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Modelo de sistema emergencia médica en salud y desastres




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Partes: 1, 2, 3

  1. Introducción
  2. Antecedentes
  3. Justificación
  4. Marco
    conceptual y legal
  5. Metodología
  6. Sistema de emergencia a través de
    ambulancias y personal especializado
  7. Sistema de emergencia médica y la
    región "SISMEDICAZ"
  8. La
    importancia de un cuidadoso traslado de pacientes poli
    traumatizados
  9. Servicios de emergencia SDS
  10. Portafolio de Servicios
  11. Fuente

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Introducción

¿Qué es?

La Línea 123 es un sistema que permite la
unificación en un solo número de todos los
números de seguridad y emergencias del municipio de
___________________, e integra en una única plataforma
Tecnológica la recepción de las llamadas y el
despacho de los recursos por parte de las agencias de manera
coordinada.

En lo referente al Objeto.

El Sistema Único de Seguridad y Emergencias
SDS 123, tiene como objetivo garantizar una respuesta
eficiente y rápida de las entidades que se encuentran
incluidas en el sistema para la prevención,
atención y despacho de recursos para una adecuada
respuesta en situaciones de urgencias, emergencias y desastres,
además de eventos que involucren situaciones alrededor del
tema de seguridad que se sucedan en el municipio. Fundamentado en
el acuerdo No. XXX del año, Art. XXX.

Antecedentes

El concepto de un número universal de emergencias
es originario de Europa, Gran Bretaña, con los bomberos,
fue el primer país en establecerlo Desde 1937 cualquier
persona en el Reino Unido tiene la posibilidad de marcar el 999 y
solicitar el servicio más adecuado para su necesidad, se
trate de Policía, Bomberos o servicios
médicos.

Muchos países han establecido también sus
respectivos números de emergencia (Bélgica 900,
Dinamarca 000, Suecia 80000, Japón 119).

El caso para el 911. Tiene su origen en una
reunión de lo Asociación de Jefes de Bomberos de
Estados Unidos, en 1957, cuando se acordó el
establecimiento de un número único para informar
incendios. El 911 es el número de tres dígitos
escogido en Estados Unidos para la comunicación de
cualquier incidente en que peligre la vida de una persona o
implique un grave riesgo.

El objetivo de este número, de acuerdo con la
legislación estadounidense, es proporcionar acceso
rápido de la respuesta de los servicios de
protección (PRSP), el cual se responsabiliza de tomar la
acción adecuada.

Lo mismo sucede con el 112. Es tal la importancia
y necesidad del establecimiento de líneas únicas de
emergencia que desde las primeras reuniones realizadas en la
ciudad de Mastrich (Holanda) para la conformación de la
Comunidad Europea se consideró sin ser tema de
discusión o de controversia la generación de un
Numero Único para todo los participantes, finalmente se
tomó la decisión de 91/396/CEE del Consejo de las
Comunidades Europeas de 29 de julio de 1991, para su
creación.

En ese orden de ideas podemos decir que el estado
Colombiano
en concordancia con las políticas
internacionales y para su aplicación en el ámbito
nacional, expidió la Resolución No 087 de 1997 de
la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones,
que estableció como número único de
emergencias en el territorio nacional el 123.

Hagamos entonces un repaso histórico de los
antecedentes del distrito capital.

Inicialmente el Fondo de Vigilancia y Seguridad en el
año 2000 propone:

  • a.  la creación del Centro de
    Atención y Despacho de Incidentes, posteriormente se
    contempla:

  • b. la creación del Sistema Integrado de
    Atención de Llamadas de Despacho de emergencias en el
    año 2002, en este mismo año:

  • c. se expide el decreto 053 de febrero 15 de
    2002 por el cual crea el Comité para la
    implementación del Número Único de
    Emergencias y Seguridad del Distrito Capital.

  • d. Subsiguientemente en el año 2003 se
    establece el Sistema Integrado Distrital de Atención
    de Emergencias y Seguridad con el objeto de realizar el
    estudio para el dimensionamiento, especificaciones y
    presupuesto del Sistema Integral Computarizado Número
    Único para la Atención de llamadas de
    Emergencia, despacho y vigilancia para el
    distrito.

Justificación

Es por esto, que para el municipio de
___________________ ________________ se presenta el proyecto de
acuerdo No —- de 2011. "Por el cual se regula la
administración del sistema integral del número
único 123 para la atención de llamadas de
emergencia, despacho y vigilancia para el Municipio de
___________________ y se dictan normas para su
financiación".

Hoy en el Municipio, la comunidad no realiza 000000
intentos de llamadas diarias a las agencias de emergencias y
seguridad.

Pues sinceramente por que no existe tal servicio, lo que
es considerable como el agravante de Muertes, por falta de un
servicio que no incremente la mortalidad por falta de
prevención sino que sea eficiente en el servicio de salud
del municipio, en atención de desastres entre otros. Es
por tanto este, un servicio que requiere toda la
población___________, por tanto le compete a la Secretaria
De Salud y a la Secretaria de Gobierno, imponer a través
políticas públicas claras en salud y seguridad
respectivamente, como lo estable la normatividad Colombiana. Se
requiere por lo tanto coordinación y gestión de la
operación.

Entendiendo el siguiente interrogante, ¿Para
qué sirve el 123?.

Hacemos una explicación somera del
sistema.

Por tal razón podemos decir con justificados
argumentos que el sistema SDS ___________________
________________, permite:

  • Aumentar la capacidad para la
    recepción de llamada

  • Disminuir los tiempos de
    atención

  • Optimizar recursos

  • Estructurar estadística para la
    toma de decisiones

  • Organizar competencias

  • Aumentar la seguridad ciudadana en el
    Municipio de ___________________.

  • Disminuir la mortalidad por
    inasistencia pre hospitalaria.

1. Disminuir los tiempos de
atención

Tiempo máximo en la
línea para responder la llamada: 7 segundos

• Tiempos promedio por llamada 30
segundos en recepción

2. Optimizar Recursos

  • Con el 123 se optimiza la atención a
    través de tecnología de punta que evalúa
    la gravedad del incidente reportado y define la prioridad en
    la atención (ejemplo: en salud los eventos que
    comprometen la vida serán categorizados como prioridad
    alta o roja)

  • Adicionalmente permite a la administración
    Municipal mediante el análisis, valuación y
    toma de decisiones para la:

  • Fijación de políticas.

  • Dirección y administración.

  • Control y supervisión de la oportunidad,
    eficiencia y calidad de la gestión.

  • Gestión y operación directa o
    indirecta del sistema.

  • Garantía de la reserva de la
    información

Es importante saber que la base de datos del sistema
SDS 123 es propiedad del Municipio de ___________________
y estará a cargo de la Secretaría de Gobierno
Municipal y de la Secretaria de Salud Municipal y por lo tanto la
información consignada será de carácter
reservado conforme a la Ley.

En el proceso de construcción e
implementación se generaron diferentes mesas de trabajo y
se conformaron estructuras organizacionales como el
Comité de Apoyo y Seguimiento que realizaron entre
otras las siguientes actividades:

  • Adopción de protocolos y
    procedimientos

  • Verificar cumplimiento decisiones
    adoptadas

  • Definir necesidades
    tecnológicas

  • Recomendar adopción de
    políticas y estrategias

  • Presupuestos

  • Evaluación gestión de
    actores

  • Evaluación de
    informes

  • Recomendaciones

Para poder generar la construcción de este
sistema se hizo necesario una importante inversión de
recursos municipales y la asignación de un responsable
financiero
, compromiso asumido por el Fondo de Vigilancia
y Seguridad de ___________________.

La Dirección y
coordinación del sistema SDS 123

Tendrá como bases lo
siguiente:

  • a. Gestión y
    administración

  • b. Seguimiento y
    evaluación

  • c. Coordinación y
    articulación

  • d. Información

Además contara con unas Agencias de despacho,
que será la encargada del:

  • a. El Centro Automático de
    Despacho de la Policía ___________________
    ________________ – CAD.

  • b. La Dirección para la
    Prevención y Atención de Emergencias –
    DPAE –___________________ y
    Gobernación

  • c. El Cuerpo Oficial de Bomberos
    de ___________________ – COBZ.

  • d. La Dirección Centro Regulador de
    Urgencias y Emergencias – CRUYE – Secretaria
    Municipal de Salud de ___________________.

  • e. La Secretaria de Gobierno
    Municipal.

Tendrá como parte importantísima la
Responsabilidad de la sala de recepción de llamadas, esta
responsabilidad de la sala de recepción, se circunscribe a
la adecuada atención de las llamadas de auxilio, su
traslado conforme a los procedimientos establecidos para su
despacho o actuación, de manera que en ningún caso
es responsable de la prestación directa del servicio
efectuado por cada una de las agencias o entidades que
intervienen con las actuaciones concretas; las funciones y
competencias de las sala de recepción de llamadas se
entienden sin menoscabo de la relaciones jerárquicas
internas de cada agencia o entidad.

Para los casos de despacho y/o actuación, los
recursos intervienen bajo las órdenes de sus mandos
naturales.

Los operadores de recepción de llamadas no tienen
la calidad de primer respondiente, ni de policía
judicial.

Los incidentes fueron categorizados
así:

  • a. Seguridad
    pública

  • b. Incendios

  • c. Rescates

  • d. Emergencias médicas y
    Atención Pre Hospitalaria

  • e. Atención en Salud
    Mental

  • f. Atención en Salud
    Pública

  • g. Línea 106 al alcance de
    los Niños y Niñas

  • h. Transito y
    Policía

  • i. Servicios
    públicos

  • j. Emergencias
    Naturales

  • k. Asistencia social

De conformidad con lo anterior se procede a establecer
el esquema y contenido del sistema de emergencia médica
para el municipio de ___________________ entre otros servicios ya
señalados.

Marco conceptual y
legal

DEFINICION DE LOS SISTEMAS DE EMERGENCIAS MÉDICAS
– SEM.

LAS DEFINICIONES Y LOS ALCANCES

  • los Sistemas de Emergencias Médicas;
    para algunos estudiosos del tema, el concepto debe ser
    entendido y en consecuencia aplicado, desde una mirada
    amplia, es decir, que estos sistemas deben responder tanto
    por los eventos urgentes de tipo individual y colectivo,
    como por aquellas urgencias de grandes proporciones, que
    ocurren como consecuencia de emergencias y
    desastres
    .

En ese sentido, se puede afirmar que los Sistemas de
Emergencias Médicas
abarcan un dominio mayor que los
Sistemas de Servicios de Urgencia Médica, aunque los
incluye; se refiere a un modelo general integrado de un sistema
de seguridad pública y de atención de salud, que
debe incluir cada una de las fases de la asistencia y coordinar
sus diferentes componentes, desde la administración,
legislación, educación de la población,
comunicaciones, atención sanitaria y traslados, sin
olvidar la formación continua del personal y la
evaluación periódica de la calidad del
sistema.

Por otro lado, el grupo de trabajo de expertos en
políticas de Desarrollo de Sistemas Nacionales de
Servicios de Urgencias Médicas
, en su informe
de 1998 a la OPS, empleó este término, lo
definió, le dio alcance y le asignó
funciones.

  • El Sistema de Servicios de Urgencia
    Médica
    , es un modelo integrado de servicios cuyo
    objetivo principal es la prestación de atención
    médica en ambientes pre hospitalario y hospitalario, a
    toda persona que exhibe trauma, crisis cardiovascular,
    accidente, enfermedad, fractura, sangrado, dificultad
    respiratoria, y otra emergencia de ocurrencia diaria,
    especialmente en situación de desastre natural o
    provocado por el hombre.

A propósito de los objetivos, por su similitud
con los contenidos en los Sistemas de Emergencias Médicas,
es debe destacar, los siguientes objetivos.

  • Atención Pre hospitalaria (APH). El
    Decreto 2423 del 31 de diciembre de 1996, define la
    atención de urgencia de tipo pre hospitalario y
    apoyo terapéutico en unidades móviles
    como
    el conjunto de recursos técnicos como equipamiento de
    cuidado intensivo, instrumental, materiales, equipo de radio,
    entre otros y de recursos humanos capacitados en el manejo de
    emergencias, disponibles para desplazarse en forma oportuna
    al lugar de ocurrencia de una emergencia, prestar la
    atención inicial por cualquier afección,
    mantener estabilizado el paciente durante su traslado a un
    Centro Hospitalario y a orientar respecto de las conductas
    provisionales que se deben asumir mientras se produce el
    contacto de la unidad con el paciente.

  • Servicio de Atención Pre hospitalaria:
    Es aquel servicio orientado a la atención inicial de
    una urgencia médica o quirúrgica, prestada en
    el mismo lugar del hecho, que consta de:

  • a. un mecanismo para acceder al sistema y
    notificar el evento.

  • b. la prestación de la atención
    pre hospitalaria a la persona o personas
    afectadas.

  • c. la integración con un mecanismo de
    traslado primario o secundario a un establecimiento de salud
    para su manejo hospitalario en caso de ser necesario. Hace
    parte de los servicios de urgencias y a su vez está
    compuesta por los siguientes servicios.

  • Servicio de Atención
    Domiciliaria:
    Es la atención inicial de una
    consulta médica, prestada en el domicilio del
    paciente, que consta de:

  • a. un mecanismo para acceder al sistema y
    notificar el evento.

  • b.  la prestación de la asistencia
    médica o de enfermería al paciente.

  • c. la integración con un mecanismo de
    traslado a un establecimiento de salud para su manejo
    hospitalario en caso de ser necesario.

  • Soporte Vital Básico: Es la
    atención no invasiva que se hace a un paciente en el
    ambiente pre hospitalario, que incluye la valoración
    primaria del paciente, el manejo ventilatorio básico
    de la vía aérea, la oxigenoterapia, la
    desfibrilación automatizada externa, la
    contención de hemorragias, la inmovilización y
    el traslado del paciente.

Estos servicios pueden ser prestados por personal
técnico o auxiliar debidamente entrenado, tanto en el
lugar mismo del evento, como en una unidad de trasporte
asistencial básico.

Sistema Integral de Referencia y Contra
referencia

El decreto 4747 del 7 de diciembre de 2007, define la
Referencia y Contra referencia como el conjunto de procesos,
procedimientos y actividades técnicos y administrativos
que permiten prestar adecuadamente los servicios de salud a los
pacientes, garantizando la calidad, accesibilidad, oportunidad,
continuidad e integralidad de los servicios, en función de
la organización de la red de prestación de
servicios definida por la entidad responsable del
pago.

  • La referencia es el envío de pacientes
    o elementos de ayuda diagnóstica por parte de un
    prestador de servicios de salud, a otro prestador para
    atención o complementación diagnóstica
    que, de acuerdo con el nivel de resolución, de
    respuesta a las necesidades de salud.

  • La contra referencia es la respuesta que el
    prestador de servicios de salud receptor de la referencia, da
    al prestador que remitió. La respuesta puede ser la
    contra remisión del paciente con las debidas
    indicaciones a seguir o simplemente la información
    sobre la atención prestada al paciente en la
    institución receptora, o el resultado de las
    solicitudes de ayuda diagnóstica.

  • MARCO POLÍTICO –
    NORMATIVO

Constitución Política de Colombia
– Artículo 49.
La atención de la salud y
el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo
del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los
servicios de promoción, protección y
recuperación de la salud.

Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar
la prestación de servicios de salud a los habitantes y de
saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia,
universalidad y solidaridad.

También, establecer las políticas para la
prestación de servicios de salud por entidades privadas y
ejercer su vigilancia y control. La Ley señalará
los términos en que la atención básica para
todos los habitantes será gratuita y
obligatoria.

Ley 10 de enero 10 de 1990.

En el Artículo 2º. Asistencia
Pública en Salud
, aparece: todas las instituciones o
entidades que presten servicios de salud están obligadas a
prestar la atención inicial de urgencias, con
independencia de la capacidad socioeconómica de los
demandantes de estos servicios, en los términos que
determine el Ministerio de Salud.

Ley 100 de 1993.

El numeral 2 del artículo 159, establece que se
garantiza a los afiliados al Sistema General de Seguridad Social
en Salud, la atención de urgencias en todo el territorio
nacional.

En el artículo 167, se anota además, que
en los casos de urgencias generadas en accidentes de
tránsito, en acciones terroristas ocasionadas por bombas o
artefactos explosivos, en catástrofes naturales u otros
eventos expresamente aprobados por el Consejo Nacional de
Seguridad Social en Salud, los afiliados al Sistema General de
Seguridad Social en Salud tendrán derecho al cubrimiento
de los servicios médico-quirúrgicos.

Por otra parte, el artículo 168, rescata y
ratifica lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley 10
de 1990, pues establece que la atención inicial de
urgencias debe ser prestada en forma obligatoria por todas las
entidades públicas y privadas que presten servicios de
salud, a todas las personas independientemente de la capacidad de
pago; su prestación no requiere contrato ni orden
previa
.

Ley 715 de 2001.

De manera categórica, establece el
artículo 67 de esta norma, lo siguiente: La
atención inicial de urgencias debe ser prestada en forma
obligatoria por todas las entidades públicas y privadas
que presten servicios de salud a todas las
personas…

Ley 1122 de 2007.

Reza el parágrafo del artículo 20 lo
siguiente: Se garantiza a todos los colombianos la
atención inicial de urgencias en cualquier IPS del
país.

Las EPS o las entidades territoriales responsables de la
atención a la población pobre no cubierta por los
subsidios a la demanda, no podrán negar la
prestación y pago de servicios a las IPS que atiendan sus
afiliados, cuando estén causados por este tipo de
servicios, aún sin que medie contrato.

El incumplimiento de esta disposición,
será sancionado por la Superintendencia Nacional de Salud
con multas, por una sola vez o sucesivas, hasta de 2.000 salarios
mínimos legales mensuales vigentes (smlmv) por cada multa,
y en caso de reincidencia podrá conllevar hasta la
pérdida o cancelación del registro o certificado de
la institución.

En relación con la Función Jurisdiccional
de la Superintendencia Nacional de Salud, con el "fin de
garantizar la efectiva prestación del derecho a la salud"
Sic., este organismo podrá conocer y fallaren derecho, con
carácter definitivo y con las facultades propias de un
juez, frente a asuntos como el reconocimiento económico de
los gastos en que haya incurrido el afiliado por concepto de
atención de urgencias en caso de ser atendido en una IPS
que no tenga contrato con la respectiva EPS cuando haya sido
autorizado expresamente por la EPS para una atención
específica y en caso de incapacidad, imposibilidad,
negativa injustificada o negligencia.

Decreto 4747 de 2007.

El cual derogó el Decreto 2759 de 1991, define
establece que Referencia y contra referencia. Conjunto de
procesos, procedimientos y actividades técnicos y
administrativos que permiten prestar adecuadamente los servicios
de salud a los pacientes, garantizando la calidad, accesibilidad,
oportunidad, continuidad e integralidad de los servicios, en
función de la organización de de la red de
prestación de servicios definida por la entidad
responsable del pago.

  • La referencia es el envío de pacientes
    o elementos de ayuda diagnóstica por parte de un
    prestador de servicios de salud, a otro prestador para
    atención o complementación diagnóstica
    que, de acuerdo con el nivel de resolución, de
    respuesta a las necesidades de salud.

  • La contra referencia es la respuesta que el
    prestador de servicios de salud receptor de la referencia, da
    al prestador que remitió. La respuesta puede ser la
    contra remisión del paciente con las debidas
    indicaciones a seguir o simplemente la información
    sobre la atención prestada al paciente en la
    institución receptora, o el resultado de las
    solicitudes de ayuda diagnóstica.

Decreto No. 3039 de 2007

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL Por el cual se
adopta el Plan Nacional de Salud Pública 2007-2010. EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en uso de sus
atribuciones constitucionales y legales, en especial las
conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la
Constitución Política y los
artículos 154 de la Ley 100 de 1993, 42 de
la Ley 715 de 2001 y 33 de la Ley 1122 de 2007.

DECRETA: ARTÍCULO 1o. PLAN NACIONAL DE SALUD
PÚBLICA.  Adóptese el Plan Nacional de Salud
Pública para el cuatrienio 2007-2010, contenido en el
documento que forma parte integral del presente decreto. El Plan
Nacional de Salud Pública 2007-2010 será de
obligatorio cumplimiento, en el ámbito de sus competencias
y obligaciones por parte de la Nación, las entidades
departamentales, distritales y municipales de salud, las
entidades promotoras de salud de los regímenes
contributivo y subsidiado, las entidades obligadas a compensar,
las entidades responsables de los regímenes especiales y
de excepción y los prestadores de servicios de
salud.

Por el cual se adopta el Plan Nacional de Salud
Pública 2007-2010, define estrategias para la
recuperación y superación de los daños en la
salud; a la Nación le compete en ese sentido, definir,
desarrollar, supervisar y evaluar redes de urgencias y de los
sistemas de referencia y contra referencia; a los entes
territoriales en su jurisdicción le compete el desarrollo
de la redes de urgencias y de los sistemas de referencia y contra
referencia.

Decreto 4747 de 2007

Por medio del cual se regulan algunos aspectos de las
relaciones entre los prestadores de servicios de salud y las
entidades responsables del pago de los servicios de salud de la
población a su cargo, y se dictan otras
disposiciones.

Establece entre otras disposiciones, las
siguientes:

  • El Ministerio de la Protección Social
    definirá un sistema de selección y
    clasificación de pacientes en urgencias, denominado
    "Triage", el cual será de obligatorio cumplimiento por
    parte de los prestadores de servicios de salud.

  • El procedimiento de verificación de derechos
    será posterior a la selección y
    clasificación del paciente, y no podrá ser
    causa bajo ninguna circunstancia para posponer la
    atención inicial de urgencias

  • El diseño, organización y
    documentación del proceso de referencia y contra
    referencia y la operación del sistema de referencia y
    contra referencia es obligación de las entidades
    responsables del pago de servicios de salud, quienes
    deberán disponer de una red de prestadores de
    servicios de salud que garanticen la disponibilidad y
    suficiencia de los servicios en todos los niveles de
    complejidad a su cargo, así como la disponibilidad de
    la red de transporte y comunicaciones.

Acuerdo No.

Por medio del cual se crea el Sistema Municipal de
Atención de Urgencias el cual se constituye por el
conjunto de Instituciones, Entidades, Organismos y Equipos
Profesionales que haciendo parte integral de la Secretaría
municipal de Salud, conforman una red de servicios para brindar
atención integral médico- quirúrgico al
paciente de urgencias que lo requiera, de una manera eficaz y
oportuna.

Decreto de año.

http://www.sigpad.gov.co/sigpad/index.aspx

Por el cual se organiza el Régimen y el Sistema
para la Prevención y Atención de Emergencias en
___________________ ________________ y se dictan otras
disposiciones. La dirección, coordinación y control
están bajo la responsabilidad de la Dirección para
la Prevención y Atención de Emergencias –
DPAE

Establece la estructura organizacional de la
Secretaría Departamental de Salud y se derogan las
disposiciones contrarias. Incorpora a la estructura de la
Secretaría Dptal de Salud, entre otras, la
Dirección Centro Regulador de Urgencias y Emergencias, a
la que se le asignan las siguientes funciones:

  • Crear condiciones para la prestación oportuna
    de los servicios de urgencia pre hospitalarios
    públicos y privados y hacer seguimiento de la
    atención de urgencias y su articulación con el
    Plan Obligatorio de Salud POS.

  • Coordinar el Sistema de Comunicación para el
    proceso de iniciar la atención de urgencias a los
    pacientes.

  • Coordinar y asesorar a las instituciones integrantes
    del Sistema Dptal o municipal de Atención de Urgencias
    en planes operativos para la implementación de
    programas y proyectos de urgencias, emergencias y desastres
    en el Dpto. o en el municipio, adelantar programas de
    capacitación en la materia y efectuar su
    seguimiento.

  • Elaborar, actualizar, coordinar y evaluar los planes
    de contingencias y emergencias, así como coordinar los
    apoyos para los preparativos de emergencias del Sector y en
    particular los de la Secretaría Municipal de
    Salud.

  • Crear condiciones para el buen funcionamiento del
    sistema de referencia y contra referencia de acuerdo con la
    Dirección de Desarrollo de Servicios de
    Salud.

  • Coordinar sus acciones en cuanto a la red de
    prestación de servicios y el sistema de referencia y
    contra referencia, en materia de urgencias emergencias y
    desastres con las directrices impartidas por la
    Dirección de Desarrollo de Servicios de
    Salud.

Acuerdo No. de 2012, por el cual se
adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social para
___________________ ________________, un compromiso social contra
la pobreza y la exclusión, incorporó como meta del
Eje Social, la ampliación, adecuación y
mejoramiento del servicio de la Red de Hospital y las Ips del
Municipio, incluida la atención integral de
urgencias.

La Atención Primaria en Salud para
garantizar el derecho a la salud en ___________________,

asumida durante la administración municipal
correspondiente al período 2012-2015, como la
política de salud para ___________________, plantea tres
objetivos centrales, el tercero de ellos, relacionado con el
ejercicio de la rectoría del Sistema General de Seguridad
Social en Salud en el Municipio de ___________________ y dentro
de este, garantizar el acceso a los servicios de urgencias y a la
Atención en Prevención en Salud APS, con enfoque
familiar y comunitario.

Para el logro de los objetivos de la política se
plantean una serie de estrategias de relaciones al interior del
sector y con otros sectores y la formulación de proyectos,
el más importante tal vez denominado
"Universalización de la atención integral en
salud",
mediante el cual se desarrollará el modelo de
Atención en Prevención en Salud APS, con enfoque
familiar y comunitario como una de las estrategias centrales para
la universalización, junto con la regulación de la
atención de urgencias, en el marco de la
conformación de las redes de servicios y de la
conformación del Sistema de Emergencias
Médicas.

  • Objetivo General

  • Ofrecer atención médica en
    situación de desastre en cooperación con otros
    organismos sociales afines.

  • Objetivos Específicos

  • Educar y mantener a la comunidad sensibilizada en
    cuanto a la importancia de la prevención de los
    accidentes y factores de riesgo; las medidas de
    prevención, la forma, oportunidad del sistema, y la
    función auxiliar que debe cumplir la comunidad
    mientras se dispone de ayuda especializada en el sitio de
    ocurrencia del desastre.

  • Elaborar programas de educación y
    preparación sobre la activación del sistema de
    servicios de emergencia médica y primeros
    auxilios.

  • Establecer y coordinar la red de comunicación
    de llamadas de urgencia, y movilizar los recursos del sistema
    de manera eficiente y eficaz.

  • Desarrollar un plan o mejorar el disponible,
    dirigido al perfeccionamiento del sistema, de forma que se
    obtenga una respuesta inicial altamente calificada en caso de
    urgencia médica o desastre.

Metodología

Anota el grupo de expertos, que el sistema de servicios
de urgencia comprende dos etapas:

  • La atención extra-hospitalaria (pre
    hospitalario) que se brinda en el lugar de la emergencia y
    durante el traslado del paciente al hospital.

  • La atención hospitalaria que comprende la
    atención al paciente cuando ingresa a la
    institución de salud, dirigida a estabilizar su
    condición, y el tratamiento definitivo.

Para el caso del municipio de ___________________ en el
Departamento de ________________, es claro que el sistema debe
incluir un tercer componente:

  • El Sistema Integral de Referencia y Contra
    referencia

Finalmente, algunos autores, los definen como una serie
de actividades secuenciales y complejas organizadas en un proceso
coordinado, cuyo fin es la optimización de la
atención al paciente desde el momento de la
aparición de la urgencia, hasta que se resuelva el
problema.

Comienza con la organización de un
sistema integral para la atención a pacientes en el que la
prevención desempeña un importante papel
;
continúa con la asistencia y el transporte hacia los
centros sanitarios, seguido de una asistencia hospitalaria
especializada, y finalizando con la rehabilitación del
paciente y su reincorporación a la vida
cotidiana.

  • TIPO DE METODOLOGIA

Más que la explicación de una
metodología, lo que se hará es describir las
funciones sobre las cuales operara el sistema de emergencia en
salud SDS para el municipio de ___________________ en los
Próximos años que garantizarían la
prestación del presente servicio.

  • Funciones

Serán funciones las siguientes:

  • Coordinar la Red de Servicios de Urgencias, en el
    ámbito de su territorio de influencia
    ___________________, Córdoba, San Andrés, Plato
    y los municipios de los ________________ tanto de
    ________________ como de ________________.

  • Realizar la recepción de la
    información sobre situaciones de urgencia, emergencia
    y/o desastre, en los cuales se encuentren en riesgo vida(s)
    humana(s), suministrada por miembros de la comunidad o por
    cualquier entidad, a través de cualquier medio de
    comunicación.

  • Responder a cada llamado según los protocolos
    de atención establecida y, de ser necesario, activar
    los grupos asistenciales.

  • De acuerdo con la gravedad y magnitud de la
    urgencia, emergencia y/o desastre, solicitar el apoyo
    requerido.

  • Analizar, avaluar y clasificar las demandas de
    atención médica de urgencias de pacientes de
    acuerdo con la gravedad y riesgo de muerte, con el fin de
    priorizar la atención y el nivel de complejidad
    requerido.

  • Informar a la IPS receptora del paciente, su estado
    de salud, con el fin de disponer las ayudas
    diagnósticas y el tratamiento requerido en forma
    oportuna.

  • Mantener comunicación permanente con otros
    CRUEM a nivel departamental, distrital y
    municipal.

  • Realizar la coordinación de la
    Atención Pre hospitalaria y la posterior
    remisión de los pacientes al nivel de complejidad
    requerido.

  • Mantener actualizado el censo de los recursos
    físicos y de especialistas de la Red de Urgencias del
    área de su influencia.

  • Facilitar el Sistema de Referencia y Contra
    referencia de pacientes y de ayudas diagnósticas en
    coordinación con cada entidad aseguradora o la entidad
    responsable del pago de los servicios.

  • Apoyar la integración de la Red de Servicios
    de Salud que permita la articulación de las
    instituciones prestadoras de servicios de salud, en
    coordinación con la Dirección Seccional
    Departamental de Salud.

  • Servicios: Centro de urgencias

  • Asesoría Médica: Se refiere a
    la orientación que los médicos del Centro
    Regulador de Urgencias y emergencias Municipal CRUEM
    proporcionan a los profesionales de los servicios de
    urgencias de las ARS, IPS y de las EPS, así como la
    asesoría para el manejo de pacientes víctimas
    de situaciones de emergencias y/o desastres.

  • Educación y Orientación a la
    Comunidad:
    Son las actividades que se realizan con la
    comunidad en general sobre aspectos de promoción de la
    salud, prevención de enfermedades y de accidentes.
    Estas actividades pueden realizarse vía
    telefónica o través de reuniones y
    talleres.

  • Atención Pre hospitalaria – APH : Es
    la atención inicial de una urgencia médica o
    quirúrgica, prestada en el mismo lugar del hecho a la
    persona o personas afectadas y su integración con un
    mecanismo de traslado primario o secundario a una
    institución prestadora de servicios de salud para
    manejo hospitalario en caso de ser necesario.

  • La atención pre hospitalaria, incluye,
    al menos en teoría, el servicio de atención
    domiciliaria, el Soporte Vital Básico, el Soporte
    Vital Avanzado y la Evacuación en ambulancias
    medicalizadas.

  • Centro de Información: El CRUEM debe
    contar con información disponible y actualizado
    sobre:

  • a. Bancos de Sangre: Se refiere a la
    disponibilidad de unidades de sangre por cada laboratorio, en
    el territorio de su influencia.

  • b. Información Toxicológica y
    Banco de Antídotos:
    Orientación para el
    manejo de intoxicaciones individuales, colectivas y
    accidentes tecnológicos por riesgos ocupacionales,
    así como apoyo a IPS e instituciones de socorro para
    el análisis de riesgos generados por productos
    químicos y/o toxicológicos.

  • c. Censo de recursos humanos y
    físicos de la Red de Servicios de Salud:

    Inventario actualizado y permanente sobre la disponibilidad
    de los recursos humanos y físicos, en la red de
    servicios de salud de su área de influencia
    según nivel de complejidad.

  • Operación

  • El operativo se activa desde el "Programa de
    Atención Pre hospitalaria
    " que fue desarrollado
    por el CRUM a partir del año 2012.

  • El proceso se inicia cuando se recibe alguna
    solicitud en la línea 123, o en la red de
    comunicaciones del sector salud, momento en el cual se activa
    el sistema y se enlazan a los hospitales, las ambulancias y
    la sede del CRUM; se desarrolla todo el proceso de
    atención pre hospitalaria, que inicialmente se orienta
    a la atención oportuna en el sitio de incidente hasta
    ubicar al paciente en la institución de salud
    más adecuada según su condición de
    salud.

  • El funcionario que recibe la llamada de la
    institución verifica qué entidad cuenta con los
    recursos para brindar una atención integral que se
    corresponda con las necesidades del usuario, y dependiendo de
    la urgencia, gravedad o criticidad del paciente se traslada a
    la institución más cercana que reúna las
    condiciones del nivel y complejidad que amerite el paciente
    para su patología en tiempo presente y en su
    evolución; independiente de su Seguridad Social en
    Salud.

  • Una vez que el paciente está en la
    institución médica, ésta reporta el caso
    al Centro Regulador de Urgencias Municipal (CRUM), indicando
    su condición clínica y necesidades
    terapéuticas, solicitando apoyo, de ser necesario,
    para la remisión o en su defecto, autorización
    para continuar la atención, si no tiene
    ARS.

  • El Programa Pre hospitalario obtiene del servicio de
    transporte el apoyo necesario para su eficaz desarrollo, a
    través de las ambulancias básicas o
    medicalizadas que se trasladan al sitio del evento y de
    allí a la institución de salud (transporte
    primario), o entre instituciones hospitalarias de diferentes
    niveles de complejidad o de apoyo diagnóstico,
    (transporte secundario). De igual manera, pueden hacer uso
    del transporte terciario que se emplea cuando se trasladan
    paciente estables que requieren apoyo para su
    movilización y oportuno tratamiento, para citas de
    rehabilitación o tratamiento hospitalario
    específico, dadas de alta o citas de evaluación
    y control.

Partes: 1, 2, 3

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