Casación sigue siendo… Un recurso extraordinario
Conocido por la Suprema Corte de Justicia Contra decisiones de
las Cortes Fundamentado en la idea misma de la aplicación
del derecho para lograr una uniformidad en la
interpretación de la norma positiva.
Importancia actual… Hoy más que nunca el Recurso de
Casación será usado, por el poco interés que
se muestra en la labor consultiva. Videre atribuciones de la
SCJ.
Admisibilidad 425 Sentencias de Cortes Ponen fin al procedimiento
Deniegan la extinción o la suspensión de la
pena.
Procedencia. Exclusiva Inobservancia o error en la
aplicación de la ley. Inobservancia Constitucional
Inobservancia de normas internacionales con rango
constitucional.
Pero… Pena Privativa mayor de 10 años Problemas de
constitucionalidad El aspecto del Nuevo Código Penal El
asunto de rango de los hechos punibles. Una pista
más
Pero… Cuando se verifique contradicción de
sentencias. La creación de una jurisprudencia menor.
Carencia de fundamento. Motivos de la Revisión.
Procedimiento… Analógicamente Procedimiento de
Apelación… Plazo para decidir, extendido a un mes.
Todos los casos.
Esto supone… Un previo de solicitud de apertura Un plazo
de diez días para la interposición motivada. Pero
no los motivos que hicieron posibles la apelación.
Podrá darse la repetición de motivos, salvo el caso
de la absolución repetida. Desventaja en los recursos del
MP.
Suerte de la Casación. Confirmación. Tribunal de
Envío. (Hipótesis restringida en el caso de los
recursos del Ministerio Público).
Revisión Sub428-435 del CPP
Características. Un recurso extraordinariamente
extraordinario. Especial en causas de apertura. Procedimiento de
custodia de errores o eventualidades. Lo conoce la Suprema Corte
de Justicia. Consonancia con el artículo 426 CPP.
Características de la Sentencia Una sentencia definitiva
irrevocable. Condenación. Cualquier
jurisdicción.
Motivos del Recurso 1. Debe ser a favor del condenado. 2.
Limitación teórica en recurso del Ministerio
Público.
Casos. Aplicabilidad No hay motivos para el recurso, existen
casos: 1. Homicidio. Posterior aparición. 2. Multiplicidad
de personas en igualdad de hecho y pena. 3. Basamento o prueba
(documental o testimonial) falsa en fallo posterior.
Casos aplicabilidad. Hechos nuevos. Reapertura del caso.
Inexistencia del hecho punible. Sentencia pronunciada por
prevaricación o corrrupción de jueces. Sentencia
irrevocablemnte juzgada. Ley nueva que desincrimine el hecho o
cambie la pena. Cambios jurisprudenciales.
Exclusividad de Actores Procurador General de la República
Condenado o abogado Muerto el condenado, su cónyuge,
herederos, legatarios universales o particulares. A aquellos que
el condenado haya expresamente confiado esa tarea. Asociaciones
de Derechos Humanos Juez de la Ejecución de la Pena.
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Presentación. Un escrito motivado. Un recurso sin plazos
de partida. Aporte anexo de prueba o lugar de requerimiento de
prueba. (430) A cargo de audiencia o en forma administrativa.
(432)
Suspensión. Mientras el recurso se conoce: Suspende la
ejecución de la sentencia La Corte puede ordenar la
libertad La Corte puede ordenar una medida coerción.
434. La SCJ decide Rechazando el recurso. La sentencia entonces
queda confirmada. No cierra otro recurso posterior, pero por otra
causa.
La Suprema decide Aceptar el recurso: Anula la sentencia. Rebaja,
modifica o anula la sentencia. Pone en libertad al condenado. En
caso de valoración nueva de la prueba, entonces, se ordena
un nuevo juicio.
Durante el nuevo juicio. El asunto vuelve al primer grado.
¿Un juez distinto?. El tercer juez. No se puede modificar
la sentencia sobre la reapreciación de los mismos hechos,
prescindiendo de los motivos del recurso. No puede agravar la
pena. En los casos de absolución (error in personam) puede
exigirse la publicación en Boletín, medios,
restitución…
Configuración Lógica de los Recursos
Hipótesis de un Solo Grado. Excepcionalidad del Recurso.
Mucho trabajo jurisprudencial. No se descarta la posibilidad de
Reglamentos o Informes aplicativos. Poder de la Suprema Corte en
su actitud legislativa.
Ponderaciones finales. SubLa desventajosa óptica del
Ministerio Público en los recursos, presupone su ventaja
en la apertura del primer grado.
Estamos convencidos … De que la reglamentación
total de los recursos, deberá irse acomodando a la
práctica y a la jurisprudencia, que ahora toma una
extraordinaria importancia, no tan sólo normativa, sino
desde la óptica de control de la política judicial
penal dominicana.
Estamos convencidos … De que existen aspectos que deben
ser moderados, tales como la aceptación o no de los
recursos por las Cortes. No quiero decir que sean motivo de
sobrelegislación, sino que deben ser considerados los
parámetros aplicativos…
Salimos finalmente de la
Pero debemos aprender las nuevas formas
Agradezco la oportunidad que me han dado de poder conversar con
todos ustedes, los pormenores de los recursos. El aspecto que
sí es sin apelación es el honor que me ha brindado
la escuela de instruir de alguna manera a aquellos que tienen por
horizonte la cuestión de la estabilidad de la patria.
Pueden contar conmigo, aunque sea hasta tres, hasta cinco, pero
contar, si ello les hiciere falta.…