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El derecho natural



  1. Escepticismo, dogmatismo,
    criticismo
  2. División de los juicios, definir juicio
    contrario y contradictorio
  3. Proyección del iusnaturalismo y
    iuspositivismo
  4. Defina
    los conceptos: juicio, razonamiento, proposición,
    término, argumento
  5. Los
    juicios hipotéticos, categóricos,
    apodícticos, disyuntivos
  6. Los
    elementos del juicio y del razonamiento
  7. Qué es el antecedente, consecuente,
    consiguiente, intermedio y consecuencia
  8. Establezca cual es la función del
    Derecho Natural
  9. Explique en qué consiste la doctrina del
    Derecho Natural en la tradición
    filosófica
  10. Analiza cuál es la perspectiva del
    jusnaturalismo
  11. Explique en qué consiste el concepto de
    lógica y cuál es su
    naturaleza
  12. Explique qué es el concepto. La
    comprensión-cualidad, extensión y la cantidad
    de los conceptos
  13. El
    juicio y el razonamiento
  14. Explique qué es el silogismo, sus
    elementos componentes, materia y forma del
    silogismo

Escepticismo,
dogmatismo, criticismo

Dogmática jurídica: toda
agrupación social de personas que aspira a persistir en el
tiempo de posibilitar su cohesión tiene que crear y fijar
una opinión acerca de lo que considera como justum.
Cualquiera que fuese la fundamentación-tiene que ser
entendida como una respuesta vinculante a una problemática
social y cumplir una función social a posibilitar la
coordinación del comportamiento de una pluralidad de
personas una tal opinión jurídica con
carácter de obligatoriedad   puede ser relacionada
  o puede ser colocada bajo el control de pensamiento si
ello es realizado en una medida suficiente q nos encontramos en
una opinión jurídica relacionalmente
relacionada.

 División de los juicios, definir
juicio contrario y contradictorio

Las principales divisiones de los juicios
se establecen por razón de la cualidad, de la cantidad, de
la relación y de la modalidad.

Proyección
del iusnaturalismo y iuspositivismo

jusnaturalismo: "es producto de
una larga evolución histórica que sufre distintos
procesos y que pasa de la idea de un derecho derivado de la
divinidad, a la de un derecho deducido de la naturaleza humana
cuyos postulados o principios pueden obtenerse por métodos
racionales"

El juspositivismo es una corriente que
considera únicamente norma jurídica a la norma
escrita, expresada, y q emana de una autoridad competente para su
creación, institución. No hace juicios de valor, no
tiene en cuenta si una norma es conforme a la moral, o es justa,
sino q por el simple hecho de haber sido instituida por una
autoridad, posee el carácter de derecho.

Analiza cual es la perspectiva del
jusnaturalismo.

Entre las numerosas contradicciones de la
cultura contemporánea esta, sin duda, también la
iusnaturalista. Desde un punto de vista material, el pensamiento
jusnaturalista celebra en nuestro tiempo sus triunfos; y sin
embargo, la referencia al derecho natural ha prácticamente
desaparecido del léxico jurídico y publico y
político contemporáneo.

-explique en que consiste el positivismo
jurídico.

El positivismo jurídico en efecto,
espera todavía ser superado, no como teoría lo que
ya ha acontecido sino como soporte implícito de la
práctica cotidiana de los operadores del derecho: su
esquematismo conceptual; la lógica lineal de sus tesis; su
constante, aunque a veces ingenua, capacidad de reducir la
complejidad, le aseguran, entre todas las teorías
contemporáneas del derecho, una primacía que no es
fácil llegar a superar.

Defina los
conceptos: juicio, razonamiento, proposición,
término, argumento

Los juicios son los que están
formados de conceptos.

1-explique que es el juicio, los elementos,
materia y forma.

El juicio es la operación
intelectual por antonomasia; no solo porque el concepto
originaria y prácticamente se forma en virtud de una suma
de juicios, sino porque de la comparación de juicios se
infieren, por vía inductiva o deductiva, nuevo juicios, de
suerte que entorno al juicio polarizan los demás actos del
entendimiento, y por consiguiente la teoría del juicio
constituye el tema central de la lógica.

Los juicios
hipotéticos, categóricos, apodícticos,
disyuntivos

Juicios categóricos: expresa
una verdad sin condiciones, enuncia una verdad del conocimiento y
puede ser universal o particular, afirmativa o
negativa

Ningún hombre vuela.

Algunos humanos son inmunes al
VIH.

 Juicios hipotéticos: expresa
una condición de posibilidad de un fenómeno
cualquiera. Afirma relaciones de causa y efecto.

Si llueve, la siembra será
buena.

Si baja la temperatura, hará
frío.

Si estudias, podrás resolver los
ejercicios.

Juicios disyuntivos: fija una doble o
múltiple posibilidad como solución a su
planteamiento.

La lectura se lee en su idioma original o
en traducciones.

Los mamíferos pueden ser terrestres
o acuáticos.

   Los gobiernos pueden ser,
monárquicos, democráticos o
dictatoriales

Los elementos del
juicio y del razonamiento

Los elementos del juicio son tres: los dos
conceptos que se comparan, y la misma relación de
conveniencia o inconveniencia observada entre ellos.

Materia y forma. Los dos conceptos sujeto y
predicado que se relacionan mediante el acto de juzgar,
constituyen la materia del juicio; y la misma relación
entre ambos conceptos, es decir la cúpula, constituye la
forma de aquel.

Negativo, universal positivo, universal
afirmativo, particular negativo, particular
afirmativo.

a) afirmativos

Son aquellos juicios que expresan la
compatibilidad entre el sujeto y el predicado. Se realiza el
predicado en el sujeto.

Ejemplo: los hombres son
racionales.

b) negativos

Son aquellos que expresan la
incompatibilidad entre el sujeto y el predicado. Dan como
resultado que en la relación sujeto – predicado los
separa entre sí.

Qué es el
antecedente, consecuente, consiguiente, intermedio y
consecuencia

Divisiones de los juicios por cualidad y
división de las categorías, división de la
lógica, las formas del pensamiento. de la misma manara que
los juicios por razón de la relación, o sea por el
modo como el predicado es afirmado o negado del sujeto, se
dividen en juicios categóricos, hipotéticos o
disyuntivos, así también, tratándose del
silogismo, es primordial la división conforme a la cual
este puede ser asimismo categórico, hipotético y
disyuntivo; y la razón de esta división fundamental
del silogismo es la misma de que parte la homologa
división del juicio, a saber, la correspondencia a la
forma de la relación de los juicios con que se enuncian
los primeros principios fundamentales del pensamiento, a saber:
el principio de identidad y de contradicción, enunciado de
forma absoluta o incondicional; el principio de razón
suficiente, enunciando en cambio, en forma condicional; y el
principio del tercio excluso, enunciado en forma
alternativa.

El silogismo. Es el esquema formal del
raciocinio deductivo, y puede definirse como la forma
técnica del raciocino en virtud del cual inferimos un
juicio o propiciación de otro juicio o proposición,
mediante un tercer juicio o proposición.

El juicio es la operación
intelectual por antonomasia; no solo porque el concepto
originaria y prácticamente se forma en virtud de una suma
de juicios, sino porque de la comparación de juicios se
infieren, por vía inductiva o deductiva, nuevo juicios, de
suerte que entorno al juicio polarizan los demás actos del
entendimiento, y por consiguiente la teoría del juicio
constituye el tema central de la lógica.

Los elementos del juicio son tres: los dos
conceptos que se comparan, y la misma relación de
conveniencia o inconveniencia observada entre ellos.

Materia y forma. Los dos conceptos sujeto y
predicado que se relacionan mediante el acto de juzgar,
constituyen la materia del juicio; y la misma relación
entre ambos conceptos, es decir la cúpula, constituye la
forma de aquel.

La lógica es, por consiguiente, la
parte de la filosofía las que trata de las formas del
pensamiento y de las leyes por las que se rige para llegar a la
verdad.

Respecto a la naturaleza la lógica
debemos reconocer que, al menos por su origen, forma parte del
saber filosófico, pues aun entendiendo que la
filosofía empieza donde terminan las ciencias, no hay duda
que la lógica representa un a modo de saber sobre el
saber, que luego la gnoseología eleva al mismo rango o
nivel de la metáfica.

genero es un concepto subordinante
considerado en cuanto tal, a saber, según que es un
concepto de sentido más amplio, y por ende de menor
comprensión cualitativa, y de mayor extensión
cuantitativa que los conceptos subordinados, de mayor
comprensión, pero menos universales, es decir de menor
extensión que sus subordinantes.

especie: es un concepto subordinado
considerado en cuanto tal, a saber, según que es un
concepto de sentido menos amplio, y por ende de mayor
comprensión cualitativa, y de menor extensión
cuantitativa, que el concepto genérico, debajo del cual se
dispone como concepto menos universal, formando parte de su
extensión, pero incluyéndolo, o
presuponiéndolo, en su comprensión.

Establezca cual
es la función del Derecho Natural

Definición:

El derecho natural es el ordenamiento
jurídico que nace y se funda en la naturaleza humana, no
debiendo su origen, por tanto, a la voluntad normativa de ninguna
autoridad, como ocurre con el derecho positivo. Es un conjunto de
preceptos que se imponen al derecho positivo y que éste
debe respetar. El derecho positivo está establecido y
sancionado, para cada tiempo y cada comunidad social, por la
voluntad del legislador, que representa la voluntad social; por
lo tanto, se trata de un derecho variable, contingente, mientras
que el derecho natural es un orden jurídico objetivo, no
procedente de legislador alguno, que se impone a los hombres por
su propia naturaleza; es objetivo e inmutable y conocido por la
razón.

La expresión Derecho Natural hace
referencia a una corriente de pensamiento jurídico
presente por más de 25 siglos. Su idea fundamental es la
tesis de la existencia de un Derecho anterior a cualquier norma
jurídica positiva, es decir, de origen humano, denominado
precisamente Derecho Natural.

El concepto de Derecho Natural está
unido a otros conceptos jurídicos tales como Derechos
Humanos, naturaleza humana, valores jurídicos, justicia y
bien común. Más que una tesis, constituye un
sistema de pensamiento que ha sido compartido por
múltiples juristas o filósofos, incluso con
planteamientos diversos y hasta contradictorios.

FUNCION DEL DERECHO
NATURAL

El Derecho Natural pretende ser el
original, genuino, correcto y desde luego, vigente de modo
absoluto. Lo significativo, es que se trata de una
concepción que requiere destacar básicamente la
realización de los valores humanos. Es una acepción
axiológica, que no requiere atender sólo a las
formas, sino más bien a los contenidos valiosos y por ello
siempre se le contrapone al Derecho Positivo, que sólo es
formalmente válido por la razón de ser elaborado,
aplicado y reconocido por el Estado, en el que impera el arbitrio
de sus órganos de poder o gobierno y en el que la
legalidad predomina sobre sus valores, si no es que los
sustituye.

Explique en
qué consiste la doctrina del Derecho Natural en la
tradición filosófica

La doctrina agustiniana del derecho natural
se funda en la tradición que proviene del estoicismo a
partir de la idea de un logos divino -en
Cicerón lex aeterna-. Más hay
diferencias importantes: en primer lugar, el pensamiento de San
Agustín está basado en la noción de un
Dios exterior a la physis (ver la máxima de San
Pablo en Romanos 13 1: no hay poder que no provenga
de Dios
) -lo que es impensable en la tradición
pagana antigua- fundada en el hecho trascendente de la
revelación divina; en segundo lugar, sobre la
relación entre Dios y el hombre se edifica la
escatología cristiana de la salvación, a tenor de
la cual se instituye la historia como proyecto de
redención futura; en tercer lugar, la ley natural no es en
San Agustín un efluvio cósmico -como en el
estoicismo y en el pensamiento de Cicerón- sino la
grabación de la ley divina en la conciencia
racional o la participación de la criatura
racional en la ley divina. En el pensamiento de San
Agustín, así como las cosas participan de Dios, la
ley natural no es sino esta participación en
tanto se manifiesta en la conciencia humana. Por lo tanto, la ley
humana encuentra en ella su fundamento, su razón de
ser.

La doctrina natural más en su
valor práctico que teórico, resulta fácil
destacar como cualquier acepción de naturaleza bien puede
resultar funcional para el objetivo indicado. Cualquiera que sea,
en efecto, el significado que se quiera dar a la idea de
naturaleza, queda claro que hace referencia a una
dimensión sobre la cual no tenemos posibilidad de
obrar.

Analiza cuál es la perspectiva
del jusnaturalismo

Entre las numerosas contradicciones de la
cultura contemporánea esta, sin duda, también la
iusnaturalista. Desde un punto de vista material, el pensamiento
iusnaturalista celebra en nuestro tiempo sus triunfos; y sin
embargo, la referencia al derecho natural ha prácticamente
desaparecido del léxico jurídico y publico y
político contemporáneo.

12-EXPLIQUE LA HISTORICIDAD DEL
DERECHO NATURAL.

Alguna consideración ulterior
amerita la consideración de la historicidad del derecho
natural. Es bien conocido que la concepción iusnaturalista
tradicional ha insistido siempre en la inmutabilidad del derecho
natural. Las palabras que Sófocles pone en la boca de
Antígona frente a Creonte: no pensaba que tus edictos
tuviesen tanta fuerza, al punto que un mortal pudiese transgredir
las leyes no escrita e incancelables de los dioses.

13-EXPLIQUE EN QUE CONSISTE EL
POSITIVISMOJURIDICO.

El positivismo jurídico en efecto,
espera todavía ser superado, no como teoría lo que
ya ha acontecido sino como soporte implícito de la
práctica cotidiana de los operadores del derecho: su
esquematismo conceptual; la lógica lineal de sus tesis; su
constante, aunque a veces ingenua, capacidad de reducir la
complejidad, le aseguran, entre todas las teorías
contemporáneas del derecho, una primacía que no es
fácil llegar a superar.

14-EXPLIQUE EL DERECHO COMO HECHO Y
COMO NORMA.

Es necesario colocar la
consideración del derecho como hecho social y no como
valor. En la perspectiva positiva el derecho pertenece al orden
de la realidad humana efectual, y en cuanto tal se distingue
rigurosamente del ámbito a fin cuanto concierne a la
estructura normativa, pero rigurosamente distinto en todo lo
demás de la moral.

15-ESPECIFIQUE CUAL ES LA
PERSPECTIVA DEL ORDENAMIENTO.

Se convierten en jurídicos cuando
entran y según la manera como entran en el derecho a
través de la deliberaciones de los órganos
competente del ordenamiento… la ideología
sobreentendida o queda, como yo hago, explicita es aquella que,
si no tenemos solamente leyes, debemos tener al menos un conjunto
de liberaciones coordenadas en un ordenamiento: un orden
ordinamental, sino un orden legal.

Explique en
qué consiste el concepto de lógica y cuál es
su naturaleza

Concepto de lógica

Es la disciplina que estudia el pensamiento
de una forma general ya que para el estudio de esta hay sistemas
que se deben utiliza como lo son el análisis de las
argumentos. Juicios, conceptos, tablas de verdad etc.

La ciencia que se basa en las leyes,
modalidades y formas del conocimiento científico se conoce
bajo el nombre de lógica. Se trata de una ciencia de
carácter formal que carece de contenido ya que hace foco
en el estudio de las alternativas válidas de inferencia.
Es decir, propone estudiar los métodos y los principios
adecuados para identificar al razonamiento correcto frente al que
no lo es.

17-OBJETO Y NATURALEZA DE LA
LÓGICA

 La lógica como instrumento de
la ciencia

Toda ciencia supone en el hombre la
capacidad natural del entendimiento para inferir unas verdades de
otras. Si el hombre no tuviera este poder, no le sería
dado establecer la prueba de ninguna verdad, y sus conocimientos,
por tanto, no serían "científicos". A esa capacidad
de deducción, sin la cual no es posible ciencia alguna, se
la denomina en filosofía "lógica natural", y no es
otra cosa que el poder discursivo del entendimiento, empleado lo
mismo en la ciencia que en cualquier clase de raciocinio. Todo
hombre, por ende, aunque no haya hecho ciencia, tiene en
principio la capacidad de hacerla, gracias precisamente a esa
lógica natural de su entendimiento.

No significa esto, sin embargo, que
"entendimiento" y "lógica natural" sean exactamente lo
mismo. Cuando se infiere una conclusión, es el
entendimiento el que la obtiene; pero esto no quiere decir que la
haya extraído de su propio ser. El entendimiento es el
poder humano que logra inferir una conclusión; pero esta,
no obstante, de lo que resulta objetivamente obtenida es de una
"premisa", es decir, de algo antepuesto y que hace de principio
activo sobre el entendimiento. Por eso, con distintas premisas
logra el entendimiento, que es el mismo, conclusiones
distintas.

18-SEÑALE CUALES SON LOS
PRINCIPIOS DE LA LOGICA Y LA ONTOLOGIA.

El principio de identidad y de
contradicción.

El principio del tercer excluido

El principio de razón
suficiente.

19-ANALIZA EN TRES PÁRRAFOS
LA HISTORIA DE LA LOGICA Y SU RELACION CON OTRAS
CIENCIAS.

LA HISTORIA DE LA
LÓGICA

La Historia de la lógica viene a ser
el estudio de las contribuciones al desarrollo de esta
disciplina. ¿En qué consisten tales contribuciones?
Puede decirse que, en sustancia, una contribución al
desarrollo de la lógica es o envuelve un análisis
de la forma de ciertas relaciones lógicas en particular,
la relación de consecuencia, o un análisis de su
estructura interna, o es significativa para la
determinación de una y otra. Cabe reconocer,
además, otras aportaciones que compartan ciertas
características distintivas con esas contribuciones
típicas, o se relacionen con ellas en el sentido de
abordar nociones, problemas o temas como los que hoy ocupan a los
practicantes de esta disciplina. En suma, el reconocimiento de
una contribución al desarrollo de la lógica es una
especie de compromiso entre lo que antes ha podido hacer la gente
en este sentido y lo que está haciendo ahora.

Las contribuciones al desarrollo de la
lógica no llueven del cielo, ni son el limpio reflejo de
unas Formas u Objetos en sí mismos lógicos, ni
resultan productos puros de la Razón. Antes bien, se
gestan en el seno de tradiciones de pensamiento; responden a
programas de análisis conceptuales, teóricos o
metodológicos; están hechas de la materia de los
textos. Su desarrollo, aparte de contribuir a las líneas
de trabajo abiertas o establecidas en el cultivo de la
disciplina, guarda relación con otros marcos de referencia
inferenciales y culturales como, por ejemplo, la
argumentación ordinaria, el discurso filosófico, la
deducción matemática, la inferencia
científica.

Relación de la lógica con
otras ciencias

La lógica es ampliamente aplicada en
la Psicología, Derecho, Gramática,
Matemáticas, La Ontología, la teoría del
conocimiento, la Filosofía, Computación y
Epistemología.

Explique
qué es el concepto. La comprensión-cualidad,
extensión y la cantidad de los conceptos

Por concepto, en sentido amplio, se
entiende toda aprehensión de una cosa comprendiendo, por
lo tanto, también la representación sensitiva o
imagen; pero en sentido escrito, concepto o idea es la simple
aprehensión de la esencia de una cosa simplex
aprehensión rei.

La comprensión o cualidad es un
proceso de creación mental por el que, partiendo de
ciertos datos aportados por un emisor, el receptor crea una
imagen del mensaje que se le quiere transmitir. Para ello es
necesario dar un significado a los datos que recibimos. Cuando
utilizamos el término "datos" nos estamos refiriendo a
cualquier información que pueda ser utilizada para llegar
a comprender un mensaje. Los datos pueden ser de diferente tipo:
palabras, conceptos, relaciones, implicaciones, formatos,
estructuras, pueden ser lingüísticos, culturales,
sociales, etc.

Extensión o cantidad de un concepto
es el conjunto real de objeto o individuos a los que dicho
concepto conviene y, por consiguiente, abarca. Así, el
concepto de hombre se extiende a todos y cada uno de los
individuos que componen la especie humana.

21-EN LOS ÁRBOLES LOGICOS
EXPLIQUE EN QUE CONSISTE
-EL GENERO, LA ESPECIE, EL
INDIVIDUO, EL GENERO SUPREMO, EL GENERO INFIMO E
INTERMEDIO.

Genero: es un concepto subordinante
considerado en cuanto tal, a saber, según que es un
concepto de sentido más amplio, y por ende de menor
comprensión cualitativa, y de mayor extensión
cuantitativa que los conceptos subordinados, de mayor
comprensión, pero menos universales, es decir de menor
extensión que sus subordinantes.

Especie: es un concepto subordinado
considerado en cuanto tal, a saber, según que es un
concepto de sentido menos amplio, y por ende de mayor
comprensión cualitativa, y de menor extensión
cuantitativa, que el concepto genérico, debajo del cual se
dispone como concepto menos universal, formando parte de su
extensión, pero incluyéndolo, o
presuponiéndolo, en su comprensión.

Individuo: es un ente singular en cuanto se
halla colocado dentro de una especie, de la cual tiene toda su
comprensión y a la cual pertenece como un miembro, a
saber, como unidad de la cantidad o extensión de la
misma.

El género supremo: es el
género más alto de la serie, a saber, el concepto
de mínima comprensión, pero de máxima
extensión, o sea el más universal que, precisamente
por ello, ya no puede subordinarse a otro como
especie.

22-EXPLIQUE EL CONCEPTO DE NOTA
DIFERENCIAL, PROPIEDADES ESENCIALES Y NOTA
DIFERENCIAL.

La nota diferencial. Dos conceptos
coordinados tienen la misma nota común, pero se distinguen
entre sí en que la notas propias de cada uno de excluyen
mutuamente.

Propiedades esenciales. Estas notas
esenciales consecutivas, es decir, las demás notas
diferenciantes, pero no diferenciales, meramente derivadas, mas
no constitutivas de la esencia de la cosa, reciben el nombre de
propiedades esenciales propia de la cosa.

23-DEFINA QUE ES EL CATEGOREMA O
PREDICABLES, EL PREDICAMENTO O CATEGORIA.

Lo predicables son los diversos modos con
que una noción universal puede ser afirmada de los
objetos, y fuera de los cuales no hay manera que dicha
noción universal pueda ser predicada de los
individuos.

Predicamento o categorías así
como los predicables, construcción mental originaria y
privativamente lógica, representan los modos con que un
concepto o noción universal puede ser afirmado de las
cosas, los predicamentos o categoría, construcción
originariamente ontológica, pero ambivalente para la
ontología y la lógica.

24-ELABORE UN CUADRO SINOPTICO
EXPLICANDO. LA CATEGORIA DE SUSTANCIA, CATEGORIAS DE ACCIDENTES,
EL CONCEPTO Y EL TÉRMINO Y LA DIVISION DE LOS
TERMINOS.

Entiéndase pues, por sustancia el
ser que existe en sí y no en otro como en su sujeto de
inherencia.

Accidente significa aquello que sobreviene
a la sustancia y en ella se recibe.

Así el lenguaje es la
expresión del pensamiento, el término es la
expresión del concepto. Al modo como el concepto es el
signo intelectual de la cosa que constituye su objeto, así
el termino es el signo lingüístico del
concepto.

División de los términos.
Ante todos, los términos pueden ser unívocos y
análogos. Termino univoco es el que se refiere a distintas
cosas en el mismo sentido.

El juicio y el
razonamiento

EXPLIQUE QUE ES EL JUICIO, LOS ELEMENTOS,
MATERIA Y FORMA.

El juicio es la operación
intelectual por antonomasia; no solo porque el concepto
originaria y prácticamente se forma en virtud de una suma
de juicios, sino porque de la comparación de juicios se
infieren, por vía inductiva o deductiva, nuevo juicios, de
suerte que entorno al juicio polarizan los demás actos del
entendimiento, y por consiguiente la teoría del juicio
constituye el tema central de la lógica.

Los elementos del juicio son tres: los dos
conceptos que se comparan, y la misma relación de
conveniencia o inconveniencia observada entre ellos.

Materia y forma. Los dos conceptos sujeto y
predicado que se relacionan mediante el acto de juzgar,
constituyen la materia del juicio; y la misma relación
entre ambos conceptos, es decir la cúpula, constituye la
forma de aquel.

EN UN ESQUEMA ANALIZA LAS DIVISIONES Y
REGLAS DEL JUICIO.

Las principales divisiones de los juicios
se establecen por razón de la cualidad, de la cantidad, de
la relación y de la modalidad.

27-EN TRES PARRAFOS EXPLIQUE NOCION
DEL RAZONAMIENTO, ELEMENTOS, MATERIA Y FORMA DEL
RAZONAMIENTO.

El razonamiento o raciocinio, en general,
es la operación intelectual en virtud de la cual pasamos
de una cosa conocida a otra desconocida. Psicológicamente,
así como la función del entendimiento, como
inteligencia, es la intuición, la función del
entendimiento, como razón, es el discurso.

Elementos del razonamiento. Las cosas
conocidas de las Cuales parten el razonamiento, o si quiere, los
juicios dados desde los cuales pasa o discurre a un nuevo juicio,
constituyen el antecedente; y aquella cosa que se trata de
conocer, partiendo de ya conocido, se denomina
consiguiente.

Materia y forma. De los elementos
indicados, las cosas ya conocidas, o los juicios de que se parte,
y la nuevamente conocida en consideración a aquellas, o el
nuevo juicio inferido de los que han sido dados, a saber, el
antecedente y el consiguiente, constituyen la materia del
razonamiento.

Explique
qué es el silogismo, sus elementos componentes, materia y
forma del silogismo

El silogismo. Es el esquema formal del
raciocinio deductivo, y puede definirse como la forma
técnica del raciocino en virtud del cual inferimos un
juicio o propiciación de otro juicio o proposición,
mediante un tercer juicio o proposición.

EXPLIQUE EN UN ESQUEMA LAS DIVISIONES
FUNDAMENTALES DEL SILOGISMO.

De la misma manera que los juicios por
razón de la relación, o sea por el modo como el
predicado es afirmado o negado del sujeto, se dividen en juicios
categóricos, hipotéticos o disyuntivos, así
también, tratándose del silogismo, es primordial la
división conforme a la cual este puede ser asimismo
categórico, hipotético y disyuntivo; y la
razón de esta división fundamental del silogismo es
la misma de que parte la homologa división del juicio, a
saber, la correspondencia a la forma de la relación de los
juicios con que se enuncian los primeros principios fundamentales
del pensamiento, a saber: el principio de identidad y de
contradicción, enunciado de forma absoluta o
incondicional; el principio de razón suficiente,
enunciando en cambio, en forma condicional; y el principio del
tercio excluso, enunciado en forma alternativa.

29-EXPLIQUE QUE ES LA VERDAD O
FALSEDAD DE LA CONCLUSION SEGUN LAS PREMISAS.

El silogismo se considera materialmente
verdadero cuando las proposiciones de que consta sean realmente
verdaderas, y formalmente verdadero cuando es lógicamente
correcto, sin que las proposiciones de que consta hayan de ser de
modo necesario hayan de ser de modo necesario verdaderas
realmente.

 

 

Autor:

Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo
S.

"A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD
DE INFORMACION"

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana,

2014.

"DIOS, JUAN PABLO DUARTE Y JUAN BOSCH
– POR SIEMPRE"

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