitida desde hace mucho tiempo, ya Platón
    cita en su obra "La Republica" a Simónides que
    vivió un siglo antes que él y este a su vez lo toma
    de un escrito de Homero. De esta
    manera llega a nosotros esta idea de Justicia:

    "Dar a cada uno lo que se le debe".
    Que el Hombre dé al hombre lo que a este le corresponde,
    he aquí el fundamento en el que se basa toda
    ordenación sobre la tierra.
    Toda injusticia en cambio
    significa, que le es retenido al hombre lo que es suyo; por el
    hombre y no por una desgracia.
    Entonces "justicia es el modo de conducta
    según el cual un hombre movido por una voluntad constante
    e inalterable, da a cada cual su derecho". Si el acto de justicia
    consiste en dar a cada uno lo suyo, es porque dicho acto se
    supone otro procedente, por virtud del cual algo se constituye en
    propiedad de
    alguien. Esta proposición enuncia con soberana sencillez
    una realidad fundamental, la Justicia es algo segundo, ya que
    presupone un derecho. Si algo se le debe a un hombre como suyo,
    el hecho mismo de que tal se le deba no es en sí obra de
    justicia. El acto por el cual se constituye inicialmente algo en
    propio de alguien, no puede ser acto de justicia. Por ejemplo: si
    un individuo realiza un trabajo para otro, este segundo le debe
    al primero en virtud de lo realizado. Eso que se le debe es lo
    que el otro le tiene que dar. Pero este dar es un acto de
    justicia, el cual es ejecutado, por tanto, sobre el presupuesto de
    que algo le es debido a la persona que de él se beneficia.
    Tampoco nadie ignora que hay derechos que no son frutos
    del trabajo y que son debidos al hombre por su esencia, como es
    el derecho a la vida y la dignidad.
    Entonces se puede decir que lo debido es lo que un individuo
    tiene derecho a reclamar a otro como algo que se le adeuda y que
    no corresponde a nadie más que a él, y esto puede
    ser una cosa o una acción. Si el derecho constituye el
    orden de la comunidad, tarea
    de la justicia es dejarlo a salvo y restablecerlo, en la medida
    que las circunstancias existentes no formen una ordenación
    verdadera e idónea de aquella, o sea, una
    ordenación que garantice la realización del bien
    común.
    Platón sostenía que la justicia es la parte
    esencial del bienestar. El hombre injusto manifiesta una
    discordia entre los elementos que componen su alma que lo hace
    impotente para obrar y sus acciones hacia los demás son
    fuente de disensiones, odios y luchas; la disposición
    injusta de algunos hombres impide que actúen en
    común con otros hombres, por lo que el hombre al que mueve
    un alma injusta es incapaz de ser feliz.
    Para Aristóteles la justicia es la virtud más alta,
    la virtud perfecta. Una virtud es el punto medio entre dos vicios
    extremos; la justicia es la virtud de una persona cuando la
    consideramos en relación a otras personas. Ser justo es la
    cualidad de obrar conforme a las leyes cuando
    estás tienden a la ventaja común, de modo que
    llamamos justo a lo que tiende a producir o a conservar la
    felicidad de una asociación política.

    3. La Justicia En La Biblia:
    Sedeq, Mishpat, Sedaqah

    En El Antiguo Testamento.
    El concepto de justicia recorre el Antiguo Testamento. No se
    trata sin embargo de justicia imparcial en el sentido occidental:
    la justicia conforme a la norma abstracta de "dar a cada lo
    suyo". En la Biblia la justicia se refiere más bien y en
    primer lugar a un contexto concreto de
    relaciones sociales. Específicamente justicia significa
    rescatar a la victima, liberar al oprimido. Expresa por lo tanto
    algún tipo de reinvidicación.

    1. Sedeq (Justicia) es expresión suprema y global
      de lo que es valioso, justo y correcto en la comunidad; es el
      Bien. Sedeq es el concepto central que gobierna todas las
      relaciones sociales. Significa rectificar situaciones entre
      personas y grupos, vivir
      conforme a lo que la situación social exige. Significa
      por tanto justicia para el oprimido. Mishpat, sedaqah,
      heded-y-emeth (amor
      constante) y yeshuah (liberación salvación)
      pertenecen al campo semántico de sedeq, justicia.
      Explicitan uno o más aspectos de sedeq o matizan el
      concepto.
    2. Sedaqah significa un acto de bondad o
      compasión. En ese sentido sedaqah es liberar al
      oprimido, reivindicar al huérfano, a la viuda, al
      inmigrante, al pobre contra su opresores. En este sentido el
      antiguo Cántico de Débora habla también de
      las sidqoth (plural de sedaqah) de Yahvé
      Dios.
    3. Mishpat se traduce con frecuencia por derecho o
      justicia. Tiene matices jurídicos (regla, juicio,
      ley, proceso
      jurídico), pero estos son solo ampliaciones de su
      sentido primario: justicia liberadora, salvífica. De
      hecho lo que esta en el corazón de la Torah, consiste en
      hacer justicia allá donde reina lo contrario. Mishpat
      esta relacionado con amor y compasión, ya que la Biblia
      no reconoce justicia alguna sin amor y sin
      misericordia.

    En el nuevo testamento.
    Jesús proclama el reino de Dios que representa la
    realización de la justicia (sedeq y mishpat) de Dios. De
    hecho pablo en vez de hablar de reino de Dios habla de Justicia
    de Dios.
    Más importante es todavía que la
    constatación de que según el Nuevo Testamento
    Jesús, especialmente en Mateo, realiza la justicia de Dios
    en su propia persona. Su preocupación por los pobres y
    marginados encarna la justicia del Dios justo. Finalmente
    Jesús muestra de manera
    explicita lo que quedaba implícito en el Antiguo
    Testamento: el amor al
    prójimo es la norma suprema de sedeq de Dios y resumen de
    todas las demás normas. El amor
    "tratar al prójimo como uno quiere ser tratado, como otro
    yo", constituye la base y el alma de toda justicia: las normas y
    criterios de justicia tienen que expresar las exigencias del
    amor, los que siguen a Jesús en esta praxis se convierten
    en la justicia de Dios presente en el mundo. Jesús se
    convierte en el criterio último de lo que es la justicia:
    practicar la justicia es seguir a Jesús.

    El compromiso con el otro.
    El distintivo peculiar de la virtud de la justicia es que tiene
    por misión
    ordenar al hombre en lo que dice la relación con otro;
    mientras que las demás virtudes se limitan a perfeccio0nar
    al ser humano exclusivamente en aquello que le conviene cuando se
    le considera tan sólo en sí mismo.
    Esta es la peculiaridad de la justicia y su distinción con
    el amor: que en las situaciones gobernadas o susceptibles de ser
    gobernadas por la justicia los seres humanos intervienen
    desempeñando recíprocamente el papel de
    "otros", por no decir extraños, sin dejar de mantener
    mutua separación. La Justicia requiere, en sentido
    estricto, la reciproca diversidad de sus partes. Si en la
    relación de padre e hijo no hay lugar tampoco a la
    justicia, no hay sitio para la justicia estrictamente dicha, es
    porque ninguno de los dos guarda respecto del otro absoluto
    separación individual, sino que más bien pertenece
    el hijo al padre, el cual se conduce con él tal y como lo
    hace consigo mismo.
    Ser justo significa reconocer al otro en cuanto otro, o dicho de
    otra manera, estar dispuesto a respetar cuando no se puede
    amar.
    Pero, ¿quién puede ser "el otro" con el que
    permanece enfrentado el hombre aun en aquellos momentos en que no
    esté realizando una acción que se ajusta o injusta
    en el estricto sentido de la palabra?.
    En primer lugar, hay que entender al otro como la comunidad, "el
    todo social". Aquí entra en juego el bien
    común, que necesita de la bondad de todos los individuos.
    "El bien de cada virtud es susceptible de ser referido al bien
    común, al que ordena la justicia. De acuerdo con ello, los
    actos de todas las virtudes pueden pertenecer a la justicia".
    En segundo lugar, se puede entender como aquel que haga bien o
    mal se encuentra situado frente a Dios como ante un "Otro" al que
    se da o retiene lo que se le debe.
    Es propio de la justicia general hacer el bien debido en orden a
    la comunidad o a Dios.
    La justicia se consuma en una acción externa: "lo que
    primeramente importa es la esfera de los justo y de lo injusto,
    es la acción exterior del hombre".
    El otro no es , propiamente alcanzado no tocado por el temple
    subjetivo de mi ánimo, por lo que yo opine, piense, sienta
    o quiera, sino por lo que haga. Solo por la acción externa
    se le restituye, lo que le es suyo o lo que le corresponde. Los
    hombres se ordenan a otros por medios de acciones externas, por
    virtud de los cuales se llega a la convivencia humana.
    En una palabra: toda acción externa tiene una importancia
    social. No se habla sin ser oído. No
    se hace uso de una cosa sin que la cosa de que se hace uso sea
    propia o ajena: pero distinguir lo propio de lo ajeno es función de
    la justicia. El que enseña no ha de tener en cuenta tan
    sólo durante su enseñanza lo verdadero y lo falso, como
    tampoco ni mucho menos, por supuesto, limitarse en ella a
    comunicar privadas certidumbres o personales opiniones, sino que
    se encuentra referido también y no en menor medida a los
    justo y a lo injusto.
    Donde quiera que se de la justicia en su pleno sentido, la
    acción externa será expresión de una interna
    afirmación por la que el otro es reconocido y confirmado
    en lo que se le debe. Lo cual jamás se dejaría
    determinar tan solo por la mera actitud interna y subjetivo del
    individuo obligado, ni aun suponiendo que fuese esa actitud
    sumamente respetuosa del mandato justo. Para la
    realización de la justicia no basta la intención;
    lo que se debe y corresponde al otro es algo que puede y tiene
    que ser comprobado "objetivamente".
    "El medio de la justicia consiste en una cierta igualdad de
    proporción entre una cosa externa y una persona
    extraña".

    4. La primacía de
    la virtud de la justicia.

    Tomas de Aquino afirma que cuando más puramente
    expresa el hombre su verdadera esencia es cuando es justo y que
    entre las tres virtudes morales, la virtud suprema es la justicia
    y el hombre que puede ser llamado bueno es el hombre justo.
    Él cita a Cicerón: por la justicia es ante todo por
    lo que llamamos bueno al hombre. "En ella es donde más
    resplandece el fulgor de la virtud". Aquí es reivindicada
    una enseñanza precristiana.
    Este rango superior de la justicia puede ser demostrado de varias
    maneras:

    1. Si la justicia posee un rango superior, ello es
      porque no solamente ordena a hombre en sí mismo, sino
      también la mutua convivencia entre los distinto
      hombres; porque excede los limites del sujeto individual, con
      lo que en cierto sentido, viene a constituirse cabalmente en
      el bien del otro. En la justicia se revela de una forma
      más elevada lo que podríamos llamar eficacia
      física
      del bien. "Cuando más excelente es un bien, tanto
      más y más lejos irradia su bondad".
    2. Es posible comprobar su superioridad no solo por la
      razón del objeto y la materia,
      sino también por razón del sujeto de ella. Pero
      ¿cómo puede ser el sujeto de la justicia uno
      distinto del de las demás virtudes?. Por supuesto que
      el sujeto de todas las actitudes y decisiones morales es la
      persona humana. Pero este sujeto no es una realidad
      indivisible, sino por el contrario, una unidad
      ontológica compuesta por cuerpo y alma. El
      requerimiento de la justicia apela al centro espiritual del
      hombre, que esta sujeto a dicha virtud en la medida misma en
      que es espiritual. Porque la facultad que emana el acto de
      justicia es el apetito espiritual porque la justicia reside
      en la parte más noble del alma. Porque el
      requerimiento de justicia que el hombre escucha se dirige al
      más entrañable núcleo del querer
      espiritual: he aquí porque goza de primacía la
      justicia sobre las demás virtudes morales.

    5. Las Formas De
    Justicia

    El lugar propio de la justicia es la vida común.
    Hacia esta vida deberá volver la mirada todo aquel que
    pregunte por el cumplimiento de la susodicha virtud: hacia
    la familia,
    la empresa
    industrial y el pueblo estatalmente organizado. Pero
    preguntemos a los sabios ¿cuándo reina la
    justicia?.
    Plutarco, Diógenes Laercio y Estobeo nos han transmitido
    una serie de respuestas que se atribuyen a siete sabios. Esto
    indica que esta cuestión a sido materia de
    reflexión desde siempre.
    "Reina la Justicia en el pueblo cuando nadie hay en él que
    sea demasiado rico, ni demasiado pobre", afirma Tales, hombre de
    Estado, en
    cuyos labios pone Diógenes un plantel de sentencias.
    Bias es Reputado autor de un profundo adagio de sólo tres
    palabras que Tomás luego cita: arche andra deixei. Y a lo
    que a nuestra cuestión se refiere responde: "Cuando todos
    los miembros del Estado teman a la Ley como se teme a un
    tirano".
    Solón contesta con una frase que rebosa de acierto: cuando
    el delincuente sea acusado y condenado por todos aquellos que no
    hayan sufrido daño con el mismo celo que el dañado,
    habrá justicia en la ciudad. Ello quiere decir que el
    verdadero perjuicio sobrepasa lo individual hasta amenazar el
    orden de la convivencia, que a todos afecta por igual, cuando
    esto esta en la conciencia de
    todos, hay Justicia en el Estado.
    Santo Tomás respondería así: la justicia
    encuentra pleno cumplimiento en la comunidad o el Estado, cuando
    las tres principales formas de relación del hombre son
    rectas y ordenadas. Estas estructuras
    son las siguientes. En primer lugar, las relaciones de los
    individuos entre sí, en segundo lugar, las relaciones del
    todo social para con los individuos y en tercer lugar las
    relaciones de los individuos para con el todo social. A estas 3
    formas de relación social responden las tres formas
    principales de Justicia. La Justicia conmutativa, que regula la
    relación del individuo con el individuo, la Justicia
    distributiva, que regula la relación de la comunidad en
    cuanto tal para con sus miembros, y la Justicia legal que regula
    la relación de los miembros para con el todo social.
    Estas tres formas principales de justicia se caracterizan porque
    en cada una de ellas se presenta lo debido con una
    configuración distinta; también es distinto el
    sujeto al que se dirige. Y quien dice el hombre dice la persona
    individual, que es, en última instancia el sujeto portador
    y realizador de las tres principales formas de
    Justicia.

    La justicia conmutativa.
    Esta forma de Justicia podemos decir que es la figura
    clásica de la Justicia porque sólo en el caso de la
    mutua relación entre los individuos puede decirse que cada
    una de sus partes haga frente a la recíproca como un
    "otro" independiente; mientras que también es evidente que
    solo en la situación de la justicia conmutativa
    encontramos realizada sin restricción de ninguna clase la
    condición de la igualdad y la paridad de derechos entre
    las distintas partes. Pero con esta condición queda
    nombrado un segundo elemento del verdadero concepto de justicia:
    la Justicia absoluta se da tan solo entre aquellos que son
    absolutamente iguales; entre los que así no fueran,
    jamás podría darse.
    Justo según el modo de Justicia conmutativa, es el
    individuo que da al otro, es decir, al que no esta de antemano
    vinculado a él, al extraño, lo que se le debe
    – no más ni menos -. No obstante la donación
    no es un acto de justicia conmutativa ordena el hombre reconocer
    precisamente al otro y darle totalmente lo que le debe y no
    más, aun cuando tampoco menos: eso es justicia.

    Justicia distributiva.
    El individuo no se encuentra enfrentado con otro individuo ni con
    muchos individuos, sino con el todo social. De esta manera se
    hace presente que las partes aquí comprometidas no son de
    un mismo rango, y ello no solo por el simple hecho de que muchos
    hombres sean mas que un hombre, sino porque el bien común
    es de orden distinto y más elevado que el bien individual.
    Es el individuo a quien toca el papel de parte con derecho a
    reclamar en esta relación; él es, en el presente
    caso, aquel a quien algo le es debido. Ello implica que
    recíprocamente, es el todo social la parte aquí
    obligada, una parte que es sin duda superior, pero que esta
    obligada.
    El requerimiento de la obligatoriedad que entraña la norma
    de la Justicia distributiva va formalmente dirigido, por ende, al
    todo social, al soberano, al gobernante, el legislador; el
    término de un tal requerimiento es el hombre como administrador del
    bien común, que esta obligado a dar a los miembros
    singulares de todo lo que les corresponde. No es pues que la
    norma de la justicia distributiva autorice a los individuos a
    determinar e imponer por su cuenta lo que sea debido por parte
    del todo social. Cuando se habla de justicia, cuando se dice tu
    debes ser justo, el que así es requerido y mentado no es
    aquel al que algo le sea debido, sino exclusivamente aquel que
    esta obligado a dar eso que se debe. Ello quiere decir aplicado
    al caso de la justicia distributiva, que el sujeto sobre el que
    recae la apelación y el requerimiento de la misma es el
    hombre en cuanto representa al todo social.
    "En la justicia distributiva se da algo al individuo en la medida
    en que lo que pertenece al todo corresponde también a la
    parte". De donde se sigue que lo distribuido al individuo es su
    correspondiente participación en el Bonum Commune.
    Creo que ahora es necesario introducirnos brevemente al tema del
    concepto del bien común y la relación la
    Justicia.

    6. Bonum
    commune.

    El bien común es la misión peculiar de la
    sociedad, es
    lo que le confiere principio y el alma, o sea que es la
    razón por la que existe. Este bien común se
    consigue mediante la actividad del ente colectivo de manera que
    beneficie a todos sus miembros y a cada uno como tal.

    Existen dos tendencias que definen el bien
    común:

    • De la escuela
      tomista: Bonum Commune: es por lo cual se llega a la
      perfección de los miembros y es para esto para lo cual
      existe la colectividad, entonces la familia
      consistiría que sus miembros lleguen a ser miembros
      perfectos de la comunidad familiar, provistos de todos los
      valores
      humanos. Mientras que el Estado tendría que conducir
      a los ciudadanos a la perfección universal, propia de la
      condición humana.
    • Del solidarismo se desprende la siguiente
      definición: el bien común es el Estado o
      Condición de la colectividad, es un valor
      organizador y la colectividad debe tener la dotación de
      los medios necesarios y debe estar constituida de acuerdo su
      misión para el cumplimiento de su misión y
      actuación de la colectividad sobre sus
      miembros.

    De esta tendencias podemos abstraer la siguiente
    definición: Es un estado o una situación social que
    por encima de todo, garantiza a cada uno el lugar que le
    corresponde en la comunidad, lugar en el cual puede desplegar las
    fuerzas que le han sido dadas por Dios a fin de alcanzar su
    perfección corporal, intelectual y moral y,
    sirviendo a la comunidad, enriquecerse a la vez en bienes
    externos e internos.
    También podemos hacer la siguiente afirmación: el
    fin de toda actividad política o del Estado y de su
    gobierno es el
    bien común, que es el bien de las personas y familias. La
    sociedad política se organiza para procurar, mediante la
    actividad de todos los miembros de la sociedad, congregados a ese
    fin por la autoridad de
    la misma, la defensa de los derechos y el logro de las
    condiciones necesarias y convenientes para el desarrollo o
    perfeccionamiento de las personas, familias y sociedades
    libres intermedias. El bien común no es, por ende, un bien
    propio del gobierno o autoridad política, sino el bien de
    las personas y familias, abarca todo lo necesario o adecuado para
    su perfeccionamiento, logrado por el esfuerzo de todos los
    miembros de lo sociedad política, unidos y ordenados a
    este fin por el Estado como Gobierno.
    Para poder llegar a este bien común la sociedad
    política o estado necesita ordenar a los miembros a este
    fin. Por ella las restricciones de la libertad y de
    ciertos derechos son impuestos por la
    autoridad política precisamente para lograr el bien
    común y con él asegurar los derechos esenciales de
    las personas y de las familias y el logro de todos lo necesario y
    conveniente para que ellas puedan ejercer libremente su derechos
    y alcanzar plenamente sus fines específicos.
    La virtud de la justicia tiene como objeto el derecho. Este es lo
    debido –objeto, obra, acción- a otro. El derecho
    objetivo
    supone un derecho subjetivo de la persona o sociedad a quien se
    debe y que implica en los demás, la obligación
    moral a acatarlo. Finalmente la Ley o derecho
    natural y la Ley natural son las que confieren el derecho
    objetivo y subjetivo. La virtud de la Justicia, entonces inclina
    de un modo permanente a las personas a dar a cada uno su
    derecho.
    Cuando las distintas formas de Justicia cumplen su objeto, dando
    a cada uno –personas, familias, sociedades intermedias y
    comunidad política- lo que le es debido, su derecho, todos
    los sectores el Estado cumplen su misión y están
    orgánica y jerárquicamente ubicados en el cuerpo
    social y, por eso mismo, se logra el bien de la comunidad: el
    Bien Común.
    El orden logrado por la justicia, el orden justo de la sociedad y
    el bien común son lo mismo, son denominaciones distintas
    que indican una misma realidad: el orden logrado en la sociedad
    para conseguir su fin.

    7. La doctrina de Nicolas
    Maquiavelo: La
    antitesis de la justicia.

    Se trata de un texto que
    encontramos en el capítulo XVIII de la obra de
    Nicolás Maquiavelo: El
    Príncipe.
    La idea principal responde a una defensa apasionada de
    cuál es el mejor modo de llevar a cabo las conveniencias
    del Estado.
    La ideología maquiavélica al respecto
    se refleja a través de una ética que
    no contempla más que llegar al fin perseguido, debido a lo
    cual quedarán automáticamente justificados todos
    los medios utilizados para ello, por condenables que puedan
    parecer.
    El párrafo
    primero es un alegato en favor de la tesis expuesta
    anteriormente. La idea de Maquiavelo de que un gobernante debe
    ser inflexible ante todo para preservar el bien del Estado,
    aunque sea a costa de una conducta moralmente indigna.
    Ello suscitó la inmediata incomprensión de casi
    todos sus coetáneos que lo interpretaron como una astucia
    maligna, saltaron los mecanismos de defensa sociales y pronto se
    estableció una corriente antimaquiavélica en
    defensa de las bases morales hasta entonces establecidas que
    aún perdura en nuestros días, asociada a la idea de
    astucia, mala fe y cinismo en política.
    Cosa bastante injusta porque Maquiavelo no acepta ni legitima la
    violencia como
    norma del obrar político, sino sólo en casos
    extraordinarios y en orden, no al mantenimiento
    del poder por parte del gobernante, sino en orden al bienestar de
    todos.
    El segundo párrafo establece la necesidad de uso por parte
    de los gobernantes de la fuerza bruta
    como conveniente complemento para reafirmar el poder propio de
    quienes poseen la inteligencia
    para aplicar las leyes que aseguran el bien del Estado. Esa
    fuerza bruta será un buen complemento porque utilizada con
    inteligencia asegura el sometimiento de los demás hombres
    y por tanto el poder.
    En el tercer párrafo la tesis anterior se desarrolla
    desvelando el pensamiento de
    Maquiavelo. Se expone el mejor modo de reafirmarse y asegurarse
    en ese poder. Para él está claro que aunque puede
    que los hechos acusen los resultados excusarán; de modo
    que la falta de escrúpulos debe ser tenida como el
    modelo
    correcto de actuación para el buen gobernante. Y esto lo
    justifica mediante la teoría
    de que el hombre es malo y a ser malo lo mueve su naturaleza. Tal
    teoría la demuestra exponiendo los numerosos ejemplos de
    ello que a lo largo de la historia se han sucedido. Ejemplos que
    dejan al descubierto y sin lugar a dudas, cómo cada
    desastre social, guerras,
    miseria, etc…, ha sido siempre culpa de los mismos hombres que
    movidos por su propia maldad actúan siempre unos en contra
    de otros, destruyendo todo cuanto se ha construido, resultando el
    más perjudicado el Estado.
    Por eso no pasa nada si se actúa para defenderlo en contra
    de quienes lo atacan.
    Como se ha dicho, prueba de ello son los numerosos ejemplos que
    se van repitiendo cíclicamente, por lo que habrá
    que
    anticiparse al desastre para atajarlo sin miramiento alguno. La
    falta de ética será excusable en la
    aplicación de tal precepto porque precisamente va en
    contra de la maldad humana y en bien del Estado.
    Alude algunas cualidades animales para
    ejemplarizarlo. El gobernante debe poseer la astucia de la zorra
    en combinación con la fuerza del león, para
    librarse de las trampas y los lobos, que son al fin y al cabo los
    traidores y los opositores al gobernante. Aconseja que tales
    "virtudes" se disfracen y se disimulen para mayor efecto de tal
    arma.
    Y vuelve a justificar la necesidad de falta de escrúpulos
    debido a esa naturaleza humana maligna de la que el Estado debe
    protegerse.
    Por tanto, si se utilizan el engaño y el incumplimiento de
    promesas no pasa nada porque siempre hay gente dispuesta a
    dejarse engañar y siempre hubo quien faltó a sus
    promesas antes.
    En el párrafo cuarto utiliza la eminente figura del Papa
    Borgia, Alejandro VI como ejemplo para la idea anterior, un
    hombre que utilizó la técnica del engaño
    brillantemente para la consecución de sus fines porque
    conocía perfectamente dónde se movía y
    cómo era cada quién y por tanto, qué
    debía darle a cada cual.
    El autor del texto entendía perfectamente la actitud de
    Alejandro VI porque tampoco a él le interesó nunca
    la religión
    más que como un instrumento más de
    manipulación política.
    Por tanto ello se complementa con otra idea que también
    aparece: el gobernante necesita ser un maestro de la
    manipulación y
    la seducción mediante el lenguaje
    para manipular al pueblo tanto en sus creencias y opiniones como
    para asegurarse su incondicional adhesión. Es así
    como el gobernante debe aprender a instrumentalizar las pasiones
    humanas y confundir las cabezas de los hombres con todo tipo de
    embustes ya que en política sólo cuentan las
    apariencias aprovechando que la mayoría de la gente vive
    muy alejada de la realidad.
    De nuevo la torpeza humana sirve como excusa para dar rienda
    suelta a toda clase de manipulaciones e intrigas.
    El párrafo quinto es una prolongación de la tesis
    anterior que entra ya en el terreno de las influencias que
    Maquiavelo recibe del modelo político de la
    República Romana, que él tanto admira. Habrá
    que llegar a la crueldad si es preciso, aunque siempre
    distinguiendo entre "la bien usada y la mal usada", y lo
    más importante de todo que la virtud política del
    gobernante la va a constituir precisamente saber conservar su
    Estado a base de distinguir cuando no debe alejarse del bien y
    cuando va a necesitar entrar en el mal para ello.
    Es el bien común y no el privado el que legitima la
    violencia en determinadas situaciones pero, puesto que con sus
    acciones lo que el gobernante busca son buenos resultados, debe
    conocer bien el alma humana para atacarla allí por donde
    sea más oportuno, manipulación al fin, y si para
    ello necesita entrar en el mal deberá colorearlo y
    disimularlo para asegurarse el éxito y
    no el desprestigio. Sacar provecho de todo y de cada
    situación.
    El párrafo sexto es la conclusión final de todos
    estos preceptos.
    – La defensa de la conveniencia de manipular al vulgo, razonando
    para ello que el vulgo lo único que valora es el resultado
    final, puesto que la naturaleza humana es limitada y sólo
    alcanza a ver lo que muestran las apariencias.
    – Con ello excusa el engaño y demás medios
    inmorales.
    – Todo con el único fin de salvaguardar la seguridad y el
    bienestar del Estado.
    – Siempre obligarse a aparentar bondad, buenas maneras, correcta
    moral en definitiva, porque ello asegura la ventaja a la hora de
    la manipulación.
    – Como se expone en el párrafo tercero, surge la
    apología a la idea de que los hechos acusan pero los
    resultados excusan.

    8.
    Conclusión

    La conclusión a la que podemos arribar luego de
    desarrollar brevemente la justicia, sus formas y su contras,
    además de su significación bíblica, es que
    es una virtud que motiva y ayuda al hombre en su camino hacia la
    felicidad, es un aporte a vivir más dignamente la libertad
    y que favorece a otros a poder vivir con mucha más
    dignidad.
    Esta reflexión, me hizo descubrir, qué olvidada
    está la significación de la Justicia, creo que
    puedo decir con toda razón y sin irme a los extremos que
    hoy no se vive en una sociedad justa y me ánimo a decir
    que el mismo mundo no esta siendo justo, cuando vemos como una
    guerra quita
    la vida a muchas personas con Derecho a vivir, solamente por el
    deseo de superación de algunos. Donde el individualismo
    mira más a la persona como un útil y un objeto y no
    como alguien a la que le debo, a pesar de no conocerla, le debo
    ayudar a lograr la felicidad, a poder vivir en igualdad, porque
    simplemente somos iguales y nos debemos unos a otros.
    Pero bueno esto me motiva que en mi camino de formación al
    ministerio pueda desde lo pequeño ser justo, conmigo y con
    mis hermanos sin dejar afuera a Aquel que es justo con nosotros y
    nos ayuda con el ejemplo cercano de que la Justicia siempre es
    posible.

    9. Bibliografía.

    Diccionario De Filosofía
    Ed. Herder. Walter Brugger. 1978
    Las Virtudes Fundamentales
    Ed. Rialp. Madrid. Josef Pieper. 1980
    Sapientia
    Univ. Católica Arg. Vol. 126. Octavio N. Derisi. 1977
    El Derecho Y La Justicia
    Ed. Trota. CSIC. Carlos Nino. 1996
    La Republica
    Ed. Altaza. Platón. 1993
    Suma Teológica
    Suma de Teología. II-II. BAC. 1990.
    Cias
    Rev. Investigación y Acción social. Vol.
    432. Dean Brackley. 1994

     

     

     

     

     

    Autor:

    Andrés F. Espíndola

    Seminarista de la Diócesis de Resistencia.
    Chaco, Argentina
    Seminario
    Interdiocesano "La encarnación"

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