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Programa de Emergencia contra la Fiebre Aftosa en Cuba



Partes: 1, 2

  1. Resumen
  2. Antecedentes
  3. Conceptos y definiciones
  4. Medidas en las áreas
    epizoóticas
  5. Medidas para la protección de los
    territorios libres
  6. Diagnóstico de fiebre aftosa y otras
    enfermedades vesiculares
  7. Anexo
  8. Referencias
    bibliográficas

Resumen

En el plan de estudio de la Carrera de Medicina
Veterinaria y Zootecnia actualmente vigente en las universidades
cubanas, se encuentra ubicada la asignatura La Medicina
Veterinaria en casos de Desastres que se imparte en el quinto
año de dicha carrera, abordándose los diferentes
tipos de desastres y el modo de enfrentarlos lo más
eficientemente posible. Aunque Cuba es un país libre de
fiebre aftosa, por su conocida importancia y el peligro potencial
que representa para nuestra masa ganadera, en el grupo de los
desastres sanitarios los estudiantes reciben los fundamentos
generales del Programa de Emergencia contra la fiebre aftosa
actualmente vigente y, entre los ejercicios docentes deben
proponer las medidas generales y específicas de
prevención y lucha para el área en que se
encuentran realizando sus prácticas de producción,
todo lo cual es discutido en un taller final de la asignatura. En
la presente conferencia, damos a conocer una versión
adecuada a la impartición docente de dicho
programa.

Palabras clave: Veterinaria. Desastres
sanitarios. Fiebre aftosa. Prevención. Control.
Erradicación.

Antecedentes

La fiebre aftosa es una enfermedad viral, altamente
contagiosa, que afecta a los animales domésticos y
salvajes de pezuña hendida. Es causada por un Aphthovirus
de la familia Picornaviridae. Se caracteriza clínicamente
por fiebre, sialorrea, cojera y presencia de vesículas en
los espacios interdigitales, la lengua, mucosas bucal y nasal,
rodetes dentarios y en los pezones. Su diagnóstico por
métodos de laboratorio implica el diferencial con otras
enfermedades vesiculares exóticas al país,
así como otras enzoóticas como rinotraqueitis
infecciosa bovina (IBR), diarrea viral bovina (BVD), mamilitis y
ectima contagioso, entre otras, cuya notificación es
obligatoria a través del Bloque 2 del Sistema de
Información y Vigilancia Epizootiológica (SIVE), de
la República de Cuba.

Está clasificada en la Lista A de la OIE por su
elevada contagiosidad y alto poder de difusión, es la
causa de cuantiosas pérdidas económicas por las
barreras zoosanitarias que se le imponen al comercio con los
países afectados.

En las últimas décadas se habían
constatado avances notables en el control y erradicación
de esta enfermedad tanto en Europa como en Sudamérica, lo
que conllevo a la suspensión de la vacunación en
amplias zonas geográficas de estos continentes. Sin
embargo, a finales del 2000 se sucedieron episodios de la
enfermedad en países libres tales como Uruguay, Argentina,
así como en zonas consideradas como tal en Brasil, y en
febrero de este año se constató en Gran
Bretaña, de donde ya se ha diseminado a Irlanda del Norte,
Francia, Holanda y la República de Irlanda.

Dada la amenaza que representa este retroceso en la
situación sanitaria y el grave riesgo de difusión
de esta enfermedad a escala mundial, se hace necesario analizar
el plan de emergencia nacional para este tipo de
contingencia.

1.1 Características clínicas
y anatomopatológicas de la fiebre aftosa

Clínica:

Bovinos:

Fiebre, pérdida del apetito,
reducción de la producción de leche,
posteriormente se observa chasquidos de labios,
rechinamiento de dientes, sialorrea, cojera, causados por
vesículas o ampollas en las membranas de las mucosas
bucales y nasales y/o entre las pezuñas, banda
coronaria, la ubre y pezones.

Al romperse las vesículas, deja
erosiones que pueden dar origen a ulceras.

La recuperación suele producirse en un
plazo de 8-15 días aunque puede prolongarse hasta
seis meses.

Como complicaciones pueden presentarse
infección bacteriana secundaria de las lesiones,
deformaciones de los cascos, mastitis y disminución
permanente de la producción de leche y del peso
corporal, así como pérdida del control
térmico.

Ovinos v
caprinos:

Las lesiones son menos pronunciadas, en las
extremidades pueden pasar inadvertidas. Son frecuentes las
lesiones en los rodetes dentarios y labios.

Porcinos:

Es frecuente la presentación de una
vesícula única en la parte frontal del hocico
y su borde. Pueden desarrollar graves lesiones en las
extremidades, sobre todo cuando se encuentran en locales
con piso de hormigón.

Es frecuente una alta mortalidad en los
animales jóvenes de todas las
especies.

Lesiones

Vesículas o ampollas en la lengua, rodetes
dentarios, encías, mucosa bucal y nasal, paladar y velo
del paladar, labios, ollares, morro, ubre, pezones y hocico de
los cerdos, bandas coronarias y espacios
interdigitales.

También puede observarse úlceras en el
esófago y en los pilares del rumen y en el cuajar.
Particularmente en los animales jóvenes se observa
corazón atigrado.

Conceptos y
definiciones

Animal susceptible:

Animales domésticos (bovinos-búfalo,
ovino, caprino, porcino) y salvajes (cérvidos,
jabalíes, camélidos, entre otros) de
pezuña hendida que son sensibles al virus de la
fiebre aftosa.

Animal no susceptible:

Otros animales que no posean pezuña
hendida. Estos pueden actuar como vectores mecánicos
o pasivos del virus.

Animal enfermo o afectado:

Animal infectado con el virus que presenta
síntomas clínicos compatibles con la
enfermedad.

Animal portador:

Animal susceptible aparentemente sano y positivo a
los medios de diagnóstico establecidos
(Acápite 6) y que confirman su condición de
estar infectado por el virus.

Áreas
epizoóticas:

  • Foco:

La unidad o predio donde se detecten animales
enfermos y/o portadores, confirmados en el laboratorio por
los métodos de diagnósticos establecidos
(Acápite 6).

Se incluyen dentro del foco todos los animales
susceptibles o no, vinculados a los animales enfermos por
el mismo régimen de tenencia, personal,
instalaciones, vehículos, productos y subproductos
de origen animal, y alimentos, así como las
áreas donde habitualmente pastan los animales del
foco o son utilizadas por ellos.

También se considera foco a los efectos de
las medidas de saneamiento, a la unidad
epizootiológica donde se procesan productos de
origen animal provenientes del foco (matadero sanitario de
urgencia, losa sanitaria, matadero industrial,
pasteurizadora, fábrica de harina animal, etc.)
así como los laboratorios de diagnóstico
donde se trabajen muestras de igual procedencia.

  • Foco presuntivo:

(contactos directos e
indirectos)

  • a. La unidad o predio que no limita con
    el foco, pero que ha recibido animales procedentes de
    este hasta 30 días anteriores a la
    presentación de sus primeros animales enfermos,
    o con la que se haya establecido cualquier otro nexo
    directo en igual periodo.

  • b. Las unidades o predios que se
    encuentren en el camino por donde hayan transitado
    animales enfermos o en periodo de
    incubación.

  • Área focal:

Incluye las unidades o predios con límites
comunes con el foco y sus respectivas áreas,
además de los animales susceptibles que han tenido
contacto directo o indirecto con los animales afectados,
todos los cuales se consideran infectados

  • Área perifocal:

(zona de
protección)

Es el área de mayor riesgo de
difusión de la enfermedad a partir del área
focal. Se establece dentro del perímetro de 3 Km de
radio, como mínimo, a partir del área focal e
incluye todas las áreas pertenecientes a las
unidades o predios alii existentes aunque excedan ese
límite, el cual también podrá
reducirse en presencia de barreras (áreas
agrícolas, bosques, montañas,
ciénagas, presas, etc.) que se consideren limitantes
para la diseminación de la enfermedad.

  • Área infectada:

Comprende el foco y el área
focal.

  • Área de peligro

(zona de vigilancia)

Sus límites se establecen en el
perímetro de los 10 Km del área focal como
mínimo, tomando en cuenta las fronteras
político administrativas de los territorios
implicados (municipios, provincias) dado los nexos
económicos, sociales y políticos en ellos
existentes.

  • Área amenazada:

El resto del país, a partir de las
áreas de peligro.

Medidas en las
áreas epizoóticas

Para enfrentar la fiebre aftosa se podrá optar
por la erradicación inmediata, con
despoblación y sin hacer uso de la vacunación, o
acometer su control a un plazo más prolongado, en
el que se hace necesario el empleo de vacunas. La decisión
de cual variante se aplicará será tomada por el
Puesto de mando Nacional para casos de Catástrofes de
la Defensa Civil (PMNDC)
creado a tal efecto.

Las medidas generales (Acápite 3.1.1) se
aplicarán en ambos casos, a las que se les
adicionarán las específicas para cada
situación (Acápites 3.1.2 y 3.1.3
respectivamente).

3.1 Medidas en el foco y en el área
focal

3.1.1 Medidas generales

  • Limitar los accesos al área focal mediante
    Puntos de Control y Desinfección, con personal
    designado al efecto para el control efectivo de las
    prohibiciones establecidas durante la emergencia.

  • Prohibir el movimiento de animales y productos de
    origen animal dentro y hacia fuera del área focal, los
    que serán decomisados e incinerados en los Puntos de
    Control, previa acta de decomiso al infractor.

  • Señalizar con carteles los límites del
    foco (Prohibido el acceso, foco de fiebre
    aftosa).

  • Restringir el acceso al foco al personal
    estrictamente necesario, el que procederá al cambio de
    ropa y calzado en el área habilitada como filtro
    sanitario. Realizar el baño obligatorio a la salida
    del área. Habilitar libro de visitas para el control
    de las mismas.

  • Prohibir la entrada de vehículos al foco, y
    en caso excepcional de acceso se procederá a su
    desinfección a la salida (Anexo 1).

  • Disponer de los mapas de densidad animal y el censo
    de animales, actualizados, del SIVE, de todas las especies
    animales del área focal.

  • Realizar la Encuesta Epizootiológica
    (Acápite 6.1, Anexo 5) por personal especializado y
    autorizado por el Director del Instituto de Medicina
    Veterinaria (IMV).

  • Elaborar por escrito el plan de medidas
    contraepizoóticas específico de cada foco y
    área focal para garantizar las medidas aquí
    dispuestas.

  • Habilitar el expediente del foco para archivar el
    acta de apertura con la confirmación del laboratorio,
    el protocolo de investigación epizootiológica,
    el plan de medidas contraepizoóticas específico
    y las constancias de las actividades de saneamiento,
    sacrificio, vacunación, etc., que se
    realicen.

  • Realizar el rastreo epizootiológico en todas
    las unidades o predios que hayan recibido animales
    procedentes de los focos hasta 30 días previos a la
    presentación del primer caso clínico,
    así como aquellas unidades que hayan enviado animales
    al foco en un periodo previo similar.

  • Efectuar de inmediato actividades de
    desinsectación y desratización. Mantener
    permanentemente el control de estos vectores.

  • Localizar todos los productos y subproductos de
    origen animal que procedan del foco y se hayan elaborado
    hasta 30 días antes de la presentación de los
    primeros casos clínicos de la enfermedad y proceder
    según lo establecido en el Anexo 2.

  • Prohibir la realización de actividades
    masivas de todo tipo que conlleven a la movilización
    de personas fuera de los límites normales.

3.1.2 Medidas adicionales en caso de
practicarse la erradicación (despoblación o
"stamping out")

  • Se sacrificara toda la masa de animales susceptibles
    en el foco utilizando los métodos menos cruentos
    disponibles y se procederá al enterramiento en
    trincheras o a la incineración, en las propias
    áreas de la unidad o predio afectado, según los
    requisitos establecidos (Anexo 3).

  • Hasta que culmine el sacrificio sanitario de toda la
    masa y se proceda a las labores de saneamiento que
    después se señalan, se aplicará
    cuarentena estricta con prohibición de
    movimiento de animales susceptibles o no y de todo tipo de
    objetos (utensilios e implementos de trabajo, instrumental
    veterinario, etc.), así como alimentos para los
    animales y residuos o desperdicios que puedan diseminar el
    virus.

  • Suspender la inseminación artificial y la
    monta.

  • Aplicar las disposiciones respecto a los productos
    de origen animal (carne, leche, lana, cueros, etc.) (Anexo
    2).

  • Los animales no susceptibles permanecerán en
    cuarentena en el área hasta que se levante la
    misma.

  • Saneamiento

  • Realizar limpieza mecánica profunda a toda la
    instalación. Chapear los alrededores para favorecer la
    acción solar. Encalar bebederos y comederos. Quemar
    basuras y desperdicios. Desactivación biológica
    del estiércol en el lugar destinado a este
    propósito. En instalaciones con piso de tierra,
    recoger sistemáticamente el estiércol con el
    mismo objetivo. Mantener sistemáticamente las labores
    de limpieza.

  • Programar desinfecciones de las instalaciones a
    intervalos de 15 días durante el transcurso del
    episodio para disminuir la carga infectante del
    medio.

  • Mantener la desratización permanente con
    postas fijas (Anexo 1).

  • Proceder a la incineración o enterramiento de
    los cadáveres según las disposiciones
    sanitarias establecidas (Anexo 3).

  • Antes de repoblar la instalación se
    procederá a la ubicación de animales
    centinelas,según las especificaciones establecidas
    para verificar la no circulación del agenteinfeccioso
    (Anexo 6).

3.1.3 Variantes para acometer el control
mediante la vacunación

3.1.3.1 Medidas para el control con vacunación y
eliminación de animales en los focos

  • Proceder al sacrificio de todos los animales
    susceptibles y enfermos del foco, cumpliendo los
    procedimientos y medidas que aparecen en el epígrafe
    3.1.2.9 (Anexo 3).

  • Proceder a realizar la vacunación de los
    animales susceptibles ubicados en el resto del área
    infectada, área perifocal y área de peligro,
    teniendo en cuenta las regulaciones para la vacunación
    en forma de anillo que aparece en el Anexo 4.

  • Cumplimentar las medidas establecidas en
    epígrafe 3.1.2 referentes a la conducta a seguir para
    el control de focos y evitar la propagación de la
    enfermedad.

  • Establecer cuarentena con restricción del
    movimiento de animales dentro del foco y área focal.
    Prohibir la salida de animales susceptibles o no y de todo
    tipo de objetos (utensilios e implementos de trabajo,
    instrumental veterinario, etc.) así como de alimentos
    para los animales y residuos o desperdicios que puedan
    diseminar el virus.

  • Saneamiento. Se realizará según lo
    establecido en el epígrafe 3.1.2 Apartado
    6.

3.1.3.1.1 Control sin eliminación de los animales
enfermos

  • Se procederá al aislamiento de los animales
    enfermos y contactos en el foco.

  • Acometer de inmediato la vacunación en anillo
    de afuera hacia dentro en el área de peligro,
    perifocal y focal.

  • Se cumplirá lo establecido en el resto de los
    apartados señalados en el 3.1.3.1.

  • Medidas en relación con la actividad
    reproductiva (inseminación artificial y
    monta).

  • Suspender toda actividad reproductiva al menos hasta
    dos semanas después del último caso
    clínico.

  • En caso de presentarse un foco en un centro de
    inseminación artificial o encontrarse éste
    dentro de un área infectada, se suspenderán sus
    servicios hasta por lo menos dos semanas después del
    último caso clínico.

  • No se debe utilizar semen de toros enfermos o que
    haya sido recolectado desde una semana antes de la
    aparición de los síntomas clínicos. Este
    semen será destruido.

3.2 Medidas en el área perifocal
(zona de protección)

  • 1. Establecer prohibición absoluta de
    movimiento de animales. Solo se autorizarán
    losmovimientos para mataderos autorizados por las autoridades
    competentes, con elcontrol de tránsito establecido
    mediante Certificado de Traslado.

  • 2. Cumplir estrictamente las medidas de
    bioprotección en las unidades.

  • 3. Incrementar la vigilancia
    epizootiológica.

  • 4. Orientar el examen clínico diario de
    los animales a todos los productores para garantizar la
    notificación oportuna.

  • 5. El personal dedicado al rastreo organizado
    para la emergencia programarán visitas
    periódicas a intervalos cortos (2-4 días), como
    máximo una semana, a todas las unidades o predios con
    animales susceptibles.

  • 6. El personal dedicado al rastreo
    epizootiológico al detectar casos de enfermedad en una
    unidad o predio no continuará sus labores hacia otros
    lugares no afectados.

  • 7. La detección de animales enfermos en
    una unidad o predio por los productores, personal
    técnico que atiende los animales o por el personal de
    rastreo será notificada de inmediato a la
    Dirección Municipal del IMV.

  • 8. Ante la sospecha de la presencia de la
    enfermedad, la unidad o predio será puesta de
    inmediato en cuarentena, imponiendo a su administrador o
    propietario de las restricciones que esto implica.

  • 9. Limitar al mínimo posible los
    vehículos cisternas para la recolección de la
    leche.

  • 10. Establecer las medidas que garanticen la
    pasteurización de la leche recolectada o establecer su
    cocción (hervido durante 5 minutos) dentro de la
    propia unidad o predio y recolectarla en recipientes que
    serán desinfectados externamente y colocados en la
    puerta de acceso al lugar para su recogida.

  • 11. Destinar la leche recolectada para su
    consumo dentro de la misma.

  • 12. Limitar todos los accesos al área
    perifocal (Puntos de control y Desinfección) con
    personal de los órganos de orden interior (Ministerio
    del Interior (MININT( y Ministerio de las Fuerzas Armadas
    (MINFAR) para el control efectivo de las prohibiciones
    establecidas durante la emergencia.

  • 13. Establecer la desinfección del
    transporte que salga fuera del área.

  • 14. Prohibir la realización de
    actividades masivas de todo tipo que conlleven a la
    movilización de personas fuera de los límites
    normales.

3.3 Medidas en áreas de peligro
(zona de vigilancia)

  • 1. Control riguroso del tránsito de
    animales, avalado por el Certificado de Traslado
    correspondente.

  • 2. Cumplir estrictamente las medidas de
    bioprotección en las unidades.

  • 3. Actualizar el censo animal y los mapas de
    densidad animal de todas las especies animales
    susceptibles.

  • 4. Incrementar la vigilancia
    epizootiológica

  • 5. Orientar el examen clínico diario de
    los animales a todos los productores para garantizar la
    notificación oportuna.

  • 6. El personal de rastreo organizado para la
    emergencia programará visitas periódicas a
    intervalos cortos (2-4 días), como máximo una
    semana, a todas las unidades o predios con animales
    susceptibles.

  • 7. El personal de rastreo
    epizootiológico al detectar casos de enfermedad en una
    unidad o predio no continuará sus labores hacia otros
    lugares no afectados, cumpliendo con lo orientado en este
    Programa.

  • 8. Ante la sospecha de la presencia de la
    enfermedad, la unidad o predio será puesta de
    inmediato en cuarentena, imponiendo a su administrador o
    propietario de las restricciones que esto implica.

  • 9. Prohibir la realización de
    actividades masivas de todo tipo que conlleven a la
    movilización de personas fuera de los límites
    normales.

3.4 Medidas en el área
amenazada

  • 1. Control riguroso de tránsito de
    animales, avalado por el Certificado de Traslado
    correspondiente.

  • 2. Cumplir estrictamente las medidas de
    bioprotección en las unidades.

  • 3. Actualizar el censo animal y los mapas de
    densidad animal de todas las especies animales.

  • 4. Incrementar la vigilancia
    epizootiológica.

  • 5. Las Direcciones Municipales del IMV
    establecerán un programa de visitas periódicas
    a todas las unidades o predios con animales
    susceptibles.

Medidas para la
protección de los territorios libres

  • 1. Prohibir la introducción de animales
    vivos, productos y subproductos agropecuarios, así
    como otros artículos que procedan o hayan estado en
    contacto con animales enfermos, capaces de trasmitir el virus
    de la fiebre aftosa hacia estos territorios.

  • 2. Los animales de reemplazo u otros que sea
    necesario incorporar a estos territorios provendrán de
    áreas certificadas como libres de la
    enfermedad.

5. Medidas en la barrera externa

  • 1. Prohibir la exportación de animales,
    productos y subproductos de especies susceptibles a la
    enfermedad procedentes de las áreas afectadas,
    así como de especies no susceptibles, productos
    agrícolas, alimentos, equipos o cualquier otro
    material que represente un riesgo para la diseminación
    de la enfermedad. Estas prohibiciones serán de
    aplicación tanto a transacciones de carácter
    comercial, como de forma individual por pasajeros y
    tripulantes que salgan del país por puertos,
    aeropuertos y marinas.

  • 2. Cumplir estrictamente con los requisitos de
    exportación de los países que soliciten
    importaciones de animales, productos, subproductos de origen
    animal, o cualquier material que implique algún
    riesgo.

  • 3. En las fronteras se procederá a la
    desinfección del calzado de pasajeros y tripulantes,
    así como de neumáticos de vehículos
    rodantes.

  • 4. Los hoteles, villas o cualquier
    instalación de turismo internacional ubicados en la
    zona afectada cumplirán las medidas para que el
    tránsito de turistas en el territorio nacional no
    constituya un riesgo de diseminación de la enfermedad,
    así como para evitar la salida del
    país.

  • 5. Los Servicios Veterinarios de Frontera
    (S.V.F) coordinaran con las aduanas, turoperadores,
    líneas áreas, empresas de navegación,
    náuticas, etc. la implementación de las medidas
    de emergencia sanitaria pertinentes.

  • 6. Se aplicaran las medidas de control para la
    importación de productos comprometidos procedentes de
    países afectados.

Diagnóstico de fiebre aftosa y otras
enfermedades vesiculares

6.1 Diagnóstico
clínico-epizootiológico

Se establecerá la sospecha de fiebre aftosa ante
la presencia de signos clínicos y lesionales compatibles
con enfermedades vesiculares en una o más especies
animales susceptibles, así como elevada morbilidad general
y alta mortalidad en categorías jóvenes.

Se mantendrá la notificación obligatoria y
el diagnóstico diferencial para la confirmación
ante la sospecha de cualquiera de las entidades agrupadas en el
Bloque 2 del SIVE.

Ante la sospecha de fiebre aftosa se procederá a
realizar la encuesta epizootiológica (Anexo 5), con el
objetivo de identificar:

  • El posible origen de la enfermedad (investigar hasta
    14 días previos a la fecha de presentación
    clínica del caso índice (más viejo),
    atendiendo al período de incubación de 2-14
    días)

  • Su diseminación a partir del foco establecido
    (conocer los movimientos a partir de los 21 días antes
    del primer caso clínico, atendiendo a que el virus se
    elimina varios días antes de la presentación de
    los síntomas)

6.2 Diagnóstico
anatomopatológico

Lesiones
macroscópicas:

  • a) Hiperemia difusa con estomatitis
    catarral moderada.

  • b) Aftas (vesículas)
    pequeñas, que al confluir llegan a alcanzar 5
    ó 6 cm de diámetro en cara interna de los
    labios, mucosas bucal y nasal, encías y paladar
    duro, rodete dentario y en porción antero dorsal
    de la lengua, a veces aparecen en los ollares y morro,
    así como en los espacios interdigitales, rodete
    coronario y talón.

  • c) Cuando se afectan las mamas y
    pezones se observan las vesículas antes
    referidas e intensa inflamación del
    órgano.

  • d) Al romperse las aftas dejan una
    superficie erosionada, hemorrágica y granular,
    con restos de epitelios adheridos en sus fondos. En la
    base erosionada se forma un exudado que se coagula
    constituyendo una costra que se sustituye por epitelio
    degenerado en menos de dos semanas. Las infectiones
    secundarias pueden complicar el
    proceso.

  • e) Suele presentarse
    inflamación en las vías respiratorias y
    aparato gastrointestinal con presencia de hemorragias
    petequiales en cuajar e intestino,
    transformándose las del cuajar
    rápidamente en úlceras.

  • f) Edema pulmonar, esplenomegalia,
    hidropericardio, corazón
    atigrado.

  • g) En los animales jóvenes sin
    que lleguen a observarse aftas, la muerte es
    común producto de grave miocarditis que interesa
    la musculatura ventricular y los músculos
    papilares.

Lesiones
microscópicas:

  • a) Las células de las capas
    profundas del estrato espinoso se hinchan
    progresivamente, observándose el citoplasma
    eosinófilo, acompañado de
    disociación de las células por
    degeneración y retracción de los puentes
    intercelulares. Entre las células se observa
    acumulo de liquido intersticial e infiltración
    por leucocitos.

  • b) Las células más
    externas se tornan hidrófilas,
    apreciándose microaftas que confluyen y se hacen
    visibles macroscópicamente.

  • c) La base de las aftas está
    constituida por capas germinativas basales y la dermis
    subyacente, lámina propia infiltrada por
    células inflamatorias e intensa
    hiperemia.

  • d) Inflamación catarral en
    vías respiratorias y digestivas.

  • e) Miocarditis aguda y
    degeneración hialina con necrosis de las fibras,
    acompañado de infiltrado por
    leucocitos.

6.3 Diagnóstico
virológico

Se describe el procedimiento para el
diagnóstico virológico de la fiebre aftosa (FA),
así como el diferencial con la estomatitis vesicular (EV)
y la enfermedad vesicular del cerdo (EVC).

6.3.1 Precauciones y medidas de
seguridad

  • Por tratarse de enfermedades exóticas
    para nuestro país y formar parte de la Lista A de
    Enfermedades de Notificación obligatoria de la Oficina
    Internacional de Epizootias, las muestras se
    trabajarán en condiciones de Nivel III de
    Bioseguridad.

  • Toda la cristalería utilizada será
    fregada con los requisitos establecidos para un laboratorio
    de virología y esterilizada
    debidamente.

  • Se trabajará en cabina de seguridad
    biológica, con ropa apropiada y cumpliendo las medidas
    de bioseguridad. Los restos o desperdicios, y
    cristalería utilizada se recogerán en
    contenedores para ser autoclaveados.

  • Solo trabajará personal entrenado y
    autorizado para el trabajo con enfermedades
    exóticas.

6.3.2 Operaciones preliminares

Muestras a
tomar:

Monografias.com

El tejido preferido para el diagnóstico es el
epitelio de las vesículas intactas o rotas recientemente.
Cuando éstas no sean posibles, se deben tomar muestras de
sangre y/o fluido esofágico faríngeo por probang
cup en rumiantes, o exudados de garganta en cerdos, las que
proveen una fuente alternativa de virus. Tejido miocárdico
o sangre pueden ser enviados de casos fatales, pero si
están presentes las vesículas estas son
preferibles.

Transporte de las muestras:

  • a) Las muestras deben ser refrigeradas o
    congeladas inmediatamente después de su
    colección. En el caso de que su traslado al
    laboratorio demorara más de 8 horas, las muestras se
    conservarán congeladas en hielo seco o
    nitrógeno líquido durante la
    transportación.

  • b) Las muestras deben estar
    acompañadas con el protocolo
    correspondiente.

  • c) Las muestras de epitelio, líquido
    de vesículas, saliva y órganos deben ser
    colocadas en frascos de boca ancha, con tapa de rosca, que
    resistan la congelación.

  • d) Los frascos deben estar debidamente
    identificados, con los rótulos escritos a
    lápiz.

  • e) Los frascos deben contener medio de
    transporte I (Anexo 7).

  • f) En el caso del líquido de las
    vesículas y la saliva, se colocará igual
    volumen de medio de transporte que de
    muestra.

  • g) La colección inicial de fluido
    esófago-faríngeo debe realizarse en un frasco
    de boca ancha capacidad 20 mL que permita determinar si el
    fluido esofágico recogido resulta útil como
    muestra (presencia de contenido ruminal o sangre inutiliza la
    muestra). De estar apta se colocan 2 mL de este fluido en un
    contenedor de aproximadamente 5 mL de capacidad, que contenga
    2 mL de medio de transporte II (Anexo 7).

  • h) La sangre será recogida con
    anticoagulante (heparina 10 UI/mL o EDTA 0,5 mg/mL). La
    sangre sin anticoagulante solo será recogida si
    existen animales con siete días post
    infección.

  • i) Las muestras se trasladarán en
    contenedores herméticos, con hielo, hielo seco o
    nitrógeno líquido.

  • j) Antes de congelar, los contenedores
    deben ser cuidadosamente sellados.

  • k) Cuando se emplea hielo seco el sellado
    es particularmente importante, pues la introducción de
    C02 en las muestras baja el pH e inactiva el virus contenido
    en la muestra.

  • l) Las muestras de casos sospechosos
    serán transportadas en contenedores herméticos,
    desinfectados externamente con sosa caústica al 1% y
    colocados en cajas térmicas que aseguren las
    condiciones de refrigeración
    mencionadas.

6.3.3 Preparación de las
muestras

Realizar macerado de los órganos
y de los epitelios.

6.3.4 Identificación del agente
directamente en las muestras

  • Realizar ELISA y Fijación del complemento
    (FC) a partir de las muestras tomadas y procesadas (liquido
    de vesículas, macerados de epitelios y órganos,
    saliva, liquido esofágico y sangre con
    anticoagulante), según las instrucciones del
    fabricante.

  • Realizar el ensayo de Reacción en Cadena
    de la Polimerasa acoplado a la reverso transcripción
    (RT-PCR) con las muestras anteriores, según las
    instrucciones del suministrador.

6.3.5 Identificación del agente por
aislamiento viral

Inoculación de las
muestras:

Independientemente del resultado de las pruebas
anteriores, inocular para aislamiento viral en cultivos primarios
y en líneas celulares. Como alternativa se pueden utilizar
animales de laboratorio (Tabla 1)

Partes: 1, 2

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