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La violencia doméstica (página 3)



Partes: 1, 2, 3, 4

Algunos niños japoneses aficionados a los juegos
de video han recurrido al crimen para mantener su hábito.
El periódico The Daily Yomiuri informa: "En Tokio
fueron arrestados 36 muchachos entre los 8 y
13 años de edad por haber escalado casas y tiendas
para robar dinero en efectivo, artículos valiosos y
mercancía a fin de "despilfarrar el dinero en las
galerías de juegos de video", dijo un agente de la
policía". Respecto a otro caso en la ciudad norteña
de Sendai, se informó que la policía
"descubrió una pandilla de cinco muchachos entre las
edades de 10 y 11 años cuyo estilo delictivo se
asemejaba al crimen organizado de los adultos". En 30 robos
con escalo, en espacio de cuatro meses, los pequeños
"profesionales" lograron robar 9.570.000 de yen ($40.000 E.U.A.),
y lo derrocharon en galerías de juegos de video; cada
juego cuesta 100 yen (42 centavos, E.U.A.).

Artritis debido a los
"videojuegos"

De acuerdo con el Dr. Gary Myerson, especialista en
reumatismo, las personas que acostumbran jugar "videojuegos"
corren el riesgo de desarrollar problemas crónicos en las
manos, las muñecas y los hombros, debido a los repetidos
movimientos que se requieren para hacer funcionar los mandos del
juego. En un estudio que él y sus asociados realizaron, se
halló que 65% de los jugadores de cierta galería de
juegos de video tenían ampollas, callos dolor en las
articulaciones o inflamación de algún tendón
por haber jugado con tales juegos. "El estudio definitivamente
muestra los daños serios que pueden resultar como
consecuencia directa de participar en juegos de video", dijo el
Dr. Myerson. "Es alarmante cuando sesenta y cinco por ciento de
las personas que participan en cierta actividad sufren
algún tipo de daño. Al considerar lo que pudiera
ocurrir a las conyunturas, debería dársele seria
atención al asunto."

También se ha notado que el consumo excesivo de
alcohol y otros estupefacientes constituye un factor
desencadenante de comportamientos agresivos y violentos de los
hombres contra las mujeres y los niños. Una encuesta sobre
la violencia doméstica realizada en Moscú ha
revelado que la mitad de los casos de maltratamiento
físico estaban asociados con el consumo excesivo de
alcohol por parte del marido.

Se sabe que el aislamiento de las mujeres dentro de sus
familias o comunidades contribuye al aumento de la violencia,
especialmente si dichas mujeres tienen escasas posibilidades de
ponerse en contacto con las organizaciones familiares o locales.
Al contrario, se ha observado que la participación de las
mujeres en las redes de actividades sociales es un factor
decisivo para reducir su vulnerabilidad ante la violencia
doméstica y para reforzar sus capacidades de superarla.
Dichas redes pueden ser informales (la familia y los vecinos) o
formales (las organizaciones comunitarias, los grupos femeninos
de autoayuda, o la afiliación a partidos
políticos).

La ausencia de protección legal, sobre todo
dentro del "templo" inviolable del hogar, es un factor
determinante para la sobrevivencia de la violencia contra las
mujeres. Hasta hace poco, la distinción entre lo
público y lo privado, que regía en la mayor parte
de los sistemas judiciales, representaba un obstáculo
insuperable para los derechos de la mujer. Sin embargo,
actualmente se está difundiendo cada vez más la
idea de que los Estados son responsables de la protección
de los derechos de la mujer incluso cuando se trata de delitos
cometidos dentro del hogar. En todo caso, el fenómeno de
la violencia contra las mujeres sigue agravándose en
numerosos países a causa de la legislación, la
aplicación de las leyes y el sistema jurídico, que
no reconocen que la violencia doméstica constituye un
delito. El desafío principal reside en conseguir poner fin
a la impunidad de los culpables, lo cual representaría
asimismo una forma de prevención de futuros
abusos.

Las investigaciones llevadas a cabo por el Observatorio
de los Derechos Humanos (Human Rights Watch) han revelado que, en
los casos de violencia doméstica, las autoridades que
tienen a su cargo la aplicación de la ley suelen favorecer
el recrudecimiento de las tentativas del agresor de controlar y
vilipendiar a su víctima.

Aunque varios países ahora disponen de leyes que
condenan la violencia doméstica, "cuando se la comete
contra una mujer en el marco de una relación
íntima, lo más frecuente es que estos ataques sean
tolerados como si fueran la norma en vez de ser perseguidos por
la ley… En muchas partes, quienes cometen violencias
domésticas son tratados con menos rigor y castigados con
mayor benevolencia que los culpables de delitos igualmente
violentos contra extraños."

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Consecuencias

  • Negación de derechos fundamentales

Tal vez la consecuencia más dramática de
la violencia contra mujeres y niñas sea la negación
de sus derechos fundamentales. Los instrumentos legislativos
internacionales en materia de derechos humanos, como por ejemplo
la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH),
adoptada en 1948, la Convención sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer (CEDAW, por sus iniciales en inglés),
adoptada en 1979, y la Convención sobre los Derechos del
Niño (CDN), adoptada en 1989, afirman el principio de los
derechos y libertades fundamentales para todo ser humano. Tanto
la CEDAW como la CDN se inspiran en una concepción amplia
de los derechos humanos, que va mucho más allá de
los derechos civiles y políticos, cubriendo cuestiones de
importancia vital como la sobrevivencia económica, la
salud y la educación, que afectan la calidad de la vida
cotidiana de la mayor parte de las mujeres y los niños.
Ambas Convenciones invocan el derecho a la protección
contra abusos y omisiones debidos a la diferencia de
género.

La fuerza de estos tratados reside en el consenso
internacional y en la noción de que es necesario erradicar
todas las prácticas que perjudiquen a las mujeres y a las
niñas, por profundas que sean sus raíces en la
cultura local. Puesto que según las normas del derecho
internacional estos tratados tienen obligatoriedad
jurídica para los gobiernos que los han ratificado, sus
textos imponen a los gobiernos la obligación no
sólo de proteger a las mujeres contra los delitos de
violencia, sino también de indagar las violaciones cuando
se producen y de hacer que los culpables comparezcan ante la
justicia.

Se toma cada vez mayor conciencia de que los
países no pueden alcanzar el máximo desarrollo de
su potencial si se niega a las mujeres la posibilidad de
participar plenamente en la vida de la sociedad. Los datos
relativos a los costos sociales, económicos y sanitarios
de la violencia no dejan lugar a dudas de que la violencia contra
las mujeres frena el progreso hacia un completo desarrollo humano
y económico. La participación de las mujeres se ha
convertido en punto clave de todos los programas de desarrollo
social, ya sea que se ocupen del ambiente, de la lucha contra la
pobreza o del mejoramiento de las estructuras administrativas. Al
poner barreras a la intervención y participación
cabales de la mujer, los países desperdician la mitad del
capital humano de su población. Los verdaderos indicadores
del empeño de un país por alcanzar la igualdad
entre los sexos son las acciones que lleva a cabo para eliminar
la violencia contra las mujeres en todas sus formas y en todos
los aspectos de la vida.

  • Consecuencias sanitarias

La violencia doméstica contra las mujeres acarrea
consecuencias físicas y psicológicas de
vastísimo alcance, a veces con resultados fatales
(véase el Cuadro 4). Si bien los daños
físicos representan solamente una parte de los efectos
negativos para la salud de las mujeres, se trata de una de las
formas de violencia más visibles. El Ministerio de
Justicia de los Estados Unidos ha comunicado que el 37% del total
de las mujeres que se han dirigido a los hospitales en busca de
atención médica en los repartos de primeros
auxilios por heridas causadas durante episodios de violencia
habían sido agredidas por su cónyuge o
compañero, ya sea de una relación actual o
precedente. Las agresiones tenían como resultado lesiones
que iban desde contusiones y fracturas hasta formas de invalidez
permanente tales como la pérdida parcial o total del
oído o la vista, y la desfiguración provocada
mediante quemaduras.

Por otra parte, las complicaciones médicas que
resultan de la mutilación genital femenina van desde la
hemorragia y la esterilidad hasta casos graves de trauma
psicológico. Los estudios realizados en numerosos
países han demostrado elevados niveles de violencia
durante el embarazo, que ponen en peligro la salud tanto de la
madre como del nonato. En los peores casos, todos estos ejemplos
de violencia doméstica pueden provocar la muerte de la
mujer, asesinada por su compañero o su ex
compañero.

Las agresiones sexuales y las violaciones pueden
conducir al embarazo no deseado, y consiguientemente a las
peligrosas complicaciones que puede comportar el recurso a un
aborto ilegal. Las niñas que han sufrido abusos sexuales
en la infancia tienen mayores probabilidades de abandonarse a
comportamientos riesgosos tales como las relaciones sexuales
precoces, y corren mayor peligro de quedar embarazadas sin
desearlo o a edad excesivamente temprana.33 Las mujeres que se
encuentran en situaciones violentas tienen menos posibilidades de
recurrir a prácticas anticonceptivas o de pretender el uso
de precauciones para el sexo seguro, y por lo tanto corren
riesgos mayores de contraer enfermedades de transmisión
sexual y el VIH/SIDA.

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El impacto de la violencia sobre la salud mental de las
mujeres acarrea consecuencias devastadoras, a veces fatales.
Entre las mujeres maltratadas es elevada la incidencia de la
tensión nerviosa y de las enfermedades relacionadas con
dicha tensión, tales como la neurosis
postraumática, los ataques de pánico, la
depresión, los trastornos de la alimentación y del
sueño, la alta presión sanguínea, el
alcoholismo, el abuso de drogas, y la baja autoestima. A algunas
mujeres, irremediablemente condenadas a la depresión y
constantemente humilladas por sus agresores, les parece que el
suicidio sea la única manera de huir de una
relación violenta.

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  • Repercusiones para los niños

Los niños que han presenciado episodios de
violencia doméstica o que han sufrido abusos en carne
propia, presentan problemas de salud y de conducta, entre los
cuales figuran diferentes trastornos relacionados con el peso, la
alimentación y el sueño. Pueden tener dificultades
en la escuela y suele costarles mucho entablar amistades
estrechas y positivas. Pueden intentar la fuga o incluso
manifestar la tendencia al suicidio.

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Evaluación de los costos
socioeconómicos

El cálculo de los costos de la violencia
constituye una intervención estratégica para lograr
que los responsables de la elaboración de políticas
tomen más conciencia de la importancia y de la eficacia de
la prevención. Los estudios realizados en Australia,
Canadá, Estados Unidos, el Reino Unido y Suiza calculan
dichos costos utilizando diferentes parámetros. El estudio
canadiense, que evalúa los costos de la violencia contra
las mujeres en el contexto más amplio de las violencias
cometidas dentro y fuera del hogar, llega a la conclusión
de que el Estado gasta más de mil millones de
dólares canadienses por año en servicios que
comprenden la intervención de la policía, el
sistema de la justicia penal, la asistencia socio
psicológica y los proyectos de formación. En cuanto
a los Estados Unidos, según uno de los estudios el
cálculo de los gastos oscila entre 5 y 10 mil millones de
dólares al año. Conviene señalar que estos
estudios se refieren únicamente a los costos relacionados
directamente con los servicios y no enfocan los costos humanos de
la violencia.

En 1993, el Banco Mundial estimó que en los
países industrializados los costos sanitarios de las
violencias y violaciones cometidas en el ambiente
doméstico correspondían a casi un quinto de los
años de vida perdidos, en razón del cálculo
de incapacidad*, por las mujeres de edades comprendidas entre los
15 y los 44 años. Los costos sanitarios de las violencias
y violaciones domésticas son los mismos en los
países industrializados y en aquéllos en
desarrollo; sin embargo, dado que la incidencia general de las
enfermedades es mucho más elevada en los países en
desarrollo, es menor el porcentaje atribuido a las
víctimas de agresiones vinculadas con la diferencia de
género. En los países en desarrollo, los
cálculos indican que, según de qué
región se trate, los costos en que se incurre a
consecuencia de la violencia doméstica representan del 5
al 16% de los años de salud perdidos por las mujeres en
edad reproductiva.

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El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) ha llevado a
cabo recientemente investigaciones en seis países
latinoamericanos (Brasil, Colombia, El Salvador, México,
Perú y Venezuela), examinando de manera más global
los costos socioeconómicos de la violencia
doméstica. A fin de facilitar el análisis, el BID
ha dividido los costos de la violencia doméstica y social
en cuatro categorías, aplicando el esquema
anterior.

Los costos directos toman en consideración
los gastos debidos a la asistencia psicológica y a los
tratamientos médicos (atención en el reparto de
primeros auxilios, hospitalización, cuidados brindados en
clínicas y consultorios médicos, tratamiento de
enfermedades de transmisión sexual); los gastos
ocasionados por las prestaciones de la policía, incluido
el tiempo pasado en efectuar arrestos y responder a llamadas; los
gastos en que incurre el sistema de la justicia penal (custodia y
detención, instrucción del caso y proceso); costos
de alojamiento y refugio para las mujeres y sus hijos; y el costo
de los servicios sociales (programas de prevención y
defensa de derechos, capacitación profesional, y
formación especializada para los agentes de
policía, los médicos, y el personal jurídico
y de los medios de comunicación).

Los costos no monetarios, que no inciden en los
servicios médicos pero de por sí imponen un pesado
tributo a las víctimas que sobreviven a las violencias,
comprenden un aumento de frecuencia de los estados
patológicos y un crecimiento de la mortalidad a causa de
homicidios y suicidios, una mayor tasa de dependencia de alcohol
y drogas, y otros disturbios de índole depresiva. Estos
costos "intangibles" se pueden comparar, según la
evaluación del Banco Mundial, con otras enfermedades y
factores de riesgo tales como el VIH/SIDA, la tuberculosis, el
cáncer, las afecciones cardiovasculares, y la septicemia
postparto.

Los efectos económicos de
multiplicación del daño
comprenden, por
ejemplo, la reducción de la participación femenina
en las actividades laborales, la disminución de su
productividad en el trabajo, y un nivel de ingresos inferior. En
Estados Unidos se ha constatado que el 30% de las mujeres
maltratadas perdían su puesto de trabajo a consecuencia
directa de los abusos sufridos.52 Un estudio llevado a cabo en
Santiago de Chile calcula que las mujeres que no son sometidas a
violencias físicas ganan un sueldo promedio de 385
dólares al mes, mientras que las mujeres que deben hacer
frente a graves episodios de violencia en el hogar ganan
solamente 150 dólares (en otras palabras, menos de la
mitad del sueldo de las otras mujeres).53 Esta
investigación enfoca también el impacto
macroeconómico que resulta de la pérdida de
ganancias por parte de las mujeres.

Otro efecto que entra en esta categoría es el
impacto potencial de la violencia doméstica en la
capacidad futura de los niños de conseguir un empleo
adecuado. Aparte de la pérdida de capital humano, existen
costos directos en el sistema escolar, ya que los niños
que vienen de hogares donde reina la violencia suelen tener
escaso rendimiento y a menudo se ven obligados a repetir de
grado. Según un estudio del BID realizado en Nicaragua, el
63% de los niños provenientes de familias en las cuales
las mujeres son víctimas de la violencia doméstica
repiten un grado en la escuela y por lo general la abandonan a la
edad de 9 años, dato que contrasta con la edad media de
abandono escolar de los hijos de mujeres que no sufren abusos,
que es de 12 años.

Los efectos sociales de multiplicación del
daño
incluyen el impacto intergeneracional de la
violencia en los niños, el desgaste del capital social, la
reducción de la calidad de vida y la disminución de
la participación en la vida democrática. Estos
efectos son difíciles de medir en términos
cuantitativos, pero su impacto es significativo desde el punto de
vista del desarrollo social y económico del
país.

Resulta evidente que todos los sectores de la sociedad
se ven afectados profundamente por la violencia contra las
mujeres y deben cargar con sus consecuencias. Es necesario
efectuar más estudios, tanto en los países en
desarrollo como en aquéllos industrializados, para
calcular con mayor exactitud los costos de la violencia
doméstica, a fin de poder elaborar argumentos convincentes
para que las políticas nacionales erradiquen este delito
que, en buena medida, se puede prevenir.

Existe asimismo una grave carencia de informaciones en
cuanto a la relación costo-rendimiento de las
intervenciones en materia de violencia doméstica.55 Se
trata de un campo de investigación importante que
podría servir de guía para el diseño de
programas eficaces, abordables y repetibles, ayudando así
a canalizar los recursos y las energías en la buena
dirección.

La lucha contra
la violencia doméstica: Las
obligaciones del
Estado

La violencia doméstica constituye una
violación de los derechos humanos, tanto cuando la cometen
los individuos como cuando el culpable es el Estado. En realidad,
el deber de los Estados es asegurar que no queden impunes los
responsables de dicha violencia. Sin embargo, las
políticas y la inercia del Estado a menudo conducen a que
las violencias cometidas en la esfera doméstica sean
toleradas e incluso contribuyen a su supervivencia. Los Estados
tienen un doble deber según el derecho internacional en
materia de derechos humanos. No sólo se les exige que no
cometan violaciones de dichos derechos, sino que también
se les pide que las prevengan y que tomen medidas para hacerles
frente.

En tiempos pasados, se interpretaba la protección
de los derechos humanos en su acepción más
estrecha, y la falta de iniciativas por parte del Estado en
cuanto a prevención y castigo de las violaciones no se
consideraba una omisión del deber de proteger los derechos
humanos. Hoy en día, la noción de responsabilidad
del Estado ha evolucionado y se reconoce que los Estados
también tienen la obligación de tomar medidas
preventivas y punitivas cuando se producen violaciones de
derechos por parte de personas privadas.

Las normas del derecho internacional

Cuando se trata la cuestión de la violencia
contra las mujeres cometida por personas privadas deben tomarse
en consideración tres doctrinas elaboradas por los
expertos y activistas del campo de los derechos humanos. La
primera de ellas establece que los Estados tienen la
responsabilidad de demostrar debida diligencia en la
prevención, la indagación y el castigo de las
violaciones del derecho internacional, pagando a las
víctimas un resarcimiento justo.

  • La debida diligencia

En 1992, el Comité para la Eliminación de
la Discriminación contra la Mujer (Comité
de

Monitoreo de la CEDAW) adoptó la
Recomendación General 19, con la cual confirmaba que la
violencia contra las mujeres constituye una violación de
los derechos humanos y en la cual destacaba que "los Estados
pueden también ser responsables de los actos cometidos por
particulares si no intervienen con la debida diligencia para
prevenir las violaciones de los derechos o para investigar y
castigar los actos de violencia o para hacer pagar
resarcimientos". El Comité ha recomendado a los Estados
algunas medidas que deberían tomar para garantizar la
protección eficaz de las mujeres contra la violencia, y
entre ellas figuran:

  • medidas legales eficaces, con inclusión de
    sanciones penales, recursos civiles y disposiciones relativas
    a la indemnización, a fin de proteger a las mujeres
    contra toda forma de violencia, incluida la violencia y los
    abusos intrafamiliares, las agresiones sexuales, y el acoso
    sexual en el lugar de trabajo

  • medidas preventivas, con inclusión de
    programas para la información y educación de la
    opinión pública, a fin de modificar las
    actitudes respecto a los roles y a la condición de
    hombres y mujeres

  • medidas protectoras, con inclusión de la
    creación de refugios, centros de asistencia socio
    psicológica, programas de rehabilitación y
    servicios de apoyo para las mujeres que han sufrido
    violencias o corren el riesgo de sufrirlas.

También la Declaración de las Naciones
Unidas sobre la Eliminación de la Violencia contra la
Mujer exhorta a los Estados a "aplicar por todos los medios
apropiados y sin demora una política encaminada a eliminar
la violencia contra la mujer" y, más adelante, a "proceder
con la debida diligencia a fin de prevenir, investigar y,
conforme a la legislación nacional, castigar todo acto de
violencia contra la mujer, ya se trate de actos perpetrados por
el Estado o por particulares".

La noción de "debida diligencia" ha sido retomada
en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en
el caso Velázquez Rodríguez. La Corte instó
al gobierno a "tomar medidas razonables para prevenir las
violaciones de los derechos humanos y utilizar todos los medios a
su disposición para llevar a cabo pesquisas serias de las
violaciones cometidas en esa jurisdicción, identificar a
los responsables, imponer los castigos correspondientes y
garantizar a la víctima un resarcimiento
adecuado".

Por lo tanto, la mera existencia de un sistema
jurídico que criminalice las agresiones domésticas
e imponga sanciones a quien las comete no se considera suficiente
de por sí: el gobierno cumple sus funciones sólo si
además "asegura efectivamente" que se investiguen y
castiguen los incidentes de violencia intrafamiliar.

  • Igual protección ante la
    ley

Esta doctrina está relacionada con el concepto de
igualdad y con la garantía de idénticos derechos a
la protección. Si puede demostrarse que la
aplicación de la ley discrimina a las víctimas en
los casos de violencia contra mujeres, es posible considerar al
Estado como responsable de haber violado las normas
internacionales a propósito de la igualdad en materia de
derechos humanos.

La Convención sobre la Eliminación de
Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer impone
a los Estados Partes "seguir, por todos los medios apropiados y
sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la
discriminación contra la mujer", lo cual incluye el deber
de "abstenerse de incurrir en todo acto o práctica de
discriminación contra la mujer y velar por que las
autoridades e instituciones públicas actúen de
conformidad con esta obligación" y de "adoptar todas las
medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para
modificar o derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas
que constituyan discriminación contra la
mujer".

  • La violencia doméstica como forma de
    tortura

Esta tercera doctrina sostiene que la violencia
doméstica representa una forma de tortura y se la
debería tratar como tal. El razonamiento en
cuestión explica que, según la gravedad y las
circunstancias que ponen en tela de juicio la responsabilidad del
Estado, la violencia doméstica puede constituir una
tortura o un tratamiento o castigo cruel, inhumano y degradante,
según el Pacto Internacional sobre los Derechos Civiles y
Políticos y según la Convención contra la
Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes.

Esta escuela afirma que la violencia doméstica
presenta precisamente las cuatro características
fundamentales que definen la tortura: (a) provoca grandes
sufrimientos físicos y/o mentales,

(b) se inflige de manera intencional, (c) obedece a
fines bien precisos, y (d) implica una cierta
participación de las esferas oficiales, sea ésta
activa o pasiva.

Quienes defienden este punto de vista piden que se
conciba y trate la violencia doméstica como una forma de
tortura o, en los casos de menor gravedad, de maltratamiento.
Esta teoría merece ser tenida en cuenta por los relatores
y los organismos participantes en los tratados en
cuestión, que se ocupan de investigar este tipo de
violaciones, eventualmente en colaboración con expertos y
juristas de las ONGs competentes.

Las maneras de
luchar contra la violencia doméstica

Actualmente, muchos Estados reconocen la importancia de
proteger a las mujeres contra la violencia y de castigar a
aquéllos que, cometiéndola, se han hecho culpables
de un delito. Una de las preguntas fundamentales que deben
enfrentar los reformadores de la ley es si se debe o no
"criminalizar" el hecho de que un hombre golpee a su propia
mujer. Se suele tener la impresión de que la violencia
doméstica es un delito que se produce entre personas
unidas por estrechos vínculos de intimidad. La
cuestión de la intimidad, es decir si los golpes
infligidos a la esposa deben tratarse como un delito común
o si, más bien, se debe insistir en la utilización
de mediadores y de asistentes socio psicológicos,
representa un serio dilema para los responsables
políticos.

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  • La criminalización

Los partidarios de aplicar a la violencia
doméstica el enfoque de la justicia penal hacen referencia
al poder simbólico de la ley y sostienen que el arresto,
la imputación y el veredicto de culpabilidad, seguido de
una pena, constituyen un procedimiento que expresa claramente que
la sociedad condena la conducta del agresor y reconoce la
responsabilidad personal del mismo por los actos cometidos. Una
investigación realizada por el Departamento de
Policía de Minneapolis ha demostrado que el 19% de las
personas que habían participado en mediaciones y el 24% de
los que habían sido conminados a abandonar el domicilio
matrimonial repetían más tarde las agresiones, pero
solamente el 10% de los que habían sido arrestados se
abandonaban nuevamente a la violencia.5 Sin embargo, es esencial
que quienes tiene poder decisorio a nivel político en este
campo tomen debida consideración de la realidad cultural,
económica y política de sus propios países.
Toda política que sea incapaz de reconocer la naturaleza
particular de estos delitos o no vaya acompañada de
tentativas de brindar apoyo a las víctimas y asistencia al
agresor estará inevitablemente destinada al
fracaso.

  • La legislación

La legislación relativa a la violencia
doméstica es un fenómeno moderno. Se está
difundiendo la convicción de que deberían
elaborarse leyes especiales, con soluciones y procedimientos
específicos. El primer problema que se plantea desde el
punto de vista legislativo es si se debe dar lugar a la
acusación contra un hombre que ha golpeado a su mujer
aunque ésta pretenda después retirar la denuncia,
por hallarse sometida a presión. Algunos países han
resuelto dar instrucciones a la policía y a los
procuradores de proceder con la acusación aun en los casos
en que las mujeres declaren preferir que no se intervenga
legalmente.6 Además, puesto que la esposa es el testigo
principal, algunas jurisdicciones han aprobado disposiciones que
le imponen la obligación de testimoniar, excepto en
determinadas situaciones. Otros países, como por ejemplo
los Estados Unidos, se orientan más bien hacia
métodos de apoyo activo y defensa.

En ciertos países se aplican medidas que
representan una solución intermedia entre la justicia
civil y la penal. Las más importantes entre ellas son las
órdenes de "protección" y de "obligación de
buena conducta". Estas últimas consisten en procedimientos
según los cuales, si una persona presenta ante un
magistrado o un juez la denuncia de haber sufrido violencias, el
agresor es "obligado" a respetar la paz del hogar y a mantener
buena conducta. En estos casos el aspecto probatorio es menos
rígido que en los procesos estrictamente penales y esto
puede proporcionar un cierto alivio a algunas mujeres, ya que la
orden de la corte se puede obtener en base a la simple
verosimilitud de la denuncia. Quien no respeta la orden comete
una infracción penal y la policía puede arrestar,
inclusive sin mandato, a todo aquél que haya infringido
una orden de protección.

También pueden aplicarse las soluciones del
derecho civil, tales como el mandato que se utiliza para instruir
una causa de acción primaria como sucede, por ejemplo, en
caso de divorcio, de anulación del matrimonio o de
separación legal. Algunas jurisdicciones han puesto en
vigor leyes que eliminan el requisito de presentar un pedido de
acción primaria y le permiten a la mujer la
presentación de un pedido de acción conminatoria
independientemente de cualquier otra acción legal.7 Otra
medida de la justicia civil que se aplica en algunos Estados de
los EE.UU. es la acción de responsabilidad de agravio que
consiste en el pedido de resarcimiento del daño a cargo
del cónyuge.

  • La intervención de la
    policía

En la mayor parte de las jurisdicciones el poder que
tiene la policía de penetrar en una propiedad privada es
limitado. En el caso de la violencia doméstica este hecho
puede favorecer al hombre violento en perjuicio de la mujer.
Algunas legislaciones autorizan a la policía a entrar si
se lo pide una persona que aparentemente reside en el lugar o
cuando el agente tiene buenos motivos de suponer que una persona
del lugar sufre una agresión o corre el riesgo inminente
de sufrirla.9 En numerosos episodios de violencia
doméstica, la inmediata puesta en libertad bajo fianza del
agresor puede ser peligrosa para la mujer y, seguramente, la
liberación del mismo sin que ella haya recibido previo
aviso, puede acarrearle consecuencias sumamente graves. Algunas
jurisdicciones australianas intentan conciliar los intereses del
infractor y de la mujer especificando que la liberación
del agresor debe ir acompañada de ciertas condiciones
destinadas a proteger a la mujer.

  • Servicios de formación y de asistencia
    colectiva por parte de la comunidad

La mayor parte de los agentes de policía,
abogados, jueces y médicos acepta los valores
tradicionales que sostienen la importancia de la familia como
institución y la posición dominante del
varón dentro de ella. Por lo tanto, es necesario
proporcionar a quienes se ocupan de aplicar la ley y a los
profesionales de los campos médico y legal que entran en
contacto con las víctimas de la violencia, una
formación que les permita comprender la relación
violenta entre los sexos, darse cuenta del trauma de quienes la
sufren, y recabar pruebas adecuadas para los procedimientos
penales. Los profesionales del derecho y de la medicina suelen
mostrarse reacios a este tipo de formación y a aceptar las
enseñanzas de personas extrañas a su especialidad.
Para aumentar la eficacia del programa de formación
sería útil, por ende, invitar a otros profesionales
a participar en el mismo.

La naturaleza misma del delito que representa la
violencia doméstica exige la intervención de la
comunidad para asistir y brindar apoyo a las víctimas. Los
operadores a nivel comunitario deberían recibir una
formación que les proporcione informaciones sobre la ley y
su aplicación, sostén económico y de otra
índole otorgado por el Estado, los medios necesarios para
obtener dicho tipo de ayuda, etc. Los asistentes sociales de las
comunidades también pueden desempeñar un papel
importante en la identificación de la violencia, en la
sensibilización de la opinión pública a
propósito de tales problemas, y en la orientación
de las víctimas en cuanto a los procedimientos a seguir
para obtener satisfacción.

Todo programa de apoyo en los casos de violencia
doméstica debería incluir servicios de asistencia
socio psicológica tanto para las víctimas como para
los agresores. Dichos programas pueden incluso funcionar como una
alternativa a la sentencia penal, sobre todo en los casos en que
las mujeres prefieran que sus compañeros "reciban ayuda"
en vez de ser castigados. Para lograr tener eficacia, todos estos
enfoques deberían utilizar los métodos formales e
informales de educación y divulgación de
informaciones.

  • La cooperación a todos los
    niveles

La abrumadora mayoría de los gobiernos padece de
una llamativa falta de los conocimientos necesarios para elaborar
y aplicar políticas en el campo de la violencia contra las
mujeres. Por lo tanto, debería crearse una relación
de mayor cooperación entre los gobiernos y la sociedad
civil para combatir eficazmente dicha violencia.

La mejor solución consiste en un enfoque
integrado y multidisciplinario, en el cual colaboren abogados,
psicólogos, asistentes sociales, médicos y otros
operadores del sector, para alcanzar una comprensión cabal
de cada caso particular y de las necesidades de cada individuo.
Todo método debería basarse en el atento examen de
las circunstancias reales en que transcurre la vida de la mujer
maltratada, su desesperación, dependencia, falta de
alternativas, y la consiguiente necesidad en que se ve de obtener
una mayor autonomía. El objetivo principal es colaborar
con la víctima para que desarrolle su capacidad de tomar
decisiones conscientes respecto a su propio futuro.

Ver o padecer el uso de la violencia durante la
niñez también puede dar como resultado la
interiorización de la violencia como manera de resolver
conflictos. Las niñas que han sido testigos de los abusos
cometidos contra su madre pueden tener mayores probabilidades de
aceptar la violencia como si fuera la norma en la vida
matrimonial que aquéllas que no provienen de hogares
violentos. Aunque muchos niños que provienen de hogares
violentos no se vuelven violentos al crecer, los que han
presenciado la violencia durante la infancia tienen más
probabilidades de incurrir en comportamientos violentos, tanto
dentro como fuera del hogar, al llegar a la edad
adulta.

Propuestas

Para terminar con la violencia como modo cotidiano de
vivir, se necesita realizar un cambio cultural que modifique el
espacio psíquico en que los niños crecen y los
adultos contribuyen a generar y mantener. Es necesario que se
deje enfatizar la violencia en nuestro vivir consciente e
inconsciente como un modo de ir más allá de
nuestras diferencias en la convivencia. Para que esto suceda se
necesita que uno esté dispuesto a mirar cómo
configuramos la multi-dimensionalidad racional en la que los
niños y adultos aprenden a convivir.

Nuestra cultura patriarcal centrada en la
dominación y el sometimiento, en las jerarquías, en
la desconfianza y el control, en la lucha y la competencia, es
una cultura generadora de violencia y lo es porque vive en un
espacio inconsciente de negación del "otro".

La prevención de la violencia intrafamiliar
aparece en el horizonte social e histórico de las
sociedades de fines del siglo XX como una necesidad, cuya
atención es impostergable y reclama la convergencia de
respuestas educativas y asistenciales.

Cuando una mujer maltratada dice "BASTA", en su hijo se
produce un aprendizaje fundamental y ya nada será igual,
el orden, valores y mandatos dejan de tener la fuerza con la que
fueron trasmitidos

La historia puede ser
otra.

Esto requiere construir formas organizativas aptas para
dar respuestas integrales que involucran campos diferenciados:
asistencial, el educativo, el jurídico, el cultural. Esto
puede lograrse con la suma de acciones específicas de cada
área; la construcción de espacios y tiempos comunes
para evitar la fragmentación o el aislamiento del accionar
de los profesionales de cada campo singular. Graciela Lombardi
habla de la prevención en sentido amplio, de la
búsqueda de un modelo integral de prevención que se
sustenta en una concepción de salud como proceso constante
de resolución de conflictos.

Esta modalidad integral de acción preventiva
reconoce el valor de la información, de centra en la
"capacidad de reflexionar acerca de lo que nos pasa", en abrir
espacios donde escuchemos nuestros acuerdos y nuestras
diferencias, en construir una red social con capacidad de
recepción, contención y respuesta a partir de lo
cual podamos actuar para modificar aquello que nos
sucede.

La prevención desde ésta óptica
busca generar el protagonismo permanente de todos los actores
sociales, desarticulando prejuicios, facilitando caminos para que
los sujetos (individuales y colectivos) puedan decir y analizar
sus conflictos, proyectar y actuar sus propias acciones,
trabajando su problemática desde la promoción de la
salud, reconociendo y enfrentando sus dificultades.

Monografias.com

Para hablar de prevención en violencia familiar,
no debemos olvidar que somos nosotros los agentes de cambio y
éste trabajo se deberá hacer mediante un abordaje
metodológico; debiendo tener claro que no podemos lograr
recetas mágicas que en un abrir y cerrar de ojos
erradicarán éste problema.

Por los daños que la violencia intrafamiliar
genera para la salud de la mujer y de sus hijos y en definitiva
para la sociedad, y por el gasto en la salud que esto representa
se hace necesario introducir en el sector salud una clara
conciencia de ésta problemática, reconocerla como
una emergencia de salud pública que requiere
atención prioritaria y trabajar interinstitucionalmente
para establecer estrategias que den atención al
problema.

Si bien se están realizando muchos esfuerzos
actualmente en este sentido, queda aún mucho camino por
recorrer.

El desarrollo e implementación de estrategias y
programas con el propósito de reducir la violencia en
cualquier forma y dirigirse a las causas para prevenirla en el
hogar, las escuelas, las comunidades y en la sociedad.

Tipos de
Prevención.

PREVENCIÓN PRIMARIA.- Un
proceso que informa, motiva y ayuda a la población a
adoptar y mantener formas no violentas de resolución de
conflictos familiares, proporciona modelos de funcionamiento
familiares más democráticos y proponga los cambios
en los contextos de riesgos necesarios para facilitar esos
objetivos, dirigiendo la formación profesional y la
investigación en esa misma dirección.

PREVENCIÓN SECUNDARIA.-
Sensibilización de los recursos profesionales y los
agentes comunitarios (educadores, profesionales de la salud,
religiosos, policía, agentes judiciales) para que
comprendan el problema e instrumenten respuestas no
victimizadoras.

PREVENCIÓN TERCIARIA.-
Asegurar los recursos asistenciales para una adecuada respuesta
médica, psicológica, social y legal a la
población afectada por el problema. Incluye medida de
protección a las víctimas y programas
especializados en la atención de las
víctimas.

Medidas para erradicar la
violencia.

  • Prevenir la violencia elaborando programas
    destinados a la comprensión y eliminación de
    sus causas y promoviendo campañas de
    sensibilización y formación dirigidas a la
    ciudadanía en general y a las y los profesionales de
    la educación y de las informaciones en
    especial.

  • En el plano de la prevención conviene
    resaltar el peso y responsabilidad de tres agentes educativos
    muy importantes: la familia, la escuela y los medios de
    comunicación.

  • Abogamos por un modelo de familia que sea un espacio
    de encuentro graficante y potenciador de las capacidades y
    posibilidades de todas las personas que lo integran , donde
    existan relaciones igualitarias entre mujeres y hombre,
    equilibrio en la toma de decisiones , que el reparto de la
    responsabilidades domésticas y de cuidado a personas
    dependientes y en distribución del tiempo, en
    definitiva, abogamos por que los hombres y mujeres muestren a
    sus hijos e hijas que hay tantas formas como personas de ser
    hombre y mujer.

  • En lo que se refiere a la educación formal,
    la escuela es o debe ser un espacio ideal para fomentar
    valores tales como el respeto, la igualdad dentro de la
    diversidad, comprensión hacia los y las que son
    diferentes, el espíritu critico, la coeducación
    quiere ser una pedagogía que acabe con la violencia
    estructural de esta sociedad patriarcal y capitalista, que
    favorezca, sin embargo, la rebelión ante el abuso de
    poder, que lintes al otro, que defienda los espacios
    personales y colectivos de libertad de expresión y que
    instaure relaciones justas, donde la ternura y el dialogo
    sean posibles: entre diferentes sexos, culturas,
    personalidades.

  • En cambio, deberían proponer modelos
    alternativas que encarnen valores de igualdad y
    respeto.

  • Mas concretamente en el tema de la violencia
    doméstica, si se quieren cambiar las cosas,
    deberían abordarla globalmente, analizando las causas
    que la provocan, con unas definiciones editoriales y
    aportación de opiniones diversas que permitan
    vislumbrar soluciones a este problema.

  • Los planteamientos de la salud pública
    consideran la prevención como la clave de los
    esfuerzos para reducir la violencia, enfatizando
    políticas y programas para prevenir el comportamiento
    violento, lesiones y muerte. La gran variedad en las tazas de
    homicidios entre los países desarrollados le da
    validez a la creencia que la violencia es
    prevenible.

Sabemos, que el hombre va construyendo sus matrices y su
conducta a lo largo de toda su vida y para intentar operar en
prevención de la violencia familiar hemos de trabajar en
él, desde los primeros momentos y solamente así
podremos logran hacer descender los niveles de violencia familiar
en un futuro.

Debemos saber que la violencia hace a la salud de una
persona y cómo todo lo que genera el ser humano esta en
relación directa con todo lo que le rodea, familia,
colegas, amigos, grupos de pertenencia también afecta a
estos.

Estrategias e intervenciones: Un enfoque
integrado

La violencia doméstica constituye un problema
complejo y no existe una única estrategia que pueda
funcionar en cualquier situación. Para empezar, la
violencia puede producirse en contextos sociales muy diferentes,
y la medida en que la comunidad la aprueba ejercerá
naturalmente una influencia importante en el tipo de estrategia a
seguir.

Si se toman en cuenta las relaciones recíprocas
existentes entre los factores responsables de la violencia
doméstica (las dinámicas de poder, cultura y
economía que se instauran entre los sexos), las
estrategias e intervenciones deben ser elaboradas dentro de un
marco lo más completo e integrado que sea posible. La
única estrategia que puede garantizar una
aplicación durable en el tiempo y que cuenta con buenas
probabilidades de erradicar esta plaga es una estrategia puesta
en práctica a diferentes niveles, afrontando las causas
estructurales de la violencia contra las mujeres y proporcionando
al mismo tiempo a las víctimas servicios inmediatamente
disponibles.

En la planificación de estrategias e
intervenciones es necesario tomar en consideración una
gran variedad de sujetos e intereses. La colaboración con
dichos sujetos puede funcionar simultáneamente a diversos
niveles.

  • A nivel de la familia, los sujetos implicados
    incluyen a las mujeres, los hombres, los adolescentes y los
    niños.

  • En el ámbito de la comunidad local, se debe
    establecer la colaboración con los ancianos que
    detentan la autoridad tradicional, los líderes
    religiosos, los grupos de la comunidad, las asociaciones de
    vecinos, las organizaciones masculinas (por ejemplo, las
    uniones locales de agricultores), los concejos municipales y
    los diferentes organismos de la aldea.

  • En la sociedad civil, el número de sujetos
    con los cuales es necesario colaborar abarca los grupos
    profesionales, las organizaciones femeninas y masculinas, las
    ONGs, el sector privado, los medios de comunicación,
    el mundo académico, y los sindicatos.

  • A nivel estatal, las estrategias deben se
    diseñadas en colaboración con el sistema de la
    justicia penal (la policía, la judicatura y los
    abogados); el sistema sanitario; el parlamento y los
    organismos legislativos provinciales; y el sector
    educativo.

  • A nivel internacional, los sujetos comprenden las
    organizaciones internacionales tales como las agencias de las
    Naciones Unidas, el Banco Mundial, y los bancos regionales de
    desarrollo.

La violencia doméstica es un problema que toca
aspectos de la sanidad, el derecho, la economía, la
educación, el desarrollo y los derechos humanos. Es
necesario elaborar estrategias que funcionen en una gran variedad
de campos y según los diferentes contextos en que se deban
aplicar. Algunas áreas clave para intervenir
son:

  • El trabajo de sensibilización y
    concienciación de la opinión
    pública

  • La educación para construir una cultura no
    violenta

  • La formación

  • El desarrollo de recursos

  • La prestación directa de servicios a las
    víctimas y a los agresores

  • El establecimiento de redes de contactos y la
    movilización de las comunidades

  • La intervención directa para brindar ayuda a
    las víctimas a fin de que puedan reconstruir su propia
    vida

  • La reforma de la ley

  • El monitoreo de las intervenciones y de las medidas
    adoptadas

  • La recopilación y el análisis de
    datos

  • La identificación en tiempo útil de
    las familias, comunidades, grupos e individuos en situaciones
    "de riesgo".

Estas áreas no se excluyen recíprocamente:
las intervenciones pueden efectuarse en varios campos
simultáneamente.

Sobre todo, toda estrategia o intervención
destinada a combatir la violencia doméstica debe guiarse
por cinco principios fundamentales:

  • prevenir

  • proteger

  • intervenir a tiempo

  • reconstruir la vida de las
    víctimas

  • rendir cuentas de las acciones llevadas a
    cabo.

Esta sección de la investigación se
propone establecer un cuadro de referencias para una
acción coordinada a nivel de políticas y programas.
Para ser eficaz, una estrategia debe ser concebida en
función de las características específicas
de la cultura y de la región en la cual se ha de aplicar,
proporcionando a las víctimas la posibilidad real de
acceder fácilmente a una vasta gama de servicios e
involucrando a la comunidad y a todas las partes interesadas
individuales en el diseño de las intervenciones.
Centrándose en los intereses subjetivos y destacando las
responsabilidades de la familia, de la comunidad local, de la
sociedad civil, del Estado y de las organizaciones
internacionales, este cuadro indica los campos de mayor
importancia para la acción.

  • La familia

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Las mujeres.-Puesto que están en juego su
propia vida y su dignidad, las mujeres resultan ser los
principales agentes transformadores en la lucha contra la
violencia relacionada con la diferencia de género. Si bien
las organizaciones femeninas han desempeñado un papel de
importancia crucial (véase la sección dedicada a la
sociedad civil), son notables la fuerza colectiva y el coraje
individual que han demostrado ciertas mujeres al combatir muchas
formas de violencia. Aunque pobres y a menudo analfabetas, estas
mujeres han conseguido movilizar centenares de otras mujeres,
recaudar fondos, diseñar estrategias y obligar a los
decisores políticos a rever las leyes y sus
políticas. Debe hacerse un esfuerzo sistemático
para que se den oídos a la voz de las mujeres de los
movimientos de base y a aquéllas que han sobrevivido a la
violencia doméstica, y para que las soluciones que ellas
proponen reciban la acogida que merecen. Sus puntos de vista
representarán una contribución preciosa para la
elaboración de programas y la prestación de
servicios eficaces y adecuados a sus necesidades.

Las mujeres necesitan adquirir mayor poder mediante la
educación, las oportunidades laborales, la
alfabetización en materia legal, y el derecho a heredar.
Debería brindárseles educación sobre los
derechos humanos e información en todo lo que se refiere a
la violencia doméstica, porque están en juego sus
derechos fundamentales.

En las situaciones de violencia doméstica
deberían ponerse a su disposición servicios
integrados de apoyo, de intervención jurídica y de
reparación del daño. Las formas de asistencia que
ayudan a las mujeres a reconstruir su vida y a volver a tomarla
en sus propias manos después de los episodios de violencia
deberían ser parte esencial de toda estrategia de
intervención, cubriendo aspectos tales como la asistencia
socio psicológica, la ayuda a encontrar un nuevo hogar, la
asignación de créditos y la búsqueda de un
empleo.

Las mujeres deben recibir apoyo concreto por parte de
todos los sectores implicados en la cuestión: el sistema
jurídico penal, la sanidad, las autoridades responsables
del bienestar social, y el sector privado. Deben asimismo poder
contar con el sostén de las redes informales de contacto,
tales como la familia, los amigos, los vecinos y los grupos de la
comunidad local.

Los grupos de la comunidad y las instituciones
gubernamentales deberían recibir formación adecuada
para identificar a las mujeres, hombres, adolescentes y
niños de ambos sexos que corren peligro de ser
víctimas de la violencia doméstica, y para poner a
su disposición servicios confidenciales y de fácil
acceso. Donde no se disponga de dichos servicios, es necesario
ayudar a las comunidades a establecer mecanismos locales de apoyo
para las mujeres adecuados a las características
culturales específicas del lugar.

Los Hombres.- Existe un número creciente
de especialistas de sexo masculino que organizan y realizan
actividades de formación sobre la desigualdad entre los
sexos, con inclusión del problema de la violencia. Algunos
de ellos colaboran con otros hombres para examinar las pautas del
comportamiento masculino y desarrollar nuevos modelos de
masculinidad (véase la sección dedicada a la
sociedad civil). En casi todas las partes del mundo se registran
ejemplos notables de liderazgo masculino en la lucha contra la
violencia generada por la discriminación sexual, y la
participación de los hombres es esencial para modificar
las normas de conducta.

Los hombres deberían recibir un mensaje claro y
coherente de todos los sectores y niveles de la sociedad: que los
que cometen violencias deberán rendir cuentas de sus
actos. El sistema jurídico penal debe empeñarse en
reforzar dicho mensaje aplicando medidas concretas contra los
agresores, como asimismo proporcionándoles la alternativa
de la rehabilitación cuando han cometido una
infracción menor. Deben crearse servicios que brinden la
posibilidad de modificar los comportamientos violentos. Es
necesario que estos servicios, que se deberían organizar a
nivel local, afronten también otras cuestiones vinculadas
con el tema, tales como el alcoholismo y el consumo de
drogas.

Incumbe a los hombres la tarea de desafiar a los
demás hombres a poner fin a los abusos cometidos contra
las mujeres, y a cambiar los criterios que favorecen esta forma
de violencia. A tal fin, se debe ayudar a los hombres para que
funcionen como modelos de conducta positiva para los más
jóvenes, y es necesario educar a los niños varones
en un clima de no violencia y de respeto por la mujer.

Los muchachos y las muchachas adolescentes.- Las
muchachas necesitan todo el apoyo y la protección de que
deberían beneficiarse las mujeres adultas. También
ellas necesitan recibir de parte de la sociedad y del sistema
educativo un mensaje claro respecto a sus derechos. Los programas
educativos que preparan a las niñas a desarrollar su
autoestima y la capacidad de defender sus propios intereses,
incrementando la participación de las muchachas en los
roles de liderazgo, deberían formar parte de los planes de
estudio de las escuelas.

Los adolescentes varones, por su parte, necesitan
modelos masculinos positivos e igualmente un mensaje claro de
parte de los hombres maduros dentro de su familia y en la
sociedad en general: que los actos violentos contra las mujeres
son inaceptables y quienes los cometen deben rendir cuentas de
ello. Como los varones adultos, también los muchachos
deben poder acceder a servicios que los ayuden a resolver sus
eventuales comportamientos violentos.

Los servicios de asistencia deben incluir el tratamiento
de modelos comportamentales frecuentemente vinculados con la
violencia, tales como el uso de alcohol y estupefacientes o las
conductas sexuales riesgosas a las que los adolescentes de ambos
sexos pueden abandonarse a consecuencia de los abusos
sufridos.

Los niños.- Es necesario que se reconozca
que los niños suelen ser víctimas de la violencia
doméstica y que es imprescindible garantizar su seguridad.
Esto implica asegurar la protección de sus madres y la
instalación de servicios de guardería de
niños en los centros de acogida para las mujeres. La
comunidad y el Estado deben desarrollar programas apropiados para
brindar asistencia a los niños que necesitan reponerse de
las violencias y abusos que han sufrido y/o
presenciado.

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La comunidad local

En las sociedades tradicionales, las familias siempre
han contado con el apoyo de mecanismos de asistencia ligados a la
comunidad para resolver las situaciones de conflicto. Es
necesario, por lo tanto, movilizar la comunidad local para que se
oponga a que se produzcan violencias domésticas en su
seno. Las acciones emprendidas por los miembros de la comunidad
pueden consistir en una mayor vigilancia de las situaciones de
violencia doméstica, la prestación de ayuda a las
víctimas, y la incitación a poner fin a los
comportamientos violentos por parte de los hombres.

Hay que reemplazar la indulgencia con intervenciones
activas y proyectos educativos. Deben desarrollarse programas de
información y educación de la comunidad
relacionados con la naturaleza y el carácter inaceptable
de la violencia doméstica. Tales programas deberían
ocuparse de las pautas tradicionales de comportamiento que
toleran las agresiones contra la mujer por parte del
varón, considerando su maltratamiento, castigo y
violación como una cosa aceptable. Es necesario reexaminar
y desafiar las prácticas pertenecientes a la
tradición cultural que violan la integridad de la mujer,
como es el caso de la mutilación genital femenina. La
cultura no es un factor estático, y hay que desarrollar
normas culturales de un nuevo tipo, que respeten a las mujeres y
promuevan su dignidad y su seguridad.

Los ancianos y líderes religiosos de la comunidad
tienen la responsabilidad de ejercer su autoridad en este campo
para fomentar el progreso. Por ejemplo, habría que incitar
a los líderes religiosos a reconsiderar las doctrinas y
prácticas tradicionales que conducen a la
subordinación de las mujeres y a la violación de
sus derechos. Los órganos de administración locales
(por ejemplo, el sistema de panchayat en India)
deberían desempeñar un rol activo en la
creación de una cultura de la no violencia, en la puesta
en práctica de sanciones apropiadas, en la
negociación de respuestas adecuadas a la cultura local
para prevenir la violencia, y en el monitoreo del respeto y la
implementación de las sanciones vigentes.

La sensibilización con respecto a los efectos de
la violencia doméstica en la vida de la comunidad da como
resultado la toma de conciencia de la importancia de prevenir que
se cometa dicha violencia en perjuicio de las mujeres y los
niños. El desarrollo de respuestas integradas a la
violencia doméstica mediante la participación de
los grupos comunitarios, de los funcionarios sanitarios locales y
de las mujeres, sirve para garantizar la sostenibilidad de las
actividades y la responsabilización de las personas
involucradas, lo cual representa de por sí un importante
paso adelante. Sin embargo, puesto que adaptarse al cambio es
difícil, debe protegerse la incolumidad de los activistas,
defensores de los derechos humanos y asistentes sociales de la
comunidad. Por último, los recursos humanos y
económicos son un elemento clave para la
elaboración de todo programa y para su realización
concreta.

La sociedad civil

Las organizaciones féminas.-Desde hace
casi un cuarto de siglo las organizaciones de mujeres han
combatido en primera línea para dar visibilidad a la
violencia contra las mujeres: haciendo escuchar la voz de las
víctimas mediante tribunales y testimonios personales;
poniendo a disposición de las víctimas de la
violencia formas innovadoras de asistencia; y ejerciendo
presión sobre los gobiernos y la comunidad internacional
para que reconozcan que han fracasado en su cometido de proteger
a las mujeres. A partir de acciones locales, colectivas, las
mujeres han logrado transformar su lucha contra la violencia en
una campaña de dimensiones globales.

La defensa de los derechos de la mujer ha conseguido que
los sectores formales (los sistemas legislativo y
jurídico, el sistema de la justicia penal, y el sector
sanitario) comenzaran a dar respuestas a las necesidades de las
mujeres que sufren violencias. Las mujeres han dado impulso al
cambio político y a la creación de mecanismos
institucionales, ya sea que se trate de reformas legislativas, de
la formación de las fuerzas de policía, o de la
fundación de centros de acogida para las mujeres y sus
niños. Al intentar hacer frente a las causas estructurales
de la violencia, las organizaciones femeninas han tratado de
fomentar la autonomía de las mujeres mediante la
educación sobre los derechos humanos, la puesta en marcha
de programas de crédito especiales y el establecimiento de
contactos con las redes que cuentan con un campo de acción
más amplio. Es fundamental que los movimientos en defensa
de la mujer sigan guiando el proceso, especialmente
desempeñando un papel de control y
responsabilización, y que los gobiernos aumenten su
colaboración con ellos.

Las organizaciones masculinas.- Las
organizaciones de hombres también pueden tomar la
iniciativa en las comunidades locales para oponerse a la
violencia contra las mujeres, trabajando en colaboración
con las organizaciones femeninas expertas en la materia. Las
organizaciones de servicios pueden poner a disposición sus
recursos y redes de contacto, y las agrupaciones deportivas de
los hombres, a nivel local y nacional, pueden ocupar un lugar
destacado en las campañas de sensibilización de los
varones al respecto.

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Las asociaciones profesionales.- Las
organizaciones de médicos, abogados, psicólogos,
enfermeras, educadores, asistentes sociales, y otros
especialistas constituyen un factor clave en la lucha contra la
violencia de la cual son víctimas las mujeres. Sus
miembros pueden entrar en contacto regularmente con situaciones
de violencia doméstica, pero no reconocer los indicios de
la misma a causa de sus propios prejuicios, de su propio pasado o
de la falta de formación adecuada. Es esencial que dichas
organizaciones incorporen cursos sobre la violencia
doméstica y los derechos humanos en sus programas de
formación profesional, y que los especialistas que ya
ejercen su profesión en el sector reciban
capacitación sobre el tema de manera regular. Estas
asociaciones tienen que desarrollar métodos formales
(protocolos) que permitan individuar y señalar los casos
de violencia doméstica a las autoridades competentes, y
medidas de rastreo que consientan detectarlos e intervenir a
tiempo.

Dichos métodos y medidas deben ser elaborados en
colaboración con los expertos del campo de la violencia
doméstica.

Las organizaciones no gubernamentales.- (ONGs),
como las asociaciones femeninas, han desarrollado su labor en
colaboración con las agencias gubernamentales y con las
organizaciones internacionales para suministrar una vasta gama de
servicios y programas de educación y
sensibilización. Hay que reforzar su capacidad de seguir
prestando servicios diversificados, sobre todo de común
acuerdo con los organismos estatales.

Las ONGs pueden desempeñar un papel fundamental
ejerciendo presión para que los gobiernos ratifiquen los
instrumentos legales internacionales sobre los derechos humanos
como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas
de Discriminación contra la Mujer y la Convención
sobre los Derechos del Niño, o para que retiren las
objeciones que han presentado contra ellos. Las ONGs han
desarrollado una labor de importancia decisiva en el monitoreo de
la aplicación de normas que no tienen valor de tratados,
como la Declaración de las Naciones Unidas sobre la
Eliminación de la Violencia contra la Mujer, la
Declaración y Programa de Acción de Viena, y la
Declaración y Plataforma de Acción de Beijing. Es
necesario que continúe el liderazgo de las ONGs en los
esfuerzos por ejercer presión política y sostener
la creación de una legislación que salvaguarde los
derechos de las mujeres, las niñas y los
niños.

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El sector privado.- Está directamente
interesado en que se afronte el problema en cuestión, ya
que los costos de la violencia doméstica para la sociedad,
y en particular para la industria, son fenomenales en
términos de baja productividad, absentismo y
renovación del personal. Al sector privado le
convendría identificar y apoyar a los miembros del
personal que sufren o cometen actos de violencia
doméstica.

La sensibilización sobre la violencia
doméstica o vinculada con la diferencia de género
debería formar parte de la capacitación brindada
por las compañías, y las empresas deberían
fomentar el desarrollo de una mentalidad organizativa libre de
abusos, incluido el acoso sexual, en el lugar de trabajo. El
sector privado debería asimismo recibir estímulos
para que financie servicios preventivos y de asistencia en la
comunidad local.

Los sindicatos.- Deben brindar su apoyo a tales
iniciativas del sector privado, utilizando sus recursos para
promover entre sus afiliados la no violencia en las relaciones
con la mujer e incitando a sus miembros a buscar mecanismos de
apoyo y asistencia adecuados.

Los medios de comunicación.-
Desempeñan un rol de importancia vital, ya que influencian
y modifican las normas y los comportamientos sociales. Se ha
constatado la existencia de una relación entre la
difusión repetida de escenas violentas en los medios de
comunicación y el aumento de frecuencia de las agresiones,
sobre todo entre los niños. En el campo específico
de la violencia doméstica, las campañas de los
medios de información pueden contribuir a invertir las
tendencias sociales que toleran la violencia contra las mujeres,
cuestionando los modelos de conducta violentos aceptados por las
familias y las sociedades.59 La colaboración con los
medios de difusión debe concentrarse en la
elaboración de nuevos mensajes y nuevas respuestas a fin
de reducir la violencia doméstica.

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Por consiguiente, un esfuerzo consciente destinado a
sensibilizar a las profesionales del sector mediático
respecto a estas temáticas es importante para combatir la
violencia contra las mujeres. Los canales alternativos de
comunicación, tales como los grupos teatrales, los
titiriteros, las emisoras radiofónicas locales, los
músicos y artistas de todo tipo, tienen un papel que
desempeñar en la sensibilización de la
opinión pública, creando roles que funcionen de
modelo para los hombres y jóvenes de la
comunidad.

Líderes y pensadores religiosos.- Tienen
que reexaminar las interpretaciones de los textos sagrados y de
las doctrinas desde el punto de vista de la promoción de
la igualdad y de la dignidad de la mujer. Muchos hombres que
abusan de las mujeres justifican su comportamiento invocando la
religión, y numerosos usos tradicionales que constituyen
un abuso y una violencia contra las mujeres se practican en
nombre de la religión. Las autoridades espirituales a
todos los niveles tienen la responsabilidad de garantizar que las
interpretaciones religiosas no sean utilizadas como pretexto para
la opresión de las mujeres.

Instituciones académicas y de
investigación.-
deberían resolver el problema
de la falta crónica de informaciones estadísticas
sobre la violencia doméstica, que constituye un
obstáculo para cualquier cambio de políticas en el
sector. La carencia de datos y de documentación adecuados
sobre la violencia contra las mujeres, y especialmente sobre la
violencia doméstica, excusan el silencio de los gobiernos
y de esa manera lo refuerzan. Ante la ausencia de datos
concretos, los gobiernos se sienten autorizados a negar la
existencia de dicha violencia y, por lo tanto, rechazan
también la responsabilidad que tienen de hacerle
frente.

En el campo de la investigación, existen
diferentes prioridades. La disponibilidad de datos dignos de
confianza sobre la magnitud, las consecuencias, y los costos
económicos y sanitarios de la violencia relacionada con la
diferencia de género, contribuirá a colocar la
cuestión en el foco de atención de los decisores
políticos. Los investigadores tienen que identificar las
medidas ejemplares de prevención y tratamiento de la
violencia, y evaluar su eficacia y las posibilidades de volverlas
a aplicar.

Hace falta una colaboración más intensa
entre las instituciones académicas y de
investigación, las organizaciones femeninas, las ONGs, y
los responsables del suministro de servicios a la hora de
realizar investigaciones cualitativas para adquirir una
comprensión más profunda de las causas de la
violencia doméstica y sus efectos físicos y
psicológicos para las mujeres. Los resultados de dichas
investigaciones deben luego ser comunicados a las comunidades
para poder así abrir camino a la toma de conciencia y a
las transformaciones.

Además de las propuestas mencionadas
anteriormente, proponemos que, así como existen programas
de salud donde promueven el cuidado en general de la integridad
física, proponemos que existan programas donde se imparta
a las familias cursos con el objetivo de transmitir la siguiente
información:

a) Una visión género-sensitiva que
facilite la identificación de los factores que contribuyen
a los tratos desiguales y las discriminaciones que se dan a nivel
de la sociedad, la comunidad, la familia y buscar un ejercicio
sano de los derechos humanos.

b) El enfoque de riesgo que permite identificar
tanto los factores des protectores como los factores protectores
ante la violencia intrafamiliar. En ello, la detección del
nivel de riesgo facilita la toma de decisiones para adecuar las
acciones a las necesidades y prioridades de las personas o grupos
afectados. Esto ha permitido evidenciar que los grupos más
vulnerables son: las niñas(os), las mujeres, las personas
mayores y las personas discapacitadas.

c) El abordaje interdisciplinario para ofrecer
una atención integral que incorpore los componentes
sociales, psicológicos y legales, se requiere de la
interrelación entre los saberes de dichas disciplinas. Una
disciplina no podrá dar cuenta de un problema con un nivel
de complejidad como el de la violencia intrafamiliar, de
ahí, la necesidad de un trabajo interdisciplinario. Al
mismo tiempo, cada disciplina debe definir sus acciones de
intervención específica.

Además, proponemos la creación de
programas dirigidos a instituciones educativas, centros de
trabajo, oficinas, empresas, etc. donde diariamente al menos dos
veces por semana se hagan debates acerca de la violencia contra
la mujer, se revisen casos donde las mujeres supieron salir
adelante y donde además se estudie la posibilidad de la
creación de leyes donde se promuevan los siguientes
principios:

Principios de atención integra a la violencia
intrafamiliar:

  • 1. Toda persona tiene derecho a vivir con
    dignidad en un ambiente de relaciones interpersonales
    pacíficas y libres de agresiones psicológicas,
    sexuales, físicas y sociales, y sin
    discriminación (por edad, sexo, género, grupo
    étnico, creencias religiosas, políticas,
    estilos de vida).

  • 2. Toda persona tiene derecho a la defensa de
    la vida y a vivir en condiciones que le permitan una calidad
    de vida adecuada.

  • 3. Toda persona tiene derecho de aprender
    formas no violentas de resolver conflictos. La sociedad debe
    promover formas de vida no violentas.

  • 4. Toda persona tiene derecho a una
    atención integral, oportuna, expedita, eficaz,
    confiable, eficiente, de calidad para eliminar la violencia
    intrafamiliar y sus secuelas.

  • 5. Las personas están influidas por
    factores económicos, sociales, legales, culturales,
    psicológicos, por lo tanto todos deben considerarse
    para entender y enfrentar la violencia intrafamiliar en forma
    integral e interinstitucional.

  • 6. Nada justifica la violencia.

  • 7. La violencia es una construcción
    histórica que se modela y aprende, por lo tanto deben
    revisarse los mensajes que emitan los diferentes agentes
    socializadores que la refuerzan: la familia, el sistema
    educativo, los medios de comunicación, las iglesias,
    el sistema de salud, el sistema judicial y otros.

  • 8. La atención debe estar regida por el
    principio de confidencialidad para garantizar la integridad
    de las personas afectadas.

  • 9. La atención integral se fundamenta en
    el derecho de las mujeres y hombres, niñas y
    niños, adolescentes, discapacitados y personas mayores
    a vivir con dignidad, libertad, justicia y
    paridad.

Monografias.com

Otros principios de trabajo que deben ser
considerados son:

  • 1. Ningún ser humano merece ser
    golpeado

  • 2. La violencia intrafamiliar es un problema de
    salud pública.

  • 3. El / la violento(a) es responsable de su
    propio comportamiento.

  • 4. Ningún argumento o razonamiento
    justifica el uso de la violencia.

  • 5. Una mujer golpeada no está
    justificada si maltrata a sus hijos.

  • 6. Cuando la violencia ha comenzado no se
    detiene espontáneamente, sino que aumenta con el paso
    del tiempo.

  • 7. No hay alguna excusa que justifique la falta
    de control.

  • 8. La seguridad de la víctima debe
    anteponerse a todo otro concepto.

  • 9. La persona golpeada debe ser tratada como
    tal, y no como esposo(a) o padre / madre.

  • 10. La educación es el requisito
    esencial de una buena prevención.

  • 11. Tratar a los usuarios(as) con dignidad,
    respeto, comprensión y con sensibilidad a las
    diferencias de edad, cultura y educación, pero
    reconociendo que la violencia es inaceptable en cualquier
    relación.

  • 12. El personal que brinda la atención
    debe respetar las decisiones de la víctima aún
    cuando decida continuar viviendo con el agresor.

  • 13. Reconozca que el proceso de dejar una
    relación violenta es generalmente largo y
    gradual.

Conforme a los anteriores principios, una
atención integral a la violencia intrafamiliar debe
comprender los siguientes aspectos:

• Ser accesible, continua, eficaz, ágil,
oportuna, confiable, confidencial, segura, de calidad, que
garantice la integridad de las personas afectadas.

• Que contemple la atención de los
diferentes tipos de violencia.

• Dirigida a romper el ciclo de la
violencia

• Con espacios para la retroalimentación y
la contención individual y grupal para las personas
responsables de la atención.

• Con mecanismos sistemáticos de registro y
análisis de la situación de los usuarios(as) y
familias afectadas por la violencia intrafamiliar que permitan
valorar el cumplimiento e impacto de las acciones.

Conclusión

Violencia intrafamiliar es toda acción u
omisión protagonizada por los miembros que conforman el
grupo familiar (por afinidad, sangre o afiliación) y que
transforma en mal tratantes la relaciones entre ellos causando
daño físico, emocional, sexual, económico o
social a uno o varios de ellos.

Se debe considerar que la situación violenta no
solo la padecen quienes sufren golpes o humillaciones, sino
también quién propina esos mismos golpes y
humillaciones.

Intervienen al respecto los modelos de
organización familiar, las creencias culturales, los
estereotipos respecto a supuestos roles relacionales, y las
maneras particulares de significar el maltrato.

Es el estado el que debe velar por la protección
de las personas involucradas, mediante acciones concretas tales
como el dictado de leyes y demás normativas
jurídicas, y la generación de espacios educativos,
de contención e intervención comunitaria. Cabe
destacarse que la represión por parte del estado al
agresor no soluciona el problema, por lo que resulta esperable el
fomento de una pronta asistencia psicológica hacia
él, la, o los agresores que en muchos casos ejerce
violencia sólo en la intimidad familiar y privada, ya que
en otros ámbitos poseen un comportamiento cordial y
afectuoso.

Bibliografía

  • Informe mundial sobre la violencia y la salud.
    Washington, D.C., Organización Panamericana de la
    Salud, Oficina Regional para las Américas de la
    Organización Mundial de la Salud, 2003.

  • NORMA OFICIAL MEXICANA, NOM-046-SSA2-2005. Violencia
    familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la
    prevención y atención.

  • Villatoro, J.; Quiroz, N.; Gutiérrez ML.,
    Díaz, M. y Amador, N. (2006). ¿Cómo
    educamos a nuestros/as hijos/as? Encuesta de Maltrato
    Infantil y Factores Asociados 2006. Instituto Nacional de las
    Mujeres (INMUJERES) Instituto Nacional de Psiquiatría
    Ramón de la Fuente Muñiz
    (INPRFM).México, D. F.

  • Secretaría de Salud. Centro Nacional de
    Equidad de Género y Salud Reproductiva, Modelo
    integrado para la prevención y atención de la
    violencia familiar y sexual, 2006.

  • García-Fonseca, L. Modelo de Tratamiento de
    la Clínica de Género y Sexualidad del Instituto
    Nacional de Psiquiatría Ramón De la Fuente
    Muñiz, México, 2011.

  • La violencia doméstica contra las mujeres y
    niñas, Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia,
    (UNICEF). Centro de Investigaciones Innocenti,
    Florencia-Italia.

Anexos

Convenios y tratados internacionales

Como producto de la creciente movilización y
concertación de alianzas, el tema de la violencia social y
doméstica contra las mujeres comenzó a ocupar un
lugar preponderante en las agendas de importantes eventos y
consensos internacionales orquestados por las Naciones Unidas, de
los cuales México ha sido participante y signatario,
adhiriéndose así a los compromisos internacionales.
Entre ellos se encuentran los siguientes:

La Convención para la Eliminación de todas
las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979), donde
la violencia contra la mujer es definida como "Todo acto de
violencia basado en la diferencia de género que tenga o
pueda tener como resultado un daño o sufrimiento
físico, sexual o psicológico para la mujer,
inclusive la amenaza de tales actos, la coacción o la
privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen
en la vida pública como privada".

Por su parte, el Primer Encuentro Feminista
Latinoamericano y del Caribe (Bogotá, 1981),
instituyó el 25 de noviembre como el Día
Internacional de la No Violencia Contra las Mujeres, fecha que
hoy se conmemora en la mayoría de los países del
mundo.

La Conferencia Mundial de Derechos Humanos (Viena,
1993), donde se reconoció a toda forma de violencia contra
las mujeres como una violación de los derechos
humanos.

La Conferencia Internacional sobre Población y
Desarrollo (El Cairo, 1994). Su declaración final,
estableció que es indispensable alcanzar una plena
igualdad entre mujeres y hombres a fin de acceder a una sociedad
mas justa y respetuosa de los Derechos Humanos, y también,
de lograr un desarrollo sustentable, que no amenace la
estabilidad del planeta ni la paz mundial.

La Convención Interamericana para Prevenir,
Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Belém
do Pará, 1994) –ratificada por México en
1998-, define esta violencia como "toda acción o conducta
contra la mujer basada en su género, que cause muerte,
daño o sufrimiento físico, sexual o
psicológico tanto en el ámbito público como
en el privado" (IIDPDH, 1995).

Partes: 1, 2, 3, 4
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