I N T R O D U C C I O N METODOLOGIA: Estudio exegético de
cada procedimiento a la luz de la doctrina y jurisprudencia
comparadas, con el debate de casos prácticos aplicables a
cada especie.
1. PROCEDIMIENTO POR CONTRAVENCIONES A. LEGALIDAD: Parte Especial
del CPP; Libro II, Título I, Arts. 354 – 358 B.
FUNDAMENTOS: La poca monta de los casos amerita simplicidad y
celeridad
C. ANTECEDENTES: En el antiguo Israel, Jetro aconsejó a
Moisés la delegación para manejar asuntos menores.
Se aplicó en Roma y otras civilizaciones antiguas, los
bárbaros, los indígenas, también
seguían el método. Jueces legos, de paz (Francia
conserva algunos). 1. PROCEDIMIENTO POR CONTRAVENCIONES
D. JURISDICCIONALIDAD: Juez de Paz E. PROCEDIMIENTO:
Acusación: La victima Ministerio Publico Funcionario
Encargado 1. PROCEDIMIENTO POR CONTRAVENCIONES
F. PARTICULARIDADES: Las propias de la poca gravedad que
implican. Los pagos administrativos. El imputado puede designar
un defensor, pero no son aplicables en esta materia las normas
sobre la defensa pública. No se aplican medidas de
coerción, salvo el arresto, el cual no puede exceder en
ningún caso las doce horas. 1. PROCEDIMIENTO POR
CONTRAVENCIONES
G. RIESGOS Y ADVERTENCIAS: Excesiva Confiabilidad en los agentes
que las persiguen. Necesidad de aplicar un proceso realmente
sumario. 1. PROCEDIMIENTO POR CONTRAVENCIONES
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA A.
LEGALIDAD: Parte Especial de CCP, Libro II, Título II,
Arts. 32, 359 – 362
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA CASOS:
Violación de propiedad; Difamación e injuria;
Violación de la propiedad industrial; Violación a
la ley de cheques.
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA
Conversión de APIP en AP (Art. 33) Decisión del
Fiscal
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA B.
FUNDAMENTOS: El reclamo e impulso de los casos que no afectan
sensiblemente la sociedad, quedan al criterio exclusivo de los
afectados. El interés es la medida de la acción. Se
busca reducir la sobrecarga al M. P. y a la vez permitir al
afectado conducir su propio caso.
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA C.
ANTECEDENTES: El modelo acusatorio original (Duelo entre las
partes) Devolución del litigio al interesado. Roma: la
defensa personal, desarrollo de la oratoria y los
jurisconsultos.
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA D.
JURISDICCIONALIDAD Juez de la Cámara Penal
(Unipersonal)
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA
Acusación Auxilio judicial previo. Conciliación
Abandono de Acusación E. PROCEDIMIENTO:
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA F.
PARTICULARIDADES: Querella – acusación (…) El
acopio de probanzas (civil y penal) corresponde a la
Víctima. El litigio pertenece a las partes Hay
conciliación previa (conciliación =/=
retractación) En Argentina la Víctima debe
depositar fondos para los gastos Ministerio Público
pasivo, salvo requerimientos especiales (Art. 360)
2. PROCEDIMIENTO PARA INFRACCIONES DE ACCION PRIVADA G. RIESGOS
Un Ministerio Público muy activo o totalmente pasivo. El
M. P. es el asesor natural de las víctimas para el reclamo
de sus derechos.
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO A. LEGALIDAD: Parte Especial del
CPP, Libro II, Título III, Arts. 301, 363 – 368
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO B. FUNDAMENTOS: Es mejor un mal
arreglo que un buen pleito. Lo que se procura es restablecer el
orden y reducir los niveles de violencia. Papel del M. P. como
catalizador de las tensiones. Ver SANCHEZ FALLAS, Pag. 165.
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO POLEMICA DE ALBERTO BOVINO Y
JOSE CAFERATA NORES: “Justicia Pronta y mecanismos
alternativos de Ronald Salazar Murillo”: Pags. 246 y
siguientes. SOBRE EL PAPEL DE LAS PARTES Y LA RENUNCIA DE
DERECHOS: “El juicio Abreviado” del mismo autor:
Pags. 94 y siguientes.
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO C. ANTECEDENTES: Confesiones
durante la inquisición. Alemania ante la imposibilidad de
perseguir a todos.
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO D. JURISDICCIONALIDAD Acuerdo
Pleno Juez de la Instrucción (art. 363) Acuerdo Parcial
1ra. Instancia unipersonal penas de hasta dos años (art.
72) 1ra. Instancia colegiado penas de mas de dos años
(art. 72, in fine)
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO E. PROCEDIMIENTO: ACUERDO PLENO
(Capítulo 1) Art. 363. Antes de la apertura de
juicio
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO Art. 364. Acusación con
los detalles acordados Art. 365. Juez puede rechazarlo… se
sigue el procedimiento ordinario
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO ACUERDO PARCIAL (Capítulo
2) Art. 366. En cualquier caso… acuerdo sobre los
hechos
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO Art. 367. …audiencia para
dirimir la pena …reglas para la division de juicio
Sentencia se pronuncia ordinariamente Arts. 353 y 335
CONT. DEL TEMA SOBRE EL ACUERDO PARCIAL F. PARTICULARIDADES:
Pronta solución del caso. No hay juicio oral,
público y contradictorio No obstante es apelable Las
garantías se relativizan El M. P. negocia una “pena
inferior de segura imposición” El Actor Civil y el
3ro. Civilmente responsable deben participar de los acuerdos
(301, parte in fine) ¿HAY ABREVIADO EN ACCION PRIVADA? 3.
PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO
3. PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO G. RIESGOS Y ADVERTENCIAS:
Acuerdos bajo presión Imputados inocentes Casos de
violencia intrafamiliar (Posibles violencias ulteriores) Si el M.
P. no aporta prueba alguna habría que afrontar el
principio de que no se puede condenar al imputado por su sola
declaración, lo cual puede ser grave, especialmente ante
una apelación del imputado.
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS A. LEGALIDAD: Parte
Especial del CCP, Libro II, Título IV, Arts. 369 –
373
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS B. FUNDAMENTOS: La
complejidad requiere más tiempo, mayor esfuerzo y sistemas
mas sofisticados. La eventual comisión de los hechos o la
depuración misma para determinar la responsabilidad o
inocencia implica similares complicaciones.
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS C. ANTECEDENTES: 1ra.
Instancia, Unipersonal o Colegiado según el monto de la
pena. D. JURISDICCIONALIDAD:
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS Se solicita antes del
requerimiento conclusivo E. PROCEDIMIENTO:
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS EFECTOS: El plazo
máximo de duración del proceso es de 4 años.
La prisión preventiva se extiende hasta un máximo
de 18 meses. En caso de haber recaído sentencia
condenatoria, hasta 6 meses más. El plazo para concluir el
procedimiento es de 8 meses. De 12 meses si se ha dictado
cualquier otra de las medidas. La prórroga puede ser de 4
meses más.
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS CONT. EFECTOS: El plazo
máximo de la deliberación se extiende a 5
días y el de redacción de la motivación de
la sentencia a 10. Cuando la duración del debate sea
mayor, esos plazo son de 10 y 20 días respectivamente. Los
plazos para la presentación de los recursos se duplican.
Criterio de oportunidad. En todos los casos rigen las normas de
retardo de justicia.
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS OTROS EFECTOS
–Producción de Prueba Masiva. Se autoriza a realizar los
interrogatorios. Interviene un representante común de
todos los querellantes.
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS MAS EFECTOS .
Investigadores bajo reservas. . Acusadores por contrato
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS Largas jornadas de
trabajo Prensa Presiones Opiniones Criterio de Oportunidad por
cooperación… …debe ser autorizado por
sentencia (Art. 370) F. PARTICULARIDADES:
4. PROCEDIMIENTO PARA ASUNTOS COMPLEJOS Nunca acabar. Descuido de
los plazos. No advertir a tiempo. Afrontar las presiones G.
RIESGOS Y ADVERTENCIAS
5. PROCEDIMIENTO PARA INIMPUTABLES Parte Especial del CPP, Libro
II, Título V. Arts. 374 – 376. A. LEGALIDAD: A
Solicitud del Ministerio Público o del Querellante.
Circunstancia personales del imputado. El imputado puede
solicitar la aplicación de este procedimiento
5. PROCEDIMIENTO PARA INIMPUTABLES CUESTION DE VOLUNTAD “ES
INIMPUTABLE: EL ENAJENADO Y EL QUE SE HALLE EN TRASTORNO MENTAL
TRANSITORIO, CUANDO NO PUEDA DISCRIMINAR LA NATURALEZA
ILÍCITA DE SUS ACCIONES E INHIBIR SUS IMPULSOS
DELICTIVOS” (LUIS JIMENEZ D` ASÚA)
(REPASO A LA PRESENTACION DE LA ACUSACION EN EL PROC.
PREPARATORIO) Art. 293. Actos Conclusivos. Acusación:
Alternativa o subsidiaria. Notificación de la
acusación. Pretensiones de actor civil.
ESTA PRESENTACIÓN CONTIENE MAS DIAPOSITIVAS DISPONIBLES EN
LA VERSIÓN DE DESCARGA