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Las entidades fiscalizadoras superiores y la auditoria basada en resultados (Perú) (página 4)



Partes: 1, 2, 3, 4, 5

Interpretando a Blanco (2010)[42], el
informe de auditoría basada en resultados es el producto
final del trabajo del auditor, en el cual presenta sus
observaciones, conclusiones y recomendaciones. El informe de
auditoría debe contener la expresión de juicios
fundamentados en las evidencias obtenidas. En la fase de
Elaboración del Informe, el equipo de auditoría
comunica a los funcionarios de la entidad auditada los resultados
obtenidos durante la fase de ejecución. Los principales
objetivos de un informe de auditoría basada en resultados
son: Brindar suficiente información sobre las deficiencias
(desviaciones) más significativas; y, Recomendar mejoras
en la conducción de las actividades y ejecución de
las operaciones. El informe de una auditoría basada en
resultados constituye una oportunidad para poder captar la
atención de los niveles gerenciales de la entidad
auditada, así como para mostrar los beneficios que este
tipo de examen le ofrece. Por esta razón el informe de
auditoría comunica los resultados de la auditoría
de gestión; y, persuade a la gerencia para adoptar
determinadas acciones y, cuando es necesario llamar su
atención, respecto de algunos problemas que podrían
afectar adversamente sus actividades y operaciones. Cada
auditoría basada en resultados culmina en un informe por
escrito que es puesto en conocimiento de la entidad auditada. Por
ello, la aceptación del informe por parte de los
funcionarios de la entidad examinada dependerá de su
calidad. Los objetivos del informe para cada auditoría
deben estar definidos apropiadamente, tan pronto como sea
posible, al igual que su estructura. Para ahorrar tiempo, el
Supervisor debe adquirir un rápido entendimiento sobre el
contenido del informe, por cuanto es quien finalmente debe
revisarlo y aprobarlo. Una vez que el enfoque general y las
observaciones más importantes han sido aceptados,
será menos probable que ocurran problemas de
revisión. En relación a los informes de
auditoría basada en resultados debe tenerse en cuenta lo
siguiente: La auditoría mejor planeada, con procedimientos
apropiados aplicados por los mejores auditores, con evidencias
suficientes en términos de cantidad y calidad, no
está completa, ni resulta útil, en tanto no se
apruebe y remita el informe a la entidad examinada.

La NAGU 4.40 Contenido del Informe, define la estructura
del informe de auditoría basada en resultados:

Síntesis gerencial

I. INTRODUCCIÓN

Información relativa al
examen

1. Motivo del examen

2. Objetivos

3. Alcance y naturaleza del
examen

4. Antecedentes y base legal de la
entidad

5. Comunicación de hallazgos de
auditoría

6. Memorando de Control Interno

7. Aspectos de Importancia

II. OBSERVACIONES

III. CONCLUSIONES

IV. RECOMENDACIONES

Anexos:

· Relación de las personas
comprendidas en las observaciones

· Situación financiera, económica y
presupuestaría

Evaluación de
la
economía, eficiencia y efectividad con la
auditoría basada en resultados

Interpretando a Chiavenato (2006)[43], la
auditoria basada en resultados con enfoque en la eficiencia y
economía
, tiene el propósito de determinar si
el Sector Defensa utiliza sus recursos financieros, humanos y
materiales de manera eficiente y económica. Por esta
razón, el auditor debe detectar las causas de cualquier
práctica ineficiente o anti-económica, incluyendo
deficiencias en los sistemas de información gerencial,
procedimientos administrativos o estructura
organizacional.

La eficiencia está referida a la relación
existente entre los bienes o servicios producidos o entregados
por el Sector Defensa y los recursos utilizados para ese fin, en
comparación con un estándar de desempeño
establecido. En la auditoría basada en resultados, dar
consideración apropiada a la eficiencia significa
maximizar las salidas (Outputs) generadas por cualquier tipo de
ingreso (inputs) o, producir un nivel dado de salidas a menor
costo. Este aspecto puede ser fácilmente apreciado en
programas que involucran la producción o generación
de algún bien o servicio en forma repetitiva. Por ejemplo,
el número de raciones administradas por un Puesto de
Comando del Sector Defensa, el número de documentos
ingresados a un sistema de trámite documentario. La
comprensión del significado de la eficiencia, es necesaria
para entender el sentido de los términos:
entradas/salidas, productividad, cantidad y calidad y nivel del
servicio. Las entradas están representadas,
principalmente, por los recursos, sean éstos financieros,
materiales, físicos o de información, los cuales
son utilizados para producir salidas. Las salidas pueden
comprender bienes o servicios producidos para atender la demanda,
y son definidos en términos de cantidad y calidad que se
relacionan con el nivel de servicio brindado.

La productividad se refiere al monto aceptable de bienes
o servicios producidos (salidas) y los recursos utilizados
(entradas) para producirlos, generalmente, la productividad puede
expresarse en forma de relación , costo o tiempo por
unidad de salida producida. Las normas relativas al nivel de
servicio a alcanzar pueden estar definidas por las
políticas, regulaciones u otras disposiciones y, en
algunos casos, tales normas pueden incidir en la calidad,
así como en el costo del servicio.

La eficiencia por su naturaleza es un concepto relativo.
Ella es posible medirla si comparamos la productividad obtenida
con un estándar o norma establecida. La cantidad o calidad
de las salidas y el nivel de servicio brindado, pueden
también ser comparadas contra los estándares de
desempeño, con el propósito de determinar si fueron
ocasionados algunos cambios en la eficiencia. Por lo tanto, se
admite que la eficiencia es incrementada cuando se produce con
calidad un número mayor de salidas con menores recursos de
entrada, o cuando con el mismo monto de salidas son producidas
con menos recursos.

La eficiencia es un componente importante dentro de la
auditoría basada en resultados; por ello el auditor debe
incluirla en las evaluaciones relacionadas con la efectividad y
economía que lleva a cabo. Debido a que la eficiencia
tiene relación con las entradas y salidas de recursos y,
la economía cautela la obtención de recursos en
cantidad y calidad apropiada y al menor costo, puede afirmarse
que entre ambos conceptos existe un factor de endeudamiento.
Existe igualmente una íntima vinculación entre la
eficiencia y efectividad, por cuanto la primera constituye un
factor para determinar el menor costo posible o la mejor manera
para lograr los objetivos y metas establecidos.

La economía está relacionada con los
términos y condiciones bajo los cuales el Sector Defensa
adquiere recursos, sean éstos financieros, humanos,
físicos o tecnológicos (Sistema de
Información Computarizada), obteniendo la cantidad
requerida, al nivel razonable de calidad, en la oportunidad y
lugar apropiado y, al menor costo posible. De no tenerse en
cuenta estos factores, podría resultar en bienes o
servicios a costos mayores, de menor calidad u obtenidos a
destiempo. Una operación económica adquiere tales
recursos en calidad y cantidad apropiada y al menor costo
posible. La distinción entre economía y eficiencia
es a menudo poco clara. Por ejemplo, si se obtiene los recursos
pagando sobreprecios, ello tendrá un impacto directo sobre
el costo unitario de las salidas. Pero, esta situación es
un asunto relacionado con la economía, no con la
eficiencia, que tiene que ver con el empleo de los bienes en las
operaciones de la entidad. Una auditoría que comprenda la
eficiencia y economía de los programas o actividades tiene
como objetivos: Determinar si la entidad, programa o actividad
adquiere, protege y utiliza los recursos de manera eficiente y
económica; establecer las causas de ineficiencias o
prácticas anti-económicas; determinar si la entidad
ha cumplido con las leyes y reglamentos aplicables en materia de
eficiencia y economía; establecer la razonabilidad de los
controles gerenciales para mantener la eficiencia y calidad del
servicio a un nivel satisfactorio; determinar la confiabilidad de
los procedimientos establecidos para medir y reportar su
rendimiento; identificar los esfuerzos para mejorar la eficiencia
en el programa o actividad auditada y los resultados alcanzados.
La eficiencia de una operación puede expresarse como un
porcentaje del estándar de desempeño con
relación a la información actual. Un índice
que representa la relación salida/entrada (productividad),
puede ser expresado de diferentes formas para determinar el nivel
de eficiencia.

Interpretando a Chiavenato (2006)[44], la
evaluación de la efectividad de programas del Sector
Defensa es realizada por la auditoria basada en resultados, con
la finalidad de informar sobre la conducción,
autorización, financiamiento y ejecución de los
programas o actividades, en torno a su desempeño
(rendimiento) obtenido por los programas en comparación
con lo planeado. Este enfoque evalúa los resultados o
beneficios logrados y determina si los programas o actividades
vienen logrando las metas previstas, así como identifica
los problemas que requieren corregirse para mejorar su
efectividad. Algunos de los aspectos a considerar en una
auditoría basada en resultados con enfoque de efectividad
son los siguientes: Establecimiento de objetivos del programa en
forma clara y precisa; Identificación de todos los
objetivos del programa que sean materia de evaluación;
Razonabilidad de los procedimientos para la evaluación de
la efectividad del programa en cuanto su realización y
costo; Retroalimentación de la efectividad del
programa.

La evaluación de la efectividad de los programas
o actividades, tiene relación directa con la
evaluación de la eficiencia y economía en la
aplicación de los recursos; por este motivo el auditor
puede incluir ambos componentes en forma conjunta al desarrollar
su trabajo. Esto es un aspecto a considerar durante la fase de
planeamiento de la auditoría, en vista que una entidad
puede alcanzar sus objetivos y metas en un período
determinado, a pesar de incurrir en despilfarros o falta de
economía en la aplicación de los recursos; o
también, la misma entidad podría obtener niveles
adecuados de eficiencia y economía en sus operaciones, sin
que por ello logre sus objetivos y metas planeados. Los auditores
asignados para realizar una auditoria basada en resultados que
incluya el enfoque de efectividad, deben contar con cierta
experiencia en la evaluación de programas, así como
determinados conocimientos respecto del ente que será
materia de examen. Además, tales profesionales deben haber
recibido entrenamiento o tener experiencia en la ejecución
de la auditoría de gestión.

Valor agregado de la
auditoría basada en resultados

Interpretando a Coopers & Lybrand
(2004)[45], la auditoría basada en
resultados es una actividad independiente y objetiva de
aseguramiento y consulta para agregar valor y mejorar las
operaciones del Sector Defensa. En la actualidad, esta
área abarca un vasto campo de acción que ha
evolucionado a una función de consultoría,
concentrada en el control y la mejora en la efectividad de
procesos, y en la neutralización de los riesgos
intrínsecos y de entorno. El rol del auditor por
resultados ha ido variando positivamente, y estas mutaciones se
han acelerado en los últimos años como consecuencia
de los vertiginosos cambios acaecidos en el mundo político
y económico y de los avances de la tecnología. De
una mirada reactiva (señalar irregularidades y
deficiencias de control luego de producidas) se ha pasado a un
enfoque proactivo basado en la identificación,
medición, priorización y neutralización de
los riesgos, y en el hecho de que las gerencias de línea
se involucren en las tareas de control interno. La tendencia
actual es que el auditor se desempeñe como consultor y
agente catalizador de la mejora en los procesos de la
organización, a través de una intervención
cada vez mayor en el diseño del plan institucional y el
presupuesto por resultados, y en el apoyo para la
implementación de nuevos productos y servicios.

La auditoría basada en resultados provee una
serie de valores adicionales al Sector Defensa, los cuales
detallamos a continuación: i) Valor estratégico
cuando logra asegurar que existe verdadera coherencia entre los
objetivos fijados por los planes institucionales y los medios
disponibles para alcanzarlos. Este valor estratégico debe
tender a acrecentar o al menos mantener la competitividad del
Sector Defensa; ii) Valor productivo cuando asegura la capacidad
del Sector para cumplir en tiempo y forma los compromisos
asumidos con los agentes con la mayor economía de recursos
posible; iii) Valor humano mediante la capacitación y el
desarrollo de individuos que luego pueden ser destinados a tareas
de línea; iv) Valor financiero al asegurar mediante el
monitoreo continuo de los riesgos y los controles la conveniencia
o no de decisiones de inversión, expansión,
reingeniería, distribución de resultados, etc., las
que en definitiva pueden afectar su propia existencia; v) La
auditoria basada en resultados aporta las recomendaciones, que
constituyen las medidas sugeridas por el auditor por resultados a
la administración del Sector Defensa, para la
superación de las observaciones identificadas. Deben estar
dirigidas a los funcionarios que tengan competencia para disponer
su adopción y estar encaminadas a superar la
condición y las causas de los problemas. Las
recomendaciones deben ser formuladas en tono constructivo y fluir
de la conclusión correspondiente, teniendo en
consideración que las medidas recomendadas sean lo
más específicas posibles, factibles de implementar
y tengan una relación costo/beneficio apropiada. Este
rubro también debe incluir las recomendaciones
significativas determinadas en auditorías anteriores, no
superadas. El trabajo de la auditoría basada en resultados
no sería de utilidad, si no se lograran concretar y
materializar las recomendaciones incluidas en el informe, las
mismas que deben traducirse en mejoras en los niveles de
efectividad, eficiencia y economía en las operaciones que
realizan las entidades, así como en el fortalecimiento del
control gerencial inherente a los funcionarios que tienen a su
cargo los procesos de dirección y gerencia.

El seguimiento de medidas correctivas es una actividad
que desarrollan los órganos conformantes del Sistema
Nacional de Control, con el objeto de establecer el grado de
superación de las observaciones efectuadas por los
auditores, así como evaluar las acciones adoptadas por la
administración de la entidad para implementar las
recomendaciones incluidas en el informe de auditoría. El
acto de implementación de recomendaciones debe ser
dirigido por la alta dirección del Sector Defensa, con el
apoyo de un consultor externo, si fuera el caso, a fin de
establecer mecanismos de evaluación continua,
metódica y detallada del aludido proceso. El seguimiento
de medidas correctivas que realicen los órganos del
Sistema Nacional de Control, deben incluir los resultados de las
acciones adoptadas por la entidad que fuera examinada con
anterioridad, a efecto de establecer en que medida fueron
implementadas las recomendaciones y superadas las observaciones
consignadas en el informe de auditoría basada en
resultados. Este trabajo puede formar parte del examen que se
efectúa a la misma entidad, o ser preparado en forma
independiente, según las circunstancias.

Los resultados de la evaluación de medidas
correctivas, deben presentarse a través de un cuadro
resumen que incluya: i) Detalle de las observaciones y
recomendaciones comprendidas en el informe anterior; ii) Acciones
adoptadas por la entidad; iii) Evaluación del auditor
sobre las acciones adoptadas por la entidad; iv)
Consideración si la recomendación fue implementada
y v) la observación superada.

ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA AUDITORIA BASADA EN
RESULTADOS

Según Arens & Loebbecke
(2011)[46], el aseguramiento de la calidad en la
auditoria basada en resultados, se puede definir como el esfuerzo
total para planear, organizar, dirigir y controlar la calidad en
el proceso de la auditoria con el objetivo de dar al Sector
Defensa servicios eficientes y efectivos. Garantizar la calidad
del servicio de auditoria está en el corazón del
proceso de la administración de la calidad. Es en este
punto, donde se produce un servicio, donde se "ínter
construye" o incorpora la calidad. La administración
general de la auditoria basada en resultados, en las que
están los grupos de presupuesto, tesorería,
abastecimiento, contabilidad, personal, administración y
otros, tiene la responsabilidad general de planear y ejecutar el
programa de aseguramiento de la calidad. Para obtener servicios
de calidad, debemos asegurar su calidad desde el momento de su
diseño. Un servicio de calidad es el que satisface las
necesidades del Sector, por esto, en la auditoria basada en
resultados para desarrollar y lanzar un producto de calidad es
necesario: Conocer las necesidades del cliente; diseñar un
servicio que cubra esas necesidades; realizar el servicio de
acuerdo al diseño; conseguir realizar el servicio en el
mínimo tiempo y al menor costo posible. La auditoria
basada en resultados poco a poco ha ido teniendo el aseguramiento
correspondiente.

Según Arens & Loebbecke
(2011)[47], determinamos que la auditoria basada
en resultados, logrará el anhelado aseguramiento de la
calidad si se lleva a cabo como un examen crítico de los
libros, registros, recursos, obligaciones, patrimonio;
gestión y resultados del Sector Defensa basado en normas,
técnicas y procedimientos específicos, con la
finalidad de opinar sobre la razonabilidad de la
información financiera, la economía, eficiencia y
efectividad. El aseguramiento de la calidad se va obteniendo
cuando se reducen los riesgos de la auditoria basada en
resultados. Cuando hay aseguramiento de la calidad de la
auditoria basada en resultados, el riesgo de errores de
importancia relativa en las transacciones rutinarias procesadas
de manera sistemática es bajo, debido a que los controles
internos son efectivos. Por esta razón, el auditor debe
considerar dicha situación al diseñar las pruebas
relacionadas con el cumplimiento de los objetivos de la
auditoría. El riesgo inherente relacionado con
transacciones no rutinarias, generalmente, es más alto que
con respecto a los objetivos de auditoría concernientes a
transacciones rutinarias, pero será mas bajo cuando se
asegure la calidad de la auditoria de la auditoria basada en
resultados. Esto es explicable dado que puede existir una mayor
intervención manual en la recopilación y
procesamiento de la información, una mayor necesidad de
criterio para determinar los montos o, es posible que se hayan
realizado cálculos complejos o también, aplicado
principios administrativos, financieros, tributarios y contables
con la misma característica. Para lograr los objetivos de
auditoría basada en resultados, el auditor selecciona los
procedimientos sustantivos necesarios para obtener evidencia de
auditoría, en torno a sí las aseveraciones sobre la
gestión, los estados financieros y otros reportes carecen
de errores e irregularidades significativas.

El aseguramiento de la calidad es inherente a la
auditoria basada en resultados. Los auditores no se pueden dar el
lujo de descuidar su trabajo, por el contrario todo el tiempo
estarán tratando de asegurar una alta calidad en la
auditoria. En ese sentido auditar es el proceso de acumular y
evaluar evidencia de la mas alta calidad, realizado por una
persona independiente y competente acerca de la
información de una entidad económica
específica, con el propósito de determinar e
informar sobre el grado de correspondencia existente entre la
información cuantificable y los criterios
establecidos.

Según el CGR (1998)[48], el
aseguramiento de la calidad en la auditoria basada en resultados
está orientado al cumplimiento de su objetivo que es
determinar si la gestión es razonablemente
económica, eficiente y efectiva; además si sus
estados financieros, presentan razonablemente su situación
financiera, los resultados de sus operaciones y flujos de
efectivo, de conformidad con principios de contabilidad
generalmente aceptados. La opinión del auditor fortalece
la credibilidad de la gestión; sin embargo, los usuarios
no pueden suponer que la opinión del auditor representa
una seguridad sobre la continuidad futura viabilidad de la
entidad, así como respecto de la eficiencia o efectividad
con que la administración conduce sus actividades. El
auditor debe realizar su examen de acuerdo estándares de
economía, eficiencia y efectividad y también normas
de auditoría generalmente aceptadas – NAGA's, las normas
de auditoría gubernamental – NAGU emitidas por la
Contraloría General de la República, las normas
internacionales de auditoría – NIA's publicadas por la
Federación Internacional de Contadores – IFAC y, los
pronunciamientos profesionales vigentes en el Perú. Los
estados financieros son responsabilidad de la
administración.

El aseguramiento de la calidad de la auditoria basada en
resultados, se hace más efectivo con la obtención
de evidencia suficiente, competente y relevante, siendo
más persuasiva cuando las partidas de evidencia de
diferentes fuentes o de una diferente naturaleza son
consistentes. En estas circunstancias, el auditor puede obtener
un grado acumulativo de confianza más alto del que se
obtendría de partidas de evidencia de auditoría
cuando se consideran individualmente. Por el contrario, cuando la
evidencia de auditoría obtenida de una fuente es
inconsistente con la obtenida de otra, el auditor determina que
procedimientos adicionales son necesarios para resolver la
inconsistencia. El auditor obtiene evidencia de auditoría
por uno o más de los siguientes procedimientos:
inspección, observación, investigación y
confirmación, procedimientos de cómputo y
analíticos. La oportunidad de dichos procedimientos
dependerá, en parte, de los períodos de tiempo
durante los que la evidencia de auditoría buscada
esté disponible. La inspección consiste en examinar
registros, documentos, o activos tangibles. La inspección
de registros y documentos proporciona evidencia de
auditoría de grados variables de confiabilidad dependiendo
de su naturaleza y fuente y de la efectividad de los controles
internos sobre su procesamiento.

Tres categorías importantes de evidencia de
auditoría documentaria, que proporcionan diferentes grados
de confiabilidad, son: (a) evidencia de auditoría
documentaria creada y retenida por terceros; (b) evidencia de
auditoría documentaria creada por terceros y retenida por
la entidad; y, c) evidencia de auditoría documentaria
creada y retenida por la entidad. La inspección de activos
tangibles proporciona evidencia de auditoría contable con
respecto a su existencia pero no necesariamente a su propiedad o
valor. La observación consiste en mirar un proceso o
procedimiento desempeñado por otros, por ejemplo, la
observación por el auditor del conteo de inventarios por
personal de la entidad o el desarrollo de procedimientos de
control que no dejan rastro de auditoría. La
investigación consiste en buscar información de
personas enteradas dentro o fuera de la entidad. Las
investigaciones pueden tener un rango desde investigaciones
formales por escrito dirigidas a terceros hasta investigaciones
orales informales dirigidas a personas dentro de la entidad. Las
respuestas a investigaciones pueden dar al auditor
información adicional o evidencia de auditoría
corroborativa. La confirmación consiste en la respuesta a
una investigación para corroborar información
contenida en los registros contables. Por ejemplo, el auditor
ordinariamente busca confirmación directa de cuentas por
cobrar por medio de comunicación con los deudores. El
cómputo consiste en verificar la exactitud
aritmética de documentos fuente y registros contables o en
desarrollar cálculos independientes.

Según Arens & Loebbecke
(2011)[49], el auditor debe obtener evidencia
suficiente, competente y relevante mediante la aplicación
de pruebas de control y procedimientos sustantivos que le
permitan fundamentar razonablemente los juicios y conclusiones
que formule con respecto al organismo, programa, actividad o
función que sea objeto de la auditoría. La
evidencia deberá someter a prueba para asegurarse que
cumpla los requisitos básicos de suficiencia competencia y
relevancia. Los papeles de trabajo deberán mostrar los
detalles de la evidencia y revelar la forma en que se obtuvo. Es
suficiente la evidencia objetiva y convincente que basta para
sustentar los hallazgos, conclusiones y recomendaciones del
auditor. La evidencia será suficiente cuando por los
resultados de la aplicación de una o varias pruebas, el
auditor podrá adquirir certeza razonable que los hechos
revelados se encuentran satisfactoriamente comprobados. Para
determinar si la evidencia es suficiente se requiere aplicar el
criterio profesional. Cuando sea conveniente, se podrá
emplear métodos estadísticos con ese
propósito. Para que sea competente, la evidencia debe ser
valida y confiable. A fin de evaluar la competencia de la
evidencia, el auditor deberá considerar cuidadosamente si
existen razones para dudar su validez o de su integridad. De ser
así, deberá obtener evidencia adicional o revelar
esa situación en su informe. Los siguientes supuestos
constituyen criterios útiles para juzgar si la evidencia
es competente, si bien no deberán considerarse suficientes
para determinar la competencia: La evidencia que se obtiene de
fuentes independientes es más confiable que la obtenida
del propio organismo auditado. La evidencia que se obtiene cuando
sea establecido un sistema de control interno apropiado es
más confiable que aquella que se obtiene cuando el sistema
de control interno es deficiente, no es satisfactorio o no se ha
establecido. La evidencia que se obtiene físicamente
mediante un examen, observación calculo o
inspección es más confiable que la que se obtiene
en forma indirecta. Los documentos originales son más
confiables que sus copias. La evidencia testimonial que se
obtiene en circunstancias que permite a los informantes
expresarse libremente merece más crédito que
aquella que se obtiene en circunstancias comprometedoras (por
ejemplo, cuando los informantes pueden sentirse intimidados). La
relevancia, se refiere a la relación que existe entre la
evidencia y su uso. La información que se utilice para
demostrar o refutar un hecho será relevante si guarda una
relación lógica y patente con ese hecho. Si no lo
hace, será irrelevante y, por consiguiente, no
deberá incluirse como evidencia. Cuando lo estimen
conveniente, el auditor deberá obtener de los funcionarios
de la entidad auditada declaraciones por escrito respecto a la
relevancia y competencia de la evidencia que haya obtenido. La
Evidencia física, se obtiene mediante inspección u
observación directa de actividades, bienes o sucesos. La
evidencia de esta naturaleza puede presentarse en forma de
memorando (donde se resumen los resultados de la
inspección o de la observación), fotografías
gráficos, mapas o muestras materiales. La evidencia
documental, consiste en información elaborada, como la
contenida en cartas, contratos, registros de contabilidad,
facturas y documentos de la administración relacionados
con su desempeño. La Evidencia testimonial, se obtiene de
otras personas en forma de declaraciones hechas en curso de
investigaciones o entrevistas. Las declaraciones que sean
importantes para la auditoría deberán corroborarse,
siempre que sea posible, mediante evidencia adicional.
También será necesario evaluar la evidencia
testimonial para cerciorarse que los informantes no hayan estado
influidos por perjuicios o tuvieran solo un conocimiento parcial
del área auditada. La Evidencia analítica,
comprende cálculos, comparaciones, razonamiento y
separación de la información en sus
componentes.

Sector defensa de
Perú. Base legal

El Ministerio de Defensa[50]es el
organismo representativo de las Fuerzas Armadas, que ejerce la
política del Estado para la defensa integral del
país.

Fue creado por Ley N° 24654, con vigencia a partir
del 1° de Abril 1987, sobre la base de la integración
de los Ministerios de Guerra, Marina y Aeronáutica, del
Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Secretaría
de Defensa Nacional y de los órganos consultivos, de
asesoramiento, de planeamiento, de apoyo y de control. Siendo el
primer Ministro de Defensa, el General de División Enrique
López Albujar Trint, quien ejerció el citado cargo
entre 1987 y 1989.

El Ministerio de Defensa, como organismo central del
Sistema de Defensa Nacional, tiene como finalidad, formular y
difundir la doctrina de seguridad y de Defensa Nacional,
concebida al servicio de los intereses del pueblo peruano,
sustentada en el respeto a los valores y derechos esenciales de
la persona y de la colectividad.

El Ministerio de Defensa es responsable en el Aspecto
Administrativo de la preparación y desarrollo de los
Institutos de la Fuerza Armada; de la movilización para
casos de emergencia y de la supervisión y control de los
Organismos Públicos Descentralizados del Sector Defensa.
Asimismo, en el aspecto Operativo es responsable del
planeamiento, coordinación, preparación y
conducción de las operaciones militares en el más
alto nivel, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas
Armadas.

PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL

VISIÓN

Ser una Institución con potencial humano
calificado con sólidos valores morales y con Fuerzas
Armadas que garantice la independencia, soberanía,
integridad territorial y defensa de los intereses nacionales;
contribuye a la seguridad y al desarrollo nacional y participa en
el fortalecimiento de la paz y seguridad
internacional.

MISIÓN

El Ministerio de Defensa, como órgano rector del
sector defensa formula, planea, dirige, coordina, ejecuta y
supervisa la política de defensa nacional y sectorial,
aplicable a todos los niveles de gobierno; asegura la capacidad
operativa de las Fuerzas Armadas, con el fin de contribuir a la
seguridad y defensa nacional, el desarrollo socio
económico del país y la defensa civil.

OBJETIVOS GENERALES

  • 1) Mejorar la capacidad operativa de las
    Fuerzas Armadas para mantener el control del espacio
    aéreo, terrestre, marítimo, fluvial y lacustre;
    así como la capacidad de respuesta esencial para
    actuar ante cualquier amenaza.

  • 2) Desarticular las organizaciones terroristas,
    el tráfico ilícito de drogas y otros
    ilícitos, y restablecer las condiciones de estabilidad
    y seguridad en la zona del VRAE.

  • 3) Participar activamente en el desarrollo
    económico y social del país y en la defensa
    civil.

  • 4) Participar en la paz y seguridad
    internacionales.

  • 5) Fortalecer el Sistema de Seguridad y Defensa
    Nacional.

  • 6) Optimizar la gestión
    institucional.

  • 7) Fortalecer la Institucionalidad de las
    Fuerzas Armadas y el bienestar del personal.

LEMA

POLITICA GENERAL DEL SECTOR DEFENSA
2011-2016

La política general del sector defensa
estará orientada a recuperar y mantener la capacidad
operativa de las Fuerzas Armadas, la capacitación
permanente de su personal, el acercamiento hacia la
población mediante su participación en apoyo al
desarrollo del país, la participación en la paz y
seguridad hemisférica, la promoción de la
participación de los organismos del Estado en la defensa
nacional, la transparencia y racionalidad en el gasto y el
fortalecimiento institucional de las Fuerzas Armadas.

La implementación de las políticas se
realizara a través de los objetivos generales y las
estrategias siguientes:

Objetivo General 1:

Mejorar la capacidad operativa de las Fuerzas Armadas
para mantener el control del espacio aéreo, terrestre,
marítimo, fluvial y lacustre; así como la capacidad
de respuesta esencial para actuar ante cualquier
amenaza.

Meta:

Incrementar en un 20% la capacidad operativa de las
Fuerzas Armadas.

Estrategias:

  • 1) Alcanzar los objetivos del Núcleo
    Básico de Defensa, y en una segunda etapa iniciar la
    obtención del nivel de disuasión
    previsto.

  • 2) Lograr la interoperabilidad y movilidad
    estratégica de las Fuerzas Armadas mediante la
    estandarización en el equipamiento y el empleo
    conjunto de las fuerzas, así como el despliegue a
    nivel nacional.

  • 3)  Impulsar el desarrollo de la industria
    militar nacional generando infraestructura, para satisfacer
    los requerimiento en el abastecimiento de municiones y armas
    de uso intensivo, así como el mantenimiento de naves y
    submarinos, armamento mayor y menor, que permita
    autonomía en áreas fundamentales para la
    defensa.

  • 4) Desarrollar programas de
    especialización y capacitación continua del
    personal de las Fuerzas Armadas dentro y fuera del
    país, que permita elevar los estándares de
    calidad y rendimiento; así como, unificar las Escuelas
    de Especialización de las Fuerzas Armadas, tales como:
    escuela de pilotos, comandos, operaciones aerotransportadas,
    operaciones sicológicas, Inteligencia y anfibias; y
    realizar la descentralización en las regiones en forma
    progresiva.

Objetivo General 2:

Desarticular las organizaciones terroristas, el
tráfico ilícito de drogas y otros ilícitos,
y restablecer las condiciones de estabilidad y seguridad en la
zona del VRAE.

Meta:

Recuperar el control territorial de la zona del
VRAE.

Estrategias:

  • 1) Controlar las vías de accesos
    terrestres y fluviales al VRAE, que permitan la
    fiscalización de ingresos de insumos químicos,
    la identificación de personas, el tráfico de
    madera y otros ilícitos.

  • 2) Desarrollar acciones que permitan un mayor
    control y presencia efectiva de los otros sectores del Estado
    en la zona del VRAE, desarticulando la estructura terrorista,
    del tráfico ilícito de drogas, de la tala
    ilegal y de otros ilícitos que operan en el
    VRAE.

  • 3) Neutralizar la influencia de la OT-SL en la
    población para que puedan desarrollar normalmente sus
    actividades libre de la amenaza y coacción; y apoyar o
    realizar acciones cívicas conjuntas para lograr la
    adhesión de la población.

  • 4) Fortalecer el Comando de Inteligencia y
    Operaciones Especiales Conjunto, que incluya a las Fuerzas
    Armadas y Policía Nacional del Perú, y que
    permita neutralizar y capturar los cabecillas de las
    organizaciones.

  • 5) Realizar operaciones y acciones militares
    policiales de precisión que faciliten la
    desarticulación del fenómeno narcoterrorismo en
    base a la inteligencia producida y bajo un comando y control
    unificado.

Objetivo 3:

Participar activamente en el desarrollo económico
y social del país y en la defensa civil.

Meta:

Participar con recursos humanos y materiales de las
Fuerzas Armadas en apoyo a los programas sociales, de salud y
obras de ingeniería.

Estrategias:

  • 1) Crear Brigadas de Apoyo al Desarrollo
    Nacional (BADEN), con recursos humanos y materiales de las
    FFAA, que permitan apoyar a los programas sociales, de salud
    y acciones cívicas en beneficio de pobladores de bajos
    recursos en zonas de menor desarrollo; así como en la
    preparación y respuesta inmediata en el proceso de la
    gestión de riesgo de desastres.

  • 2) En coordinación con los sectores
    correspondientes realizar obras de ingeniería, en las
    zonas afectadas por el sismo, y zonas de menor desarrollo en
    el país.

  • 3) Participar con las empresas y organismos del
    sector en el desarrollo económico y social del
    país.

Objetivo 4:

Participar en la paz y seguridad
internacionales.

Meta:

Incrementar la participación en los procesos de
integración subregional, regional y hemisférica y
en las operaciones de mantenimiento de paz.

Estrategias:

  • 1) Participar en ejercicios combinados y
    entrenamientos multinacionales.

  • 2) Participar en las agendas de
    cooperación y en los foros de seguridad y defensa a
    nivel mundial, hemisférico y regional.

Objetivo 5:

Fortalecer el Sistema de Seguridad y Defensa
Nacional.

Meta:

Incrementar la participación de los diferentes
niveles de gobierno, sociedad civil y población en general
en asuntos relacionados a la defensa nacional.

Estrategias:

  • 1) Generar conciencia de seguridad en los
    sectores, organismos y gobiernos regionales.

  • 2) En coordinación con el Ministerio de
    Educación incorporar en los programas de
    educación básica y superior los conceptos y
    formas de operar de la seguridad y defensa, para genera
    conciencia en la población.

  • 3) Involucrar a los diferentes niveles de
    gobierno su participación en la ejecución de
    las políticas de seguridad y defensa
    nacional.

Objetivo General 6:

Optimizar la gestión institucional.

Meta:

Mejorar los sistemas administrativos

Estrategias:

  • 1) Mostrar transparencia en el gasto de los
    recursos del Estado, sancionándose severamente los
    actos de corrupción.

  • 2) Lograr una mayor racionalidad en los gastos
    asegurando una optima rentabilidad para el Estado a
    través de compras corporativas.

Objetivo General 7:

Fortalecer la Institucionalidad de las Fuerzas Armadas y
el bienestar del personal.

Meta:

Recuperar y elevar la moral de las Fuerzas
Armadas.

Estrategias:

  • 1) Fortalecer la cohesión institucional
    de las Fuerzas Armadas y mejorar la imagen ante la
    sociedad.

  • 2) Reformar el sistema remunerativo y
    previsional de las Fuerzas Armadas, manteniendo la
    pensión renovable, realizando los ajustes salariales
    en forma gradual para lograr el sostenimiento financiero del
    sistema previsional.

  • 3) Fortalecer el Servicio Militar Voluntario
    mediante la creación de un Instituto Superior
    Tecnológico de las Fuerzas Armadas y el otorgamiento
    de una Carrera Técnico Profesional, además de
    mejorar progresivamente las condiciones
    económicas.

ACCIONES INICIALES A REALIZAR EN EL SECTOR
DEFENSA

  • 1) Se reformulará la estrategia en la
    zona del VRAE, realizando operaciones y acciones militares
    policiales de precisión que faciliten la
    desarticulación del fenómeno narcoterrorismo en
    base a la inteligencia producida y bajo un comando y control
    unificado.

  • 2) Se impulsara la participación de las
    Fuerzas Armadas, particularmente con obras de
    ingeniería en las zonas afectadas por el sismo,
    así como, el apoyo a los programas sociales y de salud
    en beneficio de pobladores de bajos recursos en zonas de
    menor desarrollo.

  • 3) Se tomaran medidas estrictas para
    racionalizar los gastos asegurando una óptima
    rentabilidad para el Estado a través de compras
    corporativas, mostrando transparencia y sancionando
    severamente los actos de corrupción.

  • 4) Se hará una reforma en el sistema
    remunerativo y previsional de las Fuerzas Armadas, dando una
    solución integral manteniendo la pensión
    renovable y realizando los ajustes salariales en forma
    gradual para lograr el sostenimiento financiero del sistema
    previsional.

  • 5) Se fortalecerá el Servicio Militar
    Voluntario mediante la creación de un Instituto
    Superior Tecnológico de las Fuerzas Armadas y el
    otorgamiento de una Carrera Técnico Profesional,
    asimismo se mejorará progresivamente las condiciones
    económicas del personal que presta el Servicio Militar
    Voluntario.

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

El Ministerio de Defensa es el organismo rector del
Sector Defensa. Forma parte del Poder Ejecutivo y constituye un
Pliego Presupuestal con autonomía administrativa y
económica, de acuerdo a Ley. La competencia del Ministerio
de Defensa se extiende a todo el territorio nacional, niveles de
gobierno y, personas naturales y jurídicas, vinculadas al
Sistema de Seguridad y Defensa Nacional.

El Ministerio de Defensa tiene las siguientes funciones
generales:

  • a) Formular, planear, dirigir, coordinar,
    ejecutar, supervisar y evaluar la política de
    Seguridad y Defensa Nacional aplicable a todos los niveles de
    gobierno.

  • b) Dietar normas y lineamientos técnicos
    para la implementación y evaluación de las
    políticas de Seguridad y Defensa Nacional.

  • c) Coordinar con los Ministerios, Organismos
    Públicos y Gobiernos Regionales la
    implementación de las políticas de Seguridad y
    Defensa Nacional y, evaluar su cumplimiento en el marco de
    las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo.

  • d) Prestar apoyo técnico a los
    Ministerios, Organismos Públicos y Gobiernos
    Regionales para el adecuado cumplimiento de las funciones
    generales de las Oficinas de Defensa Nacional.

  • e) Garantizar, a través de las Fuerzas
    Armadas, la soberanía e integridad territorial en los
    espacios aéreo, terrestre, marítimo, lacustre y
    fluvial, de acuerdo con la Constitución
    Política del Perú y las leyes.

  • f) Planear, dirigir, coordinar, ejecutar y
    supervisar la Movilización Nacional, para situaciones
    de emergencia ocasionadas por conflictos.

El Ministerio de Defensa tiene las siguientes funciones
específicas:

  • a) Planear, dirigir, coordinar, ejecutar,
    supervisar y evaluar la política nacional y sectorial
    de Seguridad y Defensa Nacional.

  • b) Fortalecer y asegurar el mantenimiento de
    las Fuerzas Armadas en condiciones de operatividad y
    eficiencia.

  • c) Participar, a través de las Fuerzas
    Armadas, en el control del Orden Interno, en los casos que lo
    disponga el Presidente de la República, conforme a la
    Constitución Política del Perú y la ley
    de la materia.

  • d) Participar en el Sistema Nacional de Defensa
    Civil, de acuerdo a la ley.

  • e) Participar en el desarrollo socio
    económico del país.

  • f) Promover, en coordinación con el
    Ministerio de Relaciones Exteriores, la participación
    de las Fuerzas Armadas en operaciones internacionales de paz,
    de conformidad con los objetivos de la Política de
    Seguridad y Defensa Nacional.

  • g) Cumplir y hacer cumplir el marco normativo
    relacionado con su ámbito de competencia, ejerciendo
    la potestad sancionadora correspondiente.

  • h) Presentar proyectos de norma ante el
    Presidente de la República y ante el Consejo de
    Ministros, sobre las materias de su competencia.

  • i) Incentivar y promover la
    investigación y el desarrollo tecnológico e
    industrial en el Sector Defensa.

  • j) Cumplir y hacer cumplir el marco normativo
    en materia de Defensa Nacional, ejerciendo la potestad
    sancionadora y de ejecución coactiva
    correspondiente.

  • k) Participar en los sistemas funcionales que
    integra, de acuerdo a la normativa especial.

  • l) Coordinar, orientar y supervisar las
    actividades de los órganos bajo su competencia y de
    los organismos públicos adscritos al Sector
    Defensa.

  • m) Aprobar normas y lineamientos
    técnicos, directivas, planes, programas, proyectos,
    estrategias e instrumentos orientados a garantizar la
    adecuada ejecución y supervisión de las
    políticas de Seguridad y Defensa Nacional.

  • n) Promover y suscribir convenios de
    cooperación, y colaboración interinstitucional
    a nivel nacional e internacional en el ámbito de su
    competencia y de acuerdo a ley.

  • o) Aprobar las disposiciones normativas que le
    correspondan.

Las funciones del Ministerio de Defensa se sustentan en
las siguientes normas:

  • a) Constitución Política del
    Perú.

  • b) Ley N° 29158, Ley Orgánica del
    Poder Ejecutivo.

  • c) Ley N° 27658, Ley Marco de
    Modernización de la Gestión del
    Estado.

  • d) Ley N° 29605, Ley de Organización
    y Funciones del Ministerio de Defensa.

  • e) Ley N° 28478, Ley del Sistema de
    Seguridad y Defensa Nacional.

  • f) Ley N° 27170, Ley del Fondo Nacional de
    Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado –
    FONAFE.

  • g) Decreto Supremo N° 034-2008-PCM y su
    modificatoria, el Decreto Supremo N° 0482010-PCM, que
    aprueba la Calificación de Organismos
    Públicos.

  • h) Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que
    define y establece las Políticas Nacionales de
    obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno
    Nacional.

  • i) Las demás normas que regulan las
    funciones de los Órganos de Ejecución,
    Organismos Públicos, Empresas adscritas y
    órganos colegiados del Sector Defensa.

El Ministerio de Defensa tiene la siguiente estructura
orgánica:

01. Alta Dirección.

01.1 Despacho Ministerial.

01 .2 Despacho Viceministerial de Políticas para
la Defensa.

01 .3 Despacho Viceministerial de Recursos para la
Defensa.

01.4 Secretaría General.

01.4.1 Unidad de Acceso a la
Información.

02. Órgano Consultivo.

02.1 Comisión Consultiva.

03. Órgano de Control Institucional.

03.1 Órgano de Control Institucional.

04. Órgano de Defensa Jurídica.

04.1 Procuraduría Pública.

05. Órgano de Inspectoría
General.

05.1 Inspectoría General.

06. Órganos de Administración
Interna.

a. Órgano de Asesoramiento

06.1 Oficina General de Asesoría
Jurídica

b. Órgano de Apoyo

06.2 Oficina General de Gestión
Documentaria.

06.3 Oficina General de Telecomunicaciones,
Informática y Estadística.

06.4 Oficina General de Prensa, Relaciones
Públicas y Protocolo.

06.5 Oficina General de Seguridad y
Protección.

07. Órganos de Línea:

a. Despacho Viceministerial de Políticas para la
Defensa

07.1 Dirección General de Política y
Estrategia.

07.2 Dirección General de Relaciones
Internacionales.

07.3 Dirección General de Educación y
Doctrina.

b. Despacho Viceministerial de Recursos para la
Defensa.

07.4 Dirección General de
Administración

07.5 Dirección General de Recursos
Humanos.

07.6 Dirección General de Recursos
Materiales.

07.7 Dirección General de Planificación y
Presupuesto.

07.8 Dirección General Previsional de las Fuerzas
Armadas.

08. Órganos Académicos.

08.1 Centro de Altos Estudios Nacionales
-CAEN.

08.2 Centro de Derecho Internacional Humanitario y
Derechos Humanos CIDH-DH

09. Órganos de Ejecución.

09.1 Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

09.2 Ejército del Perú.

09.3 Marina de Guerra del Perú.

09.4 Fuerza Aérea del Perú.

ÓRGANO DE CONTROL
INSTITUCIONAL:

El Órgano de Control Institucional, es el
encargado de llevar a cabo el control gubernamental en el
Ministerio de Defensa, según sus planes anuales,
así como de acuerdo con lo dispuesto en la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Control y la
Contraloría General de la República. El Jefe del
Órgano de Control Institucional es designado por la
Contraloría General de la República, de quien
depende funcional y administrativamente.

Son funciones del Órgano de Control
Institucional:

  • a) Ejercer el control interno posterior a los
    actos y operaciones del Ministerio, sobre la base de los
    lineamientos, y cumplimiento del Plan Anual de Control, en
    armonía a la normativa emitida por el Sistema Nacional
    de Control, así como el control externo, por encargo
    de la Contraloría General de la
    República.

  • b) Efectuar auditorías a los estados
    financieros y presupuestarios del Ministerio de Defensa, de
    conformidad con la normativa que regula el Sistema Nacional
    de Control. Alternativamente, estas auditorías
    podrán ser contratadas por la Sede Central del
    Ministerio con sociedades de auditoría externa, con
    sujeción a las normas sobre la materia.

  • c) Ejecutar las acciones y actividades de
    control a los actos, y operaciones del Ministerio que
    disponga la Contraloría General de la
    República, y las que sean requeridas por el Ministro,
    en concordancia a los lineamientos establecidos por la
    Contraloría General de la República. Cuando
    tengan carácter de no programadas, su
    realización será comunicada a la
    Contraloría General de la República. Efectuar
    el Control Preventivo, sin carácter vinculante, con el
    propósito de optimizar la gestión y mejora de
    los procesos, prácticas y estructura de control
    interno, sin que ello comprometa el ejercicio del control
    posterior.

  • d) Remitir los informes resultantes de sus
    labores de control a la Contraloría General de la
    República, así como al Titular del Sector,
    cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la
    materia.

  • e) Actuar de oficio, cuando en los actos y
    operaciones se adviertan indicios razonables de ilegalidad,
    de omisión o de incumplimiento, informando al Ministro
    para que adopte las medidas correctivas
    pertinentes.

  • f) Recibir y atender las denuncias que formulen
    los funcionarios, servidores públicos y ciudadanos,
    sobre actos y operaciones del Ministerio, otorgándole
    el trámite que corresponda a su mérito y
    documentación sustentatoria respectiva, en
    concordancia con lo establecido en las Directivas emitidas
    por la Contraloría General de la
    República.

  • g) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual
    de Control aprobado por la Contraloría General de la
    República, de acuerdo a los lineamientos y
    disposiciones emitidas para el efecto.

  • h) Efectuar el seguimiento de las medidas
    correctivas que adopte el Ministerio de Defensa, como
    resultado de las labores de control, comprobando y
    calificando su materialización efectiva, conforme a
    las disposiciones de la materia. En esta función se
    comprende el seguimiento de los procesos judiciales y
    procedimientos administrativos derivados de las acciones de
    control.

  • i) Apoyar a las comisiones que designe la
    Contraloría General de la República para la
    ejecución de las labores de control en el
    ámbito del Ministerio, así como colaborar, por
    disposición expresa de la Contraloría General
    de la República, en otras labores de control, por
    razones operativas o de especialidad.

  • j) Verificar el cumplimiento de las
    disposiciones legales y normativa interna aplicables al
    Ministerio, por parte de las unidades orgánicas y
    personal de ésta.

  • k) Formular y proponer al Ministerio el
    presupuesto anual del Órgano de Control Institucional,
    para su aprobación correspondiente.

  • l) Cumplir diligente y oportunamente con los
    encargos y requerimientos que le formule la
    Contraloría General de la República. n)
    Cautelar que la publicidad de los Informes resultantes de sus
    acciones de control se realice de conformidad con las
    disposiciones de la materia.

  • m) Cautelar que cualquier modificación
    del Cuadro para Asignación de Personal, así
    como de la parte correspondiente del Reglamento de
    Organización y Funciones, relativos al Órgano
    de Control Institucional se realice de conformidad con las
    disposiciones de la materia.

  • n) Promover la capacitación permanente
    del personal que conforma el Órgano de Control
    Institucional, incluida la Jefatura, a través de la
    Escuela Nacional de Control o de cualquier otra
    Institución Universitaria o de nivel superior con
    reconocimiento oficial en asuntos vinculados con el control
    gubernamental, la Administración Pública y
    aquellas materias afines a la gestión de las
    organizaciones públicas.

  • o) Mantener ordenados, custodiados y a
    disposición de la Contraloría General de la
    República durante diez (10) años los informes
    de control, papeles de trabajo, denuncias recibidas y los
    documentos relativos a la actividad funcional de los
    Órganos de Control Institucional, luego de los cuajes
    quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el
    Sector Público. El Jefe del Órgano de Control
    Institucional adoptará las medidas pertinentes para la
    cautela y custodia del acervo documental.

  • p) Cautelar que el personal a su cargo
    dé cumplimiento a las normas y principios que rigen la
    conducta, impedimentos, incompatibilidades, y prohibiciones
    de los funcionarios y servidores públicos, de acuerdo
    a las disposiciones de la materia.

  • q) Mantener en reserva la información
    clasificada obtenida en el ejercicio de sus
    actividades.

  • r) Otras que establezca la Contraloría
    General de la Republica.

GESTION INSTITUCIONAL:

DOCUMENTOS DE GESTIÓN –
ESTRATEGIAS

01/10/2007 Viceministerio de Políticas para la
Defensa

Instructivo para la evaluación del
desempeño del plan estratégico sectorial multianual
del Sector Defensa y Plan Estratégico Institucional del
Ministerio de Defensa 2007-2011 correspondiente al año
2008.

01/10/2007 Dirección de
Planificación

Marco estratégico del sector defensa
2007-2011.

DOCUMENTOS DE GESTIÓN – LINEAMIENTOS PERIODO
2011

08/04/2011 Lineamientos para el proceso de Transferencia
de Gestión del Sector Defensa del período de
Gobierno 2006 – 2011.

DOCUMENTOS DE GESTIÓN –
CONVENIOS

03/05/2010 Convenio de cooperación
Interinstitucional entre el Banco de la Nación y el
Ministerio de Defensa.

DOCUMENTOS DE GESTIÓN – DIRECTIVAS PERIODO
2011

18/11/2011 Directiva Nº
028-2011-MINDEF/VPD/DGA.

Directiva que establece los procedimientos en el
otorgamiento, ejecución, supervisión y
rendición de recursos para el mantenimiento de los
hospitales del Ejército del Perú y de la Marina de
Guerra del Perú, en el Marco del Decreto de Urgencia
Nº 058-2011, aprobado por la Resolución Ministerial
Nº 1183-2011-DE/SG.

17/10/2011 Directiva Nº
001-2011-MINDEF/VPD/DGRIN.

Visita oficial al Perú del General del
Ejército Guo Boxiong, Miembro del Buró
Político del Partido Comunista y Vicepresidente del
Comité Militar Central de la República Popular de
China.

25/08/2011 Directiva Nº
025-2011-MINDEF/VRD/A/01/a.

Directiva sobre mecanismos y procedimientos para
efectivizar los derechos y viabilizar el otorgamiento de
beneficios, al personal que realiza Servicio Militar y
Licenciados.

21/07/2011 Directiva Nº
023-2011/MINDEF/SG/.

Normas para la formulación, trámite y
distribución de la documentación en el Ministerio
de Defensa.

20/07/2011 Directiva Nº
021-2011/MINDEF/SG/B.

Actualización del Sistema de Telecomunicaciones y
Radiocomunicaciones del Sector Defensa.

20/07/2011 Directiva Nº
020-2011/MINDEF/SG/B.

Actualización del Sistema de Informática
del Sector Defensa.

06/07/2011 Directiva Nº
017-2011/MINDEF/VRD/C.

Directiva sobre el Procedimiento que regula la
adjudicación de mercadería otorgada por la
Superintendencia de Administración Tributaria –
SUNAT.

23/06/2011 Directiva Nº 016
MINDEF/VRD/A/.

Directiva sobre el procedimiento y responsabilidades
para la programación y atención del pago de los
conceptos pecuniarios emanados de resoluciones judiciales que
adquieren calidad de cosa juzgada del Sector Defensa.

22/06/2011 Directiva Nº 013
MINDEF/SG-UAIP.

Directiva que implementa el sistema integral de
Atención al Ciudadano del Ministerio de
Defensa.

14/06/2011 Directiva Nº 015
MINDEF/SG/VRD/B/01.

Directiva de estandarización de los
procedimientos de disposición final del material de guerra
de las armas de fuego y las municiones dadas de baja en las
instituciones Armadas.

06/06/2011 Directiva General Nº
012-2011-MINDEF/SG/VRD/B/01.

Directiva para normar el manual de especificaciones
técnicas del Ministerio de Defensa.

23/05/2011 Directiva General Nº
011-2011-MINDEF/SG/VRD/DGGAD.

Directiva para apoyo de la sanidad de las Fuerzas
Armadas en casos de emergencias masivas y desastres
naturales.

18/05/2011 Directiva General Nº
010-2011-MINDEF/SG/VRD.

Directiva para normar las adquisiciones y contrataciones
de bienes y servicios para la defensa nacional en el Mercado
Extranjero, bajo la modalidad de Compensaciones Industriales y
Sociales – Offset.

04/05/2011 Directiva General Nº
009-2011-MINDEF/VRD/DGA.

NORMAS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE
VEHÍCULOS Y SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA LA UNIDAD
EJECUTORA 0001

04/05/2011 Directiva General Nº
008-2011-MINDEF/SG-UAIP.

Procedimientos para el acceso, clasificación,
reclasificación, desclasificación, archivo y
conservación de la información del sector
Defensa.

14/04/2011 Directiva General Nº
07-2011-MINDEF/VRD/DGGAD.

Normas de austeridad en el Gasto
Público.

08/04/2011 Directiva Nº
06-2011-MINDEF/SG-A

Directiva General "Lineamientos para el proceso de
Transferencia de Gestión del Sector Defensa del periodo de
Gobierno 2006-2011"

18/03/2011 Directiva N 193-2011-DE/SG.

Aprueban la Directiva General Nº
002-2011-MINDEF/SG/VRD, "Directiva para normar las contrataciones
de bienes y servicios en el mercado extranjero y sus diferentes
modalidades"

10/02/2011 Directiva N 001-2011-MINDEF/IG/K.

Directiva que establece los procedimientos a seguir
cuando se produzcan delitos contra la libertad sexual en el
ambito del Ministerio de Defensa.

Conceptos
relacionados con el control gubernamental y las entidades
fiscalizadoras superiores

Los siguientes conceptos han sido tomados de la
Declaración de Lima:

FINALIDAD DEL CONTROL: La institución del
control es inmanente a la economía financiera
pública. El control no representa una finalidad en
sí mismo, sino una parte imprescindible de un mecanismo
regulador que debe señalar, oportunamente, las
desviaciones normativas y las infracciones de los principios de
legalidad, rentabilidad, utilidad y racionalidad de las
operaciones financieras, de tal modo que puedan adoptarse las
medidas correctivas convenientes en cada caso, determinarse la
responsabilidad del órgano culpable, exigirse la
indemnización correspondiente o adoptarse las
determinaciones que impidan o, por lo menos, dificulten, la
repetición de tales infracciones en el futuro.

CONTROL PREVIO Y CONTROL POSTERIOR: Si el control
se lleva a cabo antes de la realización de las operaciones
financieras o administrativas, se trata de un control previo; de
lo contrario, de un control posterior. Un control previo eficaz
resulta imprescindible para una sana economía financiera
pública. Puede ser ejercido por una Entidad Fiscalizadora
Superior, pero también por otras instituciones de control.
El control previo ejercido por una Entidad Fiscalizadora
Superior, implica la ventaja de poder impedir un perjuicio antes
de producirse éste, pero la desventaja de comportar un
trabajo excesivo y de que la responsabilidad basada en el derecho
público no esté claramente definida. El control
posterior ejercido por una Entidad Fiscalizadora Superior,
reclama la responsabilidad del órgano culpable, puede
llevar a la indemnización del perjuicio producido y es
apropiado para impedir, en el futuro, la repetición de
infracciones. La situación legal, las circunstancias y
necesidades de cada país determinan si una Entidad
Fiscalizadora Superior ejerce un control previo. El control
posterior es una función inalienable de cada Entidad
Fiscalizadora Superior, independientemente de un control previo
ejercido.

CONTROL INTERNO Y EXTERNO: Los órganos de
control interno pueden establecerse en el seno de los diferentes
departamentos e instituciones; los órganos de control
externo no pertenecen a la organización de la
institución que debe ser controlada. Las Entidades
Fiscalizadoras Superiores son órganos del control externo.
Los órganos de control interno dependen necesariamente del
director del departamento en cuya organización se crearon.
No obstante, deben gozar de independencia funcional y
organizativa en cuanto sea posible a tenor de la estructura
constitucional correspondiente. Incumbe a la Entidad
Fiscalizadora Superior, como órgano de control externo,
controlar la eficacia de los órganos de control interno.
Asegurada la eficacia del órgano de control interno, ha de
aspirarse a la delimitación de las respectivas funciones,
a la delegación de las funciones oportunas y a la
cooperación entre la Entidad Fiscalizadora Superior y el
órgano de control interno, independientemente del derecho
de la Entidad Fiscalizador Superior a un control
total.

CONTROL FORMAL Y CONTROL DE LAS REALIZACIONES: La
tarea tradicional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores es
el control de la legalidad y regularidad de las operaciones. A
este tipo de control, que sigue manteniendo su importancia y
transcendencia, se una un control orientado hacia la
rentabilidad, utilidad, economicidad y eficiencia de las
operaciones estatales, que no sólo abarca a cada
operación sino a la actividad total de la
administración, incluyendo su organización y los
sistemas administrativos. Los objetivos de control a que tienen
que aspirar las Entidades Fiscalizadoras Superiores, legalidad,
regularidad, rentabilidad, utilidad y racionalidad de las
Operaciones, tienen básicamente la misma importancia; no
obstante, la Entidad Fiscalizadora Superior tiene la facultad de
determinar, en cada caso concreto, a cual de estos aspectos debe
darse prioridad.

INDEPENDENCIA DE LAS ENTIDADES FISCALIZADORAS
SUPERIORES:
Las Entidades Fiscalizadoras Superiores
sólo pueden cumplir eficazmente sus funciones si son
independientes de la institución controlada y se hallan
protegidas contra influencias exteriores. Aunque una
independencia absoluta respecto de los demás
órganos estatales es imposible, por estar ella misma
inserta en la totalidad estatal, las Entidades Fiscalizadoras
Superiores deben gozar de la independencia funcional y
organizativa necesaria para el cumplimiento de sus funciones. Las
Entidades Fiscalizadoras Superiores y el grado de su
independencia deben regularse en la Constitución; los
aspectos concretos podrán ser regulados por medio de
Leyes. Especialmente deben gozar de una protección legal
suficiente, garantizada por un Tribunal Supremo, contra cualquier
injerencia en su independencia y sus competencias de
control.

Independencia de los miembros y funcionarios de las
Entidades Fiscalizadoras Superiores. La independencia de las
Entidades Fiscalizadoras Superiores está inseparablemente
unida a la independencia de sus miembros. Por miembros hay que
entender aquellas personas a quienes corresponde tomar las
decisiones propias de las Entidades Fiscalizadoras Superiores y
representar, bajo su responsabilidad, en el exterior, es decir,
los miembros de un colegio facultado para tomar decisiones o el
Director de una Entidad Fiscalizadora Superior organizada
monocráticamente. La Constitución tiene que
garantizar también la independencia de los miembros. En
especial no debe verse afectada su independencia por los sistemas
establecidos para su sustitución y que tienen que
determinarse también en la Constitución. Los
funcionarios de control de las Entidades Fiscalizadoras
Superiores deben ser absolutamente independientes, en su carrera
profesional, de los organismos controlados y sus
influencias.

INDEPENDENCIA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES
FISCALIZADORAS SUPERIORES:
Hay que poner a disposición
de las Entidades Fiscalizadoras Superiores los medios financieros
necesarios para el cumplimiento de las funciones que les
incumben. Las Entidades Fiscalizadoras Superiores tienen que
poseer la facultad, llegado el caso, de solicitar directamente
del organismo encargado del presupuesto estatal los medios
financieros que estimen necesarios. Los medios financieros
puestos a disposición de las Entidades Fiscalizadoras
Superiores en una sección especial del presupuesto tienen
que ser administrados por ellas bajo su propia
responsabilidad.

FACULTAD DE INVESTIGACIÓN: Las Entidades
Fiscalizadoras Superiores deben tener acceso a todos los
documentos relacionados con las operaciones y el derecho a pedir
de los órganos del departamento controlado todos los
informes, de forma oral o escrita, que les parezcan necesarios.
La Entidad Fiscalizadora Superior tiene que decidir, en cada
caso, si es conveniente realizar el control en la sede de la
institución controlada o en la sede de la Entidad
Fiscalizadora Superior. Los plazos para la presentación de
informes y documentos, incluidos los balances, han de
determinarse por Ley o, según los casos, por la propia
Entidad Fiscalizadora Superior.

EJECUCIÓN DE LAS VERIFICACIONES DE CONTROL DE
LAS ENTIDADES FISCALIZADORAS SUPERIORES:
Los órganos
controlados tienen que responder a las verificaciones de control
de la Entidad Fiscalizadora Superior, dentro de los plazos
determinados generalmente por Ley o, en casos especiales, por la
Entidad Fiscalizadora Superior, y dar a conocer las medidas
adoptadas en base a dichas verificaciones de control. Siempre que
las verificaciones de control de la Entidad Fiscalizadora
Superior no se dicten en forma de una resolución judicial
firme y ejecutable, la Entidad Fiscalizadora Superior tiene que
tener la facultad de dirigirse a la autoridad competente para que
adopte las medidas necesarias y exija las correspondientes
responsabilidades.

ACTIVIDAD PERICIAL Y OTRAS FORMAS DE
COOPERACIÓN:
Las Entidades Fiscalizadoras Superiores
pueden, en asuntos importantes, poner a disposición del
Parlamento y de la Administración sus conocimientos
técnicos en forma de dictámenes, incluso su
opinión sobre proyectos de Ley y otras disposiciones sobre
cuestiones financieras. La Administración asume toda la
responsabilidad respecto a la aceptación o rechazo del
dictamen. Prescripciones para un procedimiento de
compensación conveniente y lo más uniforme posible,
empero, sólo deben dictarse de acuerdo con la Entidad
Fiscalizadora Superior.

MÉTODOS DE CONTROL Y PROCEDIMIENTOS: Las
Entidades Fiscalizadoras Superiores deben realizar su actividad
de control de acuerdo con un programa previo trazado por ellas
mismas. El derecho de ciertos órganos estatales de exigir,
en casos especiales, la realización de determinadas
verificaciones, no se verá afectado por aquella norma.
Dado que el control en muy pocos casos puede ser realizado
exhaustivamente, las Entidades Fiscalizadoras Superiores
tendrán que limitarse, en general, al procedimiento de
muestreo. Este, sin embargo, debe realizarse en base a un
programa dado y en tal número que resulte posible formarse
un juicio sobre la calidad y la regularidad de las operaciones.
Los métodos de control deben adaptarse continuamente a los
progresos de las ciencias y técnicas relacionadas con las
operaciones. Es conveniente la elaboración de manuales de
control como medio de trabajo para los funcionarios de
control.

PERSONAL DE CONTROL: Los miembros y los
funcionarios de control de la Entidad Fiscalizadora Superior
tienen que tener la calificación e integridad moral
necesarias para el perfecto cumplimiento de su tarea. En el
momento de la selección del personal de una Entidad
Fiscalizadora Superior, tienen especial importancia una
formación y una capacidad superiores al promedio,
así como una experiencia profesional adecuada. Especial
atención requiere el perfeccionamiento teórico y
práctico de todos los miembros y funcionarios de control
de la Entidad Fiscalizadora Superior a nivel interno,
universitario e internacional, fomentándolo por todos los
medios posibles, tanto económicos como de
organización. El perfeccionamiento tiene que exceder de
los conocimientos de contabilidad y de los tradicionales
jurídico-económicos y abarcar también
empresariales, inclusive la elaboración electrónica
de datos. Para garantizar una alta cualificación del
personal controlador, debe aspirarse a una remuneración
concorde con las especiales exigencias profesionales. Si, en
determinadas circunstancias, por la necesidad de conocimientos
técnicos específicos, no fuese suficiente el propio
personal de control, convendría consultar peritos ajenos a
la Entidad Fiscalizadora Superior.

INTERCAMBIO INTERNACIONAL DE EXPERIENCIAS: El
cumplimiento de las funciones de las Entidades Fiscalizadoras
Superiores se favorece eficazmente mediante el intercambio
internacional de ideas y experiencias dentro de la
Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras
Superiores. A este objetivo han servido hasta ahora los
Congresos, los seminarios de formación que se han
organizado en colaboración con las Naciones Unidas y otras
instituciones, los grupos de trabajos regionales y la
edición de publicaciones técnicas. Sería
deseable ampliar y profundizar estos esfuerzos y actividades.
Tarea primordial es la elaboración de una
terminología uniforme del control financiero
público sobre la base del derecho comparado.

BASE CONSTITUCIONAL DE LAS COMPETENCIAS DE
CONTROL-CONTROL DE LAS OPERACIONES ESTATALES:
Las
competencias de control de las Entidades Fiscalizadoras
Superiores tienen que ser especificadas en la
Constitución, al menos en sus rasgos fundamentales, los
detalles pueden regularse por Ley. La formulación concreta
de las competencias de control de las Entidades Fiscalizadoras
Superiores depende de las circunstancias y necesidades de cada
país. Toda la actividad estatal estará sometida al
control de la Entidad Fiscalizadora Superior, independientemente
de que se refleje, o no, en el presupuesto general del Estado.
Una exclusión del presupuesto no debe convertirse en una
exclusión del control. Las Entidades Fiscalizadoras
Superiores deben orientar su control hacia una
clasificación presupuestaria adecuada y un sistema de
cálculo lo más simple y claro posible.

CONTROL DE LAS AUTORIDADES E INSTITUCIONES EN EL
EXTRANJERO:
Las autoridades estatales y las instituciones
establecidas en el extranjero deben ser controladas generalmente
por la Entidad Fiscalizadora Superior. Al realizar el control en
la sede de dichas instituciones, deben tenerse presentes los
límites fijados por el Derecho Internacional; sin embargo,
en casos justificados, tales límites deben ser reducidos
de acuerdo con la evolución dinámica del Derecho
Internacional.

CONTROL DE LOS INGRESOS FISCALES: Las Entidades
Fiscalizadoras Superiores deben ejercer un control, lo más
amplio posible, de la recaudación de los ingresos
fiscales, incluyendo las declaraciones individuales de los
contribuyentes. El control de los ingresos fiscales es, en primer
lugar, un control de legalidad y regularidad; sin embargo, las
Entidades Fiscalizadoras Superiores tienen que controlar
también la rentabilidad de la recaudación de
impuestos y el cumplimiento de los presupuestos de ingresos
así como, en caso necesario, proponer al organismo
legislativo medidas de reforma.

CONTRATOS PÚBLICOS Y OBRAS
PÚBLICAS:
Los recursos considerables que el Estado
emplea para contratos públicos y obras públicas
justifican un control especialmente escrupuloso de los recursos
empleados. La subasta pública es el procedimiento
más recomendable para obtener la oferta más
favorable en precio y calidad. De no convocarse una subasta
pública, la Entidad Fiscalizadora Superior debe investigar
las razones de ello. En el control de las obras públicas,
la Entidad Fiscalizadora Superior debe procurar que existan
normas apropiadas que regulen la actividad de la
administración de dichas obras. El control de las obras
públicas no sólo abarca la regularidad de los
pagos, sino también la rentabilidad de la obra y la
calidad de su ejecución.

CONTROL DE LAS INSTALACIONES DE ELABORACIÓN
ELECTRÓNICA DE DATOS:
También los recursos
considerables empleados para instalaciones de elaboración
electrónica de datos justifican un control adecuado. Hay
que realizar un control sistemático del uso rentable de
las instalaciones del proceso de datos, de la contratación
del personal técnico cualificado que debe proceder, a ser
posible, de la administración del organismo controlado, de
la evitación de abusos y de la utilización de los
resultados.

EMPRESAS ECONÓMICAS CON PARTICIPACIÓN
DEL ESTADO:
La expansión de la actividad
económica del Estado se realiza con frecuencia a
través de empresas establecidas a tenor del Derecho
Privado. Estas empresas deberán estar sometidas al control
de la Entidad Fiscalizadora Superior, siempre que el Estado
disponga de una participación sustancial – que se da en el
supuesto de participación mayoritaria – o ejerza una
influencia decisiva. Es conveniente que este control se ejerza a
posteriori y que abarque también la rentabilidad, utilidad
y racionalidad. En el informe al Parlamento y a la opinión
pública sobre estas empresas deben tenerse en cuenta las
limitaciones debidas a la necesaria protección del secreto
comercial e industrial.

CONTROL DE INSTITUCIONES SUBVENCIONADAS: Las
Entidades Fiscalizadoras Superiores deben disponer de una
autorización lo más amplia posible, para controlar
el empleo de las subvenciones realizados con fondos
públicos. Si la finalidad del control lo exige,
éste debe extenderse a la totalidad de las operaciones de
la institución subvencionada, especialmente, si la
subvención en sí o en proporción a los
ingresos o a la situación financiera de la
institución beneficiaria, es considerablemente elevada. El
empleo abusivo de los fondos de subvención debe comportar
la obligación de reintegro.

CONTROL DE ORGANISMOS INTERNACIONALES Y
SUPRANACIONALES
: Los organismos internacionales y
supranacionales cuyos gastos son sufragados con las cuotas de los
países miembros, precisan, como cada Estado, de un control
externo e independiente. Si bien el control debe adaptarse a la
estructura y las funciones del correspondiente organismo, sin
embargo, tendrá que establecerse en base a principios
semejantes a los que rigen el control superior de los
países miembros. Es necesario, para garantizar un control
independiente, que los miembros de la institución, de
control externo se elijan, primordialmente, entre los de la
Entidad Fiscalizadora Superior.

CONCEPTOS RELACIONADOS CON LA AUDITORIA BASADA EN
RESULTADOS

ACTIVIDADES DE CONTROL GERENCIAL: Se refieren a
las acciones que realizan la gerencia y otro personal de la
entidad para cumplir diariamente con las funciones asignadas. Son
importantes porque en sí mismas implican la forma correcta
de hacer las cosas, así como también porque el
dictado de políticas y procedimientos y la
evaluación de su cumplimiento, constituyen el medio
más idóneo para asegurar el logro de objetivos de
la entidad.

ALCANCE: Implica la selección de aquellas
áreas o asuntos que serán revisados a profundidad
en la fase de ejecución. Esta decisión debe ser
efectuada teniendo en cuenta la materialidad, sensibilidad,
riesgo, factibilidad y costo, así como la trascendencia de
los posibles resultados a informar.

AMBIENTE DE CONTROL INTERNO: Se refiere al
establecimiento de un entorno que estimule e influencie las
tareas de las personas con respecto al control de sus
actividades. Como el personal resulta ser la esencia de cualquier
entidad, sus atributos constituyen el motor que la conduce y la
base sobre la que todo descansa. Los factores del ambiente
interno de control son: integridad y valores éticos;
asignación de autoridad y responsabilidad; estructura
organizacional; política de administración de
personal; respondabilidad; clima de confianza en el
trabajo.

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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