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Ensayo sobre los expedientes por parte del registrador de títulos (Santiago, Rep Dom) (página 4)



Partes: 1, 2, 3, 4, 5

Fuente: Pregunta No. 23 del
cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de
Santiago.

El 52% de los encuestados considera que la
cantidad de computadoras existentes en el Registro de
Títulos para el manejo de los expedientes es regular,
mientras que el 48% dice que son pocas. La necesaria
modernización de la técnica de los procedimientos
regístrales, requieren de la aplicación de la
informática que es un instrumento técnico
fundamental en la vida moderna. La informática ofrece
múltiples ventajas a los Registros de la Propiedad
Inmobiliaria, puesto que facilita y agiliza las operaciones y las
informaciones que ofrecen. En este sentido se puede decir que hay
que ampliar el número de computadoras y de estaciones de
trabajo en el Registro de Títulos de Santiago.

Gráfico No.23

Consideración acerca de la
cantidad de computadoras que hay en Registro de Títulos
para el manejo de los expedientes

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 23.

Tabla 24

Consideración acerca de la
cantidad de Impresoras que hay en Registro de Títulos para
el manejo de los expedientes

Opciones

Frecuencia

%

Abundante

0

0

Suficiente

0

0

Regular

53

33

Poco

107

67

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 24 del
cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de
Santiago.

El 67% de los encuestados considera que son
pocas las Impresoras que existen en el Registro de Títulos
para el manejo de los expedientes, mientras que el 33% asegura
que la cantidad es regular. El departamento de impresión
es un área destinada única y exclusivamente a
imprimir los actos que conforman el expediente. Dichos
expedientes impresos son entregados a la oficina de la
Registradora para la formalidad de plasmar su firma. Por lo que
se puede decir que, según la opinión de la
mayoría de los encuestados, hay que integrar más
impresoras a este departamento para agilizar aun más las
entregas de expedientes.

Gráfico No.24

Consideración acerca de la
cantidad de Impresoras que hay en Registro de Títulos para
el manejo de los expedientes

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 24.

Tabla 25

Vela el Registrador de Títulos
por el fiel cumplimiento de los principios
regístrales

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

20

13

Casi siempre

59

37

A veces

71

44

Nunca

10

6

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 25 del
cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de
Santiago.

El 44% de los encuestados afirman que a
veces el Registrador de Títulos da fiel cumplimiento de
los principios regístrales, el 37% dice que casi siempre,
mientras que el 13% dice que siempre. De conformidad con el
artículo 17 del Reglamento General de los Registros de
Títulos, los Registradores deben velar porque los
principios regístrales se cumplan estrictamente. Por lo
que se puede decir según la mayoría de encuestados,
que el registrados solo a veces cumple con este
mandato.

Gráfico No.25

Vela el Registrador de Títulos
por el fiel cumplimiento de los principios
regístrales

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 25.

Tabla 26

Se pronuncia el Registrador de
Títulos en los plazos establecidos por la
ley

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

0

0

Casi siempre

10

6

A veces

61

38

Nunca

89

56

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 26 del
cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de
Santiago.

De conformidad con el Reglamento General de
los Registros de Títulos, el Registrador de Títulos
debe pronunciarse dentro de un plazo no mayor de 45 días
hábiles, contados a partir de la fecha de recepción
del expediente o solicitud. Este es un plazo máximo, lo
que quiere decir que es extremo, por tanto el interés de
la dinámica registral clama porque en el menor plazo
posible se produzca el pronunciamiento. Según el 56% de
los encuestados el Registrador de Títulos nunca se
pronuncia en los plazos establecidos, el 38% dice que solo a
veces lo hace y el 6% asegura que casi siempre. Por lo que se
puede decir que, según la mayoría de encuestados,
el registrador de títulos en Santiago no esta cumpliendo
con lo mandado en el Reglamento General de los Registros de
Títulos.

Gráfico No.26

Se pronuncia el Registrador de
Títulos en los plazos establecidos por la
ley

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 26.

Tabla 27

Realiza la Función Calificadora
de los expedientes el Registrador de
Títulos

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

50

31

Casi siempre

24

15

A veces

36

23

Nunca

50

31

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 26 del
cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de
Santiago.

De conformidad con el artículo 17
del Reglamento General de los Registros de Títulos, los
Registradores deben ejercer con rectitud de conciencia y con el
mayor sentido de responsabilidad la función calificadora,
que es la base fundamental de su actuación ante cada
documento o expediente que le es sometido. En este sentido, el
31% de los encuestados afirman que siempre el Registrador realiza
la función calificadora, igual número de
encuestados, es decir 31% niegan que cumple el Registrador con
esta función, el 23% dice que solo a veces, mientras que
el 15% dice que casi siempre. Las opiniones de los encuestados en
este sentido son muy variadas, pero se puede decir que en
términos generales el registrador en cierta medida cumple
con la función calificadora.

Gráfico No.27

Realiza la Función Calificadora
de los expedientes el Registrador de
Títulos

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 27.

4.2 Presentación de los
resultados obtenidos del cuestionario aplicado al personal
administrativo de Registro de Títulos

Tabla 1

Edad

Opciones

Frecuencia

%

18 a 25 años

3

7

26 a 30 años

12

29

31 a 35 años

20

50

36 a 40 años

5

12

41 a 50 años

1

2

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 1 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

.

El 50% de los encuestados afirma estar
entre las edades de 31 a 35 años, el 29% dice tener entre
26 a 30 años, el 12% afirma tener de 26 a 30 años,
el 7% dice tener de 18 a 25 años y 2% restante asegura
tener de 41 a 50 años. Según los datos presentados
en la tabla, se puede notar que la mayoría de encuestados
son relativamente jóvenes.

Gráfico No.1

Edad

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Fuente: Tabla No. 1.

Tabla 2

Sexo

Opciones

Frecuencia

%

Masculino

15

37

Femenino

26

63

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 2 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 63% de los encuestado pertenecen al sexo
femenino, mientras que el 37% restante son del sexo masculino.
Hay que destacar el aumento que ha tenido la mujer en los
últimos años en el ámbito
profesional.

Gráfico No.2

Sexo

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 2.

Tabla 3

Estado civil

Opciones

Frecuencia

%

Casado/a

15

37

Soltero/a

12

29

Divorciado/a

5

12

Unión libre

7

17

Viudo/a

2

5

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 3 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 37% de los encuestados dijo estar
casados legalmente con sus parejas, el 29% dijo estar solteros,
el 17% dijo estar conviviendo en unión libre, el 12%
están divorciados y el 5% ha enviudado.

Gráfico No.3

Estado civil

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Fuente: Tabla No. 3.

Tabla 4

Tiempo que lleva usted laborando en
Registro de Títulos

Opciones

Frecuencia

%

De 1 a 5 años

22

54

De 6 a 10 años

12

29

De 11 a 15 años

7

17

Más de 16
años

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 4 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 54% de los encuestados afirma que tienen
entre 1 a 5 años laborando es Registro de Títulos,
el 29% dice que tiene entre 6 a 10 años y el 17% dijo que
tiene de 11 a 15 años.

Gráfico No.4

Tiempo que lleva usted laborando en
Registro de Títulos

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 4.

Tabla 5

Nivel de conocimientos acerca de la
aplicación de la Ley 108-05 y sus
reglamentos

Opciones

Frecuencia

%

Conozco bastante

16

39

Regular

23

56

Poco

2

5

No tengo conocimiento

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 5 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 56% de los encuestados afirma tener un
conocimiento regular acerca de la aplicación de la Ley
108-05 y sus reglamentos, el 49% afirman que conocen bastante y
el 5% dice tener poco conocimiento. Lo que significa que en
cierta medida los encuestados conocen los procedimientos para la
aplicación de la ley 108-05.

Gráfico No.5

Nivel de conocimientos acerca de la
aplicación de la Ley 108-05 y sus
reglamentos

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 5.

Tabla 6

Frecuencia con que se depositan a
Registro de Títulos expedientes de Declaración de
Condominios

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

12

29

Casi Siempre

21

51

A veces

8

20

Ninguna

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 6 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 51% de los encuestados aseguran que casi
siempre se somete a Registro de Títulos expedientes de
Declaración de Condominios, el 29% asegura siempre y el
20% dice que casi siempre. En este sentido un condominio es forma
de propiedad en la cual los individuos compran y se convierten en
propietarios de una unidad de vivienda en un complejo de
múltiples unidades; el propietario también comparte
responsabilidad financiera por las áreas comunes. En el
país este tipo de propiedad se denomina horizontal. Por lo
que se puede decir que, según la mayoría de los
encuestados, el registro de condominios es una práctica
habitual y se registra frecuentemente este tipo de
propiedad.

Gráfico No.6

Frecuencia con que se depositan a
Registro de Títulos expedientes de Declaración de
Condominios

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 6.

Tabla 7

Frecuencia que deposita a Registro de
Títulos expedientes de Certificaciones de estatus
jurídico de inmueble

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

20

49

Casi Siempre

18

44

A veces

3

7

Ninguna

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 7 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

Según el 49% de los encuestados
siempre se depositan a Registro de Títulos expedientes de
certificaciones de estatus jurídico de inmueble, el 44%
dice que casi siempre y el 7% dice que a veces. En este sentido,
La Ley 108-05, distingue, en su artículo 89, una
clasificación de expedientes en cuanto a los documentos
registrables, entre los cuales se encuentran los relativos a las
certificaciones de estatus jurídico de inmuebles. De
acuerdo a la tabla anterior, se puede decir que, según la
mayoría de encuestados, habitualmente se depositan a
Registro de Títulos certificaciones de estatus
jurídico de inmuebles.

Gráfico No.7

Frecuencia que deposita a Registro de
Títulos expedientes de Certificaciones de estatus
jurídico de inmueble

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 7.

Tabla 8

Frecuencia que deposita expedientes de
Transferencias en el Registro de Títulos

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

30

73

Casi Siempre

9

22

A veces

2

5

Ninguna

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 8 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 73% de los encuestados asegura que
siempre se deposita expedientes de transferencias en el Registro
de Títulos, el 22% dice que casi siempre, y el 5% asegura
que a veces. Por lo que se puede notar que este tipo de
expediente son los que con mayor frecuencia se reciben en el
Registro de Títulos del Departamento Judicial de
Santiago.

Gráfico No.8

Frecuencia que deposita expedientes de
Transferencias en el Registro de Títulos

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 8.

Tabla 9

Nivel ocupan los expedientes de
inscripción y cancelación de hipotecas en el
Registro de Títulos

Opciones

Frecuencia

%

Alto

38

93

Medio

3

7

Poco

0

0

Ninguno

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 9 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 93% de los encuestados afirman que es
alto el nivel que ocupan los expedientes de Inscripción y
cancelación de hipotecas, el 7% asegura que es medio. En
este sentido, este tipo de expedientes son documentos que
extinguen derechos reales inmobiliarios. Por lo que se puede
decir que este tipo de expediente se depositan
frecuentemente.

Gráfico No.9

Nivel ocupan los expedientes de
inscripción y cancelación de hipotecas en el
Registro de Títulos

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 9.

Tabla 10

Consecuencias de los errores
técnicos ocasionados por el Registro de
Títulos

Opciones

Frecuencia

%

Cúmulo de
expedientes

9

22

Mayor gasto de material

0

0

Mayor tiempo de
ejecución

5

12

Todas las anteriores

27

66

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 10 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 66% de los encuestados considera que los
errores técnicos ocasionados por el Registro de
Títulos causan todas las opciones que tenían para
responder, el 22% afirma que causa cúmulo de expedientes y
el 12% asegura que causa mayor tiempo de ejecución. En
este sentido, este tipo de error es cometido por el Registro de
Títulos, que no modifica la esencia del derecho, ni su
objeto, ni su sujeto, ni su causa, y que es fruto de un error
tipográfico, de una omisión, o de una
contradicción entre el documento generado y el que fue
tomado como fundamento. Por lo que se puede decir que los errores
técnicos cometido por el Registro de Títulos traen
consigo grandes consecuencias.

Gráfico No.10

Consecuencias de los errores
técnicos ocasionados por el Registro de
Títulos

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 10.

Tabla 11

Nivel de conocimiento acerca de los
plazos que establece la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el
Reglamento General de Registro de Títulos

Opciones

Frecuencia

%

Conozco bastante

26

63

Regular

15

37

Poco

0

0

Ninguno

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 11 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 63% de los encuestados aseguran que
conocen bastante sobre plazos que establece la Ley 108-05 de
Registro Inmobiliario y el Reglamento General de Registro de
Títulos para los casos de depósito de expedientes y
demás procesos, mientras que el 37% restante asegura que
tiene un nivel de conocimiento regular. Por lo que se puede
decir, que la mayoría de encuestados tiene un alto nivel
de conocimiento acerca de los plazos que se establecen en la ley
108-05 y Reglamento General de Registro de
Títulos.

Gráfico No.11

Nivel de conocimiento acerca de los
plazos que establece la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el
Reglamento General de Registro de Títulos

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Fuente: Tabla No. 11.

Tabla 12

Frecuencia que se ven afectados los
expedientes que se depositan en el Registro de Títulos en
cuanto a la caducidad de los plazos

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

1

2

Casi siempre

26

64

A veces

14

34

Nunca

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 12 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 64% de los encuestados afirman que casi
siempre se ven afectados los expedientes que deposita en el
Registro de Títulos en cuanto a la caducidad de los
plazos, el 34% dice que a veces y el 2% restante afirma que
siempre. La caducidad es la pérdida de uno o varios
derechos por no ejercitarlos durante el plazo señalado en
la ley. La caducidad contiene un plazo extintivo, ya que la ley
consagra en forma objetiva un plazo para la realización de
un acto jurídico o un hecho, de suerte que el plazo
prefijado indica el límite de tiempo dentro del cual puede
validamente expresarse la voluntad destinada a producir el efecto
de derecho previsto. Por lo que se puede notar, según la
opinión de la mayoría de los encuestados, que los
plazos en el Registro de Títulos no se están
cumpliendo a cabalidad.

Gráfico No.12

Frecuencia se ven afectados los
expedientes que se depositan en el Registro de Títulos en
cuanto a la caducidad de los plazos

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 12.

Tabla 13

Tiempo que tardan los expedientes para
ser liquidados en Registro de Títulos

Opciones

Frecuencia

%

1 a 45 días

20

49

46 a 90 días

21

51

3 a 9 meses

0

0

1 año o más

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 13 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 51% de los encuestados afirman que el
tiempo que tardan los expedientes para ser liquidados en Registro
de Títulos es de 46 a 90 días, mientras que el 49%
afirma que es de 1 a 45 días. En cuanto a la
ejecución de documentos en Registro de Título, el
Reglamento general de dicho organismo presenta el plazo de 45
días para la expedición del expediente y 15
días luego de caducar el plazo. Por lo que se puede decir
que, según la mayoría de los encuestados, no se
esta cumpliendo con el plazo establecido.

Gráfico No.13

Tiempo que tardan los expedientes para
ser liquidados en Registro de Títulos

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 13.

Tabla 14

Frecuencias con que se ejecutan
devoluciones de expedientes por causa de Consignación
Errónea en el mismo

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

4

10

Casi siempre

7

17

A veces

30

73

Nunca

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 14 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 73% de los encuestados asegura que a
veces se ejecutan devoluciones de expedientes por causa de
Consignación Errónea en el mismo, el 17% dice que
casi siempre y el 10% dice que siempre. Este error es cometido
por el Registro de Títulos, el mismo no modifica la
esencia del derecho, ni su objeto, ni su sujeto, ni su causa, y
que es fruto de un error tipográfico, de una
omisión, o de una contradicción entre el documento
generado y el que fue tomado como fundamento. Por lo que se puede
decir que frecuentemente se dan caso de dicho error.

Gráfico No.14

Frecuencias con que se ejecutan
devoluciones de expedientes por causa de Consignación
Errónea en el mismo

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 14.

Tabla 15

Frecuencia que los expedientes que se
depositan en Registro de Títulos presentan Vicios de
Expedientes

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

0

0

Casi siempre

6

15

A veces

32

78

Nunca

3

7

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 16 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 78% de los encuestados dicen que solo a
veces los expedientes que deposita en Registro de Títulos
presentan Vicios de Expedientes, el 15% dice que casi siempre y
el 7% afirma que nunca. El artículo 56 del Reglamento
General de Registro de Títulos expresa que constituyen
vicios de forma sustanciales, y como tales son motivo de
devolución de expedientes a los Tribunales de la
Jurisdicción Inmobiliaria, el no consignar, el consignar
erróneamente o de forma insuficiente o equívoca los
datos que permitan aplicar correctamente el principio de
especialidad en relación a los sujetos y al objeto del
derecho registral. Por lo anterior se puede decir que,
según la mayoría de encuestados, que aunque no tan
frecuentemente, se presentan vicios en los
expedientes.

Gráfico No.15

Frecuencia que los expedientes que usted
deposita en Registro de Títulos presentan Vicios de
Expedientes

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 15.

Tabla 16

Alternativas que considera es causa de
los errores de digitación que se cometen en el Registro de
Títulos

Opciones

Frecuencia

%

Falta de personal

12

29

Estructura no adecuada

0

0

Falta de los equipos
tecnológicos

15

37

Todas la alternativas

14

34

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 16 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 37% de los encuestados asegura que la
falta de equipos tecnológicos es la causa de los errores
de digitación que se cometen en el Registro de
Títulos, el 34% afirma que es el conjunto de todas las
opciones dadas y el 29% asegura que es la falta de personal. El
Registrador de Títulos tiene que hacer una
calificación a fondo, con los esmeros propios del buen
padre de familia, su interés debe orientarse al auspicio
de la mayor seguridad jurídica. Sin embargo, se han
detectado la comisión de errores en los expedientes
durante las funciones propias del registro de títulos. Por
lo que la falta de equipos tecnológicos y de personal
constituyen las causas principales en la comisión de
errores en el Registro de Títulos.

Gráfico No.16

Alternativas que considera es causa de
los errores de digitación que se cometen en el Registro de
Títulos

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 16.

Tabla 17

Frecuencia con que se presentan errores
en el asiento registral

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

0

0

Casi siempre

0

0

A veces

38

93

  • Nunca

3

7

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 17 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

Según el 93% de los encuestados los
expedientes que han sido depositados a veces presentan errores en
el asiento registrar, mientras que el 7% restante afirma que
nunca. Hay error en el Asiento Registral, cuando en su
confección el Registrador se ha apartado de lo que
constaba en el documento presentado. Los errores materiales se
dan cuando: se escriben unas palabras por otras; se cambia el
nombre de los titulares o se omite alguna circunstancia, sin que
se altere el sentido y contenido del derecho que se busca
inscribir. En este sentido se puede decir que, según la
mayoría de encuestados, son muy pocos los expedientes que
han tenido errores en el asiendo registral.

Gráfico No.17

Frecuencia con que se presentan errores
en el Asiento Registral

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 17.

Tabla 18

Frecuencia que han sufrido errores en el
Títulos los expedientes que los usuarios
depositan

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

0

0

Casi siempre

3

7

A veces

36

88

Nunca

2

5

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 18 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 88% de los encuestados considera que
solo a veces los expedientes que han depositado los usuarios han
sufrido errores en el título, el 7% dice que casi siempre,
mientras que el 5% asegura que nunca. En este sentido se puede
decir que, aunque no es tan frecuente, pero en algunas ocasiones
se da este error en los expedientes.

Gráfico No.18

Frecuencia que han sufrido errores en el
Títulos los expedientes que los usuarios
depositan

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 18.

Tabla 19

Evaluación de la
capacitación del personal de Registro de
Títulos

Opciones

Frecuencia

%

Alto

26

63

Medio

15

37

Bajo

0

0

Ninguno

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 19 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 63% de los encuestados considera que el
personal de Registro de Títulos posee una
capacitación alta en cuanto al manejo de los expedientes
se refiere y el 37% dice que es media. Por lo que se puede decir
que según la mayoría de encuestados los empleados
de Registro de Títulos están altamente capacitados
para el manejo de los expedientes que son depositados en esa
dependencia.

Gráfico No.19

Evaluación de la
capacitación del personal de Registro de
Títulos

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 19.

Tabla 20

Consideración de la cantidad de
personal que labora en el Registro de Títulos para el
manejo de los expedientes

Opciones

Frecuencia

%

Abundante

2

5

Suficiente

19

46

Regular

16

39

Poco

4

10

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 20 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 46% de los encuestados considera que la
cantidad de personal de labora en el Registro de Títulos
para el manejo de los expedientes suficiente, el 39% dice que es
regular, mientras que el 9 asegura que es suficiente. En este
sentido ni la ley 108-05 ni el reglamento interno de la
dependencia especifican la cantidad de empleados que debe tener
el Registro de Títulos en un Distrito Judicial.

Gráfico No.20

Considera que la cantidad del personal
que labora en el Registro de Títulos para el manejo de los
expedientes es

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 20.

Tabla 21

Rendimiento del personal de Registro de
Títulos en cuanto al manejo de expedientes

Opciones

Frecuencia

%

Alto

16

39

Medio

25

61

Bajo

0

0

Ninguno

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 21 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 61% de los encuestados considera que del
personal de Registro de Títulos en cuanto al manejo de
expedientes tiene un rendimiento medio y el 39% considera que es
alto. Por lo que se puede decir que, para los encuestados, el
rendimiento del personal que labora en el Registro de
Títulos es aceptable.

Gráfico No.21

Rendimiento del personal de Registro de
Títulos en cuanto al manejo de expedientes

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 21.

Tabla 22

Consideración acerca de la
cantidad de computadoras que hay en Registro de Títulos
para el manejo de los expedientes

Opciones

Frecuencia

%

Abundante

4

10

Suficiente

25

61

Regular

12

29

Poco

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 22 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 61% de los encuestados considera que la
cantidad de computadoras existentes en el Registro de
Títulos para el manejo de los expedientes es suficiente,
el 29% dice que es regular y el 10% dice que es abundante. La
necesaria modernización de la técnica de los
procedimientos regístrales, requieren de la
aplicación de la informática que es un instrumento
técnico fundamental en la vida moderna. En este sentido se
puede decir que, según la mayoría de encuestados,
las computadoras existentes son suficientes para las actividades
propias del Registro de Títulos de Santiago.

Gráfico No.22

Consideración acerca de la
cantidad de computadoras que hay en Registro de Títulos
para el manejo de los expedientes

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 22.

Tabla 23

Consideración acerca de la
cantidad de Impresoras que hay en Registro de Títulos para
el manejo de los expedientes

Opciones

Frecuencia

%

Abundante

4

10

Suficiente

24

58

Regular

13

32

Poco

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 23 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 58% de los encuestados considera que son
suficientes las Impresoras existentes en el Registro de
Títulos para el manejo de los expedientes, el 32% dice que
la cantidad es regular y el 10% asegura que son abundantes. El
departamento de impresión es un área destinada
única y exclusivamente a imprimir los actos que conforman
el expediente. Dichos expedientes impresos son entregados a la
oficina de la Registradora para la formalidad de plasmar su
firma. Por lo que se puede decir que, según la
opinión de la mayoría de los encuestados, las
impresoras existentes son suficientes las actividades propias en
el manejo de los expedientes.

Gráfico No.23

Consideración acerca de la
cantidad de Impresoras que hay en Registro de Títulos para
el manejo de los expedientes

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 23.

Tabla 24

Vela el Registrador de Títulos
por el fiel cumplimiento de los principios
regístrales

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

34

83

Casi siempre

7

17

A veces

0

0

Nunca

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 24 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 83% de los encuestados afirman que
siempre el Registrador de Títulos da fiel cumplimiento de
los principios regístrales, el 17% dice que casi siempre.
De conformidad con el artículo 17 del Reglamento General
de los Registros de Títulos, los Registradores deben velar
porque los principios regístrales se cumplan
estrictamente. Por lo que se puede decir según la
mayoría de encuestados, que el registrados cumple con lo
establecido en dicho reglamento.

Gráfico No.24

Vela el Registrador de Títulos
por el fiel cumplimiento de los principios
regístrales

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 24.

Tabla 25

Se pronuncia el Registrador de
Títulos en los plazos establecidos por la
ley

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

30

73

Casi siempre

9

22

A veces

2

5

Nunca

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 25 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

Según el 73% de los encuestados el
Registrador siempre se pronuncia en los plazos establecidos, el
22% dice que casi siempre y el 5% asegura que a veces. De
conformidad con el Reglamento General de los Registros de
Títulos, el Registrador de Títulos debe
pronunciarse dentro de un plazo no mayor de 45 días
hábiles, contados a partir de la fecha de recepción
del expediente o solicitud. Este es un plazo máximo, lo
que quiere decir que es extremo, por tanto el interés de
la dinámica registral clama porque en el menor plazo
posible se produzca el pronunciamiento. Por lo que se puede decir
que, según la mayoría de encuestados, el
registrador de títulos en Santiago está cumpliendo
con lo mandado en el Reglamento General de los Registros de
Títulos.

Gráfico No.25

Se pronuncia el Registrador de
Títulos en los plazos establecidos por la
ley

Monografias.com

Fuente: Tabla No.25.

Tabla 26

Realiza la Función Calificadora
de los expedientes el Registrador de
Títulos

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

32

78

Casi siempre

6

15

A veces

3

7

Nunca

0

0

Total

41

100%

Fuente: Pregunta No. 26 del
cuestionario aplicado al personal administrativo de Registro de
Títulos.

El 78% de los encuestados afirman que
siempre el Registrador realiza la función calificadora, el
15% afirman que casi siempre y el 7% dice que solo a veces. De
conformidad con el artículo 17 del Reglamento General de
los Registros de Títulos, los Registradores deben ejercer
con rectitud de conciencia y con el mayor sentido de
responsabilidad la función calificadora, que es la base
fundamental de su actuación ante cada documento o
expediente que le es sometido. Las opiniones de los encuestados
en este sentido son muy variadas, pero se puede decir que en
términos generales el registrador en cierta medida cumple
con la función calificadora.

Gráfico No.26

Realiza la Función Calificadora
de los expedientes el Registrador de
Títulos

Monografias.com

Fuente: Tabla No. 26.

Conclusiones

Después de haber analizado los datos
obtenidos de los encuestados, se concluye lo
siguiente:

Con relación al objetivo
específico no. 1: Identificar los tipos de expediente
que se depositan en el Registro de Títulos de
Santiago
, se concluye lo siguiente:

Según los resultados de la
investigación, el 93% de los empleados del Registro de
Títulos afirman que los expedientes que con mayor
frecuencia se depositan son los de inscripción y
cancelación de hipotecas, seguidos por los expedientes de
Transferencias (según el 41% de abogados encuestados y el
73% de los empleados del Registro de Títulos) y en tercer
lugar, los expedientes relativos a las certificaciones de estatus
jurídico de inmueble.

En base a los resultados anteriormente
planteados se afirma que los tipos de expediente que se depositan
con mayor frecuencia en el Registro de Títulos de Santiago
son: Declaración de Condominios, certificaciones de
estatus jurídico de inmueble, Transferencias en el
Registro de Títulos e Inscripción y
cancelación de hipotecas.

Con relación al objetivo
específico no. 2: Determinar las limitantes que
presentan los expedientes que se depositan en el Registro de
Títulos de Santiago hasta el momento de su
liquidación
, se concluye lo siguiente:

Según los datos arrojados por la
investigación, la mayor limitante que presentan los
expedientes que se depositan en el Registro de Títulos de
Santiago hasta el momento de su liquidación es la
caducidad en los plazos de expedición.

En este sentido, el 64% del personal que
labora en el Registro de Titulo y el 39% de los abogados
encuestados afirman que siempre se ven afectados los expedientes
que se depositan en el Registro de Títulos en cuanto a la
caducidad de los plazos

Según el 74% de los abogados
encuestados afirman que el tiempo que tardan los expedientes para
ser liquidados en Registro de Títulos es de 3 a 9 meses y
el 51% de los empleados encuestados afirman que el tiempo que
tardan los expedientes para ser liquidados en Registro de
Títulos es de 46 a 90 días.

En este apartado es importante recordar que
el plazo establecido por la ley es de 45 días para la
expedición del expediente y 15 días luego de
caducar el plazo. Por lo que se puede decir que, según la
mayoría de los encuestados, no se está cumpliendo
con el plazo establecido.

El 70% de los abogados encuestados afirman
que la caducidad en los plazos de expedición les trae como
consecuencia: pérdida de transacciones inmobiliarias,
pérdida de clientes y estancamientos de casos
jurídicos.

Por otra parte, otras limitaciones que se
presentan, pero a menor escala son: las consignaciones
erróneas y los vicios de expedientes. En este sentido, el
73% del personal y el 60% de los abogados encuestados afirman que
solo a veces se presentan consignaciones erróneas en los
expedientes que deposita en Registro de Títulos. De igual
manera el 78% de los empleados y el 57% de los abogados
encuestados dicen que solo a veces los expedientes que se
depositan en Registro de Títulos presentan vicios de
expedientes.

Por lo que se puede concluir diciendo que
se ha alcanzado el presente objetivo, ya que se ha determinado
las limitantes que presentan los expedientes que se depositan en
el Registro de Títulos de Santiago hasta el momento de su
liquidación, que son: en primer lugar, caducidad en los
plazos de expedición, seguidas de consignaciones
erróneas y los vicios de expedientes.

Con relación al objetivo
específico no. 3: Identificar los errores que se
comenten en los expedientes que se depositan en el Registro de
Títulos de Santiago
, se concluye lo
siguiente:

Según los datos arrojados por la
investigación, los errores que con mayor frecuencia se
comenten en los expedientes que se depositan en el Registro de
Títulos de Santiago, son: los errores de digitación
en el asiento registral y en el título.

En este sentido, el 73% de los empleados
encuestados asegura que a veces se ejecutan devoluciones de
expedientes por causa de Consignación Errónea en el
mismo. El 93% de los empleados y el 60% de los abogados
encuestados, aseguran que los expedientes que han sido
depositados a veces presentan errores en el asiento registral. El
47% de los abogados encuestados aseguran que la falta de personal
es la causa de los errores de digitación que se cometen en
el Registro de Títulos, mientras que el 37% de los
empleados le atribuye dichos errores a la falta de equipos
tecnológicos.

En cuanto a los errores en el
título, el 88% de los empleados y el 60% de los abogados
encuestados consideran que a veces los expedientes depositados
han sufrido este tipo de error.

En este sentido el 63% de los encuestados
considera que los errores técnicos ocasionados por el
Registro de Títulos causan para el abogado: inconformidad
del cliente, pérdida de efectivo y pérdida de
tiempo. El 66% de los empleados encuestados considera que los
errores técnicos ocasionados por el Registro de
Títulos causan para ellos: cúmulo de expedientes,
mayor gasto de material y mayor tiempo de
ejecución.

Con relación al objetivo
específico no. 4: Determinar si el Registro de
Títulos de Santiago cuenta con el personal y los medios
tecnológicos necesarios para el adecuado manejo de los
expedientes
, se concluye lo siguiente:

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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