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Desregulacion de obras sociales (página 2)




Enviado por antoniosirino



Partes: 1, 2

3. Obras sociales sindicales

A nadie puede escapar que el desvío de fondos que
se ha venido haciendo de las cajas de las obras sociales es muy
importante, pero no solo a este hecho debemos culpar por el
deterioro económico de las mismas, tenemos que considerar
el porcentaje elevado de desocupados que existe en el país
que es la causa fundamental de la enfermedad que las destruye, y
que a la fecha no tiene solución; si existiera la voluntad
política
de la solución verdadera del problema, el planteo
debería ser otro, y no la modificación de leyes y del
ultimo decreto dado a conocer (446/2000).
Las leyes 23.660 y
23.661 son muy determinantes en todos los aspectos, qué
podríamos preguntarnos en cuanto a la obtención de
fondos, su administración y destino proporcional
adecuado? Aparece como posible de corregir en dichas leyes
algunos artículos del decreto reglamentario 576/93, que
podrían modificarse para eI mejor manejo de las Obras
Sociales.
Reglamentación del Decreto 576/93 , Anexo 1. . . . . . . .
. Art. 12 . – . . . . . . a) . . . . "No existirá
incompatibilidad en el ejercicio de cargos electivos entre las
obras sociales comprendidas en el régimen de la presente
ley y la
correspondiente asociación sindical."
Proponemos que diga: "Existirá incompatibilidad en el
ejercicio de cargos electivos entre las obras sociales
comprendidas en el régimen de la presente ley y la
correspondiente asociación sindical." g) Las asociaciones
de obras sociales serán conducidas y administradas por
cuerpos colegiados que no superen el número de siete (7)
miembros elegidos por las obras sociales integrantes de la
asociación.

Art.13.- Los miembros de los cuerpos colegiados de
conducción de las obras sociales deberán ser
mayores de edad, no tener inhabilidades e incompatibilidades
civiles ni penales, su mandato no podrá superar el
término de cuatro (4) años y podrán ser
reelegidos. Serán personal y
solidariamente responsables por los actos y hechos
ilícitos en que pudieran incurrir con motivo y en
ocasión del ejercicio de las funciones de
conducción y administración de dichas entidades.
Proponemos que diga: . . . . . . . . . . . su mandato no
podrá superar el término de cuatro(4) años y
no podrán ser reelectos de manera consecutiva, debiendo
transcurrir dos (2) períodos para su nueva
presentación. Serán personal y
solidariamente responsables patrimonialmente por los actos y
hechos en que pudieran incurrir con motivo y en ocasión
del ejercicio de las funciones de
conducción y administración de los recursos
financieros de dichas entidades, siendo sometidos a la justicia Civil
y Penal.
Creemos que las obras sociales pueden ser mejoradas en sus
prestaciones,
pero resulta peligroso que las mismas entren en los llamados
"mercados
competitivos de la salud" en donde el poderío
de los capitales "convenzan" al estado de que
una inversión en mejorar la salud debe ser para quien
pueda pagarla y que a los otros se les brinde lo mínimo
indispensable (PMO) para que sufra menos en su agonía.
(Pacto de José de Costa
Rica?)

En resumen para el mejoramiento del contralor de las
obras sociales, reflejando en el mismo que:
La conducción de las Obras Sociales estará a cargo
de un directorio compuesto por afiliados a la misma, y que se
considerara incompatible para cubrir los cargos directivos, el
hecho de ejercer algún cargo gremial en el Sindicato del
Ramo, ya fuere electo o no.
Los miembros de los cuerpos colegiados de conducción de
las obras sociales, no podrán superar el término de
cuatro (4) años en su ejercicio y no podrán ser
reelectos en forma consecutiva, debiendo transcurrir dos (2)
períodos para su nueva presentación.
Que el directorio que asuma la conducción de la misma
será solidariamente responsable en el manejo de los
bienes.
Que el directorio contará con una comisión formada
por 7 miembros, tendrá una junta fiscalizadora que
realizará el control de
gestión, formada por tres miembros.
Que siempre se asumirá con balance, y cada 60 días
se emitirá un informe
Económico Financiero , el que se hará
público.
Que todos los que asuman tendrán un sueldo prefijado, de
acuerdo a función
jerárquica.
No tendrán gastos de
representación.
Deberán efectuar declaración patrimonial de
bienes al
ingreso y egreso.

Separación de Bienes entre el Sindicato y la
Obra Social.
El presente persigue el hecho de evitar que los bienes muebles e
inmuebles que posee el sindicato estén anotados en el
inventario de
la Obra Social, para que cada uno asuma los gastos en que
incurran de manera independiente, dado que esto duplica impuestos
edilicios, teléfonos, luz, seguros, y
también gastos de personal.

Separación de Padrones y de Carnets
Identificatorios.
El empleador se vera obligado por ley a entregar los padrones
correspondientes, para que la obra social pueda tener acceso a
los morosos, y así comunicarlos previa inspección
al cuerpo de aplicación, para reclamar las deudas. Esto es
fundamental dado que las grandes empresas siempre
lo niegan.
Carnet inviolable de afiliación a la obra social. No se
podrán atender los afiliados a la obra social en
ningún servicio con
el carnet sindical.
Ahora bien, este apartado no quiere más que ser una
muestra de la
forma de solucionar rápidamente el problema de las obras
sociales sindicales, sin que se las obligue a competir en un
medio hostil que las va a llevar a la destrucción. Pagando
los usuarios por la falta de prestación y el Hospital
Público con los gastos por los pacientes que no reciben su
atención en forma oportuna.
El sindicato que tiene bienes propios inmuebles, sea sanatorios,
farmacias hoteles, etc. Los
podrá seguir manteniendo, y seguirá brindando los
servicios
mediante convenios como lo hace cualquier prestados. Si la
atención es deficiente y los afiliados
sustentan sus quejas, se denunciará el convenio como con
cualquier prestador privado, siendo un problema del sindicato
como sustentar sus estructuras
deficitarias.
Por otra parte si se llegó a la conclusión de la
falta de dinero en el
área de salud, por qué no se aplica el mismo
criterio de financiamiento
que el dispuesto en el ultimo decreto (446/2000), dado que el
Gobierno Nacional
ha reconocido la falta de fondos.
Si el planteado no es el mejor camino para solucionar el sistema de salud
para las obras sociales sindicales deberá existir uno
diferente; pero el recorrido que le hará seguir la
desregulación a partir del 2001, no solo nos dejará
sin atención médica, sino que el Gobierno va a
tener que subsidiar al igual que con otras privatizaciones el
sistema y a
resultas de ello perderá no solo injerencia, sino que al
mismo tiempo
gastará del Tesoro Nacional dinero que NO
tenemos.
Al conflicto
social de la marginación de la población, por falta de trabajo y políticas
sociales, el Gobierno Nacional da el último paso que
llevaría a la destrucción de los sindicatos, lo
cual no sería más que una entrega de la salud de
los trabajadores. Debemos sospechar que esto no es mas que otra
nueva concesión hacia las multinacionales.

Número de obras sociales y cantidad de
beneficiarios,
Según naturaleza
institucional.
Total del país. Años 1994/1997
Año: 1994
Naturaleza de
la obra social

Obras Sociales

Total

Titular

Familiares

Total

312

16401408

7322080

9079328

Sindicales

231

6699849

2405246

4294603

Personal de dirección

24

1146629

389166

757463

Administraciòn Mixta

11

8291224

4435862

3855362

Resto

46

263706

91806

171900

Año: 1995

Naturaleza de la obra social

Obras Sociales

Total

Titular

Familiares

Total

281

16270660

6901183

9369477

Sindicales

216

9508330

3180341

6327989

Personal de

dirección

24

1154407

398451

755956

Administración mixta

6

5284278

3214114

2070164

Resto

35

323645

108277

215368

Año: 1996

Naturaleza de la obra social

Total

Titular

Familiares

Total

15693124

7084458

8608666

Sindicales

9397069

3526051

5871018

Personal de dirección

1138303

394927

743376

Administración mixta

4018917

2709655

1309262

Resto

1138835

453825

685010

 

Año: 1997

Naturaleza de la obra social

Obras Sociales

Total

Titular

Familiares

Total

276

15842245

7270863

8571382

Sindicales

216

9351876

3584545

5767331

Personal de dirección

24

1285342

456387

828955

Administración mixta

1

4018917

2709655

1309262

Resto

35

1186110

520276

665834

 

Nota: El trabajador dependiente – público o
privado – se halla comprendido en algunas de las obras
sociales que organiza la ley N º 20.060. El organismo de
supervisión es la
Administración Nacional del Seguro de Salud
(ANSSAL ). Sus prestaciones
de asistencia sanitaria son financiadas con el 6% de
contribuciones patronales y el 3% de aportes personales sobre los
salarios. Los
datos se basan
en registros de
las obras sociales. Los mismos han sido sujetos a revisión
en 1997, en base a declaraciones juradas de los empleadores.
Fuente: Administración Nacional del Seguro de
Salud.

Razonablemente, nadie discutiría la necesidad ni
la conveniencia de reordenar / transformar los distintos
subsectores (efectores públicos y privados, obras
sociales, prepagas, etc.) que componen el casi anárquico
sistema sanitario argentino. Basta, para sostener la
afirmación precedente, con mencionar sólo a modo de
ejemplo, lo siguiente:
La desfinanciación de las Obras Sociales
(básicamente por causas estructurales antes que por mala
administración).
La consecuente crisis
económica (no financiera) del sector prestador
privado.
La sobreoferta (carente de toda racionalidad sanitaria) de
capacidad instalada y de tecnología
médica de alta complejidad, tanto diagnóstica como
terapéutica.
La irracional distribución de recursos (tanto
humanos como materiales)
fundado en razones de mercado (real o
potencial) y carentes de racionalidad sanitaria.
La absoluta falta de articulación y complementación
entre los efectores, tanto entre públicos y privados como
entre los pertenecientes al sector
público, aún dentro de las mismas
jurisdicciones.
Inexistencia de legislación, marco normativo y autoridad de
aplicación que establezca el marco legal normativo para el
sector de la medicina prepaga.
Existe solo una ley, que en su único artículo las
obliga a cumplir con el Programa
Médico Obligatorio, pero no existe autoridad de
aplicación.
Los puntos anteriores, y muchos otros de igual magnitud y
gravedad, constituyen razones ciertas para proponer un
rápido proceso de
reconversión del llamado sector salud. Lo que no hay que
perder de vista es que, lamentable y peligrosamente se
están formulando propuestas y proponiendo instrumentos
que, justificados en una supuesta acción correctiva de
problemas
evidentes, implican la desnaturalización de la esencia del
sistema vigente: la salud como derecho (tal como lo establece la
Constitución) y los principios de
solidaridad,
equidad y accesibilidad que garantizan el ejercicio del derecho a
la salud.

Las marchas y contramarchas en temas como la
desregulación de las Obras Sociales, la creación
del marco legal para las prepagas y la creación de
seguros
locales (provinciales o municipales) o nacional de salud se
pueden explicar por la mayor o menor convicción sobre el
tema por parte de los funcionarios con poder de
decisión y por el lógico entrecruzamiento de
intereses que se ven implicados en el tema. Lo que no hay que
perder de vista es que, en medio de esos avances y retrocesos, el
B.M. ha definido y explicitado una política e impulsa en
forma sostenida la ejecución instrumental de ella. En 1998
(año de inicio del Programa de
Reconversión de Obras Sociales, con 60% de financiamiento
con crédito
del B.M.) Mirna Alexander, Directora del B.M. para la
Región Sur, establecía un plazo de 5 años
para cumplir con la meta de
reconversión. Los instrumentos empleados para esto desde
diciembre de 1999 por el Ministerio de Salud y Acción
social de la Nación
y por la Superintendencia de Servicios de
Salud (ex ANSSAL), que pueden resumirse en la Resolución
Ministerial Nº 109/00 y en el Decreto de
Desregulación, se orientan a transformar el sistema de la
seguridad
social en un sistema de capitalización individual
(seguro de salud). La Asociación de bancos (ADEBA),
en el año 1994, su reunión anual, analizó la
problemática del sector salud y las conclusiones del
análisis las tradujeron en una propuesta de
reconversión del sector salud. Esta consistía en
establecer un sistema con tres niveles de cobertura, a los que
cada persona
accedía según su capacidad de pago. Este es el
contexto general y las políticas
en ejecución y a la luz de ellas
deben analizarse las iniciativas instrumentales en curso. Como ya
se dijo, las deficiencias invocadas son, en general, ciertas. Las
causas invocadas son, generalmente, erróneas o
malintencionadas. Las medidas instrumentales que hasta ahora se
proponen son, en el mejor de los casos, inconducentes y muchas
veces conllevan objetivos que
implican lisa y llanamente hacer del derecho a la salud un mero
formalismo o una declaración de principios sin
mecanismos que posibiliten el ejercicio de tal derecho a todos
los habitantes.

4. A modo de
conclusión ideológica

Consideramos que:
El estado de
seguridad del
individuo sin seguridad
social es casi tan imposible como sin libertad
personal. El hombre
viviendo en una comunidad
organizada necesita de ambas.
La seguridad social
significa estar cubierto en la urgencia otorgando así,
libertad y
seguridad de vida.
Esta seguridad social debe realizarse a través de sistemas sociales
eficientes. Esto es válido también para una
conducta en
las políticas sociales eficientes.
Una buena política
social es fundamento de la estabilidad económica a
través de la paz social.
Lo ciudadanos deben tener una asistencia a su vejez y
ofrecer cobertura en casos de riesgos como
enfermedades,
accidentes de
trabajo, discapacidad,
incapacidad profesional e incapacidad laboral,
necesidad de cuidado así como en el caso de desocupación.
Es tarea del Estado crear
el marco regulatorio y de eficiencia
necesario para todos los involucrados.
En las obras sociales rige el principio de solidaridad,
pues:
Los aportes que el asegurado debe abonar por la cobertura de su
seguro de salud dependan de su capacidad económica con un
porcentaje de la remuneración percibida por su
trabajo.
La edad, el sexo y el
riesgo
sanitario del asegurado no influyen en el monto de los
aportes.

El derecho a las prestaciones médicas integradas
de las obras sociales es independiente del monto de los aportes
abonados.
Cada grupo familiar
recibe salud de acuerdo a la medida de sus necesidades y paga
según la medida de su fuerza
productiva.
El sistema de obras sociales se creó sobre la base de un
principio de equidad: todos los trabajadores reciben la misma
atención médica al margen de su accesibilidad
económica.
Este es un principio solidario, el cual es fundamental, todos
deben recibir la misma atención médica.
Nadie discute que el actual sistema tiene falencias lo cual nos
indica las necesidades de cambios gerenciales, teniendo como
objetivo una
"empresa social de
salud", cuya finalidad es brindar salud integral de acuerdo a las
necesidades de sus afiliados.
Por ahora la desregulación consagraría un
gigantesco desfinanciamiento, con la ruptura del principio
solidario; porque la atención médica que
podrá ser brindada por un efector privado dependerá
del valor del
aporte de los trabajadores.
Todos sabemos que las empresas
privadas, tienen un natural fin de rentabilidad
económica, no social, buscarán captar a la gente de
mayores ingresos a
quienes le ofrecerán planes con más cobertura y
atención médica para pudientes.
¿Quién determina que con 20 pesos por mes se puede
brindar una salud integral?
Por lo tanto creemos que los que menos ganan tendrán una
salud de 20 pesos.
Los gremios pierden su poder económico. Los hospitales con
su medicina
solidaria, se transforman a ser dispositivos solamente de
multitudinarios indigentes, donde se hacinaran sin esperanza
enfermos (enfermos sociales principalmente), ancianos y
mendigos.
Como resultado de esta políticas desaparecerán
muchos gremios y el hospital público se dedicará a
la atención solamente para pacientes sin cobertura
médica. ¿No es acaso esta política homicida
del hospital público?
Nuestro hospital público que levantó la bandera con
su naturaleza vecinal como expresión de unión,
participación e integración comunitaria, en plena descentralización y brindando solidaridad
recíproca.
No es casual el fortalecimiento del subsector privado, en estas
condiciones, dejando morir al subsector de seguridad social e
indirectamente al hospital público, uno de los principales
prestadores de salud de las obras sociales.
Los hospitales públicos dejaran de ser hospitales
comunitarios para trasformarse en hospitales de beneficencia, con
una administración sanitaria central, y solamente
serán financiados con los recursos exclusivos que aporta
el estado,
destinados en general a una población indiscriminada que ha perdido
toda referencia comunitaria.

¿Cuántos serán los trabajadores que
en poco tiempo
carecerán de atención médica integral?
Que pobres son las medidas ejecutadas sin el consenso necesario.
El actuar con soberbia, sin dar protección a las personas,
considerando que lo justo esta en el despotismo. Que
pequeño resulta el poder político o
económico y cuan insignificante es ante la
sabiduría del celeste omnipotente.

Programa médico obligatorio (PMO)
Creado con la finalidad de lograr que toda la población
tenga acceso a una cobertura sanitaria mínima, es de
aplicación obligatoria en todas las Obras Sociales (OOSS),
no existiendo a estos efectos carencias ni preexistencias.
Se abre tres niveles atencionales, el Nivel I, de Atención
Primaria, en Nivel II de Atención Secundaria y el Nivel
III, de Alta Complejidad.
La cobertura de medicamentos es en Internación y en
medicamentos de baja incidencia y alto costo de un 100%
(especifica cuáles comprende: Eritropoyetina,
Interferón, Inmunoestimuladores, Calcitriol, L.Acetil
Carnitina y D. Nasa) y en ambulatorios en general desde un 40%.
Contempla así mismo la existencia de coseguros bajos, como
son para consultas con Médicos Generalistas $ 2, para
especialistas $3 y para consultas domiciliarias $10.
Las prácticas de diagnóstico de baja complejidad (si son
menos de tres determinaciones son sin coseguro) tienen un
coseguro de $5, por orden, y las de alta complejidad de $10.
Describe el PMO un Plan Materno
Infantil sin coseguros y un 100% de medicamentos, como así
también la cobertura integral del recién nacido
durante el primer año de vida y el reconocimiento de
Leches medicamentosas en un 100% durante los tres primeros
meses.
Se basa su esquema de atención en la existencia de
Médicos Generalistas (pediatras, clínicos y
tocoginecólogos), con una Historia Clínica
Unificada.
Con respecto al área de Odontología brinda también una
cobertura que no incluye los implantes ni las prótesis, pero
sí la ortopedia funcional y ortodoncia, sin cargo hasta
los 18 años, fijándose un coseguro de $3 para los
controles.

En el área de Salud Mental, en
tratamiento ambulatorio, establece un coseguro de $5 en
psiquiatría y de $2 en psicología,
psicopedagogía, psicoanálisis y psicodiagnóstico.; y
una cobertura de hasta 30 sesiones paciente / año.
Referente a Internación, cubre en internaciones agudas
hasta 30 días por paciente por año.
Con respecto a las Prótesis y
Ortesis, cubre un 100% en las prótesis e implantes de
colocación interna permanente y un 50% en aquellos
elementos correctivos.
En el área de rehabilitación cubre un 100% en
aquellas rehabilitaciones motrices y psicomotrices, como
también en la sensorial y en la readaptación
ortopédica. Cubre en esta área 25 sesiones de
Kinesiología por paciente / año, variando el
período de rehabilitación de los accidentes
cerebrovasculares, los traumatizados o los grandes accidentados,
estando los plazos con posibilidad de extensión de acuerdo
a auditoria efectuada individualmente.
Finalmente, con respecto a la Hemodiálisis, estas son
cubiertas en tu totalidad, siempre que los pacientes sean
inscriptos en el INCUCAI dentro de los 30 días de
comenzado el tratamiento.
Cubre determinadas prácticas de Alta Complejidad, como son
los transplantes, como son los de miembros, con
microcirugía, los de médula ósea (para
patologías determinadas), renales, cardíacos, etc;
la embolización selectiva de grandes vasos, la
radiocirugía cerebral y el tratamiento de grandes
quemados.
En la actualidad se está considerando las modificaciones
del PMO, con la finalidad de corregir indefiniciones y omisiones,
como así también tratar de formular un sistema de
actualización, todo ello basado en la rápida
evolución de la materia
médica y de los elementos, sistemas y
prácticas diagnósticas y de tratamiento (con la
creación de una Comisión Asesora, de integración mixta)
Así, se definen una cantidad de prestaciones y modalidades
no cubiertas anteriormente, jerarquizando su impacto sanitario y
la relación costo / beneficio
de los cuadros clínicos frecuentes. De esta manera se
garantiza el acceso a la Salud de la población y se busca
el mejor aprovechamiento de los recursos.
En el área de Atención Primaria incorporará
los Programas
Generales de Promoción y Prevención de la Salud,
priorizando a la población en su conjunto y mejorando la
calidad de
vida. En esta área se crearán programas
especiales para grupo de
riesgo
emergentes, para la realización de acciones de
prevención específica. Asimismo se incluirán
Programas de Prevención para Cáncer de
Mama y de Cuello Uterino, Plan Materno
Infantil y el Examen de la Persona Sana, por
Sexo y por
edad (por décadas). Se hará hincapié en
Talleres de prevención primaria y secundaria de varias
patologías, siendo esto considerado indispensable en el
adecuado manejo de grupos de
riesgo.
En lo que respecta al ingreso al sistema, éste se
hará a través de Médicos Generalistas, los
que deberían ser jerarquizados a nivel de sus remuneraciones.
Con respecto a las consultas, éstas deberán tener
coseguro o ser limitadas, en su número anual, tanto en
ambulatorio como en días de internación en
patologías agudas.
Como forma de colaborar en la actividad diaria del médico
de cabecera o generalista se publicarán Guías de
Orientación para el Diagnóstico y tratamiento de los Motivos de
Consulta Prevalentes en la Atención Primaria de la
Salud.
En el área de Salud Mental, se
incorporara el desarrollo de
la prevención, para temas específicos, como ser
adicciones y
depresiones. Refiriéndose a estas consultas, las mismas se
extenderían a las modalidades de consulta familiar,
grupal, individual, etc.
Se extenderán los medios de
diagnóstico cubiertos en el P.M.O., con
incorporación de Medicina Nuclear, Inmunología,
RMN, Centellogramas, etc.
Se abre un nuevo capítulo con el reconocimiento de la
internación domiciliaria como una forma de
internación, con las mismas coberturas que ésta.
Asimismo consideraría especialmente el tratamiento de
enfermos terminales, con la indicación a las OOSS para que
desarrollen programas adecuados para estos pacientes, con la
desinstitucionalización, o en caso que esto no sea
posible, la internación de los mismos en lugares
adecuados, en confort y atención, con una
contención del enfermo y de su familia en forma
armónica.
En referencia a los trasplantes, se cubrirían
también los de baja incidencia y alto costo.
La política actual lleva a privilegiar la
prevención, las estrategias de
atención primaria y profundizar los criterios de equidad y
racionalidad en la asignación de los recursos.
El análisis de las prestaciones
incluías se enmarcan en los siguientes conceptos
indispensables para lograr la cobertura esperada:
No existe exclusión de patologías.
Las OO.SS. garantizan el acceso a la salud de sus afiliados,
dentro de un marco de rigor científico.
La Planificación Sanitaria se basa en el
conocimiento epidemiológico de la población a
la que está dirigida.

5.
Bibliografía

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Anuario Estadístico de la Rep. Arg. 1998 Vol.14
"Imágenes de la
Organización Gareth Morgan" – Editor AlfaOmega S.A.
1998
Asociación de Entidades de Medicina Prepaga.
Asociación de Entidades de Medicina Prepagas (ADMP) y
Cámara de Instituciones
Medico Asistenciales de la República Argentina.
Cenit. "Seguros de Salud".
Diario Informe
"Asegurador". 1998.
El seguro de salud en la Argentina
Fatone, H. "Metodología y práctica de la
investigación científica". (UADE)
– 1994
Fundación Alberto J. Roemmers. "Asistencia de la Salud".
Buenos aires.
Editor responsable Manuel Martí. p 171. 1995.
INOS "Las obras sociales en la Republica Argentina", Bs.
As. Abril 1972.
International Health Insurance Danmark a/s.
Martinez O. Diario Clarín. p. 22. 4 de Junio de 2000.
MEILIJ, G. R.,Manual de
Seguros.
MSAS/INDEC "Modulo de Utilización y Gasto en Servicios de
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(1989).
Samuelson, P. A. "Curso de Economía Moderna" -,
( Premio Nóbel de Economía) Editorial
Aguilar – 1979
Superintendencia de Seguros de la Nación.
Superintendencia de Servicios de Salud

Zöller Wolfgang. "Filosofía y organización de la asistencia média
y social en Alemania".
Buenos Aires.
Asistencia de la Salud.
p 123-155. 1995.

 

 

Autor:

Dr. Agustín M. R. Bartomeo
Dr. Antonio P.J. Sirino
Doctor en Medicina. Director del Hospital General de Agudos
Enrique Tornú. Profesor Titular Universidad de
Ciencias de la
Salud. Docente Autorizado U.B.A. Ex- Presidente Sociedad
Argentina de Nutrición. Ex
Presidente Sociedad
Latinoamericana de Arterioesclerosis. Medico Sanitarista.
Medico Cardo – Angiólogo; Medico Especialista en Medicina
Laboral;
Geriatra;
Ex – Coordinador del Ara de Clínica Medica del
Policlínico Ferroviario Central
Ex -Director Interino del Hospital Municipal "Dr. Raúl F,
Larcade"
Ex – Presidente de la Sociedad de Socorros Mutuos del Personal
del Ferrocarril General
Belgrano,
Ex – Gerente
General de Prestaciones Médicas de I.N.O.S.
Ex – Delegado Normalizador de Obra Social del Personal de la
Actividad Vitivinícola

 

 

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