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Implicaciones del TLC (DR-CAFTA) en el Sector Ganadero de Rep. Dom.(Carnes Bovino 2000-2007)




Enviado por Milciades Comas S.



Partes: 1, 2, 3

    Introducción

    La presente Tesis sobre las Implicaciones del Tratado de
    Libre Comercio (DR-CAFTA) en el Sector Ganadero de Republica
    Dominicana (Carnes Bovino 2000-2007), trata de llevar al plano
    material inquietudes de los distintos sectores económicos
    de la Republica Dominicana, visto esto a través de un
    sector como es el caso que evaluamos y que hemos descrito mas
    arriba.

    En este trabajo de investigación hacemos una
    radiografía que nos ha permitido evaluar a profundidad un
    conjunto de variables que a su vez arrojan luz sobre lo que
    implica  un acuerdo de libre comercio entre centro
    América Estados Unidos y la Republica Dominicana
    (DR-CAFTA), para los productores de ganado bovino tipo carnes, y
    de estas implicaciones deducir o extrapolar lo que
    sucedería con otros sectores de la vida nacional. 
    Cabe señalar que no todos los sectores tienen las mismas
    condiciones pero en sentido general pueden establecerse ciertos
    parámetros.

    Para lograr estos objetivos hacemos una
    evaluación de los niveles productivos de los países
    firmantes del acuerdo, los niveles tecnológicos, el
    consumo y las ventas al resto del mundo, así como las
    compras, para establecer si nuestro país será un
    gran Exportador o importador.  Otro aspecto que tomaremos en
    cuenta es determinar el peso específico que tiene la
    producción de carnes en la producción nacional en
    sentido genérico (PIB), y su relación con la
    balanza comercial, es decir cual es su saldo neto, si nuestras
    exportaciones son mayores que las importaciones o viceversa.
    Después de haber completado todos los paso antes descrito
    tendremos un diagnostico acabado de la situación del
    sistema de crianza y comercio del sector bovino y plantearemos
    nuestro punto de vista sobre el particular.

    En el primer capitulo están contenido los
    aspectos generales, marco teórico y marco
    conceptual.

    En el capitulo segundo se encuentran los antecedentes
    históricos y legales.

    En el tercer capitulo contiene un análisis
    general de la situación de los productores de ganado
    bovino para carne en la Republica Dominicana.

    En el cuarto capitulo se analizan los niveles de
    producción y consumo entre los firmantes del
    (DR-CAFTA).

    En el quinto capitulo evaluamos impacto esperado de la
    puesta en marcha del (DR-CAFTA) en la producción de carne
    bovina en Republica Dominicana.

    Sexto capitulo contiene una descripción de la
    investigación realizada, descripción y
    análisis de los resultados y la metodología
    utilizada.

    La parte final contiene las conclusiones y
    recomendaciones, bibliografías y anexos.

    Formulacion del
    problema

    Ante la puesta en marcha de  un acuerdo comercial
    con Estados Unidos y Centro América (Hondura, El Salvador,
    Nicaragua, Guatemala y Costa Rica) resulta importante
    preguntarnos sobre los efectos de este acuerdo en los diferentes
    sectores de la economía Dominicana. En nuestro caso esta
    pregunta se orientará a un sector específico; es
    decir, sus consecuencias en los productores de ganado tipo
    carnes, y nos preguntamos ¿Cómo incidirá
    el DR-CAFTA en la producción de carnes bovina?
    En
    ciertas medidas, la respuesta a esta pregunta implicará el
    centro del planteamiento de investigación de esta tesis.
    De manera más específica el problema es el
    siguiente:

    • Dado que el DR-CAFTA alimenta la competencia de
      los mercados en los sectores. ¿Cuál es la
      situación competitiva de los productores de ganado
      tipo carnes?

    • ¿En qué medida la situación
      competitiva impactará positiva o negativamente en las
      ventas de las carnes dominicanas en el mercado
      local?

    • ¿En qué medida los productores de
      carnes de la República Dominicana estarían en
      capacidad de aprovechar o desaprovechar la ampliación
      de los mercados que implica el tratado
      DR-CAFTA?

    • ¿Cuál es el potencial de mercado en
      rubro carnes que tendrían los productores dominicanos
      frente al DR-CAFTA?

    Objetivos

    Objetivo general

    Analizar el impacto de la puesta en ejecución del
    DR-CAFTA en la producción de carne bovina de la Republica
    Dominicana

    Objetivos específicos:

    Analizar la situación general de los productores
    de ganado de carne bovino en el país.

    Describir los niveles de producción y consumo
    entre los firmantes del (DR-CAFTA).

    Plantear el impacto de la puesta en marcha del
    (DR-CAFTA) en los productores de carne bovina de la Republica
    Dominicana

    Capítulo
    1. Marco teórico conceptual

    1.1 MARCO TEÓRICO

    La teoría del comercio internacional ha sido
    evaluada por distintos teóricos y analistas, uno de estos
    fue Adam Smith quien evaluó el comercio internacional a
    través de las ventajas absolutas, y mediante este
    análisis planteaba las ventas de los excedentes, es decir
    solo negociar en lo que éramos mas productivos que los
    demás productores o países, ya que de esta forma
    los países obtendrían mayores
    beneficios.

    David Ricardo plantea que no solo en aquellos productos
    en que los países tuvieran ventajas absolutas es que
    debían negociar sino que esto también
    resultaría beneficioso en aquellos productos en las que
    tenían ventajas comparativas es decir, que aunque
    tenían ventajas les resultaba mas beneficioso que otros
    países u otro país lo produjera ya que esto
    redundaría en ventajas para todos, y utiliza para este
    análisis el concepto de costo de oportunidad, es decir que
    en el país donde el costo de oportunidad sea menor
    debía producir para ambos países ya que seria mas
    beneficioso para ambos países involucrados en nuestro
    ejemplo. (Ver economía internacional, teoría y
    política Pág.14, Kruman, Obstfeld, 5ta.
    Edición).

    Según la teoría tradicional del comercio,
    si cada nación se especializa en la producción de
    la mercancía de su ventaja comparativa, la
    producción mundial Será mayor y, mediante el
    intercambio cada nación compartirá la ganancia. Con
    la distribución actual de dotaciones de factores y
    tecnología entre naciones desarrolladas y en desarrollo,
    la teoría de las ventajas comparativas prescribe que las
    naciones en desarrollo deberían continuar
    especializándose en la producción y
    exportación de materia primas, combustibles, minerales y
    alimentos a la naciones desarrolladas a cambio de productos
    manufacturados.

    Aunque esto pueda maximizar el bienestar en el corto
    plazo, las naciones en desarrollo creen que este patrón de
    especialización y comercio las relega a una
    posición subordinada ante las naciones desarrolladas y que
    les impide cosechar los beneficios dinámicos de la
    industria y maximizar su bienestar en el largo plazo los
    beneficios dinámicos que resultan de la producción
    industrial son una fuerza de trabajo mas entrenada, mayores
    innovaciones, precios mas altos y estables de las exportaciones
    de la nación y mayores ingresos para su gente. Con
    naciones en desarrollo que se especializan en mercancías
    básicas y naciones desarrolladas en productos
    manufacturados, todos, o la mayor parte de estos beneficios
    dinámicos de la industria y del comercio se acumulan a las
    naciones desarrolladas, dejando a los países en desarrollo
    pobres subdesarrollados y dependientes. Esta creencia se refuerza
    con la observación de lo que todas las economías
    desarrolladas son principalmente industriales, en tanto que si
    todas las naciones en desarrollo son principalmente
    agrícolas o estas tienen que ver con la extracción
    de minerales.

    Así pues, las naciones en desarrollo atacan la
    teoría tradicional del comercio como estática e
    irrelevante al proceso de desarrollo. Ven a la teoría del
    comercio tradicional comprendida con la necesidad de ajustar las
    condiciones existentes, en tanto que el desarrollo requiere por
    necesidad cambiar las condiciones existentes. En breve, la
    teoría tradicional del comercio puede maximizar el
    bienestar en un punto en el tiempo, más no en forma
    continúa. Como resultado de esto, las naciones en
    desarrollo exigen cambios en el patrón del comercio y una
    reforma del sistema económico actual que considere sus
    necesidades especiales de desarrollo. (Economía
    Internacional, Pág. 330-331, Salvatore, Dominick, Sexta
    Edición, Editora Pearson),

    Hay planteamientos en cuanto a los distintos tipos de
    acuerdos comerciales que nos indican que previo a un acuerdo
    comercial de cualquier índoles debe haber un conjunto de
    medidas para evitar traumas en los diversos sectores
    económicos, esto significa que los productores deben
    adaptar sus empresas a las empresas de su mismo genero para que
    no haya asimetría entre estas y las extranjeras ya que
    perderían competitividad y la tendencia seria a
    desaparecer. Entonces para que los acuerdos comerciales no causen
    traumas o que estos traumas sean menos severos es necesario que
    dichos acuerdos sean planificado de manera voluntaria y no
    involuntaria como el caso que nos compete, es decir tratar de
    adecuarnos a la carrera para poder participar de acuerdos, sin
    planificación no es lo mas recomendable ya que resulta
    traumático para los distintos sectores.

    La estructura de este marco teórico descansa
    básicamente en aspectos importantes a saber:

    • Concepto de libre comercio.

    • La integración
      Económica

    • Etapas de la Integración
      Económica

    • Desvío del comercio

    • Reglas de origen

    • Importancia del sector Ganadero Bovino
      tipo Carne

    1.1.1 Concepto de Libre
    Comercio:

    Es un concepto económico, referente a la venta de
    productos entre países, libre de aranceles y de cualquier
    forma de barreras comerciales. El libre comercio supone la
    eliminación de barreras artificiales (reglamentos
    gubernamentales) al comercio voluntario entre individuos y
    empresas de diferentes países. (Wikipedia).

    1.1.2 La Integración
    Económica:

    La teoría de integración
    económica se refiere a la política comercial de
    reducir o eliminar las barreras comerciales de forma
    discriminatoria solo entre las naciones que se unen. El grado de
    integración económica oscila entre acuerdos
    comerciales preferenciales, zona de libre comercio, uniones
    aduaneras, mercados comunes y uniones económicas.
    (Economía Internacional, Pág. 299, Salvatore,
    Dominick, Sexta Edición, Editora Pearson),

    • Etapas de la Integración
      Económica:

    • Club de comercio preferencial, dos o mas
      países forman un club de comercio preferencial cuando
      reducen sus respectivos aranceles a las importaciones de
      todos los bienes (excepto los servicios del capital) entre
      si, es decir, cuando intercambian pequeñas
      preferencias arancelarias. Los países miembros
      mantienen sus aranceles originales frente al resto del
      mundo.

    • Área o asociación de libre comercio,
      dos mas países forman un área de libre
      comercio, o una asociación de libre comercio, cuando
      eliminan todos los gravámenes de importación (y
      todas las restricciones cuantitativas) a su comercio mutuo en
      todos los bienes (excepto los servicios del capital), pero
      mantienen sus aranceles originales frente al resto del
      mundo.

    • Unión aduanera, dos o mas países
      forman una unión aduanera cuando eliminan todos los
      gravámenes de importación a todos los bienes
      (excepto los servicios de capital) de su comercio mutuo y,
      adicionalmente, adoptan un esquema de arancel externo
      común a todas las importaciones de bienes (excepto los
      servicios del capital) provenientes del resto del mundo. Una
      unión aduanera también es un área de
      libre comercio porque el comercio entre los pises miembros es
      libre. Sin embargo, un área de libre comercio no tiene
      por que ser una unión aduanera porque un área
      de libre comercio no necesariamente tiene un arancel externo
      común. Debido a la adopción de un arancel
      externo común, el fenómeno de la
      desviación de comercio y el problema de control no se
      presentan en una unión aduanera.

    • Mercado común, dos o más países
      forman un mercado común cuando crean una unión
      aduanera y, adicionalmente, permiten el libre movimiento de
      todos los factores de producción entre ellos.
      Así como los países del mundo común
      eliminan todas las restricciones comerciales sobre su
      comercio mutuo y también establecen un arancel externo
      común, como una unión aduanera. Un mercado
      común es también una unión aduanera (un
      área de libre comercio) sin embargo una unión
      aduanera no es necesariamente un mercado común, porque
      este ultimo permite el libre movimiento de todos los factores
      de producción (trabajo y capital) entre los
      países miembros. La comunidad Europea implanto el
      mercado común en 1992. su objetivo es alcanzar el
      grado de unión económica, aunque existen
      múltiples impedimentos para ello.

    • Unión Económica, dos o mas
      países forman una unión económica cuando
      crean un mercado común y, adicionalmente, proceden a
      unificar sus políticas fiscales, monetarias y
      socioeconómicas. Una unión económica es
      la forma mas completa de integración económica.
      (Introducción al comercio internacional, (Cantos,
      Manuel, edición EDIU.edicion de la Universitat Oberta
      de Catalunya,1998)

    • Desvío del
      comercio:

    Ocurre cuando las importaciones más baratas
    ajenas a la unión aduanera se reemplazan por importaciones
    más caras de un miembro de la unión. Esto ocurre a
    causa del tratamiento comercial preferencial otorgado a las
    naciones miembros. El desvío del comercio por si mismo
    reduce el bienestar porque desplaza la producción de los
    productores más eficientes fuera de la unión
    aduanera hacia productores que lo son menos dentro de esta. Axial
    pues el desvío del comercio empeora la asignación
    internacional de recursos y aleja la producción de la
    ventajas comparativa. (Economía Internacional, Pág.
    302, Salvatore, Dominick, Sexta Edición, Editora
    Pearson).

    • Reglas de origen:

    Las reglas de origen son normativas
    técnicas del comercio internacional que se aplican con la
    finalidad de distinguir cuando una mercancía
    es:

    • Originaria de un país (reglas de
      origen propiamente dicha) o bien;

    • Producida en un territorio determinado
      (reglas de mercado de origen).

    • Importancia del sector Ganadero
      Bovino tipo Carne,

    La producción pecuaria represento en el 2004 el
    41.0% de la producción agropecuaria nacional de ese ano,
    siendo el valor de la producción de carne de Res el 35.1%
    del valor de la producción pecuaria y el 14.4% de la
    producción agropecuaria total la carne de Res, en
    términos del valor de la producción pecuaria, fue
    la actividad económica mas importante del país.
    (Estudio de la cadena agroalimentaria de la carne de Res en la
    Republica Dominicana, Octubre 2005, IICA).

    1.2 MARCO CONCEPTUAL

    GANADERO: Es el productor que vende en la finca a
    los corredores, acopiadores de animales terminados o por terminar
    y, también a los matadores.

    GANADERÍA, cría de animales que
    tiene como objeto obtener un aprovechamiento de los
    mismos.

    MATADEROS: Estos centros se dedican al sacrificio
    de animales para obtener la carne, la cual es recibida
    principalmente de los corredores y en menor proporción de
    ganaderos y acopiadores.

    MAYORISTA: son intermediarios por excelencia
    entre los mataderos y a carnicerías, que adquieren la
    carne en bandas y partes reducidas en los mataderos para venderla
    en cantidades reducidas a las carnicerías.

    PASTOREO: El pastoreo es la forma más
    eficiente de aprovechar los recursos en las zonas áridas y
    marginales.

    PASTORIL: Se refiera a aquel sistema de crianza
    en el cual el ganado se encuentra confinado una extensión
    limitada de terreno, en donde se le dan nutrientes
    intensivamente.

    PASTOS NATURALES, los cuales son mayormente de la
    especie Trachypogon. Usualmente los animales no reciben
    ningún tipo de suplementación energética o
    proteica (heno o ensilaje).

    AGRO-PASTORIL: Es un sistema de producción
    donde tanto la familia como el ganado son sedentarios.

    GANADERÍA EXTENSIVA E INTENSIVA: La
    ganadería extensiva consiste en la cría y
    mantenimiento de los animales en extensiones más o menos
    amplias por las que los animales vagan con cierta libertad
    buscando su propio alimento o siendo suplementados con aportes
    extraordinarios.

    GANADERÍA DE DOBLE PROPÓSITO: Se
    refiere a aquella ganadería cuyo destino es producir tanto
    leche como carne.

    FINCAS DE DOBLE PROPÓSITO: Es aquella
    explotación en la que se desarrollan mas de una actividad
    económica, es decir aunque se produce ganado ya sea tipo
    carne o tipo leche además puede existir la
    explotación de madera o turística.

    FORRAJE: Conjunto de plantas herbáceas o
    de vegetales que sirven para alimentar a los animales
    domésticos.

    MOVILIDAD GANADERA: Se puede dividir en "macro
    movilidad" que se refiere a grandes movimientos (tales como
    trashumancia entre las pasturas de estación seca y las de
    la estación húmeda) y en "micro movilidad" que se
    refiere a los movimientos diarios o frecuentes entre micro-nichos
    dentro de la misma pastura.

    BAGRICOLA: Banco Agrícola de la
    República Dominicana.

    BANCENTRAL: Banco Central de la República
    Dominicana.

    CAFTARD: Tratado de Libre Comercio de
    Centroamérica y República

    Dominicana.

    CARICOM: Caribbean Community (Comunidad del
    Caribe).

    CEIRD: Centro de Exportación e
    Inversión de la República Dominicana.

    CEPAL: Comisión Económica para
    América Latina y el Caribe.

    CORECA: Consejo Regional de Cooperación
    Agrícola.

    DIGEGA: Dirección General de
    Ganadería.

    FAO: Organización de las Naciones Unidas
    para la Agricultura y la

    Alimentación.

    HA: Hectárea.

    IDIAF: Instituto Dominicano de Investigaciones
    Agrícolas y Forestales.

    IICA: Instituto Interamericano de
    Cooperación para la Agricultura.

    JAD: Junta Agroempresarial Dominicana.

    KG: Kilogramo.

    ND: No disponible.

    OECD: Organization for Economic Cooperation and
    Development.

    OMC: Organización Mundial del
    Comercio.

    SEA: Secretaría de Estado de
    Agricultura.

    SEIC: Secretaría de Estado de
    Industria y Comercio.

    SEMARENA: Secretaría de Estado de Medio
    Ambiente y Recursos Naturales.

    UE: Unión Europea.

    CETERIS PARIBUS. Significa que un
    conjunto de elementos que inciden en el fenómeno estudiado
    permanecen constantes.

    ICC. Iniciativa para la Cuenta del
    Caribe

    PIB. Producto Interno
    Bruto.

    TM: Toneladas
    Métricas.

    Kg. Kilogramos.

    QQs. Quintales.

    Capítulo
    2. Antecedentes históricos y legales

    2.1 ANTECEDENTES
    HISTÓRICOS:

    A través de los años el sector
    agropecuario dominicano ha venido atravesando por situaciones muy
    difíciles, todas estas derivadas de diferentes causas
    tales como: Micro/Estructurales cuando se trata de la
    conformación propia del sector, de la naturaleza y/o
    conformidad del mismo, y política cuando se deriva de la
    situación política prevaleciente, determinado
    gobierno le da poca o ninguna importancia a este sector y de
    ahí la situación reinante donde se puede notar la
    forma semi-feudal de explotación de las diferentes fincas,
    todo esto derivado mas que de las situaciones estructurales de
    las situaciones políticas que a lo largo del tiempo van
    creando una estructura determinada en nuestro sector agropecuario
    tan importante y tan marginado. Además de esta causa
    mencionada anteriormente también es importante mencionar
    el costo que conlleva este sector, referente a la
    importación de insumo, lo cual representa dificultades
    para los productores. Otro caso es la alta tasa de interés
    de nuestros bancos locales, ya que se traduce en desventajas para
    el sector ganadero.

    La carne de Res es uno de los productos agropecuario de
    consumo básico, componente básico de la canasta de
    alimento del pueblo. El consumo interno se ha incrementado por la
    demanda de la población y la actividad turística.
    En el ano 2002 su contribución al valor agregado
    agropecuario total fue de 8.9% y de 24.2% al valor agregado
    pecuario.

    El ultimo censo de productores agropecuario realizado en
    la Republica dominicana en 1998 revela una población de
    1.9 millones de cabezas de ganado bovino, distribuidas en la
    diferente regiones del país, de las cuales 491,800 cabezas
    corresponden a ganado de carne.

    La producción de carne de res en el ano 2003 fue
    de 1.7 millones de quintales (75.3 TM). Esta producción a
    variado en el periodo estudiado 1990-2003 entre aproximado 1.8 y
    2.1 millones de quintales al ano. La producción
    creció entre los ultimo 5 anos (1998-2003) en una tasa
    acumulativa promedio de 4.3%. el consumo a oscilado en estos anos
    entre 1.6 y 2.1 millones de quintales, consumo que desde 1995 a
    la fecha ha sido satisfecho en un 98% por la producción
    nacional; supliendo el restante 2% del consumo con importaciones,
    las cuales subieron y bajaron en el periodo, de acuerdo al
    comportamiento de la producción y demanda
    nacional.

    El financiamiento a la ganadería bovina ha sido
    insuficiente en el periodo, según evidencian los datos de
    los préstamos otorgado por la principal institución
    estatal de financiamiento (Bagricola). En el caso especifico de
    la ganadería de carne decreció a una tasa
    acumulativa promedio anual de 1.8%. No obstante este
    renglón entre el 44% y 58% de los prestamos destinados a
    bovinos.

    La tasa de interés nominal de los
    préstamos agropecuarios del principal banco estatal
    (Bagricola) es de 18%, una de la más alta comparada con
    los países de centro América con desarrollo similar
    a la Republica Dominicana. (Estudio sobre el mercado de la carne
    de Res en la Republica Dominicana, Moreta, José, A,
    IICA).

    La Republica Dominicana y su ganadería parecen
    tener grandes ventajas comparativas dado que es el segundo
    país en tamaño y población ganadera en el
    caribe, solo por debajo de Cuba, y cuarto en relación con
    los países de Centro América. Es por esta
    razón que el país tiene gran potencialidad y
    perspectiva para desarrollar aun mas la ganadería y la
    industria de cárnico para abastecer el mercado Dominicano
    y el Haitiano, el creciente Turismo de mas de 2.5 millones de
    turistas no residentes y el potencial mercado caribeño y
    centro americano con altos ingresos por habitantes y escasos
    recursos naturales, esto es en lo que concierne al mercado
    caribeño. (Pág. 20, IICA, Cadena Agroalimentaria de
    la Carne de Res en la Republica Dominicana).

    Según los datos estadísticos de la
    dirección general de ganadería de los años
    (1994-2003) la población bovina ha promediado en 2.0
    millones de cabezas, variando entre los extremo de 2.5 millones
    de cabezas en 1998 y 1.9 millones de cabezas en 1999.

    La carne es un elemento importante en la
    alimentación del hombre y, en el contexto dietético
    mundial su nivel de consumo es considerado como un indicador del
    nivel de vida de la población. Para el año 2004 la
    (OECD) (ORGANIZATION FOR ECONOMIC COOPERATION AND DEVELOPMENT)
    estimo que el consumo total de carne (vacuna, aviar, porcina y
    ovina) en el mundo seria de 96 millones de toneladas, doce
    millones mas que el promedio registrado en el periodo 1993/97 y
    el consumo per cápita pasara de 61.9 kg/hab./año a
    66.8kg./hab./año, con cambios relativos entre las
    distintas carnes.

    2.2 ASPECTOS GENERALES DEL
    (DR-CAFTA)

    El DR-CAFTA (Dominican Republic-Central America Free
    Trade Agreement, en inglés), o TLC (Tratado de Libre
    Comercio entre República Dominicana, Centroamérica
    y Estados Unidos de América, en castellano), es un tratado
    que busca la creación de una zona de libre comercio entre
    los países firmantes. Hace permanente los beneficios para
    el 80% de productos centroamericanos que brinda la Iniciativa de
    la Cuenca del Caribe (ICC), abarcando un volumen comercial de
    treinta mil millones de dólares.

    La negociación, firma y ratificación del
    tratado se realizó en condiciones diferenciadas,
    amoldándose a las características y contexto
    político y social de cada Estado parte; el proceso se
    inició en 2003 para todos los países a
    excepción de República Dominicana,
    concretándose la adopción del texto para todos los
    países involucrados, en 2004 y entrando en vigor en
    distintas fechas para cada país, y para nuestro
    país a partir de 2006. Por otro lado, considerando que la
    rama fundamental del tratado consiste en las disposiciones
    concernientes al trato comercial, es relevante abordar elementos
    como el arancelario, movimiento aduanero, origen de los productos
    y las reglas internas para el tráfico de
    mercancías. Como complemento, el CAFTA se ocupa de
    legislar los aspectos relativos a producción
    higiénica y protección al medio ambiente, respeto a
    los derechos de propiedad intelectual e inversión
    pública y privada, así como toda la
    legislación laboral en los Estados de la zona CAFTA.
    También especifica los mecanismos para dirimir
    controversias y para el establecimiento de normativas de mutuo
    acuerdo.

    2.2.1 Objetivos

    El CAFTA tiene como objetivos fundamentales estimular la
    expansión y diversificación del comercio en la
    región, eliminar los obstáculos al comercio y
    facilitar la circulación transfronteriza de
    mercancías y servicios, promover condiciones de
    competencia leal en la zona de Libre Comercio, aumentar
    sustancialmente las oportunidades de inversión y hacer
    valer los derechos de propiedad intelectual. Dado que se trata de
    objetivos planteados de manera oficial, debe tenerse en cuenta
    que el cumplimiento está sujeto a diversos factores como
    la voluntad política de los gobiernos, las condiciones
    económicas de los países y las coyunturas de
    aplicación de las normas dispuestas por el
    tratado.

    El tratado no entra en contravención con acuerdos
    regionales previos, por lo que el proceso de integración
    centroamericano no se ve afectado. Sin embargo, cualquier medida
    que como región se adopte deberá estar sujeta a las
    disposiciones del TLC, lo cual sitúa al tratado por encima
    de las nuevas disposiciones regionales en materia de
    integración.

    2.2.2 Negociación y firma

    Se negoció sobre la base de principios
    fundamentales previamente acordados por las partes. Aparte de las
    normas de respeto, existieron tres principales elementos a
    considerar; todo acuerdo tomado en consecuencia del CAFTA,
    debía ser plenamente respetuoso de las constituciones de
    cada país, buscando la congruencia del ordenamiento
    jurídico nacional con el tratado; se consideró a
    los países centroamericanos negociantes, como una sola
    parte negociadora, pretendiendo que negociasen de manera
    conjunta; además, se acordó que únicamente
    podría ser puesto en marcha el CAFTA si las negociaciones
    habían concluido, por lo que los acuerdos intermedios no
    tendrían validez alguna.

    Las negociaciones comenzaron en enero de 2003 y se
    logró acuerdo con El Salvador, Guatemala, Honduras y
    Nicaragua el 17 de diciembre de 2003, y con Costa Rica el 25 de
    enero de 2004. Ese mismo mes, comenzaron negociaciones con
    República Dominicana. El 28 de mayo de 2004, los Ministros
    de Comercio estadounidense (Robert Zoellick) y costarricense
    (Alberto Trejos), los Ministros de economía
    salvadoreño (Miguel Ángel Lacayo) y guatemalteco
    (Marcio Cuevas), el Ministro de Industria y Comercio
    hondureño (Norman García) y el Ministro de
    Desarrollo, Industria y Comercio nicaragüense (Mario Arana)
    firmaron el documento en el edificio de la Organización de
    Estados Americanos.

    Una segunda ceremonia de adopción del texto con
    la Secretaria de Estado de Industria y Comercio de la
    República Dominicana, Sonia Guzmán, tuvo lugar el 5
    de agosto de 2004. Por otro lado, pese a que Panamá es un
    país centroamericano, no negoció junto al resto de
    la región el tratado, haciéndolo de manera
    exclusiva con Estados Unidos, por lo cual no se incluye en la
    zona CAFTA.

    Contenido del tratado El tratado se está
    compuesto por veintidós capítulos, divididos cada
    uno en artículos. La estructura del mismo, permite que se
    traten por separado las distintas temáticas referentes al
    libre comercio, regulando de manera especializada cada
    rubro.

    2.2.3 Disposiciones relativas a
    comercio

    El comercio es el eje fundamental que cimienta la
    integración económica; para el caso del CAFTA, el
    tratado versa ampliamente sobre los aspectos relativos al
    tratamiento comercial en todas las áreas involucradas. La
    reglamentación adoptada por los países se
    fundamenta en unificar los criterios de cada Estado, llevando a
    convención los procedimientos y normas a los que se
    someten los exportadores e importadores con los diferentes
    productos. El espíritu del tratado radica sobre la
    igualdad de trato a los bienes y servicios originarios de la zona
    CAFTA, dejando de lado el proteccionismo estatal sobre sectores
    de la economía.

    2.2.4 Tratamiento
    arancelario

    El acceso a las mercancías se basa en un proceso
    de desgravación arancelaria, es decir, que los productos
    entren exentos de impuestos por exportación. Dado que los
    países centroamericanos carecen de condiciones adecuadas
    para competir con los productores Estadounidenses, el tratado
    dispone un periodo de gracia, el cual consiste en desgravar los
    aranceles escalonadamente para algunos productos. Dado que la
    lista de productos en dicha situación es extensa, cabe
    resumir la explicación en dos consideraciones: cada
    producto está regido por condiciones ad hoc, es decir, no
    existe un tratamiento homogéneo ni siquiera entre los
    países firmantes; es así que el azúcar
    Salvadoreño se tratará distinto al azúcar
    Hondureño, por ejemplo. Además, existe una segunda
    consideración al respecto, la cual es llamada Salvaguarda
    Agrícola Especial (SAE), la cual puede ser aplicada
    únicamente por los países Centroamericanos excepto
    en los productos lácteos y el maní; consiste en la
    capacidad de gravar con aranceles adicionales a los productos
    importados que, antes del año 2014, superen la capacidad
    productiva de los nacionales.

    2.2.5 Reglas de origen

    Las reglas de origen consisten en determinar el
    país al que se le atribuirá la fabricación
    de un producto, con el objetivo de verificar si es o no sujeto de
    aplicación de desgravación arancelaria en el marco
    del tratado. Un producto es considerado como originario de la
    región cuando se trate de mercancías obtenidas en
    su totalidad o producidas enteramente en el territorio de una o
    más de las partes, cuando haya sido producida a partir de
    insumos o materiales originarios y producción de la
    mercancía a partir de insumos o materiales no originarios,
    siempre que se demuestre que el producto contiene al menos el 45%
    de materia originaria. Hay que considerar que existen excepciones
    a la regla, permitiendo las importaciones de algunos productos
    como calzado, lápices y hierro sin que cumplan con la
    regla de origen. Todos los productos sometidos a este
    régimen gozan de la eliminación de aranceles, tal
    como se dispone en el tratado.

    2.2.6 Administración
    aduanera

    El tratado dispone que los Estados firmantes
    están obligados a publicar sus normas aduaneras por medios
    legales y por Internet, haciendo disponibles oficinas de
    asesoría al respecto. Se dispone que los Estados
    están obligados a garantizar la transparencia en las
    oficinas aduaneras, no poniendo obstáculo técnico
    alguno para el libre paso de mercancías. El tratado exige
    que los procedimientos aduaneros sean simples y rápidos,
    retirando la capacidad al Estado de realizar inspecciones masivas
    a las mercancías. Se dispone que toda la
    información acerca de las mercancías registradas en
    las aduanas goza de carácter confidencial, lo cual
    restringe herramientas de investigación criminal y
    comercial. En el caso de existir violaciones a las leyes
    nacionales, el tratado deja libertad a los Estados para actuar
    administrativa o penalmente contra los transgresores de la ley.

    2.2.7 Obstáculos técnicos
    al comercio

    Con el CAFTA, los Estados pierden en alguna medida el
    derecho de establecer normas que restrinjan el paso de
    mercancías por sus fronteras, no pudiendo establecer
    impuestos o reglas que dejen réditos fiscales o ventajas
    competitivas para los productores nacionales. En tal sentido, el
    CAFTA obliga a los Estados a facilitar al máximo los
    canales de comercio.

    Los Estados parte deben nombrar un grupo de
    verificadores, los cuales velarán permanentemente para que
    las reglas de no obstaculización del comercio se cumplan.
    Si bien es cierto las resoluciones al respecto no son
    vinculantes, los Estados se comprometen a mantener bajo consenso
    las medidas que se adopten. La creación de normas
    estatales no se limita a entidades o personas nacionales, puesto
    que el tratado exige a los Estados a consensuar con todos los
    interesados.

    2.2.8 Medidas sanitarias y
    fitosanitarias

    El tratado requiere de garantías de los
    productores sobre la calidad sanitaria de los productos. Son
    verificables los procesos de producción y los productos
    mismos. Para el caso, los conflictos acerca de este tema se
    dirimirán en un comité de resolución de
    conflictos especial, conformado por representantes de todas las
    partes, integrándose a más tardar treinta
    días después de la entrada en vigencia en cada
    país. El comité extiende sus funciones a la
    verificación de medidas, asesoría y
    capacitación, recomendación, mediación y
    resolución de conflictos. Cada país tiene la
    libertad de nombrar a sus representantes, los cuales no tienen
    mayores requisitos que cumplir con los requerimientos
    nacionales.

    2.2.9 Inversiones

    El capítulo acerca de inversiones trata sobre el
    trato que cada Estado parte le dará a los inversionistas
    del resto de firmantes del tratado. Al respecto, el eje central
    es el trato igualitario a todos los inversionistas. El tratado
    establece claramente en su capítulo 10 que los Estados
    están obligados a dar condiciones tan favorables a los
    extranjeros y a sus nacionales. En tal sentido, puede afirmarse
    que el espíritu del tratado es mantener las condiciones
    homogéneas de competencia. Por otro lado, exige a los
    Estados dar a todos los inversores condiciones mínimas
    conforme al Derecho Internacional, brindando garantías de
    propiedad y respaldo para su inversión. Si bien es cierto
    el tratado no detalla las condicione mínimas, especifica
    que serán los términos consuetudinarios los que
    condicionen el comportamiento de los Estados.

    En caso de haber una disputa, el inversor extranjero
    tendrá exactamente los mismos derechos que el nacional,
    privando de cualquier preferencia, prebenda, protección u
    opción de asesoría legal por parte del Estado sobre
    sus nacionales de manera exclusiva. No existirá
    expropiación sobre bienes muebles o inmuebles a inversores
    extranjeros, salvo por los casos previstos en el tratado, siempre
    y cuando se de igual trato que a los nacionales; en cualquier
    caso, la indemnización debe ser expresa y sin
    protestas.

    Un punto relevante del tratado establece que, de ninguna
    manera, los inversores están obligados a contratar
    nacionales del país de destino; en tal sentido, el tratado
    de ninguna manera garantiza que el incremento de la
    inversión será un aliciente para el crecimiento del
    empleo nacional. Las diferencias entre Estado e inversores se
    dirimirán fundamentalmente por medio del arbitraje,
    dejando la vía judicial como última opción.

    2.2.10 Contratación
    pública

    En materia de contratación pública, es
    decir, de los servicios que los inversores nacionales o
    extranjeros brinden al Estado, el CAFTA establece que se
    garantiza a los empresarios extranjeros un trato al menos
    igualmente favorable al brindado a los nacionales. En tal
    sentido, una empresa nacional no tiene ninguna ventaja en una
    licitación pública, viéndose obligada a
    competir bajo las mismas reglas con sus homólogas no
    naturales del Estado contratante.

    En esta materia, los Estados están obligados a
    publicar de manera abierta las convocatorias de
    licitación, haciendo conocer las reglas previo al inicio
    del concurso. Queda prohibida cualquier condición
    técnica que tenga como propósito dar ventajas a los
    empresarios nacionales, tales como la cantidad de empleados
    nacionales.

    El tratado establece los procedimientos para las
    contrataciones públicas, aboliendo todas las disposiciones
    nacionales al respecto; los procedimientos son homogéneos
    en la región, por lo que cualquier empresa conocerá
    las normas incluso si invierte fuera de las fronteras de su
    Estado de origen.

    El tratado garantiza la confidencialidad de la
    información de las empresas y exige transparencia en los
    procesos burocráticos, dando la facultad al Estado para
    suspender la capacidad de participación en licitaciones, a
    aquellas empresas sorprendidas en actos ilegales.

    • ASPECTOS LEGALES
      (DR-CAFTA)

    En lo que se refiere al acuerdo entre Centro
    América Estados Unidos y Republica Dominicana y en lo que
    concierne al sector agropecuario el país se acogió
    al reglamento de salvaguardia (ver articulo 3.15 anexo 3.15 del
    DR-CAFTA) y mediante este mecanismo se protegió la carne
    de res por un periodo de 15 y para llevar a cabo esta
    protección se nombro la secretaria de agricultura como
    encargada de facilitar los permisos para la importación de
    esta. La Republica Dominicana estableció la siguiente
    desgravación del arancel en un periodo de 15 años
    para los cortes finos y 10 para los trozos irregulares (trimmin),
    se establecieron cuota de 1.100 T.M. el primer ano, con un
    incremento de 100 T.M. por ano para los cortes fino, y 220 TM el
    primer ano con un incremento de 20 T.M. para los trozos
    irregulares (trimmin), aplicación de un arancel fuera de
    cuota de 40%.

    Estados Unidos Estableció: desgravación
    del arancel en 15 anos, cuota de 1,320 T.M. para las
    exportaciones de todo el capitulo de carne de res desde la
    Republica Dominicana en el primer ano de entrada en vigencia del
    acuerdo, con un crecimiento de 120 T.M. por ano, hasta el final
    del periodo; un arancel fuera de cuota de un 26%.

    Partes: 1, 2, 3

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