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Tipo: Sociedad Anónima Cerrada (Sociedad Anónima Ley N° 18




Enviado por sergiomacaya



     

    Indice
    1.
    Introducción

    2. Antecedentes generales de la empresa
    "Rent A Car los forjadores S.A."

    3. Recomendaciones
    Tributarias

    4. Planificación de la
    inversión en activos

    5. Crédito 4% e
    Impuestos

    6. Apéndice
    7. Conclusión
    8. Bibliografía

    1.
    Introducción

    Para una adecuada comprensión hemos separado
    Nuestro trabajo en dos partes.
    En los primeros capítulos de la Primera Parte, se detalla
    los antecedentes generales de la Empresa "Rent
    a Car Los Forjadores" en la cual se podrá conocer el giro
    de ella, sus objetivos y
    las recomendaciones tributarias tanto para los socios como para
    la sociedad.
    En la Segunda Parte se mostrará el manejo de los activos fijos, su
    planificación y los aquellos adquiridos mediante la
    modalidad de Leasing,
    explicando sus ventajas y desventajas. También se
    incluirá en esta parte el uso del 4% del Activo Fijo y
    efectos de otros impuestos.

    2. Antecedentes
    generales de la empresa "Rent A
    Car los forjadores S.A."

    Aspectos de la Sociedad
    De acuerdo a los objetivos planificados por la Empresa "Rent a
    Car Los Forjadores S.A." como para los Socios, se recomienda lo
    siguiente:
    Tipo: Sociedad
    Anónima Cerrada (Sociedad Anónima Ley N° 18.046
    de 1981)
    Giro: Empresa de Arrendamiento de Vehículos.
    La Sociedad se constituyó en Enero del 2001, según
    escritura
    pública protocolizada. Su extracto se inscribió en
    el registro de
    Comercio y fue
    publicada en el Diario Oficial en Febrero del 2001 (dentro del
    plazo legal de 60 días).
    La
    Administración de la sociedad, estará a cargo
    del socio que tenga mayor porcentaje de participación en
    la Empresa.
    La Administración mantendrá un
    depósito a plazo renovable según sean las
    necesidades de la empresa.
    Las ventajas tributarias de una Sociedad Anónima Cerrada
    son:

    • El sueldo en una Sociedad Anónima Cerrada es
      sin tope (gasto Ley Renta Art. 31 N°6).
    • Una Sociedad Anónima no se debe inscribir en
      el registro de Servicio de
      Valores y
      Seguros
      (SVS).
    • No está obligada a publicar los balances en el
      Diario Oficial.

    Objetivos de la empresa:

    1. Consolidarse y posicionarse en el Mercado en
      el corto plazo para extender nuestra cobertura a otros puntos
      del país.
    2. Ofrecer a nuestros clientes una
      amplia variedad de vehículos catalíticos,
      último modelo y de
      diversas marcas que
      satisfagan cada una de sus necesidades.
    3. Garantizar que el Servicio prestado por la empresa
      cumpla con los mayores grados de seguridad al
      considerar daños propios y al proteger todos los
      asientos de pasajeros.
    4. Establecer estrechas relaciones con Hoteles, Empresas y
      otras del Comercio en general por medio de beneficiosas
      tarifas.
    5. Entregar una atención personalizada y
      rápida.

    3. Recomendaciones
    Tributarias

    Recomendaciones tributarias para la sociedad:

    • La Empresa es una Sociedad Anónima Cerrada, es
      regida por la Ley N° 18.046 de 1981 y Reglamento, Decreto
      Supremo N° 587 del Ministerio de Hacienda del 04-08-82 y
      sus modificaciones, por lo tanto debe tributar bajo Ley de la
      Renta 824, Articulo N° 5.
    • Esta Empresa esta afecta por el Impuesto de
      1era Categoría por la renta
      grabada.
    • Al ser una Empresa de
      1era Categoría, esta Empresa deberá
      llevar un auxiliar de la Contabilidad
      denominado Fondo de Utilidades Tributarias (FUT.).
    • Como norma general la empresa debe llevar
      contabilidad completa y Balance
      General.
    • El Balance general debe comprender periodos
      tributarios de 12 meses y cursarse el 31 de Diciembre de cada
      año, pudiendo ser el primer año una cantidad de
      meses inferior si la creación de la Empresa no fuera
      desde Enero.
    • Deberá cumplir con el sistema de
      Pagos Provisionales Mensuales (P.P.M.)
    • Todos los gastos ya sean
      (suministro, repuestos, combustible) son un gasto aceptado por
      el giro de la Empresa.
    • Afecta a Corrección Monetaria del Art. 41 Ley
      Renta.
    • Tributa por ingresos
      percibidos o devengados.

    Recomendaciones tributarias para los socios:

    • Los socios estarán afectos al impuesto del
      global complementario por: 1) los dividendos y demás
      cantidades distribuidas por la sociedad; 2) los retiros que
      efectúen o distribución de utilidades
      tributables.
    • Los dividendos están directamente relacionados
      con la proporcionalidad de sus aportes de capital. Los
      cuales serán anuales de acuerdo a lo obtenido en la
      utilidad del
      periodo en curso.
    • En caso que la empresa arrojare pérdida, los
      socios no podrán hacer uso de su dividendo.
    • Los socios al igual que el personal
      existente tendrá un sueldo mensual de acuerdo a la
      responsabilidad que tenga (proporcional al
      cargo).
    • No se podrá distribuir el 100% de las
      utilidades, sólo el porcentaje que se estime conveniente
      en común acuerdo, teniendo presente las necesidades de
      la Empresa, tanto externo como interno.
    • El Objetivo de
      los socios es capitalizar el Patrimonio e
      incrementar al máximo su riqueza.

    Aportes De Capital
    Rent a car Los forjadores S.A. esta formada por 4 socios, todos
    mayores de edad y de nacionalidad chilena. El aporte de capital
    hecha por los socios es de un total de $ 800.000.000 en efectivo,
    los cuales son aportados de la siguiente forma:
    Socio A 25% 200.000.000
    Socio B 25% 200.000.000
    Socio C 30% 240.000.000
    Socio D 20% 160.000.000
    Total $ 800.000.000

    4. Planificación de
    la
    inversión en activos

    Activos Fijos
    Adquisiciones De Activos Fijos
    Adquisición de vehículos al Contado:
    La Empresa a efectuará una compra de 10 vehículos
    los cuales fueron adquiridos al contado por lo que la empresa
    podrá utilizar el crédito
    del 4% como rebaja al impuesto a la renta.
    Adquisición de Bien Raíz:
    La Sociedad comprará un bien raíz a través,
    de un Crédito Hipotecario a 12 años plazo, el cual
    será utilizado como oficina central,
    por un valor de $
    80.000.000.
    A su vez se realizarán
    arrendamientos de dos sucursales que serán pagados
    mensualmente por un valor de $ 1.500.000 cada una. Se tomó
    esta medida, ya que al arrendar, la empresa tiene la ventaja de
    poder
    trasladarse a otras comunas, para así poder potenciar el
    mercado e ir a zonas idóneas para el giro.

    Activos Fijos en Leasing
    Adquisición de Activo por financiamiento
    vía leasing:
    La empresa decide adquirir 10 vehículos utilizando el
    financiamiento mediante contrato leasing.
    El valor total estipulado en el contrato es de $ 81.310.550,
    correspondiente a 5.000 U. F. por $ 16.262,11(Valor U. F.)
    Desde el punto de vista tributario cada cuota mensual del leasing
    se considera "gasto" en calidad de
    arrendamiento y sólo al ejercerse la opción de
    compra se comienza a corregir y depreciar, debido a que ya son
    propios
    En materia
    Financiera el leasing puede tratarse de igual forma que los
    demás activos, en lo que corresponde a Depreciación y Corrección
    Monetaria.
    Utilizaremos el financiamiento vía leasing, porque la
    Empresa obtendría tres tipos de ventajas: Tributarias,
    Financieras, y de Gestión.

    Ventajas Tributarias:
    La adquisición de los Bienes del
    Activo Fijo presenta una ventaja relativa, esencialmente por el
    efecto de redistribución de la depreciación del
    Activo fijo que consiste en la reducción de la base
    imponible en determinados ejercicios logrando su
    postergación en el tiempo. La
    posibilidad de poder utilizar la depreciación acelerada
    aparece como una ventaja reconocida y que tiene efectos directos
    en el monto de tributos de la
    Empresa. El arrendatario, al utilizar el Leasing, capitaliza en
    su balance el valor total de sus rentas, y la porción
    correspondiente al valor del activo arrendado es depreciada en
    forma normal, tal como en el caso que se hubiera adquirido al
    contado.

    Ventajas Financieras:
    Una de las principales ventajas del leasing financiero es el
    Financiamiento Total de la Operación, que a través
    de él se logra adquirir un bien sin tener que efectuar un
    desembolso, excepto, la primera cuota por el primer mes o periodo
    de tiempo de uso del bien.
    Maximizar conservación del Capital de
    Trabajo, considerando que la adquisición de bienes y
    equipos por la vía de leasing requiere menos gastos que
    cualquier otra forma de financiamiento y que las rentas de
    arrendamiento son distribuidas normalmente en el largo plazo, es
    que el capital de trabajo de la Empresa queda disponible para su
    uso en la forma más eficiente en el giro de la misma. Si
    los bienes derivados de la conservación de capital de
    trabajo son comparados con los costos que
    acarrea, se concluye que la alternativa de financiamiento a
    través de leasing genera ahorro y
    produce economías reales.
    Aumento en la capacidad de endeudamiento, permite aumentar la
    capacidad de endeudamiento, pues, además de conservar las
    líneas de crédito, se obtiene un financiamiento
    adicional por leasing.
    Permite resolver operaciones con
    Flexibilidad y Rapidez, Esto cuando más se trata de
    satisfacer necesidades de inversión de bienes capitales
    tal que, por su volumen y origen
    sectorial, puede ser altamente financiadas por instituciones
    de crédito y otras que se orientan a desarrollar
    determinados sectores. Las compañías de leasing han
    demostrado ser más adaptables que los Bancos u otras
    instituciones en relación con las estructuras de
    contratos. Los
    pagos de arrendamiento pueden variar de acuerdo a las
    expectativas de ingresos de los arrendamientos.
    Conservación de las condiciones de Compra al Contado, el
    operar con leasing significa mantener las ventajas que se puede
    obtener en la compra al contado de bienes.
    Facilidad de la renovación tecnológica, resuelve el
    problema de obsolescencia tecnológica. Es relativamente
    fácil y económico reemplazar los equipos objetivo
    del contrato antes de que estos estén obsoletos o se
    tornen ineficientes y poco rentables.
    No-disgregación de la Propiedad de
    la Empresa, evita la disgregación de la propiedad de la
    Empresa, cuando una empresa se requiere de fuerte
    inversión por nuevos equipos, es frecuente que se
    evalúes la factibilidad de
    financiar el proyecto con
    aumentos de capital o emisión de acciones de
    pago, esta decisión necesariamente implica dividir la
    propiedad de la empresa entre los nuevos socios, lo que genera
    una pérdida o reducción en el grado de producción de la
    compañía.

    Ventajas de Gestión:
    Facilidad en el costeo, el sistema de leasing por su estructura y
    forma, facilita de manera práctica y sencilla el costeo de
    los equipos nuevos agregados a la función de
    producción.
    Agilidad en la toma de
    decisiones, por las características de ser un contrato
    asimilable financiero y jurídicamente a un arrendamiento,
    en el sentido que es un contrato en cuotas, el leasing puede ser
    resuelto en niveles técnicos o directamente vinculados con
    la operación de equipos.

    Desventajas del Leasing
    Una de las desventajas que tiene el leasing es el Precio. En la
    medida que no tengan acceso a ahorro primario, está el
    crédito bancario. Sin embargo el progresivo acceso de
    estas empresas a recursos o flujos
    provenientes de instituciones de financiamiento multinacional,
    así como las posibilidades de captación de proveer
    financiamiento de largo plazo a tasas de
    interés competitivo.

    Decisión Gerencial con respecto al Activo
    Fijo:
    Se ha establecido que los Activos Fijos, tanto los adquiridos al
    contado como los adquiridos mediante leasing, se
    depreciarán aceleradamente, lo que corresponde a un tercio
    de la vida útil, ya que por el giro de la empresa estos
    serán sometidos a un uso extensivo, lo que puede
    significar un deterioro mayor o menor a lo normal.
    Los Activos fijos de menor envergadura serán adquiridos al
    contado y aquellas que signifiquen una inversión mayor
    serán adquiridos a través de arrendamiento o por
    medio de contrato leasing.

    5. Crédito 4% e
    Impuestos

    Crédito 4% Del Activo Fijo
    Requisitos para optar al crédito del 4%.
    La Empresa podrá hacer uso del crédito del 4%, del
    valor de adquisición de bienes físicos del activo
    nuevo siempre que la Empresa obtenga utilidades tributarias al 31
    de Diciembre, que la empresa tribute en 1era
    categoría con contabilidad completa y que el monto del
    Crédito no pase del límite de 500 UTM.
    Este crédito del 4% del valor de la adquisición de
    estos bienes nuevos del Activo Fijo también
    incluirá los adquiridos mediante la modalidad de leasing,
    haciéndose válido este beneficio en el ejercicio en
    que los bienes puedan ser utilizados o cuando entren en
    funcionamiento y en el que, como unidad determinada y definida,
    pueda ser aplicable el reajuste que señala la ley de la
    Renta en el Art. 41 N°2 DL 825. Los bienes adquiridos
    mediante la modalidad de leasing darán derecho al
    crédito en el ejercicio sobre el cual se celebre dicho
    contrato, es decir, con opción de compra.

    Ventajas de la utilización del Crédito del
    4%
    Utilizar el 4% nos significaría un menor costo de
    adquisición debiendo deducirlo en la proporción que
    corresponda a los correspondientes costos cuando termine el
    ejercicio.
    Se puede utilizaremos este crédito para los bienes tomados
    en arrendamiento con opción de compra (adquiridos por
    leasing), el crédito que ello origina se podrá
    abonar a los resultados del ejercicio. De esta manera se
    revertirá el cargo a pérdida de las cuotas de
    arrendamiento pagadas o que se encuentran adeudadas durante el
    ejercicio.
    También, si llegase a quedar algún remanente este
    lo registraríamos como un ingreso anticipado y lo
    abonaríamos a los resultados de los siguientes ejercicios,
    hasta que este remanente se agote definitivamente.

    Impuesto Al Valor Agregado (I.V.A.)
    El impuesto al valor
    agregado de esta Empresa se devengará al momento de
    emitirse la factura o
    Boleta. Dicha factura deberá emitirse al momento en que se
    perciba el pago o parte de éste cuando sea a
    crédito.
    El Crédito fiscal debe
    hacerse efectivo mediante la Imputación del Débito
    Fiscal del mismo mes en que tuvo lugar la contratación del
    Servicio. Relacionado con este último requisito el Art. 24
    del DL. 825 ha autorizado que tratándose de facturas
    recibidas por el cliente en el mes
    siguiente o en el subsiguiente a la fecha de su emisión al
    IVA recargado
    en ellas puede ser utilizado como Crédito Fiscal
    imputándolo al Débito Fiscal correspondiente al mes
    siguiente o subsiguiente de la emisión del documento esta
    norma se hace extensible para la recepción de Notas de
    Crédito y descuentos que se perciban en similares
    condiciones.

    IVA Crédito Fiscal Proporcional
    Por las actividades propias de "Rent a Car Los Forjadores S.A.",
    la empresa estará afecta al Crédito Fiscal
    Proporcional contenido en el Art. 43 de la Ley del IVA.
    Las compras de bienes
    o contratación de servicios
    gravados, destinados únicamente a las operaciones gravadas
    con el IVA dan derecho a crédito fiscal por el monto total
    del IVA recargado en las facturas respectivas, equivalente al
    18%.
    Las compras de bienes o contratación de servicios
    destinados exclusivamente a operaciones no gravadas o exentas del
    impuesto, no dan derecho a crédito fiscal por el monto
    total del IVA recargado en las facturas respectivas, por lo tanto
    es considerado un mayor costo de adquisición o
    contratación se trata de bienes o servicios
    respectivamente.
    Cuando se trata de contratación de servicios que se
    destinen simultáneamente a operaciones gravadas, no
    gravadas o exentas del impuesto, dan lugar al denominado
    Crédito Fiscal Proporcional, el cual equivale a la
    proporción porcentual entre los servicios gravados con el
    impuesto y los servicios totales
    El porcentaje o proporción porcentual determinado se
    aplicará sobre el total de los IVA recargados en las
    facturas de bienes adquiridos o servicios contratados, siempre
    que sean de utilización común, es decir, de tales
    compras o servicios contratados se destinen indistintamente a la
    generación de actividades gravadas o exentas. Lo que
    originará el crédito fiscal que puede utilizarse en
    el periodo respectivo.
    El IVA que de acuerdo a este procedimiento, no
    constituya en definitiva crédito fiscal, será
    considerado como un gasto general de la empresa, imputable y no
    al costo de los bienes o servicios
    recibidos

    6. Apéndice

    Anexo I.-
    Antecedentes de la empresa con respecto a la prestación de
    servicios:

    Formas de pago Empresa "Rent a Car Los
    Forjadores":

    • Al contado.
    • 3 cheques
      precio contado.
    • Tarjeta de crédito.

    La tarjeta de crédito consta de lo siguiente:
    Comisión fija
    Mas un porcentaje proporcional a la Venta.
    El pago del servicio será depositado
    automáticamente en la Cuenta Corriente de la Empresa.
    A su vez el arrendador deberá dejar un Cheque en
    garantía el que podrá ser llenado luego con la
    cantidad que pueda salir el correspondiente Servicio.
    El arrendador al contratar los servicios deberá contar con
    ciertos requisitos:
    Mayores de 22 años.
    Cédula de identidad o
    pasaporte
    Licencia de conducir al día
    Casos empresa "rent a car los forjadores"

    CASO N° 1:
    La Empresa "Rent a Car", cuando emite una factura por la
    contratación de servicio debe tener presente que pueden
    haber operaciones afectas a Impuesto al Valor Agregado o exenta
    de éstas. Por ejemplo, si se realiza el arrendamiento de
    un vehículo con chofer y otro arrendamiento sin chofer
    ¿Cómo explicaría esta situación en
    cuánto al impuesto?.
    Solución:
    Dado el giro de nuestra empresa, hemos observados dos tipos de
    operaciones:
    1) Al arrendar un vehículo con chofer sólo queda
    afecto a IVA el servicio prestado del vehículo, ya que los
    servicios del chofer quedarían exento al tratarse de
    servicios personales.
    2) Al arrendar solamente el vehículo, es decir, sin
    chofer, esta operación quedaría afecto a IVA.
    Según el Art. 43, D.L. 825, cuando se trata de
    contratación de servicios que se destinen
    simultáneamente a operaciones gravadas, no gravadas o
    exentas del impuesto, dan lugar al denominado Crédito
    Fiscal Proporcional, el cual equivale a la proporción
    porcentual entre los servicios gravados con el impuesto y los
    servicios totales

    Caso n° 2:
    Es el último día del año y una importante
    empresa internacional ha contratado nuestros servicios.
    ¿Cuál debería ser el tratamiento financiero
    y tributario al 31 de Diciembre para los vehículos en
    arriendo?
    Solución:
    Tributariamente: Se deberán provisionar todos los costos
    que se incurran en el arrendamiento, es decir, seguros, sueldos,
    etc.
    Financieramente: Se devengará el impuesto en el momento en
    que se produzca el ingreso.

    Caso n° 3:
    La Sociedad adquiere vehículos mediante un financiamiento
    leasing y al término del ejercicio quiere hacer uso del
    crédito del 4% de activo Fijo. ¿La Sociedad
    podrá hacer uso de este crédito?
    Solución:
    La empresa puede utilizar el 4% de crédito, si los bienes
    tomados en arrendamiento, han sido con opción de compra.
    El crédito que ello origina se podrá abonar al
    resultado del ejercicio, en ese caso el crédito se
    calculará sobre el monto del contrato.

    7.
    Conclusión

    Al término de este taller, hemos confirmado la
    necesidad imperiosa en nuestra Profesión de tomar para
    cada situación la más adecuada decisión para
    que la empresa pueda así cumplir con sus metas trazadas,
    perdurar en el mercado maximizando los recursos que posee y
    cumplir satisfactoriamente con las obligaciones
    tributarias que le son propias a su Giro.
    Así, por ejemplo, para que este proyecto de "Rent a Car"
    se cumpliera según los objetivos, se utilizó
    financieramente un contrato de leasing para la adquisición
    de los vehículos pues en el aspecto tributario estos
    gastos son aceptados, con lo cual se rebajarán nuestros
    tributos.
    Consideramos, que un detallado análisis
    financiero y tributario de la situación del tipo de
    Empresa, de los socios o accionistas y de todo lo que le rodea
    nos permitirá mejorar nuestro enfoque acerca de los pasos
    por los cuales nos debemos guiar para proceder de la mejor manera
    en la Auditoría y
    Planificación Tributaria.

    8. Bibliografía

    Recopilación Tributaria y Laboral;
    José Fajardo
    Apuntes Cátedra Derecho
    Tributario, D. L. 825; José Soto
    Ley de Renta; D. L. 824
    Circular N° 1501 de la Superintendencia de Valores y Seguros
    de Chile
    Internet
     

     

     

     

    Autor:

    Ana Amigo
    Sergio Macaya

    Marcela Romo
    Pablo Villouta

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