Principios básicos RECURSOS REGIONALES El procedimiento de
descentralizar no sólo supone el traspaso de importantes
atribuciones del Gobierno y del Estado Central a los Gobiernos y
Estados Regionales. Implica también dotar a las regiones
de recursos suficientes para su normal desenvolvimiento, pero,
sobre todo, para que se impulsen hacia el desarrollo. Se debe
hablar de hasta tres tipos de recursos: a) activos y recursos de
capital de que hoy dispone y maneja el Estado Central, pero que
se encuentran en las regiones. b) recursos presupuestales que
siendo de carácter y destino regional, se vienen manejando
desde Lima. c) transferencias crecientes que en el futuro vaya
haciéndose desde el Estado Federal a las Regionales
Federales. antecedentes constitucionales que sobre esta materia
han existido en el país:
Activos regionales Recursos presupuestales regionales
Recursos municipales
Recursos comunes La gran parte del territorio peruano, se
encuentra dentro de la jurisdicción de distritos,
provincias o regiones eminentemente rurales. Y es allí
donde deberá privilegiarse el esfuerzo de desarrollo; o
mejor, donde debe orientarse la mayor parte de las inversiones.
competencias sobre activos comunes Definición: Para
definir la competencia sobre activos comunes puede pensarse en
por lo menos dos sistemas complementarios y concurrentes. Ellos
son: • Criterio geográfico. • Criterio
económico. CRITERIO GEOGRÁFICO puede aplicarse un
criterio geográfico como el ya sugerido, mediante el cual,
dentro de un determinado radio, medido a partir de la plaza
principal de cada centro poblado, la competencia corresponde a la
municipalidad distrital.
Pueden presentarse por lo menos cinco casos distintos: Caso I:
Autorización corresponde a las autoridades distritales. El
proyecto queda circunscrito dentro del círculo de
competencia del distrito. Caso II: Autorización
corresponde a las autoridades provinciales. El proyecto queda
circunscrito dentro del círculo de competencia de la
provincia. Caso III: Autorización corresponde a las
autoridades regionales. El proyecto queda circunscrito dentro del
ámbito de competencia de la región. Caso IV:
Autorización corresponde a las autoridades provinciales.
El proyecto involucra ámbitos de competencia distrital y
provincial. Caso V: Autorización corresponde a las
autoridades regionales. El proyecto involucra ámbitos de
competencia provincial y regional. También se darán
otros casos como los siguientes: Caso VI: Autorización
corresponde a las autoridades provinciales. El proyecto involucra
jurisdicciones de dos o más distritos. Caso VII:
Autorización corresponde a las autoridades regionales. El
proyecto involucra jurisdicciones de dos o más provincias.
Caso VIII: Autorización corresponde a las autoridades
federales. El proyecto involucra jurisdicciones de dos o
más regiones.
Criterio económico Concurrente y alternativamente, y
siempre que modifique la competencia surgida de la
aplicación del criterio geográfico, se
aplicaría el criterio económico.
INVERSIÓN
Agresiva política de concesiones Todos debemos entender la
importancia estratégica extraordinaria que para el
desarrollo tienen las comunicaciones físicas. Debemos
internalizar la idea de que las comunicaciones viales tienen la
primera y más absoluta prioridad entre las inversiones
sociales. Incluso antes que educación y salud. En ausencia
de adecuadas vías de comunicación, cada centro
poblado tiene la necesidad de contar, por ejemplo: En el
Perú hay 61 mil centros educativos, de los cuales 46 mil
son establecimientos públicos. Chile, en cambio, con el 55
% de población, tiene algo menos de 11 mil centros
educativos. Sobre la base del número de escuelas existente
en Chile, y en relación a nuestra población, el
Perú debería tener 20 mil centros educativos. CREAR
MERCADOS Y PROYECTOS RENTABLES Al inversionista, con una
tradición y experiencia social centenaria tras de
sí, no hará falta pedirle que concrete proyectos
rentables. Simplemente y llanamente, si los proyectos no son
rentables no los llevará a cabo. Y cada vez que se
concrete un “no”, estará dejándose de
crear empleo y dejándose de crear impuestos.
Resultará fundamental que, en el contexto del proceso de
descentralización, los pueblos del Perú puedan
recaudar autónomamente los excedentes sociales, tanto el
canon como los impuestos, generados por las nuevas inversiones; y
tanto los propios como los de otras instancias del nuevo aparato
estatal descentralizado del país. La recaudación
autónoma y descentralizada, como está dicho,
coadyuvará necesariamente a la dinamización de las
economías locales. Recaudación autónoma
¿Por qué habrá de incrementarse la
recaudación? Por varias razones: Porque habrá
más funcionarios recaudadores, más y mejor
distribuidos en el territorio del país. porque
habrá más autoridades interesadas en el incremento
de la recaudación. porque la población
estará directamente interesada en concretar el mismo
objetivo. SOLIDARIDAD Y REDISTRIBUCIÓN El titánico
reto del desarrollo del Perú no podrá ser solamente
una resultante de múltiples esfuerzos aislados.
Necesariamente tiene que ser el resultado de esfuerzos
concurrentes y complementarios, que recíprocamente
potencien el esfuerzo que habrá de desplegarse en cada uno
y todos los rincones del territorio.
Fondos de Compensación Aunque parezca recargado y hasta
engorroso, postulamos que deben crearse hasta tres tipos de
fondos de compensación: • Fondos de
Compensación Distrital • Fondos de
Compensación Provincial y • Fondo de
Compensación Regional cada autoridad maneja un fondo, que,
para más señas, está directamente referido
al ámbito en que se desenvuelve. BENEFICIOS A DISTRIBUIR Y
REDISTRIBUIR En términos generales puede agruparse en dos
grandes rubros los distintos tipos de ingresos que
obtendrán las distintas unidades geográficas: canon
e ingresos tributarios. Se plantea que una fracción sea
directamente utilizada en el área donde se generó
el ingreso, y la fracción restante sea transferida a un
fondo de compensación.
canon
LECCIONES “JURÍDICAS” DE ESTA HISTORIA
ININTELIGIBLE E IRRESPONSABLE ENREDO Resulta absolutamente obvio
que ninguno de quienes han legislado en esta materia ha tenido
nunca en mente al poblador peruano. Para nuestros legisladores,
según parece, no es una obligación que les leyes
sean total y perfectamente inteligibles por todos los peruanos.
LECCIONES ECONÓMICAS DE ESTA HISTORIA Ausencia de canon =
centralismo la ausencia de canon, y en general el impedimento de
que las provincias retengan parte de la riqueza generada en su
suelo, puede considerarse una de las principales modalidades con
que se ha afianzado el centralismo del poder Impuestos =
centralismo = pobreza debió distribuir entre las
áreas productoras, dispuso libremente de todos los
ingresos que obtuvo por concepto de impuestos y otras rentas.
¿Cuál habría sido la suma total que han
manejado los sucesivos gobiernos desde los inicios de la
República? La utopía robada Frente al dantesco y
sombrío panorama planteado hasta aquí, surge
inevitable la pregunta: ¿pudo haber sido distinta la
historia republicana? Nuestra respuesta, categóricamente,
es sí. Pudo y debió ser distinta.
Financiamiento de la descentralización Si en el
período 1982–2001 el Estado tuvo como ingresos
aproximadamente 155 mil millones de dólares, puede
preverse que, creciendo a una tasa anual de 3 %, los
ingresos en los períodos 2002–2021 y 2022–2041
pueden ser del orden de 226 y 408mil millones de dólares
respectivamente.
CANON PARA LA DESCENTRALIZACIÓN En junio del 2001, el
presidente de la comisión de Energía, Minas y
Pesquería, congresista Rómulo Mucho, fundamento que
el Estado, en relación con las provincias del Perú,
había aplicado el criterio de “un quinto para ti y
las cuatro quintas partes para mi” Y luego
agregó que ese “criterio es perfectamente coherente
con la política centralista adoptada en la gestión
económica de todos los gobiernos del
Perú…”.
EL CANON CENTRALISTA: UN TRIUNFO PATÉTICO Mucho y otros
congresistas batallaron con lucidos argumentos para que, en
líneas generales, se aprobara un canon a favor de las
regiones y provincias del Perú consistente en el 50 % del
impuesto a la renta que percibe el Estado de las empresas que
explotan recursos naturales. Más no se trata de pelear por
un quinto o por la mitad. Simple y llanamente se trata de bregar
por lo justo. En esos términos, si en las provincias del
Perú reside el 68 % de los habitantes del país, el
mismo porcentaje de los ingresos del Estado deben estar
orientados en su servicio. El canon, pues, es apenas uno de los
instrumentos para alcanzar ese objetivo cuantitativo. Y, tal como
está legalmente hoy planteado, dista mucho de
permitirlo.
CANON FEDERAL, CANON DESCENTRALISTA Se entiende el canon como una
fracción que el Estado central cede a las provincias. sin
embargo en Descentralización: Sí o Sí el
canon debe ser concebido exactamente al revés: es decir,
como la fracción que las regiones productoras deriven al
Estado Federal para solventar los servicios comunes a todo el
país.
Es una verdadera novedad dentro de aquellos rubros a los que
tradicionalmente se asocio con el canon, fue sin duda el mas
controvertido durante la discusión de la ley. Debe ser el
10 % del valor de venta de la producción que se extraiga,
en el caso de los recursos no renovables; y del 5 % del valor de
la misma, en el caso de los recursos renovables.
Se debe conocer la gran diferencia que existe entre las antiguas
y las modernas explotaciones. Aun prevalecen sistemas antiguos de
explotación, que son poco eficientes, y las ms nuevas ya
han empezado a explotar con la mas avanzada tecnología ,
en general, sus costos son muy competitivos en el mercado
internacional. Este se refiere al derecho a disponer de la faja
de terreno por la que queda tendida una línea de
energía eléctrica o un ducto (oleoducto, gasoducto,
poliducto, etc.), cualesquiera sean los propietarios originales
de la misma.
CANON DE SERVIDUMBRE Como se puede ver La red peruana no
evoluciono significativamente desde el año 2000 hasta el
año 2010 Después de treinta meses de
construcción, el Oleoducto Nor Peruano, de 850
kilómetros de longitud 88
CANON ADUANERO