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Guía para dar a conocer los Derechos Humanos a adolescentes sordos




Enviado por Carol Delisser



  1. Introducción
  2. Marco
    teórico
  3. Marco
    legal
  4. Metodología didáctica para dar a
    conocer la Declaración Universal de Derechos Humanos a
    adolescentes con sordera
  5. Técnicas Pedagógicas para la
    enseñanza de los Derechos Humanos y la
    educación inclusiva de los adolescentes con
    sordera
  6. Actividades sugeridas con los adolescentes con
    sordera después de conocer los Derechos
    Humanos
  7. Conclusiones
  8. Recomendaciones
  9. Bibliografía
  10. Anexos

METODOLOGÍA DIDÁCTICA PARA
DAR A CONOCER:

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS A ADOLESCENTES CON SORDERA

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Introducción

El presente trabajo fue elaborado con el objetivo de dar
a conocer propuestas de técnicas pedagógicas para
la enseñanza de los Derechos Humanos a adolescentes con
sordera comprendidos desde los 13 hasta los 18 años menos
un día, con el fin de fomentar el aprendizaje cognitivo y
afectivo, y la participación activa de ellos en sociedad,
debido a que la educación es la mejor forma de
promoción de los Derechos Humanos.

En el trabajo de investigación se presenta una
breve definición de la discapacidad, sordera, adolescencia
y Derechos Humanos. Informando qué son y para qué
sirven, haciendo énfasis en la importancia que tiene su
promoción, y planteando la necesidad que surge de crear
una metodología de su enseñanza aplicada a
jóvenes con edades comprendidas dentro de la
adolescencia.

Uno de los puntos de mayor importancia en la
realización de este trabajo de investigación radica
en la responsabilidad que tenemos como humanistas de promover y
promulgar los Derechos Humanos sin exclusión o
distinción de sus capacidades sensoriales
basándonos en las técnicas y conocimientos
adquiridos durante nuestra formación profesional y que nos
permiten tener la capacidad de poder aplicarlos a cualquier grupo
de la sociedad, logrando así la promoción de los
mismos y derribando la principal barrera que padecen las personas
con discapacidad que es atribuirles que debido a sus
características es imposible su integración plena a
la vida social.

Marco
teórico

  • ¿Qué es una
    Metodología?

Una metodología es aquella guía que se
sigue a fin realizar las acciones propias de una
investigación. En términos más sencillos se
trata de la guía que nos va indicando qué hacer y
cómo actuar cuando se quiere obtener algún tipo de
investigación. Es posible definir una metodología
como aquel enfoque que permite observar un problema de una forma
total, sistemática, disciplinada y con cierta
disciplina.

Una metodología no es lo mismo que la
técnica de investigación. Las técnicas son
parte de una metodología, y se define como aquellos
procedimientos que se utilizan para llevar a cabo la
metodología.

1.2 ¿Qué es
Didáctica?

La didáctica puede ser definida como la ciencia
del aprendizaje y la enseñanza.

Dentro de esta ciencia de la enseñanza y
aprendizaje es necesaria la combinación del hacer y
el saber didáctico, es decir, la teoría y la
práctica. La práctica resulta muy importante ya que
se sabe que se aprende mediante la experiencia. También es
normal enseñar a partir de la misma. Sin embargo es
importante no recaer exclusivamente en las enseñanzas
mediante esta técnica. Por eso resulta tan importante
complementarlo con la teoría.

1.3 Discapacidad

Es cualquier restricción o impedimento de la
capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del
margen que se considera normal para el ser humano. La
discapacidad se caracteriza por excesos o insuficiencias en el
desempeño de una actividad rutinaria normal, los cuales
pueden ser temporales o permanentes, reversibles o surgir como
consecuencia directa de la deficiencia o como una respuesta del
propio individuo, sobre todo la psicológica, a
deficiencias físicas, sensoriales o de otro
tipo.

1.4 La adolescencia

La adolescencia es principalmente una época de
cambios. Es la etapa que marca el proceso de
transformación del niño en adulto, es un
período de transición que tiene
características peculiares. Se llama adolescencia, porque
sus protagonistas son jóvenes que aún no son
adultos pero que ya no son niños. Es una etapa de
descubrimiento de la propia identidad (identidad
psicológica, identidad sexual…) así como la de
autonomía individual.

En el aspecto emocional, la llegada de la adolescencia
significa la eclosión de la capacidad afectiva para sentir
y desarrollar emociones que se identifican o tiene
relación con el amor. El adolescente puede hacer uso de su
autonomía y comenzar a elegir a sus amigos y a las
personas que va a querer. Hasta entonces no ha escogido a sus
seres queridos. Al nacer conoció a sus padres y tal vez a
algunos hermanos y el resto de sus familiares. Después, de
alguna manera, sus padres fueron eligiendo sus compañeros
de clase y amigos. Pero al llegar a la adolescencia, puede hacer
uso de cierta capacidad de elección para poner en marcha
uno de los mecanismos más significativos de esta
etapa.

1.5 Las Personas Sordas

1.5.1 ¿Quién es una
Persona Sorda?

Es una persona que no puede escuchar; pudo haber nacido
sorda o haber perdido su audición por diferentes causas,
por ejemplo una infección, una enfermedad, un accidente,
ruido o una explosión fuerte.

1.5.2 ¿Cómo afecta la sordera a una
persona?

La sordera afecta la comunicación de las
personas, a unas más que a otras dependiendo de si
nació sordo o perdió la audición
después de haber aprendido a hablar y de si tiene
algún resto auditivo.

Cuando una persona nace sorda o pierde la
audición a una edad muy temprana, es difícil que
aprenda a hablar pues no puede escuchar los sonidos del idioma
oral; sin embargo, si desea intentarlo, se le debe enseñar
con un proceso largo y costoso.

Cuando una persona pierde la audición, siendo un
niño, ya ha tenido experiencia auditiva y puede conservar
la lengua que había adquirido.

Cuando una persona escuchó un poco, se beneficia
del uso de audífonos y con esto, más una buena
terapia, es posible que pueda aprender la lengua oral.

Cuando las personas mayores, por la edad o por
enfermedad se quedan sordas, tienen problemas para entender lo
que se les habla, pero no para hablar, pues ellos han hablado
toda su vida y conocen perfectamente su lengua.

Una Persona sorda es ante todo un ser humano con
características únicas e irrepetibles; con un
nombre propio, con derechos y con deberes un sujeto integral que
hace parte de la sociedad, que no pertenece a "otro mundo",
más allá de las diferencias étnicas,
religiosas, políticas, económicas, sociales,
históricas, lingüísticas y
biológicas.

"Sordo es todo aquel que no posee la audición
suficiente y que en algunos casos no puede sostener una
comunicación y socialización natural y fluida en
lengua oral alguna, independientemente de cualquier
evaluación audio métrica que se le pueda
practicar".

"El termino sordo alude a cualquier persona sorda que no
puede oír, concretamente a aquella que utiliza la lengua
de signos como su lengua natural. Las organizaciones nacionales
estarán autorizadas a utilizar su propia definición
de sordera y lengua de signos según sus
preferencias"

"Las personas sordas son ante todo ciudadanos con los
mismos derechos y deberes que cualquier otro; la diferencia
radica en la forma en que acceden a la información del
entorno, lo que les lleva a crear códigos o formas de
comunicación que respondan a sus necesidades individuales
y a su diversidad como grupo"

"Bajo la denominación persona con
limitación auditiva se ha designado genéricamente a
la persona que posee una pérdida auditiva cualquiera, de
naturaleza e intensidad diversa, que por este motivo recurre a
apoyos tecnológicos especiales o a medios y lenguajes
apropiados, lo cual no significa que tenga un deterioro
cognitivo.

1.5.3 ¿Cuál es la
caracterización de la Comunidad sorda?

Los diferentes grupos sociales utilizan para su
comunicación lenguas orales (español,
francés, inglés, etc.) las cuales se caracterizan
porque se adquieren mediante la audición. Una persona que
nace sorda no podrá acceder naturalmente a la lengua
utilizada en su medio viéndose enfrentada a una
situación de ausencia de lenguaje que, de no ser resuelta,
le llevará a presentar retraso en su desarrollo no solo
lingüístico, sino cognitivo, académico y
social.

Durante siglos se afirmó que los sordos eran
mudos, que podían comunicarse mediante la lectura de los
labios, y que en promedio eran menos inteligentes que las
personas oyentes, creencias todas equivocadas.

Las Personas sordas no son mudas; simplemente algunas
personas sordas, en especial las nacidas sordas no hablan porque
al carecer de la audición no pueden percibir el habla de
los demás, la cual se constituye en el modelo para el
desarrollo de la lengua oral.

De otra parte, la lectura de los labios permite a
personas que ya manejaban el lenguaje antes de ensordecerse (no a
sordos que no conocen la lengua) captar muy parcialmente la
información.

Así mismo, hoy en día se ha demostrado que
la creencia equivocada de una menor inteligencia en los sordos
era consecuente a prácticas equivocadas de
evaluación del pensamiento en sordos, utilizando pruebas
con alto contenido lingüístico que confundían
la falta de manejo de la lengua oral con falta de
inteligencia.

Marco
legal

2.1 DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL
SORDO

A continuación se presenta la Declaración
de los Derechos de las Personas Sordas, la cual fue promulgada
durante el VI Congreso Mundial de Sordos que se celebró en
Paris en el Palacio de la UNESCO.

  • 1) CONSIDERANDO que en la Declaración
    Universal de los Derechos del Hombre los pueblos de las
    Naciones Unidas han proclamado la igualdad e inalienabilidad
    de los Derechos de toda la raza humana, como fundamento de la
    libertad, la justicia y la paz en el mundo;

  • 2) CONSIDERANDO que en el mismo momento los
    pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado su fe en los
    Dere­chos del hombre, en la dignidad y el valor de la
    persona humana, garantizando a todos los individuos la
    igualdad en libertad, dignidad y derechos, así como la
    asistencia médi­ca, la instrucción
    gratuita, la libre elección de profesión y
    empleo y la libertad de asociación;

3) CONSIDERANDO los principios enunciados en la
Declaración de las Naciones Unidas sobre los "derechos del
joven" y los documentos de la OMS y la OIT referentes a la '
rehabilitación de los disminuidos y el de la Unesco sobre
la educación especial y la educación
permanente;

4) CONSIDERANDO que los derechos humanos universalmente
reconocidos, han de aplicarse de manera universal y que, por
tanto, las personas con pérdida auditiva de todo el mundo
tienen los mismos derechos que los demás miem­bros de
la sociedad;

5) CONSIDERANDO que los disminuidos auditivos
idiopáticos tienen una disminución exclusivamente
sensorial, sin disminuciones de naturaleza psíquica y que
a través de una educación adecuada pueden ser
totalmente rehabi­litados y desempeñar en la comunidad
un papel igual al de los demás miembros, mientras que si,
por el contrario, se hallan desprovistos de una educación
y, por tanto, de la posibilidad de mantener relaciones humanas
con los demás, sufren perturbaciones psíquicas y se
ven obligados a llevar una vida vegetativa, desprovista de todo
interés y contraria a los principios enunciados en la
Declaración de Derechos del Hombre

6) CONSIDERANDO la necesidad de establecer los
Dere­chos Humanos fundamentales de las personas disminuidas
de oído y de llamar la atención sobre ellas de los
gobiernos, Naciones Unidas y Agencias Especializadas de las
Orga­nizaciones Internacionales no gubernamentales así
como de las instituciones, entes y asociaciones que trabajan en
el campo de la rehabilitación y la integración
social de los Sordos, a fin de que las Declaraciones de principio
de los documentos citados se puedan transformar, también
para los Sordos, en una realidad auténtica y
activa;

La Asamblea General del VI Congreso de la
Federación Mundial de Sordos proclama;

Articulo I

Las personas sordas deben gozar efectivamente de los
mismos derechos reconocidos universalmente para los demás
miembros de la sociedad por la Declaración Universal de
los Derechos del Hombre, por la de los Derechos del Niño y
por los documentos aprobados por las Asambleas Centrales de la
UNESCO, la OMS y la OIT.

Artículo II

Tanto en el campo internacional como en el nacional se
deben adoptar medidas encaminadas a permitir un moder­no
tratamiento de los problemas inherentes a la sordera, eliminando
superadas opiniones sobre las posibilidades limitadas de las
personas Sordas, que están basadas en viejas actitudes
debidas a prejuicios que han demostrado ser
erróneos.

Artículo III

Para que los Sordos puedan gozar, efectivamente y en
igual medida, de los mismos derechos de los demás
ciudadanos, es necesario que las comunidades procedan, mediante
las leyes u otras medidas previstas por esta Declaración,
a proteger los derechos de las personas disminuidas del
oído para poder llevar a cabo los fines de la completa
habilitación e integración en el sistema de la
sociedad.

Artículo IV

  • a) Los jóvenes con disminución
    auditiva deben beneficiarse de la seguridad social y,
    según criterios especiales, del diagnóstico
    precoz y especializado, de escuelas especiales, de
    instrumentos gratuitos de prótesis acústica, de
    la libre orientación profesional y escolar de
    institutos profesionales o superiores especiales;

  • b) La calidad y prioridad de la
    educación e instrucción para niños
    Sordos debe garantizarse y establecerse en términos
    iguales a las garantizadas a la población en
    general.

  • c) Debe garantizarse la libertad de
    experimentar todos los sistemas métodos educativos.
    Los padres y las Asociaciones de Sordos deben colaborar en la
    tarea de la instrucción y de la
    educación.

Artículo V

  • a) La comunidad, con la colaboración y
    la ayuda de las asociaciones nacionales de disminuidos del
    oído, debe dar los pasos necesarios y realizar los
    esfuerzos apropiados para llevar a cabo los deseos
    legítimos y los fines de las personas Sordas por su
    real independencia en la sociedad, con igualdad de deberes y
    derechos que los demás miem­bros de
    ella.

  • b) Según estos principios, deben
    elaborar programas espe­cíficos y adecuados,
    teniendo en cuenta las condiciones sociales y
    económicas de las respectivas comunidades.

Artículo VI

Es necesario asegurar un trabajo idóneo y de
satisfacción personal a los disminuidos del oído,
eligiendo libremente entre los 1260 profesiones y oficios para
los que no es necesario el sentido del oído.

Artículo VII

Es necesario asegurar a la persona Sorda en especial las
posibilidades de comunicación, eliminando las barreras que
se interpongan, ya sea mediante la instrucción permanente
y, si es posible, mediante instrumentos acústicos
subsidiarios, ya mediante adecuadas adaptaciones gráficas
o visua­les, subtitulación de películas y
transmisiones de televisión y servicios de
interpretación en lenguaje de signos.

Artículo VIII

  • a) Para asegurar a las personas con
    disminución auditiva una adecuada labor de
    rehabilitación, es necesario que las comunidades
    reconozcan a las asociaciones nacionales de disminuidos del
    oído como elementos fundamentales de representatividad
    de los derechos del Sordo y donde conflu­yen las
    experiencias familiares de instrucción,
    formación, vida comunitaria y social,
    instrucción permanente y empleo del tiempo libre de
    las personas con disminución auditiva.

  • b) A las asociaciones de Sordos se les
    asegurará su reco­nocimiento jurídico y los
    instrumentos y medios necesarios para que puedan proceder a
    la asistencia moral y material de las comunidades en que
    viven y trabajan los disminuidos del oído, a fin de
    llevar a cabo sus aplicaciones y su trabajo en un clima de
    sanidad, siendo útiles a la sociedad y poder ofrecer
    sus capacidades y experiencias.

Artículo IX

  • a) Es necesario que las comunidades aseguren
    los instru­mentos adecuados para la organización
    de institutos y escuelas apropiados para la
    preparación del personal cien­tífico y
    especializado para el diagnóstico, terapia,
    instruc­ción cultural y profesional,
    instrucción permanente, aplicación y
    utilización de instrumentos acústicos y
    visuales e interpre­tación en lenguaje de
    signos.

  • b) Asimismo, es necesario que los gobiernos y
    Asociaciones internacionales procedan a asegurar un
    intercambio constante de experiencias, informaciones e
    innovaciones científicas.

  • c) A tal fin la FMS, agrupando a las
    asociaciones nacionales de disminuidos del oído y a
    los mayores expertos en el campo de la rehabilitación
    y seguridad de estas personas en todo el mundo, se entrega a
    desarrollar y ofrecer su colabo­ración y consulta
    para los problemas de estudio, investiga­ción e
    intercambio.

  • Marco Legal en Guatemala de protección de
    los derechos de la comunidad sorda

  • Constitución Política de la
    República de Guatemala

  • Convención sobre los derechos de las personas
    con discapacidad. Guatemala ha ratificado en el año
    2008 esta convención, la cual es vital para el
    reconocimiento de los derechos de las personas con
    discapacidad.

  • Código de Trabajo Decreto 1441 del Congreso
    de la República

  • Código Civil Decreto Ley 106

  • Código de Notariado Decreto 314 del Congreso
    de la República

  • Ley del Organismo Ejecutivo

  • Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco
    de  Seguridad  Social  Decreto 295 del 
    Congreso de la República

  • Ley de la Comisión de los  Derechos
    Humanos del  Congreso de la República y del
    Procurador  de los Derechos
    Humanos    

  • Ley de Atención a las Personas con
    Discapacidad Decreto 135-96

  • Acuerdos de Paz

  • Convenio  número 159  
    sobre   Readaptación  Profesional 
    y  el  Empleo  de Personas
    Inválidas

  • Convención sobre Derechos del
    Niño

  • Declaración Universal de los Derechos
    Humanos.

Metodología didáctica para dar
a conocer la Declaración Universal de Derechos Humanos a
adolescentes con sordera

Los Derechos Humanos pueden definirse como los derechos
inherentes a nuestra naturaleza, sin los que no podemos vivir
como seres humanos. Los Derechos Humanos y las libertades
fundamentales nos permiten desarrollarnos plenamente y hacer uso
de nuestras cualidades humanas, nuestra inteligencia, nuestras
aptitudes y nuestra conciencia, así como satisfacer, entre
otras, nuestras necesidades espirituales. Los derechos Humanos se
basan en el deseo, cada vez más extendido en la humanidad,
de vivir una vida en la que se respeten y protejan la dignidad y
valor inherentes de cada ser humano. La ausencia de esos derechos
no sólo constituye una tragedia individual y personal sino
que también crea las condiciones de la inestabilidad
social y política donde germinan la violencia y los
conflictos que se producen entre las sociedades y las
naciones.

La enseñanza de los Derechos Humanos conlleva a
la necesidad de utilizar actividades prácticas y sencillas
especialmente en la población adolescente y en éste
caso en particular de adolescentes con sordera, en quienes se
debe trabajar dándoles a conocer y promover el contenido
de la Declaración de los Derechos Humanos para que se
siembre en ellos la cultura de paz por medio de la
aplicación y el respeto hacia los mismos.

Es así como surge la necesidad de crear una
metodología de la enseñanza de los Derechos Humanos
adecuada a adolescentes con sordera para lograr que dentro del
proceso enseñanza-aprendizaje se fundamenten la
enseñanza y aplicación de estos y a su vez lograr
que dentro de su entorno se viva una cultura de paz, de justicia,
de libertad, equidad e igualdad, evitando así la
discriminación a la que se ven expuestos
cotidianamente.

Una de las actividades de mayor importancia para la
promoción de los Derechos Humanos es la educación
misma en derechos humanos. Desde la adopción de la
Declaración Universal, la Asamblea General ha pedido
reiteradamente a los Estados Miembros y a todos los sectores de
la sociedad que difundan su contenido y faciliten el estudio del
mismo.

En la Conferencia Mundial sobre los Derechos Humanos de
1993 también se reafirmó la importancia de la
educación, la capacitación y la información
pública.

Es por ello que se ha investigado que existen diferentes
técnicas y maneras que el docente puede llevar a cabo con
los adolescentes con sordera para dar a conocer y promover la
enseñanza de los Derechos Humanos los cuales contienen
diversas actividades didácticas muy fáciles de usar
permitiéndole al alumno interesarse en el tema gracias a
la variedad de actividades y ejercicios prácticos en los
cuales se le da una participación directa al resolver y de
los cuales se proponen a continuación según la
presente metodología didáctica.

La misma se brinda bien para aprender sobre nuestros
derechos y para hablar sobre los mismos con otras personas.
Cuando levantamos nuestra voz y hablamos por nuestros derechos es
cuando nos convertimos en defensores personales de los Derechos
Humanos. Así mismo, al trabajar ésta guía
junto con otras personas, se logran cambios.

DANDO A CONOCER

LOS DERECHOS HUMANOS

A LA COMUNIDAD

"ADOLESCENTE CON
SORDERA"

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Técnicas
Pedagógicas para la enseñanza de los Derechos
Humanos y la educación inclusiva de los adolescentes con
sordera

La Educación Inclusiva parte de reconocer que se
debe promover la educación especial y las políticas
y legislación para ello deben estar ancladas en el ideal
de la educación para todos y equidad, como elemento de
justicia social, en las oportunidades para todos las personas,
especialmente para aquellos que han sido consistentemente
excluidos, en este caso las personas con discapacidad. La
manera de implementar la educación especial es a partir de
una educación inclusiva que exige reformas en el sistema
educativo. 

El cambio en los servicios de educación especial
puede sintetizarse en que el enfoque tradicional se basa en un
proceso de evaluación de la discapacidad del alumno,
diagnóstico de los aspectos específicos de la
discapacidad, seguida por prescripciones, programaciones y
ubicación por lo general siempre conduciendo a arreglos
especiales.

De esta manera conviene hacer énfasis en la
necesidad que tienen los educandos con necesidades especiales en
conocer los Derechos Humanos los cuales son para todos sin
ningún tipo de exclusión, de esa parte a
continuación se presentan distintas técnicas para
la promulgación de los mismos en la comunidad adolescente
con sordera.

Para dar a conocer el contenido de los Derechos Humanos
con la Comunidad sorda, en especial jóvenes adolescentes,
se necesita el utilizar técnicas las cuales le permitan al
alumno interpretar el contenido de lo que se pretende
enseñar, para ello es necesario utilizar en su
mayoría material didáctico visual ya que representa
el medio más eficaz para la comprensión del tema,
tomando en cuenta que los medios auditivos no serán
favorables p su limitación.

Por lo tanto se sugiere que el tema tan importante como
lo son los Derechos Humanos se den a conocer utilizando las
siguientes actividades:

4.1 Fichas ilustrativas

El primer paso que se sugiere para dar a conocer los 30
Derechos que contiene la Declaración Universal de los
Derechos Humanos es a través de fichas ilustrativas las
cuales contienen cada uno de estos derechos contemplados dentro
de la Declaración y de los cuales se representan a
continuación.

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4.2 Medios visuales

El uso de medios visuales facilita el aprendizaje en los
adolescentes con sordera debido a que ellos son amantes de la
tecnología como cualquier joven de su edad, por lo que se
considera que es muy atractivo para ellos el enseñarles
los 30 Derechos que contempla la Declaración Universal de
los Derechos Humanos por medio de un video expresado con lenguaje
de señas el cual les facilitara aún más el
aprendizaje de dichos derechos.

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4.2.1 Diapositivas

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4.3 Juego de Memoria

Este juego le permite al adolescente con problemas de
sordera el memorizar cada una de las cartas que conforman el
juego de memoria conteniendo algunos de los Derechos Humanos
dados a conocer con anterioridad, a su vez fortalece y enriquece
el conocimiento de una forma divertida y fácil de
aprender.

Para llevar a cabo este juego se muestran las cartas que
conforman el juego de memoria el cual el docente deberá
recortar y pegar en cartón, colocarlas dentro de una
pequeña caja identificada como "Memoria sobre Derechos
Humanos".

A continuación se muestran las indicaciones a
seguir en el presente juego:

Instrucciones:

Colocar en forma revuelta las tarjetitas que conforman
el juego de memoria boca arriba para que el alumno memorice en
donde quedo cada una, seguidamente darle vuelta a cada una de las
tarjetitas para que el alumno empiece a jugar formando parejas.
Ejemplo de juego de memoria.

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4.4 Juego de la Ruleta

Para llevar a cabo esta actividad con los alumnos que
padecen de sordera en especial la comunidad adolescente se puede
utilizar una ruleta para facilitar el aprendizaje de los Derechos
Humanos a través de este juego, el cual les
motivará a participar de una forma interactiva y a su vez
comprobar por el docente si estos están siendo
comprendidos por los alumnos.

Instrucciones:

Para llevar a cabo este juego se elabora una ruleta la
cual debe contener algunos de los Derechos Humanos explicados con
anticipación, seguidamente hacer uso de fichas
ilustrativas conteniendo los mismos derechos que se encuentran en
la ruleta, para que cuando ésta se gire e indique un
derecho el alumno lo identifique entre las fichas y
posteriormente sea capaz de pegarlo en la ruleta en el derecho
que corresponde.

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Actividades
sugeridas con los adolescentes con sordera después de
conocer los Derechos Humanos

5.1 Rincón de las
ideas

Esta actividad es muy importante el
llevarla a cabo con los alumnos para que ellos puedan expresar en
este espacio sus ideas, pensamientos, criterios, etc.

Esta técnica puede utilizarse como lluvia de
ideas para hacer un diagnóstico de las dificultades que
enfrenta un adolescente sordo al asistir y permanecer dentro de
su centro educativo, ya que es necesario analizar los derechos
que son más vulnerables para ellos y cómo el
conocimiento de los mismos ayuda a menguar estas dificultades. El
intercambio o aportación libre de ideas fomenta un alto
grado de participación y estimula a los participantes a
encontrar el máximo de soluciones creativas.

Instrucciones: En el siguiente espacio los alumnos deben
colocar la información relacionada con lo aprendido sobre
Derechos Humanos, cada uno tiene un papel donde anotará
como se deben aplicar los Derechos Humanos y luego uno a uno
pasará a pegarlos en el espacio
correspondiente.

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5.2 Sopa de Letras

Consiste en una hoja cuadriculada donde se escribe a
voluntad, vertical, horizontal u oblicuamente las palabras
claves, en cada cuadrito debe constar una letra de las palabras
clave. Todos los demás cuadros se llenan indistintamente,
con cualquier letra del alfabeto. La sopa de letras se utiliza
para desarrollar la capacidad de concentración.

Instrucción: encuentra las palabras ocultas en la
siguiente Sopa de Letras.

  • Derechos Humanos

  • Universales

  • Declaración

  • ONU

  • Estado

  • Treinta Artículos

  • Dignidad

  • Solidaridad

  • Libertades

  • Facultades

  • Igualdad

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5.3 Crucigrama

El crucigrama es una modalidad de la técnica de
palabra clave que se utiliza luego de la explicación de un
tema o contenido de la lección. Consiste en escoger
palabras claves para ubicarlas horizontalmente, de igual manera
se ubicarán palabras claves en forma vertical. Para la
solución se debe entregar el significado de las palabras
claves horizontales y verticales.

El uso del crucigrama sirve para Asociar las palabras
con su significado y promover la participación
grupal

CRUCIGRAMA

INSTRUCCIÓN: A continuación
encontrarás una serie de enunciados, escribe el concepto
según los espacios.

  • 1. Facultad o libertad que posees por tu
    condición humana.

  • 2. Característica de los derechos
    humanos que los reconoce en todo lugar donde te
    encuentres.

  • 3. Documento que recoge los derechos
    fundamentales del ser humano.

  • 4. Mes en el cual se firmó la
    Declaración Universal de Derechos Humanos.

  • 5. Siglas de la Institución que
    aprobó la Declaración Universal de Derechos
    Humanos.

  • 6. Quién puede violar tus derechos
    humanos?

  • 7. Número de Artículos que
    contiene la Declaración Universal de Derechos
    Humanos.

  • 8. Lo que tienen por base el reconocimiento de
    los derechos humanos.

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CRUCIGRAMA

CLAVE:

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5.4 Hojas de Trabajo

INSTRUCCIONES: Une con una línea el
Derecho que le corresponde a cada imagen que se presentan a
continuación.

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5.5 Hojas de Trabajo

HOJA DE TRABAJO

Instrucción: a continuación
se te presenta una serie de enunciados con tres posibles
respuestas, subraya la correcta.

1. Es el documento que contiene las
libertades fundamentales del ser humano.

a. Constitucion Politica b. Carta de
la ONU c. Declaracion Universal de Derechos Humanos

2. Numero de artículos que contine
la Declaracion Universal de Derechos Humanos.

a. 40 Artículos b. 15
Artículos c. 30 Artículos

3. Fecha en que fue aprobada la Declaracion
Universal de Derechos Humanos.

a. 15 de enero 1965 b. 30 de mayo 1941 c.
10 de diciembre 1948

4. Característica de los derechos
humanos que los reconoce en todo lugar.

  • a. Universales b. indivisibles c.
    irrenunciables

5. Organización internacional que
aprobó y promulgó la Declaracion Universal de
Derechos Humanos.

a. UNICEF b. ODHA c. ONU

Conclusiones

Las personas sordas no son enfermas, no necesitan
ninguna droga o tratamiento para curarse las personas sordas usan
un idioma diferente, con el que pueden aprender, compartir,
actuar y expresarse libremente sus sentimientos a cualquier ser
humano sin importar color, religión o cultura.

Una persona sorda es ante todo un ser humano con
características únicas e irrepetibles; con un
nombre propio, con derechos y con deberes, un sujeto integral que
hace parte de la sociedad, que no pertenece a otro mundo,
más allá de las diferencias étnicas,
religiosas, políticas, económicas, sociales,
históricas, lingüísticas o
biológicas.

La pérdida de audición no tratada puede
producir problemas sociales tales como aislamiento,
pérdida de atención, falta de concentración,
problemas en el trabajo, problemas al participar en la vida
social y problemas de comunicación.

Recomendaciones

Las personas sordas deben gozar de los derechos
reconocidos universalmente en la Declaración Universal de
los Derechos Humanos, Derechos del Niño y por la misma
Constitución dándoles el apoyo pedagógico,
psicológico, estableciendo fuentes de empleo para cada una
de ellas.

Es importante reconocer que las personas sordas son
capaces de realizar cualquier actividad que el docente le indique
en la cual sus capacidades mentales están bien, si no que
simplemente tiene una discapacidad física, que le hace
diferente a los demás.

Utilizar las técnicas de enseñanza
pedagógica planteadas en el presente informe puede ser de
utilidad para dar a conocer la Declaración Universal de
los Derechos Humanos a adolescentes con sordera, de tal forma que
el proceso de enseñanza aprendizaje sea una experiencia
agradable para el docente y el alumno.

Bibliografía

ALDANA MENDOZA, Carlos (1995). Desafíos
Pedagógicos de la Paz. Editorial Universitaria, Guatemala,
C. A.

Convención sobre los Derechos de las personas con
discapacidad.

Declaración Universal de los derechos
lingüísticos, (1996) Barcelona.

EGRAFIA

http://educacion-es-diversion.blogspot.com/2010/04/los-derechos-del-nino-sordo.html.
Consultado en línea 18 junio 2014 18:00 pm

http://www.educar.ec/edu/dipromepg/apoyo/tec.html.
Consultado en línea 20 junio 2014 21:00 pm

Anexos

Monografias.com

Entrega de Metodología en
Asociación Educativa para el Sordo

Monografias.com

Entrega de Metodología al grupo de
jóvenes de Iglesia Ebenezer Norte

Monografias.com

Entrega de Metodología a Director
del Colegio Mixto "Alegría del Saber"

Monografias.com

Monografias.com

Monografias.com

Monografias.com

 

 

Autor:

Mayra Lorena Hernández
Medina

Marlon Ottoniel Miculax
Gonzáles

Edvin Obdulio Hernández
Tecú

Eva Judith Girón
Arana

Cynthia Guisella Flores
Ramirez

Glenda Carolina Delisser
Rodas

Ángela Imelda Choc
Cuc

Mayra Lili Quijada
Castillo

Envido por:

Carol Delisser

Monografias.com

Universidad de San Carlos de
Guatemala

Facultad de Humanidades

Departamento de Pedagogía

Licenciatura en Pedagogía y Derechos
Humanos

Pedagogía de los Derechos
Humanos

Guatemala, junio de 2014

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