Cuestionario de Derecho Civil – Monografias.com
Cuestionario de Derecho
Civil
Cuestionario complementario de la
asignatura derecho civil
Concepto de acto jurídico. Es la
manifestación de la voluntad de una o más partes
con la intención de crea, modificar o extinguir un
derecho.
Se puede desprender:
a) La voluntad debe manifestarse, mientras no lo haga el
deseo queda en el fuero interno de la conciencia de la persona y
no produce ningún efecto.
b) La persona debe tener intención de producir un
efecto jurídico, esto es, crear, modificar o extinguir un
derecho.
c) El objetivo de los actos es crear, modificar o
extinguir un derecho.
Concepto de convención. Acuerdo
de voluntades entre dos o más personas, con el objeto de
crear obligaciones o modificar o extinguir otras
preexistentes.
Concepto de contrato. Art. 1101. Es un
convenio en cuya virtud, una o varias personas se obligan
respecto de una o de varias otras, a dar, hacer, o no hacer
alguna cosa.
Es un acuerdo de voluntades que crea
obligaciones.
¿Cuáles son los elementos y
cuál es la función del contrato. Elementos
personales, elementos reales y elementos formales.
Elementos personales: Los sujetos del contrato pueden
ser personas físicas o jurídicas con la capacidad
jurídica, y de obrar, necesaria para obligarse.
Elementos reales. Integran la denominada
prestación, o sea, la cosa u objeto del contrato, por un
lado, y la contraprestación, por ejemplo, dar suma de
dinero, por el otro.
Elementos formales: La forma es el conjunto de signos
mediante los cuales se manifiesta el consentimiento de las partes
en la celebración de un contrato. En algunos contratos es
posible que se exija una forma específica de
celebración. Por ejemplo, puede ser necesaria la forma
escrita, la firma ante notario o ante testigos, etc.
La función del contrato es que crea y transmite
obligaciones.
Explique el doble efecto del contrato.
Que genera obligaciones entre las partes.
Las partes deben ajustarse a las condiciones estipuladas
en el contrato (principio de literalidad).
Las condiciones y los efectos del contrato solo tienen
efecto entre las partes que aceptaron el contrato, y sus
causahabientes (principio de relatividad del
contrato).
Los pactos contenidos en los contratos deben ejecutarse
en los términos que fueron suscritos.
Las estipulaciones de los contratos típicos, que
fueran contrarias a la ley, se tienen por no puestas.
¿Cuáles son las obligaciones
nacidas del contrato?
Obligaciones del comprador: tiene la
obligación de de pagar el precio, de pagar el precio de
compraventa, de recibir la cosa vendida.
Obligaciones del vendedor: tiene la
obligación de entregar la cosa en buen estado, es una
obligación de dar, está obligado a transferir el
derecho de propiedad que tiene sobre esa cosa y al mismo tiempo
hacer la entrega de la cosa.
En qué consiste la interpretación
de los contratos y a quien corresponde ejercer dicha
interpretación. La interpretación es
fundamental, porque de ella depende la posterior
calificación jurídica y los efectos que el
ordenamiento asigna a la manifestación de la voluntad.
Consiste en la atribución de significado a un texto.
Tratándose de los contratos su interpretación
tendrá por objeto una manifestación de voluntad. El
contrato es una expresión de voluntad en un texto, que
luego de realizado puede ser interpretado de forma diferente por
las partes.
El Juez es quien tendrá la última palabra,
estando su actividad reglada por una serie de preceptos que deben
presidir su labor, y de las cuales no puede apartarse.
En materia contractual que es la oferta y en
qué consiste la aceptación.
Cuando se ofrece una cosa a un público
determinado o a todo tipo de público, cuando ese
público acepta esa cosa eso genera un contrato entre las
partes.
La aceptación es cuando la persona expresa su
voluntad de aceptar la cosa.
¿Qué son contratos
solemnes? Son los que exigen además del
consentimiento, que es un requisito que debe estar presente en
todos los contratos una formalidad que sin su cumplimiento el
contrato carecería de validez: la forma da el ser a la
cosa. La formalidad exigida para su validez consiste no solamente
en la intervención de un notario, sino en la
redacción de un documento notarial.
Explique en qué consiste el principio del
consensualismo y el efecto relativo del contrato. Los
contratos consensuales son aquellos que se forman por el solo
consentimiento de las partes, se dice que él solo
consentimiento obliga. Estos contratos constituyen el principio
de nuestro derecho y por lo tanto el derecho común en
materia de contrato.
¿Qué son contratos
aleatorios. EL contrato aleatorio es un convenio
reciproco, cuyos efectos de perdida y beneficios, ya sea por
todas las partes o para una o muchas de ellas, depende de un
suceso incierto. Ej. Tales son el contrato de seguro, el
préstamo a la gruesa, el juego y apuesta.
Explique en cuales casos se puede dar la
inexistencia del contrato.
Inexistencia de voluntad, si le consentimiento
pretendido carece de los requisitos jurídicos que integra
una manifestación de voluntad:
un no consentimiento.
Oferta y aceptación no coinciden o concurren
sobre objeto distinto o aparentan concurrir y no lo
hacen.Se finge una pluralidad de voluntades que en
realidad no existen.La capacidad de los contratantes deben ser mayores
de edad y estar en pleno uso de sus facultades
mentales.
Inexistencia por ausencia de causa:
Causa ilícita en el objeto motivo provoca la inexistencia
del contrato.
Inexistencia por ausencia de objeto: si falta el bien
concreto o la utilidad que envuelve la prestación el
contrato se considera inexistente: la imposibilidad
metafísica, la indeterminación de la especie y la
indeterminación de la cantidad dentro del mismo
convenio.
Inexistencia por ausencia de solemnidad: defecto de
forma que están establecida por las leyes.
En cuales casos se da la nulidad de pleno derecho
en los contratos. Cuando no cumple con los requisitos de
fondo o de forma requeridos para la validez del contrato
establecido por la ley.
En cuales contratos se puede producir la
anulabilidad de los mismos.
Los contratos que están afectados de error,
de violencia o de dolo.Los contratos formalizados por un incapaz para
contratar.Los contratos nulos por vicio de forma.
Cuales son los efectos de la inexistencia,
nulidad y anulabilidad de los contratos. El contrato
decae por completo: todas las obligaciones nacidas del contrato
desaparecen a consecuencia de la nulidad que afecta al contrato,
sin importar que sean obligaciones principales u obligaciones
accesorias.
La nulidad obra retroactivamente: tanto el deudor como
acreedor deben restituir la cosa, y todo va obrar como que nunca
existió ese contrato, excepto en el caso de los
arrendamientos que ya la cosa ha sido ocupada. La retroactividad
produce efectos tanto con respeto a las partes contratantes como
con respecto a los terceros.
Como se produce la confirmación de los
contratos. Se produce cuando una persona hace que
desaparezca los vicios del contrato, cuya nulidad había
podido invocar, es una renuncia a la acción de nulidad
relativa, constituye un acto jurídico
unilateral.
La confirmación debe emanar de la persona que
pudiera prevalerse de la nulidad. Es aplicable solo a la nulidad
relativa.
Es necesario que la confirmación se lleve a cabo
con conocimiento de causa, es decir cuando la parte que confirma
conoce le vicio y tiene el propósito d
repararlo.
Es preciso que la confirmación este exenta del
vicio que podría hacer anulable el contrato
confirmado.
Explique el principio de la autonomía de
la voluntad de las partes el momento de contratar. Este
principio es de derecho privado en virtud del cual el autor o los
autores de un acto jurídico tienen la facultad de
celebrarlo libremente y determinar a su voluntad su contenido y
efectos.
Cuales son los vicios del consentimiento en los
contratos. Los vicios son anormalidades del
consentimiento que ocasiona la anulación del acto
jurídico a favor de la parte que ha sido víctima de
ella.
Los vicios son: error, la violencia, el dolo,
lesión.
En qué consiste el dolo, el error y la
violencia a la hora de contratar.
El error: es aquel obstáculo que impide la
formación misma del contrato. Existen tres tipos de
error:
El error in negocio: el que recae sobre la naturaleza
misma del contrato, cuando las partes no se han puesto de
acuerdo.
El error in corpore: cuando las partes se han equivocado
sobre la identidad del objeto de la obligación. Ej. Cuando
una persona cree que ha comprado una cosa y el vendedor cree que
está vendiendo una cosa diferente.
El error sobre la causa de la obligación: la
causa de obligación son los motivos que han llevado a las
partes a asumir la obligación, ósea la
contraposición.
El Dolo: el art. 1116 del Código Civil, dice el
dolo es causa de nulidad, cuando los medios puesto en
práctica por unos e los contratantes son tales, que quede
evidenciado que sin ello no hubiese contratado la otra parte. el
dolo es un error provocado, un error inducido. El dolo no se
presume debe probarse.
La violencia: el art.1111del C.C., dice, la violencia
ejercida con el que ha contraído una obligación,
causa de nulidad, aunque haya sido ejecutada por un tercero
distinto de aquel en beneficio de quien se hizo el
pacto.
¿Qué es la lesión en los
contratos? Es el perjuicio económico que sufre
una de las partes contratantes. Es un vicio excepcional del
consentimiento, que solo tiene aplicación en determinados
contratos y en cuanto determinados personas.
En qué consiste la rescisión por
lesión en los contratos. Si el vendedor ha sido
lesionado en más de las 7/12 partes en el precio de un
inmueble, tiene derecho a pedir la recisión de la venta,
aunque haya renunciado expresamente a esa facultad en el
contrato, o declarado que hacia donación de la diferencia
de precio.
Concepto de acto jurídico. Es la
manifestación de la voluntad de una o más
partes con la intención de crea, modificar o
extinguir un derecho.
Se puede desprender:
a) La voluntad debe manifestarse, mientras no lo haga el
deseo queda en el fuero interno de la conciencia de la persona y
no produce ningún efecto.
b) La persona debe tener intención de producir un
efecto jurídico, esto es, crear, modificar o extinguir un
derecho.
c) El objetivo de los actos es crear, modificar o
extinguir un derecho.
d) Es unilateral.
Concepto de convención. Acuerdo de
voluntades entre dos o más personas, con el
objeto de crear obligaciones o modificar o extinguir otras
preexistentes. Por tanto todas las convenciones son actos
jurídicos, pero no todos los actos jurídicos son
una convención.
Concepto de contrato. Art. 1101. Es un
convenio en cuya virtud, una o varias personas se obligan
respecto de una o de varias otras, a dar, hacer, o no hacer
alguna cosa. Es un acuerdo de voluntades que crea
obligaciones.
¿Cuáles son los elementos y cuál
es la función del contrato. Elementos personales,
elementos reales y elementos formales.
-Elementos personales: Los sujetos del contrato
pueden ser personas físicas o jurídicas con la
capacidad jurídica, y de obrar, necesaria para
obligarse.
-Elementos reales: Integran la denominada
prestación, o sea, la cosa u objeto del contrato, por un
lado, y la contraprestación, por ejemplo, dar suma de
dinero, por el otro.
-Elementos formales: La forma es el conjunto de
signos mediante los cuales se manifiesta el consentimiento de las
partes en la celebración de un contrato. En algunos
contratos es posible que se exija una forma específica de
celebración. Por ejemplo, puede ser necesaria la forma
escrita, la firma ante notario o ante testigos, etc.
La función del contrato es que crea y transmite
obligaciones.
Explique el doble efecto del contrato.
Que genera obligaciones entre las
partes.Las partes deben ajustarse a las condiciones
estipuladas en el contrato (principio de
literalidad).Las condiciones y los efectos del contrato solo
tienen efecto entre las partes que aceptaron el contrato, y
sus causahabientes (principio de relatividad del
contrato).Los pactos contenidos en los contratos deben
ejecutarse en los términos que fueron
suscritos.Las estipulaciones de los contratos típicos,
que fueran contrarias a la ley, se tienen por no
puestas.
Cuáles son las obligaciones nacidas del
contrato. Estas son las obligaciones jurídicas sancionadas
por el derecho. Ejemplo: contrato de compra-venta:
Obligaciones del comprador: tiene la obligación
de de pagar el precio, de pagar el precio de compraventa, de
recibir la cosa vendida.
Obligaciones del vendedor: tiene la obligación de
entregar la cosa en buen estado, es una obligación de dar,
está obligado a transferir el derecho de propiedad que
tiene sobre esa cosa y al mismo tiempo hacer la entrega de la
cosa.
En qué consiste la interpretación de
los contratos y a quien corresponde ejercer dicha
interpretación.
-Consiste en la atribución de significado a
un texto jurídico.
– El Juez es quien tendrá la
última palabra, estando su actividad reglada por una serie
de preceptos que deben presidir su labor, y de las cuales no
puede apartarse.
La interpretación es fundamental, porque de ella
depende la posterior calificación jurídica y los
efectos que el ordenamiento asigna a la manifestación de
la voluntad. Consiste en la atribución de significado a un
texto. Tratándose de los contratos su
interpretación tendrá por objeto una
manifestación de voluntad. El contrato es una
expresión de voluntad en un texto, que luego de realizado
puede ser interpretado de forma diferente por las
partes.
En materia contractual que es la oferta y en
qué consiste la aceptación.
Cuando se ofrece una cosa a un público
determinado o a todo tipo de público, cuando ese
público acepta esa cosa eso genera un contrato entre las
partes. La aceptación es cuando la persona expresa su
voluntad de aceptar la cosa.
¿Qué son contratos solemnes. Son
los que exigen además del consentimiento, que es un
requisito que debe estar presente en todos los contratos una
formalidad que sin su cumplimiento el contrato carecería
de validez: la forma da el ser a la cosa. La formalidad exigida
para su validez consiste no solamente en la intervención
de un notario, sino en la redacción de un documento
notarial.
Explique en qué consiste el principio del
consensualismo y el efecto relativo del contrato. Cuando
el acuerdo de voluntades puede ser violado por cualquiera de las
partes. Los contratos consensuales son aquellos que se
forman por el solo consentimiento de las partes, se dice que
él solo consentimiento obliga. Estos contratos constituyen
el principio de nuestro derecho y por lo tanto el derecho
común en materia de contrato.
¿Qué son contratos aleatorios. EL
contrato aleatorio es un convenio reciproco, cuyos efectos de
perdida y beneficios, ya sea por todas las partes o para una o
muchas de ellas, depende de un suceso incierto. Ej. Tales son el
contrato de seguro, el préstamo a la gruesa, el juego y
apuesta.
Explique en cuales casos se puede dar la inexistencia
del contrato. Cuando carece de requisitos jurídicos,
es decir, cuando en ello falta uno de los requisitos de
validez.
-Inexistencia de voluntad, si le consentimiento
pretendido carece de los requisitos jurídicos que integra
una manifestación de voluntad:
un no consentimiento.
Oferta y aceptación no coinciden o concurren
sobre objeto distinto o aparentan concurrir y no lo
hacen.Se finge una pluralidad de voluntades que en
realidad no existen.La capacidad de los contratantes deben ser mayores
de edad y estar en pleno uso de sus facultades
mentales.
-Inexistencia por ausencia de causa: Causa
ilícita en el objeto motivo provoca la inexistencia del
contrato.
-Inexistencia por ausencia de objeto: si falta el bien
concreto o la utilidad que envuelve la prestación el
contrato se considera inexistente: la imposibilidad
metafísica, la indeterminación de la especie y la
indeterminación de la cantidad dentro del mismo
convenio.
-Inexistencia por ausencia de solemnidad: defecto de
forma que están establecida por las leyes.
En cuales casos se da la nulidad de pleno derecho en
los contratos. Cuando no cumple con los requisitos de fondo o
de forma requeridos para la validez del contrato establecido por
la ley.
En cuales contratos se puede producir la nulabilidad
de los mismos.
Los contratos que están afectados de error,
de violencia o de dolo.Los contratos formalizados por incapaz para
contratar.Los contratos nulos por vicio de forma.
La anulabilidad: es la nulidad relativa de los
contratos.
¿Cuáles son los efectos de la
inexistencia, nulidad (De forma Absoluta) y anulabilidad
(De forma Relativa) de los contratos. El contrato de
cae por completo: todas las obligaciones nacidas del contrato
desaparecen a consecuencia de la nulidad que afecta al contrato,
sin importar que sean obligaciones principales u obligaciones
accesorias.
La nulidad obra retroactivamente: tanto el deudor como
acreedor deben restituir la cosa, y todo va obrar como que nunca
existió ese contrato, execto en el caso de los
arrendamientos que ya la cosa ha sido ocupada. La retroactividad
produce efectos tanto con respeto a las partes contratantes como
con respecto a los terceros.
Notas importantes:
-?Cuando se pronuncia la inexistencia o nulidad, es
cuando se declara que no existió el contrato nunca (Es
Retroactiva).
-?Cuando se pronuncia la anulabilidad, es nula a partir
de la sentencia del juez (No es de carácter
retroactivo).
Como se produce la confirmación de los
contratos.
Se produce cuando una persona hace que desaparezca los
vicios del contrato, cuya nulidad había podido invocar, es
una renuncia a la acción de nulidad relativa, constituye
un acto jurídico unilateral. La confirmación debe
emanar de la persona que pudiera prevalerse de la nulidad. Es
aplicable solo a la nulidad relativa. Es necesario que la
confirmación se lleve a cabo con conocimiento de causa, es
decir cuando la parte que confirma conoce le vicio y tiene el
propósito d repararlo. Es preciso que la
confirmación este exenta del vicio que podría hacer
anulable el contrato confirmado.
Explique el principio de la autonomía de la
voluntad de las partes el momento de contratar. Este
principio es de derecho privado en virtud del cual el autor o los
autores de un acto jurídico tienen la facultad de
celebrarlo libremente y determinar a su voluntad su contenido y
efectos.
¿Cuáles son los vicios del
consentimiento en los contratos.Los vicios son anormalidades
del consentimiento que ocasiona la anulación del acto
jurídico a favor de la parte que ha sido víctima de
ella. Los vicios son: error, la violencia, el dolo,
lesión.
En qué consiste el dolo, el error y la
violencia a la hora de contratar.
El error: es aquel obstáculo que impide la
formación misma del contrato. Existen tres tipos de
error:
-El error in negocio: el que recae sobre la naturaleza
misma del contrato, cuando las partes no se han puesto de
acuerdo.
-El error in corpore: cuando las partes se han
equivocado sobre la identidad del objeto de la obligación.
Ej. cuando una persona cree que ha comprado una cosa y el
vendedor cree que está vendiendo una cosa
diferente.
-El error sobre la causa de la obligación: la
causa de obligación son los motivos que han llevado a las
partes a asumir la obligación, ósea la
contraposición.
El Dolo: el art. 1116 del Código
Civil, dice el dolo es causa de nulidad, cuando los medios
puestos en práctica por unos e los contratantes son tales,
que quede evidenciado que sin ello no hubiese contratado la otra
parte. el dolo es un error provocado, un error inducido. El dolo
no se presume debe probarse.
La violencia: el art.1111del C.C., dice, la violencia
ejercida con el que ha contraído una obligación,
causa de nulidad, aunque haya sido ejecutada por un tercero
distinto de aquel en beneficio de quien se hizo el
pacto.
Que es la lesión en los contratos. Es el
perjuicio económico que sufre una de las partes
contratantes. Es un vicio excepcional del consentimiento, que
solo tiene aplicación en determinados contratos y en
cuanto determinados personas.
En que consiste la rescisión por lesión
en los contratos. Es el termino anticipado del
contrato cuando se ha lesionado una de la partes. Si el
vendedor ha sido lesionado en mas de las 7/12 partes en el precio
de un inmueble, tiene derecho a pedir la recisión de la
venta, aunque haya renunciado expresamente a esa facultad en el
contrato, o declarado que hacia donación de la diferencia
de precio.
Explique cuáles son los atentados contra la
libertad de no contratar.
-La violencia.
-La Fuerza o Intención.
-El Fraude.
Explique cuáles son los atentados contra la
libertad de fijar y modificar las condiciones del
contrato. Esto consiste en que la lesión el
perjuicio siempre es económico, mientras que en el dolo
puede ser económico ó no. Según el Art.
1110.- El error no es causa de nulidad de la
convención, sino cuando recae sobre la sustancia misma de
la cosa que es su objeto. No es causa de nulidad, cuando
únicamente recae en la persona con la cual hay
intención de contratar, a no ser que la
consideración de esta persona sea la causa principal de la
convención.
Requisitos en la formulación de un
contrato.
-El consentimiento de la parte que se
obliga;-Su capacidad para contratar;
-Un objeto cierto que forme la materia del
compromiso;-Una causa lícita en la
obligación".
EN QUE CONSISTE EL PRINCIPIO DE LA FUERZA OBLIGATORIA
DE LOS CONTRATOS? En que los pactos legalmente formados,
tienen fuerza de ley para aquellos que lo han
celebrado.
EN QUE CONSISTE EL PRINCIPIO DE LA RELATIVIDAD DE LOS
EFECTOS DE LOS CONTRATOS? En que sus efectos se limitan a las
partes y sus representantes o causahabientes.
QUE ES EL PRINCIPIO DE LA RELATIVIDAD DE LOS EFECTOS
DE LOS CONTRATOS RESPECTO A LOS TERCEROS? Esto se refiere a
que los contratos obligan no solo a lo que se expresa en ellos,
sino también, a las consecuencias que la equidad, el uso o
la ley dan a la obligación según su
naturaleza.
QUE ES LA PROMESA POR TERCERO Y LA CLAUSULA DE PORTE
FORT. Una persona garantiza por otra cuando promete que la
persona de quien habla, consentirá como ella en la
convención que celebra. En la práctica, el porte
fort se obliga a obtener la firma de un tercero. Es cuando puede
obligarse o beneficiarse a otra persona, que no sean las partes
contratantes y los causahabientes y representantes de estas. En
cuanto a la cláusula de porte fort.; consiste o
se refiere a la obligación que contrae una persona, de
obtener la adhesión de otra.
QUE ES LA ESTIPULACION POR TERCEROS: No es
más que cuando el que ha celebrado este convenio, no puede
revocarlo, si el tercero manifestó su voluntad de
aprovecharse de él. Es también la promesa que una
parte contratante hace a la otra de una prestación en
provecho de una persona extraña al contrato.
CUAL ES EL ALCANCE DE LA ESTIPULACION POR TERCERO,
SEGÚN LA JURISPRUDENCIA: Su validez es tan solo por la
existencia de una cláusula penal; esto quiere decir, que
de acuerdo a la Jurisprudencia, se ha llegado a admitir la
validez de la estipulación por tercero, cuando el
estipulante exigirá el cumplimiento de una
prestación a favor de un tercero.
DENTRO DE LA ESTIPULACIÓN POR TERCEROS,
ESTABLEZCA QUE SIGNIFICA:
-La Teoría de la Oferta: Es cuando el
estipulante ofrece al tercero la estipulación pactada en
su favor; estando el promitente obligado, solamente cuando haya
sido aceptada la oferta.
-La Teoría de la Gestión de
Negocios: Es cuando se considera el estipulante como un
gestor de negocios y que realiza operaciones que no se le han
encomendado. Esto lo que quiere decir es, que quien estipula a
favor de tercero sin haber recibido mandato de él, es un
gestor de negocios, ya que celebra por cuenta del tercero una
operación que hubiera podido realizar como mandatario si
hubiera recibido previamente el poder necesario.
-La Teoría del Derecho Directo del
Beneficiario: De acuerdo a ella (esta teoría), la
estipulación por tercero es una institución
original; realmente no hay ninguna explicación y la
jurisprudencia la admite como tal y solo se comprueba su
mecanismo.
CUALES SON LAS CONDICIONES DE EFICACIA DE LA
ESTIPULACION POR TERCEROS:
-Es preciso que el tercero esté en posibilidad de
recibir los beneficios de la estipulación.
-Es necesario que la estipulación por tercero no
haya sido revocada por el estipulante.
– Esta (estipulación por terceros), debe
ser ratificada por éste.
CUALES SON LAS RELACIONES JURIDICAS DERIVADAS DE LA
ESTIPULACION POR TERCEROS:
– Entre el promitente y el tercero.
-Entre los terceros y el estipulante. Aquí, en
este caso, no se produce ningún tipo de obligación;
aunque sí algunos efectos.
-Entre el Estipulante y el Promitente.
DEFINA:
-SIMULACION: Es una disconformidad consciente
entre la voluntad y su declaración, convenida entre las
partes, con el fin de engañar a terceros. Es
también la declaración de voluntad no real, de
celebrar un acto jurídico. Esta puede ser:
Absoluta: que es cuando el acto no
existe. Aquí la carencia total de voluntad convierte al
acto en nulo.
Es relativa: porque la intención
real es celebrar un acto distinto. El contrato oculto o secreto
tiene valor entre las partes, pero frente a terceros de buena fe
este será inoponible, siendo válido el
simulado.
-CONTRADOCUMENTOS: Acto firmado por alguna de las
partes, para dejar sin efecto el acto simulado. También es
el acto destinado a quedar secreto, que modifica las
disposiciones de un acto ostensible(que puede manifestarse o
mostrarse; claro, patente) que lo explica o restringe.
EXPLIQUE EN QUE CONSISTE LA EXTENSION VARIABLE DE LA
SIMULACION:
-El acto secreto puede destruir totalmente el acto
aparente, en forma tal que este ultimo sea meramente
ficticio.
-El acto secreto puede modificar la naturaleza del acto
aparente; por ejemplo, en el caso de una Donación
disimulada en una venta.
-En lugar de esconder la naturaleza misma de su
operación, las partes pueden ocultar solamente algunas
condiciones del acto; siendo la simulación, en este caso
considerada parcial.
-En algunas ocasiones, el beneficiario del acto, es una
persona distinta a la que indica el acto aparente.
DIGA CUALES SON LOS EFECTOS DE LA SIMULACION DE LOS
CONTRADOCUMENTOS: Los contra documentos solo producen efectos
entre las partes contratantes y no contra terceros.
COMO SE PRUEBA LA SIMULACION: Solamente se puede
probar por escrito, cuando el interés del negocio sea
superior a los 500 francos, el acto secreto, del cual resulta la
simulación.
DIGA CUALES SON LAS CAUSAS DE DISOLUCION DE LOS
CONTRATOS:
– Las causas retroactivas; estas a su vez pueden
ser:
La Anulación, que existe en virtud de la ley, y
La Resolución, la cual se opera por medio de la voluntad
de las partes, cuando solamente han consentido en el contrato de
una manera condicional.
– Las que ponen fin al contrato sin retroactividad;
estas son también dos, a saber:
La Revocación, y La Resiliación; que solo
se aplican a algunos contratos particulares.
EXPLIQUE EN QUE CONSISTE:
– LA NULIDAD: Consiste, en una sanción
genérica de ineficacia o falta de valor legal, para los
actos jurídicos celebrados con violación o defecto
de las formas y solemnidades establecidas por la ley, o con la
finalidad reprobada, o con causa ilícita.
– RESCISION: Consiste en la conducción a
la extinción retroactiva del contrato; al igual, en este
caso que la nulidad. Existe la presunción de que en el
momento de su formación, era válido.
– REVOCACION: Consiste en designar los casos en
que una persona es privada de una ventaja gratuita que recibe del
contrato. El Código Civil en su Art. 1121, admite
implícitamente que las partes pueden revocar el derecho
conferido por ellas al tercero; siempre y cuando, éste no
haya declarado su voluntad de aprovecharse de él. Esta
equivale a una especie de penalidad civil aplicada a una de las
partes contratantes; como consecuencia de una culpa cometida por
ella y únicamente produce efectos para el
porvenir.
– RESILIACION DE LOS CONTRATOS: Esta designa todo
acto por el cual las partes deshacen ellas mismas el contrato que
habían celebrado. Por Ejemplo podemos citar, la
resiliación del arrendamiento; aquí el contrato
desaparece como causa productora de obligaciones antes de haber
transcurrido su término normal.
DEFINA:
-QUE ES EL TERMINO: Es un acontecimiento futuro o
plazo que es cierto, en el sentido de que su realización
es inevitable.
– COMO PUEDE SER EL TERMINO: Este puede
ser:
Suspensivo. Que es el plazo concedido a un
deudor para pagar su deuda.
Extintivo. Este pone fin a la obligación
de prestaciones continuas.
– QUE ES EL TÉRMINO CIERTO: No es
más que el período fijado para terminar en
designado año, mes o día, o comenzado desde la
fecha de la obligación o de otra fecha cierta.
– QUE ES EL TÉRMINO INCIERTO: Es aquel
plazo que está esencialmente constituido por un elemento
que debe acontecer; es decir que su fecha no puede conocerse con
anterioridad.
– QUE ES EL PLAZO DE DERECHO: Es el que se
establece con la obligación; y que el deudor puede oponer
al acreedor, por el hecho mismo de la existencia de la
obligación.
– QUE ES EL PLAZO DE GRACIA: Es aquel que se
opone al plazo de derecho; el cual representa un favor individual
concedido al deudor por los tribunales. Este no produce todos los
efectos que el de derecho.
– QUE ES EL PLAZO LEGAL: Es aquel que he
concedido por la ley al deudor.
– QUE ES EL PLAZO CONVENCIONAL: Es el que se ha
pactado en el convenio; ya sea de manera expresa o
tácitamente.
– A FAVOR DE QUIEN SE ESTABLECE EL PLAZO: Se
presume que el plazo es estipulado a favor del acreedor; siempre
y cuando no se convenga que en la misma estipulación o en
sus circunstancias se conviniera a favor del acreedor.
– EXPLIQUE QUE SIGNIFICA VENCIMIENTO ANTICIPADO DEL
PLAZO: Es cuando el deudor haya disminuido, por hechos
propios las garantías pactadas en el contrato, a favor de
su acreedor.
– CUALES SON LOS EFECTOS DEL PLAZO:
Nace el derecho
No se puede demandar su cumplimiento
No opera la prescripción
Se pueden impetrar medidas conservativas
Se puede novar(sustituir con una obligación,
otra otorgada anteriormente, la cual queda
anulada).Se puede renunciar por quien lo tiene en su
beneficio.
DEFINA QUE ES LA CONDICION: Es un acontecimiento
futuro e incierto, del cual depende la formulación del
contrato. Mientras esta esté pendiente del contrato no
existe todavía; al realizarse la condición, las
obligaciones nacen con efecto retroactivo.
ENUMERE Y DEFINA LAS PRINCIPALES VARIEDADES DE LA
CONDICION:
Condición Suspensiva y Resolutoria. Es
suspensiva, cuando afecta la existencia de la obligación o
del contrato. Y resolutoria cuando se refiere a la
extinción retroactiva de un derecho.
Condiciones Causales, Potestativas o Mixta. Las
causales se identifican con un acontecimiento que en su esencia
depende del azar. La potestativa, hace depender la
obligación de un acontecimiento que una de las partes
puede impedir. En cuanto a la mixta, depende de la voluntad de
una de las partes y de un tercero.
Condiciones Posibles o Imposibles, Lícitas e
Ilícitas, Positivas y Negativas. Las imposibles, son
las constituidas por un acontecimiento que no puede realizarse.
La ilícita, es la contraria a la ley. La positiva, se
refiere a un acontecimiento que debe realizarse. Y es negativa,
cuando se trata de un acontecimiento que no debe
realizarse.
EXPLIQUE EN QUE CONSISTE LA REALIZACION DE LA
CONDICION: Esta consiste en que la misma se ha realizado
acorde a como las partes la hayan pactado verdaderamente. No debe
existir fraude; y se reputará realizada la
condición, siempre que el deudor haya impedido su
cumplimiento.
CUALES SON LOS EFECTOS DE LA CONDICION
SUSPENSIVA:
– Antes del cumplimiento:
Su efecto suspensivo es mucho más firme que el
del plazo.
El derecho sujeto a una condición suspensiva, no
existe; la condición impide su nacimiento mismo y por otro
lado se ignora si ese derecho nacerá algún
día.
– Después de su cumplimiento:
El derecho o la obligación suspendida por ella,
nace, produciendo efectos retroactivos.
Cuando la condición se realiza, el acto
condicional se considera como si siempre hubiera sido puro y
simple.
En caso de que no se realice la condición, el
acto se considera como si nunca hubiere existido; es un acto
inútil.
No produjo ningún efecto y se tiene la certeza de
que nunca los producirá; puesto de que no se realizo la
condición de que dependía.
CUALES SON LOS EFECTOS DE LA CONDICION RESOLUTORIA
EXPRESA:
Mientras esta condición no es realizada, se
considera el contrato como puro y simple.Si de manera definitiva no se realiza la
condición resolutoria expresa, el contrato se
convierte en definitivo.Si se realiza esta condición, el vendedor
vuelve a ser propietario de pleno derecho y los tribunales no
pueden conceder un plazo.Si las partes declararon en un contrato
sinalagmático, que se verificaría su
resolución de pleno derecho, si no se cumplen estos
términos, entonces el juez intervendrá
únicamente para la interpretación del
contrato.
CUALES SON LOS EFECTOS DE LA CONDICION RESOLUTORIA
TACITA:
Esta condición se sobreentiende siempre en
los contratos sinalagmáticos(contrato bilateral); para
cuando una de las partes no cumpla con su
obligación.La parte afectada(a la que no se le cumplió
lo pactado), puede exigirle a la otra el cumplimiento del
contrato, en caso de que sea posible, o pedir la
rescisión del mismo y el pago por daños y
perjuicios.La rescisión debe pedirse judicialmente y el
juez puede conceder al demandado un término
proporcionado a las circunstancias.
EXPLIQUE EN QUE CONSISTE LA TEORIA DE LOS
RIESGOS:
-Primero, que se trata de un contrato
sinalagmático, el cual produjo obligaciones de
dar.
–Segundo, que una de las obligaciones, por lo
menos recae en una cosa cierta y determinada.
–Tercero, que la cosa cierta y determinada,
pereció por caso fortuito o fuerza mayor.
Esta teoría, en definitiva lo que establece es
que la cosa perece para el acreedor.
QUE ES LA PRUEBA: Es la acción y efecto de
probar; y probar es demostrar de algún modo la certeza de
un hecho o la verdad de una afirmación.
QUE SE ENTIENDE POR CARGA DE LA PRUEBA Y A CARGO DE
QUIEN SE ESTABLECE ESTA: La carga de la prueba, no es
más que la obligación de las partes intervinientes
en un proceso civil de probar los hechos fundamentadores de la
norma que le es favorable si se pretende probarlos. Esta se
establece a cargo de quien invoca en su favor una relación
de derecho o una situación jurídica.
EN QUE CONSISTE LA PRUEBA DOCUMENTAL: Es el medio
de prueba por excelencia, aplicable a los actos
jurídicos(acto voluntario lícito, tienen por
finalidad establecer entre personas relaciones jurídicas,
crear, modificar, transferir, conservar o aniquilar derechos), en
oposición a los hechos jurídicos(acontecimiento
susceptible de producir alguna adquisición,
modificación, transferencia o extinción de las
obligaciones) propiamente dichos.
QUE ES UN DOCUMENTO AUTENTICO: Es aquel documento
que es autorizado por un oficial público competente, en
relación a la naturaleza de los hechos que constan en
él; y al lugar donde se ha redactado.
QUE ES UN DOCUMENTO PRIVADO: Es el redactado con
intención de comprobar un acto jurídico; pero sin
que intervenga un oficial público. Este se opone al
documento auténtico; ya que es redactado por personas
privadas, y firmado sin estar sujetos a ninguna condición
de forma.
CUAL ES LA FUERZA PROBATORIA DE LOS DOCUMENTOS
PRIVADOS: Esta está reconocida en el código
civil Dominicano; principalmente en sus articulados del 1322 al
1326; los cuales entre otras cosas establecen claramente que " el
acta o documento privado reconocido por aquel a quien se opone, o
reconocido legalmente, produce entre sus autores herederos o
causahabientes la misma fe que los documentos
públicos"
CUALES SON LOS DOCUMENTOS PRIVADOS QUE NO REVISTEN EL
CARÁCTER DE DOCUMENTOS INSTRUMENTALES:
Los Libros de Comercio.
Los Registros y Papeles
Domésticos.Los Recibos puestos a continuación, al margen
y al dorso de un documento.Copia de Títulos.
Documentos Recognocitivos y
Confirmatorios.
QUE ES LA PRUEBA POR JURAMENTO: Es invocar como
testigo a la Divinidad, sobre la verdad de un hecho que se
afirma; o como la afirmación solemne de un hecho. Este
solo prueba a favor del que lo ha deferido o contra él; y
de sus herederos y causahabientes, o contra ellos.
DEFINA QUE ES LA SOCIEDAD O EL CONTRATO DE
SOCIEDAD: Es un contrato por medio del cual dos o más
personas convienen poner cualquier cosa en común, con
objeto de dividirse el beneficio que pueda resultar de
ello.
CUALES SON LOS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL CONTRATO
DE SOCIEDAD:
Una cosa puesta en común; es decir, una
aportación social efectuada por cada uno de los
socios.Los Beneficios por realizar, de orden
económico, lo que distingue la sociedad de la
asociación.La división entre ellos (socios) de los
beneficios y pérdidas; demostrando con ello, una
voluntad particular.
CUALES SON LAS DIVERSAS CATEGORIAS DE SOCIEDADES
CIVILES:
Universales
Particulares.
EXPLIQUE EL FUNCIONAMIENTO DE LA SOCIEDAD CIVIL:
Esta funciona de manera tal, que los socios son deudores para con
la sociedad; esta es administrada por un gerente designado o
gerentes designados, en el acta constitutiva o en una posterior;
o por todos los socios. Las facultades del gerente se las da el
acta constitutiva o en su defecto se regirá por la
noción de acto de administración. Las obligaciones
contraídas por el o los gerentes con terceras personas,
serán a cargo de la sociedad; y si son todos (los socios)
gerentes, uno de ellos no obliga a los demás.
DIGA COMO SE DISUELVE LA SOCIEDAD:
Por el vencimiento del plazo pactado.
por la extinción de la cosa o la
realización de su objeto.Por la muerte natural de cualquiera de los
asociados.Por la muerte civil, la Interdicción o
bancarrota de uno de ellos.Por la voluntad de uno solo o de varios de ellos de
no continuar en sociedad.Por el incumplimiento de uno de los socios en el
pago de su aportación.En el caso de la sociedad de duración
limitada, existen motivos de disolución, sujetos a la
apreciación de los tribunales.
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