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Los recursos en el codigo procesal penal



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    Esquema Explicativo: Introducción sobre el derecho al
    recurso. Análisis de las Disposiciones Generales. El
    recurso de Oposición. El Recurso de Apelación
    contra resoluciones interlocutorias. El Recurso de
    Apelación contra la Sentencia. El Recurso de
    Casación. El Recurso de Revisión.

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    I. El Derecho al Recurso: Introducción Definición
    de Recurso conforme a la Suprema Corte de Justicia:
    Resolución 1920/2003: “Garantía procesal
    conferida al condenado (sujetos procesales), a quien se le
    reconoce el derecho a que se examine por un tribunal superior, la
    legalidad y razonabilidad de toda sentencia o resolución
    judicial que imponga a la persona un agravio de irreparable o
    difícil reparación”. Reconocimiento del
    Derecho por el Ordenamiento jurídico interno: Art. 3.2 de
    la CRD: “La República Dominiacana reconoce y aplica
    las normas de Derecho Internacional general y americano en la
    medida en que sus poderes públicos las hayan
    adoptado”. Art. 14.5 del PIDCP Art. 8 del CADH

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    I. El Derecho al Recurso: Su regulación legal en materia
    penal. LIBRO III. Titulo I: Disposiciones Generales. Titulo II:
    De la Oposición. Titulo III: De la Apelación.
    Titulo IV: Apelación de la Sentencia. Titulo V: De la
    Casación. Titulo VI: De la Revisión.

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Derecho al
    recurso no es un derecho absoluto: 393 fija una triple
    restricción (Qué, cómo y quién).
    Constitucionalidad de la restricción. Limitación a
    la libertad de configuración legislativa.

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: La
    Legitimación. LA LEGITIMACION: Art. 393: Las partes
    respecto a resoluciones adversas. La víctima: art. 27 Art.
    396 Art. 84.5 Supuestos especiales: recurso de revisión
    (art. 429).

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Exigencia de
    Gravámen. LA LEGITIMACION: Desfavorables a las partes
    recurrentes, en el sentido de divergente con lo peticionado en su
    día por el recurrente. Morfología del Perjuicio:
    Efectivo Iura novit curia Desestimación principal y
    estimación subordinada Condena en costas Pretensión
    de solidaridad Gravamen procesal Posición especial del
    Fiscal: Art. 395 (a favor de la justicia e in favor rei) Actor
    civil (Art. 123 y 53)

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Autodefensa
    del Imputado LA LEGITIMACION: Contenido de la Autodefensa 394:
    “El defensor puede recurrir por el imputado”. Doble
    dimensión implicita (18 y 111) Reconocimiento
    explícito al 404 Voluntad preminente: Rechazo de la
    apariencia del 111 Preeminencia del voluntad y libertad del
    encausado (ART. 398): consentimiento libre e informado del
    cliente Predicable del responsable civil (397 y 131).

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas
    Comunes de Tramitación. EL PLAZO: Art. 399 “Se
    presentan en las condiciones de tiempo…que se determinan
    en el Código”. Extensión de los plazos.
    Plazos de caducidad e ininterrumpibles (Art. 143.1) Dias
    hábiles (143.3). Notificación como dies a quo y
    excepción (143.3 y 143.4). Hora de vencimiento
    (143.1)

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas
    Comunes de Tramitación. EL PLAZO: CUESTIONES
    ESPECÍFICAS. Presentación hasta las 12 de la noche
    (Art. 143). Distribución de recursos: Art. 76. Requisitos:
    Presentación sujeta a plazo perentorio (último
    día). Dirigido a órgano con jurisdicción en
    el territorio. Presentación concluida jornada de trabajo
    del órgano destinatario. Presentación durante
    horario de guardia del receptor.

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas
    Comunes de Tramitación. EL PLAZO: CUESTIONES
    ESPECÍFICAS. Inobservancia del Plazo: Inadmisibilidad
    (STCE, 113/1988). Prórroga del Plazo: Art. 143:
    Improrrogabilidad de los plazos salvo autorización legal.
    No prevista posibilidad de prórroga en 393 y ss. para
    recursos. Posibilidad de aplicación extensiva de la norma
    general del 147

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas
    Comunes de Tramitación. EL PLAZO: CUESTIONES
    ESPECÍFICAS. Cómputo en supuestos de
    Rectificación y Aclaración. Art. 405. Ampliable a
    errores materiales, mecanográficos, aritméticos o
    aclaración. Plazo en tales supuestos. Buena fe: antes de
    vencimiento término y fundado. Supuestos de conocimiento
    antes de notificación: – Constitucionalidad, no
    idoneidad.

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas
    Comunes de Tramitación. EL PLAZO: CUESTIONES
    ESPECÍFICAS. Cómputo del Plazo en supuestos de
    doble notificación. Previsión del CPP: A favor:
    recurribilidad indistinta. En contra: control del 111 exige
    conocimiento dual. Supuestos de omisión a la
    notificación de la indicación de recurso, plazo y
    lugar de interposición. Omisión no afecta a la
    parte. Improdedencia de nulidad: subsanación y nuevo
    computo. Libre opción de la parte entre ambas.

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas
    Comunes de Tramitación. EL PLAZO: CUESTIONES
    ESPECÍFICAS. Supuestos de errónea indicación
    al momento de la notificación del recurso, plazo y lugar
    de interposición. Error no determina a la parte. Error no
    vincula al juzgador ni a ulteriores instancias:
    Inadmisión. Error en el plazo que sobrepasa el legal: Con
    o sin letrado. Indefensión impone subsanación y
    nuevo cómputo. Problemas derivados de la exigencia de que
    la renuncia al plazo haya de ser expresa. Interpretación
    del CPP a la luz del Art. 144.

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas
    Comunes de Tramitación. EL PLAZO: CUESTIONES
    ESPECÍFICAS. ¿Computan los días inhabiles en
    los recursos contra decisiones en materia de coerción?
    Sentido de la regla General: Frente a art. 137, surge el
    lógico art. 143. Excepciones: en lo relativo a la
    investigación y medidas de coerción
    (términos de restricción máxima de derechos,
    no afectada por días feriados). Conjunción art. 245
    (facultad de apelación) y 143 (computo de días
    inhábiles).

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas
    Comunes de Tramitación. LA FORMA: Art. 399: Norma de
    Remisión e Indicación de mínimo formal
    (“indicación específica y motivada de los
    puntos impugnados de la decisión”). La
    Inadmisión a límine: Competencia para la
    resolución de inadmisión: la ausencia de r. queja.
    Supuestos incontrovertibles de inadmisión Reglas
    interpretativas en el resto de casos: Interpretación
    favorable a efectividad del derecho de acceso al recurso.
    Criterio restrictivo respecto exigencias formales. Analizar
    finalidad del requisito y primar la finalidad sobre la
    literalidad. Subsanabilidad, salvo que no quepa sin quebranto de
    otros derechos o bienes constitucionales dignos de igual tutela.
    Inadmisión final no es una sanción, sino
    garantía de preservar integridad objetiva del ordenamiento
    jurídico.

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas
    Comunes de Tramitación. LA FORMA: CUESTIONES
    ESPECÍFICAS. Incumplimiento de las exigencias generales de
    forma: No imposición de forma de motivación.
    Indicación objeto del recurso y razones en las que se
    asienta. Indentificación. Concreción.
    Inteligibilidad. Subsanación y buena fe. Ausencia de
    firma: Justificación en la legitimación y
    postulación. Subsanabilidad.

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas
    Comunes de Tramitación. LA FORMA: CUESTIONES
    ESPECÍFICAS. Recurso ante órgano distinto del
    procedente. Inadmisibilidad. Excepción en casos de
    omisión o error en la indicación, cabrá
    pedir nueva notificación. Errónea
    denominación del recurso: Tramitación
    correcta.

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas
    Comunes de Tramitación. LA FORMA: CUESTIONES
    ESPECÍFICAS. Admisión indebida del recurso: En el
    recurso de oposición. Defecto percibido antes de
    pronunciamiento sobre admisión: inadmisión. Defecto
    percibido después de errónea admisión: Si no
    hubiere actividad procesal posterior distinta de la
    resolución: desestimación. Si se percibe constante
    la sustanciación del recurso: Resolución de
    reposición y declarando inadmisibilidad.

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas
    Comunes de Tramitación. LA COMPETENCIA: Recursos
    devolutivos y no devolutivos. Competencia limitada en el objeto:
    Art. 400 (coherente con el artículo 399). Excepción
    (coherente con artículo 1) Imprecisión del
    término “cuestión de indole
    constitucional”. Audiencia de las partes. Incompetencia
    subjetiva: Art. 403. Casos Cubber o Piersak y Caso Ulloa
    (extensible a juicio valorativo que cree una convicción
    que afecte al objeto).

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas
    Comunes de Tramitación. LOS EFECTOS DEL RECURSO: Efecto
    suspensivo: Regla General: Art. 401 Excepciones: Artículo
    245: Recursos contra las medidas de coerción.
    Artículo 411: No paralizará Investigación ni
    procedimiento en curso. Artículo 427: Por remisión
    al 411, ineficacia suspensiva de la casación contra
    resoluciones interlocutorias. Recurso de Revisión: Suprema
    Corte se pronuncia sobre la suspensión constante la
    sustanciación. Aplicabilidad de la Regla General:
    Apelación y Casación de Sentencias.
    Apelación decisiones sobreseyentes del proceso.

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    2.- Análisis de las Disposiciones Generales: Normas
    Comunes de Tramitación. TRAMITACIÓN Y RESOLUCION:
    Tramitación de las Audiencias: Art. 406 imparcialidad,
    igualdad de armas, oralidad, inmediación, cross
    examination, Desistimiento (Art. 398): Admisibilidad y
    consecuencias. Autorización para la actuación
    letrada. Extensible a cualquier vicisitud procesal. Insuficiencia
    de la autorización escrita impuesta por la ley.
    Extensión: Art. 402 Proscripción de la reformatio
    in peius: Art. 404 Juicios rescisorios. Juicios
    rescindentes.

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    2.- El Recurso de Oposición. PROCEDENCIA: Art. 407.
    Acepción de “resolver” Interponible contra
    resoluciones que van más allá de la mera
    ordenación secuencial del proceso. Excepciones: Excluidas
    de recurso: Art. 393 Resoluciones apelables: Art. 409
    Resoluciones resolviendo oposición: Art. 409.

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    2.- El Recurso de Oposición. TRAMITACION: El Plazo de
    Interposición: Actuación oral: Art. 408
    Resolución Escrita: Art. 409. Acompañamiento copia
    para el resto de las partes: Sin trámite de traslado.
    Omisión grave. Quebranto de principios de defensa y
    contradicción. La Admisión a trámite:
    Prácticas forenses.

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    2.- El Recurso de Oposición. TRAMITACION: El Periodo de
    Práctica de Prueba: Imprevisión legal. Operatividad
    prueba documental. Proposición contraria a la
    resolución en 3 días. Admisibilidad extraordinaria.
    La Resolución: El plazo del Art. 409 y su
    redifinición práctica: dies a quo y plazo para
    dictar sentencia. La competencia del art. 407 (criterio de
    identidad funcional, frente a identidad subjetiva).

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    El recurso de Apelación contra resoluciones
    interlocutorias. Introducción. Resoluciones susceptibles
    de apelación Art,410: Pº de Excepcionalidad (Pº
    de celeridad): Delimitación de los órganos de
    procedencia: Insuficiencia e imprecisión de la
    previsión general básica: Art. 410. La
    apelación de las resoluciones del juez de Ejecución
    Penal (art. 74 y 442 a 448). La lógica ininclusión
    del Juez de Primera Instancia (art. 72) Supuestos especiales de
    competencia objetiva por razón de la persona (art. 377 a
    380) . Delimitación de resoluciones recurribles (sin
    indicación de motivos):

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    El recurso de Apelación contra resoluciones
    interlocutorias. TRAMITACION: El Plazo: Divergencia entre el
    plazo de interposición y contestación (art. 411 y
    412) Su constitucionalidad y su contradicción con el
    artículo 12 del CPP. El escrito de sustanciación:
    Presentación de copias (411,412…245,2 a 251)
    Estructura: Motivación (indicación
    específica y motivada de los puntos de impugnación
    –art. 399). Proposición de prueba e
    indicación del objeto de la misma. Aportación o
    propuesta (411 y 413) Interpretación de la exigencia de
    precisión en la indicación de su objeto
    (indicación de razón estratégica, sin
    desvelar sentido indicativo). Subsanabilidad (ante el tribunal de
    alzada, exige nuevo traslado a la contraparte)

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    El recurso de Apelación contra resoluciones
    interlocutorias. TRAMITACION: Sobre las copias -legajo- exigidas
    en el artículo 412. Competencia para concretarlas.
    Definición de cuales han de incorporarse. Momento de
    concreción del contenido expediente. Tramitación
    ante el órgano ad quem. Inadmisión a limine
    Admisión e inadmisión de prueba (art. 413):
    Procedencia o improcedencia del recurso. Devolución de
    documental. Admisión del recurso y –total o
    parcialmente- de prueba interesada: Vista innecesaria (413).
    Vista necesaria a consideración del Tribunal (plazo de
    celebración).

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    El recurso de Apelación contra resoluciones
    interlocutorias. TRAMITACION: Su efecto suspensivo: Art. 411.
    Art. 245 Las resoluciones de sobreseimiento. Juicio rescisorio:
    Art. 415.

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    El recurso de Apelación contra resoluciones
    interlocutorias. TRAMITACION DE URGENCIA (decisión de
    prisión o arresto domiciliario): Sin suspensivo: Art. 245.
    Remisión Inmediata al Tribunal de alzada.
    Restricción de supuestos: Art. 414 Imposición ex
    lege de audiencia ante el tribunal de apelación.
    Independencia de proposición de prueba y necesidad de
    inmediación. Exigencia para articular el derecho de
    defensa del apelado. Practica forense de contestación
    previa a la audiencia o en esta

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    El recurso de Apelación contra las sentencias.
    Introducción. Reconocimiento legal del derecho. CoIDH
    Concreción procesal más amplia (art. 21 y 416)
    Legitimación: Normas Generales La apelación de las
    Sentencias de conformidad Acuerdo Parcial (Art. 366 a 368)
    Acuerdo Pleno (Art. 363 y 364)

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    El recurso de Apelación contra las sentencias.
    Introducción. Reconocimiento legal del derecho. CoIDH
    Concreción procesal Legitimación: Normas Generales
    La apelación de las Sentencias de conformidad Acuerdo
    Parcial (Art. 366 a 368) Acuerdo Pleno (Art. 363 y 364)

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    El recurso de Apelación contra las sentencias.
    TRAMITACION: Plazo: 10 días desde notificación
    (última en doble) Sentencia in voce (desde escrita,
    admisible el adelanto de parte) Suspensión:
    Notificación, fuerza mayor Rectificación y
    Aclaración Cambio de postulación. (Ekbatani contra
    Suecia, Stcia de 26 de mayo de 1988) Escrito de
    interposición: Insuficiencia indicaciones genéricas
    (Art. 399). Defecto subsanable en plazo. Exigencia de
    indicación separada de los motivos (Art. 418) Sin
    Cuestiones nuevas –doble instancia-

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    El recurso de Apelación contra las sentencias.
    TRAMITACION: La Prueba: Exigencia de proposición en
    escrito de interposición. (art. 420). Limitaciones:
    ¿cabe repetición de pruebas practicadas en la
    instancia? Excepciones al pº anterior (STEDH, Ekbatani
    contra Suecia). ¿Prueba ha de limitarse a la que no pudo
    proponerse en la instancia o fue denegada? Admisibilidad en
    función de su pertinencia. Los motivos de la
    Apelación: Art. 417. Naturaleza ordinaria o extraordinaria
    (CoIDH Informe 55/1997).

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    El recurso de Apelación contra las sentencias.
    TRAMITACION: La Prueba: Exigencia de proposición en
    escrito de interposición. (art. 420). Limitaciones:
    ¿cabe repetición de pruebas practicadas en la
    instancia? Excepciones al pº anterior (STEDH, Ekbatani
    contra Suecia). ¿Prueba ha de limitarse a la que no pudo
    proponerse en la instancia o fue denegada? Admisibilidad en
    función de su pertinencia. Los motivos de la
    Apelación: Art. 417. Naturaleza ordinaria o
    extraordinaria.

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    El recurso de Apelación contra las sentencias.
    TRAMITACION: Operatividad de los motivos de recurso: Relevancia
    de los motivos al artículo 422. Insuficiencia legal.
    Quebrantamientos no subsanables o irresolubles en segunda
    instancia Obligan a repetición juicio, prueba,
    valoración o sentencia. Requisitos Supuestos. Non bis in
    idem y clausula Favor Rei del artículo 423.
    Quebrantamientos subsanables o resolubles en segunda instancia.
    Subsanación con decisión definitiva en la alzada.
    Requistos Supuestos

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    Elementos de vicio rescindente Quebranto o inobservancia de
    normas procesales o de inexcusable observancia. Que la
    trasgresión produzca afectación grave o
    anulación de un derecho o garantía. Que se derive
    una real (no formal) indefensión en el recurrente,
    privando o menoscabando los instrumentos para la defensa de sus
    derechos. Que no pueda subsanarse en segunda instancia. Que se
    haya interesado la subsanación en la instancia, salvo que
    se produjera la trasgresión en un momento en que haya
    resultado imposible reclamar.

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    El recurso de Apelación contra las sentencias.
    TRAMITACION: Operatividad de los motivos de recurso: Relevancia
    de los motivos al artículo 422. Insuficiencia legal.
    Quebrantamientos no subsanables o irresolubles en segunda
    instancia Obligan a repetición juicio, prueba,
    valoración o sentencia. Requisitos Supuestos. Non bis in
    idem y clausula Favor Rei del artículo 423.
    Quebrantamientos subsanables o resolubles en segunda instancia.
    Subsanación con decisión definitiva en la alzada.
    Requistos Supuestos

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    Elementos de vicio rescisorio Infracción de preceptos
    constitucionales o legales que deberán ser identificados
    por el recurrente. Real y efectiva indefensión del
    recurrente. Pedir la subsanación de la infracción
    en la instancia, salvo que quebranto se produjera en un momento
    procesal tras el que resulte imposible. Que la irregularidad sea
    resoluble por el propio órgano ad quem.

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    El Recurso de Casación. Resoluciones Recurribles (art.
    425). Sentencias dictadas por Corte de Apelación (previa
    apelación 416, 71, 72 y 75). Decisiones interlocutorias
    que pongan fin al procedimiento: Denegación de apertura de
    juicio oral (art. 304) Decisión judicial confirmando
    archivo de actuaciones ordenado por el fiscal (281 y 282).
    Declaración de extinción de la acción penal
    por transcurso tiempo máximo (149 y ss). No prevista
    apelación (art. 410 en relación a 148 a 154).
    Actuación del 151 y reinterpretación
    práctica Decisión judicial de suspensión
    condicional del procedimiento Terminación condicionada:
    insatisfacción de la exigencia de poner fin al proceso.
    Resoluciones denegatorias de extinción o suspensión
    de la pena (442 y concordantes) Impropia inexigencia legal de
    previa apelación (art. 425). Inadecuada limitación
    a resoluciones denegatorias.

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    El Recurso de Revisión. Naturaleza y Justificación.
    Motivos Legitimación. Competencia. Tramitación:
    Prueba de oficio. Efecto suspensivo modificable. Juicio
    rescindente y Juicio rescisorio.

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    Motivos del recurso de revisión Evidencias de la
    irrealidad del delito atribuido (Art. 428.1 y 428.4).
    Justificación de no participación del condenado
    (Art. 428.2). Acreditación de un quebranto grave y
    definitivo del proceso debido (Art. 428.3 y 428.5).
    Modificación de la respuesta penal que los hechos merecen
    (Art. 428.6 y 428.7).

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