Monografias.com > Derecho
Descargar Imprimir Comentar Ver trabajos relacionados

Ley de propiedad intelectual (65-00) (Presentación PowerPoint)



    Monografias.com
    Art. 19. Ley No. 65.00 del 21 Agosto del 2000, dispone que los
    autores de obras científicas, literarias o
    artísticas, tienen la libre disposición de sus
    obras a título gratuito u oneroso y en especial, el
    derecho exclusivo de autorizar o prohibir su reproducción
    en cualquier forma o procedimiento. Art. 20: Se determina como
    ilícita la reproducción parcial o total de una obra
    sin el consentimiento del autor. Art. 37: Permite y consagra como
    lícita la reproducción por una vez y un solo
    ejemplar de una obra literaria o científica para fines
    personales. Sin fin de lucro.

    Monografias.com
    Ley 2-07: Que modifica el Art. 89 de la Ley No. 65-00 sobre
    Derecho de Autor. Art. Único: Se modifica el Art. 4 de la
    Ley número 493-06, que modifica el Art. 189 de la Ley No.
    65-00 sobre Derecho de Autor para que en lo adelante se lea. Art.
    89: Cualquier persona que sin autoridad, y a sabiendas o con
    respecto a los recursos civiles, teniendo motivos razonables para
    saber, que podría inducir, permitir, facilitar o encubrir
    una infracción de derecho de autor o derecho conexo.

    Monografias.com
    Suprima o alerte cualquier información sobre
    gestión de derecho. Distribuya o importe para su
    distribución información sobre gestión de
    derechos, sabiendo que esa información ha sido suprimida o
    alterada sin autoridad o, Distribuya importe para su
    distribución transmita, comunique o ponga a
    disposición del público copia de una obra,
    interpretación o ejecución o fonograma, sabiendo
    que la información sobre gestión de derecho ha sido
    suprimida o alterada sin autoridad. “Será
    responsable y estará sujeta a los recursos establecidos en
    el Cap. IV”

    Monografias.com
    Art. 4 (65-00): Se tendrá como autor de una obra, la
    persona cuyo nombres, pseudónimo, iniciales o cualquier
    marca que sean notoriamente conocidos como equivalentes al mismo
    nombre, aparezcan en dicha obra o en sus reproducciones. Art. 5:
    Únicamente la persona natural puede ser autor. DERECHO
    MORAL: Constituye la parte efectiva que une al creador con su
    obra. El derecho moral es absoluto, inalienable, irrenunciable,
    inembargable, inexpropiable.

    Monografias.com
    El título III, Cap. I, de la Ley 65-00: Sobre Derecho de
    Autor, consagra como derechos morales el de paternidad,
    integridad, conservar la obra inédita; y el de
    arrepentimiento, además, de derecho acceso, a modificar la
    obra divulgada. Paternidad: Art. 11: Reglamento 362-01: El autor
    tiene el derecho de oponerse a cualquier deformación,
    mutilación u otras modificaciones u atentado que cause
    perjuicio a su honor o reputación. Derecho a conservar su
    obra inédita. El autor tiene derecho a no dar a conocer su
    obra.

    Monografias.com
    DERECHO PATRIMONIAL: Es la prerrogativa que tiene el autor de
    recibir un beneficio de carácter pecuniario por la
    explotación de su obra. La R.D. es signataria de varios
    tratados internacionales relativos al derecho de autor, como el
    acuerdo de Marrakech del 20-01-95, el cual instituye la
    Organización Mundial del Comercio (OMC). El más
    importante de todos los tratados internacionales en materia de
    Derecho de Autor, es el Convenio de Berna, para la
    protección de obras Literarias y Artística del
    9/Sep./1886, el cual, ha sido modificado en múltiples
    ocasiones.

    Monografias.com
    La última fue de Paris el 24/07/1971. Ese convenio fue
    inspirado por un movimiento de escritores, encabezados por el
    gran autor Víctor Hugo. La Organización Mundial de
    la Propiedad Intelectual (OMPI), ha concertado dos tratados
    internacionales que constituyen un gran paso de avance en el
    ámbito de los derechos intelectuales, ya que, son muy
    modernos e incorporan tecnología de punta en ésta
    materia; se trata de: Tratado de la Organización Mundial
    de la Propiedad Intelectual sobre Derecho de Autor. (WCT. Por sus
    siglas en inglés). 2) Tratado de la Organización
    Mundial de la Propiedad Intelectual sobre Interpretación o
    ejecución de fonogramas. (WPPT).

    Monografias.com
    LEYES SOBRE DERECHO DE AUTOR 32-86 DEL 4 DE JULIO 1986 El gran
    Maestro de Maestros del Derecho de autor en América
    Latina; el venezolano Ricardo Antequera Parilli, fue el redactor
    del proyecto de Ley que fue la 65-00 del 21 de Agosto 2000.
    Parilli, fue también el redactor del proyecto que luego
    fue convertido en reglamento para la aplicación de la Ley
    de Derecho de autor número 362-01 del 14 de marzo del
    año 2001, el cual, consta de 125 artículos. Este
    reglamento otorga amplios poderes a la Oficina Nacional de
    Derecho del Autor para actuar en ésta materia.

    Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior.

    Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información.

    Categorias
    Newsletter