El Desarrollo Forestal Posible de la Venezuela Socialista del siglo XXI (página 4)
Con esta política el Estado venezolano
conseguirá bajar significativamente su dependencia de la
explotación petrolera, diversificará su
producción, incrementará importantemente su
economía, elevará el nivel de vida de su
población, asegurará un mejor patrimonio para las
futuras generaciones de venezolanas y venezolanos,
responderá a su compromiso con la humanidad y el mundo y,
lo más importante, modificará favorablemente
nuestra cultura y por tal la relación pueblo venezolano –
naturaleza.
Políticas
asociadas
Como ya sabemos, una política para el desarrollo
forestal debe estar enmarcada en una política sobre
Aprovechamiento de nuestros Recursos Naturales y esta, a su vez,
dentro de una política sobre Ambiente y Desarrollo y debe
incluir políticas sobre Patrimonio Forestal, Recursos
Forestales, Bosques Naturales, Tierras Forestales y
Organización socio productiva forestal, entre varias
otras.
Muchas de las líneas que deben contemplar estas
políticas "asociadas" a la de Desarrollo Forestal ya
están señaladas por nuestra Constitución
Nacional y por la Ley – Programa (54) Algunas
líneas que deberían contener estas políticas
son:
AMBIENTE y DESARROLLO:
El Ambiente es de todas y todos. Es NO –
mercadeable.Deber del Estado y actores sociales en brindar un
ambiente sanoEntregar un mejor ambiente para el futuro
Sólo se podrán ejecutar proyectos que
puedan compensar (prevenir, mitigar o corregir) los Impactos
Ambientales Negativos que originen.
APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES:
Los recursos naturales son, unos, propiedad del
Estado, otros, propiedad social o de colectivos. Los mismos
son inalienables.Los recursos naturales son instrumento de desarrollo
del pueblo.El aprovechamiento de los recursos naturales
sólo se justifica cuando es para producir beneficio
social.
PATRIMONIO FORESTAL:
Como tal, es de interés social y utilidad
pública. Protegidos por el Estado.Como tal, estamos obligados a legarlo a las futuras
generaciones en igual o mejores condiciones.Es la herramienta clave para emprender el desarrollo
forestal del país.El Estado y Gobierno desplegará un plan para
el engrandecimiento y fortalecimiento del patrimonio
Forestal.
RECURSOS FORESTALES EN GENERAL:
De interés nacional y utilidad
pública.Reconocimiento de su papel fundamental para la
existencia de la humanidadReconocimiento de su papel estratégico para
el desarrollo armónico nacional.Reconocimiento de la complejidad sistémica de
estos recursos y de nuestro escaso conocimiento sobre
ello.Responsabilidad primaria de preservarlos.
Intención de incrementarlo y mejorarlo para
las futuras generaciones.
BOSQUES NATURALES:
Necesidad y compromiso de preservarlos.
Intención de mejorarlos y de incrementar su
superficie.Posibilidad de aprovecharlos solamente si se
garantiza su estabilidad estructural y funcional.El Bosque Alto solamente podrá aprovecharse
una sola vez con fines madereros. Dejar a las futuras
generaciones la decisión sobre nuevas intervenciones
madereras.
TIERRAS FORESTALES:
Destinadas al desarrollo de proyectos
forestales.Compromiso de evitar su
degradación.Necesidad de incorporar proyectos agrícolas y
pecuarios acompañando todo proyecto forestal que en
ellas se establezca.Sometimiento a legislación
especial.
Pero existen otras políticas asociadas a lo
forestal que deben definirse también, como por ejemplo:
Investigación, Fomento, Estímulo a la
organización social productiva, etc.
Comparación de las Metas
planteadas
Para quien le parezcan demasiado ambiciosas o
irrealizables las metas que planteo en la definición
política propuesta (base para el debate y
construcción colectiva final) primero digo que, como
país, tenemos con qué hacerlo, dónde hacerlo
y sabemos cómo hacerlo. Segundo, permítanme
señalar algunas cifras sobre metas contemporáneas
de establecimiento de plantaciones forestales que adelantan
varios países latinoamericanos:
Colombia. Plan de Acción para la
Reforestación Comercial, 2011 – 2014 (56) Meta:
Contar con 600.000 Hectáreas de plantaciones
forestales comerciales para el año 2014. Reto:
Establecer 250.000 hectáreas de plantaciones
comerciales en tres años (2012, 2013, 2014)Brasil. Para la década de los 60 este
país hermano contaba con 200.000 hectáreas de
plantaciones forestales. Para el año 2002
poseía poco más de 5.000.000 de
hectáreas (8) Para el año 2012, 7
millones de Has., y pretende llegar a la cifra de 10 millones
de hectáreas de plantaciones forestales para el
año 2020 (9) Esto es, establecer tres (03)
millones de hectáreas en ocho años, es decir,
unas 375.000 has anuales.Méjico. Con su Plan Estratégico
Forestal 2001 – 2025 (57) este país hermano
pretende establecer dos (02) millones de hectáreas de
plantaciones forestales en diez (10) años, desde el
2016 hasta el 2025, cuando alcanzarían los 2,5
millones de hectáreas totales de plantaciones
forestales. Esto es 200.000 has anuales de
plantaciones.Ecuador. El Plan Nacional de Forestación y
Reforestación (58) contempla el establecimiento
de 50.000 hectáreas anuales de plantaciones durante 20
años.Perú. En su Plan Nacional de
Reforestación elaborado en el 2005 (59) este
hermano país contempla el establecimiento de 50.800
has anuales promedio de plantaciones forestales a partir del
2008, para alcanzar la meta de 864.500 has en total para el
2024.
56. PLAN DE ACCIÓN PARA LA REFORESTACIÓN
COMERCIAL. Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Gobierno
de Colombia. Bogotá. Agosto de 2011.
57. PLAN ESTRATÉGICO FORESTAL PARA MÉXICO
2025. Secretaría del Medio Ambiente, Recursos Naturales y
Pesca de México – Gobierno de Finlandia – BID.
México D.F. Junio de 2001.
58. PLAN NACIONAL DE FORESTACIÓN Y
REFORESTACIÓN DEL ECUADOR. Ministerio del Ambiente de la
República del Ecuador – BID. Ecuador 2011.
59. PLAN NACIONAL DE REFORESTACION PERÚ.
Instituto Nacional de Recursos Naturales, Ministerio de
Agricultura, Gobierno del Perú. Lima. Diciembre
2005.
Honduras. En su Estrategia de Reforestación
Nacional 2011 (60) este hermano país
centroamericano se plantea el establecimiento, por parte del
Gobierno, sin incluir las iniciativas comunitarias y
estrictamente privadas, de 140.000 has de plantaciones
forestales en tres años (2012, 2013, 2014) La meta
final de su Plan Nacional es de establecer a largo plazo 1,4
millones de hectáreas.
Nosotros tenemos una capacidad semejante a la de Brasil;
tierras forestales, poder financiero, experiencia técnica
científica y operacional. Incluso poseemos una gran
ventaja comparativa: Pueblo en revolución.
Sobre la meta del millón de hectáreas en
sistemas agroforestales y Agrosilvopastoriles, las bases de la
pretensión son las tres siguientes:
El conocimiento científico con respaldo
vivencial del hecho que la incorporación del elemento
arbóreo, especialmente de leguminosas, en los
agroecosistemas aumenta la productividad de estos, su
resistencia al ataque de plagas y enfermedades y mejora la
fertilidad de los suelos. La producción
agrícola vegetal, la producción de carne y la
producción de leche, aumentan.El hecho que la incorporación de elementos
arbóreos en las unidades de producción
agrícola y pecuaria significa nuevas fuentes de
insumos (madera para estantes, leña, carbón)
diversifica su producción y aumenta el valor de los
predios. Por estas dos razones, de lo que se trata es de
promocionar la idea y apoyar a nuestros productores rurales,
quienes, sin duda, dadas las facilidades
acompañamiento y beneficios, acogerán con
beneplácito tal propuesta.El hecho de que en el país existen (para el
2007 – 2008) 424.256 unidades de producción
agropecuaria, que juntas suman 27.073.879 Has, para una
superficie promedio de unidad de producción
agropecuaria de 64 Has (61) Lograr que los productores
dediquen, al menos dos (02) en promedio tres (03)
hectáreas de sus unidades de producción a
sistemas combinados, sería el reto.
60. ESTRATEGIA DE REFORESTACION NACIONAL 2011. Instituto
de Conservación y Desarrollo Forestal, Gobierno de
Honduras. 2011
61. VII CENSO AGRICOLA 2007 – 2008. Ministerio del Poder
Popular para la Agricultura y Tierras – Instituto Nacional de
Estadística. Carcas, Venezuela.
Propuesta para el
debate
Repito, lo que aquí planteo son solamente
propuestas. Propuestas para la discusión y
construcción colectiva de la o las políticas
necesarias.
Lo importante es la participación decidida de
todas las fuerzas sociales progresistas en esta materia. Gobierno
Central, demás Gobiernos, empresariado real, academias,
gremios y otros colectivos, pueblo organizado.
PROPUESTAS SOBRE ESTRATEGIAS PARA
EL DESARROLLO FORESTAL VENEZOLANO
Asociado a la definición política, viene
el conjunto de estrategias de despliegue de ella. He aquí
mis propuestas a este respecto.
Un Plan Nacional de Desarrollo
Forestal (PNDF) y Planes Asociados
En acuerdo de unas metas y plazos, confiados en nuestras
fortalezas, conscientes de nuestros riesgos y amenazas, contando
con los recursos comprometidos y necesarios, toca elaborar los
planes de trabajo. Esta planificación por supuesto es
multidisciplinaria.
A este nivel hablamos del plan macro y general que
defina y ordene las grandes tareas políticas y
estratégicas con sentido integral coherente y
orgánico y visión completa de los tiempos (corto
mediano y largo plazo)
Este plan macro deberá multiplicarse en planes
temáticos, de acuerdo a las líneas generales de
acción – metas (grandes programas):
Manejo del Bosque Natural Alto (Productor y Bajo
Protección Absoluta)Plantaciones Forestales con Objetivo
FabrilSistemas Forestales para la Conservación y
Recuperación AmbientalManejo del Bosque Secundario, de Galería y
del Monte Espinoso TropicalSistemas Agro Forestales (y Agro Silvo
Pastoriles)Arboledas Urbanas y Peri Urbanas
El plan macro también debe generar planes
temáticos "transversales":
Organizativos
Financieros
De Equipamiento
De Divulgación y Extensión
EducativaDe Aseguramiento del Recurso (Vigilancia,
Protección)De Activación del Patrimonio Forestal
NacionalDe Abordaje Geográfico
Todos estos planes deberán desmenuzarse,
profundizar en ellos y detallarlos suficientemente, hasta derivar
en planes estratégicos / tácticos y perfectamente
tácticos / operativos:
Planes a 25 años.
Planes a 10 años
Planes a 5 años
Planes Bi anuales, y
Planes anuales.
Cada uno de los planes a elaborarse deberá contar
con las herramientas gerenciales necesarias para su seguimiento,
control, evaluación y retroalimentación (ajustes)
Cronogramas, plazos, metas intermedias, formas y métodos
de observación y análisis, indicadores de
gestión, deben estar incluidos.
Un Órgano Rector del
Desarrollo Forestal
Esta es pieza clave del éxito de la presente
propuesta. Un solo organismo centralizador de todo el asunto
forestal venezolano.
Uno de los inconvenientes actuales al posible desarrollo
máximo del sector es la desagregación del tema. El
MPPAMB marcha por su lado con la ENFS, Árbol Misión
Socialista, CONARE y otros. El MPP para la Industria conduce
Maderas del Orinoco, la Empresa Básica de Pulpa y Papel
c.a. (PULPACA) entre otras y todo el asunto de las plantaciones
industriales (Plan Forestal Industrial de la Patria. 25)
Maderas del Alba creo, sigue adscrita al MPPAyT. Cada quien con
las mejores intenciones. Asumo que incluso estos ministerios
deben estar "coordinando" pero en todo caso se trata de planes y
programas aislados o separados que, como lo demuestra la realidad
de los hechos, lo que ha producido son tímidas iniciativas
(casi todas) sin ligazón orgánica y con notable
ausencia del elemento político estructurante.
La conducción de un plan nacional, macro,
complejo e integralmente orgánico, requiere de una sola
autoridad rectora, una sola dirección, una misma instancia
decisora. Un solo ente que permita la coherencia y fluidez
necesarias de todo el desarrollo. Una potencia que trabaje
única y exclusivamente, a tiempo completo y
dedicación exclusiva sobre el tema forestal y el PNDF. Un
"ÓRGANO RECTOR NACIONAL DEL DESARROLLO FORESTAL" (ORNDF)
es mi propuesta.
Un solo organismo con facultades de planeación y
ejecución, coordinación y promoción de todo
lo relacionado al tema forestal, tanto productivo como de
conservación, igual sobre nuestros bosques naturales,
tierras forestales y plantaciones con diversos fines, en general
sobre todos los recursos forestales y buena parte del patrimonio
forestal también; sobre toda actividad primaria forestal
así como del procesamiento industrialización y
colocación de los bienes y servicios forestales. Que
trabaje junto y para el pueblo organizado, también con los
emprendedores privados particulares, pero siempre enarbolando la
bandera de la construcción del socialismo, de las EPS y
las Comunas.
Un solo organismo planificador sin duda otorga
garantías de coherencia y organicidad. Un solo organismo
ejecutor representa certidumbre de oportunas respuestas, de
acciones sólidas y contundentes. Necesitamos de acierto,
efectividad y eficiencia.
Propongo la constitución de una
CORPORACIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO (Uso,
Conservación y Mejoramiento) FORESTAL, que funja como casa
matriz de varios conglomerados de empresas de propiedad social y
otros entes. Sería una corporación de desarrollo,
no amarrada a lo geográfico como nuestras tradicionales
corporaciones regionales, sino ligada a lo temático: el
asunto forestal.
Esta propuesta de creación de una
Corporación Nacional para el Desarrollo Forestal, puede
soportarse legalmente en el artículo 236, numerales 2 y 11
de la Constitución Nacional, en la Ley Orgánica de
Administración Central y con los artículos 13 y 98
de la Ley de Bosques (15) que expresa textualmente lo
siguiente:
Art. 13: Son empresas forestales del estado las creadas
o por crearse, cuyo objeto se refiera a la producción
sustentable de bienes y beneficios derivados del bosque y
demás componentes del patrimonio forestal, quedando
sujetas, en consecuencia, en sus objetivos y fines, a los
lineamientos de la Política Nacional Forestal.
Art. 98: El Ejecutivo Nacional, en el marco de los
programas de promoción y fomento al desarrollo industrial
forestal podrá constituir empresas públicas o
mixtas e implementar otros mecanismos de inversión
pública directa, con el objeto de incrementar y
diversificar la producción e industrialización de
productos forestales.
A esta corporación nacional estarían
adscritas todas las estructuras públicas y
socioproductivas que hayan de constituirse para el desarrollo del
tema forestal. También a esta corporación
pasarían en adscripción todas las estructuras
públicas y mixtas que sobre el asunto forestal existen ya
en el país, desligándolas de sus actuales
ministerios de adscripción, a saber, entre otras: ENFS
(quien bajo esta propuesta estratégica termina de perder
su justificación de vida) Árbol Misión
Socialista, CONARE, el Laboratorio Nacional de Productos
Forestales, la Fundación IFLA, Maderas del Orinoco,
PULPACA, Maderas del Alba, etc. Esto permitiría la
convergencia orgánica y sincronización de todo el
accionar público sobre lo forestal. El ORNDF
tendría la potestad de finiquitar, modificar, fusionar o
ajustar, la naturaleza objetos sociales y actuación de
estos órganos.
Este órgano rector nacional (ORNDF)
debería estar adscrito directamente al Despacho del
Vicepresidente de la República (Vicepresidencia para el
área económica) bajo supervisión directa y
en coordinación permanente con los ministerios de
Ambiente, Industrias, Agricultura y Tierras y Comunas. Creo que
los ministerios del poder popular de Ciencia, Tecnología e
Innovación y para la Defensa, también
deberían participar en esa colegiatura. Igualmente, el
Consejo Federal de Gobierno (CFG) dada su facultad rectora y
planificadora en cuanto a descentralización, transferencia
de poderes al pueblo soberano y planificación de Distritos
Motores de Desarrollo, está llamado a participar en
primera línea de la iniciativa socialista de desarrollo
forestal.
Este Órgano Rector Nacional de lo Forestal, para
mí ya tiene nombre: Corporación Forestal
Bolivariana.
El Ordenamiento Territorial
Especial Forestal. Los Distritos Motores
Forestales
Identificar los grandes espacios del país sobre
los cuales se desplegaría el PNDF es tarea fundamental.
Identificarlos y darles personalidad jurídica y funcional.
Estos espacios se corresponden con sub regiones
geográficas conformadas por una superficie continua de
territorio con aptitud forestal y/o agroforestal. Obviamente
nuestras reservas forestales, las tierras incluidas en el decreto
1.660 (5) y las subregiones agropecuarias del país,
pertenecen a estos "espacios forestales".
Hablo de un "Ordenamiento Territorial Especial"
concebido y hecho realidad para atender el tema del desarrollo
forestal nuestro y sin menoscabo a otras actividades que en esos
espacios se realicen.
Estos "grandes espacios para lo forestal" coinciden o se
tratan de los denominados "Distritos Motores de Desarrollo"
concebidos por nuestro comandante eterno, definidos legalmente
por el Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal
de Gobierno (62) en su artículo tercero:
Distritos Motores de Desarrollo: Se entiende por
Distrito Motor de Desarrollo la unidad territorial decretada por
el Ejecutivo Nacional que integra las ventajas comparativas de
los diferentes ámbitos geográficos del territorio
nacional, y que responde al modelo de desarrollo sustentable,
endógeno y socialista para la creación,
consolidación y fortalecimiento de la organización
del Poder Popular y de las cadenas productivas socialistas en un
territorio delimitado, como fundamento de la estructura social y
económica de la Nación venezolana.
En ese sentido, los Distritos Motores de Desarrollo son
conforme a sus características históricas,
socio-económicas, culturales y a sus potencialidades
productivas, donde se localizan esfuerzos institucionales,
económicos, políticos y sociales, dirigidos a
garantizar su desarrollo integral y sustentable.
(62)
La Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno
(63) en su artículo sexto señala la potestad
de creación de un Distrito Motor al Presidente de la
República en consejo de ministros:
El Presidente o Presidenta de la República en
Consejo de Ministros y Ministras, sin perjuicio de la
organización política territorial de la
República, podrá crear Distritos Motores de
Desarrollo con la finalidad de impulsar en el área
comprendida en cada uno de ellos un conjunto de proyectos
económicos, sociales, científicos y
tecnológicos, destinados a lograr el desarrollo integral
de las regiones y el fortalecimiento del Poder Popular, en aras
de facilitar la transición hacia el socialismo.
Serían unos Distritos Motores dedicados a lo
forestal ("Distritos Motores Forestales", DMF) Un DMF
podrá tal vez sobreponerse o solaparse con otro Distrito
Motor concebido para otro tema o con cualquier otra figura del
ordenamiento jurídico – funcional – territorial, mientras
sean compatibles o complementarias las actividades a
desarrollarse en ambos.
Las figuras geográficas – sociales – productivas
de Distritos Motores de Desarrollo, Comunas y Ejes Territoriales
son elementos de la mayor importancia para la nueva
concepción geopolítica de la nación. El
Programa de la Patria 2013 – 2019 (54) hace uso intensivo
de estas "herramientas" para su esquematización de
objetivos estratégicos y generales.
2.3.2.1 Lograr la consolidación de un sistema de
articulación entre las diferentes instancias del poder
popular con el fin de trascender la acción local al
ámbito de lo regional y nacional, rumbo a la
construcción de un subsistema de Comunas, Distritos
Motores de Desarrollo y Ejes de Desarrollo Territorial, en
consonancia con las potencialidades territoriales y acervo
cultural de los habitantes de cada localidad, atendiendo a la
sintonía y coherencia con los planes de Desarrollo
Estratégico de la Nación. (54)
62. DECRETO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DEL
CONSEJO FEDERAL DE GOOBIERNO. Presidencia de la República
Bolivariana de Venezuela. Caracas, 09 de Marzo de 2010. Publicado
en Gaceta Oficial no 39.416 Ordinaria, de fecha
04/05/2010.
63. LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO.
Asamblea Nacional de la República Bolivariana de
Venezuela. Palacio Federal de Gobierno, Caracas. 09 de Febrero de
2010.
Al respecto de los "espacios para lo forestal" (DMF) el
Consejo Federal de Gobierno se convierte en aliado institucional
de los más importantes en el marco de la presente
propuesta, por la función señalada en el
artículo 5to de su ley (63) sobre el estudio y
planificación de los Distritos Motores que se creen para
apoyar especialmente en obras y servicios esenciales a las
comunidades y regiones de menor desarrollo relativo
(64)
El artículo 23 de la Ley del CFG
señala:
El Fondo de Compensación Interterritorial (FCI)
depende del Consejo Federal de Gobierno, el cual decide sobre la
asignación de sus recursos. Anualmente, el Consejo Federal
de Gobierno discutirá y aprobará los montos que
asignará a través de los estados, los municipios,
las organizaciones de base del Poder Popular y la estructura de
los Distritos Motores de Desarrollo. (63)
La concepción de un Distrito Motor Forestal, en
sus características básicas generales se
deberá corresponder con lo pautado por la
legislación respectiva. Adicional a este requerimiento,
evidentemente la creación de un DMF responderá a la
potencialidad efectiva del espacio para lo forestal.
Artículo 21 del Reglamento de la ley del CFG
(62):
Creación de los Distritos Motores de
Desarrollo: El establecimiento de los ámbitos
territoriales de los Distritos Motores de Desarrollo
estará determinado en razón de la concurrencia de
los siguientes criterios:
1. Que constituyan espacios geográficos con
condiciones físico-naturales, socio-culturales,
económicas y geopolíticas semejantes.
2. Que sean espacios continuos y que tengan por lo menos
un centro de servicio capaz de articular sus áreas de
influencia, promover la ocupación del territorio y el
desarrollo de actividades productivas socialistas.
El Presidente o Presidenta de la República en
Consejo Revolucionario de Ministros y Ministras podrá
decretar la creación, supresión o
modificación de uno o varios Distritos Motores de
Desarrollo, estableciendo la delimitación territorial y
productiva que les corresponda.
En consecuencia, se podrán crear Distritos
Motores de Desarrollo en base a criterios geográficos y/o
productivos. Éstos últimos podrán ser
turísticos, agrícolas, agroindustriales, pesqueros,
industriales, mineros, forestales, científicos
tecnológicos, entre otros.
De igual manera, el Consejo Federal podrá
recomendar al Presidente o Presidenta de la República la
creación de Distritos Motores de Desarrollo.
Los límites de los Distritos Motores de
Desarrollo podrán coincidir o no con los límites
político territoriales de los estados, municipios o
dependencias federales; en su defecto serán establecidos
de acuerdo al sistema de coordenadas geográficas o
Universal Transversal de Mercator (U.T.M.), o considerando
criterios geográficos asociados a las divisorias de aguas
y cotas que representan cambios significativos de pendiente que
dan lugar a unidades de paisaje diferentes.
(62)
64. ¿CÓMO SE CONSTRUYE UN DISTRITO MOTOR
DE DESARROLLO? Evaristo Marcano Marín. APORREA.COM. 11 de
Mayo 2011.
Luego de identificados, delimitados y asegurados
jurídicamente, estos DMF serían sujetos a un
ordenamiento funcional a lo interno (tarea que, en principio,
según la legislación, corresponde al CFG) un
ordenamiento orientado a las futuras y posibles actividades
forestales que allí puedan practicarse (manejo y
aprovechamiento del bosque natural, protección integral,
recuperación de ecosistemas suelos y fuentes de agua,
establecimiento de plantaciones para la industria,
establecimiento de sistemas agroforestales, manejo de arboledas
urbanas y periurbanas, establecimiento de conglomerados
industriales, etc.)
El ordenamiento espacial interno de los DMF se
realizaría con una combinación de criterios y
métodos (Fisiográficos – paisajísticos,
ecosistémicos, de dinámica social, de
potencialidades y limitaciones, de accesibilidad, de
sostenibilidad económica) En este sentido, los
métodos y criterios definidos y aplicados por J. L.
Berroterán (65) y por Manuel Briceño
(66) serán de mucha ayuda. Igualmente la labor de
ordenación de Imataca V ejecutada por la ENFS (39)
constituye una experiencia muy valiosa que debe ser
aprovechada.
Este ordenamiento interno de los DMF dará lugar a
su subdivisión en Unidades de Manejo Forestal,
Agroforestal y Forestal Industrial, algunas para
producción inmediata de bienes y servicios primarios,
otras para establecimiento y manejo de plantaciones, otras para
establecimiento de conglomerados industriales, otras para
investigación, protección, recreación. Un
mismo Distrito Forestal podrá contener distintos tipos de
Unidades de Manejo.
Para cada uno de los Distritos Motores Forestales
habría un Órgano Rector Forestal del Distrito
(ORFD) Este "órgano rector distrital" debería estar
adscrito, bajo la tutela, orientación, coordinación
y control de la Corporación Forestal Nacional (punto este
que requiere de análisis legal y probablemente de acuerdo
y delegación con el Consejo Federal de Gobierno y la
Presidencia de la República)
Ejemplos de Distritos Motores Forestales pueden ser:
> DMF Imataca, constituido por toda la R. F, de Imataca, el
Lote Boscoso Dorado – Tumeremo, la altiplanicie de Nuria y la
llamada zona de amortiguación constituida por toda la
extensión de tierras ubicadas entre estas ABRAES y el
margen izquierdo de la troncal 10 del estado Bolívar
sentido San Félix – El Dorado > DMF San Pedro,
constituido por la R. F. San Pedro y el gran triángulo
agropecuario Upata – El Manteco – El Callao > DMF Caura >
DMF Delta del Orinoco > DMF Sur de Anzoátegui y Monagas
> DMF Eje Medio Orinoco – Apure > DMF Monte Espinoso
Tropical Noroccidental (Falcón y Zulia) > DMF Monte
Espinoso Tropical Larense > DMF Sur del Lago de Maracaibo >
DMF Pie de Monte Andino Barines > DMF Bosque Nublado Andino
> DMF Ticoporo – Caparo > DMF Arismendi de Barinas > DMF
Manglares del Caribe venezolano, entre otros posibles.
Si me preguntasen por cuales DMF iniciaría el
trabajo, diría que, para el quinto año de vida de
la iniciativa tendríamos en proceso constructivo y de
operación:
65. BASES TÉCNICAS PARA EL ORDENAMIENTO
TERRITORIAL DE LA RESERVA FORESTAL IMATACA. Ministerio del
Ambiente y los Recursos Naturales – Laboratorio de
Ecología de Paisajes y Agroecología de la UCV.
Caracas. Enero, 2003.
66. BASE TEÓRICO METODOLÓGICA PARA LA
IDENTIFICACIÓN DE OPCIONES Y PROPUESTAS DE DESARROLLO
FORESTAL. Manuel Briceño Méndez. Revista Forestal
Latinoamericana no 35. 2004
Primera Avanzada: Imataca y San
Pedro en el estado Bolívar; El Monte Espinoso Tropical
Larense; el Delta del Orinoco y; el Sur de Monagas y
Anzoátegui.Segunda Avanzada: Monte Espinoso
Tropical Falconiano; Pie de Monte Andino Barinés;
Ticoporo – Caparo; Sur del Lago de Maracaibo; Perijá;
Eje Medio, Rivera Norte, Orinoco – Apure (sur de
Guárico) y; El Caura.Tercera Avanzada: Confluencia
Táchira – Apure – Barinas (R.F. San Camilo, EL
Piñal, La Pedrera, Guasdualito, Nula) Región de
Barlovento; Manglares del Caribe Oriental y Deltaico;
Manglares del Caribe Occidental; Turimiquire y; municipio
Cedeño del estado Bolívar (El potencial DMF del
municipio Cedeño es uno de los más diversos y
ricos del país)
Las Unidades de Manejo
Forestal
Como anteriormente señalé, las UNIDADES DE
MANEJO son las subdivisiones funcionales – operativas de los DMF.
Surgen de un ordenamiento espacial metodológico,
científico – técnico. La Unidad de Manejo es el
elemento geográfico y funcional básico o más
elemental del propuesto desarrollo forestal moderno venezolano,
el desarrollo forestal de la Venezuela socialista del siglo
XXI.
El artículo 20 del Reglamento de la ley del CFG
(62) indica varias figuras que pueden servir como sub –
espacios para los Distritos Motores:
Unidades de gestión territorial: Son
unidades de gestión territorial los Distritos Motores de
Desarrollo y sus desagregación en Comunas, ejes comunales,
zonas de desarrollo, ejes de desarrollo, corredores productivos y
las entidades territoriales delimitadas por competencias
político administrativas derivadas de la división
político territorial, las comunas y aquellas bajo estatus
jurídico especial otorgado a porciones del territorio
nacional que por sus características específicas,
constituyen áreas especiales de conservación de
patrimonios ecológicos y prestación de beneficios
ambientales; o que, por sus características particulares,
representan un desarrollo potencial agrícola, pecuario,
forestal, minero, energético, industrial,
turístico, o de seguridad fronteriza.
Tocaría incluir en las anteriores
"desagregaciones" de los Distritos Motores, las "Unidades de
Manejo Forestal". Tal vez la figura de "Zonas de Desarrollo",
señalada en el anterior artículo 20 transcrito,
sirva para arropar de inicio a la de "Unidades de Manejo
Forestal".
Las Unidades de Manejo se concebirán, en
términos generales, para alguno de los siguientes fines
básicos:
Aprovechamiento Inmediato del Bosque Natural
incluido el Monte Espinoso Tropical (maderable y no
maderable, específico o múltiple, estrictamente
forestal o combinado con otras actividades no –
forestales)Establecimiento, manejo y futuro aprovechamiento de
plantaciones densas a campo abierto.Establecimiento, manejo y futuro aprovechamiento de
sistemas agroforestales y agrosilvopastoriles.Manejo y aprovechamiento de arboledas urbanas y peri
urbanas.Procesamiento Industrial (establecimiento de
conglomerados industriales forestales)Estrictamente para Investigación
Recreación y Turismo (la cual permite otros
usos pasivos como investigación, etc.)Protección Integral y Absoluta, y
Recuperación de Áreas
Degradadas
Toda Unidad de Manejo que se pretenda destinar a la
producción de bienes y servicios y al establecimiento de
plantaciones o sistemas forestales para su cosecha a futuro,
deberán poseer una extensión y potencialidad tales
que aseguren el desenvolvimiento con rentabilidad
económica (sostenibilidad) de su proyecto o plan de
manejo. Igualmente deberá ser obligatorio que toda Unidad
de Manejo para producción, incluidas las unidades para
asentamiento de conglomerados industriales, cuenten con
establecimiento de proyectos agrícolas y/o pecuarios
(producción estratégica y táctica de
alimentos)
Las Unidades de Manejo destinadas a fines no valorables
económicamente (protección integral,
investigación, recreación, etc.) solo
responderán en su concepción a criterios de
conservación y/o mejoramiento ambiental y
social.
Por tanto, las unidades de manejo bajo esta propuesta
poseerán extensiones territoriales muy variables, desde
unos cuantos cientos de hectáreas hasta decenas y centenas
de miles.
Existirán: > Unidades de Manejo del Bosque
Alto Tropical con fines de aprovechamiento maderero y
múltiple. > Unidades de Manejo (UM) del Bosque Alto
Tropical para aprovechamiento de bienes no – maderables
(látex, frutos, orquídeas, etc.) > UM de Bosques
Secundarios y de Galería en Sabanas Naturales para el
aprovechamiento del Palo Blanco el Pardillo y otras especies.
> UM en zonas agropecuarias para el establecimiento manejo y
aprovechamiento de sistemas agroforestales y agrosilvopastoriles
> UM combinado forestal y de Fauna Silvestre. > UM para el
establecimiento manejo y futuro aprovechamiento de plantaciones
forestales densas a campo abierto > UM para la
recuperación de cuencas hidrográficas
específicas > UM para la investigación
básica y aplicada; entre otras varias posibilidades, todo
de acuerdo a los diagnósticos y resultados del
ordenamiento.
Los "Manejadores" de las
Unidades
De acuerdo a la naturaleza y finalidad de
creación de una UM, esta será administrada
(ordenada, planificada, protegida, manejada y aprovechada) por un
distinto tipo de "manejador", en cada circunstancia.
Hablo de "Sociedades Forestales" pues nunca, en
ningún caso, este "manejador" será una sola
persona, empresa o colectivo en particular que detente tal
potestad. Siempre se tratará de asociaciones
estratégicas entre distintos actores. El ORNDF siempre
tendrá algún porcentaje de participación en
cada una de estas sociedades, directamente o por intermedio de
sus entes adscritos. En todos los casos, el ORNDF directamente o
a través de sus ORFD u otros entes adscritos, hará
un acompañamiento técnico y político
permanente ("marcación cerrada" para decirlo en
términos deportivos) del desarrollo de cada una de las UM
y de cada una de las "sociedades forestales
manejadoras".
Estas Sociedades Forestales serán de distinta
naturaleza jurídica y funcional, acorde con la finalidad
de la UM:
Para el caso de UM destinadas estrictamente a la
investigación, se constituirán EPS de servicios
(de investigación e información) en
asociación del ORNDF con algunos de los siguientes
actores: centros de investigación nacionales y
regionales, universidades y otros centros educativos, entes
de Gobierno, empresas privadas, colectivos de profesionales y
técnicos y cualquier otro colectivo que manifieste
interés y capacidad en el asunto.
Para los casos de UM destinadas a la
recuperación de áreas degradadas, se
empleará la figura de "Comités
Conservacionistas Multiparticipativos" (CCM) conformados en
cada oportunidad por los organismos adscritos al ORNDF
abocados al tema (CONARE, Misión Árbol) y por
algunos de los siguientes actores: los Consejos Comunales
interesados (a través de sus comités
conservacionistas locales) entes y empresas del Estado (las
hidrológicas, CORPOELECT,, PDVSA, empresas
básicas) las gobernaciones, las municipalidades,
universidades y otros centros educativos, colectivos
sociales, etc.Para el caso de las UM destinadas a la
recreación y al turismo, deberán constituirse
EPS de servicios recreativos y turísticos, siempre con
la participación del ORNDF y algunos de los siguientes
actores: Consejos Comunales, otras EPS, municipalidades,
otros entes de Gobierno, colectivos sociales, empresa privada
particular, asociaciones civiles y otras formas de
organización social y socio productiva.Para los casos de UM destinadas a estricta y
absoluta protección, el ORNDF creará un "Cuerpo
de Guarda Bosques" (CGB) Este cuerpo de guardabosques no es
al que se refieren las "Brigadas de Guardabosques"
señaladas en el artículo 113 de la ley de
bosques (15) Esta ley habla de un cuerpo "Voluntario"
de personas integrantes de comunidades (vecinos) con
atribuciones de contraloría social en cuanto a
gestión forestal se refiere. Los Guardabosques del
ORNDF serán "Profesionales" altamente capacitados,
idealmente provenientes de la reserva o milicia de la Fuerza
Armada Bolivariana, contratados por tiempo indeterminado como
"Funcionarios Públicos" para estos fines. El
despliegue de unidades de Guardabosques de la ORNDF en las UM
de protección, así como toda la
inversión necesaria para asegurar el debido resguardo
y la efectiva preservación de esas UM estará a
cargo, financieramente, del conjunto de manejadores del resto
de Unidades de Manejo que conforman el Distrito Motor. El
órgano rector forestal del Distrito (ORFD) y el
órgano nacional (ORNDF) tendrán bajo su
responsabilidad directa todo el accionar del manejo protector
de esas UM.Para el caso de Unidades destinadas al manejo de
arboledas urbanas o periurbanas, el ORNDF, a través de
sus ORFD o algunos de sus otros entes adscritos,
creará empresas de propiedad social en
asociación con consejos comunales, otras EPS y
organizaciones socioproductivas locales, otros colectivos
sociales locales y/o con las municipalidades.Para los casos de UM destinadas al establecimiento
manejo y aprovechamiento de sistemas agroforestales y
agrosilvopastoriles se constituirán EPS de
producción y de servicios. Aquí deberán
participar, además del ORNDF, los productores
agropecuarios de la unidad de manejo en cuestión,
colectivos de profesionales y técnicos, frentes
campesinos, comunidades locales, universidades, entre otros
posibles.Para los casos de Unidades de Manejo destinadas al
establecimiento de plantaciones forestales densas a campo
abierto, el ORNDF constituirá, en asociación
con alguno o varios de los siguientes actores, EPS de
producción y de servicios: Comunidades locales,
colectivos sociales, otras empresas de propiedad social,
otros entes y empresas públicas, gobernaciones,
municipalidades, capital privado particular nacional,
empresas extranjeras.Para el caso de UM destinadas al manejo y
aprovechamiento "inmediato" del bosque natural, incluido el
monte espinoso tropical, el ORNDF constituirá, en
asociación con alguno o varios de los siguientes
actores, EPS de producción y de servicios: Comunidades
locales, colectivos sociales, otras empresas de propiedad
social, otros entes y empresas públicas,
gobernaciones, municipalidades, capital privado particular
nacional, empresas extranjeras.Para el caso de UM destinadas al establecimiento de
conglomerados procesadores de bienes y servicios forestales,
el ORNDF constituirá, en asociación con alguno
o varios de los siguientes actores, EPS de producción
y de servicios: Comunidades locales, colectivos sociales,
otras empresas de producción social, otros entes y
empresas públicas, gobernaciones, municipalidades,
capital privado particular nacional, empresas
extranjeras.
La participación de estas "Sociedades Forestales
Manejadoras" comienza desde la concepción misma del Plan
de Ordenación y Manejo respectivo de cada UM y, en
teoría, no tiene fin, pues la atención a lo
forestal dentro de las unidades de manejo es un proceso continuo
y cíclico. Estas sociedades forestales tendrán
plenos derechos y todos los deberes sobre sus UM asignadas, esto
es, ordenación y planificación (elaboración
del POMF) formulación y ejecución de presupuesto,
ejecución del manejo, aprovechamiento y usufructo,
conservación y protección. Incluso un manejador de
UM podrá llegar más allá del ámbito
geográfico – funcional de actuación y pasar
también a darle valor agregado a su producción
(procesamiento industrial, transformación y
elaboración de productos más acabados,
distribución y colocación de los
productos)
De hecho, también, la ordenación macro del
Distrito Motor Forestal (DMF) para que tenga validez,
deberá contar no sólo con las consultas previas
obligatorias a las comunidades, no sólo con las consultas
profesionales a las instituciones y especialistas, sino por sobre
todo con la participación activa y permanente de las
comunidades organizadas, los colectivos sociales, las
municipalidades, las gobernaciones y todo aquel con
interés en el asunto.
Una gran ventaja, entre otras, que representa la figura
de las "Sociedades Forestales Manejadoras" para el desarrollo
forestal pretendido, es que el ORNDF podrá conseguir
recursos para este fin, más allá de su presupuesto
ordinario y de sus fuentes ordinarias exclusivas o "naturales".
La participación de otros actores en el manejo, sean
públicos, sociales – colectivos o privados particulares,
abre puertas a otras fuentes financieras (Ministerio de las
Comunas, Banca pública y privada, Consejo Federal de
Gobierno, capital de otras instituciones públicas, capital
privado, municipalidades, gobernaciones)
La participación activa y dual, socio y
fiscalizador, de la ORNDF y de sus autoridades rectoras
forestales de distrito (ORFD) dentro de las sociedades forestales
manejadoras, garantiza el cumplimiento de los preceptos
ecosocialistas la preservación de nuestros recursos
naturales y la revalorización en positivo de nuestro
patrimonio forestal. No importa el nivel de conocimientos
técnicos – científicos de "los socios", no importa
su nivel educativo, no importa su preparación para el
trabajo. Para eso estarán siempre presentes atentos y
preparados, el ORNDF y sus ORFD. Los órganos rectores y el
ejercicio práctico educarán formarán y
capacitarán a "los socios".
Sobre el porqué del acento o insistencia con las
EPS para manejadores forestales, está dicho anteriormente.
Estas figuras socioproductivas son, en palabras de El Troudi y
Monedero (29) "el portaestandarte del socialismo del siglo
XXI". Una verdadera EPS resume los ideales socialistas de
construcción de una nueva realidad social económica
y ambiental. Una EPS auténtica asegura una
producción de bienes y servicios para la humanidad no para
el mercantilismo; asegura una actuación ecológica,
ambientalmente amigable; es referencia de un enlace
íntimo, solidario, con las comunidades de su entorno;
significa la aparición de nuevas relaciones sociales de
producción y de participación justa y equitativa en
las riquezas producidas. El ORNDF pondrá atención
fundamental a la conformación de las EPS manejadoras de
UM.
Según Álvarez y Rodríguez, citados
por Vílchez N. (67) las EPS son: …
la célula fundamental de un nuevo tejido
productivo que opera guiado por los principios de solidaridad,
cooperación, complementación, reciprocidad y
sustentabilidad. Y Mas Herrera, citado por la misma autora,
afirma que: son entidades completas,
cuya misión se fundamenta en la
formulación e implementación de nuevas formas de
producción social eficientes y eficaces,
acompañadas de procesos
de distribución de beneficios
con justicia, equidad y reciprocidad entre toda la
comunidad que participe; a través de la utilización
de técnicas propias y tecnología
de vanguardia, en el contexto del socialismo bolivariano de
Venezuela.
La figura de las EPS es tan importante que incluso, las
actuales empresas forestales del estado que vienen desarrollando
actividades y que serían adscritas al ORNDF (CONARE,
PULPACA, Maderas del Orinoco y tal vez hasta Maderas del Alba)
deberán ser "reformuladas" y convertidas en
EPS.
Unidades de Manejo, EPS y Comunas están
consecuentemente ligadas. La figura de EPS es uno de los caminos
para llegar a las Comunas.
67. EMPRESAS DE PRODUCCIÓN SOCIAL COMO ACTIVADOR
DEL DESARROLLO ENDÓGENO. Niveya Vílchez.
Artículo publicado en MONOGRAFÍAS.COM,
s/f.
Los Órganos Rectores de los
Distritos Motores Forestales
Un Distrito Motor Forestal poseerá "n" cantidad
de Unidades de Manejo, de distintas dimensiones naturaleza
complejidades y finalidades. La intención de
creación de estas UM es manejarlas, así que,
progresivamente existirán más y más EPS,
Comités Conservacionistas y Unidades de Guardabosques
operando uno al lado del otro dentro de un mismo DMF.
Además, el DMF como tal, por el hecho de ser una
unidad geográfica y funcional, posee un rumbo y objetivos
particulares los cuales trascienden a los de sus unidades de
manejo individualmente y que lo más probable es que nunca
sean exactamente iguales y por el contrario sean bien distintos
(dentro de los límites lógicos impuestos por el
tema general: el desarrollo forestal) a los de otro
DMF.
Por otro lado, dentro de un DMF existirán
necesidades y aspiraciones iguales y similares entre las
distintas UM y "manejadores" que lo conforman. Vigilancia y
protección, por ejm., vialidad principal o troncales de
acceso, políticas y acciones de apoyo a las comunidades
inmersas o en el área de influencia del DMF,
análisis coyunturales y estratégicos de mercado,
búsqueda permanente de tecnologías, proveedores de
bienes y servicios, etc.
Por último, el trabajo paralelo de un conjunto
cada vez mayor de empresas e instituciones dentro de un DMF
requiere de supervisión y asesoramiento cercano, de
evaluación "en tiempo real" y estas, las sociedades
forestales manejadoras, a su vez, requieren o requerirán
de respuestas perentorias.
Todas las anteriores razones imponen la necesidad de
contar, en el sitio mismo de los acontecimientos, con una
autoridad coordinadora del desempeño del DMF y de todas
las sociedades forestales manejadoras que hacen vida en dicho
distrito. Hablo de un "Órgano Rector del Distrito
Forestal" u "Órgano Rector Forestal del Distrito" (ORFD)
Este órgano rector distrital deberá poseer
facultades planificadoras, ejecutoras, asociativas,
coordinadoras, fiscalizadoras y sancionadoras. Este ORFD
deberá poseer autonomía funcional financiera y
operativa y, por supuesto, estarían adscritas al
órgano rector nacional (ORNDF)
El ORFD tutelaría al conjunto de EPS, CCM y
Unidades de Guardabosques de su Distrito, es decir, que su perfil
es el de una "Casa Matriz", una "Corporación de empresas y
otros entes", una "Corporación Forestal Distrital". Como
esto es así, entonces nuestro órgano rector
forestal nacional (la "Corporación Forestal Bolivariana")
es una "Corporación de Corporaciones".
Este punto de una autoridad única rectora en lo
forestal sobre un distrito motor, autoridad distrital que
dependería del ORNDF, requiere de análisis legal
(62):
Artículo 24 Autoridad Única Distrital Se
designará, por cada Distrito Motor de Desarrollo una
Autoridad Única de Área conforme a la normativa
aplicable, que a los efectos del presente reglamento se
denominará Autoridad Única Distrital. (Subrayado
mío)
Artículo 25 Funciones de la Autoridad
Única Distrital Son funciones de la Autoridad Única
Distrital:
1. Administrar eficientemente los recursos asignados a
los proyectos del Distrito en función de la Misión
y Plan Distrital.
2. Promover la participación, organización
y protagonismo de las comunidades y productores en los proyectos
del Distrito.
3. Garantizar el buen desempeño de las
instituciones de la Administración Pública
Nacional, desconcentradas en su ámbito de
competencia.
4. Abordar los problemas sociales existentes en el
Distrito y junto con las comunidades procurar soluciones a los
mismos.
5. Promover la participación política,
cultural y económica de los diversos actores sociales y
organizaciones del Poder Popular de su zona de
influencia.
6. Impulsar proyectos productivos acorde con las
potencialidades del Distrito Motor de Desarrollo.
7. Las demás que le sean asignadas por el
Presidente o Presidenta de la República en el Decreto de
creación del respectivo Distrito Motor de
Desarrollo.
El Reglamento NO señala explícitamente de
qué jerarquía superior depende la "Autoridad
Única Distrital", pareciera al contrario indicar (art. 24)
que es viable legalmente, sin mayores complicaciones, adscribir
la Autoridad Única de un DMF al órgano rector
nacional en materia forestal (ORNDF) En todo caso este punto,
como muchos otros de la presente propuesta, requieren de
análisis jurídico.
Si lo anterior es como presumo, mi propuesta de ORFD
avanza de una figura meramente organizacional – productiva (casa
matriz de un conjunto de empresas) a "Autoridad Gubernamental"
propiamente dicha, con más competencias y
responsabilidades.
Ejemplos de Corporaciones Forestales Distritales (CFD /
ORFD) podrían ser entonces: > Corporación
Forestal Imataca > Corporación Forestal Manglares del
Caribe Occidental > Corporación Forestal Monte Espinoso
Tropical Larense > Corporación Forestal del Pie de
Monte Andino – Barinés, etc., etc.
La Comuna
Forestal
Muchos colectivos sociales y socioproductivos, habitando
una misma región (Distrito motor) trabajando sobre una
misma continuidad geográfica, unos al lado de los otros,
haciendo similares cosas, con una misma historia y buscando los
mismos fines, teniendo las mismas necesidades, con un alto nivel
educativo y de conciencia social, individual y colectivamente,
rotas las cadenas de la explotación del hombre por el
hombre, todos bajo la misma bandera del ecosocialismo, nos lleva
a una sola futura cosa: LA COMUNA FORESTAL.
Uno de los grandes objetivos políticos de esta
propuesta de Plan Nacional de Desarrollo Forestal (PNDF) es
"Sembrar el país con Comunas Forestales". Comunas para
seguir avanzando en la construcción del socialismo. La Ley
Orgánica de Las Comunas (68) define este
término como:
Comuna: Es un espacio socialista definido por la
integración de comunidades vecinas con una memoria
histórica compartida, rasgos culturales, usos, y
costumbres, que se reconocen en el territorio que ocupan y en las
actividades productivas que les sirven de sustento y sobre el
cual ejercen los principios de soberanía y
participación protagónica, como expresión
del poder popular, en concordancia con un régimen de
producción social y el modelo de desarrollo
endógeno, sustentable y socialista contemplado en el Plan
Nacional de Desarrollo.
68. LEY ORGÁNICA DE LAS COMUNAS. Asamblea
nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Palacio
Federal Legislativo, Caracas. 13 de Diciembre, 2010.
Un concepto político sobre el mismo
término "Comunas", algo enrevesado y medio poético,
bastante profundo, es el que da el investigador Alejandro
Álvarez:
Una antropológica comunitaria para una razonable
visión de conjunto, un sistema en colectivo social
proyectado para su pertinente administración; eficiente,
eficaz, y efectiva contra los carteles de injerencias
foráneas desvirtuantes de la vida en comunión,
humanamente en lo posible, vinculando al ejercicio
legítimo del poder soberano con el protagonismo de las
voluntades de sus integrantes en peculiares circunstancias
humanas para distintas empresas sociales,…
(69)
La aparición de esta figura política –
social – productiva – jurídica en el escenario del
desarrollo forestal aquí propuesto, nos conduce a otro
nivel, produce un salto cualitativo en el camino de
construcción del nuevo socialismo. Hablaríamos
aquí de "la nueva ciudad ecosocialista"; espacio socio
geográfico productivo donde ha desaparecido la
explotación del hombre por el hombre, donde imperan nuevas
y socialistas relaciones de producción; donde la gente
depende casi exclusivamente de la calidad ambiental de su
hábitat, fuente a su vez de su riqueza y
bienestar.
"Distrito Motor" y "Comuna" están
intrínseca y explícitamente ligados.
Política y legalmente ambas figuras son consecuentes. Una
de las intenciones de creación de los distritos motores es
la culminación en Comunas. Pueden surgir en un mismo
distrito motor una o varias comunas, dependiendo de diversos
factores. El artículo tercero del Reglamento de la ley del
CFG así lo expresa:
Desarrollo Territorial Desconcentrado: Es la
gestión y administración nacional del ordenamiento
territorial urbano-regional a través de sus diferentes
niveles de gobierno, en función de fortalecer la
integración territorial y la soberanía nacional,
así como promover la igualdad social, la justicia y la
solidaridad, a través de los Distritos Motores de
Desarrollo para impulsar actividades económicas que
generen efectos de atracción e incentivos para reforzar el
asentamiento poblacional en un subsistema de Comunas, procurando
con ello una distribución de la población
cónsona con la utilización de las capacidades
productivas del territorio, junto al desarrollo de espacios
organizativos forjadores del poder popular. Los planes y
programas enmarcados en el proceso de desarrollo regional del
territorio sirven de soporte para la elevación de la
eficiencia de la gestión pública, como para el
mejoramiento de prestación de servicios públicos a
la ciudadanía. En ese sentido, el pueblo organizado asume
el ejercicio del poder, referenciado a su ámbito de
convivencia. (62) (Subrayado mío)
Con la aparición de la Comuna Forestal el
órgano rector del distrito (ORFD) pierde sentido y deja de
existir. Se impone el autogobierno comunal, se crea un
"Territorio Libre en América", aparecen "ciudades libres
repletas de gentes libres" en nuestra geografía
nacional.
¡ESTO SÍ ES
CONSTRUCCIÓN DE SOCIALISMO!
¿Cuándo puede ocurrir esto?
…… ¡Apurémonos!
Revolución, es una transformación, radical
profunda y rápida. (70)
69. LA COMUNA SOCIALISTA EN VENEZUELA. Alejandro
Álvarez Osuna. APORREA.COM. 20/02/2010.
70. Presidente Rafael Correa en Programa Especial de
Venezolana de Televisión del 15/01/2014.
Un imaginario ideal Cronograma
Inicial
Haciendo un ejercicio de imaginación, asumiendo
la aceptación y voz de inicio de la propuesta esbozada en
esta obra (voz que sólo puede provenir del Presidente de
la República en Consejo de Ministros) con las
modificaciones y ajustes del caso, los cuatro (04) primeros
años de ejercicio de la misma pueden visualizarse (en
aproximación) de la siguiente forma:
PERIODO de TIEMPO | ACCIONES MÁS | ACCIONES MÁS | |
DÍA 1 de los Primeros 6 Meses | Constitución de una |
| |
Primeros 06 Meses (1er Semestre del 1er | Inicio del trabajo de la |
|
PERIODO de TIEMPO | ACCIONES MÁS | ACCIONES MÁS | |
DÍA 1 (2do Semestre del 1er | Promulgación del Decreto de Dotación financiera del |
| |
Segundos 06 Meses (2do Semestre del 1er | Aprobación de la Ley Inicio del trabajo del |
|
PERIODO de TIEMPO | ACCIONES MÁS | ACCIONES MÁS | |
2do AÑO | Gestión del Alto Gobierno Incorporación definitiva de Inicio del despliegue del |
|
PERIODO de TIEMPO | ACCIONES MÁS | ACCIONES MÁS | |
3er AÑO | Promulgación de Leyes Dotación financiera para el Entrega del 1er lote de Maquinaria Establecimiento de las 1ras |
| |
4to AÑO |
|
Repito, el anterior cronograma es nada más un
imaginario. Su aproximación a la realidad depende del
grado de compromiso eficiencia y coordinación de las
partes involucradas. De cumplirse este fórmula
imaginativa, al quinto año del gran plan en despliegue
(PNDF) tendríamos una singular portentosa e impresionante
maquinaria científica – técnica – organizativa –
social, IMPARABLE, que avanzaría A PASO DE
VENCEDORES.
El Respaldo Legal a la
iniciativa
La propuesta de desarrollo forestal con las tremendas
metas e implicaciones aquí descritas, debe ser respaldada
por un cuerpo jurídico amplio y sólido, con
incorporación progresiva de elementos.
La inobservancia "de cosas" en la presente
elaboración, así como la dinámica en la
ejecución (posible) de esta, obligan a un
acompañamiento continuo, actualización y ajustes
jurídicos. Además, la aparición de nuevas
realidades, producto de la dinámica del desarrollo,
seguramente también obligará a seguir legislando
sobre la materia.
Algunos elementos legales que desde este momento se
perciben como necesarios son:
Decreto de creación de comisión. La
"Comisión Presidencial encargada de la
estructuración y puesta a tono del PNDF", con los
elementos aquí propuestos, requiere sin duda de un
"Decreto de Creación", que debe ser promulgado por la
Presidencia de la República. Este decreto, por su puesto,
deberá señalar los alcances de la comisión y
una normativa de funcionamiento.
Decreto de creación del ORNDF. Aprobado el
PNDF afinado por la comisión presidencial, un primer paso
del alto Gobierno nacional deberá ser la
promulgación del "Decreto de creación del ORNDF".
Decreto que deberá contemplar la intención,
justificación, objetos sociales, facultades y limitaciones
del nuevo organismo, entre otros aspectos.
Ley de Ejecución del PNDF. El plan mismo
para el desarrollo forestal nacional, con las ambiciosas metas
propuestas, sus implicaciones territoriales, sus
afectación a ciertas actividades hasta ahora en
desenvolvimiento sobre ciertos espacios nacionales, su
complejidad, la necesidad de activar todo el patrimonio forestal
nacional, el relativo elevado nivel de financiamiento requerido,
el estímulo a la participación social y privada
dentro del plan, hacen recomendable blindarlo legalmente con la
promulgación de una ley especial.
Ley sobre los ORFD y las SFM. Probablemente (lo
dirán los juristas y la comisión primera) haya de
darle basamento jurídico o por lo menos fortaleza, a los
conceptos de "Órgano Rector Forestal de Distrito" y de
"Sociedades Mercantiles Forestales".
Ajustes a la ley de bosques. "Reajuste" de
conceptos, incorporación de la figura de guardabosques
profesionales, incorporación del concepto de "Distritos
Motores forestales", entre otros varios asuntos, creo deben ser
tratados en el marco de nuestra vigente ley de bosques. Por lo
demás, repito que este instrumento legal nuestro (la ley
de bosques) es grandemente conveniente a las pretensiones de
desarrollo forestal máximo posible, dado su
contenido.
Ley de promoción de la organización
socioproductiva forestal. Una ley que trate en
específico el asunto de las formas sociales y productivas
posibles para atender el asunto forestal. Tipificación,
componentes, comportamiento, capital, funcionamiento,
créditos, facilidades, registro, aporte y compromisos del
Estado, uso de los beneficios, entre otros puntos, deben ser
normatizados.
Tal vez se requiera también de una ley de
tierras forestales que le facilite el trabajo al ORNDF para
la consecución – incorporación de tierras a los
proyectos de plantaciones.
Hasta donde alcanzo a ver, son estas las acciones
legislativas necesarias a primera mano, para apoyar el despliegue
de un plan nacional de desarrollo forestal como el que
aquí he propuesto.
El Factor Económico –
Financiero para el Despliegue de la
Iniciativa
Este es uno de los puntos más débiles de
presentación de la propuesta. Falta profundizar
debidamente en análisis de información; faltan
herramientas y conocimientos agudos en materia económica y
financiera. Desmenuzar lo suficiente todo el compendio propuesto
requiere de un trabajo especial al respecto, con
participación multidisciplinaria y más fuentes
informativas. No me es posible pues obtener y mostrar acá
cifras confiables y certeras, ni siquiera bien aproximadas. Solo
puedo comparar y especular.
Podría iniciar señalando que, a Chile, por
ejemplo, el desarrollo forestal que presenta le costó 250
millones de dólares americanos en el transcurso de 15
años, por concepto de impuestos exonerados y rembolso del
75% de los costos de forestación en que incurrieron los
privados (10) Brasil aplicó un método
similar al chileno, pero mucho más ambicioso. Este gigante
dejó en manos privadas el establecimiento de los grandes
proyectos de plantaciones, dedicándose el Estado a brindar
un conjunto de facilidades (tierras, exoneraciones, incentivos,
deforestaciones inclusive, entre otros)
Y radica en lo anterior una primera gran diferencia
entre el desarrollo forestal de esos países y el que
propongo para nosotros en Venezuela. Por aquellos lares el modelo
de desarrollo ha sido capitalista "subvencionado" "muleteado".
Por allende el privado es dueño de grandes proyectos
forestales, los cuales pudo crear gracias a las múltiples
"ayudas" que el Estado y Gobiernos de turno les dieron con los
dineros del pueblo. Para nosotros propongo un desarrollo
socialista donde, sin menoscabo a la participación de
privados particulares, grandes y pequeños, nacionales y
extranjeros, serán el Estado y los colectivos sociales los
reales protagonistas y dueños del desarrollo.
La presente propuesta obliga al Estado venezolano y a
nuestro pueblo a hacer un sacrificio: Desviar recursos
económicos para impulsar el PNDF propuesto.
Pensándolo bien, también nuestros hermanos pueblos
de Chile y Brasil hicieron el sacrificio que aquí pido; la
diferencia está en que, allá, unos (muchos, la
inmensa mayoría de personas) hicieron el sacrifico y unos
muy pocos (poquísimos) son ahora los dueños y
beneficiarios del desarrollo forestal emprendido, mientras que
aquí, en nuestra actual Venezuela, TODAS y TODOS
seríamos dueños y beneficiarios, en respuesta al
sacrificio que TODAS y TODOS haríamos.
En lo económico y financiero debe hablarse de dos
elementos, los Costos y los Beneficios. Que la relación
económica Costo / Beneficio de la actividad forestal
ambiciosa y bien conducida es muy favorable a las naciones, no
puede haber duda. Brasil, Chile, Tailandia, China,
Centroamérica, Las Guyanas, Suriname, son prueba de ello.
La insistencia de países como Méjico, Bolivia,
Ecuador, Perú y en general todos los países del
mundo, especialmente los tropicales, en catapultar su sector
forestal es también prueba de lo mismo.
Expongo un ejemplo (proyección) de solamente uno
de los beneficios económicos (que a la vez, social)
significaría para nuestro país, la ejecución
de la presente propuesta:
Brasil, para el año 2002 (8,9) con sus 5
millones de has de plantaciones y más o menos 30 millones
de has de bosques naturales manejados y aprovechados anualmente,
generaba 6 millones de empleos (1,5 millones directos. 4,5
millones indirectos) Nuestra propuesta incluye 5 millones de
hectáreas de plantaciones; el manejo y aprovechamiento
múltiple, distribuidos en un período de 25
años de más o menos 20 millones de has de bosques
naturales altos; además, 500 mil has de monte espinoso
tropical y bosques secundarios y de galería; 500 mil has
para la recuperación de áreas degradas; el manejo y
aprovechamiento de las arboledas urbanas y periurbanas y; el
establecimiento manejo y aprovechamiento de un millón de
has de sistemas agroforestales.
La CEPAL (71) proyecta para el año 2040
una población económicamente activa en nuestro
país de 20.214.000 personas. Aquí en Venezuela, de
arrancar "ya mismo" (2015) con el PNDF aquí esbozado, para
ese año 2040 (de aquí a 25-26 años)
estaríamos en el máximo apogeo de la iniciativa, el
cenit del desarrollo forestal planteado. Seis (06) millones de
personas empleadas en el asunto forestal venezolano para esa
fecha significarían un 29,7% del total nacional de
población activa.
Pero lo de nosotros puede llegar a mucho más. El
grueso de la producción forestal brasilera deriva en pulpa
y papel, lo cual genera muy poco empleo por su alto nivel de uso
tecnológico. Si nosotros nos empeñamos más
en la agregación de valor a la producción y nos
orientamos a la obtención de productos acabados y
elaborados en base a madera sólida (mueblería,
elementos para la construcción, elementos decorativos,
artesanía utilitaria, entre otros) la generación de
puestos de trabajo por efectos de la presente propuesta
podría representar para el 2040 hasta un 35% o
más del total de población
económicamente activa de nuestro país (para esa
fecha) Esta es una de las razones por las que afirmo (al igual
que otras personas entendidas en la materia) que Venezuela, ante
todo, es un país eminentemente forestal.
En términos generales el desarrollo forestal
propuesto sería progresivamente autogestionable y
sostenible económicamente, hasta llegar al punto de
producir ingentes beneficios económicos (iguales o
superiores a los del Brasil) De lo que se trata es de darle el
impulso inicial necesario para que despegue con toda la fuerza
requerida. Este "impulso inicial" seguramente no será
menor a quince (15) años ni mayor a (20) Los proyectos
particulares orientados al aprovechamiento de bienes y servicios
forestales (Unidades de Manejo "productivas") deberán
iniciar y consolidar su producción para entonces
"soltarlos". Deberá crearse una masa crítica de
esta UM en producción para que el ORNDF y el PNDF puedan
alcanzar su sostenibilidad (independencia
económica)
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