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Aplicacion de factura conformada (Perú)




Enviado por Saul Manz



  1. Características
    esenciales

  • 2. Contenido de una factura
    conformada

  • 3. Requisitos no esenciales

  • 4. Importancia de la factura
    conformada

  • 5. Modelo
    de factura conformada

  • Es un título de valor que fue reconocido en
    nuestro ordenamiento jurídico a partir del año
    2000, representa bienes entregados y no pagados, debidamente
    suscrita por el deudor en señal de conformidad en cuanto a
    la entrega de los bienes allí precisados, su valor y la
    fecha de pago de la factura. Es emitida por el acreedor, y puede
    ser endosada a terceros.

    Debemos resaltar que es un documento con distinta
    finalidad de los comprobantes de pago razón por la cual
    debe de ser utilizado de modo independiente. En consecuencia,
    desde el punto de vista estrictamente tributario, los deudores
    tributarios no pueden utilizar el referido título de valor
    como sustento de costo o gasto, crédito fiscal o
    crédito deducible.

    Una factura Conformada, resulta ser una mescla de letra
    de cambio más garantía prendaria (Contrato de
    prenda). Se le llama "conformada", porque con la firma del
    comprador, este expresa su conformidad y declara recibir conforme
    las mercaderías y el saldo del precio que constituye el
    crédito a su favor.

    La factura conformada es, sin duda alguna, parte
    importante de conglomerados instrumentos modernos, la
    particularidad de su derecho de crédito,
    intrínsecamente ligado a las operaciones mercantiles,
    puede consentir su movilización y su liquidez, incluso en
    mejores condiciones que otros valores negociables.

    Características
    esenciales

    Siendo la factura conformada un valor negociable en la
    categoría de título valor, es evidente que la
    primera característica esencial a resaltar es el
    cumplimiento de los principios fundamentales de los valores
    negociables: Incorporación, Literalidad y
    Legitimidad.

    Otras características:

    a) Se origina en la compraventa u otras modalidades
    contractuales de transferencia de propiedad de
    mercaderías, o en la prestación de servicios, en
    las que se acuerde el pago diferido del precio o de la
    contraprestación del servicio;

    b) El objeto de la compraventa u otras relaciones
    contractuales antes referidas, debe ser mercaderías o
    bienes objeto de comercio, o servicios, que generen la
    obligación de expedir Comprobantes de Pago;

    c) Los bienes y mercaderías pueden ser fungibles
    o no, identificables o no;

    d) La conformidad puesta por el comprador o adquirente
    del bien o usuario del servicio en el texto del título,
    demuestra por sí sola y sin admitirse prueba en contrario,
    que éste recibió la mercadería o bienes o
    servicios, descritos en la Factura Conformada, a su total
    satisfacción;

    e) La Factura Conformada es un título valor a la
    orden, transmisible por endoso;

    f) Desde su conformidad, representa el crédito
    consistente en el saldo del precio o contraprestación
    señalado en el mismo título.

    Contenido de una
    factura conformada

    La Factura Conformada deberá
    expresar cuando menos lo siguiente:

    a) La denominación de Factura
    Conformada;

    b) La indicación del lugar y fecha de su
    emisión;

    c) El nombre, número del documento oficial de
    identidad, firma y domicilio del emitente, que sólo puede
    ser el vendedor o transferente, o el prestador del servicio, a
    cuya orden se entiende emitida;

    d) El nombre, número de documento oficial de
    identidad y domicilio del comprador o adquirente del bien o
    usuario del servicio, a cuyo cargo se emite;

    e) El lugar de entrega, en caso de tratarse de
    mercaderías o bienes descritos en el
    título;

    f) La descripción del servicio prestado, y en su
    caso, de la mercadería entregada, señalando su
    clase, serie, calidad, cantidad, estado y demás
    referencias que permitan determinar su naturaleza, género,
    especie y valor patrimonial;

    g) El valor unitario y total de la mercadería y,
    en su caso, del servicio prestado;

    h) El precio o importe total o parcial pendiente de pago
    de cargo del comprador o adquirente del bien o usuario del
    servicio, que es el monto del crédito que este
    título representa;

    i) La fecha de pago del monto señalado en el
    inciso anterior, que podrá ser en forma total o en armadas
    o cuotas. En este último caso, deberá indicarse las
    fechas respectivas de pago de cada armada o cuota; y,

    j) La indicación del lugar de pago y/o, en los
    casos previstos por el artículo 53°de la ley 27287, la
    forma como ha de efectuarse éste.

    Requisitos no
    esenciales

    a) A falta de indicación del lugar de entrega de
    las mercaderías, se entenderá que fue hecha en el
    domicilio del comprador o adquirente.

    b) A falta de indicación del lugar de pago,
    éste se exigirá en el domicilio del obligado
    principal, salvo que se hubiera acordado realizar el pago
    conforme al artículo 53° de la ley 27287.

    c) De haberse dejado constancia de la conformidad sin
    indicar su fecha, se considerará que ésta fue hecha
    en la misma fecha de la emisión del
    título

    VENCIMIENTO

    El vencimiento de la Factura Conformada puede ser
    señalado solamente de las siguientes formas

    a) A fecha o fechas fijas de vencimiento, según
    se trate de pago único, o en armadas o cuotas;

    b) A la vista;

    c) A cierto plazo o plazos desde su conformidad, en cuyo
    caso deberá señalarse dicha fecha de conformidad;
    y,

    d) A cierto plazo o plazos desde su
    emisión.

    En caso de haberse pactado el pago de la Factura
    Conformada en armadas o cuotas, la falta de pago de una o
    más de ellas faculta al tenedor a dar por vencidos todos
    los plazos y a exigir el pago del monto total del título;
    o, alternativamente, exigir las prestaciones pendientes en las
    fechas de vencimiento de cualquiera de las siguientes cuotas o,
    inclusive, en la fecha de la última armada o cuota,
    según decida libremente dicho tenedor. Para ese efecto,
    bastará que, de ser necesario, logre el correspondiente
    protesto o formalidad sustitutoria en oportunidad del
    incumplimiento de cualquiera de dichas armadas o cuotas, sin que
    afecte su derecho no haber efectuado tal protesto o formalidad
    sustitutoria correspondiente a las anteriores o cada una de las
    armadas o cuotas. La cláusula a que se refiere el
    artículo 52° de la ley 27287, que se hubiera
    incorporado en estas Facturas Conformadas surtirá efecto
    sólo respecto de la última armada o
    cuota.

    OBLIGACIONES DEL COMPRADOR O ADQUIRENTE DEL BIEN O
    USUARIO DEL SERVICIO

    El comprador o adquirente del bien o usuario del
    servicio que haya dejado constancia de su conformidad,
    tendrá la calidad de obligado principal del pago de la
    acreencia que representa la Factura Conformada. En tanto la
    Factura Conformada no cuente con la conformidad del comprador o
    adquirente del bien o usuario del servicio, la calidad de
    obligado principal recae sobre el emitente.

    RELACIONES CAUSALES ENTRE VENDEDOR Y
    COMPRADOR

    El comprador o adquirente del bien o usuario del
    servicio podrá oponer las excepciones personales que le
    correspondan por vicio oculto o defecto del bien o servicio
    sólo contra el vendedor o transferente o prestador del
    servicio o contra su endosatario en procuración, sin tener
    derecho a retener, respecto a terceros, los bienes ni el precio
    pendiente de pago, ni demorar el pago según la fecha o
    fechas señaladas en la Factura Conformada.

    PLAZO

    El plazo de pago o pagos del saldo del precio que se
    consigne en la Factura Conformada podrá ser mayor de un
    (1) año.

    Importancia de la
    factura conformada

    Muchos empresarios en algunas ocasiones ven trabadas sus
    operaciones comerciales por engorrosos trámites
    administrativos y, en otros casos, ven desamparadas sus
    expectativas de cobro por no utilizar títulos valores. La
    utilización de la factura conformada permitirá
    tener celeridad y seguridad en las operaciones comerciales al
    crédito lo que propiciara un buen clima en el
    tráfico comercial peruano. Encontrar un instrumento que,
    al mismo tiempo haga rápidas las operaciones al
    crédito, permita darles una seguridad jurídica a
    las mismas, hará que las empresas se beneficien
    sustancialmente en tanto que podrán hacer en efectivo su
    cobro con celeridad y además podrán recurrir a
    mecanismos ágiles y cómodos de financiamiento que
    vayan de acuerdo a sus posibilidades.

    Por otro lado y más específicamente, en el
    marco nacional, existe la necesidad de apoyar a las empresas
    peruanas, que en su mayoría son MYPES que, si bien es
    cierto, están incrementándose con el paso de los
    años, tienen ciertos problemas para acceder a fuentes de
    financiamiento tradicionales, en ese sentido el éxito de
    la utilización de las facturas conformadas hará
    posible que estas micro y medianas empresas puedan verse
    provistas de liquidez para su desarrollo y
    expansión.

    En conclusión, se puede decir que la factura
    conformada tiene dos funciones esenciales: a) el fortalecimiento
    de la cadena de pagos, otorgando al vendedor o al prestador del
    servicio un instrumento útil que le permita la seguridad
    de cobrar el saldo del precio del bien o la
    contraprestación del servicio, sirviendo también
    como un medio de prueba de que se ha entregado el bien o
    realizado el servicio y b) la de permitir el financiamiento
    empresarial, especialmente a las MYPES.

    Modelo de factura
    conformada

    Monografias.com

    Autor:

    SAUL YOEL MANZANO QUISPE

    PUNO – PERÚ

    2014

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