Indice
1.
Introducción
2. La organización sindical en
Venezuela.
3. Acción y política de
los sindicatos.
5. Constitución y registro de
una organización sindical
6.
Conclusión
7.
Bibliografía
El movimiento
sindical frecuentemente practica la política de
conciliación de clases. Por lo tanto, se puede afirmar que
existe una vinculación entre dicho movimiento y
los partidos
políticos a la cual quedan subordinados los intereses
de la clase obrera, ahora llamada clase trabajadora,
expresión ésta que implica una distorsión
conceptual, puesto que se generaliza, la condición del
trabajo hacia todas aquéllas personas que pueden ser
fuente de producción, pero no asalariado. Hasta ahora
hemos podido constatar que los dirigentes obreros conservan el
viejo lenguaje de la
defensa de los "intereses de la clase obrera". De manera que en
el seno del movimiento sindical persiste la concepción
relacionada con que el movimiento sindical debe servir a los
intereses de la clase obrera". Sin embargo, a lo largo de la
historia del
movimiento sindical podemos apreciar que la defensa de los
intereses de la clase obrera son puramente económicos y
muy restringidos, practicando de tal manera, una política de
conciliación de clases, puesto que creen que la
conciliación de clases es el fundamento mejor de la
democracia y
evita los riesgos
inherentes al sistema
democrático.
2. La
organización sindical en Venezuela.
El Derecho De Asociación Sindical
La Ley del Trabajo
en su artículo 400 establece: tanto los trabajadores como
los patronos tienen el derecho de asociarse libremente en
sindicatos y
estos, a su vez, el de constituir, federaciones y
confederaciones.
La ley del trabajo
en su artículo 401 establece: Nadie podrá ser
obligado ni constreñido directa o indirectamente a formar
parte o no de un sindicato.
Los sindicatos
tienen derecho a redactar sus propios estatutos y reglamentos y a
elegir libremente a los integrantes de su junta directiva; a
programar y organizar su administración y a establecer pautas para
realizar su acción sindical.
Los estatutos de los sindicatos determinarán el
ámbito local regional o nacional de sus
actividades.
¿Quiénes tienen derecho a
sindicalización?
Son titulares del derecho de sindicalización los
trabajadores del sector privado y de las empresas del
Estado,
cualquiera sea su naturaleza
jurídica, que cumplen con los requisitos que establece la
ley y los respectivos estatutos de la
organización de que se trata.
Este derecho esta garantizado en la Constitución Política y se puede
ejercer en la forma y casos que señala la ley.
¿Que características tiene la afiliación
de un trabajador a una organización sindical?
- Es única en función
de un mismo empleo - Es personal, y por
lo tanto no puede transferirse ni delegarse - Es voluntario, nadie puede ser obligado a afiliarse a
una organización sindical para desempeñar un
empleo o
desarrollar una actividad. Tampoco podrá impedirse su
desafiliación - Ningún trabajador puede pertenecer
simultáneamente a más de un sindicato.
Origen y panorama de las organizaciones
sindicales.
El movimiento obrero empezó en Venezuela en
1936, tras la muerte de
Juan Vicente Gómez y el advenimiento de la democracia. Un
año después, en el gobierno de
López Contreras, las formas asociativas e intentos
gremiales que lograron sobrevivir en medio de la
persecución de la dictadura, se
reúnen en un primer Congreso de Trabajadores de
Venezuela.
Tras la Revolución
de Octubre, en 1945, sale del mando Medina Angarita y asume el
Poder AD, lo
que fortaleció las organizaciones
que controlaba este partido, superando así las dominadas
por los comunistas (CUTV).
La participación de los sindicatos se empezaba a hacer
manifiesta en ese entonces. Tanto, que se hablaba de "sindicatos
blancos, rojos y negros» en alusión a los colores
electorales de algunas agrupaciones políticas.
En la segunda mitad del siglo, Pérez Jiménez toma
el poder y tres
meses después dicta un decreto que disuelve a la CTV y sus
federaciones. Aparecen desde el poder persecuciones de diversa
índole. La tortura, el exilio y la clandestinidad se
convierten en sinónimos en una constante del movimiento
sindical. Sólo las organizaciones más fuertes
sobreviven, entre ellas, algunos sindicatos nacidos bajo los
auspicios de la Fraternal Unión de Dirigentes de
Acción Social Católica y del Círculo Obrero
de Caracas, promovidos por el padre Manuel Aguirre Elorriaga,
s.j.
El deseo de acabar con la represión dictatorial
propició un sentido de unidad, que lleva a la
formación del Comité Obrero de la Junta
Patriótica, que jugó un importante papel en la
convocatoria a huelga general
de tres días, hecho que culminó con la caída
de Pérez Jiménez.
Con la vuelta al sistema
democrático, la adscripción de dirigentes
sindicales a partidos
políticos entorpeció su autonomía en el
proceso de
toma de
decisiones. La lealtad al partido y el interés
propio privaron en numerosas ocasiones sobre las necesidades
reales de los trabajadores. De esta forma, los "sindicaleros"
comienzan a perder credibilidad y, en la misma proporción,
a ganar el rechazo de la opinión
pública nacional.
Los primeros grupos
sociales de obreros aparecen en la sociedad
venezolana durante las últimas décadas del siglo
XIX; pero, la clase obrera como tal, diferenciada de otras clases
por el lugar ocupado en el proceso de
producción predominante, surge y adquiere
fisonomía con la iniciación y el desarrollo en
el país de las operaciones de
exploración y explotación, programadas por los
monopolios extranjeros en la industria
petrolera. En la dinámica de nuestra sociedad, el
obrero no se distingue fundamentalmente del empleado, por cuanto
aquél es un productor de plusvalía y éste un
distribuidor de la misma. De acuerdo con una concepción
plasmada en la legislación
laboral venezolana, la separación obedecer al supuesto
predominio del esfuerzo físico en el trabajo del
obrero, como esfuerzo intelectual en el empleado. Los componentes
de la clase obrera son en su gran mayoría hombres y
mujeres jóvenes. La clase obrera comprende diversos
destacamentos, entre los cuales algunos crecen constantemente. El
de mayor importancia, sin ser el más numeroso, es el
proletariado industrial. En la clase obrera nacional se han
producido cambios cuantitativos de gran importancia en los dos
últimos años (1999-2000), determinados por la
desincorporación de grandes destacamentos que
anteriormente estructuraban la masa laboral
empresarial, la cual se ha ido despojando de un considerable
número de ellos, como consecuencia de una
apreciación de transformación estructural en el
país, sin se aprecien transformaciones cualitativas al
nivel de la inserción tecnológica.
Los triunfos históricos de la clase obrera en
diversas regiones del mundo, las revoluciones sociales que han
convertido al proletariado como clase gobernante, atemorizan a
los colonizadores modernos y sus aliados, las clases dominantes
nacionales, y los lleva a intensificar las actividades dirigidas
a conseguir la división del movimiento obrero nacional y
así obstaculizar el desarrollo de
las luchas que se van adecuando a las nuevas necesidades del
país, a las transformaciones que se operan en
él.
Para lograrlo, invierten fabulosas sumas de dinero en
propaganda que
confunde, generando a la vez, los mecanismos de corrupción
de algunos dirigentes sindicales. La división del
movimiento obrero y de los trabajadores en general, es una
finalidad permanente, que se expresa con toda nitidez en la
estructura de
los maestros y profesores, donde siete agrupaciones, con
distintos colores
partidistas, luchan por el predominio contractual. Betancourt,
desde la jefatura del gobierno, hizo de
los dirigentes sindicales afiliados a Acción
Democrática, los difusores del reformismo entre los
efectivos del movimiento obrero nacional.
Resultado de estas gestiones fue lo que se
conoció como la "paz laboral",
establecida mediante la celebración de contratos
colectivos de trabajo de larga duración, que eliminan, en
lo legal, situaciones conflictivas entre patronos y trabajadores
durante dilatados períodos, al encontrarse los sindicatos
jurídicamente incapacitados para luchar (a través
de contrataciones colectivas, se fue ajustando el tiempo de
duración, hasta lograr revisiones de contrato cada dos
años, tanto al nivel de la empresa
Esta es una categoría económica que se
refiere al "valor que
el trabajo no
pagado del obrero asalariado crea por encima del valor de su
fuerza de
trabajo y del que se apropia gratuitamente el capitalista. La
plusvalía expresa la esencia y la particularidad de la
forma capitalista de explotación, en la que el
plusproducto adquiere la forma de plusvalía.
Después de descubrir la esencia de la categoría
económica de la mercancía fuerza de
trabajo, Marx
resolvió lo que no había podido resolver toda la
economía
política que la precedió, descubrió la
fuente real que da origen a la plusvalía, puso al
descubierto la naturaleza de la
explotación capitalista, oculta tras las relaciones
mercantiles. Al organizar la producción, el capitalista
desembolsa una determinada suma de dinero para
adquirir medios de
producción y para comprar fuerza de trabajo sin perseguir
más que un objetivo:
obtener un excedente de valor sobre la cantidad e dinero inicial
anticipada por él, es decir, obtener plusvalía.
Después de descubrir la esencia de la categoría
económica de la mercancía fuerza de trabajo,
Marx
resolvió lo que no había podido resolver toda la
economía
política que la precedió, descubrió la
fuente real que da origen a la plusvalía, puso al
descubierto la naturaleza de la explotación capitalista,
oculta tras las relaciones mercantiles. Al organizar la
producción, el capitalista desembolsa una determinada suma
de dinero para adquirir medios de
producción y para comprar fuerza de trabajo sin perseguir
más que un objetivo:
obtener un excedente de valor sobre la cantidad e dinero inicial
anticipada por él, es decir, obtener plusvalía
Cuando se operan despidos masivos en la industria, se
cree que es producto de
los cambios tecnológicos, por la incorporación de
máquinas que cumplen función de
producción, lo que anteriormente realizaba un grupo de
trabajadores; pero en Venezuela, se aprecia que la maquinaria
aún es obsoleta.
Objetivos de los sindicatos
La Ley Orgánica del Trabajo en su artículo 407
establece: Los sindicatos tendrán por objeto el estudio,
defensa, desarrollo y protección de los intereses
profesionales o generales de los trabajadores y de la
producción, según se trate de sindicatos de
trabajadores o de patronos, y el mejoramiento social,
económico y moral y la
defensa de los derechos individuales de sus
asociados.
Es importante recordar que para la LOT los sindicatos pueden se
tanto de trabajadores como de patrono.
Antiguamente se hacía distinción entre sindicatos
de obreros y de empleados. La LOT ha eliminado esta
distinción.
De estos objetivos se
extraen las atribuciones y finalidades de los sindicatos. De
acuerdo al Art. 408 de la L.O.T. Los sindicatos de trabajadores
tendrán las siguientes atribuciones y
finalidades:
- Protección y defensa de los intereses
profesionales y gremiales. - Representación en las negociaciones, conflictos y
procedimientos
de conciliación. - Vigilancias en los cumplimientos de las normas de
higiene y seguridad
industrial, en la defensa del medio
ambiente, en las normas
protectoras de los diversos sectores del colectivo
laboral. - Creación de formas de mejorar
económicamente a los asociados (caja de ahorro,
cooperativas etc.)De acuerdo al Art. 409 de la LOT. Los sindicatos de
patrono tendrán las siguientes atribuciones y
finalidades:- Proteger y defender los intereses generales de
sus asociados ante los organismos y autoridades
publicas - Representar a sus miembros en las negociaciones y
conflictos colectivos de trabajo, y
especialmente en los procedimientos de conciliación y
arbitraje. - Promover, negociar, celebrar, revisar y modificar
convenciones colectivas de trabajo. - Representar y defender a sus miembros y a los
patronos que lo soliciten, aunque no sean miembros del
sindicato, en el ejercicio de sus intereses y derechos
individuales, en los procedimientos administrativos que se
relaciones con el patrono y en los judiciales, sin
perjuicio de los dispuestos en la Ley de Abogados, y en sus
relaciones con los trabajadores
- Proteger y defender los intereses generales de
- Realización de programas de
educación técnicas
y profesional así como preparación de estudios y
proyectos que
mejoren la vida profesional o la vida económica de la
nación
Vigilar el cumplimiento de las normas destinadas a
proteger a los trabajadores, la maternidad y la
familia.
3. Acción y
política de los sindicatos.
Ahora bien, ¿qué hacer para que los
Sindicatos como vehículos organizados de la clase obrera
avancen en un proceso orientado conforme a los verdaderos
intereses de los trabajadores?
Es evidente que no toda lucha de los trabajadores se ha de
expresar necesariamente a través de los Sindicatos.
Éstos, además, pueden transformarse en instrumentos
que utiliza el sistema para bloquear la lucha obrera. Por otra
parte, no puede ignorarse la importancia que reviste la
organización sindical. Una línea correcta de
acción sindical, según nuestro enfoque,
sería la de no despreciar las luchas reivindicativas, como
medio de presión,
no siendo éstas las de definición
estratégica, porque conduciría a una lucha
economicista, contraria a la proyección democrática
de participación popular. Es necesario combinarla con
mecanismos de proyección política transformadora.
Para ello es imperioso elevar el nivel de conciencia obrera
a través de las luchas reivindicativas, en la medida en
que éstas ponen de manifiesto que no bastan para lograr un
auténtico avance hacia una proyección cultural,
social, económica, política.
El paso de la lucha económica a la lucha
política, se da mediante la inserción
política de la clase trabajadora en un partido
político revolucionario, pero con una mayor independencia,
a través de la acción sindical, en cuanto
ésta se presenta como alternativa clasista y
revolucionaria y como organismo de masas. Pienso que esta
sería la mejor línea de acción del
movimiento sindical, penetrando en la esencia de las masas
obreras, en su idiosincrasia, en su cultura que
permita una lectura de su
condición y de su dirección futura.
Sería ingenuo pensar en la inserción
política inmediata de la clase trabajadora con la sola
constitución de un sindicato o una
federación y aún, de una confederación de
sindicatos. Como es bien sabido, la ampliación del
ámbito de la acción sindical comporta una serie de
fases conforme cambian las circunstancias de tiempo y de lugar
y las cuales podría resumir de la siguiente manera:
En la empresa: las
primeras formaciones sindicales surgen en el plano de la empresa, para
defenderse de los abusos de la patronal y mejorar las condiciones
de trabajo;
En las profesiones: poco a poco el sindicalismo
se va uniendo según ramas ocupacionales formando
federaciones regionales y confederaciones nacionales, con lo cual
aumenta su capacidad de negociación en orden a la defensa de los
intereses de los trabajadores;
En la economía nacional: como consecuencia de lo
indicado anteriormente, el Estado se
ve obligado a tener en cuenta a la fuerza sindical; el Estado y
los Sindicatos se relacionan, tanto en problemas que
conciernen a la política
económica nacional, como en lo que se refiere a los
intereses de la clase trabajadora. La discusión
obrero-patronal pasa a ser una discusión obrero-estado:
paritaria, y la discusión de los convenios colectivos de
trabajo, son un ejemplo del ámbito en que operan los
sindicatos en esta nueva fase.
Las prédicas de "colaboración y armonía de
clases" y la de "apoliticidad de los sindicatos" son los modos
con que se embellece la esclavitud
asalariada del sistema capitalista. Aparece aquí lo que
Jorge Abelardo Ramos llama el doble carácter
del sindicalismo:
"de un lado expresa la necesidad de los obreros para mejorar sus
condiciones de vida en la sociedad burguesa", y por el otro, "es
la correa de transmisión de la ideología burguesa en el movimiento obrero.
Este hecho se funda en una realidad evidente: el sindicalismo
propone mejorar el salario, no
suprimirlo con el fin de establecer una sociedad sin clases". En
otras palabras, el sindicalismo es para obtener mejores
condiciones de vida, pero no para constituirse en una alternativa
revolucionaria.
Con el sindicalismo negociador, han aparecido, en
Latinoamérica, los burócratas
sindicales a quienes el dirigente obrero Agustín Tosco ha
descrito como a los que manipulan ignominiosamente el movimiento
obrero y se sirven de él para todo tipo de componendas
sobre la base de reiteradas claudicaciones.
Algunos plantean la necesidad de un sindicalismo puro, es decir,
apolítico, sin reparar que todo lo que se haga por
despolitizarlo, es un hecho político (aunque se lo
niegue), pues, tiende a que los Sindicatos, con su "neutralidad
política", no cuestionan al sistema, se circunscriben a la
lucha económica y favorezcan una política
negociadora reformista. Si el sindicalismo quiere ser algo
más que un instrumento de defensa de los intereses
laborales, con tareas extensivas de asistencia y servicios
sociales, es necesario plantearse el problema en función
de la sociedad actual, lo cual implica pensar acerca de su
función política.
Si bien es cierto que el objetivo básico de los sindicatos
es la defensa de los intereses profesionales de sus miembros y de
los trabajadores en general, también es evidente que el
concepto de
"intereses profesionales" ha ido adquiriendo una amplitud cada
vez mayor. Esta ampliación de los objetivos
sindicales, supone para el sindicalismo la necesidad de abordar
un mayor número de actividades, y como consecuencia de
ello, los intereses profesionales quedan insertos en la
problemática política.
Los sindicatos, entonces, comienzan a interesarse en los problemas
políticos de la sociedad de la cual forman parte y los
partidos políticos encuentran en los "premios" una buena
"clientela", como medio para tener el apoyo electoral, o bien,
porque quieren representar los intereses de esa clase. En esta
etapa, la acción política de los Sindicatos puede
asumir distintas formas:
Acción Política de Negociación y Control.- El
sindicalismo no cuestiona al sistema, ni siquiera se plantea el
problema, opero trata de sacar de él, todas las ventajas
posibles para los trabajadores. Los empresarios han procurado
promover este tipo de sindicalismo puesto oque sirve como
grupo de
presión
contra las oligarquías terratenientes que subsisten en
algunos países de Latinoamérica, pero, además, como
instrumento de control de la
misma clase obrera.
Acción Política de Integración.- El sindicalismo está
integrado en la organización política del
Estado.
Acción Política Reformista.- Los sindicatos no
sólo negocian, sino que también buscan una serie de
reformas sociales y transformaciones estructurales, que lleven a
una mejor distribución de los bienes
económicos; pero, sin cuestionar los fundamentos mismos
del sistema. Se procura que los obreros formen parte de las
Cámaras Legislativas para tratar de asegurar una
legislación social más avanzada; en ciertos casos,
ellos integran algunos organismos del Estado tales como Consejo
Económico y Social; Comisión Tripartita;
Comisión de control de precios, etc.,
pero sin poder efectivo, ni facultades de decisión en
cuestiones de importancia. Con este tipo de sindicalismo,
gobierno y burguesía encuentran los modos de corromper y
sobornar a las capas dirigentes de la clase obrera, transformando
a dichos dirigentes en burócratas que nada harán
más allá de las reglas del juego que les
impondrá el sistema.
Acción Política Revolucionaria.- Comienza a
darse cuando las luchas obreras sacuden al sistema y lo
cuestionan en sus mismo fundamentos, pues, la vanguardia
obrera y un número cada vez mayor de trabajadores se hace
consciente de que los problemas obreros no pueden resolverse
dentro del marco del sistema capitalista, por cuanto esos
problemas son mucho más que una cuestión de
salarios,
vacaciones pagadas, buenas condiciones de trabajo,
etc.
Clasificación de los sindicatos
De acuerdo a quienes lo conforman:
La ley Orgánica del Trabajo, en su artículo 410
establece que los sindicatos pueden ser de: Trabajadores y
Patronos, el Art. 410 señala las posibilidades agremiarles
no solo los trabajadores como tradicionalmente se conoce, sino
también los empleados o patronos. Algunos fundamentan esta
clasificación en el interés de
preservar los intereses clasistas, así tenemos que el Art.
411 de la misma ley que los sindicatos de trabajadores pueden
ser:
De Empresa: La Ley
Orgánica del Trabajo, en su Art. 412 establece que "Son
sindicatos de empresas, los
integrados por trabajadores de cualquier profesión que
presten servicios en
una misma empresa, incluyendo sus sucursales, ubicadas en
distintas localidades y regiones".
Profesionales: La Ley Orgánica del trabajo (1990), en su
Art. 413 establece que "son sindicatos profesionales los
integrados por trabajadores de una misma profesión u
oficio o de profesiones u oficios similares o conexos, ya
trabajen en una distintas empresas".
El Art. 413 prevé la posibilidad de que trabajadores que
viven habitualmente de su trabajo pero sin estar en
situación de dependencia respecto a uno o varios patrones
(no dependientes), constituyen sindicatos profesionales,
reforzando el Art. 40 de la misma Ley.
De industria: La Ley orgánica del trabajo (1990) en su
Art. 414 establece que "los sindicatos de industria son los
integrados por trabajadores que presten sus servicios a varios
patronos de una misma rama industrial, aun cuando
desempeñen profesiones u oficios diferentes".
Sectoriales: Integrados por trabajadores de diferentes patronos
pero de una misma rama comercial, agrícola, de
producción o de servicio, sin
considerar tampoco la actividad que estos desempeñan;
están descritos en la Ley Orgánica del Trabajo
(1991), en su Art. 415.
De Patronos: Podemos afirmar que la legislación
vigente no define ni subclasifica los sindicatos de patronos, sin
embargo como es obvio estos están constituidos por la
representación empresarial ya sea de una misma industria
rama o comercio.
Como lo afirma Rafael Alfonso Guzmán (Nueva Didáctica – Derecho del
Trabajo 1995 Pág. 328), el sindicalismo patronal no ha
alcanzado aún en Venezuela un vigoroso desarrollo, debido
a que las cámaras de comercio y de
industria a las cuales se hallan afiliados los patrones han
venido asumiendo con idoneidad la representación de esos
intereses: Sin ser estrictamente una organización sindical
la Federación de Cámaras de Comercio y
Producción "Fedecamaras" es estimada como el más
autorizado exponente de la clase patronal venezolana. En vista de
la renuncia del sector empresarial organizarse sindicalmente
reconoce la exposición
de motivos de la Ley Orgánica del trabajo, fue consagrada
es ésta (Art.405) la novedad de "de darle a las
Cámaras de Comercio y Producción el carácter
de sindicatos patronales, cuando así lo deseen y se
inscriban en el registro
correspondiente llevado por las autoridades del
trabajo.
De acuerdo al Ámbito Territorial
Las organizaciones sindicales, según lo consagra el Art.
416 eiusdem se clasifican también de acuerdo con la
demarcación geográfica dentro de la cual ejercen
sus actividades. Según este criterio los sindicatos pueden
ser:
Locales: Aquellos que su ámbito de acción se
circunscribe a una única localidad.
Estatales: Aquellos que su limite de acción se encuadra
dentro de una unidad política territorial
específica.
Regionales: Aquellos sindicatos que ejercen su actividad gremial
en una extensión territorial equivalente a la unión
de varios estados o porción de ellos vinculados por
intereses comunes.
Nacionales: Son aquellas organizaciones sindicales cuyo radio de
acción esta enmarcada a todo lo largo y ancho de la
república. Sin embargo la existencia de estos
últimos no debe ser interpretada como excluyente del
derecho de los trabajadores de crear o mantener sindicatos
regionales o de la empresa en la
rama respectiva.
Página siguiente |