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Plan académico y administración por resultados para la acreditación de universidades



Partes: 1, 2, 3, 4

  1. Descripción
  2. Marco
    teórico
  3. Marco
    conceptual

Descripción

  • ANTECEDENTES

  • ANTECEDENTES CONTEXTUALES

Según Gutiérrez (2014)[1];
en la declaración mundial sobre la Educación
superior del siglo XXI, que se llevó a cabo en
París en 1998, se concluyó que ésta debe
enfrentar una serie de desafíos y dificultades, como
producto del entorno cambiante, la globalización y su
ideal de posicionamiento efectivo dentro de la sociedad del
conocimiento.

La universidad peruana no es ajena a esta realidad y
para insertarse en un escenario tan competitivo es necesario
plantear estrategias que la conduzcan a este fin: establecer la
igualdad de condiciones de acceso a los estudios y, en el
transcurso de los mismos, a una mejor capacitación del
personal, formación ligada a la búsqueda de la
competitividad basada en la mejor calidad de la enseñanza,
investigación y mejores servicios, pertinencia de los
planes de estudios, mayores posibilidades de empleo para los
egresados, establecimiento de acuerdos de cooperación y la
igualdad de acceso a los beneficios que reporta la
cooperación internacional. Así mismo, la
integración de las tecnologías de
información y comunicación como aliado sustantivo
en este proceso de integración.

A mediados de la década de los 90 en el
Perú se inicia un movimiento de mejora de la calidad en
los distintos niveles educativos. La acreditación de la
calidad de la educación en el Perú tiene su
génesis con la promulgación de la Ley General de
Educación y se considera de relevancia en el Proyecto
Educativo Nacional. En ambos documentos se establece la
conformación de un organismo autónomo que garantice
ante la sociedad la calidad de las instituciones
educativas.

Con la promulgación de la Ley Nº 28740 (ley
del SINEACE), se inicia el camino a la acreditación de la
calidad de las instituciones educativas y de sus programas;
siendo las universidades y sus carreras profesionales y programas
de posgrado competencia del Consejo Nacional de
Evaluación, Acreditación, Certificación de
la Calidad de la Educación Universitaria –
CONEAU.

El "Modelo de calidad para la acreditación de las
carreras universitarias" propuesto, que a continuación
presenta la Dirección de Evaluación y
Acreditación (DEAC) del Consejo de Evaluación,
Acreditación y Certificación de la Calidad de la
Educación Superior Universitaria – CONEAU, es el resultado
de la suma del saber y la experiencia de quienes han logrado
establecer, a través de la revisión y el
análisis de información relacionada al
aseguramiento de la calidad de la educación superior, un
conjunto de factores, criterios e indicadores que constituyen el
referido modelo. Además, como adenda, se presenta los
indicadores de gestión de carreras. Así mismo, se
entrega a la sociedad, para su opinión y sugerencias de
mejora, los "Estándares del modelo de calidad para la
acreditación de la carrera de
Educación".

Según Hernández (2014)[2],
la nueva Ley Universitaria, Ley No. 30220[3]tiene
por objeto normar la creación, funcionamiento,
supervisión y cierre de las universidades. Promueve el
mejoramiento continuo de la calidad educativa de las
instituciones universitarias como entes fundamentales del
desarrollo nacional, de la investigación y de la cultura.
Asimismo, establece los principios, fines y funciones que rigen
el modelo institucional de la universidad.

Asimismo establece que el Ministerio de Educación
es el ente rector de la política de aseguramiento de la
calidad de la educación superior universitaria. Dicha Ley
regula a las universidades bajo cualquier modalidad, sean
públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que
funcionen en el territorio nacional.

La universidad es una comunidad académica
orientada a la investigación y a la docencia, que brinda
una formación humanista, científica y
tecnológica con una clara conciencia de nuestro
país como realidad multicultural. Adopta el concepto de
educación como derecho fundamental y servicio
público esencial Está integrada por docentes,
estudiantes y graduados. Participan en ella los representantes de
los promotores, de acuerdo a ley. Las universidades son
públicas o privadas. Las primeras son personas
jurídicas de derecho público y las segundas son
personas jurídicas de derecho privado. Las universidades
públicas y privadas pueden integrarse en redes
interregionales, con criterios de calidad, pertinencia y
responsabilidad social, a fin de brindar una formación de
calidad, centrada en la investigación y la
formación de profesionales en el nivel de pregrado y post
grado.

Las universidades se rigen por los siguientes
principios: Búsqueda y difusión de la verdad;
Calidad académica; Autonomía; Libertad de
cátedra; Espíritu crítico y de
investigación; Democracia institucional; Meritocracia;
Pluralismo, tolerancia, dialogo intercultural e inclusión;
Pertinencia y compromiso con el desarrollo del país;
Afirmación de la vida y dignidad humana; Mejoramiento
continuo de la calidad académica; Creatividad e
innovación; Internacionalización; El interés
superior del estudiante; Pertinencia de la enseñanza e
investigación con la realidad social; Rechazo a toda forma
de violencia, intolerancia y discriminación; y,
Ética pública y profesional.

La universidad tiene los siguientes fines: i) Preservar,
acrecentar y transmitir de modo permanente, la herencia
científica, tecnológica, cultural y
artística de la humanidad; ii) Formar profesionales de
alta calidad de manera integral y con pleno sentido de
responsabilidad social de acuerdo a las necesidades del
país; iii) Proyectar a la comunidad sus acciones y
servicios para promover su cambio y desarrollo; iv) Colaborar de
modo eficaz en la afirmación de la democracia, el estado
de derecho y la inclusión social; v) Realizar y promover
la investigación científica, tecnológica y
humanística la creación intelectual y
artística; vi) Difundir el conocimiento universal en
beneficio de la humanidad; vii) Afirmar y transmitir las diversas
identidades culturales del país; viii) Promover el
desarrollo humano y sostenible en el ámbito local,
regional, nacional y mundial; ix) Servir a la comunidad y al
desarrollo integral; x) Formar personas libres en una sociedad
libre.

Son funciones de la universidad: i) Formación
profesional; ii) Investigación; iii) Extensión
cultural y la proyección social; iv) Educación
continua; v) Contribuir al desarrollo humano; vi) Las
demás que le señala la Constitución
Política del Perú, la ley, su estatuto y normas
conexas.

Referente a la autonomía universitaria, la nueva
Ley establece que el Estado reconoce la autonomía
universitaria. La autonomía inherente a las universidades
se ejerce de conformidad con lo establecido en la
Constitución, la nueva Ley y demás normativas
aplicables. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes
regímenes: i) Normativo, implica la potestad
autodeterminativa para la creación de normas internas
(estatuto y reglamentos) destinadas a regular la
institución universitaria; ii) De gobierno, implica la
potestad autodeterminativa para estructurar, organizar y conducir
la institución universitaria, con atención a su
naturaleza, características y necesidades. Es formalmente
dependiente del régimen normativo; iii) Académico,
implica la potestad autodeterminativa para fijar el marco del
proceso de enseñanza-aprendizaje dentro de la
institución universitaria. Supone el señalamiento
de los planes de estudios, programas de investigación,
formas de ingreso y egreso de la institución, etc. Es
formalmente dependiente del régimen normativo y es la
expresión más acabada de la razón de ser de
la actividad universitaria; iv) Administrativo, implica la
potestad autodeterminativa para establecer los principios,
técnicas y prácticas de sistemas de gestión,
tendientes a facilitar la consecución de los fines de la
institución universitaria, incluyendo la
organización y administración del escalafón
de su personal docente y administrativo; v) Económico,
implica la potestad autodeterminativa para administrar y disponer
del patrimonio institucional; así como para fijar los
criterios de generación y aplicación de los
recursos.

Referente a la responsabilidad de las autoridades, se
establece que las autoridades de la institución
universitaria pública son responsables por el uso de los
recursos de la institución, sin perjuicio de la
responsabilidad civil, penal o administrativa correspondiente.
Cualquier miembro de la comunidad universitaria debe denunciar
ante la Superintendencia Nacional de Educación Superior
Universitaria – SUNEDU, la comisión de actos que
constituyan indicios razonables de la existencia de infracciones
a la nueva Ley. La Superintendencia Nacional de Educación
Superior Universitaria -SUNEDU, de oficio o a pedido de parte,
emite recomendaciones para el mejor cumplimiento de las
disposiciones previstas en esta Ley y otras normas
reglamentarias, en el marco de su ámbito de competencia.
Dichas recomendaciones pueden servir de base para la
determinación de las responsabilidades pertinentes. El
ejercicio de la autonomía en la educación
universitaria se rige por las siguientes reglas: i) Son nulos y
carecen de validez los acuerdos que las autoridades y los
órganos de gobierno colegiados adopten sometidos a actos
de violencia física o moral; ii) Los locales
universitarios son utilizados exclusivamente, para el
cumplimiento de sus fines y dependen de la respectiva autoridad
universitaria. Son inviolables. Su vulneración acarrea
responsabilidad de acuerdo a ley; iii) La Policía Nacional
y el Ministerio Público sólo puede ingresar al
campus universitario por mandato judicial o a petición del
Rector, debiendo este último dar cuenta al Consejo
Universitario o el que haga sus veces, salvo cuando se haya
declarado el estado de emergencia, se produzca un delito
flagrante o haya peligro inminente de su perpetración. En
estos casos, el accionar de la fuerza pública no
compromete ni recorta la autonomía universitaria; iv)
Cuando las autoridades universitarias tomen conocimiento de la
presunta comisión de un delito, dan cuenta al Ministerio
Público, para el inicio de las investigaciones a que
hubiere lugar.

Por otro lado se establece que las universidades
públicas y privadas tienen la obligación de
publicar en sus portales electrónicos, en forma permanente
y actualizada, como mínimo, la información
correspondiente a: El Estatuto, el Texto Único de
Procedimientos Administrativos-TUPA, el Plan Estratégico
Institucional y el reglamento de la universidad; Las actas
aprobadas en las sesiones de Consejo de Facultad, Consejo
Universitario y de Asamblea Universitaria; Los Estados
Financieros de la universidad, el presupuesto institucional
modificado en el caso de las universidades públicas, la
actualización de la ejecución presupuestal y
balances; Relación y número de becas y
créditos educativos disponibles y otorgados en el
año en curso; Inversiones, reinversiones, donaciones,
obras de infraestructura, recursos de diversa fuente, entre
otros; Proyectos de investigación y los gastos que genere;
Relación de pagos exigidos a los alumnos por toda
índole, según corresponda; Número de alumnos
por facultades y programas de estudio; Conformación del
cuerpo docente, indicando clase, categoría y hoja de vida;
El número de postulantes, ingresantes, matriculados y
egresados por año y carrera. Las remuneraciones,
bonificaciones y demás estímulos que se pagan a las
autoridades y docentes en cada categoría, por todo
concepto, son publicadas de acuerdo a la normativa
aplicable.

En esta nueva Ley Universitaria es una novedad la
creación de la Superintendencia Nacional de
Educación Superior Universitaria-SUNEDU como Organismo
Público Técnico Especializado adscrito al
Ministerio de Educación, con autonomía
técnica, funcional, económica, presupuestal y
administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene
naturaleza jurídica de derecho público interno y
constituye Pliego Presupuestal. Tiene domicilio y sede principal
en la ciudad de Lima y ejerce su jurisdicción a nivel
nacional, con su correspondiente estructura orgánica. La
SUNEDU es responsable del licenciamiento para el servicio
educativo superior universitario, entendiéndose el
licenciamiento como el procedimiento que tiene como objetivo
verificar el cumplimiento de condiciones básicas de
calidad para ofrecer el servicio educativo superior universitario
y autorizar su funcionamiento. La SUNEDU es también
responsable, en el marco de su competencia, de supervisar la
calidad del servicio educativo universitario, incluyendo el
servicio brindado por entidades o instituciones que por normativa
específica se encuentren facultadas a otorgar grados y
títulos equivalentes a los otorgados por las
universidades; así como de fiscalizar si los recursos
públicos y los beneficios otorgados por el marco legal a
las universidades, han sido destinados a fines educativos y al
mejoramiento de la calidad. La SUNEDU ejerce sus funciones de
acuerdo a la normativa aplicable y en coordinación con los
organismos competentes en materia tributaria, de propiedad y
competencia, de control, de defensa civil, de protección y
defensa del consumidor, entre otros. La autorización
otorgada mediante el licenciamiento por la SUNEDU es temporal y
renovable y tendrá una vigencia mínima de 06 (seis)
años. La SUNEDU ejecuta sus funciones en el ámbito
nacional, público y privado, de acuerdo a su finalidad y
conforme a las políticas y planes nacionales y sectoriales
aplicables y a los lineamientos del Ministerio de
Educación. La SUNEDU es la autoridad central de la
supervisión de la calidad bajo el ámbito de su
competencia, incluyendo el licenciamiento y supervisión de
las condiciones del servicio educativo de nivel superior
universitario, en razón de lo cual dicta normas y
establece procedimientos para asegurar el cumplimiento de las
políticas públicas del Sector Educación en
materia de su competencia. La SUNEDU establece mecanismos de
articulación y coordinación intersectorial con
otras entidades del Poder Ejecutivo e intergubernamental con
gobiernos regionales y gobiernos locales, con la finalidad de:
Coordinar la ejecución de las funciones bajo su
competencia; Implementar mecanismos de seguimiento,
supervisión, evaluación y monitoreo, así
como indicadores de gestión para la mejora continua;
Celebrar convenios interinstitucionales de asistencia
técnica y ejecutar acciones de cooperación y
colaboración mutua.

Referente a la acreditación universitaria, la
Nueva Ley establece que el proceso de acreditación de la
calidad educativa en el ámbito universitario, es
voluntario, se establecen en la ley respectiva y se desarrollan a
través de normas y procedimientos estructurados e
integrados funcionalmente. Los criterios y estándares que
se determinen para su cumplimiento, tiene como objetivo mejorar
la calidad en el servicio educativo. Excepcionalmente, la
acreditación de la calidad de algunas carreras será
obligatoria por disposición legal expresa. El
crédito tributario por reinversión y otros
beneficios e incentivos que se establezcan, se otorgan en
mérito al cumplimiento del Proceso de Acreditación,
de acuerdo a la normativa aplicable. La existencia de Institutos
de Investigación en las universidades se considera un
criterio favorable para el proceso de acreditación de su
calidad.

La nueva Ley universitaria en relación con la
organización del régimen académico establece
que las universidades organizan y establecen su régimen
académico por Facultades y éstas pueden comprender
a: i) Departamentos Académicos; ii) Escuelas
Profesionales; iii) Unidades de Investigación; y, iv)
Unidades de Posgrado. En cada universidad pública es
obligatoria la existencia de, al menos, un Instituto de
Investigación, que incluye una o más Unidades de
Investigación. La Universidad puede organizar una Escuela
de Posgrado que incluye una o más Unidades de Posgrado.
Las Facultades son las unidades de formación
académica, profesional y de gestión. Están
integradas por docentes y estudiantes.

La nueva Ley universitaria referente al régimen
de estudios, establece que el mismo debe constar en el Estatuto
de cada universidad, preferentemente bajo el sistema semestral,
por créditos y con currículo flexible. Puede ser en
la modalidad presencial, semipresencial o a distancia. El
crédito académico es una medida del tiempo
formativo exigido a los estudiantes, para lograr aprendizajes
teóricos y prácticos. Para estudios presenciales se
define un crédito académico como equivalente a un
mínimo de dieciséis (16) horas lectivas de
teoría o el doble de horas de práctica. Los
créditos académicos de otras modalidades de
estudio, son asignados con equivalencia a la carga lectiva
definida para estudios presenciales.

Referente al plan académico o plan curricular la
nueva norma estable que cada universidad determina el
diseño curricular de cada especialidad, en los niveles de
enseñanza respectivos, de acuerdo a las necesidades
nacionales y regionales que contribuyan al desarrollo del
país.

Todas las carreras en la etapa de pregrado se pueden
diseñar, según módulos de competencia
profesional, de manera tal que a la conclusión de los
estudios de dichos módulos permita obtener un certificado,
para facilitar la incorporación al mercado laboral. Para
la obtención de dicho certificado, el estudiante debe
elaborar y sustentar un proyecto que demuestre la competencia
alcanzada. Cada universidad determina en la estructura curricular
el nivel de estudios de pregrado, la pertinencia y
duración de las prácticas pre profesionales, de
acuerdo a sus especialidades. El currículo se debe
actualizar cada tres (3) años o cuando sea conveniente,
según los avances científicos y
tecnológicos. La enseñanza de un idioma extranjero,
de preferencia inglés, o la enseñanza de una lengua
nativa de preferencia quechua o aymara, es obligatoria en los
estudios de pregrado. Los estudios de pregrado comprenden los
estudios generales y los estudios específicos y de
especialidad. Tienen una duración mínima de cinco
años. Se realizan un máximo de dos semestres
académicos por año.

Referente a los estudios de postgrado, la nueva Ley
Universitaria establece que los Estudios de Posgrado conducen a
Diplomados, Maestrías y Doctorados. Estos se diferencian
de acuerdo a los parámetros siguientes: i) Diplomados de
Posgrado.- Son estudios cortos de perfeccionamiento profesional,
en áreas específicas. Se debe completar un
mínimo de veinticuatro (24) créditos; ii)
Maestrías.- Estos estudios pueden ser: Maestrías de
Especialización.- Son estudios de profundización
profesional; y, Maestrías de Investigación o
académicas.- Son estudios de carácter
académico basados en la investigación. Se debe
completar un mínimo de cuarenta y ocho (48)
créditos, el dominio de un idioma extranjero; iii)
Doctorados.- Son estudios de carácter académico
basados en la investigación. Tienen por propósito
desarrollar el conocimiento al más alto nivel. Se deben
completar un mínimo de sesenta y cuatro (64)
créditos, el dominio de dos (2) idiomas extranjeros, uno
de los cuales puede ser sustituido por una lengua nativa. Cada
institución universitaria determina los requisitos y
exigencias académicas así como las modalidades en
las que dichos estudios se cursan, dentro del marco de la nueva
Ley. Asimismo se establece que el Grado de Maestro: requiere
haber obtenido el grado de bachiller, la elaboración de
una tesis o trabajo de investigación en la especialidad
respectiva, haber aprobado los estudios de una duración
mínima de dos (2) semestres académicos con un
contenido mínimo de cuarenta y ocho (48) créditos y
el dominio de un idioma extranjero o lengua nativa; y, en cambio
el Grado de Doctor: requiere haber obtenido el Grado de Maestro,
la aprobación de los estudios respectivos con una
duración mínima de seis (6) semestres
académicos, con un contenido mínimo de sesenta y
cuatro (64) créditos y de una tesis de máxima
rigurosidad académica y de carácter original,
así como el dominio de dos idiomas extranjeros, uno de los
cuales puede ser sustituidos por un lengua nativa.

  • ANTECEDENTES BIBLIOGRÁFICOS

Alzamora (2012)[4]; señala que
existen tres niveles de acreditación: i) La
acreditación de instituciones en su conjunto; ii) La
acreditación de planes de estudios o programas
académicos; y, iii) La acreditación de
títulos y grados(o certificación) para el ejercicio
laboral de conocimientos, habilidades, experiencias y valores de
las personas que cursaron un programa académico, para
garantizar el ejercicio confiable de la profesión, y en
muchos casos, la equivalencia de los grados entre profesionales
de distintos países. La acreditación para el
ejercicio profesional se refiere a la certificación de
individuos. Por otra parte, algunos países y agrupaciones
profesionales consideran que, si bien la certificación de
profesionales graduados y posgraduados es importante, son
imprescindibles los tres ámbitos de la
acreditación, ya que da mayor credibilidad profesional el
que un individuo certificado provenga de un programa acreditado
que se encuentre funcionando en una institución
acreditada.

Por otro lado también se distingue los siguientes
niveles de acreditación: i) Acreditación de
instituciones (perfil general de una universidad, de un instituto
tecnológico una escuela normal; ii) Acreditación de
programas (de medicina, ingeniería civil ciencias
contables y financieras); iii) Acreditación de personas
(certificación, profesionales). Tomando como referencia
los niveles mencionados podemos entender que la
acreditación de instituciones y de programas
académicos exige evaluar tanto los insumos, como los
procesos y los resultados obtenidos. Los procesos de
acreditación que se afirma en el documento pueden alcanzar
mayor solidez e integración en la medida en que se puede
asociar, reforzar y retroalimentar la evaluación de
individuos, de programas académicos y de las
instituciones.

Yalado (2005)[5], indica que ha elaborado
un modelo de diagnóstico estratégico de acuerdo a
un enfoque de planeación estratégica para
educación superior, basado principalmente en los
lineamientos teóricos y percepciones de expertos en
planeación estratégica universitaria y
educación superior; marco contextual y normativo vigentes;
marco referencial sobre modelos de diagnóstico
estratégico utilizados en universidades públicas
nacionales e internacionales, y de acuerdo a la opinión de
informantes claves como directivos, docentes, personal
administrativo, estudiantes, egresados para mejorar el Plan
Estratégico de desarrollo de la UNASAM. El objetivo
principal del Diagnóstico institucional, es visualizar,
detectar y explicar la situación actual de una
organización , con sus síntomas, problemas y causas
ó con los efectos que produce, fijando sus puntos fuertes
(fortalezas) y débiles (debilidades) de igual manera debe
incidir en los factores externos (Políticos, Legales,
Sociales, Demográficos, Tecnológicos, etc.) con
repercusiones en las distintas áreas que influyan con
ella, y plantear las conclusiones y recomendaciones para conducir
a una empresa a un estado, meta u horizonte de acción
ideal. Normalmente deben ejecutarse los siguientes pasos: 1).
Diagnóstico. 2). Planteamiento de Conclusiones –
Recomendaciones y Soluciones – Plan Maestro (Pueden fijarse
Proyectos, Sub Proyectos, Módulos y otros). 3).
Implantación del Plan (Prioridades y Puesta en Marcha).
4). Evaluación y 5). Seguimiento. Como podrá verse,
esta misma metodología se asemeja a la de un
médico; que diagnostica, plantea la mejora o
intervención, se implementa, se evalúa y se logra
llevar un seguimiento.

Hernández (2004)[6], indica y
concluye que la administración financiera está
orientada a viabilizar la gestión de los fondos de las
universidades públicas, conforme al plan
estratégico y las disposiciones de ordenamiento
jurídico, promoviendo el adecuado funcionamiento de sus
sistemas conformantes como el presupuesto, tesorería,
endeudamiento y contabilidad, sobre la base de principios que
enmarcan la administración financiera como transparencia,
legalidad, eficiencia y eficacia. El plan estratégico, una
vez aprobado, es un documento oficial en el que los responsables
de una organización reflejan cual será la
estrategia a seguir en el mediano plazo. Por ello, un plan
estratégico se establece generalmente con una vigencia que
oscila entre 1 y 5 años. Aunque en muchos contextos se
suelen utilizar indistintamente los conceptos de plan director y
plan estratégico, la definición estricta de plan
estratégico indica que éste debe marcar las
directrices y el comportamiento para que una organización
alcance las aspiraciones que ha plasmado en su plan director. Por
tanto, y en contraposición al plan director, un plan
estratégico es cuantitativo, manifiesto y temporal. Es
cuantitativo porque indica los objetivos numéricos de la
compañía. Es manifiesto porque especifica unas
políticas y unas líneas de actuación para
conseguir esos objetivos. Finalmente, es temporal porque
establece unos intervalos de tiempo, concretos y
explícitos, que deben ser cumplidos por la
organización para que la puesta en práctica del
plan sea exitosa.

Sotomayor (2005)[7], propone un modelo de
plan estratégico que contiene la visión,
misión, objetivos generales, objetivos específicos,
acciones permanentes e indicadores de impacto, resultado y
producto. El proceso de planificación estratégica
está encaminado a la construcción de una
visión compartida de futuro y al establecimiento de
objetivos estratégicos institucionales. La
planificación ha ocupado, junto con las funciones de
organización, dirección, coordinación y
control, un lugar preponderante entre las funciones que debe
desempeñar la dirección de cualquier tipo de
organización. De hecho, según un estudio realizado
por Bain & Company[8]la técnica de
gestión más utilizada en el año 2000 es el
plan estratégico (76%). Sin embargo, su práctica no
está igualmente extendida en todas las empresas que
precisan de ella. En efecto, la realidad nos demuestra que el
porcentaje de las empresas que planifican su estrategia a largo
plazo es todavía escaso, a pesar de haber zonas como,
donde más del 60% de las empresas mayores de 50 empleados
dice utilizar esta herramienta.

Marco
teórico

  • PLAN ACADÉMICO

Según Gimeno (2014)[9]; el plan
académico equivale al plan curricular o simplemente el
currículo, que se refiere al conjunto de objetivos,
contenidos, criterios metodológicos y técnicas de
evaluación que orientan la actividad académica
(enseñanza y aprendizaje) ¿cómo
enseñar?, ¿cuándo enseñar? y
¿qué, cómo y cuándo evaluar? El
currículo permite planificar las actividades
académicas de forma general, ya que lo específico
viene determinado por los planes y programas de estudio. Mediante
la construcción curricular la institución plasma su
concepción de educación. De esta manera, el
currículo permite la previsión de las cosas que
hemos de hacer para posibilitar la formación de los
educandos. Para la estructuración del currículo
(que es diferente en niveles básico, medio y superior),
las autoridades académicas, planificadores escolares,
docentes y demás involucrados (pudiendo ser alumnos,
egresados, empleadores, etc.) deben tomar en cuenta lo siguiente:
i) Lo que se debe enseñar y lo que los alumnos deben
aprender; ii) Lo que se debe enseñar y aprender y lo que
realmente se enseña y aprende; es decir, lo ideal y lo
real; iii) Encontrar solución a estos pequeños
malentendidos que se crean debido a que no somos capaces de ver
más allá de lo que nuestros ojos nos
enseñan.

Un modelo de currículo es capaz de servir por si
sólo a una escuela que respeta las diferencias, realizando
transformaciones para atender a las necesidades de los diferentes
alumnos. Algunos principios fundamentales del currículo:
ser relevante en los contenidos, flexible a los cambios en las
necesidades de los alumnos y en las técnicas empleadas por
los profesores, tener una base amplia en cuanto a la
comunicación y participación de los profesores,
padres, administradores y comunidad en general, ser realista en
sus propuestas y racional en su desarrollo y sobre todo observar
las diferencias individuales en el aprendizaje, no como algo
estático, sino dinámico, interactivo y en continua
evolución.

El Curriculum es una construcción desde el saber
pedagógico, en cuyo proceso intervienen diferentes fuentes
de saberes y conocimientos. Distinguimos entonces: fuente
epistemológica o disciplinaria; fuente
psicopedagógica; fuente sociocultural; fuente
Filosófica; fuente pedagógica

El currículo debe definir el aprendizaje que se
espera que todos los estudiantes desarrollen a lo largo de su
trayectoria. El currículo de una institución
educativa debe tener los siguientes elementos: i) Plan de
Estudios: para definir la organización del tiempo en el
cual se desarrollan las actividades semanalmente, la cantidad de
horas por asignatura y los horarios por curso; ii) Programas de
Estudio: que permita organización didáctica del
año escolar para asegurar el logro de los objetivos
fundamentales y los contenidos mínimos obligatorios, el
tiempo de los objetivos, con actividades, metodología y
evaluación para cada curso y asignatura; iii) Mapas de
Progreso: describen el crecimiento de las competencias
consideradas fundamentales en la formación de los
estudiantes dentro de cada asignatura y constituyen nuestro marco
de referencia para observar y evaluar el aprendizaje; iv) Niveles
de Logro: los cuales describen los desempeños que exhiben
los estudiantes en las asignaturas que al final de cada ciclo
escolar evalúa; v) Textos: los cuales desarrollan los
contenidos definidos en el currículo y permiten
implementar el currículo en el salón de clases.
Estos textos deben ser evaluados cada año por los maestros
de cada área y cambiarlos cuando se considere necesario;
vi) Las Evaluaciones: parte del proceso de aprendizaje de los
estudiantes, se elaboran para constatar regularmente el logro
obtenido por los estudiantes; vii) Línea
Pedagógica: es el enfoque socio-cognitivo que tenemos de
la educación, debe ser una metodología activa, que
forma estudiantes comprometidos con el desarrollo de las clases y
otras actividades; el desarrollo de la creatividad e
innovación en las metodologías impartidas,
utilizando material y recursos variados, que impliquen la
incorporación de informática y tecnología
moderna en el desarrollo de las clases, favoreciendo la
reflexión crítica y responsable de los contenidos y
temáticas de sus programas académicos.

Respecto a la base científica del
currículo, la crisis del conductismo, en todas sus formas,
al no responder los requerimientos de la época, el error
de desarrollar una concepción microfísica del
comportamiento humano, subestimando el pensamiento a la actividad
consciente del individuo daba lugar a la formación del
paradigma cognitivo. Otras propuestas que determinan estas crisis
son: las críticas de la insuficiencia del asociacionismo;
la interpretación inadecuada del evolucionismo y la crisis
de la noción de ciencia asumida por los conductistas.
Otros factores que contribuyeron a este hecho son los constantes
avances de la ciencia y sobre todo la tecnología que ha
ingresado en la era de los ordenadores. Para algunos la
teoría de la comunicación, la ciencia de las
computadoras, la psicolingüística, etc.
habrían conllevado a este desenlace. La psicología
cognitiva es definida por Eisner como el estudio de los procesos
mediante los cuales se transforma, red, elabora, recupera y
utiliza la información del mundo que el sujeto obtiene en
su interpretación de él. Existen autores que
definen el paradigma cognitivo como la actividad mental que se
produce a través de representaciones en forma similar al
punto de vista computacional; dicho de otro modo, el enfoque del
proceso de la información aplicado a la psicología.
Esta se basa en dos presupuestos: los estados mentales son
típicamente representacionales, los procesos mentales son
típicamente computacionales. Los nuevos aportes que el
conductismo desconocía, según Mayer, son:
análisis del sistema de procesamiento de
información, análisis de procesos cognitivos,
análisis de estructuras cognitivas, análisis de
estrategias.

Creemos que es necesario hacer un deslinde básico
entre conductismo, cognoscitivismo y constructivismo, de
cómo consideran al conocimiento: i) El conductismo concibe
el conocimiento fundamentalmente en una respuesta pasiva y
automática a factores o estímulos externos que se
encuentran en el ambiente. Su fórmula es E – R
(Estímulo – Respuesta); ii) El cognoscitivismo
considera al conocimiento básicamente como
representaciones simbólicas en la mente de los individuos;
iii) El constructivismo cree que el conocimiento no es algo fijo
y objetivo, sino algo que se construye y, por consiguiente, es
una elaboración individual y cambiante. Con frecuencia, el
constructivismo también se considera una teoría
cognitiva, puesto que postula la existencia de procesos mentales
internos, a diferencia de las corrientes conductistas que no la
consideran. El supuesto fundamental del constructivismo es que
los seres humanos construyen, a través de la experiencia,
su propio conocimiento y no simplemente reciben la
información procesada para comprenderla y usarla de
inmediato; es necesario crear modelos mentales que pueden ser
cambiados, amplificados, reconstruidos y acomodarlos a nuevas
situaciones.

El constructivismo, al igual que el conductismo y el
cognotivismo, presenta una gran variedad de formas. La principal
y más general clasificación es la que considera dos
tipos de teorías: las teorías con
orientación cognitiva o psicológica y las
teorías con orientación social, por eso tenemos que
referirnos a J. Piaget, D. Ausubel y L. Vygotski, al tratar el
currículo. Jean Piaget expresa que el desarrollo
está determinado, entre otros factores, por su nivel y
desarrollo operatorio. Al elaborar el plan curricular debemos
tener en cuenta el desarrollo de la inteligencia, es decir las
etapas como la sensoria motriz, la etapa pre operacional, la de
las operaciones concretas y de las operaciones formales. Lev
Vigostky, con su teoría socio-cultural, se refiere a las
zonas de desarrollo real, potencial y zona de desarrollo
próximo. David Ausubel, con su teoría cognitiva,
con el aprendizaje significativo ya que es el que realmente hace
meya en la mente y es el perdura para la cualquier escenario en
el que el individuo intervenga.

Respecto a la filosófica del currículo, se
encuentra 3 grandes perspectivas, las cuales son el idealismo, en
el cual el mundo exterior se hace una idea del hombre o de un ser
superior, el realismo, la cual acepta que existe un mundo
exterior y en la cual la interpretación del individuo es
independiente y el pragmatismo, donde la realidad es
dinámica y cambia permanentemente y donde el sentido
último de una idea depende de su aplicación.
Köhlberg por su parte señala una ideología
educativa que permite describir el fenómeno de la
educación por completo donde se encuentran 3 grandes
corrientes la primera es la ideología romántica que
se enfatiza en el organismo, la transmisión cultural que
hace su énfasis en el ambiente y la ideología
progresista que hace énfasis en la interacción de
las anteriores. Cabe resaltar la diferencia que hay entre la
teoría del currículo y la teoría de la
instrucción, la pedagogía o teoría de la
instrucción estudia a la escuela como un sistema global a
diferencia de la teoría del currículo que se
encuentra más en el punto medio entre la reflexión
de las instituciones y los procesos cotidianos del proceso
educacional, de enseñanza y el aprendizaje.

El currículo queda de esta manera resumido en 3
instancias las cuales conforman una arquitectura del plan,
serían el microplaneamiento que sería la estructura
de las clases o cursos, la naturaleza disciplinaria así
como la extensión y las profundidades de los contenidos,
pasando por el mesoplaneamiento que serían las decisiones
con respecto a las áreas y a los ejes curriculares
aplicándose los principios de secuencia e
integración, para finalmente llegar al macroplaneamiento
que será el resultado del proceso de las instancias
anteriores, es decir, la composición global del pensum de
las asignaturas.

Existe por su parte un currículo explícito
que sería del que venimos hablando con anterioridad y el
currículo implícito que será entonces el
subconsciente de la organización y el funcionamiento
escolar, al saber entonces lo que es el currículo y
entenderse como una totalidad deberíamos entonces poderlo
diferenciar entre el plan de enseñanza y los planes de
estudio, el currículo incluye en sí mismo en plan
de enseñanza que es el componente esencial, pero esto no
debe nunca confundirse con los planes de estudio que están
contenidos en el plan de enseñanza. Por último
tenemos los elementos curriculares dentro de los cuales se
encuentran los sustantivos que son los planes de enseñanza
y los planes de estudio contenido en los mismos y los
coadyuvantes que son como primera la gestión y la
administración y como último pero no menos
importante la logística aplicada, estos elementos incluyen
la estructura organizativa en el caso de la gestión y
administración y que muchas veces están regidas o
en su mayoría influenciadas por las normativas legales que
rigen dentro de un entorno social que a su vez es dinámico
y por último la logística abarca las inversiones,
edificaciones, muebles y equipos que se requieren y donde se
llevan a cabo la experiencia educacional.

La doctrina curricular es el conjunto jerarquizado de
criterios y normas prepositivas que prescriben cómo debe
ser el currículo y el plan curricular. Expresa las ideas y
valores sociales y educativos que deben contener los fines,
objetivos y contenidos curriculares. Los criterios y normas
doctrinarias se sustentan o fundamentan en una ideología y
un sistema de concepciones. La ideología es el sistema
jerarquerizado de ideas y valores políticos,
jurídicos, morales, estéticos, religiosos y
filosóficos, que en conjunto forman o constituyen las
concepciones. Las concepciones son el sistema de conceptos y
representaciones sobre el mundo circundante que poseen los
hombres, en grupos o clases, acerca de realidad como concepciones
filosóficas, políticas, éticas y
estéticas. El núcleo básico de toda
concepción es la filosofía. La filosofía
comprende las reflexiones e interpretación acerca de las
leyes generales del ser y del conocimiento y acerca de las
relaciones entre el pensamiento y el ser.

La filosofía estudia los problemas más
generales, más profundos y racionales que se refieren a la
naturaleza, la sociedad, del ser y del pensamiento, las
relaciones entre la materia y el pensamiento, el movimiento y el
desarrollo, la materia y el espíritu; es decir los
problemas más generales de la concepción del mundo.
Según las respuestas que se dan a los problemas
fundamentales de la filosofía, la filosofía se
divide en dos corrientes: Quienes consideran que la naturaleza y
materia es lo primero y que el pensar y el espíritu es una
propiedad de la materia, forman la corriente materialista.
Quienes consideran que el pensar; el espíritu o la idea
existe antes que la naturaleza y la materia, y que éstas
han sido creadas por el principio espiritual y dependen de
él, pertenecen a la corriente idealista. La doctrina, como
conjunto jerárquico de normas que forman parte de la
estructura ideológica de la sociedad que prescribe
cómo debe ser la sociedad, la educación y el
currículo, se origina en una doble vertiente: en una
interpretación valorativa de la realidad social, que
permite normar racionalmente el debe ser, y en la
ideología de una sociedad, que intenta mantener o alcanzar
un modelo social precisamente a través de normas
doctrinarias, la Doctrina surge para interpretar y proponer el
cómo debe ser.

Partes: 1, 2, 3, 4

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