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Las disposiciones del Derecho Mercantil (página 3)



Partes: 1, 2, 3

ARTICULO 4.- Se prohíbe la
aceptación del cheque, y en caso de que haya sido dada, se
reputa no escrita; pero todo cheque, para el cual exista en el
momento de la presentación, la provisión
correspondiente a disposición del librador, deberá
ser certificado por el librado cuando el librador lo solicite. El
tenedor del cheque no puede exigir la certificación, pero
cuando el cheque sea nominativo o a la orden puede solicitar y
obtener del librado la expedición a su favor de un cheque
de administración produciendo el descargo del librador,
los endosantes y avalistas del cheque sustituido. No obstante, en
todos los casos en que por virtud de esta ley o de otra
disposición legal, el librado deba rehusar el pago de un
cheque, debe también rehusar certificarlo o librar en
sustitución del mismo el cheque de administración a
que se refiere este artículo. La certificación del
cheque transmite la propiedad de la provisión a la orden
del tenedor y produce el descargo del librador. Desde el momento
en que ha sido certificado un cheque, la provisión
correspondiente queda bajo la responsabilidad del librado, quien
deberá retirarla de la cuenta del librador y mantenerla en
una cuenta del pasivo con el título de "Cheques
Certificados" u otro título apropiado. El Banco que ha
certificado un cheque asume la obligación de pagarlo. La
certificación se hará escribiendo o estampando la
palabra "Certificado", la fecha de certificación, y la
firma del librado en el anverso del cheque.

El librado deberá rehusar la certificación
del cheque en caso de insuficiencia de la provisión, o
vicio de forma del efecto.

ARTICULO 5.- El cheque puede librarse y ser
pagadero:

a) A persona denominada (nominativo), con la
cláusula expresa "a la orden" o sin ella;

b) A persona denominada y con la cláusula
"No endosable";

c) Al portador.

El cheque a favor de persona denominada, y con
mención "o al portador" o un término equivalente,
vale como título al portador, y cuando no tenga la
indicación de beneficiario, es pagadero al
portador.

Los cheques no endosables deberán contener esta
expresión impresa en forma destacada a través del
anverso, y la indicación también impresa en el
texto del cheque, de que se pague únicamente a la persona
denominada.

ARTICULO 6.- El cheque puede ser a la orden del
librador. También puede ser librado por cuenta de un
tercero.

El cheque no puede ser emitido a cargo del propio
librador, excepto cuando sea librado por un banco y a cargo de
otro establecimiento del mismo Banco, con la condición de
que el título no sea al portador.

ARTICULO 7.- Toda estipulación de
intereses que contenga el cheque se reputa no escrita.

ARTICULO 8.- El cheque puede ser pagadero en el
domicilio de un tercero, sea en la localidad donde el librado
tenga su domicilio o en otra localidad, con la condición,
sin embargo, de que el tercero sea banco, y previo convenio entre
el librador y el librado.

En el momento de la presentación del cheque para
su pago, no se podrá contra la voluntad del tenedor,
cambiar a otro lugar el domicilio de pago que indique el
cheque.

ARTICULO 9.- El cheque cuyo importe esté
escrito a la vez en todas sus letras y en cifras valdrá,
en caso de diferencia, por la suma escrita en letras. El cheque
cuyo importe esté escrito varias veces, sea en letras o en
cifras, sólo valdrá, en caso de diferencia, por la
suma menor.

ARTICULO 10.- Si el cheque contiene firmas de
personas incapaces de obligarse por cheques, o firmas falsa o de
personas imaginarias, o firmas que por cualquiera otra
razón no puedan obligar a las personas que han firmado, o
a nombre de las cuales haya sido firmado el cheque, las
obligaciones de los otros firmantes no perderán por eso su
validez.

ARTICULO 11.- Todo el que ponga su firma
en un cheque como representante de otra persona de la cual no
había recibido poder para ello, queda obligado
personalmente en virtud del cheque, y si ha pagado, tendrá
los mismos derechos que tendría la persona a quien
pretendía representar. En el mismo caso estará el
mandatario que se haya excedido en sus poderes.

ARTICULO 12.- El librador es garante de pago
cheque. Toda cláusula por la cual el librador pretenda
exonerarse de esta garantía, se reputa no
escrita.

TRANSMISIÓN.

Los articulos 13 al 24 de nuestra ley de
cheque nos expresa:

ARTÍCULO 13.- El cheque en que esté
expresado el nombre de la persona a cuyo favor ha sido librado,
con cláusula expresa "a la orden", o sin ella, es
transmisible por medio de endoso.

El cheque en que esté expresado el nombre de la
persona a cuyo favor ha sido librado, que sea no endosable de
acuerdo con el Art. 5 de esta Ley, no es transmisible sino en la
forma de una cesión de crédito ordinaria y con los
efectos de ésta.

ARTÍCULO 14.- El endoso puede hacerse a
favor del librador o de toda otra persona obligada en el cheque.
Estas personas pueden endosar el cheque de nuevo.

ARTÍCULO 15.- El endoso debe ser puro y
simple. Toda condición a la cual se sujete el endoso, se
reputa no escrita.

  • El endoso parcial es nulo.

  • Es igualmente nulo el endoso del
    librado.

  • El endoso al portador vale como endoso en
    blanco.

El endoso al librado sólo vale como descargo,
salvo el caso en que el librado tenga varios establecimientos y
el endoso haya sido hecho a favor de uno de esos
establecimientos, distinto a aquel sobre el cual ha sido librado
el cheque.

ARTICULO 16.- El endoso debe figurar en el
cheque, o en una hoja que se le agregue que contenga los datos
fundamentales del cheque, y debe ser firmado por el
endosante.

No es necesario que el endoso contenga el nombre del
endosatario, sino que puede consistir simplemente en la firma del
endosante (endoso en blanco). Es este último caso para que
el endoso sea válido, debe estar escrito en el reverso y
no en el anverso del cheque, o en la hoja que se la agregue para
dar cabida al endoso.

ARTÍCULO 17.- El endoso transmite todos
los derechos que resultan del cheque:

Si el endoso es en blanco, el tenedor
podrá:

a) Llenar el espacio en blanco sea con su propio
nombre o con el nombre de otra persona;

b) Endosar el cheque de nuevo en blanco, o en
forma nominativa a favor de otra persona;

c) Entregar el cheque a un tercero sin llenar la
parte en blanco del endoso ni agregar su propio
endoso.

ARTICULO 18.- El endosante es garante del pago
del cheque, salvo cláusula en contrario contenida en el
mismo endoso. El endosante podrá prohibir un nuevo endoso,
y en este caso, no estará obligado a la garantía en
favor de las personas a quienes el cheque haya sido endosado
ulteriormente.

ARTICULO 19.- El tenedor de un cheque endosable
se considera propietario legítimo si justifica su derecho
por una serie no interrumpida de endosos, aun cuando el
último endoso sea en blanco. Para estos efectos, los
endosos se reputan no escritos, si el siguiente endoso o el
descargo está suscrito por la persona que suscribe el
endoso tachado.

Cuando un endoso en blanco esté seguido de otro
endoso, se reputa que el firmante de este último ha
adquirido la propiedad del cheque por el endoso en
blanco.

ARTICULO 20.- El endoso que figure en un cheque
"al portador" hace responsable al endosante según los
términos de las disposiciones que rigen los recursos; pero
no convierte el título en cheque a la orden.

ARTICULO 21.- En el caso en que una persona haya
sido desposeída de un cheque a la orden, por cualquier
medio, el que justifique su derecho de la manera indicada en el
Art. 19, no estará obligado a hacer entrega del cheque,
excepto si lo ha adquirido de mala fe; o si al adquirirlo, ha
cometido una falta grave.

ARTICULO 22.- Las personas contra quienes se
ejerza alguna acción en virtud del cheque, no podrá
oponer al tenedor las excepciones fundadas en sus relaciones con
el librador o con los tenedores anteriores, a menos que el
tenedor, al adquirir el cheque, haya obrado, a sabiendas, en
detrimento del deudor.

ARTICULO 23.- Cuando el endoso contenga la
mención "valor al cobro", o cualquier otra mención
que implique un mandato, el tenedor puede ejercer todos los
derechos que se derivan del cheque; pero no podrá
endosarlo sino para fines de procuración.

Los obligados en virtud del cheque sólo pueden
invocar en este caso, contra el tenedor, las excepciones que son
oponibles al endosante. El mandato que contiene un endoso de
procuración no termina por la muerte del mandante ni
porque sobrevenga su incapacidad.

ARTICULO 24.- El endoso hecho después del
protesto o después de la expiración del plazo de
presentación, sólo produce los efectos de una
cesión de crédito ordinaria. Salvo prueba en
contrario, el endoso sin fecha se presume que ha sido hecho antes
del protesto o antes de la expiración del plazo de
presentación.

Se prohíbe antedatar los endosos bajo pena de
falsedad.

EL CHEQUE CRUZADO.

Cheque cruzado: Si un cheque está cruzado
diagonalmente en el anverso por dos líneas paralelas, el
dinero no se podrá retirar en efectivo, sino que
tendrá que ser ingresado en una cuenta bancaria. Esto se
hace a veces para seguir la pista al dinero pagado.

CHEQUE CERTIFICADO.

Cheque certificado: El librador
exige al librado que lo certifique haciendo constar que tiene en
su poder fondos suficientes para cubrir el cheque. Se realiza con
palabras como "acepto" "visto" o "bueno" escritas por el
librado.

CHEQUE DE VIAJERO.

Cheques de viajero: Son los
expedidos por instituciones de crédito a su propio cargo y
son pagaderos por otro de sus establecimientos dentro del
país o en el extranjero.

TIPOS DE CHEQUES

Los cheques pueden ser de muchas clases,
entre ellas:

a) nominales

b) al portador.

En el primer caso, sólo la persona o
empresa indicada en el cheque puede cobrarlo.

En el segundo, lo puede cobrar cualquiera.
En algunos países la legislación contempla
únicamente cheques nominales, es decir que son emitidos a
nombre o a favor siempre de una persona
específica.

CHEQUE CRUZADO:

Si un cheque está cruzado diagonalmente en el
anverso por dos líneas paralelas, el dinero no se
podrá retirar en efectivo, sino que tendrá que ser
ingresado en una cuenta bancaria. Esto se hace a veces para
seguir la pista al dinero pagado.

CHEQUE PARA ABONO EN
CUENTA:

Insertando la cláusula "para abono en cuenta"
produce la consecuencia de que no poder ser cobrado en efectivo,
sino que deberá ser abonado en la cuenta del
tenedor.

CHEQUE CERTIFICADO:

El librador exige al librado que lo certifique haciendo
constar que tiene en su poder fondos suficientes para cubrir el
cheque. Se realiza con palabras como "acepto" "visto" o "bueno"
escritas por el librado.

CHEQUE DE CAJA:

Es un cheque expedido por una institución de
crédito a sus propias dependencias.

CHEQUES DE VIAJERO:

Son los expedidos por instituciones de crédito a
su propio cargo y son pagaderos por otro de sus establecimientos
dentro del país o en el extranjero.

CHEQUE EN BLANCO

Un cheque en blanco es un cheque firmado
por el propietario de la cuenta pero sin una cantidad
especificada (por lo que el cobrador puede escribir cualquier
cantidad y cobrarla). Es, por tanto, algo muy peligroso para
quien lo firma. Coloquialmente, firmar un cheque en blanco a
alguien
significa confiar en alguien de una forma casi
insensata (tanto como firmar un verdadero cheque bancario sin
escribir una cantidad).

COMISIONES

Cuando se ingresa o se cobra en metálico un
cheque en una entidad distinta de la que emitió pueden
cobrar una comisión. Dicha comisión no existe si se
cobra en la misma entidad que emitió el cheque.
También era práctica común, aunque
actualmente ilegal, el cobrar una comisión por
gestión cuando un cheque era devuelto porque no
tenía fondos. Actualmente se considera ilegal porque se
cobra por un servicio, cobrar un cheque, que no se ha
realizado.

CHEQUE PARA DEPÓSITO EN
CUENTA.

El librador, así como el portador de un cheque,
pueden prohibir que se lo pague en dinero, insertando en el
anverso la mención "para acreditar en cuenta". En este
caso, el girado sólo puede liquidar el cheque mediante un
asiento de libros. La liquidación así efectuada
equivale al pago. La tacha de la mención se tendrá
por no hecha. El girado que no observase las disposiciones
precedentes responderá por el perjuicio causado hasta la
concurrencia del importe del cheque.

RECURSOS POR FALTA DE
PAGO.

Los recursos por falta de pago en los artículos
40, 41, 24, 43, 44, 45, 46, 47 y 48 nuestra ley de cheque se
expresan:

ARTICULO 40.- El tenedor puede ejercer sus
recursos contra los endosantes, el librador y los otros obligados
si el cheque, presentado dentro del plazo legal no ha sido
pagado, o no ha sido pagado sino parcialmente, y si la falta de
pago se ha hecho constar por acto auténtico
(protesto).

ARTICULO 41.- El protesto debe hacerse antes de
que expire el término de presentación de cheque. Si
el último día del término de
presentación es feriado, el protesto deberá hacerse
el primer día laborable que siga.

ARTICULO 42.- El tenedor debe dar aviso de la
falta de pago a su endosante y al librador, si constare en el
cheque su nombre y domicilio, dentro de los cuatro días
hábiles que siguen al día del protesto, y en caso
que el cheque contenga la cláusula "sin gastos" o "sin
protesto" o cualquier otra cláusula equivalente, estos
avisos se darán, a más tardar, el primer día
laborable que siga a la presentación del
cheque.

Cuando el cheque indique el nombre y domicilio del
librador, los notarios y alguaciles estarán obligados,
bajo pena de daños y perjuicios, a informar al librador
por carta certificada, dentro de los dos días que siguen
al registro del protesto los motivos de la falta de pago del
cheque. Por el despacho de esta carta los notarios y alguaciles
tendrán derecho a cobrar honorarios de RD $1.00,
más los gastos de franqueo y certificado.Dentro de los dos
días hábiles siguientes al día en que cada
endosante haya recibido aviso de la falta de pago del cheque,
deberá comunicarlo a su propio endosante con los nombres y
direcciones de los que han dado los avisos precedentes, y se
continuará así hasta el librador. Los plazos a que
hace mención en este artículo corren desde la
recepción del aviso precedente por cada endosante. En caso
de que un endosante no haya indicado su dirección o la
haya escrito en forma ilegible, será suficiente dar aviso
al endosante que le precede. Estos avisos se podrán dar en
cualquier forma, incluso por reenvío del cheque. Las
personas obligadas a dar el aviso deberán probar que lo
han dado dentro de los plazos indicados. Se considerará
que el aviso dado a tiempo, si se ha puesto en el correo la carta
que lo contenga, dentro del plazo establecido. Cuando la persona
obligada a dar este aviso no lo haya dado en plazo que fija esta
ley, no incurrirá en caducidad; pero será
responsable si ha lugar, el perjuicio causado por su negligencia,
sin que los daños y perjuicios puedan exceder el importe
del cheque.

ARTICULO 43.- Por medio de una de las
cláusulas "sin gastos", "sin protesto", o cualquiera otra
cláusula equivalente escrita en el cheque y firmada
especialmente, el librador, los endosantes y los avalistas,
pueden dispensar al tenedor de hacer protestar el cheque, y en
este caso el tenedor podrá ejercer sus recursos sin dicho
acto. Esta cláusula no dispensa al tenedor de hacer la
presentación del cheque dentro del término
establecido, ni de dar los avisos a que está obligado. La
prueba de la inobservancia del plazo incumbe a aquel que la
invoca contra el tenedor. Si una de las cláusulas "sin
gastos", "sin protesto", u otra equivalente ha sido puesto por el
librador, dicha cláusula produce sus efectos frente a
todos los firmantes. Si la ha puesto un endosante o avalista,
produce sus efectos solamente frente al que la ha insertado. Si a
pesar de la cláusula puesta por el librador, el tenedor
hace protestar el cheque, deberá asumir los
gastos.

Cuando la cláusula haya sido insertada por un
endosante, si se ha hecho el protesto, los gastos podrán
reclamarse a todos los firmantes.

ARTICULO 44.- Todas las personas obligadas en
virtud del cheque son solidariamente responsables frente al
tenedor. El tenedor puede ejercer su acción contra todas
esas personas individual o colectivamente, sin tener que observar
el orden en que ellas se han obligado. El mismo derecho
tendrá contra sus garantes todo firmante de un cheque que
ha reembolsado su valor. La acción intentada contra uno de
los obligados no impide el ejercicio de otras acciones contra los
otros obligados, aún contra los que se han obligado
posteriormente a aquellos contra quienes se inició del
primer procedimiento.

ARTICULO 45.- El tenedor puede reclamar a aquel
contra quien ejerce su recurso:

a) El importe del cheque no pagado;

b) Los intereses desde el día de la
presentación, al tipo legal.

c) Los gastos de protesto, de avisos dados, y
demás gastos.

ARTICULO 46.- El que haya reembolsado un cheque
puede reclamar a sus garantes:

a) La suma integra que ha pagado;

b) Los intereses de dicha suma desde el
día en que la ha reembolsado, calculados a tipo legal,
y

c) Los gastos que haya hecho.

ARTICULO 47.- Todo obligado contra quien se ha
ejercido un recurso, o que esté expuesto ese recurso,
puede exigir, contra reembolso del valor, la entrega del cheque
con el acto de protesto correspondiente y un recibo que
justifique el pago hecho.

ARTICULO 48.- Cuando la presentación del
cheque o la instrumentación del protesto dentro de sus
plazos prescritos ha sido impedido por un obstáculo
insuperable, (disposición legal u otro caso de fuerza
mayor) estos plazos se prolongarán. Del caso de fuerza
mayor el tenedor está obligado a dar aviso sin retardo a
su endosante y a hacer una anotación con su firma y fecha
en el cheque o en la hoja que la anexa, en que haga constar dicho
aviso. Para todo lo demás se aplicarán las
disposiciones del Artículo 42.

Después de la cesación de la fuerza mayor,
el tenedor debe presentar el cheque para el pago sin retardo, y
si ha lugar, hará extender el protesto. Si la fuerza mayor
perdura mas de quince días contados desde la fecha en la
cual el tenedor ha dado aviso de tal fuerza mayor a su endosante,
se podrán ejercer los recursos sin que sea necesario ni la
presentación del cheque ni el protesto, a menos que esos
recursos hayan sido suspendidos por un plazo mas largo en virtud
de otras leyes.

No se considerarán como casos de fuerza mayor los
hechos puramente personales que atañen al tenedor o a
aquel a quien el haya encargado de la presentación del
cheque o de hacer protesto.

PRESCRIPCIÓN.

La prescripción es expresada en los
artículos 52 y 53 de nuestra ley de cheques de la forma
siguiente:

ARTICULO 52.- Las acciones del tenedor en recurso
contra los endosantes, el librador y los otros obligados
prescriben en el término de seis meses contados
desde la expiración del plazo de presentación del
cheque. Las acciones en recurso de cada obligado contra los otros
obligados al pago del cheque, prescriben en el término de
seis meses contados desde el día en que el obligado haya
reembolsado el cheque o desde el día en que se haya
iniciado acción judicial contra dicho obligado. Sin
embargo, en caso de caducidad o de prescripción de las
acciones previstas anteriormente, subsistirán las acciones
ordinarias contra el librador y contra los otros obligados que se
hayan enriquecido injustamente.

ARTICULO 53.- El plazo de la prescripción
en caso de acción en justicia, sólo correrá
desde el día de la última diligencia judicial. Esta
prescripción no se aplicara si ha habido
condenación o si la deuda ha sido reconocida en acto
separado. La interrupción de la prescripción no
tiene efecto sino contra aquel respecto de quien el acto
interruptivo ha sido realizado. Sin embargo, los presuntos
deudores estarán obligado a afirmar bajo juramento, en
caso de ser requerido, que ellos no son ya deudores, y sus
viudas, herederos o causahabiente, que creen de buena fe que ya
no se debe nada.

EL PROTESTO DEL CHEQUE.

El protesto es un acto mediante el cual se hace constar
formalmente la falta de pago o aceptación total o parcial
de un título-valor, como elemento probatorio y a fin de
evitar que caduquen las acciones cambiarias de regreso que tiene
derecho a ejercer su último tenedor. Respecto de los
cheques la anotación que el librado o la cámara de
compensación ponga en el título, de haber sido
presentado éste en tiempo y no pagado total o
parcialmente, surte los efectos del protesto. Forma en que los
bancos deben proceder cuando el tenedor de un cheque lo presenta
para su protesto.

CAUSAS DE PROTESTO DE UN
CHEQUE

1.- Firma disconforme 6.- Mal
extendido

2.- Fecha inexistente 7.-
Deteriorado

3.- Diferencia entre la cantidad en
números y letras 8.- Falta de fondos

4.- Caducidad del cheque. 9.-
Cuenta Corriente Cerrada

5.- Orden de no pago

El Vale: Es el Papel o seguro que se hace a favor
de alguien, obligándose a pagarle una cantidad de dinero.
Bono o tarjeta que sirve para adquirir comestibles u otros
artículos. Nota o apuntación firmada y a veces
sellada, que se da a quien ha de entregar algo, para que
después acredite la entrega y cobre el importe. Un Vale es
una forma de pago de un bien o servicio. Puede suponer un pago
total o parcial (descuento).

Es habitual en establecimientos comerciales, dar vales a
los clientes habituales para fidelizarlos. También sirve
para darse a conocer a clientes nuevos, ofreciéndoles un
servicio más barato o gratis. En otros casos sirve para
permitir cambiar un producto o servicio adquirido por otro en un
tiempo futuro, en las devoluciones a comercios. También se
utiliza para movimientos internos de una oficina o empresa.
Cuando un empleado necesita dinero para comprar algún
material o artículos que no haya en existencia en la
empresa, o porque desea un adelanto sobre su sueldo, se llena un
vale de caja.

El vale contiene:

a) Fecha

b) Cantidad (Número y
letra)

c) Especificación clara sobre el
concepto d) Rubrica de autorización

e) Firma de la persona que recibe el
dinero.

MENCIONES ESENCIALES.

RELACION DEL VALE CON EL
PAGARE

El vale se asemeja al pagare en la medida en que, quien
lo crea, se reconoce deudor de la obligación pecuniaria
que el titulo contiene. Es pues, una promesa de pago. Pero a
diferencia del pagare, este título expresa la
delación jurídica (negocio subyacente) de la que
proviene. Si el vale proviniera de la compra de una mercadora, el
sujeto vendedor seria el tomador o beneficiario,y el comprador
seria el librador- librado al mismo tiempo-

TARJETAS DE CRÉDITO Y
DÉBITO.

Una tarjeta de crédito es una tarjeta de
plástico con una banda magnética, a veces un
microchip, y un número en relieve que sirve para hacer
compras. Por su capacidad de realizar pagos se les llama
también dinero plástico o dinero de
plástico
. Tarjeta que sirve para hacer compras y
pagarlas en fechas posteriores.

La Tarjeta de Débito es una tarjeta
bancaria de plástico con una banda magnética, usada
para extraer dinero de un cajero automático y
también para pagar compras en comercios que tengan un
Terminal lector de tarjetas bancarias. Se diferencia de la
tarjeta de crédito en que el dinero que se usa nunca se
toma a crédito sino del que se disponga en la cuenta
bancaria (débito).

Algunos bancos realizan acuerdos con sus clientes para
permitirles extraer dinero en descubierto, generando un
préstamo con sus respectivos intereses.

Su cuota anual es más barata que la de
crédito o incluso gratis.

DEFINICION.

Una tarjeta de crédito es una
tarjeta de plástico con una banda magnética, a
veces un microchip, y un número en relieve que sirve para
hacer compras. Por su capacidad de realizar pagos se les llama
también dinero plástico o dinero de
plástico
. Tarjeta que sirve para hacer compras y
pagarlas en fechas posteriores.

TIPOS DE TARJETAS

1.- Tarjeta de
débito

3.- Tarjeta prepago para pagos por
Internet

2.- Tarjeta monedero

La Tarjeta de Débito es una tarjeta
bancaria de plástico con una banda magnética, usada
para extraer dinero de un cajero automático y
también para pagar compras en comercios que tengan un
Terminal lector de tarjetas bancarias. Se diferencia de la
tarjeta de crédito en que el dinero que se usa nunca se
toma a crédito sino del que se disponga en la cuenta
bancaria (débito). Algunos bancos realizan
acuerdos con sus clientes para permitirles extraer dinero en
descubierto, generando un préstamo con sus
respectivos intereses. Su cuota anual es más barata que la
de crédito o incluso gratis.

TARJETA MONEDERO

Tarjeta, normalmente en formato de tarjeta chip, en la
que se puede cargar dinero de un cajero automático y
usarlo como dinero metálico en cualquier establecimiento
que tenga el aparato adecuado. Dentro de estas tarjetas puede
haber varios monederos: Bono de transporte, monedero normal,
tarjeta telefónica, etc. El uso de estas tarjetas
supondría un mayor agilidad en la compras, sobre todo en
las cajas de supermercados que harían un uso intensivo de
ellas. Al ser un pago instantáneo y sin cambios, con el
importe exacto; es más rápido y no se necesita
tener dinero suelto en la caja. En unas máquinas
expendedoras, carecer de cambio puede suponer no poder vender el
género que posee. Además es relativamente
fácil que se quede sin cambios, ya que tienden a recoger
monedas grandes y devolver cambio pequeño para facilitar
la recogida de la recaudación. Otra ventaja es que como
con las tarjetas no hace falta monedas, intentar romper la
máquina para obtener dinero es inútil. Este es el
motivo por el cual se empezaron a utilizar las tarjetas
telefónicas

CONDICIONES DE FORMA.

FORMA

Materialmente la tarjeta de crédito consiste en
una pieza de plástico, cuyas dimensiones y
características generales han adquirido absoluta
uniformidad, por virtualidad del uso y de la necesidad
técnica. Cada instrumento contiene las identificaciones de
la entidad emisora y del afiliado autorizado para emplearla;
así como el periodo temporal durante el cual ese
instrumento mantendrá su vigencia. Suele contener
también la firma del portador legítimo y un sector
con asientos electrónicos perceptibles mediante
instrumentos adecuados. Estos asientos identifican esa particular
tarjeta y habilitan al portador para disponer del crédito
que conlleva el presentarla, sin estampar su firma.

ORIGEN

Con respecto al origen, podemos decir que
apareció en los comienzos del siglo XX en los Estados
Unidos, bajo la modalidad de las tarjeta de
compañía, se insinuó con su forma
mayoritaria alrededor de la década del 40 y tomo
difusión desde la mitad del siglo. La difusión
internacional fue producto del empleo en otras naciones de las
tarjetas emitidas en aquel país, y del establecimiento
local de sucursales de las emisoras durante la quinta y sexta
décadas.

En la Argentina comenzó la gestión de ese
instrumento durante la década del sesenta; primero con la
oferta de tarjetas emitidas en el país de origen del
instituto, y luego con el establecimiento local de sucursales de
las emitió.

Condiciones de
fondo-
contrato. Formas de tarjetas de créditos y
débitos

Caracteres del
contrato.

El contrato es:

a) Típico.

b) Oneroso.

c) De tracto sucesivo.

d) Formal

NATURALEZA JURIDICA

La naturaleza jurídica es:

? La de ser un contrato que crea un instrumento de pago
sustituto del dinero en efectivo.

? Es el mero elemento de
identificación.

? No es un contrato sino el efecto de un
contrato.

? La tarjeta se emite por la entidad emisora en
cumplimiento de un contrato celebrado previamente con el
cliente.

? La tarjeta de crédito no es una carta de
crédito, ni un instrumento de crédito porque la
tarjeta no es un contrato y no vale por si sino que vale en la
medida que exista el contrato anterior entre la entidad emisora y
el cliente usuario por el cual se la emite y se regula su
uso.

? La mera tarjeta no servirá para reclamar
derechos o cumplir obligaciones porque no contiene en si misma
elemento alguno que sustente tales pretensiones.

REGIMEN JURIDICO

El régimen jurídico surge a partir de un
contrato, suscribiendo también la tarjeta de
crédito, el plazo es por un año
revocable.

Tarjeta de crédito: Es la tarjeta que da
derecho a comprar bienes y servicios a crédito en
determinados establecimientos. Las tarjetas de crédito
aparecieron por primera vez en Estados Unidos en la década
de 1930; su uso se generalizó en la década de 1950.
Son emitidas por empresas como compañías
petrolíferas, minoristas, cadenas comerciales,
restaurantes, hoteles, líneas aéreas, agencias de
alquiler de coches y bancos. Algunas tarjetas de crédito
sólo sirven para una determinada empresa, pero otras
tienen un uso genérico, y se pueden utilizar para una gran
variedad de actividades comerciales. Ejemplos de estas
últimas son las tarjetas de crédito que emiten los
bancos en Europa, y que están muy difundidas. Los grandes
establecimientos suelen aceptar siempre este tipo de tarjetas; se
ha llegado a especular, incluso, con que en el futuro ya no
será necesario utilizar dinero en efectivo.

Cuando se paga con una tarjeta de crédito, el
vendedor toma nota del nombre del comprador y de su número
de cuenta, así como de la cantidad gastada, y a
continuación procede a comunicárselo a la oficina
encargada de los pagos. Cada cierto tiempo, normalmente cada mes,
esta oficina envía al tenedor de la tarjeta un comprobante
de todos los gastos, exigiéndole el pago en efectivo o a
plazos, mientras que paga directamente al vendedor. Casi todo el
trabajo relacionado con las operaciones realizadas mediante
tarjetas de crédito está informatizado. A veces, el
propietario de una tarjeta paga directamente el gasto efectuado,
pero otras veces es el propio establecimiento que las acepta el
que soporta la carga financiera del crédito. En este caso,
el coste se incluirá en el precio de venta del bien
adquirido por el propietario de la tarjeta de crédito. Los
emisores de tarjetas de crédito suelen cobrar intereses a
los propietarios si estos no pagan las facturas al cabo de un
mes. Un problema frecuente relacionado con las tarjetas de
crédito reside en la facilidad con la que se pueden
utilizar en caso de pérdida o robo, aunque la
responsabilidad del propietario suele ser limitada.

Otro problema potencial es la aparición de
tarjetas inteligentes que incorporan un microchip, o cualquier
otro dispositivo de memoria digital, que permite obtener mucha
información sobre el propietario (incluso su
situación financiera). Estos adelantos técnicos
pudieran plantear amenazas a los derechos fundamentales y
libertades públicas, así como al derecho del
consumo, a pesar de que su finalidad es garantizar la seguridad
de las transacciones por Internet, tanto para el comprador como
para el vendedor.

Conocimiento: Son cada una de las facultades
sensoriales del hombre que hace posible el desarrollo del ser
humano y por el cual adquirimos sabiduría, para
proporcionar respuestas satisfactorias a nuestras interrogantes.
El conocimiento es un proceso que el hombre realiza desde las
diferentes actividades y acciones encaminadas y dirigidas hacia
un fin determinado, también esta naturalmente enmarcada
por las necesidades y las ideas de su tiempo y su sociedad.
Existen dos tipos de conocimientos. Vulgar y
Científico.

Conocimiento Vulgar: según algunos
personajes de la época del renacimiento comentan que el
conocimiento vulgar es el pensar más o menos
espontáneo que preside la vida humana, más que nada
es el rigor que se pretende imponer a su pensamiento. Al igual
que la filosofía, la ciencia trata de definir con la mayor
precisión posible cada uno de los conceptos que utiliza,
desterrando así las ambigüedades del lenguaje
cotidiano.

Este conocimiento tiene las siguientes
características.

  • Subjetivo, porque está sujeto solamente a
    nuestra experiencia.

  • Espontáneo, porque se adquiere sin aplicar
    método y sin hacerlo buscando de manera
    sistemática.

  • Dogmático, se apoya en creencias y supuestos
    no verificados.

  • Vago e incierto: porque sus definiciones y
    descripciones son poco precisas.

Conocimiento Científico, es uno de los
modos posibles de conocimiento humano, quizás el
más útil y el más desarrollado, pero no por
eso el único de proporcionar respuestas para nuestras
interrogantes. Este conocimiento distingue entre los una
respuestas y otras en procura de que el campo del razonamiento no
sea invadido por la pasión o la emoción, logrando
que aquello que pertenece a la intuición religiosa o a la
elaboración estético no pierdan su
integridad.

Este conocimiento se caracteriza por lo
siguiente:

  • Porque a pesar de estar basado en la experiencia, es
    verificable por otros.

  • Sistemático: Cuando es adquirido de acuerdo a
    procedimiento metódicos.

  • Acumulativo: Parte de conocimiento establecido
    previamente y sirve de base a otros.

  • Predictivo: Porque trasciende la experiencia y es
    capaz de predecir sucesos futuros.

(Tipos de conocimiento, consultar a: D, oleo Frank
Guía técnica de metodología , Pág.
9,10,11)

Planificación: es el proceso
administrativo que consiste en desarrollar y mantener ajustada
las fluctuaciones del mercado, una relación funcional
entre los objetivos planteado, las estrategias y los programa de
acción o táctica. Se planifica cuando se escoger y
relacionan hechos para prever y formular actividades propuestas
que se suponen necesarias para lograr los resultados deseados, la
planificación se adiciona a los hechos, la
instrucción, la experiencia y la autoridad que son las
bases que determinan la toma de decisiones.

Recolección de Datos: Son las fuentes,
técnicas o documento a los que acude el investigador, la
permite tener información para almacenar, estas pueden
realizarse por medio de revistas, textos, documentos, prensa e
Internet. Es el proceso de recopilar que generalmente involucra
un gran porcentaje de la investigación y una gran parte de
error total de los resultados de la investigación, en
consecuencia la selección, capacitación y control.
Las fuentes de datos pueden ser internas o externas a la
organización. Las fuentes internas, contienen los estudios
previos de investigación y los antecedente de la
compañías. Las fuentes externas incluyen informes
comerciales de investigación, revistas de negocios o
informes gubernamentales. Etc.

Al determinar si los datos se ajustan a las necesidades
de la información, el investigador debe examinar el
diseño de la investigación para establecer su
exactitud. La organización recopila y analiza los datos
que con frecuencias guían la investigación. Los
datos están disponibles a través de fuentes
internas o externas, un siguiente paso sería recopilar
nuevos datos por medio de entrevistas por correo,
telefónicas y personales, observación,
experimentación o simulación.

El Procedimientos Para la Recopilación de
Datos.

Al desarrollar el procedimiento para la
recolección de datos, el investigador debe establecer un
vinculo efectivo entre la necesidad de información y las
preguntas que hará o las observaciones que se grabaran. El
éxito del estudios depende de la habilidad del
investigador y de la creatividad para establecer este vinculo. La
responsabilidad de esta tares es principalmente del
investigador.

Procesamiento de los Datos

Cuando se han recopilado los datos comienza el
procesamiento de estos, el cual incluye las funciones de
ediciones y codificación. La edición comprende la
revista de los formatos de los datos en cuanto a legitimidad,
consistencia y totalidad de los datos. La codificación
implica el establecimiento de categorías para las
respuestas o grupos de respuestas, de tal manera que se puedan
utilizar números para representar las
categorías.

Análisis de Datos

Es importante que el análisis de datos sea
compatible con los requisitos de las necesidades de
información identificada debido a que estas se llevan a
cabo utilizando paquet4es de software apropiados para el
análisis de datos.

Tecnología: Es el conjuntos
de los conocimiento propios de un oficio mecánico o arte
industrial, que tiene que ver con la forma de hacer la
elección, también que aplicado a la
elaboración y recolección en el mercado de producto
dados.

Eficiencia: Es la virtud o la fuerza de poder
obrar bien y lograr hacer efectivo un intento o
propósito.

Producto: Son todas las cosas (tangibles e
intangibles) que se ofrecen para satisfacer las necesidades y
deseos por la cual las personas están en
disposición de auto producir o adquirir mediante el
intercambio, los productos por su durabilidad o tangibilidad
pueden dividirse en producto no duradero, producto duradero y de
servicio:

Producto duradero son aquellos que soportan
varios usos por ejemplo, automóvil, televisión,
computadora etc.

Producto no duradero, son aquello que se consumen
en un limitado número de uso ejemplo (pan,
periódico, jabón).

Producto servicio a diferencias de los anteriores
son actividades que ofrecen beneficios o satisfacción
(corte de pelo, lavandería hotel).

Ciclo de vida de un producto.

Es la demanda agregada durante un periodo para todas las
marcas que comprende la categoría genérica del
producto. Un producto posee cuatro etapas:

Introducción es cuando se lanza un
producto al mercado, mediante un programa completo, los productos
nuevos generalmente tienen poca competencia directa, si el
producto es prometedor, numerosas compañías
podrían ingresar a las industrias rápidamente.La
introducción
es la etapa de mas riegos y costosas ya
deben invertir cantidades sustanciales de efectivo, no solo para
desarrollar el producto, sino también para buscar la
aceptación del consumidor.

Crecimiento a esta etapa también se le
llama etapa de la aceptación del mercado, porque crecen
las ventas y las ganancias a menudo con mucha rapidez. El
crecimiento es parte de la fuerza de una empresa para establecer
ventas y en consecuencias combatir el mercado, en esta etapa
tienden a bajar los precios.

Madurez en esta etapa las ventas siguen
incrementándose, pero con menor rapidez. Cuando las ventas
se estancan, declinan las ganancias de los fabricantes e
intermediarios, esta es la causa principal.

Declinación esta etapa se estima por el
volumen de venta de la categoría total, es inevitable por
las siguientes razones.

  • Desaparece la necesidad del producto, siempre debido
    al desarrollo de otro producto.

  • Aparece un producto mejor o más baratos que
    cubre las mismas necesidades.

  • La gente se cansa de un producto (ejemplo, un estilo
    de ropa)

Servicio al cliente: Organización y
personal destinado a cuidar intereses o satisfacer las
necesidades del publico o de alguna entidad oficial o
privada.

Información.

Precios: Es lo que el consumidor paga por recibir
un producto, mayormente en dinero (precio) por un conjunto de
satisfacciones (producto). El precio depende del valor que los
consumidores puedan atribuir o los beneficios que reciban de un
producto, los precios ayudan a distribuir los recursos limitado
con que dispones el hombre en una economía. Los precios
asumen dos papeles en la decisión de compra de un
consumidor:

* Papel de asignación, en donde el
precio ayuda al consumidor a decidir como inferir la mayor
utilidad esperada de su poder de compra.

* Papel informativo, porque dependiendo de
si es alta o baja con relación a la valoración del
consumidor, el precio le orienta en cuanto a la calidad del
producto.

Los precios en la economía moderna, influyen en
la asignación de recurso y en compañías
individuales constituye un factor importante para alcanzar el
éxito en el mercado.

Precio es el precio que se establece a un producto
mediante la fijación de precio, basada en los costos
totales unitario más la utilidad unitaria y el
análisis marginal

Para el establecimiento de los precios los directivos
deben determinar la meta que persiguen, entre los objetivos para
la fijación de los precios están:

  • Obtener un rendimiento meta sobre la
    inversión.

  • Maximizar las utilidades.

  • Incrementar las ventas.

  • Mantener la participación en el
    mercado.

  • Estabilizar los precios.

  • Hacer frente a la competencia

( William Stantum Pág.323,324 )

Calidad de vida de los empleados. Es la
superioridad o excelencia que logra un empleado a través
de una empresa, a la medida de que esta se mantiene
innovando.

Calidad de vida de la sociedad.

Es la mejora que se observa al transcurrir el tiempo en
la vida de un pueblo o nación, es como un adelanto
tecnológico que obliga a los pueblos a desarrollarse de
las distintas formas.

La calidad de vida de un empleado se percibe de las
siguientes formas:

  • La percepción de sentirse respetado y cuidado
    por la empresa, algunas compañías facilitan una
    serie de servicios a los empleados relacionados con su vida
    privada, que contribuyen al aumento del beneficio personal de
    los mismos. Por ejemplo en Bélgica es una
    práctica muy habitual el facilitar a los empleados que
    se están divorciando, servicios legales
    gratis.

  • La necesidad de que te hagan la vida más
    fácil, las compañías llegan a una serie
    de acuerdo con determinados proveedores, de tal forma que
    permiten que los empleados realicen sus compras a
    través del intranet y obtengan grandes descuentos e
    incluso que te lo lleven a la casa o al lugar de
    trabajos.

  • Las necesidades de satisfacer los deseos personales,
    los empleados cada vez mas reclaman que se tengan en cuenta
    su vida personal en el lugar de trabajo. La empresa por tanto
    facilita una serie de actividades que ayudan a disminuir el
    estrés y aumentar la productividad de los
    mismos.

  • La necesidad de mantener buenas relaciones
    personales, el reconocimientos de las empresa a todos y cada
    uno de sus empleado ayudad a mantener una buena
    relación, no solo con la directiva, sino entre los
    propios compañeros.

Naturaleza de la Publicidad

La publicidad consiste en todas las actividades que
comprende la presentación a un grupo de un mensaje no
personal, que se identifica con el patrocinador, sobre un
producto u organización. Este mensaje que se conoce como
un anuncio puede ser verbal y/o visual y se difunde a
través de uno o más medios.

Tipos de Publicidad

La publicidad del producto e institucional. En la
primera, los anunciantes informan o estimulan al mercado sobre su
productos. La segunda se subdivide en publicidad de acción
directa y de acción indirecta.

La publicidad de productos esta se compone
de:

Publicidad de acción directa se busca una
respuesta rápida. Por ejemplo, un anuncio impreso con un
cupón quizás le ínsita al lector enviar o
llamar de inmediato para obtener una muestra gratis.

La publicidad de acción indirecta en esta
se va diseñando para estimular la demanda durante un
período más largo. Su intención es informar
o recordar a los consumidores que el producto existe y
señalar su beneficios. La mayor parte de la publicidad en
las cadenas de televisión es de este tipo.

La publicidad institucional presenta
información sobre el negocio del anunciante o trata de
crear una buena actitud hacia la organización. La
intención de este tipo de publicidad no es vender un
producto especifico. Existen dos forma de publicidad
institucional que son:

Publicidad de servicio al consumidor: Esta
representa información sobre las operaciones del
anunciante.

Ejemplo de ella son los anuncios que describen la
variedad de representaciones y servicios a los automóviles
que se pueden encontrar en las tiendas Renault.

Publicidad de servicio público: Se han
dispersado para mejorar la calidad de vida y mostrar que el
anunciante es un miembro responsable de la comunidad. Este tipo
de anuncio puede instar al publico a evitar las drogas o
respaldar una campaña local en contra de la
contaminación.

b) Publicidad de Demandad Primaria y Demanda
Selectiva

Publicidad de Demanda Primaria: esta tiene el
objetivo de estimular demanda de categoría genérica
de productos como pueden ser el Café Dominicano, las
Frutas Cítricas de las Florida o la Ropa de
Algodón.

Publicidad de Demanda Selectiva: Esta demanda
busca estimular la demanda de marca individuales Por ejemplo
Café Santo Domingo, la ropa deportiva Náutica y la
ropa formal de Oscar de la Renta.

La publicidad Comparativa: Es una clase
importante de publicidad de demanda selectiva que se utiliza para
una amplia variedad de productos. En la publicidad comparativa,
el anunciante señala las diferencias entre las marcas bien
sea en forma directa, al nombrar la marca rival, o indirecta,
mediante inferencia

Publicidad cooperativa promueve los productos de
dos o más empresas que comparten el costo de la
publicidad.

Objetivo de la publicidad

El propósito fundamental de la publicidad es
vender algo; Un bien, un servicio, una idea, a una persona en un
lugar. Esta con la pretensión de lograr una meta a
través de los establecimientos de los objetivos
específicos que se pueden incorporar a las
compañías individuales de publicidad. El objetivo
principal de la publicidad quizás sea " abrir las puertas
a la fuerza de ventas.Los objetivos específicos de
publicidad dependen de la estrategia global de mercado que la
empresa promueve.

Los objetivos típicos en toda publicidad
son:

  • Respaldar las ventas personales.

  • Llegar a personas inaccesibles para la fuerza de
    ventas.

  • Mejorar las relaciones con los
    distribuidores.

Comunicación:

Es el proceso de transferir un significado de una
persona a otra utilizando todos los medios por lo que una mente
puede afectar a otra y en la cual la información es la
parte principal. La palabra comunicación se deriva del
vocablo latino "común" que significa compartir algo que
sea común, este proceso comienza con el emisor, quien
codifica y emite el mensaje, el cual es transmitido o llevado al
receptor a través del medio o canal de comunicación
que puede ser la palabra ( escrita, hablada, imagen o gestos). La
comunicación posee características que a menudo se
emplean en conjunto para mejorar las cualidades favorables de
cada género, estas se complementa entre sí.Existen
tres tipos de comunicación, escrita, oral y no
verbal.

Comunicación escrita es la que se
transmite a través d cartas o documento, esta tienen la
ventaja de proporcionar registro referencia y protecciones
legales, un mensaje puede ser cuidadosamente preparado y enviado
después a un extenso público mediante el correo,
también promueve la uniformidad de política y
procedimiento y en algunos casos pueden reducir
costos.

Comunicación oral es la que se realiza
frente a frente entre dos o más personas, posee una gran
cantidad de información. Esta comunicación hace
posible un rápido intercambio con retroalimentación
inmediata, el efecto es visible pero posee la desventaja de que
no siempre ahorra tiempo.

Comunicación no verbal, Estas son
expresiones no faciales y movimientos corporales realizado que
indica clara expresión sin tener que pronunciar alguna
palabra porque se sobreentiende. Este tipo de comunicación
se apoya en la comunicación verbal, la cual puede
controlar lo que explica el dicho de que las acciones son
más elocuentes que las palabras.

Comunicación eficaz es transmitir la
información sin ningún tipo de interferencia, que
el mensaje llegue al receptor cloro y preciso. El grado de
eficacia puede evaluarse conforme a lo siguientes:

— Los emisores de mensaje deben concebir claramente lo
que desean comunicar.

— La codificación y descodificación se
realicen con los símbolos familiares tanto para el emisor
como el receptor del mensaje.

Educación: Conjuntos de actividades
encaminada a producir en los individuos hábitos en virtud
de los cuales todos o unas partes de sus disposiciones naturales
se potencien o modifiquen de manera que produzcan tipos que
encajen en los esquemas del mundo cultural en que
viven.

Competencia: Son actividades típicas de
una economía de mercado libre, como consecuencia de la
cual toda organización trata de obtener la máxima
participación en el mercado.

Promoción: es el conjuntos de operaciones
destinada a dar a conocer y enseñar a utilizar el producto
a la clientela con el objetivo de atraer nuevos clientes, buscar
la fidelidad de los compradores, lanzar un nuevos producto o para
reafirmar una marca o producto dentro del mercado.

Ventas: Es la cesión del dominio de una
cosa mediante los precios convenido significa vender bienes y
servicios al consumidor para sus usos. Esta puede ser realizada
por cualquier tipo de institución. Las ventas hacen la
función de agentes de compras para el consumidor y de
especialistas en cuentas para los productores e intermediarios.
La venta realiza muchas actividades especificas tales como:
Proveer las necesidades y los deseos de los clientes, crean
variedad de producto y dar financiamiento.

Existen cuatros tipos de ventas: Ventas directas,
telemarketing, ventas automáticas y marketing
directo.

Ventas directas, se define como un contacto
personal entre un vendedor y un cliente fuera de un
establecimiento al detalle, también se le conoce como
venta de casa, estas ventas se subdividen en:

Venta de puerta en puerta, consiste en no
realizar una selección anticipada de prospecto,
generalmente el contacto inicial se efectúa a
través de un cupón enviado por correo.

—-Venta de plan de fiesta, es cuando los
invitados saben de antemano, que las personas que lo invita
representan una compañía.

Telemarketing, también se le llama venta
por teléfono, sé refiere aun vendedor que inicia el
contacto con el cliente y cierra la transacción por
teléfono.

Venta automática es la que se realiza por
medio de una maquina sin que haya contacto entre el comprador y
vendedor, su ventaja es la comodidad de la operación, los
productos que se venden en esta forma suelen ser de marca
reconocida, vendida previamente y con una gran
rotación.

Marketing directo, este tipo de venta abarca
todos los tipos de comercios al menudeo fuera de la tienda menos
las ventas directas, las ventas automática y el
telemarketing, usa de la publicidad para ponerse en contacto con
los consumidores quienes a su vez adquieren productos sin visita
a las tiendas. Entre el marketing directo se encuentra. Coreo
directo, las ventas por catalogo, la compara por
televisión, ventas al detalle de línea.

Ventas al mayoreo es una venta generalmente
grande y todas las actividades están relacionada con las
cantidades de bienes o de servicios directamente a empresas
lucrativas y a otros tipos de organización para las
reventas, y producir otros bienes o servicios.

(William Stantum Pág.428, 429, 430. 431,
440)

Oferta: Cantidad de bienes o servicio que pueden
venderse o lanzarse a un mercado a un precio determinado, junto
con la demanda constituyen un factor determinante del precio, de
tal forma que a mayor demanda se incrementa. Este mecanismo
depende del tipo de bien existente, fascinante, sustituible y
otro imprescindible.

Diferencia de precios: Son cualidades o accidente
por el cual un precio de distingue de otro, entre cosas de una
misma especie.

Información: es un conjunto de medios que son
utilizados para adquirir conocimiento en todos los
aspectos.

Plaza: Espacio ganado por una empresa o producto
de un poblado o país, el cual se obtiene mediante la
ventas y la distribución de los productos o
servicios.

Demanda: Es la requisición de productos o
servicios que hace el consumidor, dada su capacidad de compra,
decimos que hay demanda cuando el comportamiento elástico
cuando al bajar los precios pasara el producto se incrementa el
ingreso por el mayor volumen vendido o si al elevar el precio del
producto, se disminuye el ingreso por la menor cantidad vendida
del mismos.

Servicios: Son beneficios que se ofrecen en venta
los cuales proporcionan una utilidad a los consumidores del
mismos, los servicios poseen características especiales
que loa distinguen de los productos, ya que no se pueden manejar
físicamente.

Tarifas Son tabla de precios de derechos o
impuestos, rigurosas y equilibrada que remuneran los servicios
eficaces, justificable y controlable, unida a un control definido
de mantenimiento que ejercen una presión poderosa y
justificada sobre la distribución cuando no se respeten
los términos de los acuerdos.

(Welhoff, Alain, El merchandising Pag.44)

Calidad de los servicios: Es la excelencia o
superioridad que brinda una institución o su personal al
desempeño de los servicios que difiere de
otras.

Protección al Usuarios: Es la parte de la
soberanía de un estado que protege el bienestar de los
ciudadanos.

Derechos y deberes: Es el conjuntos de libertades
que se consideran inherente a la condición del hombre, en
las cuales se tiene libertad de pensamiento, expresión,
asociación de bienes y toma de decisiones.

Estándares de calidad: Son los patrones o
modelos que se utilizan para que los productos sean los mejores
en el mercado.

Conclusión

Existen varias clases de sociedades. En primer lugar,
hay que distinguir entre sociedades civiles y sociedades
mercantiles. Ambas se distinguen en función de su objeto.
Es mercantil aquella sociedad que se dedica a la
realización habitual de actos comerciales.

Se rigen por la legislación mercantil y tienen
especificidades de régimen jurídico, como por
ejemplo, que deben constituirse en escritura pública e
inscribirse en el Registro Mercantil. Por el contrario, son
sociedades civiles aquellas que no persiguen un fin comercial (un
ejemplo lo ofrecen las sociedades dedicadas a industria
agrícola o pecuaria).

En principio, las sociedades civiles no requieren de
forma alguna para su constitución; se disuelven por muerte
o insolvencia de cualquiera de los socios. La regla general es
que los socios responden de modo ilimitado y mancomunado ante las
deudas sociales. Por tanto, en la sociedad civil, los socios
responden con su patrimonio de las deudas sociales, pero lo hacen
con carácter subsidiario, es decir, cuando el patrimonio
social resulte insuficiente para atender las deudas
sociales.

Bibliografía

1).- DE LA REP. DOM. : CÓDIGO DEL COMERCIO
(2014).

2).- ENCARTA. : DERECHO COMERCIAL
(2014).

3).- TERCERA EDICIÓN : GACETA JURÍDICA
VIRTUAL (2014).

 

 

Autor:

Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo
S.

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana,

2014.

Partes: 1, 2, 3
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