Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

El derecho electoral dominicano (Presentación PowerPoint)



    Monografias.com
    Derecho, Sistemas y Organismos Electorales La Estructura
    Política se desenvuelve dentro de una cultura
    política democrática. El Estado Social
    Democrático de Derechos está concebido para
    garantizar las fórmulas que mejor satisfagan las
    exigencias de imparcialidad (igualdad de oportunidades +
    concertación) a los fines de que los representantes puedan
    llegar al gobierno. El Sistema Electoral tiene por finalidad:
    Lograr que el ejercicio de las votaciones se produzca en la
    expresión auténtica, libre y espontánea de
    los ciudadanos electores Que resultado de escrutinios sea el
    reflejo exacto, ágil y oportuno de la voluntad expresada
    en las urnas En un sistema democrático, esto constituye la
    fuente fundamental de legitimación del gobierno. Funcionan
    como un subsistema dentro de la estructura política, el
    cual contiene: La forma del Estado El sistema de gobierno La
    representación política El sistema de partidos Todo
    este conjunto está consagrado con rango constitucional y
    auxiliado con la ley adjetiva y los reglamentos.

    Monografias.com
    Derecho, Sistemas y Organismos Electorales Dentro de estos
    sistemas, los Organismos Electorales son elementos fundamentales
    (sus competencias están dirigidas a certificar que el
    sistema electoral cumpla y haga cumplir las garantías
    establecidas legalmente para el ejercicio pasivo y activo de los
    derechos políticos electorales de los ciudadanos,
    ciudadanas y agrupaciones y partidos políticos) En el caso
    de los países de América Latina – y
    también en el de la República Dominicana – se
    ha reiterado la tendencia de atribuir a organismos especializados
    las funciones electorales, contraponiéndose al modelo
    europeo predominante en la actualidad. Estos Organismos
    Electorales han concentrado sus esfuerzos en: La
    protección directa de cada uno de los derechos
    políticos, fundamentales y libertades electorales de los
    ciudadanos, los partidos y agrupaciones políticas, la
    sociedad civil y, en sentido general, de toda la sociedad La
    disminución de los fraudes electorales El aumento de la
    confianza de los actores políticos, los electores, la
    sociedad civil y la opinión pública, con
    relación a los comicios.

    Monografias.com
    El Sistema Jurídico-Político Dominicano “La
    unidad de poder que representa el Estado está subrogado a
    un orden jurídico emanado de la organización de sus
    instituciones y éstas a su vez de la voluntad libre de la
    sociedad donde ha de surtir sus efectos” José
    Silié Gatón Nuestra Ley Fundamental ha dispuesto la
    articulación política del Estado Dominicano y de su
    gobierno, estableciendo en su artículo 4 que: “El
    gobierno de la Nación es esencialmente civil, republicano,
    democrático y representativo. Se divide en Poder
    Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial (…)
    independientes en el ejercicio de sus respectivas funciones
    (…) [y cuyos] encargados son responsables y no pueden
    delegar sus atribuciones, las cuales son únicamente las
    determinadas por esta Constitución y las
    leyes”.

    Monografias.com
    Así mismo, ha conferido la Soberanía de la
    Nación al pueblo, “de quien emanan todos los poderes
    del Estado, los cuales se ejercen por
    representación”. Esta disposición de rango
    constitucional es la que fundamenta el Sistema Electoral
    Dominicano, completando así la idea de un Estado
    supeditado a la Constitución y las Leyes. El Sistema
    Jurídico-Político Dominicano

    Monografias.com
    La Constitución de la República,los derechos
    fundamentales y los derechos políticos. La
    Constitución ha sido un acto de autodeterminación
    fundamental de una comunidad, mediante la cual los miembros de
    ésta, de forma libre, unilateral y democrática,
    deciden constituirse en comunidad política soberana,
    regulando la organización de sus poderes.

    Monografias.com
    Proviene del latín “constitutio”, y se
    configura como un acto o decisión constitutiva,
    estructurante, y su legitimidad se halla en la libre
    determinación del pueblo. Es un sistema de genuinas normas
    jurídicas dotada de fuerza vinculante. Es una norma
    soberana: todos los órganos del Estado son creados y
    regulados por la Constitución, a la que deben su
    existencia y competencia. La Constitución de la
    República, los derechos fundamentales y los derechos
    políticos.

    Monografias.com
    Nuestra primera Constitución fue promulgada el 6 de
    noviembre de 1844. A través de los tiempos, nuestro
    país ha experimentado 37 reformas, la más reciente
    efectuada el 25 de julio del año 2002. En la gran
    mayoría de los casos, cuestiones coyunturales las han
    determinado: crisis políticas, transiciones
    gubernamentales, designios de un poder autoritario, entre otros.
    La Constitución de la República, los derechos
    fundamentales y los derechos políticos.

    Monografias.com
    Contenido de la Constitución En la estructura
    jurídico-política de una Constitución no se
    concibe el estado social de derecho sin el reconocimiento y el
    ejercicio de los Derechos Fundamentales. Una Carta Magna agrupa
    derechos constitucionales – también denominados derechos
    fundamentales o garantías individuales – que son aquellos
    derechos humanos garantizados con rango constitucional que se
    consideran como esenciales en el sistema político de un
    país y que están especialmente vinculados a la
    dignidad de la persona humana. Son derechos que, dentro del
    ordenamiento jurídico, disfrutan de un estatus especial en
    cuanto a garantías y protecciones jurisdiccionales.

    Monografias.com
    Contenido de la Constitución Por otra parte, estos
    derechos poseen cuatro características que los hacen
    especiales: imprescriptibles, pues no les afecta la
    prescripción; inalienables, pues no son transferibles a
    otro titular; irrenunciables, de modo que el sujeto no puede
    renunciar a ellos; y universales, en el sentido de que son
    poseídos por todos los hombres

    Monografias.com
    Dentro de la clasificación de derechos fundamentales,
    debemos hacer referencia a los derechos políticos,
    aquellos que se refieren a la intervención del ciudadano
    en la vida pública. Son “Aquel grupo de atributos de
    la persona que hacen efectiva su participación como
    ciudadano de un determinado Estado. Se trata de facultades o,
    mejor, de titularidades que, consideradas en conjunto, se
    traducen en el ejercicio amplio de la participación
    política”. Contenido de la Constitución

    Monografias.com
    A continuación, desarrollaremos algunas prerrogativas
    reconocidas dentro del conjunto de derechos políticos,
    tales como: Derecho de voto: implica la facultad de todos los
    ciudadanos de elegir mediante una declaración de voluntad
    a sus representantes en la esfera estatal. Derecho a ser
    electo(a): plantea que las personas pueden optar y presentarse
    como una opción al resto de los nacionales con la
    intención de desempeñarse en cargos o funciones
    públicas. Derecho a participar en el gobierno y ejercer
    funciones públicas: implica la posibilidad de que los
    ciudadanos sean admitidos en el ejercicio de cargos y funciones
    dentro de la cosa pública. Derecho de petición: se
    refiere a la posibilidad de presentar peticiones
    específicas a los órganos determinados con miras a
    la incidencia e inclusión dentro del trabajo que
    desempeñan. Para algunos, de ahí deriva la
    categoría más amplia de “rendición de
    cuentas” como expresión de la posibilidad contralora
    de los ciudadanos respecto del ejercicio del poder por parte de
    sus representantes. Derecho de asociación, incluyendo la
    que se hace con fines políticos. Contenido de la
    Constitución

    Monografias.com
    El Derecho Electoral Sustantivo En el Derecho Electoral, existen
    dos nociones: una restringida, la cual comprende “el
    derecho subjetivo del individuo de elegir y ser elegido”,
    sinónimo de sufragio; y otra amplia. La noción
    amplia está dirigida al derecho que regula la
    elección de los órganos representativos. En este
    sentido, el Derecho Electoral “es el resultante del
    interés social que pone a cargo obligaciones y derechos a
    hombres y mujeres con facultad para el sufragio, con el fin
    primario de organizar políticamente el
    conglomerado”. Contiene las “determinaciones
    jurídico-positivas y consuetudinarias que regulan la
    elección de representantes o personas para los cargos
    públicos”. Abarca la organización de los
    sistemas electorales, los cuales se refieren a las normas que
    reglamentan la ciudadanía, los partidos políticos,
    las bases del sufragio y el ejercicio del mismo, los
    órganos electorales que intervienen, y los recursos contra
    sus decisiones.

    Monografias.com
    Esta rama del Derecho está conformada por los principios
    esenciales de la democracia: Legalidad: “Cualidad de lo que
    es conforme a la ley o está contenido en ella”.
    Neutralidad proviene del latín neuter que significa "ni lo
    uno ni lo otro", y es definida como la actitud
    jurídico-política adoptada por un Estado, en virtud
    de la cual se abstiene expresamente de participar en una
    contienda; está inspirada en la equidad, con la
    inclinación por parte de la justicia para no perjudicar
    desigualmente intereses en pugna, representando la seguridad
    colectiva. Individualidad se refiere al individuo, sujeto de
    derecho en la sociedad y ente esencial de la misma, quien se
    encuentra obligado al cumplimiento de deberes y de derechos, los
    cuales, además, puede reclamar. El Derecho Electoral
    Sustantivo

    Monografias.com
    El Poder Electoral se encuentra consagrado como el primero de
    todos, en virtud del ya mencionado artículo 2 de la
    Constitución Dominicana, que expresa que “La
    Soberanía Nacional corresponde al pueblo, de quien emanan
    todos los poderes del Estado, los cuales se ejercen por
    representación”. Eugenio María de Hostos
    sostiene que : Ninguno de los tres (3) llamados poderes que hasta
    hoy reconoce la ciencia constitucional, se pone en actitud de
    manifestarse o ejercerse, mientras no se realice un acto de
    soberanía, mediante el cual se elija y constituya el
    personal que ha de representar al soberano en el ejercicio de sus
    facultades legislativas, ejecutivas y judiciales. No pudiendo
    operar esos mal llamados poderes, si antes no se ha designado a
    los individuos que han de ejercerlos por delegación, claro
    es que el acto de delegar y designar a los encargados de sus
    operaciones es anterior a ellos. Y es que este acto preliminar es
    acto de poder, manifestación de poder, función de
    poder, también es claro, puesto que de él dimanan
    la legitimidad y posibilidad de las demás operaciones de
    poder social. Derecho y Poder Electoral

    Monografias.com
    Papel de los Partidos Políticos en el Derecho Electoral Un
    Partido Político “es el conjunto de ciudadanos que
    se asocian con el objeto de defender sus intereses
    políticos y de luchar por el poder, con el fin de realizar
    un programa de acción y doctrinario.” Para el Dr.
    Silié Gatón es la “agrupación social
    que, organizada legalmente, siendo sustentante de una
    ideología filosófica con tendencia política,
    tiene como objetivo principal la conquista del poder
    público”.

    Monografias.com
    Estos actores políticos, en tiempos electorales, ponen en
    juego todas sus artes para ganar la voluntad de los ciudadanos,
    por lo que le corresponde a ellos ser capaces de hacerse cargo de
    la compleja vida democrática. Las reglas precisas de ley
    que rigen los partidos políticos, los ligan a esta rama
    del derecho por ser éstas entidades las que principalmente
    actúan en los procesos electorales como medio
    legítimo de alcanzar el poder. En este sentido, los grupos
    organizados en partidos y agrupaciones políticas no pueden
    desvincularse de lo electoral, pues la sustentación de sus
    fines reposan en lo normativo de este derecho, por las reglas
    convencionales que éste contiene para hacer posible su
    existencia legal, su estructura constitucional y sus actuaciones.
    Papel de los Partidos Políticos en el Derecho
    Electoral

    Monografias.com
    La Junta Central Electoral y el Proceso Electoral La tendencia en
    Latinoamérica consistió en la
    especialización de la materia electoral en un organismo
    exclusivo, corriente a la cual se adscribe la República
    Dominicana. En efecto, existe un organismo electoral
    especializado, que se descompone en un conjunto de
    órganos, dispuestos en forma piramidal y en cuyo
    vértice se encuentra la Junta Central Electoral (JCE). A
    ella le corresponde dar el apoyo logístico a la Junta
    Electoral del Distrito Nacional y a las Juntas Electorales
    Municipales, de las que dependen los Colegios Electorales,
    órganos de carácter temporal que funcionan en los
    recintos electorales a los que acuden los electores a
    votar.

    Monografias.com
    La Junta Central Electoral y el Proceso Electoral

    Monografias.com
    La especialización orgánica de la función
    electoral, se introdujo con la Ley Electoral No. 35 de fecha 8 de
    Marzo del año 1923, creando un Máximo Organismo
    Electoral, el cual ha desempeñado un papel destacado en el
    sostenimiento del Sistema Democrático del país, al
    cumplir con el mandato constitucional de organizar y dirigir los
    procesos electorales contínuos. La Junta Central Electoral
    y el Proceso Electoral

    Monografias.com
    El Artículo 3 de la Ley Electoral No. 275-97 expresa la
    potestad que representa la Junta Central Electoral, además
    de su jurisdicción en todo el territorio dominicano y su
    personalidad jurídica: “La Junta Central Electoral
    es la máxima autoridad en materia electoral. Tiene su
    asiento en la ciudad capital y su jurisdicción se extiende
    a toda la República”. “Constituye una entidad
    de derecho público, dotada de personalidad
    jurídica, con patrimonio propio inembargable, con
    capacidad para realizar todos los actos jurídicos que
    fueren útiles para el cumplimiento de sus fines, en la
    forma y en las condiciones que la Constitución, las leyes
    y sus reglamentos determinen y con autonomía
    económica y presupuestaria”. La Junta Central
    Electoral y el Proceso Electoral

    Monografias.com
    Este organismo está compuesto actualmente por: un (1)
    Presidente ocho (8) Miembros Titulares Cada uno con sus Suplentes
    Son designados por el Senado de la República cada cuatro
    (4) años. Los requisitos para ser Presidente o Miembro
    Titular de la Junta Central Electoral (o Suplente), son: Ser
    nacional dominicano Contar con más de 35 años de
    edad Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y
    políticos Ser Licenciado o Doctor en Derecho, requiriendo
    un mínimo de 12 años de ejercicio profesional. La
    Junta Central Electoral y el Proceso Electoral

    Monografias.com
    La Junta Central Electoral posee un “Poder
    Reglamentario”, conferido en virtud del artículo 92
    de la Constitución. Conforme a la Constitución, la
    JCE – en asuntos electorales – tiene derecho a iniciativa en la
    formación de las leyes, en atención a lo estipulado
    en el artículo 38. La Junta Central Electoral y el Proceso
    Electoral

    Monografias.com
    Atribuciones Administrativas Tendrá la facultad de crear,
    suprimir, trasladar, limitar o ampliar la circunscripción
    o ámbito de competencia territorial de las
    Oficialías del Estado Civil por Resolución.
    Tendrá a su cargo el nombramiento de todos los
    funcionarios y empleados de la Junta Central Electoral y sus
    dependencias, y fijarles sus remuneraciones; aceptar o rechazar
    sus renuncias y removerlos. Dictará dentro de los plazos
    señalados al efecto, la proclama por medio de la cual se
    anuncie la celebración de elecciones, así como
    disponer cuantas medidas considere necesarias para resolver
    cualquier dificultad que se presente en el desarrollo del proceso
    electoral, y dictar, dentro de las atribuciones que le confiere
    la Ley, todas las instrucciones que juzgue necesarias y/o
    convenientes, a fin de rodear el sufragio de las mayores
    garantías y de ofrecer las mejores facilidades a todos los
    ciudadanos aptos para ejercer el derecho del voto. Tiene bajo su
    responsabilidad declarar los ganadores de las elecciones y
    otorgar los certificados correspondientes a los electos
    Presidente y Vicepresidente de la República, así
    como a los Senadores y Diputados. También deberá
    dirigir y vigilar administrativa, técnica y
    económicamente todas las Juntas y funcionarios
    electorales, conforme a lo establecido por el Reglamento interno.
    Deberá resolver acerca del reconocimiento y
    extinción de los partidos políticos, así
    como todo lo relativo a coaliciones o fusiones entre ellos, a la
    entrega de los aportes realizados para el financiamiento de las
    campañas electorales y para asegurar el derecho de
    participación política de los ciudadanos.
    Igualmente, está bajo su cargo asumir la dirección
    y mando de la fuerza pública o la Policía Militar
    Electoral, bajo la supervisión de un Oficial General
    designado por el Poder Ejecutivo, en los lugares que se celebren
    las votaciones, y las demás atribuciones que le confiera
    la Constitución y las leyes pertinentes.

    Monografias.com
    Atribuciones Contenciosas-Electorales En lo referente al
    Contencioso Electoral, desde su fundación en el año
    1923, la Junta Central Electoral fue concebida como un
    órgano con funciones mixtas: administrativas y contencioso
    electoral; y funcionó como tal hasta el año 2003,
    cuando se modificó la ley electoral mediante la Ley 02-03,
    y se crearon tres (3) instancias Un Pleno Una Cámara
    Administrativa Una Contenciosa Electoral El procedimiento
    Contencioso Electoral abarca los medios procesales de control de
    la regularidad de los actos y procedimientos electorales, y sus
    atribuciones se encuentran claramente enumeradas por el
    Artículo 6 de la ley 275/97 (Modificada por la Ley 02-03),
    que la faculta para “Conocer y Decidir en Instancia
    Única, y como Jurisdicción de Segundo y
    Último Grado”.

    Monografias.com
    Como jurisdicción de única instancia, la
    Cámara Contenciosa Electoral conocerá de: De las
    impugnaciones y recusaciones de miembros de la propia Junta
    Central Electoral, de las juntas electorales, de conformidad con
    lo que dispone esta ley; suspender en el ejercicio de sus
    funciones a los miembros que sean objeto de tales impugnaciones o
    recusaciones, hasta cuando se haya decidido definitivamente
    respecto de las mismas, en los casos de notoria urgencia y
    gravedad; De los casos de protestas en el proceso de
    votación ante los colegios electorales, de conformidad con
    la presente ley; Respecto de los recursos de revisión
    previstos en la ley contra sus propias decisiones; De las
    impugnaciones y otras acciones, previstas en esta ley y
    promovidas de conformidad con los procedimientos establecidos en
    la misma; De los conflictos internos que se produjeren en los
    partidos y organizaciones políticas reconocidas, sobre la
    base de apoderamiento por una o más partes involucradas, y
    siempre circunscribiendo su intervención a los casos en
    los cuales se violen disposiciones de la Constitución, la
    ley, los reglamentos dictados por la Junta Central Electoral o
    los estatutos partidarios. No se considerarán conflictos
    internos las sanciones disciplinarias que los organismos del
    partido tomen contra cualquier dirigente o militante, si en ello
    no estuvieren envueltos discusiones de candidaturas a cargos
    electivos o a cargos internos de los órganos directivos de
    los partidos políticos; De cualesquiera otros recursos en
    materia electoral, previstos en esta ley, no atribuidos en primer
    grado a las juntas electorales. Atribuciones
    Contenciosas-Electorales

    Monografias.com
    Como jurisdicción de segundo grado la Junta Central
    Electoral, a través de la Cámara Contenciosa
    Electoral, tiene competencia para conocer y decidir sobre la
    nulidad de las elecciones en uno o más colegios
    electorales y sobre las impugnaciones, apelaciones, protestas,
    reclamaciones u otros recursos que se produzcan a causa de fallos
    en primer grado de las juntas electorales. Atribuciones
    Contenciosas-Electorales

    Monografias.com
    Juntas Electorales Por su parte, las Juntas Electorales –
    las cuales también poseen funciones mixtas – tienen
    competencia para conocer en primer grado de las protestas en el
    proceso de votación ante los colegios electorales,
    así como de las impugnaciones de las elecciones en su
    demarcación territorial y sus decisiones pueden ser
    apeladas por ante la Junta Central Electoral.

    Monografias.com
    Evolución y Tendencias del Derecho
    Constitucional-Electoral Dominicano Sus inicios y las
    modificaciones que resultan relevantes para el ordenamiento
    electoral de nuestro país se encuentran en la
    Constitución del año 1865, en las Reformas
    Constitucionales de 1924 y 1942, así como las
    Constituciones de 1963, 1966, 1994 y 2002. Al devenir de los
    tiempos, el derecho electoral ha sufrido evoluciones, entre las
    que podemos citar el sufragio universal masculino establecido en
    la reforma constitucional de 1865, así como la
    disposición que las Fuerzas Armadas y los miembros de la
    Policía quedaran excluidos del voto universal, por la ley
    de 1923.

    Monografias.com
    Dentro del marco de evoluciones, hacemos énfasis en el
    Decreto de 1844, el cual señalaba que la edad electoral
    era de 21 años, volviéndose a implementar la edad
    de 18 años para el año 1873, e incluyendo a partir
    del año 1865 el sufragio a los casados que aún no
    hubieran cumplido esa edad Mediante la Reforma Constitucional de
    1858, fue establecido por primera vez el sufragio directo,
    alternándose subsecuentemente entre directo e indirecto
    hasta la Reforma Constitucional de año 1924, que
    finalmente estableció el sufragio directo. Si bien es
    cierto que en la Constitución de 1844 se proclama el voto
    secreto, el mismo no se escenificó políticamente. A
    través de la Ley Electoral de 1962 y la Reforma
    Constitucional del año 1966 fue que se ratificó
    definitivamente el voto secreto. Evolución y Tendencias
    del Derecho Constitucional-Electoral Dominicano

    Monografias.com
    En la vigente Carta Magna dominicana, los artículos
    comprendidos entre el 88 y el 92 hacen presumir que el Legislador
    quiso dar un rango constitucional a los preceptos electorales y
    otorgar una jerarquía superior a las demás Normas
    Electorales consagradas en las leyes adjetivas. Evolución
    y Tendencias del Derecho Constitucional-Electoral
    Dominicano

    Monografias.com
    En la Constitución dominicana se consagra el voto:
    “Obligatorio, personal, libre y secreto” (Art. 88),
    señalándose inmediatamente los casos de los
    ciudadanos inhabilitados para votar: “Los que hayan perdido
    los derechos de ciudadanía o aquellos a quienes se les
    hayan suspendido tales derechos por virtud de los
    Artículos 14 y 15 de esta Constitución”.
    Aquí se citan los casos de condenación irrevocable
    por traición a la patria, espionaje o conspiración
    (Art. 14), y los casos de condenación irrevocable por pena
    criminal, interdicción judicial legalmente pronunciada, o
    por admitir fuera de territorio dominicano, función o
    empleo de un Gobierno extranjero, sin previa autorización
    del Poder Ejecutivo (Art.15). La duración de esta
    inhabilidad en el caso primero, hasta la rehabilitación y,
    en el segundo, mientras dura la interdicción.
    Evolución y Tendencias del Derecho
    Constitucional-Electoral Dominicano

    Monografias.com
    Por otra parte, el Artículo 89 regula una serie de
    aspectos de suma importancia, como lo son: “a) La
    reunión de las Asambleas Electorales cada cuatro (4)
    años, para escoger el Presidente y Vicepresidente de la
    República; que con dos (2) años de mediación
    se reunirán para elegir a los demás funcionarios
    electivos; a saber: Diputados, Senadores, Síndicos y
    Regidores; b) El Párrafo Único del Artículo
    en cuestión, estipula que: “Las Asambleas
    Electorales funcionarán en Colegios Electorales, los
    cuales serán organizados conforme a la ley”.
    Evolución y Tendencias del Derecho
    Constitucional-Electoral Dominicano

    Monografias.com
    Asimismo, y como se ha explicado, existen otras disposiciones
    legislativas vigentes, como la Ley Electoral de la
    República Dominicana, No. 275-97, de fecha 21 de diciembre
    del año 1997, la cual viene a completar la Reforma
    Electoral en la República Dominicana, derogando la Ley
    Electoral No. 5884, de 1962, la cual por más de 30
    años, y con más de una docena de modificaciones,
    estableció la normativa jurídico-electoral
    dominicana. Esta innovadora Ley, compuesta de 180
    Artículos, incluyó reformas que no pudieron ser
    incorporadas en sus predecesoras, poniendo orden inmediatamente a
    la maraña de artículos y modificaciones que
    tenía la remendada Ley No. 5884. Figuras como el voto de
    los dominicanos en el extranjero, y la cuota congresional
    obligatoria para las mujeres, hicieron su aparición por
    primera vez en el ordenamiento electoral dominicano,
    conjuntamente con otras de carácter administrativo que
    buscan perfeccionar el funcionamiento interno del órgano
    electoral. Evolución y Tendencias del Derecho
    Constitucional-Electoral Dominicano

    Monografias.com
    Evolución y Tendencias del Derecho
    Constitucional-Electoral Dominicano

    Monografias.com

    Monografias.com

    Monografias.com

    Monografias.com

    Monografias.com

    Monografias.com

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter