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Atencion a reclamos



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    Persona natural o jurídica, pública o privada que
    adquiera, consuma, utilice o disfrute productos y servicios, a
    título oneroso, como destinatario final de los mismos para
    fines personales, familiares o de su grupo social. (DEBEN DE SER
    CONSUMIDORES FINALES. PARA FINES DE LA LEY 358-05) lo que quiere
    decir que no se considerarán consumidores o usuarios
    finales quienes adquieran, almacenen, consuman o utilicen
    productos o servicios con el fin de integrarlos a un proceso de
    producción, transformación, comercialización
    o servicios a terceros. QUE ES UN CONSUMIDOR Y/O USUARIO

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    Proveedor: Persona física o jurídica,
    pública o privada, que habitual u ocasionalmente, produce,
    importa, manipula, acondiciona, envasa, almacena, distribuye,
    comercializa o vende productos o presta servicios en el mercado a
    consumidores o usuarios, incluyendo los servicios
    profesio­nales liberales que requieran para su ejercicio un
    título universitario, en lo que concierne a la
    relación comercial que conlleve su ejercicio y la
    publicidad que se haga de su ofrecimiento o cualquier acto
    equivalente; ¿QUE ES UN PROVEEDOR ?

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    Es la manifestación escrita de una queja, en la cual el
    consumidor o usuario pone en conocimiento su inconformidad con
    relación a un producto o servicio, tanto ante el comercio
    que le ha vendido el bien o prestado el servicio, como ante la
    autoridad administrativa con competencia para ello. Para Pro
    consumidor, el fin de toda reclamación en materia de
    consumo, es la solución al conflicto, por lo cual cuando
    el reclamante exige el resarcimiento o indemnización del
    daño causado, es necesario que el caso se someta a los
    tribunales competentes. ¿QUE ES UNA RECLAMACION?

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    Ruta de las reclamaciones

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      Formulario de Pro Consumidor. Soporte de venta o
    prestación de servicios y anexos según aplique
    (Facturas, Boletas, Contratos, Pro-formas, Copia de la
    garantía, Manual de usuario Etc.) Recibos de pago Copia
    del documento de identificación del denunciante o
    representante legal. Evidencia del contacto con el proveedor.
    (puede ser verbal). CUALQUIER OTRO DOCUMENTO O EVIDENCIA QUE
    SUSTENTE LO RECLAMADO Documentos necesarios para procesar una
    RECLAMACION

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    RECLAMACIONES Actuación División Servicios al
    Usuario

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    PASO 1 : El ciudadano puede realizar su reclamo en Pro consumidor
    a través de las siguientes vías : Web,
    teléfono, redes sociales, o presencial,
    dirigiéndose a la oficinas de Pro Consumidor que desee.
    PASO 2: El personal de la División de Servicio al Usuario
    recibe al ciudadano y completa el formulario de
    reclamación, para lo cual éste deberá haber
    un relato de los hechos reclamados, presentado conjuntamente las
    evidencias físicas de dichos hechos. En caso de que el
    reclamante no traiga consigo los documentos requeridos para
    iniciar su reclamación, se le otorga un plazo de 10
    días hábiles para su deposito. A partir de ello se
    continuará con el proceso, de lo contrario su proceso no
    se le dará curso y será archivado como proceso
    abandonado por falta de interés. PASO 3: El ciudadano debe
    leer y firmar el formulario RECLAMACIONES Actuación
    División Servicios al Usuario

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      PASO 4: El personal asignado del área recibe el
    caso, versión digital, evalúa el caso con la
    finalidad de determinar si procede o no iniciar la acción
    administrativa que prescribe la Ley, conforme los hechos, es
    decir si lo reclamado está tipificado como
    infracción en la Ley No. 358-05. En caso de que se
    identifique una falta por parte del proveedor, se debe motivar la
    procedencia pre-calificando los hechos como infracción,
    indicando los supuestos violatorios que justifican la procedencia
    del reclamo. Si por el contrario, no fuere posible pre-calificar
    como infracción los hechos reclamados, se solicita
    opinión legal de la Consultoría Jurídica,
    quien decide si efectivamente lo reclamado tiene méritos
    para calificarse como infracción, en cuyo caso puede
    indicar los supuestos violatorios o responder al ciudadano
    rechazando el reclamo, basándose siempre en las causas
    indicadas por la Ley (improcedencia, insuficiencias o
    inexistencia de pruebas) RECLAMACIONESActuación Unidad de
    Análisis

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      RECLAMACIONESActuación Organismo de
    Conciliación

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     PASO 5: La audiencia de Conciliación,- Las partes
    son convocadas para participar en la o las audiencias de
    conciliación, conforme establecen los procedimientos. La
    audiencia inicia con la identificación de los presentes
    (proveedor-consumidor o apoderados). Posteriormente el
    conciliador asignado explica brevemente el objetivo de la
    audiencia y hace una breve reseña sobre las disposiciones
    de la Ley No. 358-05 respecto al reclamo. En lo adelante ambas
    partes exponen los hechos y su posición al respecto,
    culminando el encuentro con el levantamiento de un acta, de
    acuerdo o de no acuerdo, según corresponda.
    RECLAMACIONESActuación Organismo de
    Conciliación

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    PASO 6: Como puede concluir el preliminar conciliatorio ACUERDO:
    Cuando se logra un arreglo amigable entre las partes, se levanta
    un acta de conciliación, la cual firman los participantes
    en la audiencia y se archiva el caso. El acta de
    conciliación levantada en audiencia tiene el valor legal
    de un titulo ejecutorio, es decir que en caso de incumplimiento
    de lo acordado el documento levantado a propósito de la
    conciliación, tendrá la fuerza legal suficiente
    para que quien lo porte pueda exigir o hacer efectivo, mediante
    las vías de ejecución correspondientes, el
    cumplimiento de la obligación pactada. NO ACUERDO: Si no
    fue posible concretar un acuerdo, se redacta sobre minuta la
    posición de ambas partes, así como cualquier otro
    detalle que se considere importante que conste en acta, a modo de
    opinión del conciliador. Las partes firman la minuta a los
    fines de que posteriormente se redacte el acta de no acuerdo. NO
    COMPARECENCIA: Si no fue posible llevar a cabo las audiencias de
    conciliación, por causa de inasistencia del proveedor, se
    levanta ACTA DE NO COMPARECENCIA Si es el consumidor quien no
    asiste, se archiva el expediente por desinterés del
    reclamante. RECLAMACIONESActuación Organismo de
    Conciliación

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    La redacción de un acta de no acuerdo o de no
    comparecencia, implican el traslado del caso a la D. E.,
    vía Consultoría Jurídica y el inicio del
    procedimiento que la Ley denomina “Producción y
    Conocimiento de las Pruebas y el Fondo”, a cargo de la
    Dirección Ejecutiva. (art. 118 Ley No. 358-05) PASO 7: En
    esta etapa la Dirección Ejecutiva debe pronunciarse
    respecto del hecho reclamado, mediante resolución
    motivada, declarando la violación o no a la Ley General de
    Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario. Para
    ello tiene la facultad de realizar las investigaciones que
    considere para obtener cualquier prueba o indicio que le permitan
    edificarse sobre el caso. RECLAMACIONESActuación
    Dirección Ejecutiva

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    PASO 8: Emitida la Resolución por parte de la D.E., es
    notificada a la partes, a partir de lo cual inician los plazos
    para la interposición de los Recursos Administrativos. Son
    los medios establecidos por la Ley para obtener la
    modificación, revocación de una resolución
    administrativa, a saber: Reconsideración: Se dirige a la
    Dirección Ejecutiva. Plazo 10 días
    Jerárquico: Se dirige a la autoridad
    jerárquicamente superior, es decir al Consejo Directivo de
    Pro Consumidor. Plazo 10 días PASO 9: Agotados los plazos
    para la interposición de Recursos Administrativos, el caso
    es remitido al Ministerio Público, a los fines de que se
    ponga en movimiento la acción pública, si aplica, o
    en su defecto para que gestione el apoderamiento del Juez de Paz,
    con la asistencia legal de personal de Pro consumidor.
    RECLAMACIONESActuación Dirección Ejecutiva

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    Estadísticas operaciones por año

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    Estadísticas operaciones por año

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    LA EVALUACION DEL 1ER TRIMESTRE DEL AÑO EN CURSO, ARROJO
    COMO RESULTADO QUE LOGRAMOS SOLUCIONES A CONFLICTOS EN UN 93% DE
    LOS RECLAMOS RECIBIDOS. Efectividad

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    CUANDO ALGUIEN EVOLUCIONA, TAMBIEN EVOLUCIONA TODA A SU ALREDEDOR
    . CUANDO TRATAMOS DE SER MEJORES DE LO QUE SOMOS, TODO A NUESTRO
    ALREDEDOR SE VUELVE MEJOR. Paulo Coelho PRO CONSUMIDOR A ser
    mejores

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