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Gestion Judicial: Argumentacion




Enviado por Miguel pacella



Partes: 1, 2

  1. Un
    poco, solo un poco, de lógica
    formal
  2. Término- Concepto
  3. La
    definición
  4. Los
    principios lógicos
  5. La
    Proposición: (El Juicio)
  6. Proposición compuesta
  7. Condicionales
  8. La
    Inferencia: Noción
  9. Silogismo categórico
  10. Reglas
  11. El
    principio supremo del silogismo
  12. Lógica simbólica – relaciones
    entre la clásica y la
    simbólica
  13. Argumentación – buscando
    respuestas
  14. La
    tópica
  15. La
    retórica
  16. Conclusión

Cuando hablamos de "gestión judicial" (o
tarea o labor judicial) lo primero que viene a la mente es lo mas
elemental: Que hacen los Tribunales?. Pues todos sabemos que
dictan Sentencias, Resoluciones, Actos Jurisdiccionales en
sentido amplio. Si lo representáramos, simplificadamente,
como un complejo industrial su "producto" final,
práctico, visible serian las decisiones
judiciales.-

Esas decisiones deben, necesariamente, estar debida y
correctamente fundadas (art. 185 de la Constitución
Provincial, Arts. 34, inc. 4, 160, 161 inc 1), 163 inc 5), 260 y
conc. del C.P.C.) so riesgo de nulidad. El componente
básico, esqueleto, armazón, "el núcleo
duro
" (por decirlo así) de esa fundamentación
debe construirse, inevitablemente, dentro del marco de la
Lógica, y explicarlo luego en un lenguaje informativo,
verificable, comprensible para el común de los mortales;
el "Auditorio Universal" del que nos habla Chaim
Perelman o Tribunal de la Razón de Toulmin. No puede
prescindir de ese mínimo "Logos", bajo
apercibimiento de ininteligibilidad. Si aspiramos a merecer el
nombre de "ciencia" para lo que hacemos, no podemos
renunciar a la gran Lógica, imprescindible en cualquier
sistema, método, esquema de conocimiento objetivo,
verificable, comunicable, exacto, útil.-

El principio de explosión ("ex contradictione
sequitur quodlibet
) según el cual a partir de una
contradicción puede deducirse cualquier cosa, creemos, es
un medroso refugio mediante el cual voluntariamente se abdica, de
lo mas noble del potencial humano, la razón; proclamando
una desesperanzada resignación que condena a priori todo
progreso hacia mejores destinos. Tantas veces hemos oído
la displicente necedad acerca de que la mitad de la biblioteca da
unas razones, mientras que la otra mitad avala las opuestas.
Según estas gentes, al parecer, la decisión de un
juicio en nada difiere de un juego de naipes o dados. Estamos en
desacuerdo con ellos. El derecho es cosa seria y nuestro
propósito es demostrar lo contrario; que existen buenas y
malas razones, que podemos (y debemos) esforzarnos en
distinguirlas, adiestrarnos en su uso, verificar sus valores,
involucrarnos desde dentro y en medio de ellas por un futuro
(aunque sea un poco) mejor que nuestro pasado.-

El objeto de este módulo es destacar la
importancia, función, utilidad, alcances y límites
de la Lógica formal (tradicional, clásica) en la
fundamentación de una decisión judicial; y
reseñar algunas propuestas, ideas y sugerencias para
hacerlo del modo mas conveniente. "Se escribe para los
vecinos o para Dios. Yo tome partido de escribir para Dios, con
la intención de salvar a mis vecinos
" (Jean Paul
Sartre, "Las palabras" Ed. Losada, Pág. 114)

Es un hecho que en los planes de estudios actuales de la
mayoría de los colegios secundarios y en la carrera de
abogacía derechamente se omite la enseñanza de la
Lógica formal, tradicional, con lo que se viene privando
(ya a varias generaciones de abogados, jueces y demás
operadores jurídicos) de un instrumento técnico y
adiestramiento en su uso indispensable para la faena cotidiana de
razonar con corrección o; cuando menos, evitar y prevenir
los errores mas comunes a los que necesariamente expone nuestra
labor. A la hora de exponer, motivar, argumentar sobre nuestras
razones de pedir o decidir, los operadores jurídicos
están, por decirlo así, librados a su sola suerte,
"su buen juicio", a la intuición que natural pero
instintiva y anárquicamente pudiera hallar la mayor o
menor perspicacia de cada quien.-

Esa deficiencia en la formación académica
amenaza con persistir. Al parecer, nadie -o muy pocos- se han
percatado de ella y si lo hicieron no la consideraron mas que un
pasatiempo de profesores jubilados, discutidores de banalidades,
sin prisa, ni preocupación, por resultados
"positivos", al decir de Bunge ("La Ciencia, su
método y filosofía
", Ed. Siglo XX, pag. 92).
Ese notorio yerro quizás se origine en algún
inexplicable, atávico y visceral rechazo con el que las
Ciencias Sociales tradicionalmente repudian los aportes de las
Ciencias "Duras", desechando sus enseñanzas y
métodos como inadecuados a su objeto. Debido a eso (aunque
quizás mas a nuestra propia incomprensión o
ineptitud) optamos entonces los "juristas" por
declararnos autosuficientes, desdeñando las contribuciones
provenientes de la Lógica, del Lenguaje, de la
Filosofía en general. Nos afanamos si, en cambio, en
recolectar montañas de fungibles repertorios de
jurisprudencia listas para "cortar y pegar" a cualquier
hipótesis; o a repetir como dogmas revelados las "nuevas"
tendencias mundiales, sin importar cuan nefastas pudieran
resultar solo porque están universalmente de modas, sin el
menor sentido crítico; ni valores, ni personalidad,
siguiendo a falsos profetas.-

Pensamos que lo más irrazonable es, precisamente,
prescindir de la razón. Sin ella deambularíamos,
sin sentido, en el más promiscuo caos de puro pragmatismo,
acción y pasión, sin el componente que nos hace mas
propia y auténticamente humanos.- Entonces si usarla es
inevitable (pues va implícita en nuestra condición)
será útil y conveniente que nos instruyamos en el
difícil arte de argumentar con buenas razones, recurriendo
al basamento lógico que le brindan sustrato. Al hacerlo
recurriremos primero a la más poderosa luz de la
razón con el propósito más noble concebible:
ponerla al servicio de la justicia entre los hombres.-

El proceso judicial sigue siendo una oposición
"día-lectica" en el que dos "logos" deben
confrontar en un mismo plano de lealtad, para que prevalezcan los
mejores argumentos en vista siempre a la justicia final del caso.
Ese diálogo, con prisa y sin Lógica, degenera
muchas veces en un simultáneo monologo entre sordos al
cabo del cual el sentenciante (a veces igual de sordo) se
conforma con buscar precedentes, para repetir cómodamente
los que ya otros han dicho, sin compromiso alguno con la
decisión. La ilusoria seguridad de los precedentes deja
solo el pobre consuelo al intentar justificar que ya se nos
adelantaron con las mismas simplezas. "…Por el
contrario se extraviaron en vanos razonamientos y su mente
insensata quedó en la oscuridad. Haciendo alarde de sabios
se convirtieron en necios"
(Romanos: 1- 21/22)

Un poco, solo un
poco, de lógica formal

Aunque pudiera resultar muy sabido y presumirse ajeno a
nuestro objeto, es imprescindible comenzar por algunas nociones,
las más elementales, de la lógica formal
tradicional pues constituyen el inevitable primer paso de esta
propuesta a transitar hacia una justicia más razonable. No
podría, de otro modo, comenzar hablando de lógica
"jurídica" porque entiendo que la lógica
es una sola, universal y eterna. No hay una lógica para
cada ciencia, ese fraccionamiento solo obedece a razones de
comodidad académica. El aditivo "jurídica"
solo servirá en el futuro para estudiar las cuestiones mas
propias y específicas, los problemas con que tropezamos
cuando aplicamos (o intentamos hacerlo) las derivaciones de esa
majestuosa (universal y única) lógica a nuestra
actividad.-

LÓGICA:

"…conocerán la verdad y la verdad los
hará libres" (Juan: 8-32).

Se impone, por razones de método que repasemos
algunas definiciones de "Lógica", no con el
arrogante propósito de ensayar, luego, nosotros, ninguna
enunciación "superadora" sino simplemente de
presentar ciertas formulaciones de reconocidos estudiosos que nos
aproximen a la materia.-

Veamos: Es la disciplina filosófica que estudia
los elementos básicos, relaciones, estructuras principios,
leyes, reglas y métodos del pensar objetivo. Permite al
intelecto obtener y determinar la verdad de las proposiciones, a
nivel semántico, la validez y legitimidad de los
razonamientos y expresarlos en un lenguaje informativo, claro,
preciso.-

"La lógica estudia la razón misma en
cuanto que es instrumento de la ciencia o medio de adquirir y
poseer lo verdadero…Es el arte que nos hace proceder con
orden, fácilmente, y sin error en el acto mismo de la
razón
" (Bochensky).-

Su objeto es "lo pensado", no en tanto que
proceso o acto de pensar sino el producto de lo pensado, el
contenido lógico mental objetivo, el resultado de ese
proceso. De otro modo, su objeto son los llamados "entes
lógicos" o ideales que son atemporales, inespaciales,
universales. No varían con el tiempo, no ocupan lugar en
el espacio son inmutables y válidos
universalmente.-

Es el estudio de los principios y métodos para
distinguir el buen (correcto) razonamiento del malo (incorrecto).
Copi. Discernir los razonamientos válidos o no y el modo
de estructurarlos válida y coherentemente.-

"Determinar las formas del discurso que son
válidas, es decir, constituyen medio seguro de llegar a la
verdad
" (Foulquie, Diccionario del Lenguaje
Filosofico).-

Disciplina conformada por un conjunto de conocimientos
que deben considerarse para poder fundamentar la necesidad o
probabilidad de la verdad de los contenidos
cognitivos.-

También implica un proceso subjetivo que se
manifiesta como un arte o habilidad o técnica,
independiente o sumada a la lógica natural para lograr
fundamentos de validez y coherencia en el pensar
científico.-

Entre el plano ontológico (objeto cognoscible) y
el gnoseológico (sujeto cognoscente) se establece una
relación de conocimiento que, si la analizamos como
proceso o acto de pensar estamos en la psicología; pero si
lo examinamos desde la pura abstracción, desde los
contenidos de esos pensamientos ("lo pensado") ingresamos ya en
el propio territorio de la lógica.-

Es ciencia formal, tanto como las matemáticas y,
al igual que ella se ocupa de entes ideales, sus estructuras,
relaciones, variables y conectivas que nos permiten alcanzar el
conocimiento objetivo aunque, a veces, prescindiendo de su
expresión lingüística (en la lengua
étnica) en sus enunciados y argumentaciones. Pero si
pretendemos, además, convencer con nuestros fundamentos
será necesario, no solo discurrir con objetiva
corrección en el plano puramente formal sino,
también, exponer nuestras razones en modo universalmente
válida, prioritariamente sustentable y que concite la
adhesión del destinatario de ella. Ya en nuestro anterior
trabajo (Falacias no formales) recordábamos las reglas de
buen juicio enseñadas por el gran Calamandrei:
"También el antiguo proverbio veneto, entre los
ingredientes necesarios para triunfar en el litigio pone,
ciertamente, en primer lugar, el "tener razón", pero
inmediatamente después agrega que es necesario
también "saber exponerla"; "encontrar quien la entienda",
y "la quiera dar" y, por último, "un deudor que pueda
pagar
".-

En la pragmática cotidiana de nuestra
profesión sabemos que el derecho es, en definitiva, lo que
los jueces dicen que es. Ellos tienen la "juris-dictio"
(jurisdicción), la potestad de decir el derecho, de
interpretarlo frente al caso controvertido. Entonces, el
propósito práctico y sin ambages del abogado
será convencer al juez de que su parte tiene la
razón y pedir que se la reconozca. En tanto que la
finalidad del Magistrado será la de presentar una
decisión lo mas adecuada, comprensible y justa posible que
concite la mayor adhesión posible de su auditorio
universal.-

El magistrado debe (por ineludible imperativo legal)
"fundar", justificar o motivar su decisión.
Motivación adecuada, autosuficiente, derivación
razonada del derecho vigente y conforme a los hechos comprobados
de la causa. Debe exponer claramente las pretensiones, valorar
adecuadamente las pruebas (conforme a las reglas de la sana
critica racional), el derecho aplicable, los motivos de su
decisión, clara, completa y exactamente, explicar porque
esa y no otra y sostener su construcción aceptablemente
mediante razones objetivas frente a un auditorio universal,
imparcial y difuso; en modo que su resolución pueda ser
generalmente aceptada como intrínsecamente justa. Nunca
como fruto del capricho, arbitrariedad, parcialidad ni sola
voluntad del sentenciante. Ya nos advierte el viejo dicho:
"Si el Juez es el acusador; solo Dios puede ser el abogado
defensor
".-

Nosotros vamos a ocuparnos exclusivamente de la
Lógica Tradicional, Clásica,
Aristotélico-Tomista, de sus primeros fundamentos para
luego como, cuanto, donde, en que y porque se vincula al Derecho,
a su modo de expresarse mediante el lenguaje natural, a su valor
como instrumento para garantizar o confirmar la corrección
formal del argumento y finalmente al arte o habilidad en formular
un discurso persuasivo sobre su validez.-

Naturalmente que allí no se agota, sino apenas
principia un amplísimo campo de otras investigaciones
posteriores en los que, por razones obvia no podríamos
aventurarnos como la Lógica Simbólica,
Logística o Lógica matemática que (cuando
parte de los tres principios lógicos) arriban
necesariamente a solo dos valores veritativos (verdad o falsedad)
y otras formulaciones que admiten un tercer valor y que se
denomina lógica polivalente. La Logística o
Lógica Simbólica o Matemática (Boole y
Frege) puede ser dividida en: 1) Lógica Sentencial o
Proposicional; 2) Lógica Cuantificacional o de funciones o
de predicados; 3) Lógica de las Clases; 4) Lógica
de las relaciones.-

A partir de la publicación de Lofti Asier Zadeh
("Fuzzy Sets"; Conjuntos Difusos en 1965) y con el significativo
aporte de Bart Kosko se populariza la llamada "Lógica
Borrosa" o "Lógica Difusa"; que afirma que la
filosofía occidental, heredera de Aristóteles, ha
aceptado la bivalencia de forma acrítica como sistema
simplificador de una realidad excesivamente compleja; lo que ha
ganado en sencillez lo ha perdido en precisión. Por
contra, las filosofías orientales (Buda, Lao Tse,
Confucio, etc.) han aceptado desde la antigüedad la estricta
unidad de los opuestos, del yin y el yang. La lógica
difusa se utiliza cuando la complejidad del proceso en
cuestión es muy alta y no existen modelos
matemáticos precisos, para procesos altamente no lineales
y cuando se envuelven definiciones y conocimiento no
estrictamente definido (impreciso o subjetivo). Por ejemplo, una
persona que mida 2 metros es claramente una persona alta, si
previamente se ha tomado el valor de persona baja y se ha
establecido en 1 metro. Ambos valores están
contextualizados a personas y referidos a una medida
métrica lineal. La lógica difusa se adapta mejor al
mundo real en el que vivimos, e incluso puede comprender y
funcionar con nuestras expresiones, del tipo "hace mucho calor",
"no es muy alto", "el ritmo del corazón está un
poco acelerado", etc. La clave de esta adaptación al
lenguaje, se basa en comprender los cuantificadores de nuestro
lenguaje (en los ejemplos de arriba "mucho", "muy" y "un poco").
A su turno el filósofo peruano Francisco Miró
Quesada acuña (en 1976) el concepto de una "lógica
paraconsistente" que intenta tratar las contradicciones en forma
atenuada. Es un campo de la lógica que se ocupa del
estudio y desarrollo de sistemas lógicos paraconsistentes
(o "tolerantes a la inconsistencia"), que son mas débiles
que las lógicas clásicas.-

En el ámbito mas especifico de nuestra disciplina
destaca, sin duda la denominada Lógica Deontica (Logica de
normas) que es un tipo de lógica modal aplicada en el
discurso argumentativo para la formulación e
interpretación de normas. Gottfried Leibniz es el
precursor de la lógica deóntica. En 1671, en sus
Elementos de derecho natural, Leibniz observa la analogía
de los conceptos normativos "justo", "injusto" y "facultativo"
con los conceptos modales aléticos "necesario",
"posible" e "imposible. De esta lógica moderna, se
desprende la semiótica, lógica deóntica,
modal, cuantificacional y proposicional. La lógica
deóntica se formaliza a través de conceptos
relacionados con el deber. También puede estudiarse la
Lógica como metodología de las Ciencias, de las que
depende el investigador según su saber; y Teoría de
la Lógica.-

Por muchas razones, de extensión, pero
principalmente por nuestros limitados conocimientos y la
finalidad de este trabajo, trataremos únicamente los
principios básicos de la lógica formal y su
aplicación al Derecho, tal como quedó
enunciado.-

Término-
Concepto

Es el menor elemento en que puede descomponerse la
estructura lógica de la proposición.-

"Llamo termino a aquello en lo que se resuelve la
proposición en lo que puede ser analizada, esto es lo que
se predica y aquello de lo que se predica con la adición
del verbo "ser
" (primeros analíticos;
Aristóteles). Etimológicamente designa el
límite, el extremo, el fin de algo. Termino era uno de los
dioses de los latinos, protector de los limites. En significado
lógico es lo que determina el limite del objeto del
pensamiento; en términos lingüísticos, la
palabra que designa ese pensamiento; pero en si y como tal no da
un verdadero conocimiento, no puede decirse que sea verdadero o
falso, solo lo nombra.

Usualmente se lo asimila como equivalente a palabra y
aunque puede ser útil para su comprensión no
siempre es exacto. Hay términos que pueden ser enunciados
con dos o mas palabras (animal racional) distintas palabras para
el mismo termino (hombre, homo, uomo, men etc. en distintos
idiomas se usan diversas palabras, pero el término
lógico al que aluden es el mismo) y diferentes palabras
que pueden aludir al mismo termino (sinónimos) o mismas
palabras que pueden indicar distintos términos
(homónimos; ej. Banco). Precisado que termino no es el
exacto equivalente de palabra, puede sin embargo,
comúnmente asimilarse para la mejor comprensión del
concepto.-

Las relaciones entre el término y el signo (la
palabra, como fonema o grafía) da origen a la
semiótica o semiológica o teoría general de
los signos (Ferdinand de Saussure, Charles Pierce) que se puede
estudiar como:

1) Sintaxis: relación formal de los
términos entre si con prescindencia de lo que significan
ni de su contenido.-

2) Semántica: atiende al significado de las
palabras. La relación del signo con el objeto designado;
significante-significado.-

3) Pragmática: la relación entre los
signos y los sujetos que los usan; origen y efectos de los signos
en la conducta dentro de la que aparecen; se interesa por el
contexto y como influye en la interpretación del
significado.-

La lógica formal se ocupa preferentemente de la
sintaxis esto es las relaciones entre los términos dentro
de la proposición o de las proposiciones dentro del
razonamiento, pero como su enunciación en el Derecho
debemos formularla en la lengua étnica es necesaria
además la Semántica; y en alguna menor medida la
pragmática.

Los términos se pueden clasificar en
categoremáticos y sincategoremáticos. Los primeros
son los que tienen un significado propio, aun fuera de un
contexto quieren decir algo, nos remiten a un objeto, cualidad o
propiedad. Refieren a alguna de las diez categorías que
Aristóteles había fijado para conocer el Ser
(cualidad, cantidad, relación, tiempo, lugar,
situación, acción, pasión y habito) En
cambio los sincategoremáticos no tienen una
significación propia sino que funcionan de conexión
entre términos, son los cuantificadores,
conjunción, disyunción, etc. algo así como
el cero (0) en las matemáticas, que por si solo no traduce
nada pero unido a otros adquiere significado.-

Los categoremáticos, a su vez pueden clasificarse
según su comprensión (connotación); o su
extensión (denotación).-

La connotación nos da los aspectos inteligibles o
notas del objeto. Responde a la pregunta ¿Qué
es…?

La extensión o denotación refiere a la
amplitud del termino; a quienes se aplica. Responde a la pregunta
¿Quién es…?

En la lógica clásica guardan una estrecha
e inversa relación. Cuando mayor es su extensión
menor su compresión y viceversa. Así el de menor
comprensión seria "ser" o "ente" que se aplica a todo lo
que existe (real o idealmente); y el de mayor comprensión
seria cuando agregamos notas: viviente, humano, argentino, que
vive en tal parte, que nació tal día, que es hijo
de Juan y nieto de Pedro y llegamos hasta el individuo; uno, de
la menor extensión y máxima
comprensión.-

Otra relación posible de establecer entre
términos es la de superiores e inferiores (genero y
especie). El superior tiene mayor extensión que el
inferior; y como vimos, a la inversa, el inferior tiene mayor
comprensión. Ej. "Triangulo" es inferior a "Figura
Geométrica". Tiene mas comprensión pues solo se
aplica a las figuras de tres lados; pero menor extensión
pues hay otras figuras que no son triángulos.-

El termino en la proposición puede ser singular
(esa mesa), particular (algunas mesas) o universal (todas las
mesas) y su extensión se detecta por el uso de los
términos sincategoremáticos en la
proposición, de los llamados
"cuantificadores".-

VER CUADRO I

La
definición

Etimológicamente significa marcar límites,
delimitar, precisar, determinar. En toda ciencia, y en la nuestra
más que en muchas otras, la definición es
indispensable para evitar la vaguedad o ambigüedad fuentes
de equívocos y divergencias que las mas de la veces no son
esenciales sobre el fondo de alguna cuestión, sino simples
desinteligencias o malos entendidos de lenguaje.-

La definición puede ser 1) real o 2) nominal. La
real (de "res"=cosa) indica lo que la cosa es. La nominal lo que
el termino significa, refiere a la palabra con la que se denomina
algo y se la define para evitar equívocos.-

1) La real, por su comprensión puede
ser:

1.1. Esencial: Aquella que trata de determinar la
naturaleza o esencia de algo. Para ello se utiliza generalmente
dos de los cinco predicables: el género próximo y
la diferencia específica. Responde a la pregunta que
es…?

1.2. Descriptiva: es la que trata de establecer como es
el objeto; normalmente se usa el género y la
enunciación de sus propiedades, cualidades, etc. Como se
ve es parecida a la anterior en cuanto principia por el
género próximo, pero aquí luego se enumera
sus propiedades o cualidades. Ocurre que muchas veces las
definiciones más esenciales son difíciles de
lograr, por eso se recurre a este modo. Responde a la pregunta
como es…?

1.3. Causal: Enuncia la causa que origina la realidad
definida. Ej. La gastritis es una enfermedad que se origina por
el virus Helicobacter Pylori. Responde a la pregunta cual es la
causa de…?

1.4. Genética: Señala como se estructuran
o sintetizan algunos entes preferentemente los pertenecientes a
la geometría: Ej. Circulo: figura cuya área esta
engendrada por una línea recta finita que da vuelta sobre
uno de sus extremos en un mismo plano. Responde a la pregunta
como se forma o estructura…?

Las definiciones reales, por su extensión pueden
ser:

1.1. Por enumeración: Es aplicable cuando la
clase tiene pocos elementos y se los puede enunciar en su
totalidad.-

1.2. Por ejemplificación: Cuando se señala
un objeto o hecho que pertenece a una clase, permitiendo
así saber a que entes se aplica el término. Se usa
cuando no es fácil hallar la connotación de un
término o cuando se quiere ayudar a la comprensión
de una exposición.-

1.3. Ostensiva: Se muestra la cosa o un ejemplar de
ella. Ej. Esto es una jirafa.-

2) La Definición nominal puede ser:

2.1. Etimológica: son las que buscan establecer
el sentido primigenio de la palabra en la lengua étnica
que se origina. Es muy útil en el lenguaje
técnico.-

2.2. Sinónimos: También se la llama
definiciones verbales y son de uso frecuente en los diccionarios
cuando dan sinónimos o expresiones
equivalentes.-

2.3. Por el uso: El termino recibe el significado por el
empleo de los habitantes o parlantes de un idioma que usan de
el.-

2.4. Por el autor: Son las que establecen el significado
de un término dentro del pensamiento o teoría
mantenida por el autor de la misma.-

VER CUADRO II

Existen unas reglas muy elementales para estructurar una
definición correctamente y que muchas veces son
descuidadas generando no pocos equívocos, confusión
y desacuerdos:

La definición debe ser equivalente a lo definido,
explicando la naturaleza o el significado del término;
pero no debe ser ni más amplia, ni más estrecha que
lo definido. Tampoco debe ser tautológica (circular) es
decir no debe contener un término que aparezca en lo
definido. No debe expresarse en términos figurativos u
oscuros; ni en términos negativos en lo
posible.-

Estas simples reglas de buen uso conviene tenerlas
presente pues a menudo evitan desacuerdos solo verbales o
desinteligencias no sustanciales distrayendo del meollo de la
cuestión principal.-

Un ejemplo de superflua "definición" puede
hallarse en el art. 232 "bis" del C.P.C de Corrientes, agregado
por Ley Nº 5745; y examinarlo a la luz de nuestro comentario
acerca del referido texto (La Ley Provincial 5745, eficacia y
eficiencia del Poder Judicial.La Ley Litoral en febrero de 2012,
pag. 9 y siguientes).-

Una ingeniosa y sutil referencia de Borges (al que
también cita Michel Folcault en "Las palabras y las
cosas
"), nos lleva a reflexionar sobre la utilidad
práctica de estas simples indicaciones. Consigna el gran
maestro que cierta Enciclopedia China escribe que "los
animales se dividen en a] pertenecientes al Emperador, b]
embalsamados, c] amaestrados, d] lechones, e] sirenas, f]
fabulosos, g] perros sueltos, h] incluidos en esta
clasificación, i] que se agitan como locos, j]
innumerables, k] dibujados con un pincel finísimo de pelo
de camello, l] etcétera, m] que acaban de romper el
jarrón, n] que de lejos parecen moscas
". El original
encanto de la ironía instruye mas que otras muchas
consideraciones al respecto.-

Los principios
lógicos

"Tus oídos escucharan detrás de ti una
palabra: Este es el camino, andad por el…" (Isaías
30:21)

La palabra "principio" señala lo que
esta al comienzo de algo, pero no en sentido exclusivamente
temporal, sino también como punto de partida, o el
fundamento que da razón de algo. Los principios
lógicos son proposiciones, dadas como evidentes o
indemostrables que por ello son el punto de partida y apoyo de
toda demostración. A la vez son el fundamento de verdad
desde el punto de vista lógico.-

Son evidentes por que su verdad absoluta se nos hace
patente de inmediato, es decir sin la ayuda de ningún
medio o razonamiento. En tanto que son evidentes, ni necesitan,
ni pueden ser demostrados. Si tuviesen que serlo no serían
"principios". Son el punto de apoyo y basamento de todo el
conocimiento científico; naturalmente, también de
nuestra ciencia.-

Son los que rigen toda forma correcta de pensamiento.
Pueden decir que son las leyes generales que rigen el modo de
funcionamiento del pensamiento.-

Aristóteles los llamo "principio de la
demostración
" ya que permiten toda prueba del
encadenamiento deductivo de las proposiciones pero para él
eran a la vez principios ontologicos o de la realidad y
principios lógicos o del pensar.-

PRINCIPIO DE IDENTIDAD:

Toda cosa es igual a si misma.-

Toda proposición verdadera es verdadera y toda
proposición falsa es falsa.-

Toda proposición es equivalente a si misma. Si p,
entonces p. Esta formulación contemporánea usa
también el termino "equivalencia" que no es exactamente
igual a "identidad". Identidad corresponde a una situación
de invariabilidad, estabilidad, permanencia de una cosa en si
misma; mientras que "equivalencia" normalmente se emplea para
referir a una relación entre dos cosas, dos objetos que
puede ser intercambiables.-

PRINCIPIO DE CONTRADICCION:

Es imposible que una cosa sea y no sea (al mismo tiempo
y bajo un mismo aspecto, sentido o relación).-

En su formulación tradicional nos dice que:
Ninguna proposición es al mismo tiempo verdadera y falsa.
O, dos proposiciones contradictorias no pueden ser ambas, a la
vez verdaderas y falsas.-

En su enunciación contemporánea que: Si
una proposición es verdadera, su negación es falsa.
O, no es posible la verdad simultánea de "p" y "no
p".-

PRINCIPIO DE TERCERO EXCLUIDO:

Una cosa o bien es; o no es. Tiene una propiedad; o no
la tiene; no cabe una tercera posibilidad.

Toda proposición debe ser o verdadera o falsa.
Dos proposiciones contradictorias no pueden ser ambas falsas. Una
es verdadera y la otra es falsa. No hay tercera
posibilidad.-

Existe además otro principio lógico que es
mas discutido y no todos lo aceptan como tal. Fue enunciado por
Gottfried Wilhelm Leibniz aproximadamente en 1666.

Es el llamado PRINCIPIO DE RAZON SUFICIENTE y dice:
"Nada es sin una razón suficiente". Christian
Wolf en  1712 distinguió entre tres modos de entender
este principio: a) Como "razón de ser", b)
Como "razón de llegar a ser" c) Como
"razón de conocer". Dentro de la Lógica
tradicional, se ha entendido este cuarto principio en el tercero
de los significados que propuso Wolf. Desde ese punto de vista,
el principio puede ser formulado:   "Todo conocimiento
tiene que estar fundado
".-

Veamos un caso práctico y, aunque no parezca,
real: Hemos leido algún fallo en el que se hace lugar
"parcialmente" a una acción de divorcio. Una
sentencia así pronunciada, es nula. Viola los principios
lógicos y por tanto carece de fundamentación.
Ocurrió que uno de los cónyuges demandó (al
otro, naturalmente) por dos causales; una se consideró
probada; la otra no. La curiosa sentencia adolece, en la
explicación de la decisión, de grave error de
sintaxis (Ver Falacia de Anfibología en el trabajo de
Falacias no formales) pues lo que (creo) intentaba decir es que
por una causal es procedente, mientras que la otra no. Pero de
todos modos la solución debió ser una, sola y
única: El divorcio, no importa por cual causal; ni cuantas
antes no prosperaron. Lo que no se puede es estar
"parcialmente" divorciado, ni casado. O se está
divorciado, o no se esta. O se esta casado, o no se está.
Pero no se puede estar "parcialmente" ni divorciado, ni
casado. Son conceptos jurídicos lógicamente
excluyentes, incompatibles, no pueden coincidir juntos, al mismo
tiempo, sobre la misma persona. En tal caso, entiendo que el
control de logicidad debe declarar nula esa
sentencia.-

No podría tampoco, en un juicio de
filiación por ej. concluirse que la mujer estaba
(plagiando el titulo de un film) "ligeramente"
embarazada. O esta embarazada; o no lo esta; no puede estarlo ni
"ligera", ni leve, ni parcialmente, embarazada. Si otra cosa se
dijera, la decisión tendría motivación
contradictoria. Tampoco, obviamente podría hacerse lugar
"parcialmente" a una demanda de filiación; o se es hijo, o
no se es. Lo mismo vale para un mas domestico juicio ejecutivo.
El accionado podría oponer varias excepciones y puede (y
procesalmente debe) hacerlo simultáneamente. Si una de
ellas prospera la ejecución debe rechazarse. Sencillamente
porque la excepción se declaró procedente. Sin
embargo se ven las más barrocas confusiones cuando se
trata de imponer las costas en tales casos.-

La
Proposición: (El Juicio)

En lógica la proposición (o el juicio) es
un enunciado que informa acabadamente de algo y cuya propiedad es
la de ser verdadero o falso. El término (o concepto) como
antes vimos es, por así decirlo, la partícula
atómica en lógica; el mínimo elemento en el
que se puede descomponer. El juicio se compone de
términos, pero aquí ya tenemos algo declarado. Para
Aristóteles, la proposición es un discurso
enunciativo perfecto, que expresa un juicio y significa lo
verdadero y lo falso como juicio de términos y por eso es
una afirmación categórica, es decir, incondicionada
porque representa adecuadamente la realidad.

Si decimos que el enunciado "informa" excluimos
las preguntas, exclamaciones, ordenes y otro tipo de oraciones en
las que no se informa; porque la Lógica lo que busca es
establecer la verdad o falsedad de las mismas. Como esta
expresada en lenguaje informativo puede ser calificada de
verdadera o falsa; el lenguaje científico es informativo,
objetivo, e intenta expresar verdad o falsedad. Vale aquí
la reiteración de una salvedad ya hecha: Esto alude al
ámbito de la Lógica formal, clásica,
tradicional, no ingresa siquiera al campo de la Lógica
Deóntica o Lógica de Normas.-

DIVISION Y CLASIFICACION DE LAS
PROPOSICIONES

Al referirnos al término vimos que el
género superior se divide en especies y subespecies,
permitiendo a la vez, la clasificación de sus partes y de
sus individuos. Procederemos, por lo tanto, a dividir y
clasificar el campo de las proposiciones. Recordemos que
había distintos tipos de estructuras para las
proposiciones, tales como:

  • 1) `S es P`, en "El triángulo es figura
    geométrica".

  • 2) `…y…`en "El fuego quema y el
    agua refresca".

  • 3) `Si…entonces…`, "Si es de
    día, entonces hay luz".

Ahora podemos decir que la estructura del 1) es la de la
proposición simple llamada también
categórica mientras que en la 2) y la 3), conjuntamente
con otras responden a las proposiciones llamadas compuestas o
hipotéticas.

Esta clasificación se establece en razón
de los elementos que se relacionan y del tipo de nexo que se
usa.-

En la proposición simple se relacionan
términos por medio de un verbo copulativo, (ser o estar).
En la proposición compuesta se relacionan proposiciones
por medio de distintas conectivas.-

En razón de lo dicho, la división
más general de la proposición se hace por la
RELACION y nos da proposiciones simples o compuestas, en
razón de lo que se conecta y del medio o nexo por medio
del cual se conecta.-

A su vez, esta división inicial dará
origen a otras subdivisiones correspondientes a la
proposición simple y compuesta.-

Expondremos ahora la clasificación
correspondiente a la Lógica Formal.

VER CUADRO III.-

División por la Cualidad de la
cópula: Se considera aquí si la cópula sirve
de nexo para unir, afirmando, o para separar negando. Cuando se
afirma en una proposición de sujeto-predicado por medio de
un verbo copulativo, se busca establecer lo que se dice del
sujeto, (el predicado), le pertenece realmente a éste, o
sea que corresponde a su esencia, propiedades, accidentes. En ese
sentido está unido, en la existencia o en el pensamiento,
a la cosa misma. Con la negación, por el contrario, se
establece que el predicado no se da, o sea, está separado
de la cosa, en su ser o pensar.-

Cuando decimos "El hombre es un ser viviente",
establecemos que la vida es propiedad del ser hombre, está
unido a su ser, y que no puede ser pensado sin establecer su
condición de viviente.-

Cuando decimos "El hombre no es eterno",
señalamos que la eternidad es una condición
totalmente ajena al hombre y separada de su ser o
pensar.-

Por eso la cualidad de la proposición afirmativa
es unir, y la cualidad de la proposición negativa es
separar el predicado del sujeto diciendo que aquél no le
corresponde.-

División en cuanto a la Modalidad de la
cópula: La cópula generalmente usada en este tipo
de proposiciones es el verbo "ser", el cual puede unir o separar,
simplemente, como una situación de hecho. En este caso la
proposición se llama "In esse". Pero también puede
hacerlo con forma de mayor o menor exigencia, o sea moralmente,
correspondiendo a las cuatro modalidades que Aristóteles
fijó en su Metafísica. Son ellas la Necesidad,
Imposibilidad, Posibilidad y Contingencia.-

La necesidad implica que "no puede no ser", y por lo
tanto la relación entre sujeto y predicado tiene que regir
indudable y permanentemente.-

La imposibilidad implica que "no puede ser", y por lo
tanto la relación entre sujeto y predicado no puede regir
jamás.-

La posibilidad implica que algo "puede ser", pero que no
es necesario que se dé, si bien no es
imposible.-

La contingencia implica que "puede ser o no ser", ya que
no es necesario, pero tampoco imposible.-

En la lógica formal, posibilidad y contingencia
se reúnen en una sola modalidad dándola en forma
positiva y negativa, por lo tanto se expresa como el "poder ser"
y el "poder no ser". Como no desarrollaremos ninguna forma de
Lógica Modal, lo dicho basta para reconocer las
proposiciones y el valor de las modalidades
aristotélicas.-

División por la cantidad del término
Sujeto:

Cuando consideramos la extensión de los
términos en la proposición, especialmente en la
función de sujeto, dijimos que la cantidad del
término podría clasificarse en singular y
común y éste último en particular y
universal.

A partir de esa clasificación, la
proposición categórica, en razón del sujeto,
podrá ser clasificado en: Proposición singular,
particular, universal e indefinida.-

La proposición singular llevará como
señal un adjetivo demostrativo (este, ese aquel) o un
nombre propio, por lo cual sabremos que se habla de un sujeto
singular y único.-

La proposición particular llevará el
cuantificador "Algún" o "Algunos" señalando que de
la totalidad de la extensión del término sujeto
sólo se toma o se considera una parte, aquella que
está relacionada con el predicado.-

La proposición universal, por el contrario
considera que la extensión total del término sujeto
se conectará con el predicado. En este caso los
certificadores a usar serán: "Todo" para las proposiciones
que afirman, y "Ningún" o "Ninguno" para las que niegan.
La diferencia de cuantificadores se da por exigencia de la lengua
castellana.-

Conviene aclarar que la negación del
cuantificador "Todo" (ej. no todo…) no nos da el
equivalente a "Ningún", sino que su significado nos da:
"algunos si, algunos no". Ej. "No todos los abogados son
buenas personas
" significa que algunos abogados lo son, pero
otros no.-

La proposición de sujeto indefinido en su
cantidad es aquella en la que el sujeto no lleva cuantificador
sino el artículo correspondiente, por ej. "El hombre", "La
rosa". En este caso se podrá saber la extensión en
que se usa el término sujeto considerando si el predicado
es esencial o no al sujeto. Pues si el predicado es esencial a la
naturaleza del sujeto este debe estar en toda su
extensión, ya que se cumplirá en todos y en cada
uno. Por ej. "El hombre es mortal". La muerte es algo esencial a
todo ser que tenga vida natural. Por lo tanto esa
proposición equivale a "todo hombre es mortal". Pero si
decimos "El hombre es haragán", como la haraganería
no es esencial al hombre, se da en algunos y no en otros. Por lo
tanto esta proposición es equivalente a "Algunos hombres
son haraganes".-

Para que se vea como se puede utilizar todas estas
clasificaciones a la vez daremos algunos ejemplos:

"Todo metal es buen conductor de la
electricidad
". Proposición simple o
categórica, por la relación; afirmativa, por la
cualidad; de In esse, por la modalidad; universal, por la
extensión del sujeto.-

"Ninguna persona incompetente es un abogado
eficaz
". Proposición simple o categórica por
la relación; afirmativa, por la cualidad, de In esse por
la modalidad; particular por la extensión del
sujeto.-

"Algunos abogados son claros en sus
argumentaciones
". Proposición simple o
categórica por la relación; afirmativa, por la
cualidad de la copula; In esse por la modalidad; particular por
la extensión del sujeto.-

"Algunos profesionales no son inmorales.
Proposición simple o categórica por la
relación; negativa por la cualidad de la cópula; de
In esse por la modalidad; particular por la extensión del
sujeto.-

Como no se desarrollará la teoría de las
proposiciones modales, estas solamente se clasificarán por
la modalidad que expresa el enunciado. Ej: "Es necesario que el
hombre sea mortal". Proposición de necesidad, por la
modalidad. "Es imposible que los metales sean malos conductores
del calor". Proposición de imposibilidad, por la
modalidad. "Es posible que los precios se mantengan".
Proposición de posibilidad (positiva) por la modalidad.
"Es posible que los precios no se mantengan". Proposición
de posibilidad (negativa) por la modalidad.-

Proposición
compuesta

La proposición compuesta puede surgir de dos
proposiciones simples unidas por conjunción o separadas
por disyunción, pero también aparecen como
proposiciones formadas por dos partes que se unen como
antecedente y consecuente de una condicional, o por negaciones
conjuntas, etc. En la Lógica Formal se consideran tres
formas básicas:

  • 1) Conjuntivas, unidas por el término
    "y".

  • Partes: 1, 2

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