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Sociologia en el derecho



Partes: 1, 2

  1. Conceptos básicos de la
    Sociología general
  2. Sociología
    Jurídica

RESUMEN DE BOLILLAS.

PRIMERA PARTE.

Conceptos
básicos de la
Sociología general

Bolilla Nro.1

1- SOCIOLOGIA.CONCEPTO Y CONTENIDO DE
LA CIENCIA.

Sociología: La
sociología es el estudio científico de los seres
humanos en sus relaciones unos con otros.

Contenido de la ciencia: Toma como
objeto central de estudio el hecho de las relaciones humanas, el
contenido de la sociología es el estudio de la
interacción humana.( el accionar del hombre dentro de la
sociedad y todo lo que le sucede dentro de esa
interacción).

2- PERSONA SOCIAL.
CONCEPTO.

Se llama persona social a todos los seres
humanos en cuanto se distinguen de los animales; esto por su
racionalidad y su necesidad intrínseca de relacionamiento
con otros. ( ejemplo : niño que entra a socializar en el
ambiente escolar. Como interactúa y se complementan el
grupo primario y secundario en el.)

3- LA PERSONALIDAD
SOCIAL.

En términos generales la
personalidad social se refiere a todas las formas en que el
individuo actúa en relación con otras personas y
junto con ellas.(Ejemplo: lo que el individuo quiere que la
sociedad vea en el (rol en la sociedad)).

4- STATUS Y ROLES. CONCEPTO DE STATUS.
TIPOS DE STATUS. STATUS Y DERECHO. CONCEPTO DE ROL. RELACIONES
ENTRE STATUS Y ROL. CONFLICTO DE ROLES Y NORMAS
JURÍDICAS.

Status: Es la posición que
ocupa la persona en la sociedad. La sociedad es la que determina
el status de cada uno.

Tipos de status: Todo concepto de
clases y estratificación social hace referencia al status
de cada uno con el status de otros. Ejemplos: los originados en
relación de pertenencia a: la familia, el ambiente
educativo, los lugares de recreación, el poder
económico, el poder político, el ambiente y
creencia religiosas.

Status y Derecho: según del
status que uno posea dentro de la sociedad, Ej.: una persona que
comete delitos de guantes blancos lo cometen personas con un
status alto. El status puede llevarlo a cometer ciertos tipos de
delitos. Tiene que ver con su estatus .

Rol: Es la posición que asume
la persona en los distintos ámbitos de su accionar.
Ejemplo: Padre de Familia, Abogado (en el trabajo),
capitán de un equipo de futbol (actividad
recreativa).

Relaciones entre status y rol: El
status es el puesto que le corresponde a cada miembro en un
sistema social y los roles son los papeles que cumple dentro de
ese sistema social.

Conflicto entre roles y norma
jurídica:

Ej.: Prestación de alimentos. Varios
casos de ejemplos.

Bolilla Nro.2

1- LA SOCIEDAD. DEFINICIÓN Y
CARACTERÍSTICAS. FUNCIONES DE LA SOCIEDAD.
CLASIFICACIÓN.

La sociedad: Es el conjunto de
individuos que comparten fines, conductas y cultura, y que se
relacionan interactuando entre sí cooperativamente; para
formar un grupo o una comunidad.

Características:
Centrándose en las sociedades humanas podemos decir de una
de sus características para diferenciarse de las
demás sociedades(animales, insectos), es la presencia de
la cultura en la misma.

Funciones de la sociedad:

Funciones
genéricas:

a) Reúne a las personas en
el tiempo y en el espacio, haciendo posibles la mutuas
relaciones humanas.

b) Proporciona medios sistemáticos y
adecuados de comunicación entre ellas, de modo
que puedan entenderse.

c) Desarrolla y conserva pautas
comunes de comportamiento que los miembros de la sociedad
comparten y practican.

d) Proporciona un sistema de
estratificación de status y clases, de modo que
cada individuo tenga una posición relativamente
estable y reconocible en la estructura social.

Funciones
específicas:

a) Tiene una forma ordenada y eficiente de
renovar sus propios miembros.

b) Cuida de
la socializacióndesarrollo e
instrucción de sus miembros.

c) En sus variados grupos económicos
la sociedad produce y distribuye
los bienes y servicios.

d) La administración política y
los diversos grupos cívicas satisfacen las necesidades de
orden y seguridad externa que sienten los
hombres.

e) Las diversas formas de religiones,
atienden socialmente las necesidades religiosas y
espirituales.

f) Las asociaciones, existen grupos
sociales y disposiciones sistemáticas que están
destinadas al descanso y diversiones.

Resumen: hace evolucionar o involucionar al
individuo.

Clasificación de las
sociedades:

  • 1) Sociedades sin escritura o
    preletrada o primitiva.

  • 2) Sociedades con escrituras o
    civilizadas.

  • 3) Sociedades dominadas por la
    economía.

  • 4) Sociedades dominadas por la
    familia.

  • 5) Sociedades dominadas por la
    religión.

  • 6) Sociedades dominadas por la
    política.

  • 7) Sociedades
    comunitarias.

  • 8) Sociedades complejas o
    asociativas.

2- LOS GRUPOS SOCIALES. CONCEPTO.
CARACTERÍSTICAS. CLASIFICACIÓN.

Grupos sociales: Conjunto de
personas que desempeñan roles similares dentro de una
sociedad.

Características: Los grupos
tienen formas de relacionamiento estructurados y duraderos en el
tiempo; además actúan con unas mismas normas,
valores y fines acordados y necesarios para el bien
común.

Clasificación: Primarios,
Secundarios , De presión.

  • 1- Primarios: Sus miembros, tienen
    relaciones personales constantes, sentimiento de solidaridad
    mutua y una estrecha adhesión a los valores comunes.
    Ejemplo: La familia.

  • 2- Secundarios: Asociación
    menos unida de la cual uno forma parte por voluntad propia, y
    las relaciones son mas formales y están regidas por el
    derecho, la justicia y los formalismos del entorno. Ejemplo:
    medio ambiente social.

  • 3- Grupos de presión:
    Colectividad organizada de personas, que se forman por
    intereses comunes de sus miembros, por lo general buscan
    sobresalir sobre otros grupos dentro de la sociedad toda, y
    sus fines son la consecución del poder y determinadas
    ventajas. Ejemplo: militares, masonería.

3- CATEGORIAS Y CONGLOMERADOS.
CONCEPTOS. CARACTERÍSTICAS. CLASES.

Categorías: Una pluralidad de
individuos que son considerados como una unidad social, por el
hecho de ser efectivamente análogas en uno o mas aspectos.
Ejemplos: Ricos, Pobres, Niños, Ancianos, etc.

Conglomerados: Agrupación de
personas que comparten un espacio físico por determinado
tiempo y con una mínima o nula
comunicación.

Características de las
categorías y conglomerados:
Las
categorías
solo existen en la mente y las personas no
están juntas en la realidad.

Los conglomerados sociales existen
de forma física, sus miembros son relativamente
anónimos, el conglomerado social no está
organizado, hay un solo limitado contacto social.

Clases de Conglomerados:

  • 1) Multitud: Es un conglomerado
    pacífico de personas con escasa interacción
    mutua, carece de objeto y no realiza ninguna función
    común, ocupa un espacio físico, no es
    excitable. Ejemplo: Personas en el semáforo, en la
    entrada del cine.

  • 2) Turba: Es un conglomerado
    social del que se dice que no se puede dominar, por carecer
    de control interno y exterior, es desordenado, es breve pero
    intenso, se hallan en alta excitación emotiva, es
    destructor, antisocial y belicoso. Ejemplo: hinchas de un
    equipo de futbol en nuestro país.

  • 3) Auditorio: Es un conglomerado
    de personas que se reúnen libremente para asistir a
    algún acto. Ejemplo: personas que van asisten al
    teatro.

  • 4) Manifestaciones
    públicas: Son conglomerados que se reúnen para
    promover una idea, un credo, un movimiento o a alguna persona
    en particular. No son meros espectadores; sino que
    participan, suelen organizarse premeditadamente. Ejemplo:
    desfiles, marchas, procesiones, etc.

  • 5) Conglomerados residenciales: Se
    observan en las grandes ciudades, es relativo, anónimo
    y móvil.

  • 6) Conglomerados funcionales:
    Están constituidos por personas a las que se le
    asignan mas o menos arbitrariamente límites
    territoriales. Ejemplos: distritos de policías, zonas
    escolares.

Bolilla Nro. 3

  • 1- NORMAS SOCIALES.
    DEFINICION. DIFERENTES TIPOS DE NORMAS SOCIALES. LA NORMA
    JURÍDICA COMO NORMA SOCIAL.

Normas sociales: Son aquellas que
constituyen un modo o, condicionamiento de conducta socialmente
sancionada.

Ej.: La cortesía, los modales,
higiene diaria, respeto, la honestidad ,etc.

Tipos de normas sociales: Algunos
ejemplos son, la moda, la tradición, los usos y costumbres
de una sociedad.

La norma jurídica como norma
social:
Cuando la norma social no se respeta, provoca la
repulsión de la sociedad, y si esta falta esta ligada a
una sanción, pasa de ser una norma social a ser una norma
jurídica; la cual puede ser:

  • a) positiva: uso de la fuerza
    física para detener e hecho no deseado.

  • b) agresiva: cuando infiere
    perjuicio a la persona o bienes.

  • c) restitutiva: restituir las
    cosas en el estado querido por las normas.

Diferencias entre normas sociales y
jurídicas radican en el la coercibilidad relativa.( OJO)
preguntas salvavidas.

  • 2- INSTITUCIONES SOCIALES.
    CONCEPTO. CARACTERISTICAS. FUNCIONES.
    CLASIFICACIÓN.

Instituciones sociales: Sistema de
convenciones sociales, duraderas y reconocidas como
válidas por la sociedad.

Características: Deben ser
conocidas y reconocidas dentro de la estructura social del
país al que pertenecen.

Funciones de las instituciones
sociales:
La socialización de los individuos y el
control social dentro de la sociedad.

Clasificación de las
instituciones sociales:

  • 1) Familia

  • 2) Iglesia

  • 3) Sistema educacional

  • 4) Poder judicial

  • 5) Mercado

  • 6) Ayuntamiento

  • 7) Sindicato

  • 3- LA CULTURA Y LOS VALORES.
    CONCEPTO SOCIOLÓGICO DE CULTURA. LOS VALORES SOCIALES.
    CONCEPTO. CLASIFICACIÓN.

Cultura: Conocimientos que los
individuos de una sociedad van adquiriendo con el paso del
tiempo, aplicándolos a sus estilos de vida
haciéndolos característicos de su
sociedad.

Valores: Grado de importancia que se
le da a un objeto o en el caso de la ética a las acciones
que uno realiza o puede llegar a realizar o no, poniendo como
ejemplo una escala de importancia elevada de una acción
(según la ética) puede ser algo bueno, y una escala
muy baja (según la ética) algo malo.

Concepto sociológico de la
cultura:
Sobre este punto se puede hacer referencia a que
mientras mayor sea el grado de integración social, de
empatía de la persona; mayor va a ser el crecimiento
cultural de la persona.

Los valores sociales: Son los
valores que inculca la sociedad en si en donde se encuentra
viviendo el individuo, los cuales representan a los usos y
costumbres.

El carácter valorativo de las
normas jurídicas:
desde el punto de vista legal es el
método de control formal por excelencia dentro de una
sociedad. También se tiene en cuenta dentro de este
aspecto la valoración interna del individuo acerca de todo
lo que lo rodea. Aceptabilidad del individuo de las
normas.

  • 4- PROCESOS DE
    INTERACCIÓN. CONCEPTO. CONTENIDO. CLASIFICACION DE LOS
    PROCESOS.

Procesos de interacción del
individuo:
El primer proceso es la interacción materna
y paterna. La interacción simbiótica de la madre
con el hijo seguida de la interacción de tres en donde el
padre rompe la simbiosis antes citada, una importantísima
etapa en donde se fija el grado de empatía y sociabilidad
del niño. Ejemplos: en la primera relación una
madre soltera que no desea el hijo, un hijo no deseado, o un hijo
deseado que nace y crece en un matrimonio ideal.

  • 5- INTEGRACIÓN
    SOCIOCULTURAL.CONCEPTO Y CLASIFICACIONES.

Concepto: Proceso dinámico y
multifactorial que posibilita a personas que se encuentran en un
sistema marginal; a participar del nivel mínimo de
bienestar social y cultural de un determinado
país.

Ej.: En nuestra constitución se
promueve la integración de la población campesina
al desarrollo económico y social de la
nación.

Bolilla 4

  • 1- SOCIALIZACIÓN.
    CAMBIO SOCIAL. CONTROL SOCIAL. DESVIACIÓN SOCIAL.
    CLASES. LA ANOMÍA.

Socialización: Proceso de
toma de conciencia y pertenencia a un grupo determinado de
personas.

Cambio social: Una alteración
apreciable de las estructuras sociales. (evolución o
involución).

Control social: Normas que la
sociedad establece a los individuos que la conforman; a las
cuales deben adaptarse estén o no de acuerdo con
ellas.

Medios de control social:

  • 1- Formales: normativas de una
    sociedad cuyo incumplimiento lleva al individuo a ser pasible
    de sanción.

  • 2- Informales: normas aplicadas
    por el grupo social al que se pertenece Ej.: Perjuicios,
    Normas morales.

Desviación social: Salir de
las costumbres sociales o normas sociales, pasar por encima de
los derechos de los demás; (sin entrar en las normas
jurídicas).

Desviación social positiva y
negativa:
Toda cultura contiene a la vez pautas ideales y
reales
de comportamiento.

Las pautas ideales:

son la interpretación de los mas
altos valores, están expresados en los principios
fundamentales que suscribe la sociedad.

Las pautas reales:

son las que tomamos como norma de
conformidad o de desviación

La desviación positiva: Es la
que va en dirección de las pautas ideales de
comportamiento. se les da el calificativo de "mas
virtuosas".

La desviación negativa: Es un
movimiento en dirección de un comportamiento desaprobado,
inferior e inadecuado. que están "por debajo" de las
pautas reales.

La anomía: Hace referencia a
la incapacidad de estructura social y la falta de
normas.

Sociología
Jurídica

Bolilla 6

  • 1- LA SOCIOLOGIA
    JURÍDICA O DEL DERECHO. CONCEPTO. CONCEPCIONES DE LA
    SOCIOLOGIA JURÍDICA: CONCEPCION AMPLIA Y CONCEPCION
    ESTRICTA.

La Sociología
Jurídica:
Es aquella que disciplina que estudia los
problemas relativos a la eficacia del Derecho, entendido este
último en su faceta de conjunto de actitudes y
comportamientos humanos.

Concepción amplia de la S.
Jurídica:
Es la disciplina que investiga los motivos
por los cuales las personas seleccionan sus parejas, hasta las
razones de la desigualdad social.

Concepción estricta de la S.
Jurídica:
La sociología se divide en dos
grandes áreas : métodos de investigación
y teoría social
(profesional e intelectual). Estas
áreas están íntimamente conectadas y en
muchas ocasiones intercambian ideas y métodos.

  • 2- RELACION DE LA SOCIOLOGIA
    JURÍDICA CON LA SOCIOLOGIA GENERAL. OBJETO DE LA
    SOCIOLOGIA JURÍDICA O DEL DERECHO. DIFERENCIAS CON LA
    CIENCIA DEL DERECHO Y LA FILOSOFIA DEL
    DERECHO.

Relación y diferencia de la S.
General y la S. Jurídica:
Se relacionan en que ambas
toman como objeto de estudio a los grupos sociales y sus
fenómenos; y se diferencian en el grado de coercibilidad
que se ejercen en cada una, ya que dentro de la
sociología general pueden observarse sanciones
del tipo moral y prejuicioso, y dentro de la
sociología jurídica las sanciones pueden
llegar a ser del tipo penal.

Objeto de la sociología
jurídica o del derecho:
Tiene como objeto el estudio
de la eficacia de las normas jurídicas en la
sociedad.

Diferencias con la ciencia del derecho y
la filosofía del derecho:
La diferencia radica en que
a la ciencia del derecho le basta la ley, a ella se atiene y
trata de interpretarla de forma dogmática. Mientras que a
la filosofía del derecho le interesan los orígenes
de las leyes jurídicas, como estas leyes se mezclan con la
realidad existencial de los individuos y por ultimo los valores
que se tomaran en cuenta para aplicar o elaborar el
derecho.

  • 3- DIVISIONES Y
    DELIMITACIÓN DE LA SOCIOLOGÍA JURÍDICA O
    DEL DERECHO. CONCEPTO SOCIOLÓGICO DEL DERECHO. LA
    SOCIOLOGÍA DEL DERECHO Y LOS PROBLEMAS DEL LENGUAJE
    JURÍDICO. LOS PRINCIPALES TEMAS DE ESTUDIO DE LA
    SOCIOLOGÍA JURÍDICA O DEL
    DERECHO.

Divisiones de la sociología
jurídica o del derecho:

  • 1- Sociología
    sistemática del derecho: estudia al derecho como
    fenómeno social.

  • 2- Sociología diferencial
    del derecho: estudia al derecho en función a los
    distintos estados o regiones.

  • 3- Sociología
    genética del derecho: estudia las transformaciones del
    fenómeno jurídico.

Concepto sociológico del
derecho:
Es el conjunto de normas que regulan la convivencia
social y permiten resolver los conflictos
interpersonales.

Sociología del derecho y los
Problemas del lenguaje jurídico:
El lenguaje
jurídico es el que se utiliza en las leyes; este muchas
veces no es comprendido por una persona normal, por lo cual se
requiere recurrir a fuentes jurídicas para su
comprensión.

Principales temas de estudio de la
Sociología jurídica o del derecho:

  • 1- La eficacia del
    derecho

  • 2- El sistema judicial (acceso a
    la justicia)

  • 3- Multiculturalismo

  • 4- Derechos de interés
    público

  • 5- Derecho y movimientos sociales
    (cambio social)

Bolilla Nro. 7

  • 1- La Sociología
    jurídica o del derecho y la formación del
    jurista. La sociologización de la
    jurisprudencia.

La sociología jurídica
como instrumento de trabajo del jurista:
La Sociología
jurídica puede auxiliar al jurista en las actividades que
desarrolla: 1. Para la decisión de casos el jurista puede
hacer uso de las técnicas y teorías de la
Sociología cuando la norma sea vaga y entonces el derecho
positivo no de una respuesta concreta; 2. Para sistematizar el
derecho positivo de manera que cualquiera pueda informarse de
él: 3. Para obtener un punto de vista político del
contenido del derecho cuando tiene la necesidad de aplicar la
ley, y además cuando tiene que expresar la
interpretación de la misma; y, 4. Para su función
como titular, administrador de alguna oficina,
Institución, etcétera, y para el mejor conocimiento
del entorno social.

La sociologización de la
jurisprudencia:
Quienes tienen a su cargo la
construcción del ordenamiento jurídico no pueden,
no deben ir contra la realidad que la misma sociedad impone. Los
viejos dogmas individualistas y metafísicos del Derecho
civil deben ser desechados, para abrir paso a una nueva
concepción de lo jurídico elaborada sobre un solo
fundamento: el deber social de las personas.

  • 2- METODOS QUE UTILIZA LA
    SOCIOLOGIA JURÍDICA O DEL DERECHO.

  • a) Métodos similares a
    la sociología general:

  • 1- La observación: Mirar de
    una manera crítica, estudiada y sistematizada un hecho
    social.

  • 2- La interpretación: Se
    refiere a desentrañar el verdadero sentido y alcance
    de un hecho social.

  • 3- La comparación:
    Enfrentar dos hechos sociales, analizando las diferencias y
    semejanzas.

  • 4- El método
    histórico comparativo: Estudia la historia de dos o
    mas sociedades y las compara, extrayendo los factores
    positivos y negativos.

  • b) Métodos de
    análisis:

  • 1- Análisis de contenido:
    Es la descomposición de el índice de temas en
    común, para el posterior estudio de cada uno de sus
    puntos.

  • 2- Análisis de documentos
    jurídicos: Descomposición en partes de un
    documento jurídico ( leyes, laudos arbitrales,
    contratos, etc. ) , con el fin de estudiarlo a cabalidad y
    concluir con un conocimiento integral del mismo.

3- Análisis sociológico de la
jurisprudencia: Descomponer en partes los fallos uniformes,
constantes y repetitivos de los jueces y tribunales; para
analizar su impacto o efecto dentro de determinada
sociedad.

Bolilla Nro. 8

  • 1- Emilio Durkheim: LA
    CONCEPCION SOCIOLÓGICO – JURÍDICA DE
    DURKHEIM. CONCEPTO DE DERECHO. RELACIÓN ENTRE DERECHO
    Y SOCIEDAD.

Concepto de derecho: Posee varias
acepciones una de ellas es "la compilación
sistemática de las normas jurídicas de un
país".

Relación entre derecho y
sociedad:
Están íntimamente ligados ya que
interactúan bilateralmente y donde nace o se verifica un
"hecho social" esta presente el derecho.

Una sociedad mecánica se
caracteriza por un derecho represivo. Cualquier ataque a su
sistema de valores compartido es algo de gran importancia para la
mayoría de los individuos, por lo que el trasgresor suele
ser castigado muy severamente si se considera su acción
una ofensa contra el sistema moral colectivo.?

Una sociedad de solidaridad
orgánica
se caracteriza por el derecho restitutivo; a
los individuos se les pide que cumplan con la ley o que
restituyan a aquellos que resulten perjudicados por sus acciones.
En este tipo de sociedades la gente no suele reaccionar
emocionalmente ante el incumplimiento de las leyes.

  • 2- CONCEPTO Y FUNCION SOCIAL
    DEL DELITO. LA FUNCION SOCIAL DE LA PENA. LA ANOMÍA.
    SUICIDIO, SUS CAUSAS.

El delito: En sentido legal, los
códigos penales y la doctrina definen al "delito" como
toda aquella conducta (acción u omisión) contraria
al ordenamiento jurídico del país donde se
produce.

Función social de la pena: Su
función principal es la de actuar como reguladora de la
conducta social, para evitar que se cometan delitos en una
sociedad.

La anomía: Durkheim designa
una importante categoría sociológica y
psicológica en la que el individuo percibe la ausencia de
reglas o normas por las cuales regir su conducta.

Suicidio y sus causas: es la
supresión de la vida por voluntad del propio individuo,
que atenta contra su propia existencia y se auto
elimina.

Durkheim encuentra 4 tipos de suicidios y
sus causas:

  • 1- Suicidio Egoísta: se
    puede dar como consecuencia del desarraigo social, en
    individuo no se siente integrado a los grupos que lo rodean y
    no siente suficiente apoyo en los demás (exceso de
    soledad).

  • 2- Suicidio Anómico: se da
    como consecuencia de desarraigo cultural, mientras en el caso
    del egoísmo se supone una desvalorización de la
    "comunidad social"; la anomía supone una
    desvalorización de la "comunidad moral" (periodos de
    crisis y turbulencia social).

  • 3- Suicidio Altruista: se da como
    consecuencia de que el individuo siente un profundo
    sentimiento de solidaridad social o grupal, que antepone el
    bienestar grupal a su propio bien individual (muerte por
    huelga de hambre).

  • 4- Suicidio Fatalista: en este
    caso el individuo se siente impotente porque su vida esta
    regulada en exceso, hasta límites intolerables (para
    el).

La propiedad: Para Durkheim la
propiedad de la tierra depende de un lazo moral legitimador del
propietario o del que hace uso. Se sirve del derecho para
demostrar que la propiedad no necesariamente supone trabajo. Se
basa más en relaciones hombre-hombre que las de
carácter hombre-naturaleza.

El contrato: Durkheim tenía
el concepto de que en el contrato social existía un factor
de anomía, ya que no garantizaba el orden.

La división del trabajo
social:
La fuente de la vida social es, según
Durkheim, la similitud de las consciencias y la división
del trabajo. La primera es más evidente entre las
sociedades primitivas, en las que la «solidaridad
mecánica», puesta de manifiesto por la ley
represiva, prevalece. La segunda es propia de las sociedades
avanzadas, en las que se manifiesta una mayor «densidad
dinámica» y en las que las reglas jurídicas
definen la naturaleza y las relaciones de las
funciones.

Tipos básicos de solidaridad:
Durkheim hace una comparación entre las sociedades
primitivas y modernas. De esta comparación surge dos tipo
de básicos de solidaridad, una según cada tipo de
sociedad.

  • 1- Solidaridad Mecánica: se
    da en las sociedades primitivas, en donde existe una
    conciencia colectiva que identifica al individuo con el
    grupo; esto se produce por las condiciones de igualdad en la
    comunidad; lo cual lleva a los individuos a un fuerte
    compromiso en común.

  • 2- Solidaridad Orgánica: es
    característica de las sociedades modernas; en donde la
    conciencia colectiva es débil, surge por las
    diferencias producidas por la división del trabajo. La
    solidaridad en este caso se más por necesidad en este
    tipo de sociedades.

Bolilla Nro9

  • 1- Carlos Marx: DERECHO Y
    ECONOMÍA. EL DERECHO COMO SUPERESTRUCTURA. MODO DE
    PRODUCCIÓN Y TIPO DE DERECHO. EL PAPEL DEL DERECHO EN
    LA VIDA SOCIAL. EL DERECHO DEL FUTURO.

Derecho y Economía: Marx
afirma que el Derecho no es más que una expresión
de la producción material de un pueblo, donde todo se va
adecuando para el beneficio o privilegio de una clase
económica gobernante; para perpetuar el poder y mantener
sometida a una clase oprimida.

El derecho como superestructura: No
son más que sinónimos para Marx, más el
resalta la importancia de lograr un cambio en esta
superestructura. Primero transformando la estructura
económica , y la clave para el está en la
redistribución, en donde desaparezcan las clases
sociales y se persiga la satisfacción de todas las
necesidades de la sociedad.

Modo de producción y tipo de
derecho:
El proceso de producción se efectúa de
manera que los hombres casi no se dan cuenta. Marx aclara este
hecho diciendo que en la "producción social de su
existencia" los hombres entran en relaciones determinadas,
necesarias, independientes de su voluntad; esto constituye la
estructura económica de la sociedad, que a su vez es la
base real sobre la que se eleva una superestructura
jurídica.

El papel del derecho en la vida
social:
El derecho según Marx en la vida social es el
mecanismo mediante el cual se obliga a la población a
superarse a si misma para aumentar su producción y de esa
manera mantener a la clase gobernante.

El derecho del futuro: Según
Marx el derecho no puede ser superior al estado económico
de la sociedad y al grado de civilización que le
corresponde.

  • 2- Federico Engels: EL ORIGEN
    DE LA FAMILIA. LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL
    ESTADO.

El origen de la familia. La propiedad
privada y el estado:
El origen de la familia, la propiedad
privada y el Estado: a la luz de las investigaciones de Lewis H.
Morgan es el título de un tratado sobre materialismo
histórico escrito por Federico Engels, que vio la luz en
1884

La familia, es el elemento activo; nunca
permanece estacionada, sino que pasa de una forma inferior a una
superior a medida que la sociedad pasa de un grado más
bajo a otro más alto. Los sistemas de parentesco, por el
contrario, son pasivos, sólo después de largos
intervalos registran los progresos hechos por la familia y no
sufren una modificación radical, sino cuando se ha
modificado radicalmente la familia.

Antes de que se empiece a desarrollar la
familia se convivía en total promiscuidad.

Bolilla Nro. 10

  • 1- Máx. Weber: EL
    RACIONALISMO DEL DERECHO. EL PAPEL DEL DERECHO EN LA VIDA
    SOCIAL. LA EVOLUCION DEL DERECHO.

El racionalismo del derecho: Weber
realizó una búsqueda científica; para
mezclar la observación con la matemática, el
estudio sistemático, y la jurisprudencia.

El papel del derecho en la vida
social:

La evolución del
derecho:

  • 2- VALIDEZ DE LOS
    ÓRDENES LEGITIMOS. CONCEPTO DE DERECHO. LA
    DELIMITACIÓN DEL DERECHO PÚBLICO Y DEL DERECHO
    PRIVADO. APLICACIÓN DEL DERECHO.

Validez de los órdenes
legítimos:

Concepto de derecho:

La delimitación del derecho
público y del derecho privado:

Aplicación del
derecho:

  • 3- NORMAS GENERALES Y
    PARTICULARES. RACIONALIDAD E IRRACIONALIDAD EN LA CREACION Y
    EN LA APLICACIÓN DEL DERECHO. ORDEN JURÍDICO.
    CONVENCIÓN Y COSTUMBRE. GÉNESIS DEL DERECHO. EL
    CONFLICTO ENTRE CONVENCIÓN Y DERECHO. DERECHO Y
    ECONOMÍA.

Normas generales y
particulares:

Racionalidad e irracionalidad en la
creación y aplicación del derecho:

Orden Jurídico:

Convención y
Costumbre:

Génesis del
derecho:

El conflicto entre convención y
derecho:

Derecho y
Economía:

Aprendizaje jurídico y
práctica profesional:

Condicionantes históricos de la
codificación:

Racionalización formal y material
del derecho:

La escuela funcionalista del
derecho:

El derecho como sistema:

Sus elementos ( la cultura legal
):

Bolilla Nro.11

  • 1- EL DERECHO COMO INSTRUMENTO
    DE CONTROL SOCIAL. FORMAS. MECANISMOS. FASES DEL CONTROL
    SOCIAL.

El derecho como instrumento de control
social:
Es el orden normativo e institucional de la conducta
humana en sociedad, inspirado en postulados de justicia, cuya
base son las relaciones sociales; estas últimas determinan
su contenido y carácter.

Formas de control social: Existes
dos formas o medios de control social:

  • 1- Medios Informales de
    control social:
    Pueden ser citados entre estos: los
    medios de comunicación, la educación, las
    normas morales, etc. Las cuales no tienen una
    formalización a través de normas o leyes
    escritas.

  • 2- Medios Formales de control
    social:
    Son las que se implementan a través de
    estatutos, leyes, y regulaciones contra las conductas no
    deseadas. Dichas medidas son respaldadas por el gobierno y
    otras instituciones, por medios explícitamente
    coactivos, que van desde las sanciones hasta el
    encarcelamiento.

Mecanismos de control social: Por
medio de una normativa funcional para el orden social se busca
simplemente el bien común a través de ideas y
valores infundidos en la sociedad y las normas que la rigen;
además de un buen sistema de control sobre aquellos que
aplican el control en la sociedad.

  • 2- EL DERECHO COMO MEDIO
    SELECTIVO E INSTRUMENTO DIFUSO DE CONTROL. DETERMINANTES DE
    LA EFICACIA DEL DERECHO COMO CONTROL SOCIAL.

El derecho como instrumento difuso de
control social:
Conjunto de leyes, reglamentos y demás
resoluciones, de carácter permanente y obligatorio,
creadas por el estado para la conservación del orden
social. Esto sin tener en cuenta si es o no justa; es decir que
sise ha llevado a cabo el procedimiento adecuado para su
creación, existe la norma; sea justa o no.

Determinantes de la eficacia del derecho
como control social:
Lo que determina la eficacia del derecho
en el control social, es la misma existencia de la norma
jurídica que da garantías a la sociedad para que
puedan realizar todo tipo de interacciones sociales; de modo a
que si un individuo pasa sobre los derechos de otro; este
último tiene la posibilidad de reclamar al otro este hecho
a través del derecho.

Bolilla Nro.12

  • 1- EL INFLUJO DE LA SOCIEDAD
    EN EL DERECHO: EL CAMBIO SOCIAL COMO AGENTE DE CAMBIO
    JURÍDICO. LA INFLUENCIA DE LA OPINIÓN PUBLICA Y
    LA CULTURA LEGAL EN EL SISTEMA
    JURÍDICO.

El influjo de la sociedad en el
derecho:
El derecho influye directamente en la sociedad, pues
el objeto de las normas jurídicas es regular la conducta
del individuo en sociedad. Regula el comportamiento, deberes y
obligaciones de los habitantes de un determinado país, sin
derecho solo existiría caos en la sociedad. Si se dejara
al antojo y parecer de cada uno el obrar, cada uno haría
justicia por si mismos, reclamaría sus derechos con
violencia, no habría paz, seguridad ni mucho menos bien
común.

El cambio social como agente de cambio
jurídico:
El cambio social muchas veces tiene como
característica principal producir el cambio
jurídico a través de la evolución o
involución de la sociedad y de los distintos hechos
sociales por los que atraviesa, esto se da ya que las normas son
temporales y son derogadas por otras normas de acuerdo a como se
vayan dando los cambios dentro de la sociedad.

La influencia de la opinión
publica y de la cultura legal en el sistema jurídico:

La opinión pública es la tendencia o preferencia ;
real o estimulada (promovida, inducida), de una sociedad hacia
hechos sociales que le reporten interés.

Las Leyes en nuestro ordenamiento
jurídico pueden ser estudiadas por iniciativa
popular
; un ejemplo de esto es el caso de EL ESTUDIO
QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 1°, 2°, 3° Y AMPLIA
LA LEY N° 4584/12 (de las listas sabanas);
que aunque
hasta hoy día se está evadiendo este tema a nivel
parlamentario, fue impulsado por iniciativa popular; así
que se ajusta al ejemplo.

También, pueden ser estudiadas por
iniciativa del Poder Ejecutivo: como ejemplo de
esto dentro del gobierno actual tenemos : La ley de
Responsabilidad Fiscal; con la cual se busca frenar el aumento
descontrolado de gastos del gobierno. Al final sabemos que esto
terminó con la blanqueada de los gastos superfluos y
obscuros del gobierno.

Por propuesta de una de las
cámaras del congreso:
como son los proyectos
presentados por los Senadores y Diputados constantemente
sobre varios temas referentes a ciertos hechos sociales; un
ejemplo es: Un proyecto de ley totalmente fuera de contexto y
hasta tonto Impulsado por la Diputada Olga Ferreira de
López, que trata de la inhibición del conductismo
en la educación de nuestros hijos en nuestro
País.

Por propuesta de la Corte suprema de
justicia:
La Corte como poder del Estado tiene
autonomía para elaborar su presupuesto y presentar
directamente al Parlamento, sin necesidad de poner antes a
consideración del Ministerio de Hacienda. Tenemos el
ejemplo de las constantes subas de salarios que se auto asignan
cada año.

Bolilla Nro.13

  • 1- EL IMPACTO DEL DERECHO EN
    LA SOCIEDAD: LA OBEDIENCIA DE LA LEY. LA EFICIENCIA DEL
    DERECHO COMO INTRUMENTO DE CAMBIO SOCIAL. CONSECUENCIAS
    SOCIALES NO PREVISTAS DEL CAMBIO JURÍDICO. EL DERECHO
    Y LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS.

Partes: 1, 2

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