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Las entidades fiscalizadoras superiores y la auditoría basada en resultados en el sector defensa (página 2)



Partes: 1, 2, 3, 4, 5

i) Efectuar las acciones de control ambiental y sobre
los recursos naturales, así como sobre los bienes que
constituyen el Patrimonio Cultural de la Nación,
informando periódicamente a la Comisión competente
del Congreso de la República; j) Emitir opinión
previa vinculante sobre adquisiciones y contrataciones de bienes,
servicios u obras, que conforme a ley tengan el carácter
de secreto militar o de orden interno exonerados de
Licitación Pública, Concurso Público o
Adjudicación Directa; k) Otorgar autorización
previa a la ejecución y al pago de los presupuestos
adicionales de obra pública, y de las mayores prestaciones
de supervisión en los casos distintos a los adicionales de
obras, cuyos montos excedan a los previstos en la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento
respectivamente, cualquiera sea la fuente de financiamiento; l)
Informar previamente sobre las operaciones, fianzas, avales y
otras garantías que otorgue el Estado, inclusive los
proyectos de contrato, que en cualquier forma comprometa su
crédito o capacidad financiera, sea que se trate de
negociaciones en el país o en el exterior; ll) Designar de
manera exclusiva, Sociedades de Auditoría que se
requieran, a través de Concurso Público de
Méritos, para efectuar Auditorías en las entidades,
supervisando sus labores con arreglo a las disposiciones de
designación de Sociedades de Auditoría que para el
efecto se emitan; m) Requerir el apoyo y/o destaque de
funcionarios y servidores de las entidades para la
ejecución de actividades de control gubernamental; n)
Recibir y atender denuncias y sugerencias de la ciudadanía
relacionadas con las funciones de la administración
pública, otorgándoles el trámite
correspondiente sea en el ámbito interno, o
derivándolas ante la autoridad competente; estando la
identidad de los denunciantes y el contenido de la denuncia
protegidos por el principio de reserva; ñ) Promover la
participación ciudadana, mediante audiencias
públicas y/o sistemas de vigilancia en las entidades, con
el fin de coadyuvar en el control gubernamental; o) Participar
directamente y/o en coordinación con las entidades en los
procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la
adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales
procesos incidan sobre recursos y bienes de éste; p)
Recibir, registrar, examinar y fiscalizar las Declaraciones
Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas que deben presentar los
funcionarios y servidores públicos obligados de acuerdo a
ley; q) Verificar y supervisar el cumplimiento de las
disposiciones sobre prohibiciones e incompatibilidades de
funcionarios y servidores públicos y otros, así
como de las referidas a la prohibición de ejercer la
facultad de nombramiento de personal en el Sector Público
en casos de nepotismo, sin perjuicio de las funciones conferidas
a los órganos de control; r) Citar y tomar declaraciones a
cualquier persona cuyo testimonio pueda resultar útil para
el esclarecimiento de los hechos materia de verificación
durante una acción de control, bajo los apremios legales
señalados para los testigos; s) Dictar las disposiciones
necesarias para articular los procesos de control con los Planes
y Programas Nacionales, a efecto de visualizar de forma integral
su cumplimiento, generando la información pertinente para
emitir recomendaciones generales a los Poderes Ejecutivo y
Legislativo sobre la administración de los recursos del
Estado, en función a las metas previstas y las alcanzadas,
así como brindar asistencia técnica al Congreso de
la República, en asuntos vinculados a su competencia
funcional; t) Emitir disposiciones y/o procedimientos para
implementar operativamente medidas y acciones contra la
corrupción administrativa, a través del control
gubernamental, promoviendo una cultura de honestidad y probidad
de la gestión pública, así como la
adopción de mecanismos de transparencia e integridad al
interior de las entidades, considerándose el concurso de
la ciudadanía y organizaciones de la sociedad
civil.

u) Establecer los procedimientos para que los titulares
de las entidades rindan cuenta oportuna ante el Órgano
Rector, por los fondos o bienes del Estado a su cargo, así
como de los resultados de su gestión; v) Asumir la defensa
del personal de la Institución a cargo de las labores de
control, cuando se encuentre incurso en acciones legales;
derivadas del debido cumplimiento de la labor funcional, aun
cuando al momento de iniciarse la acción, el
vínculo laboral con el personal haya terminado; w)
Establecer el procedimiento selectivo de control sobre las
entidades públicas beneficiarias por las mercancías
donadas provenientes del extranjero; x) Ejercer el control de
desempeño de la ejecución presupuestal, formulando
recomendaciones que promuevan reformas sobre los sistemas
administrativos de las entidades sujetas al Sistema; y) Regular
el procedimiento, requisitos, plazos y excepciones para el
ejercicio del control previo externo a que aluden los literales
j), k) y l) del presente artículo, así como otros
encargos que se confiera al Organismo Contralor, emitiendo la
normativa pertinente que contemple los principios que rigen el
control gubernamental; z) Celebrar Convenios de
cooperación interinstitucional con entidades
públicas o privadas, nacionales o extranjeras.

Los Informes de Control emitidos por el Sistema Nacional
de Control constituyen actos de la administración interna
de los órganos conformantes de éste, y pueden ser
revisados de oficio por la Contraloría General, quien
podrá disponer su reformulación, cuando su
elaboración no se haya sujetado a la normativa de control,
dando las instrucciones precisas para superar las deficiencias,
sin perjuicio de la adopción de las medidas correctivas
que correspondan.

El Congreso de la República fiscaliza la
gestión de la Contraloría General.

Interpretando a Bravo (2010)[15], en
función al interés institucional, la CGR participa
principalmente en las instancias de la INTOSAI siguientes: a)
Comité de Creación de Capacidades: Su finalidad es
promover competencias y capacidades profesionales en las EFS
mediante la formación, la asistencia técnica y
otras actividades de desarrollo; la presidencia está a
cargo de EFS de Marruecos, la CGR del Perú participa como
miembro. Actualmente está conformado por tres
Subcomités: – Subcomité 1: Fomento de mayores
actividades de creación de capacidades entre los miembros
de la INTOSAI. (Presidencia: EFS de Reino Unido);
Subcomité 2: Desarrollo de Servicios de Asesoría y
Consultoría, presidida por la Contraloría General
de la República del Perú; Subcomité 3:
Fomento de las mejores prácticas y garantía de
calidad a través de revisión de pares.
(Presidencia: EFS de Alemania); Subcomité 2: Desarrollo de
Servicios de Asesoría y Consultoría, el cual tiene
por objetivos: Desarrollar una base de datos de expertos e
investigadores en fiscalización pública; Alentar
programas de auditoría conjunta, coordinada y paralela;
Promover programas de pasantías y visitas técnicas;
b) La CGR del Perú como responsable de la línea de
acción "Creación y desarrollo de una base de datos
de expertos e investigadores en fiscalización
pública" ha desarrollado el aplicativo: Grupo de Trabajo
sobre Auditoría del Medio Ambiente: Su propósito es
mejorar los instrumentos y mandatos de auditoría de la
protección del Medio.

El Grupo de Trabajo presta especial atención a
auditorías conjuntas de EFS acerca de asuntos y
políticas transfronterizos así como a la
auditoría de acuerdos internacionales acerca del medio
ambiente. La presidencia de este Grupo de Trabajo está a
cargo de la EFS de Estonia, la CGR del Perú participa como
miembro; c) Grupo de Trabajo para la Rendición de Cuentas
y la Auditoría para la Ayuda en Casos de
Catástrofes: Tiene como objetivo establecer una plataforma
internacional de EFS de países favorecidos de ayuda
internacional y de países donantes, para enfocar las
capacidades y competencias específicas de la
fiscalización pública externa (internacional); d)
El Grupo de Trabajo promueve la transparencia e
información en el traspaso de donaciones y además
identifica el rol de las organizaciones internacionales
(multilaterales, ONG). Basándose en las lecciones
aprendidas, aspira desarrollar mejores prácticas para
gobiernos nacionales, instituciones internacionales y ONGs para
fomentar la rendición de cuentas en la ayuda para
catástrofes. La presidencia está a cargo del
Tribunal de Cuentas Europeo, la CGR del Perú participa
como miembro; e) Grupo de Trabajo para la Lucha contra la
Corrupción y el Lavado de Dinero: Su propósito es
promover un papel proactivo y de cooperación entre los
miembros de la INTOSAI en lo que se refiere a la lucha contra el
lavado de dinero y la corrupción, así como de la
necesidad de la independencia de la INTOSAI. La presidencia de
este Grupo de Trabajo está a cargo de la EFS de Egipto,
actualmente la participa como miembro. La Contraloría
General de la República del Perú presidió
desde su fundación hasta el año 2008 este Grupo de
Trabajo cuando fue Task Force,

Del mismo modo, revierte importancia para la CGR del
Perú, las instancias siguientes: a) Subcomité de
Contabilidad e Informes: Su propósito es estudiar los
temas relacionados con la contabilidad y los informes financieros
del sector público; la presidencia está a cargo de
la EFS de Canadá, la CGR del Perú participa como
miembro del Subcomité; b) Grupo de Trabajo sobre
Auditoría de Tecnologías de Información
(TI): Su propósito es ayudar a las EFS a desarrollar sus
conocimientos y aptitudes en el ámbito de la
utilización y la auditoría de tecnología de
información, proporcionando información y recursos
para el intercambio de experiencias, y alentando la
colaboración bilateral y regional. La presidencia de este
Grupo de Trabajo está a cargo de la EFS de India, la CGR
del Perú participa como miembro; c) Grupo de Trabajo sobre
Valor y Beneficio de las EFS: Su propósito es propiciar el
reconocimiento de la EFS como una organización modelo
independiente y como una institución que crea valor y
diferencia en la vida de los ciudadanos. Actualmente la
presidencia está a cargo de la EFS de Sudáfrica. La
CGR del Perú participa como miembro

  • SISTEMA DE CONTROL GUBERNAMENTAL

El Sistema Nacional de Control, está normado por
la LEY Nº 27785- Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Control y de la Contraloría General de la
República. Dicho Sistema tiene por filosofía,
propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del control
gubernamental, para prevenir y verificar, mediante la
aplicación de principios, sistemas y procedimientos
técnicos, la correcta, eficiente y transparente
utilización y gestión de los recursos y bienes del
Estado, el desarrollo honesto y probo de las funciones y actos de
las autoridades, funcionarios y servidores públicos,
así como el cumplimiento de metas y resultados obtenidos
por las instituciones sujetas a control, con la finalidad de
contribuir y orientar el mejoramiento de sus actividades y
servicios en beneficio de la Nación.

El Sistema Nacional de Control es el conjunto de
órganos de control, normas, métodos y
procedimientos, estructurados e integrados funcionalmente,
destinados a conducir y desarrollar el ejercicio del control
gubernamental en forma descentralizada. Su actuación
comprende todas las actividades y acciones en los campos
administrativo, presupuestal, operativo y financiero de las
entidades y alcanza al personal que presta servicios en ellas,
independientemente del régimen que las regule. El Sistema
está conformado por los siguientes órganos de
control: a) La Contraloría General, como ente
técnico rector; b) Todas las unidades orgánicas
responsables de la función de control gubernamental sean
éstas de carácter sectorial, regional,
institucional o se regulen por cualquier otro ordenamiento
organizacional; c) Las sociedades de auditoría externa
independientes, cuando son designadas por la Contraloría
General y contratadas, durante un período determinado,
para realizar servicios de auditoría en las entidades:
económica, financiera, de sistemas informáticos, de
medio ambiente y otros.

El ejercicio del control gubernamental por el Sistema
Nacional de Control en las entidades, se efectúa bajo la
autoridad normativa y funcional de la Contraloría General
de la República, la que establece los lineamientos,
disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a
su proceso, en función a la naturaleza y/o
especialización de dichas entidades, las modalidades de
control aplicables y los objetivos trazados para su
ejecución. Dicha regulación permitirá la
evaluación, por los órganos de control, de la
gestión de las entidades y sus resultados. La
Contraloría General de la República, en su calidad
de ente técnico rector, organiza y desarrolla el control
gubernamental en forma descentralizada y permanente, el cual se
expresa con la presencia y accionar de los órganos a que
se refiere el literal b) del artículo precedente en cada
una de las entidades públicas de los niveles central,
regional y local, que ejercen su función con independencia
técnica.

Son atribuciones del Sistema Nacional de Control las
siguientes: a) Efectuar la supervisión, vigilancia y
verificación de la correcta gestión y
utilización de los recursos y bienes del Estado, el cual
también comprende supervisar la legalidad de los actos de
las instituciones sujetas a control en la ejecución de los
lineamientos para una mejor gestión de las finanzas
públicas, con prudencia y transparencia fiscal, conforme a
los objetivos y planes de las entidades, así como de la
ejecución de los presupuestos del Sector Público y
de las operaciones de la deuda pública; b) Formular
oportunamente recomendaciones para mejorar la capacidad y
eficiencia de las entidades en la toma de sus decisiones y en el
manejo de sus recursos, así como los procedimientos y
operaciones que emplean en su accionar, a fin de optimizar sus
sistemas administrativos, de gestión y de control interno;
c) Impulsar la modernización y el mejoramiento de la
gestión pública, a través de la
optimización de los sistemas de gestión y
ejerciendo el control gubernamental con especial énfasis
en las áreas críticas sensibles a actos de
corrupción administrativa; d) Propugnar la
capacitación permanente de los funcionarios y servidores
públicos en materias de administración y control
gubernamental. Los objetivos de la capacitación
estarán orientados a consolidar, actualizar y especializar
su formación técnica, profesional y ética.
Para dicho efecto, la Contraloría General, a través
de la Escuela Nacional de Control, o mediante Convenios
celebrados con entidades públicas o privadas ejerce un rol
tutelar en el desarrollo de programas y eventos de esta
naturaleza. Los titulares de las entidades están obligados
a disponer que el personal que labora en los sistemas
administrativos participe en los eventos de capacitación
que organiza la Escuela Nacional de Control, debiendo tales
funcionarios y servidores acreditar cada dos años dicha
participación. Dicha obligación se hace extensiva a
las Sociedades de Auditoría que forman parte del Sistema,
respecto al personal que empleen para el desarrollo de las
auditorías externas; e) Exigir a los funcionarios y
servidores públicos la plena responsabilidad por sus actos
en la función que desempeñan, identificando el tipo
de responsabilidad incurrida, sea administrativa funcional, civil
o penal y recomendando la adopción de las acciones
preventivas y correctivas necesarias para su
implementación. Para la adecuada identificación de
la responsabilidad en que hubieren incurrido funcionarios y
servidores públicos, se deberá tener en cuenta
cuando menos las pautas de: identificación del deber
incumplido, reserva, presunción de licitud,
relación causal, las cuales serán desarrolladas por
la Contraloría General; f) Emitir, como resultado de las
acciones de control efectuadas, los Informes respectivos con el
debido sustento técnico y legal, constituyendo prueba
pre-constituida para el inicio de las acciones administrativas
y/o legales que sean recomendadas en dichos informes. En el caso
de que los informes generados de una acción de control
cuenten con la participación del Ministerio Público
y/o la Policía Nacional, no corresponderá abrir
investigación policial o indagatoria previa, así
como solicitar u ordenar de oficio la actuación de
pericias contables; g) Brindar apoyo técnico al Procurador
Público o al representante legal de la entidad, en los
casos en que deban iniciarse acciones judiciales derivadas de una
acción de control, prestando las facilidades y/o
aclaraciones del caso, y alcanzando la documentación
probatoria de la responsabilidad incurrida. Los diversos
órganos del Sistema Nacional de Control ejercen estas
atribuciones y las que expresamente les señala la Ley del
Sistema Nacional de Control y sus normas
reglamentarias.

Interpretando lo establecido por la CGR
(1998)[16], el control gubernamental consiste en
la supervisión, vigilancia y verificación de los
actos y resultados de la gestión pública, en
atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y
economía en el uso y destino de los recursos y bienes del
Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y
de los lineamientos de política y planes de acción,
evaluando los sistemas de administración, gerencia y
control, con fines de su mejoramiento a través de la
adopción de acciones preventivas y correctivas
pertinentes. El control gubernamental es interno y externo y su
desarrollo constituye un proceso integral y
permanente.

El control interno gubernamental, comprende las acciones
de cautela previa simultánea y de verificación
posterior que realiza la entidad sujeta a control, con la
finalidad que la gestión de sus recursos, bienes y
operaciones se efectúe correcta y eficientemente. Su
ejercicio es previo, simultáneo y posterior. El control
interno previo y simultáneo compete exclusivamente a las
autoridades, funcionarios y servidores públicos de las
entidades como responsabilidad propia de las funciones que le son
inherentes, sobre la base de las normas que rigen las actividades
de la organización y los procedimientos establecidos en
sus planes, reglamentos, manuales y disposiciones
institucionales, los que contienen las políticas y
métodos de autorización, registro,
verificación, evaluación, seguridad y
protección. El control interno posterior es ejercido por
los responsables superiores del servidor o funcionario ejecutor,
en función del cumplimiento de las disposiciones
establecidas, así como por el órgano de control
institucional según sus planes y programas anuales,
evaluando y verificando los aspectos administrativos del uso de
los recursos y bienes del Estado, así como la
gestión y ejecución llevadas a cabo, en
relación con las metas trazadas y resultados obtenidos. Es
responsabilidad del Titular de la entidad fomentar y supervisar
el funcionamiento y confiabilidad del control interno para la
evaluación de la gestión y el efectivo ejercicio de
la rendición de cuentas, propendiendo a que éste
contribuya con el logro de la misión y objetivos de la
entidad a su cargo. El Titular de la entidad está obligado
a definir las políticas institucionales en los planes y/o
programas anuales que se formulen, los que serán objeto de
las verificaciones a que se refiere esta Ley.

El control externo gubernamental es el conjunto de
políticas, normas, métodos y procedimientos
técnicos, que compete aplicar a la Contraloría
General u otro órgano del Sistema por encargo o
designación de ésta, con el objeto de supervisar,
vigilar y verificar la gestión, la captación y el
uso de los recursos y bienes del Estado. Se realiza
fundamentalmente mediante acciones de control con carácter
selectivo y posterior. En concordancia con sus roles de
supervisión y vigilancia, el control externo podrá
ser preventivo o simultáneo, cuando se determine
taxativamente por la presente Ley o por normativa expresa, sin
que en ningún caso conlleve injerencia en los procesos de
dirección y gerencia a cargo de la administración
de la entidad, o interferencia en el control posterior que
corresponda. Para su ejercicio, se aplicarán sistemas de
control de legalidad, de gestión, financiero, de
resultados, de evaluación de control interno u otros que
sean útiles en función a las características
de la entidad y la materia de control, pudiendo realizarse en
forma individual o combinada. Asimismo, podrá llevarse a
cabo inspecciones y verificaciones, así como las
diligencias, estudios e investigaciones necesarias para fines de
control.

Interpretando lo establecido por la CGR
(1998)[17], son principios que rigen el ejercicio
del control gubernamental los siguientes: a) La universalidad,
entendida como la potestad de los órganos de control para
efectuar, con arreglo a su competencia y atribuciones, el control
sobre todas las actividades de la respectiva entidad, así
como de todos sus funcionarios y servidores, cualquiera fuere su
jerarquía; b) El carácter integral, en virtud del
cual el ejercicio del control consta de un conjunto de acciones y
técnicas orientadas a evaluar, de manera cabal y completa,
los procesos y operaciones materia de examen en la entidad y sus
beneficios económicos y/o sociales obtenidos, en
relación con el gasto generado, las metas cualitativas y
cuantitativas establecidas, su vinculación con
políticas gubernamentales, variables exógenas no
previsibles o controlables e índices históricos de
eficiencia; c) La autonomía funcional, expresada en la
potestad de los órganos de control para organizarse y
ejercer sus funciones con independencia técnica y libre de
influencias. Ninguna entidad o autoridad, funcionario o servidor
público, ni terceros, pueden oponerse, interferir o
dificultar el ejercicio de sus funciones y atribuciones de
control.

d) El carácter permanente, que define la
naturaleza continua y perdurable del control como instrumento de
vigilancia de los procesos y operaciones de la entidad; e) El
carácter técnico y especializado del control, como
sustento esencial de su operatividad, bajo exigencias de calidad,
consistencia y razonabilidad en su ejercicio; considerando la
necesidad de efectuar el control en función de la
naturaleza de la entidad en la que se incide; f) La legalidad,
que supone la plena sujeción del proceso de control a la
normativa constitucional, legal y reglamentaria aplicable a su
actuación; g) El debido proceso de control, por el que se
garantiza el respeto y observancia de los derechos de las
entidades y personas, así como de las reglas y requisitos
establecidos; h) La eficiencia, eficacia y economía, a
través de los cuales el proceso de control logra sus
objetivos con un nivel apropiado de calidad y óptima
utilización de recursos; i) La oportunidad, consistente en
que las acciones de control se lleven a cabo en el momento y
circunstancias debidas y pertinentes para cumplir su cometido; j)
La objetividad, en razón de la cual las acciones de
control se realizan sobre la base de una debida e imparcial
evaluación de fundamentos de hecho y de derecho, evitando
apreciaciones subjetivas; k) La materialidad, que implica la
potestad del control para concentrar su actuación en las
transacciones y operaciones de mayor significación
económica o relevancia en la entidad examinada; l) El
carácter selectivo del control, entendido como el que
ejerce el Sistema en las entidades, sus órganos y
actividades críticas de los mismos, que denoten mayor
riesgo de incurrir en actos contra la probidad administrativa;
ll) La presunción de licitud, según la cual, salvo
prueba en contrario, se reputa que las autoridades, funcionarios
y servidores de las entidades, han actuado con arreglo a las
normas legales y administrativas pertinentes; m) El acceso a la
información, referido a la potestad de los órganos
de control de requerir, conocer y examinar toda la
información y documentación sobre las operaciones
de la entidad, aunque sea secreta, necesaria para su
función; n) La reserva, por cuyo mérito se
encuentra prohibido que durante la ejecución del control
se revele información que pueda causar daño a la
entidad, a su personal o al Sistema, o dificulte la tarea de este
último; o) La continuidad de las actividades o
funcionamiento de la entidad al efectuar una acción de
control; p) La publicidad, consistente en la difusión
oportuna de los resultados de las acciones de control u otras
realizadas por los órganos de control, mediante los
mecanismos que la Contraloría General considere
pertinentes; q) La participación ciudadana, que permita la
contribución de la ciudadanía en el ejercicio del
control gubernamental; r) La flexibilidad, según la cual,
al realizarse el control, ha de otorgarse prioridad al logro de
las metas propuestas, respecto de aquellos formalismos cuya
omisión no incida en la validez de la operación
objeto de la verificación, ni determinen aspectos
relevantes en la decisión final.

Los citados principios son de observancia obligatoria
por los órganos de control y pueden ser ampliados o
modificados por la Contraloría General, a quien compete su
interpretación.

Interpretando lo establecido por la CGR
(1998)[18], la acción de control es la
herramienta esencial del Sistema, por la cual el personal
técnico de sus órganos conformantes, mediante la
aplicación de las normas, procedimientos y principios que
regulan el control gubernamental, efectúa la
verificación y evaluación, objetiva y
sistemática, de los actos y resultados producidos por la
entidad en la gestión y ejecución de los recursos,
bienes y operaciones institucionales. Las acciones de control se
realizan con sujeción al Plan Nacional de Control y a los
planes aprobados para cada órgano del Sistema de acuerdo a
su programación de actividades y requerimientos de la
Contraloría General. Dichos planes deberán contar
con la correspondiente asignación de recursos
presupuestales para su ejecución, aprobada por el Titular
de la entidad, encontrándose protegidos por el principio
de reserva. Como consecuencia de las acciones de control se
emitirán los informes correspondientes, los mismos que se
formularán para el mejoramiento de la gestión de la
entidad, incluyendo el señalamiento de responsabilidades
que, en su caso, se hubieran identificado. Sus resultados se
exponen al Titular de la entidad, salvo que se encuentre
comprendido como presunto responsable civil y/o penal.

Las acciones de control que efectúen los
órganos del Sistema no serán concluidas sin que se
otorgue al personal responsable comprendido en ellas, la
oportunidad de conocer y hacer sus comentarios y aclaraciones
sobre los hallazgos en que estuvieran incursos, salvo en los
casos justificados señalados en las normas reglamentarias.
Cuando en el informe respectivo se identifiquen
responsabilidades, sean éstas de naturaleza administrativa
funcional, civil o penal, las autoridades institucionales y
aquéllas competentes de acuerdo a ley, adoptarán
inmediatamente las acciones para el deslinde de la
responsabilidad administrativa funcional y aplicación de
la respectiva sanción, e iniciarán, ante el fuero
respectivo, aquéllas de orden legal que consecuentemente
correspondan a la responsabilidad señalada. Las sanciones
se imponen por el Titular de la entidad y, respecto de
éste en su caso, por el organismo o sector
jerárquico superior o el llamado por ley.

  • LUCHA CONTRA LA CORRUPCION POR LAS ENTIDADES
    FISCALIZADORAS SUPERIORES

Interpretando a Bravo (2010)[19], la
Contraloría General de la República, como Entidad
Fiscalizadora Superior, ha considerado que su accionar y sus
objetivos estratégicos institucionales deben estar
articulados en una estrategia integral de control, la cual se ha
desarrollado con la finalidad, de erradicar o reducir al
máximo los niveles de corrupción, a través
de la utilización de los enfoques comúnmente
tratados por las Entidades Fiscalizadoras Superiores, tales como:
control de políticas macro, control de gestión,
auditorias financieras y acciones anticorrupción,
invirtiéndose para estas últimas el 75% de sus
recursos y el 25% restante en las otras orientaciones. Esta
estrategia integral dirige sus esfuerzos en materia
anticorrupción en tres niveles: a corto plazo, con el
fortalecimiento de las acciones anticorrupción a
través del afianzamiento de sus funciones en contra de la
corrupción; a mediano plazo, con la Medición del
Desempeño que implica revisar el ejercicio que tienen las
organizaciones, determinado a través de los criterios de
eficiencia y de valor por dinero, con el objeto de verificar, si
el producto generado por la Organización con el
presupuesto asignado beneficia al país; y a largo plazo,
con la Prevención para el desarrollo futuro, a fin de
evitar problemas ulteriores. Las acciones anticorrupción
(detección – investigación) son desarrolladas
a través de las siguientes herramientas: Acciones
Rápidas, Acciones de Control, Fiscalización de
Declaraciones Juradas de Ingresos, Bienes y Rentas, Operativos en
cubierto, así como el fortalecimiento de los
Órganos de Control Institucional y de las Oficinas
Regionales, con el objeto que desarrollen controles
autónomos e independientes, permitiéndose una mayor
presencia del Sistema Nacional de Control a nivel nacional. La
Contraloría General de la República, en el nivel de
Prevención de la citada estrategia integral, ha
desarrollado específicamente, la Estrategia Preventiva
Anticorrupción –EPA-, la cual trata de cubrir una de
los componentes de la lucha contra la corrupción, toda vez
que ésta implica un conjunto interrelacionado de
componentes que tienen que ver con: a) Prevención; b)
Detección-Investigación; c) Juzgamiento; d)
Sanción. En la actualidad, el proceso institucional de
lucha contra la corrupción dirige fundamentalmente sus
empeños, a la detección – investigación, al
enjuiciamiento y a la sanción de los actos corruptos; sin
embargo, urge la necesidad de plantear una estrategia dirigida a
la prevención de la corrupción, etapa
importantísima del proceso que requiere destinar mayores
esfuerzos, pretendiendo realizar e impulsar acciones que apunten
a resolver el problema de manera integral. La Contraloría
General de la República, a partir de lo desarrollado a
nivel estatal como institucional con relación a la lucha
contra la corrupción, considera que, resulta necesario
involucrarse en la etapa preventiva del proceso, la
participación concertada y activa de los diversos sectores
del Estado, así como de la sociedad civil y la
ciudadanía en general, a fin de emprender una tarea cuya
finalidad es la erradicación o reducción de la
corrupción de la administración pública y de
propiciar cambios en la conducta de los funcionarios
públicos y de la ciudadanía frente a ese degradante
flagelo. La Contraloría General de la República,
teniendo en consideración y sustento los criterios
técnicos expuestos y con el propósito de contribuir
a lograr la transparencia y honestidad en la
administración del Estado, diseña y pone en marcha
la Estrategia Preventiva Anticorrupción -EPA-

Interpretando a Bravo (2010)[20], la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la
Contraloría General de la República Ley Nº
27785, establece un nuevo concepto de control gubernamental, que
permite el desarrollo de forma más eficaz, oportuno e
independiente, afianzando su propósito preventivo y de
contribución a la mejora de la gestión
pública, constituyéndose en el marco legal
apropiado para modernizar el control como un instrumento efectivo
de protección de los recursos del Estado definidos por
ley, así como de los recursos medioambientales y del
patrimonio cultural. El control gubernamental es ejercido a
través del control posterior externo e interno
(concurrente), enfocando la estrategia integral de control sus
esfuerzos a largo plazo, con el control preventivo. El acotado
marco normativo ha establecido expresamente la labor de
prevención de este Organismo Superior de Control,
ampliándose con ello su ámbito de competencia con
el objeto de mejorar la capacidad y eficiencia de las entidades
del Estado en la toma de sus decisiones, así como de
prevenir la correcta, eficiente y transparente utilización
y gestión de los recursos y bienes del Estado y del
desarrollo probo y honesto de las funciones y actos de las
autoridades, funcionarios y servidores públicos, con la
finalidad de disminuir y/o erradicar la corrupción
administrativa del Estado. En tal sentido, la Contraloría
General de la República puede ejercer el control externo
de manera preventiva, en atención al desarrollo de sus
roles de supervisión y vigilancia, sin que ello conlleve
injerencia en los procesos de dirección y gerencia a cargo
de la administración de la entidad o interfiera en el
control posterior que corresponda. En concordancia con lo
expuesto, la referida normativa ha establecido a este Organismo
Superior de Control diversas atribuciones y funciones de
contenido preventivo, orientadas a: 1) Formular oportunamente
recomendaciones que eviten la comisión de errores en la
administración de los recursos del Estado; 2) Incentivar
la puesta en marcha del control interno en la
administración pública; 3) Promover una cultura de
valores éticos; 4) Propiciar la participación de la
ciudadanía en el control social; 5) Comprometer a que los
actores privados realicen sus transacciones con el Estado de
manera transparente y proba; 6) Institucionalizar la lucha contra
la corrupción, involucrando a los poderes del
Estado.

La estrategia preventiva anticorrupción- EPA: Es
la creación y acondicionamiento de un ambiente apropiado,
favorable y protegido, dentro del cual las instituciones
públicas, la ciudadanía, la sociedad civil, el
sector privado empresarial y el Sistema de Control, puedan
participar y desenvolverse combinando sus esfuerzos transparente
y eficazmente, para la prevención de la corrupción,
así como desarrollando mecanismos, metodologías e
instrumentos que permitan erradicar o disminuir el flagelo de la
corrupción y propiciar cambios en la conducta de la
ciudadanía frente a éste, para lograr un Estado
moderno y eficiente. Constituirse en el blindaje para evitar que
la Corrupción penetre en el Estado, el cual se encuentra
vigilado por una Ciudadanía Activa, preparada en una
Educación en Valores fortalecida para la Función
Pública, permitiendo de esta manera el desarrollo de un
Estado Moderno y Eficiente. La ejecución de esta
estrategia se desarrolla a través de los siguientes ejes
transversales: a) Alianzas estratégicas y trabajo
horizontal: Debido a la envergadura y magnitud de la
corrupción y por las diversas tareas necesarias para
hacerle frente preventivamente, es necesario que las
instituciones del Estado, el Sistema de Control, la
ciudadanía, la sociedad civil y el sector empresarial
estén involucrados, según su especialidad y
predisposición, con el objeto de lograr el concurso
necesario para proponer e impulsar medidas y acciones preventivas
de la corrupción, así como fortalecer el control
social responsable; b) Comunicación, difusión y
educación: Para formar valores éticos, despertar la
conciencia y desalentar los actos de corrupción en los
servidores públicos y la ciudadanía; c) Medidas de
conductas y procedimientos: Elaboración de lineamientos
para hacer mas eficiente y seguro el sistema de
contratación del Estado; para precisar y formalizar el
compromiso ético y legal del personal integrante de la
Administración Pública; para el uso eficiente de
los bienes y servicios adquiridos por el Estado, entre otros
aspectos; d) Gestión de riesgos: Conjunto de
políticas, estrategias, instrumentos y medidas orientadas
a impedir, reducir, prever y controlar los riesgos de actos de
corrupción o irregularidades.

En esta estrategia han de intervenir actores o agentes
del sector público y del privado, ambos actuarán en
forma integrada y mancomunada para alcanzar los propósitos
de erradicar o reducir los actos de corrupción y de
propiciar cambios en la conducta de la ciudadanía frente a
este flagelo. En tal sentido, y a fin que dichas competencias
tengan efectos sinérgicos en la prevención y lucha
contra la corrupción, se ha previsto que formen parte y se
interrelacionen dentro de la estrategia preventiva
anticorrupción, así como en atención a los
criterios de relevancia, capacidad y fuerza se seleccionaron a
los siguientes agentes o los actores, sin embargo podrán
involucrarse gradualmente otros actores o agentes que resulten
necesarios para los fines de ésta: a) El Sector
Público Ejecutivo: se encarga de la ejecución de
las políticas públicas, de la administración
del patrimonio público, así como del ejercicio de
la función pública, teniendo por ello, la
obligación de desarrollar controles para el adecuado
ejercicio de la gestión pública, sin embargo,
muchas veces estos resultan insuficientes u obsoletos; siendo por
tanto un ambiente propenso para la ocurrencia de irregularidades
y/o actos de corrupción. Este sector se encuentra
comprometido en la estrategia, debido a que, será uno de
los escenarios donde se actúe, necesitándose para
ello del enfoque integral, tanto interno como externo; b) El
Sistema de Justicia: está integrado por diversas entidades
vinculadas al enjuiciamiento de acciones penales, civiles,
constitucionales, la labor judicial fundamentalmente está
definida en las etapas de juzgamiento y sanción del
proceso institucional anticorrupción, y es en base a estas
experiencias que se pueden adoptar acciones para prevenir que
vuelvan ocurrir en el futuro; c) El Congreso: es una instancia
que tiene a su cargo el ejercicio del control político del
Estado, su participación en la estrategia es debido a que
puede: fortalecer las capacidades institucionales; normar y
regular en materia de prevención y lucha contra la
corrupción, así como lo señalado en las
convenciones internacionales sobre el particular; por un lado, y
por otro, fiscalizar, investigar y sancionar a las autoridades
políticas a cargo de la administración Estado, y
sus experiencias apreciarlas para diseñar y desarrollar
medidas preventivas para evitar se repitan en el futuro; d)
Supervisión y Control: está integrado por Entidades
o instituciones públicas que tienen a su cargo funciones
de regulación, control, supervisión o
fiscalización referidos a la administración del
patrimonio del Estado, al ejercicio de la función
pública, a la conducta jurisdiccional de magistrados y
fiscales, a la competencia leal y honesta de los agentes
comerciales y económicos, a la inversión privada en
los servicios públicos. Estas entidades dada sus funciones
están consideradas en las etapas de prevención y
detección – investigación del proceso
anticorrupción, de ser el caso y en base a sus
experiencias se pueden adoptar acciones para prevenir que vuelvan
ocurrir tales actos en el futuro; d) Sociedad Civil: Existen
organizaciones que realizan monitoreo del desempeño del
gobierno en materia de lucha contra la corrupción,
así como que organizan foros, proporcionan
diagnósticos y propuestas a las autoridades y la
opinión pública, e incluso en formar alianzas entre
organizaciones para incorporar la lucha contra la
corrupción en sus agendas de trabajo; e) Sector Privado
Empresarial: En las investigaciones anticorrupción se han
constatado que ofertantes, proveedores y contratistas privados
han estado involucrados en la sobre valoración de obras o
de compras de bienes y servicios, por lo cual resulta importante
para esta estrategia, la participación de organizaciones
gremiales empresariales a fin de promover que la
interacción del empresariado con el Estado, se realice
transparentemente y con reglas de juego claras, con el objeto de
mejorar la capacidad de compra de la administración
pública, ahorrando el dinero de los contribuyentes; f)
Educación: Componente adecuado para implantar una conducta
ajustada a valores en la sociedad, a través de medios
apropiados para que en forma individual y colectiva se practique
la honestidad, se rechacen los actos de corrupción y se
impulsen los cambios en las instituciones, razón por la
cual resulta fundamental su presencia y participación, en
forma transversal en la Estrategia Preventiva
Anticorrupción, a través de un rol proactivo
educativo y comunicacional; f) Policía Nacional del
Perú: Institución investigadora cuyas funciones son
velar por el cumplimiento de las leyes y la seguridad del
patrimonio público y privado, así como prevenir,
combatir, investigar y denunciar los delitos y faltas previstos
en el Código Penal y leyes especiales, perseguibles de
oficio. Su participación en la estrategia es importante,
debido a que, sus experiencias y metodologías en materia
de investigación de delitos de corrupción,
así como su competencia funcional ayudarán en el
diseño e implantación de medidas
preventivas.

La EPA ha previsto políticas o pautas que regulen
el interrelacionamiento de los actores, cuyo propósito es
orientarlos, en la participación, la toma de decisiones y
las acciones en la ejecución de la estrategia: a)
Política de Competencias: Cada entidad interviene
en la Estrategia única y exclusivamente en el marco de sus
atribuciones y competencias establecidas, así como libre
de todo protagonismo; b) Política de Independencia:
La participación en la estrategia, no implica de ninguna
manera la subordinación de las actividades propias de la
entidad. Cada actor es independiente, conforme a sus
atribuciones, para actuar de la forma que estime conveniente en
temas que no hayan sido planificados o acordados para la
actuación coordinada en la ejecución de la
estrategia; c) Política de Delegación: A fin
de no demorar el proceso de toma de decisiones, los actores
podrán designar oficiales de enlace con facultades
delegadas, cuando no puedan asistir a las reuniones programadas;
d) Política de Recursos: Los actores destinan
recursos presupuestales, propios o de cooperación
internacional, para la ejecución de la estrategia
preventiva; e) Política de Administración de
Recursos:
Cada actor administra los recursos provenientes de
cooperación internacional o de donaciones que le
transfieran o puedan obtener, para la ejecución de la
estrategia preventiva; f) Política de Rendición
de Cuentas:
Los actores presentarán los informes que
les sean solicitados relacionados a la ejecución y avances
de la implementación de la estrategia en la parte que les
correspondan; g) Política de Evaluación de
Gestión:
La evaluación de la gestión
anual de los planes ejecutados, así como del avance
general de la implantación de la Estrategia será
realizada externamente por organismos especializados; h)
Política de Información: Los actores
mantienen una línea comunicacional uniforme, coherente y
oportuna de información así como con la cautela y
reserva en lo pertinente. Asimismo, mantendrán informando
al público, en el marco de las atribuciones y competencias
establecidas en la normativa vigente; i) Políticas de
Consenso:

Para asegurar la consistencia y compromiso pleno en las
acciones conjuntas y coordinadas para el desarrollo de la
Estrategia, las decisiones sobre estas acciones se toman de
común acuerdo entre los actores involucrados y con
ausencia de protagonismos; j) Política de
Sostenibilidad:
Los actores preverán en sus
respectivos presupuestos y planes de desarrollo general, la
sostenibilidad de la Estrategia, cuando se concluya el respaldo
de los Organismos de Cooperación Internacional.

Los instrumentos operativos de la EPA; son mecanismos
concretos de participación e interacción entre los
actores intervinientes, que se desarrollan a través de
acciones, actividades y proyectos, con el objeto de ejecutar las
estrategias de prevención y lucha contra la
corrupción, promover la institucionalización de una
cultura de valores, de forma que permitan erradicar o disminuir
los actos de corrupción. Se generan debido a la necesidad
de implementar la EPA y articular operativamente las competencias
de los actores de la EPA y los ejes transversales que la
conforman, con la finalidad de dar integralidad a la
prevención y lucha contra la corrupción. Articular
las competencias y funciones de los actores de la EPA, para la
prevención y lucha contra la corrupción desde sus
propias perspectivas, a través de implementación de
mecanismos para asegurar el desarrollo de un Estado justo, eficaz
y eficiente, evitando que se genere actos de
corrupción.

La Contraloría General medirá el
desempeñó de los gobiernos regionales y locales a
través del Barómetro de Gobernabilidad, una
herramienta informática que registra y analiza
información referida a la gestión institucional,
sus sistemas administrativos, planeamiento, sistemas de control
interno y transparencia, entre otras materias de importancia. El
objetivo es promover buenas prácticas de gobierno y una
gestión pública basada en resultados que puedan ser
medidos y efectivamente conlleven a la prestación de
mejores servicios públicos para bienestar de todos los
peruanos. El Barómetro de Gobernabilidad fue desarrollado
por el Proyecto USAID/Perú ProDescentralización de
la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional
– USAID Perú, y a través de un convenio ha
sido cedido a la Contraloría General para su
aplicación y administración. Esta alianza
técnica ha sido suscrita por el Contralor, Fuad Khoury
Zarzar, y el Director de USAID –Perú, Richard
Goughnour, en un acto que contó con la presencia de altos
funcionarios de ambas instituciones. El Barómetro es un
instrumento compuesto por indicadores que miden el
desempeño institucional de una entidad; y mostrará
también indicadores de la situación social de una
jurisdicción determinada. De esta manera, proveerá
a las autoridades información gerencial para la toma de
decisiones oportunas y poner en marcha acciones preventivas en
mejora de la gestión pública. Además que
éste instrumento técnico, promoverá el
ejercicio de la vigilancia ciudadana, toda vez que
proporcionará a la población acceso a indicadores
de avance de la gestión que realizan sus autoridades
regionales o municipales en temas como ejecución
presupuestal, desarrollo económico, participación
ciudadana, simplificación administrativa, entre otros. El
Barómetro de la Gobernabilidad ha sido validado por el
Proyecto USAID/Perú ProDescentralización en los
gobiernos regionales y municipios provinciales de Junín,
Ayacucho, San Martín y Ucayali. El instrumento cuenta con
información de los 25 gobiernos regionales, 195
municipalidades provinciales y todas las municipalidades
distritales de la Región Ucayali y de Lima
Metropolitana.

  • TECNOLOGIA DE INFORMACION UTILIZADA POR LAS
    ENTIDADES FISCALIZADORAS SUPERIORES

Interpretando a Arens & Loebbecke
(2011)[21], las tecnologías de la
información y la comunicación (TIC o bien NTIC para
Nuevas Tecnologías de la Información y de la
Comunicación o IT para «Information
Technology») agrupan los elementos y las técnicas
usadas en el tratamiento y la transmisión de las
informaciones, principalmente de informática, internet y
telecomunicaciones. Las tecnologías de la
información y la comunicación no son ninguna
panacea ni fórmula mágica, pero pueden mejorar la
vida de todos los habitantes del planeta. Se disponen de
herramientas para llegar a los Objetivos de Desarrollo del
Milenio, de instrumentos que harán avanzar la causa de la
libertad y la democracia, y de los medios necesarios para
propagar los conocimientos y facilitar la comprensión
mutua" (Kofi Annan, Secretario general de la Organización
de las Naciones Unidas, discurso inaugural de la primera fase de
la WSIS, Ginebra 2003). El uso de las tecnologías de
información y comunicación entre los habitantes de
una población, ayuda a disminuir en un momento determinado
la brecha digital existente en dicha localidad, ya que
aumentaría el conglomerado de usuarios que utilizan las
TIC como medio tecnológico para el desarrollo de sus
actividades y por eso se reduce el conjunto de personas que no
las utilizan.

Se denominan Tecnologías de la Información
y las Comunicaciones, en adelante TIC, al conjunto de
tecnologías que permiten la adquisición,
producción, almacenamiento, tratamiento,
comunicación, registro y presentación de
informaciones, en forma de voz, imágenes y datos
contenidos en señales de naturaleza acústica,
óptica o electromagnética. Las TIC incluyen la
electrónica como tecnología base que soporta el
desarrollo de las telecomunicaciones, la informática y el
audiovisual.

El desarrollo de internet ha significado que la
información esté ahora en muchos sitios. Antes la
información estaba concentrada, la daban los padres, los
maestros, los libros. La escuela y la universidad eran los
ámbitos que concentraban el conocimiento. Hoy se han roto
estas barreras y con internet hay más acceso a la
información. El principal problema, es la calidad de esta
información. También se ha agilizado el contacto
entre personas, y también entre los que hacen negocios. No
hace falta moverse para cerrar negocios en diferentes ciudades
del mundo o para realizar transacciones en cualquier lugar con un
sencillo clic. Hasta muchos políticos tienen su blog o
vídeos en YouTube, dejando claro que las TIC en cuarenta
años -especialmente los últimos diez (2000-2010)-
han modificado todos los aspectos de la vida.

En parte, estas nuevas tecnologías son
inmateriales, ya que la materia principal es la
información; permiten la interconexión y la
interactividad; son instantáneas; tienen elevados
parámetros de imagen y sonido. Al mismo tiempo las nuevas
tecnologías suponen la aparición de nuevos
códigos y lenguajes, la especialización progresiva
de los contenidos sobre la base de la cuota de pantalla
(rompiendo la cultura de masas) y dando lugar a la
realización de actividades inimaginables en poco tiempo.
TIC conforman el conjunto de recursos necesarios para manipular
la información y particularmente los ordenadores,
programas informáticos y redes necesarias para
convertirla, almacenarla, administrarla, transmitirla y
encontrarla.

Interpretando a Arens & Loebbecke
(2011)[22], de acuerdo con el Informe
COSO[23]el componente de información y
comunicación comprende los métodos, procesos,
canales, medios y acciones que, con enfoque sistémico y
regular, aseguren el flujo de información en todas las
direcciones con calidad y oportunidad. Esto permite cumplir con
las responsabilidades individuales y grupales. La
información no solo se relaciona con los datos generados
internamente, sino también con sucesos, actividades y
condiciones externas que deben traducirse a la forma de datos o
información para la toma de decisiones. Asimismo, debe
existir una comunicación efectiva en sentido amplio a
través de los procesos y niveles jerárquicos de la
entidad. La comunicación es inherente a los sistemas de
información, siendo indispensable su adecuada
transmisión al personal para que pueda cumplir con sus
responsabilidades. Este componente comprende: las funciones y
características de la información;
Información y responsabilidad; Calidad y suficiencia de la
información; Sistemas de información; Flexibilidad
al cambio; Archivo institucional; Comunicación interna;
Comunicación externa; Canales de
comunicación.

Funciones y características de la
información
: La información es resultado de las
actividades operativas, financieras y de control provenientes del
interior o exterior de la entidad. Debe transmitir una
situación existente en un determinado momento reuniendo
las características de confiabilidad, oportunidad y
utilidad con la finalidad que el usuario disponga de elementos
esenciales en la ejecución de sus tareas operativas o de
gestión. Los flujos de información deben ser
coherentes con la naturaleza de las operaciones y decisiones que
se adopten en cada nivel organizacional. Por ello debe
distinguirse que en los niveles inferiores generalmente se
realizan actividades programadas que requieren información
de carácter operacional. En cambio, en la medida que se
asciende en los niveles, se requiere disponer de otro tipo de
información orientada al logro de los objetivos
estratégicos y de gestión. Por ello requiere ser
seleccionada, analizada, evaluada y sintetizada para reducir los
grados de incertidumbre que caracterizan a la actividad gerencial
en la toma de decisiones, reflejada en la elección de
diversas alternativas posibles. La información debe ser
usada para la creación de conocimiento en la entidad,
siendo necesario el establecimiento de un sistema de
gestión del conocimiento que permita el aprendizaje
organizacional y la mejora continua.

Información y responsabilidad: La
información debe permitir a los funcionarios y servidores
públicos cumplir con sus obligaciones y responsabilidades.
Los datos pertinentes deben ser captados, identificados,
seleccionados, registrados, estructurados en información y
comunicados en tiempo y forma oportuna. El titular y funcionarios
deben entender la importancia del rol que desempeñan los
sistemas de información para el correcto desarrollo de sus
deberes, mostrando una actitud comprometida hacia éstos.
Esta actitud debe traducirse en acciones concretas como la
asignación de recursos suficientes para su funcionamiento
eficaz y otras que evidencien la atención que se le
otorga. La obtención y clasificación de la
información deben operarse de manera de garantizar la
adecuada oportunidad de su divulgación a las personas
competentes de la entidad, propiciando que las acciones o
decisiones que se sustenten en la misma cumplan apropiadamente su
finalidad.

Calidad y suficiencia de la información:
El titular o funcionario designado debe asegurar la
confiabilidad, calidad, suficiencia, pertinencia y oportunidad de
la información que se genere y comunique. Para ello se
debe diseñar, evaluar e implementar mecanismos necesarios
que aseguren las características con las que debe contar
toda información útil como parte del sistema de
control interno. La información es fundamental para la
toma de decisiones como parte de la administración de
cualquier entidad. Por esa razón, en el sistema de
información se debe considerar mecanismos y procedimientos
coherentes que aseguren que la información procesada
presente un alto grado de calidad. También debe contener
el detalle adecuado según las necesidades de los distintos
niveles organizacionales, poseer valor para la toma de
decisiones, así como ser oportuna, actual y
fácilmente accesible para las personas que la requieran.
La información debe ser generada en cantidad suficiente y
conveniente. Es decir debe disponerse de la información
necesaria para la toma de decisiones, evitando manejar
volúmenes que superen lo requerido.

Sistemas de información: Los sistemas de
información diseñados e implementados por la
entidad constituyen un instrumento para el establecimiento de las
estrategias organizacionales y, por ende, para el logro de los
objetivos y las metas. Por ello deberá ajustarse a las
características, necesidades y naturaleza de la entidad.
De este modo, el sistema de información provee la
información como insumo para la toma de decisiones,
facilitando y garantizando la transparencia en la
rendición de cuentas. La entidad debe implementar sistemas
de información que se adecuen a la estrategia global y a
la naturaleza de las operaciones de la entidad, pudiendo ser
informáticos, manuales o una combinación de ambos.
Pueden orientarse al manejo, preparación y
presentación de la información económica,
financiera, contable, presupuestaria y operacional, entre otras
de manera imparcial y objetiva. Deben estar en posibilidad de
brindar información con respecto a: Misión, planes,
objetivos, normas y metas institucionales; Programación,
ejecución y evaluación de actividades, con
expresiones monetarias y físicas; Niveles alcanzados en el
logro de los objetivos estratégicos y operativos; Estados
de situación económica, contable y financiera por
períodos y expuestos

Comparativamente, Gestión administrativa,
presupuestal y logística de la entidad, en consonancia con
la normativa sobre transparencia fiscal y acceso público a
la información; Otros requerimientos específicos de
orden legal, técnico u operativo. Los sistemas de
información deben estar orientados a integrar las
operaciones de la entidad, de preferencia y dependiendo del caso
en tiempo real. La calidad de los sistemas de información
debe asegurarse por medio de la elaboración de
procedimientos documentados.

Flexibilidad al cambio: Los sistemas de
información deben ser revisados periódicamente, y
de ser necesario, rediseñados cuando se detecten
deficiencias en sus procesos y productos. Cuando la entidad
cambie objetivos y metas, estrategia, políticas y
programas de trabajo, entre otros, debe considerarse el impacto
en los sistemas de información para adoptar las acciones
necesarias. La revisión de los sistemas de
información debe llevarse a cabo periódicamente con
el fin de detectar deficiencias en sus procesos y productos y
cuando ocurren cambios drásticos en el entorno o en el
ambiente interno de la entidad. En consecuencia, producto de la
evaluación realizada se debe decidir por efectuar cambios
en sus partes u optar por el rediseño del sistema. La
flexibilidad al cambio debe considerar en forma oportuna
situaciones referentes a: Cambios en la normativa que alcance a
la entidad, Opiniones, reclamos, necesidades e inquietudes de los
clientes o usuarios sobre el servicio que se les
proporciona.

Archivo institucional: El titular o funcionario
designado debe establecer y aplicar políticas y
procedimientos de archivo adecuados para la preservación y
conservación de los documentos e información de
acuerdo con su utilidad o por requerimiento técnico o
jurídico, tales como los informes y registros contables,
administrativos y de gestión, entre otros, incluyendo las
fuentes de sustento. La importancia del mantenimiento de archivos
institucionales se pone de manifiesto en la necesidad de contar
con evidencia sobre la gestión para una adecuada
rendición de cuentas. Corresponde a la
administración establecer los procedimientos y las
políticas que deben observarse en la conservación y
mantenimiento de archivos electrónicos, magnéticos
y físicos según el caso, con base en las
disposiciones técnicas y jurídicas que emiten los
órganos competentes y que apoyen los elementos del sistema
de control interno.

Comunicación interna: La
comunicación interna es el flujo de mensajes dentro de una
red de relaciones interdependientes que fluye hacia abajo, a
través de y hacia arriba de la estructura de la entidad,
con la finalidad de obtener un mensaje claro y eficaz. Asimismo
debe servir de control, motivación y expresión de
los usuarios. La comunicación interna debe estar orientada
a establecer un conjunto de técnicas y actividades para
facilitar y agilizar el flujo de mensajes entre los miembros de
la entidad y su entorno o influir en las opiniones, actitudes y
conductas de los clientes o usuarios internos de la entidad, todo
ello con el fin de que se cumplan los objetivos. Es importante
establecer buenas relaciones entre el personal de las
áreas que componen la entidad, definiendo misiones,
responsabilidades y roles con la finalidad de emitir un mensaje
adecuado y claro. La política de comunicaciones debe
permitir las diferentes interacciones entre los funcionarios y
servidores públicos, cualesquiera sean los roles que
desempeñen, así como entre las áreas y
unidades orgánicas en general.

Comunicación externa: La
comunicación externa de la entidad debe orientarse a
asegurar que el flujo de mensajes e intercambio de
información con los clientes, usuarios y ciudadanía
en general, se lleve a cabo de manera segura, correcta y
oportuna, generando confianza e imagen positivas a la entidad. Se
debe disponer de líneas abiertas de comunicación
donde los usuarios puedan aportar información de gran
valor sobre el diseño y la calidad de los productos y
servicios brindados, permitiendo que la entidad responda a los
cambios en las exigencias y preferencias de los usuarios. Las
quejas o consultas que se reciben sobre las actividades,
productos o servicios de la entidad pueden revelar la existencia
de deficiencias de control y problemas operativos. Estas
deficiencias deben ser revisadas y el personal encontrarse
preparado para reconocer sus implicancias y adoptar las acciones
correctivas que resulten necesarias. 03 Los mensajes hacia el
exterior deben considerar la imagen que la institución
debe proyectar con respecto de la lucha contra la
corrupción. Las comunicaciones con los grupos de
interés de la entidad y ciudadanía en general deben
contener información acorde con sus necesidades, de modo
que puedan entender el entorno y los riesgos de la entidad. Deben
aplicarse controles efectivos para la comunicación externa
de forma que se prevenga flujos de información que no
hayan sido debidamente autorizados. Sin embargo, debe
garantizarse la transparencia y el derecho de acceso a la
información pública, de acuerdo con la normativa
respectiva vigente.

Canales de comunicación: Los canales de
comunicación son medios diseñados de acuerdo con
las necesidades de la entidad y que consideran una
mecánica de distribución formal, informal y
multidireccional para la difusión de la
información. Los canales de comunicación deben
asegurar que la información llegue a cada destinatario en
la, cantidad, calidad y oportunidad requeridas para la mejor
ejecución de los procesos, actividades y tareas. Los
canales no sólo deben considerar la recepción de
información (mensajes apropiadamente transmitidos y
entendidos), sino también líneas de entrega que
permitan la retroalimentación y distribución para
coordinar las diferentes actividades. El diseño de los
canales de comunicación debe contribuir al control del
cumplimiento de los planes estratégico y operativo, al
control del personal de la entidad, y a la ejecución de
procesos, actividades y tareas en la entidad. El diseño de
los canales de comunicación debe contemplar, al menos, los
siguientes aspectos: Ajustar los recursos a las necesidades de
información y en concordancia con la dimensión
organizacional; Mejorar la capacidad de procesamiento de la
información, aplicando la tecnología
informática; Coordinar las oportunidades de
información entre los diferentes usuarios de la entidad
para evitar duplicidad de tareas o superposición entre las
mismas; Generar formas de relaciones participativas en el
ámbito de trabajo, tales como: Contactos directos entre
gerentes, para lograr la continua transferencia de
información entre los mismos; Roles de enlace entre
sectores, unidades y departamentos que coadyuven al
involucramiento general de los miembros de la entidad en sus
diversas áreas de competencia y respectivas
problemáticas; Equipos de trabajo en relación con
tareas ocasionales o periódicas, permitiendo ahorros en el
uso de canales de comunicación; Roles integradores, para
ayudar a la supervisión de los trabajos, a las relaciones
interdisciplinarias y a la mejora de la visión y logro de
los objetivos institucionales. Los canales de comunicación
deben permitir la circulación expedita de la
información, de modo que sea trasladada al funcionario o
servidor competente en un formato adecuado para su
análisis y dentro de un lapso conveniente que haga posible
la toma oportuna de decisiones. Como medida preventiva, estos
canales deben ser usados por el personal de manera uniforme y
constante. Ello no implica que deba desestimarse por completo la
posibilidad de que, para efectos internos, en determinadas
circunstancias y condiciones previamente definidas, algunos
canales informales resulten ser el medio requerido.

Interpretando a la Editorial Océano
(2006)[24], referente a los controles para las
tecnologías de la información y comunicaciones; se
tiene que indicar que la información de la entidad es
provista mediante el uso de Tecnologías de la
Información y Comunicaciones (TIC). Las TIC abarcan datos,
sistemas de información, tecnología asociada,
instalaciones y personal. Las actividades de control de las TIC
incluyen controles que garantizan el procesamiento de la
información para el cumplimiento misional y de los
objetivos de la entidad, debiendo estar diseñados para
prevenir, detectar y corregir errores e irregularidades mientras
la información fluye a través de los sistemas. Los
controles generales los conforman la estructura, políticas
y procedimientos que se aplican a las TIC de la entidad y que
contribuyen a asegurar su correcta operatividad. Los principales
controles deben establecerse en: Sistemas de seguridad de
planificación y gestión de la entidad en los cuales
los controles de los sistemas de información deben
aplicarse en las secciones de desarrollo, producción y
soporte técnico; Segregación de funciones;
Controles de acceso general, es decir, seguridad física y
lógica de los equipos centrales; Continuidad en el
servicio. Para la puesta en funcionamiento de las TIC, la entidad
debe diseñar controles en las siguientes etapas: (i)
Definición de los recursos; (ii) Planificación y
organización; (iii) Requerimiento y salida de datos o
información; (iv) Adquisición e
implementación; (v) Servicios y soporte; (vi) Seguimiento
y monitoreo. 03 La segregación de funciones implica que
las políticas, procedimientos y estructura organizacional
estén establecidos para prevenir que una persona controle
los aspectos clave de las operaciones de los sistemas, pudiendo
así conducir a acciones no autorizadas u obtener acceso
indebido a los recursos de información. El control del
desarrollo y mantenimiento de los sistemas de información
provee la estructura para el desarrollo seguro de nuevos sistemas
y la modificación de los existentes, incluyendo las
carpetas de documentación de estos. Se requiere definir
mecanismos de autorización para la realización de
proyectos, revisiones, pruebas y aprobaciones para actividades de
desarrollo y modificaciones previas a la puesta en
operación de los sistemas. Las decisiones sobre desarrollo
propio o adquisición de software deben considerar la
satisfacción de las necesidades y requerimientos de los
usuarios así como el aseguramiento de su operatividad. Los
controles de aplicación incluyen la implementación
de controles para el ingreso de datos, proceso de
transformación y salida de información, ya sea por
medios físicos o electrónicos. Los controles deben
estar implementados en los siguientes procesos: Controles para el
área de desarrollo: En el requerimiento, análisis,
desarrollo, pruebas, pase a producción, mantenimiento y
cambio en la aplicación del software; en el aseguramiento
de datos fuente por medio de accesos a usuarios internos del
área de sistemas, en la salida interna y externa de datos,
por medio de documentación en soporte físico o
electrónico o por medio de comunicaciones a través
de publicidad y página Web. Controles para el área
de producción: – En la seguridad física, por medio
de restricciones de acceso a la sala de cómputo y
procesamiento de datos, a las redes instaladas, así como
al respaldo de la información (backup); En la seguridad
lógica, por medio de la creación de perfiles de
acuerdo con las funciones de los empleados, creación de
usuarios con accesos propios (contraseñas) y
relación de cada usuario con el perfil correspondiente.
Controles para el área de soporte técnico, en el
mantenimiento de máquinas (hardware), licencias
(software), sistemas operativos, utilitarios (antivirus) y bases
de datos. Los controles de seguridad deben proteger al sistema en
general y las comunicaciones cuando aplique, como por ejemplo
redes instaladas, intranet y correos electrónicos. El
control específico de las actividades incluye el cambio
frecuente de contraseñas y demás mecanismos de
acceso que deben limitarse según niveles predeterminados
de autorización en función de las responsabilidades
de los usuarios. Es importante el control sobre el uso de
contraseñas, cuidando la anulación de las asignadas
a personal que se desvincule de las funciones. Para el adecuado
ambiente de control en los sistemas informáticos, se
requiere que éstos sean preparados y programados con
anticipación para mantener la continuidad del servicio.
Para ello se debe elaborar, mantener y actualizar
periódicamente un plan de contingencia debidamente
autorizado y aprobado por el titular o funcionario designado
donde se estipule procedimientos previstos para la
recuperación de datos con el fin de afrontar situaciones
de emergencia. 08 El programa de planificación y
administración de seguridad provee el marco y establece el
ciclo continuo de la administración de riesgos para las
TIC, desarrollando políticas de seguridad, asignando
responsabilidades y realizando el seguimiento de la correcta
operación de los controles.

  • CALIDAD DE CONTROL GUBERNAMENTAL IMPULSADO POR
    LAS ENTIDADES FISCALIZADORAS SUPERIORES.

Interpretando a Wolinsky, Jaime I.
(1998)[25], la Entidad Fiscalizadora Superior
–Contraloría General de la República- es una
entidad comprometida a ejercer el control gubernamental con
independencia, equidad, probidad y profesionalismo, brindando
servicios de manera eficiente, eficaz, oportuna, confiable y de
calidad, que permitan optimizar la gestión pública
en beneficio de la ciudadanía; bajo un esquema de mejora
continua. Para obrar de conformidad con dicha política y
alcanzar sus objetivos, está comprometida con los
siguientes postulados: i) Contar con un equipo humano competente,
comprometido con la estrategia y objetivos institucionales y con
capacidad para gestionar los conocimientos en la
organización; ii) Mejorar e innovar continuamente los
procesos; iii) Estar en permanente modernización
tecnológica y organizacional; iv) lograr la confianza de
la ciudadanía y el Estado, mediante la satisfacción
de sus necesidades de control; v) Promover una cultura de
honestidad y transparencia en el ejercicio de la función
pública y en el uso de los recursos del Estado.

Para tener cada vez mejor calidad de control
gubernamental, la Contraloría dispone del planeamiento
estratégico, que viene a ser un proceso que
permitirá alcanzar la visión trazada; es el
documento que define ordenadamente un conjunto y secuencia de
actividades establecidas bajo un análisis exhaustivo del
entorno y de nuestros servicios, que recoge a su vez las
estrategias a utilizar para lograr el éxito. La
implementación del Plan Estratégico será la
actividad más importante que las gerencias deban realizar
para lograr sus metas. El Proceso Estratégico está
conformado por cuatro etapas: La formulación, que
contempla el planeamiento y la organización; la
ejecución, que comprende la dirección y el
desarrollo de las actividades; el seguimiento, que es el
monitoreo y control de las actividades planeadas; y la
evaluación, que es la verificación en el logro de
las metas trazadas. Todas estas fases del proceso necesitan de la
participación activa de todo el personal que forma parte
de la Contraloría General de la República, donde
cada esfuerzo individual consolidación de la entidad en su
conjunto. El Planeamiento Estratégico debe ser reflexivo;
realiza una evaluación cuantitativa de la
situación, emplea un enfoque interno y otro externo, exige
síntesis y realismo; analiza, revisa y cuestiona; moldea
la dirección futura; es claro y razonado; define una
posición estratégica. Este documento comprende tres
perspectivas fundamentales: relaciones con el entorno; Control
gubernamental y desarrollo organizacional. Estas perspectivas
comprenden objetivos generales. Para la primera perspectiva:
lograr un alto nivel de confianza en la ciudadanía,
incrementar las relaciones institucionales y el trabajo conjunto
en la lucha contra lo corrupción, entre otros. Para la
segunda perspectiva: reorganizar el Sistema Nacional de Control,
descentralizar y desconcentrar la Contraloría General de
la República, desarrollar el nuevo enfoque de control,
entre otros. Finalmente, para la tercera perspectiva: la mejora
de la cultura y clima organizacional, crear un nuevo modelo de
gestión del talento humano, implantar la gestión
por proyectos, entre otros. En el marco de una política de
mejoramiento continuo de la gestión estratégica, se
desarrollará un proceso de planificación
participativo con el fin de dar coherencia, unidad e integridad
al accionar institucional, y de comprometer al personal en el
cumplimiento de objetivos estratégicos. Mediante
Resolución de Contraloría N° 092-2010-CG, del
13 de Abril 2010, se aprobó la Visión,
Misión y Valores, luego de haber realizado un concurso
interno que convocó a todo el personal de la
institución, y una serie de reuniones de trabajo con
participación de la Alta Dirección y de la gerencia
para su validación. Estos elementos constituyeron la base
para la formulación del Plan Estratégico
Institucional, que orienta nuestra gestión hacia el logro
de objetivos que buscan modernizar los servicios de control y
promover la lucha contra la corrupción, en un marco que
fortalezca la acción de los órganos que conforman
el Sistema Nacional de Control.

A base al diagnóstico sobre la gestión
operativa, prestación de los servicios de control y
relaciones interinstitucionales con las entidades conformantes de
la cadena de valor del control, se ha identificado la necesidad
de que la Contraloría General de la República
desarrolle un trabajo proactivo, incrementando las
potencialidades del control, tecnológicas y de
infraestructura que le permitan contribuir – en mayor medida – a
elevar la calidad de la administración pública, en
términos de la cobertura de los servicios que brinda a la
población y de la lucha contra la corrupción en
todos los niveles del Estado. El ente superior de control se
encuentra inmerso en un proceso de modernización que
involucra una nueva estructura organizacional más
funcional, la implantación de un nuevo enfoque de control
integral que ponga énfasis en el control de
gestión, la gestión del conocimiento e
incorporación de las mejores prácticas utilizadas
internacionalmente; un nuevo modelo de gestión orientado
hacia los resultados, con identificación clara de los
productos, impactos y su medición; además de
articular eficazmente los esfuerzos en materia de control y
supervisión de los órganos del Sistema Nacional de
Control. La implantación de la gestión por
resultados permitirá el seguimiento de las metas trazadas
y la evaluación periódica del cumplimiento de los
objetivos estratégicos. Otro de los ejes de la
modernización es el establecimiento de alianzas
estratégicas con las entidades públicas que
participan en la lucha contra la corrupción, lo cual se
viene abordando con el apoyo de organismos de cooperación
nacional e internacional, y de las instituciones fiscalizadoras
de la región. La desconcentración y
descentralización es otro de los objetivos institucionales
que debemos lograr para asegurar la presencia del control
gubernamental en todo el territorio nacional. Así, la
institución se desconcentrará constituyendo
Macro-regiones, fortaleciendo las Oficinas Regionales e
incorporando a los Órganos de Control Institucional, los
mismos que bajo una adecuada estructura de gobierno
ejercerán la función del control de manera
descentralizada trasladando autoridad, capacidades y facultades,
según corresponda. Para asegurar la sostenibilidad de los
cambios que conlleve el proceso de modernización, es
fundamental motivar a todo el personal hacia una actitud de
innovación constante que le permita su adaptación
hacia los nuevos modelos y cambios tecnológicos. El logro
de los objetivos de modernización de la Contraloría
General de la República permitirá realizar nuestras
labores de control de una manera eficiente y eficaz, lo que
redundará en la generación de valor para la
sociedad.

Interpretando a Voss (2009)[26], el
control gubernamental, entendido como la supervisión,
vigilancia y verificación de los actos y resultados de la
gestión pública, en atención al grado de
eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y
destino de los recursos y bienes del Estado; requiere evolucionar
recogiendo las mejores prácticas y tendencias
internacionales, tanto en sus productos y servicios como en la
oportunidad e intensidad con que se aplican. De tal forma que la
administración pública perciba la presencia del
control, contribuyendo al mejor uso de los recursos
públicos sin restarle dinamismo a la toma de decisiones.
En concordancia con lo señalado, es necesario impulsar
decididamente el control interno en las instituciones
públicas, para asegurar el eficiente, eficaz y
transparente uso de los recursos en las operaciones de las
entidades. Paralelamente, se enfatizará en el control
preventivo con la finalidad de advertir a la
administración de los riesgos que pudieran afectar a su
gestión, así como generar conciencia en la
ciudadanía de su responsabilidad en el control social. El
control de gestión y la evaluación de cumplimiento
de políticas públicas son servicios que debemos
desarrollar para contribuir a la reforma del Estado Peruano.
Estos servicios consistirán en la verificación del
grado de cumplimiento de los objetivos y metas que las
instituciones hayan establecido, y de como éstas vienen
impactando en los servicios públicos que prestan a la
ciudadanía. Así mismo, se evaluará el grado
de articulación e impacto de las acciones que realicen los
entes vinculados a las políticas
públicas.

En materia de control posterior se
rediseñará las diferentes formas de
auditoría, aplicando la inteligencia y análisis de
la información que nos permita ser certeros en nuestras
intervenciones. Y frente a las evidencias de presuntas
irregularidades se desplegarán acciones denominadas
"operativos sorpresa", las cuales implican intervenciones en una
determinada área geográfica o sobre un tema en
común o frente a redes de corrupción.

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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