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Resumen de Derecho Civil I



    TEMA I:

    Nociones preliminales

    1- ¿Qué son las
    personas?

    Jurídicamente las Personas son un ser animado
    dotado de razón, conciencia y libertad, en cuanto tal
    poseedor de una dignidad esenciar entre los demás seres
    animales y cosas que lo hacen casas que la hace capas de un papel
    excepcional y su acto para poseer personalidad. Por tanto es un
    sujeto de derecho y de obligaciones; Es el que vive la vida
    jurídica.

    2- ¿Cómo se clasifican las
    personas?

    • A- Personas Físicas.

    • B- Personas Morales o
      Jurídicas.

    3- Definición de persona física y de
    persona moral.

    • A- Personas Físicas: Son seres
      Físicos, por tanto poseen existencia visible real,
      natural y son susceptibles de adquirir deberes y
      derechos.

    • B- Personas Morales o Jurídicas: Son los
      entes que para la realización de un hecho ó
      acción con fines colectivos las normas jurídicas le
      reconocen capacidad para ser titulares de derechos y contraer
      obligaciones. Por tanto

    Son seres colectivos, ya sean grupos, masas de bienes
    dotadas de autonomía.

    4- Deferencias entre las personas físicas y
    de personas morales.

    Los primeros, son susceptibles de adquirir deberes y
    derechos, mientras que Los segundos, son seres colectivos, ya
    sean grupos, masas de bienes dotadas de autonomía (La
    personas físicas tienen limitada toda responsabilidad a su
    persona, mientras que las personas morales, responden como
    institución a múltiples responsabilidades).

    5- ¿Qué son personas
    jurídicas?

    Es aquella persona que poseen atribuciones legales
    sujetas de derecho.

    6- Como se clasifican las personas
    morales.

    • Personas morales de derecho público y de
      derecho privado.

    • Colectividades y fundaciones.

    • Colectividades que tengan o no, por finalidad el
      logro de beneficios.

    7- Definir Personalidad.

    Es la aptitud para llegar a ser sujeto de derecho y de
    obligaciones.

    8- ¿Qué significa nacer vivo y
    viable?

    Esto significa que para nacer viva, basta con que la
    criatura haya respirado (Por la presencia de aire en los
    pulmones). Mientras para nacer viable, la criatura debe estar
    constituida de tal manera que pueda vivir (Debe tener los
    órganos esenciales de la existencia).

    9- ¿Cuando comienza y cuando termina la
    personalidad jurídica?

    El ser humano es una persona jurídica desde su
    nacimiento (Incluso desde la Concepción), hasta su
    fallecimiento o muerte natural.

    10- ¿Como se forma la personalidad
    jurídica?

    Desde el mismo momento de la concepción del ser
    humano.

    11- ¿Qué se entiende por curador de
    vientre?

    Es el personaje, cuyo papel principal es la vigilancia
    del embarazo de la madre, a fin de impedir las suposiciones y las
    supresiones del parto (La del Hijo).por tanto este debe de velar
    por los intereses eventuales del concebido, hasta su
    nacimiento.

    12- ¿Cuál es el modo de probar el
    termino de la personalidad jurídica?

    • Con la muerte natural ó acta de
      defunción.

    • Acto de liquidación o sentencia de
      quiebra.

    13- ¿Qué es la muerte
    civil?

    Era la condenación a los de penas de perpetuas.
    Este perdía toda personalidad, su sucesión se
    abría y su matrimonio era disuelto como por la
    muerte.ejemplos:

    • Los condenados a muerte (En el siglo
      IXX).

    • Trabajos forzados perpetuos.

    • Los deportados.

    14- ¿Qué son las
    asociaciones?

    Es la persona jurídica formada por el conjunto de
    asociados para un mismo fin.

    15- ¿Qué son los
    sindicatos?

    Es una organización integrada por trabajadores en
    defensa y promoción de sus intereses sociales,
    económicos y profesionales relacionados con su actividad
    laboral o con respecto al centro de producción
    (fábrica, taller, empresa) o al empleador con el que
    están relacionados contractualmente.

    16- Definición de
    Fundaciones.

    Es la acción y el efecto de fundar y,
    consecuentemente, el principio, establecimiento u origen de algo.
    A partir de ese significado básico, el término
    fundación puede definirse como un tipo de persona
    jurídica sin ánimo de lucro, que continúa y cumple
    la voluntad de quien la fundó.

    17- Definición de
    Residencia?

    Es el lugar en el que históricamente se
    desarrollaron las actividades y relaciones específicas de la
    vida familiar, desde el nacimiento a la muerte de muchos de sus
    componentes, con las variantes típicas de cada época,
    cultura, clase social o clima. También sirve de refugio
    contra la lluvia, el viento y demás agentes
    meteorológicos, protege de posibles intrusos, humanos o
    animales, y es el lugar donde almacenar los enseres y propiedades
    de quienes en ella habitan.

    18- Definición de
    Domicilio

    El domicilio es un atributo de la personalidad, que
    consiste en el lugar donde la persona (física o
    jurídica) tiene su residencia con el ánimo real o
    presunto de permanecer en ella. En un sentido estricto domicilio
    es la circunscripción territorial donde se asienta una
    persona, para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus
    obligaciones. Domicilio es primeramente el local de su sede o
    área territorial donde ejercitan sus derechos y
    obligaciones. Teniendo la persona jurídica varios
    establecimientos, cada una de ellas será considerada como
    domicilio para los actos practicados en cada uno de
    ellos.

    19- Diferencias entre Residencia y
    Domicilio

    La primera es el lugar donde se halla fijado el asiento
    legal de la persona, (Donde vive o habita), mientras que la
    segunda es el lugar en que una persona se encuentra habitualmente
    (Donde labora o trabaja).

    20- ¿Qué se entiende por
    presunción?

    Se denomina presunción, a una ficción legal a
    través de la cual se establece que un hecho se entiende
    probado. A través de la presunción, no es necesario
    proceder a la prueba del hecho que se presume. Esto favorece a
    una de las partes de un juicio (el que se beneficia de la
    presunción) que normalmente es el que se encuentra en una
    posición defensiva.

    • A- Presunción iuris
      tantum

    Una presunción iuris tantum es aquella que
    se establece por ley y que admite prueba en contrario, es decir,
    permite probar la inexistencia de un hecho o derecho, a
    diferencia de las presunciones iuris et de iure de pleno
    y absoluto derecho, presunción que no admite prueba en
    contrario, o dicho de otra forma, no es un valor consagrado,
    absoluto, sino que es un "juicio hipotético", que puede ser
    invertido acreditando que un acto es ilegítimo. La
    mayoría de presunciones que se encuentran en derecho son
    iuris tantum como por ejemplo: la presunción de
    legitimidad de los actos administrativos, que pueden ser
    desvirtuados por el interesado demostrando que los mismos violan
    el orden jurídico. En algunos ordenamientos se les denomina
    presunciones simplemente legales.

    Aplicaciones

    Cuando la ley quiere asignar la carga de la prueba a
    alguien en particular en un litigio concreto, establece una
    presunción iuris tantum. Con ello, obliga a la
    persona que quiere vencer esa presunción a aportar las
    pruebas suficientes como para demostrar su falsedad.

    Ejemplos:

    • La ley entiende que quien tiene la posesión de
      un bien se presume que es su propietario, alguien que quiera
      demostrar que la propiedad le pertenece deberá probarlo
      (con documentos, testigos, etc.).

    • Las Huelgas Abusivas (en la legislación
      española): Aunque en principio hay un amplio
      reconocimiento del derecho de huelga, el legislador ha
      descartado aquellas modalidades de huelga que conllevan abuso
      o desproporción en los sacrificios mutuos de las partes,
      y que suponen un daño desmesurado para el destinatario
      de la medida de presión. Por ello se han declarado
      "actos ilícitos o abusivos" diversas modalidades de
      huelga. Si los huelguistas prueban la inexistencia de ese
      abuso la huelga no será ilegal (presunción "iuris
      tantum").

    • B- Presunción iuris et de
      iure

    Una presunción iuris et de iure es aquella
    que se establece por ley y que no admite prueba en contrario, es
    decir, no permite probar que el hecho o situación que se
    presume es falso, a diferencia de las presunciones iuris
    tantum que permiten probar que son erróneas. Las
    presunciones iuris et de iure en derecho son
    excepcionales. En algunos ordenamientos se les denomina
    presunciones de derecho.

    Aplicaciones

    La ley sólo utiliza este tipo de presunciones para
    casos muy particulares. Algunos ejemplos son:

    • En algunos ordenamientos, las actas judiciales
      emitidas bajo la fe del Secretario Judicial gozan de valor
      probatorio pleno, esto es, son ciertas en todo su contenido
      iuris et de iure.

    • En España, si una mujer embarazada es
      despedida, se presume que es por culpa de su
      embarazo.

    21- Mínimo y máximo en términos
    jurídicos para el embarazo

    Mínimo de 180 días y como máximo 300
    días. Mientras que la concepción puede ser situada en
    un período de 121 días.

    22- En que consiste la
    familia.

    La familia es el núcleo o el epicentro donde se
    forma la sociedad o el país. Por esta razón no debe de
    ser maltratada, violada, esclavizada, ignorada por su color de
    piel, desterrada por sus orígenes o principios de
    religión. Tampoco debe ser obviada por el sitio donde se
    ubica o vive en este mundo. Los lazos principales son de dos
    tipos: vínculos de afinidad derivados del establecimiento de
    un vínculo reconocido socialmente, como el matrimonio. Que,
    en algunas sociedades, sólo permite la unión entre dos
    personas mientras que en otras es posible la poligamia—, y
    vínculos de consanguinidad, como la filiación entre
    padres e hijos o los lazos que se establecen entre los hermanos
    que descienden de un mismo padre. También puede
    diferenciarse la familia según el grado de parentesco entre
    sus miembros:

    • familia nuclear, padres e hijos (si los hay);
      también se conoce como «círculo
      familiar»;

    • familia extensa, además de la familia nuclear,
      incluye a los abuelos, tíos, primos y otros parientes,
      sean consanguíneos o afines;

    • familia monoparental, en la que el hijo o hijos vive
      (n) sólo con uno de los padres;

    • otros tipos de familias: aquellas conformadas
      únicamente por hermanos, por amigos (donde el sentido de
      la palabra "familia" no tiene que ver con un parentesco de
      consanguinidad, sino sobre todo con sentimientos como la
      convivencia, la solidaridad y otros), etcétera, quienes
      viven juntos en la mismo espacio por un tiempo
      considerable.

    23- ¿Qué son personas
    incapaces?

    La Incapacidad jurídica es la carencia de la
    aptitud para la realización del ejercicio de derechos o para
    adquirirlos por sí mismo. La ley priva a las personas
    físicas de la facultad de obrar por sí misma,
    declarándolos incapaces, imprescrip bles en la falta o
    insuficiencia de su desarrollo mental (caso de las personas por
    nacer, los menores y los dementes) o la imposibilidad de poder
    manifestar su voluntad (caso de los sordomudos que no pueden
    darse a entender por ningún método), considerando que
    el elemento volutivo (voluntad) es básico en la
    formación de todo acto jurídico. En resumen, la
    incapacidad de hecho impide a determinadas personas ejercer por
    sí mismas sus derechos y contraer obligaciones.

    Tipos de incapacidad

    Absoluta

    Son las personas por nacer, los menores impúberes,
    los dementes y los sordomudos que no puedan darse a entender por
    escrito, los últimos dos casos deben haber sido declarados
    incapaces por el juez.

    Relativa

    Son los menores adultos, entre 14 y 18
    años.

    24- ¿Qué nombre se le da al que cuidad
    los incapacitados y el que cuidad un menor?

    El nombre que se le da es el de Tutor

    25 ¿Qué son los
    interdictos?

    Es un procedimiento judicial muy sumario y de
    tramitación sencilla, cuyo objetivo es atribuir la
    posesión de una cosa a una determinada persona física o
    jurídica frente a otra, de manera provisional. El interdicto
    también se puede plantear para el caso de que exista una
    reclamación por algún daño inminente, cuya
    urgencia habrá de quedar justificada.

    Asimismo, el interdicto se puede utilizar como
    protección ante cualquier agresión o turbación que
    una persona sufra sobre su pacífica posesión. Esto es,
    cabe emplearlo en el caso de ruidos, olores, etc. Que impidan a
    una persona disfrutar de la posesión de un bien. Esto hace
    que sea un proceso al que se recurre en ocasiones para obligar a
    paralización de obras cercanas o de otras actividades
    molestas (salas de fiestas, etc.) para el propietario de un
    inmueble.

    26- ¿Qué son los domicilios
    especiales?

    Son aquellos que se clasifican en:

    • Donicilios legales Profecionales

    • Donicilios legales por Dependencia.

    • Donicilios – Residencias.

    • Donicilios Secundarios.

    27- ¿Qué significa capacidad de
    goce?

    Es cuando el ser humano es capaz de adquirir derechos,
    por lo tanto este esta dotado de la personalidad y es apto para
    ser sujeto de derechos y de obligaciones.

    28- ¿Qué se entiende por
    inalienabilidad del Estado civil?

    En principio puede disponer de todos sus bienes:
    Venderlos, donarlos, cambiarlos, arrendarlos, adquirir otros
    nuevos. Por el contrario no resulta posible disponer de nuestro
    estado civil. Los que necesitan autorización para disponer
    de ellos, encontramos entre otros, las cosas pertenecientes a los
    incapaces o los bienes privados del estado.

    29- ¿Qué se entiende por el Estado
    Imprescriptibilidad?

    El estado civil por estar indisolublemente unido a la
    persona, no puede nacer, ni desaparece sino con ella. Por
    consiguiente no es posible perder el propio estado civil o
    adquirir otro por el transcurso de cierto lapso, por ese medio de
    extinción o de adquisición de los derechos que se
    denomina la prescripción. Por tanto es estado civil es
    imprescriptible.

    Segunda parte

    • 1- ¿QUE ES EL NOMBRE
      PATRONÍMICO?
      se le denomina así a los apellidos
      de un apersona. Después de adquirido estos no se le
      puede cambiar.

    • 2- LA FORMA DE ADQUISICIÓN DEL NOMBRE
      PATRONÍMICO:

    1- por adquisición por afiliación

    2- adquisición por el matrimonio

    3- adquisición de la autoridad judicial.

    • 3- ¿QUE ES EL NOMBRE DE PILA? es el
      nombre propio de una persona

    • 4- ¿QUE ES LA AUSENCIA? es el
      individuo del que no se sabe, si esta vivo o
      muerto.

    • 5- ¿CUAL ES EL MODO DE PROBAR LA
      AUSENCIA,
      de que existe la certeza de la existencia o de
      la muerte,

    • 6- PERIODO DE LA AUSENCIA:

    • 1- Periodo de la presunción de ausencia:
      en este la ausencia no producirá efectos más que
      una vez comprobada por un tribunal, pero hasta entonces es
      necesario adoptar precauciones urgentes que se imponen para
      proteger a la familia y a los bienes de los
      ausentes.

    • 2- Periodo de la ausencia declarada: luego de
      un tiempo, se hace necesario adoptar, con respecto a los
      bienes del ausente medida general, como el nombramiento de un
      administrador, luego de cuatro años después de
      recibidas las ultimas noticias, si el ausente no ha dejado un
      mandatario general, y diez años si contaba con
      el.

    • 3- Período de la toma de posesión
      definida: treinta años después del auto que haya
      ordenado la toma de posesión provisional, o, si el
      sobreviviente antes, centésimo aniversario del
      nacimiento del ausente, se modifica la situación de loas
      tenedores de los bienes.

    • 7- ¿cuando cesa la ausencia? la
      ausencia termina por la certeza de la existencia o de la
      muerte del ausente.

    • 8- ¿que es la desaparición? es
      la persona cuya muerte es casi segura, por que su
      desaparición se ha producido en circunstancias de la
      naturaleza como para poner en riesgo su vida.

    • 9- ¿como se prueba la
      desaparición?
      el encargado del registro civil debe
      levantar una de desaparición de acuerdo con la
      declaración de los testigos del acto.

    • 10- describir los procedimientos para la
      desaparición.

    1- el procedimiento a instancia de la
    administración

    2- procedimiento a instancia de los
    interesados

    • 11- diferencia entre ausencia y
      desaparición.

    La ausencia no se tiene la certeza si el individuo esta
    vivo o muerto, en la desaparición se esta casi seguro de su
    muerte.

    ¿que es la familia legitima? esta formada
    por el padre, la madre y los hijos.

    • 12- ¿que es la familia ilegitima?
      es cuando no tiene esta integraciones

    • 13-  ¿que es la obligación
      alimenticia?
      es la obligación que tiene los padres,
      por ley y por naturaleza a la alimentación de sus
      hijos.

    • 14- Definir la consecuencia negativas que
      entraña la disolución de la familia:

    • 1- la drogadicción

    • 2- frustración

    • 3- delincuencia

    • 15-  ¿que es el divorcio? es la
      disolución del matrimonio

    • 16-  ¿cuales son los órganos que
      controlan el control familiar?

    La iglesia, la afiliación del estado civil y el
    consejo de familia.

    16 ¿a que se denomina tutor subrogado? es la
    persona encargada de la tutela de los menores de edad, que se han
    quedado sin padre.

    17 ¿que es el matrimonio? es la única
    institución que estudia el propósito de la
    constitución de la familia.

    18 ¿cuales son las formas de protección del
    nombre, la jurisprudencia, nombre inealenable, es imprepcritible,
    es inmutable.

    19 ¿que es el estado civil? es el
    procedimiento oficial de comprobación del estatus de las
    personas.

    20 ¿que es posesión de estado? es la
    situación aparente de una persona.

    21 ¿que son las reglas comunes a las actas de
    estado civil,
    es la manera de llevar los registro del estado
    civil, o por la consulta de los registro.

    22 ¿como se resuelven las irregularidades de las
    actas civil:
    con la necesidad de una justificación
    judicial.

    23 ¿cual es la naturaleza jurídica de la
    familia
    ? la colectividad que constituye la familia no se
    beneficia, en nuestro derecho, de la personalidad moral. En la
    familia el marido es el representante de la familia, la familia
    tiene una existencia jurídica propia.

    24 ¿que es la afiliación? Es un
    vínculo que existe entre dos personas una descendiente de la
    otra.

    Tercera parte

    1.- CONCEPTO DE INTERDICCION. Es una medida de
    protección del alienado, pronunciada por el
    tribunal.

    2.- CUALESA SON LAS CAUSAS QUE PUEDEN DAR LUGAR A LA
    INTERDICCION.
    Encontrarse en estado habitual de imbecilidad,
    demencia o furor.

    3.- QUIENES PUEDEN SOLICITAR LA INTEDICCION.
    CUALQUIER
    Pariente en grado de suceder, el Conyugue, El
    Fiscal.

    4.- EN NUESTRA LEGISLACION COMO SON CONSIDERADOS LOS
    INTERDICTO
    .- Enajenados, Menores,

    5.- ENUMERE Y DEFINA LOS REGIMENES MATRIMONIALES
    VIGENTE EN NUESTRO PAIS.
    Comunidad Legal, Separación de
    bienes, Régimen dotal. (Es el haber que Aporte la mujer al
    marido para soportar la carga del matrimonio.

    a) Matrimonio puro y simple sin ninguna
    contratación que impida algo,

    b) Matrimonio que tienen un contrato firmado antes de
    realizarlo que establecen la regla de la separación de los
    bienes de los conyugue.

    c) Matrimonio donde los padres de la mujer dotan a esta
    de una dote la cual puede ser utilizada por los casados y al
    final heredados por su descendiente

    6.- EXPLIQUE CÓMO INFLUENCIA EL RÉGIMEN
    MATRIMONIAL EN EL PATRIMONIO DE LOS CONYUGUES
    – En la
    comunidad legal todos los bienes adquiridos son de la comunidad.
    En la separación los bienes pse dividen después de
    pagado todos los pasivos. En el régimen dotal puede la
    comunidad usufructuar sus beneficios y los bienes quedando esto
    para los herederos. En la separaciones vienes todos los bienes
    quedan amparados por un contrato y correspondes a quien el
    contrato establezca, pero los beneficios que estos generen
    pertenecen a la comunidad

    7.- EN EL REGIMEN DE LA COMUNIDAD LEGAL COMO SE FORMA
    EL PARIMONIO COMUN
    . Se forma e incluyen todos los bienes
    obtenido por la comunidad y beneficio de cualquier bien heredado
    perteneciente a uno de los conyugues.

    8.- EXPLIOQUE EL PROCEDIMIENTO PARA LA LIQUIDACION DE
    LOS VIENES COMUNES DESPUES DE LA DISOLUCION DEL MATRIMONIO
    :
    estos quedan a partes iguales tanto en los activos como en los
    pasivos de la comunidad.

    9.- A QUE SE LE DENOMINA ACTIVO Y PASIVO DE LA
    COMUNIDAD
    : para la teoría clásica el matrimonio
    comprende tanto de los activos como de los pasivos, el activo
    esta conformado por todo, los derechos presente y futuro
    valorables en dinero de lo que pueden ser titular una persona.
    Pasivo lo constituye tanto las obligaciones como la carga o
    gravámenes que pesan o pesen sobre los bienes de la persona
    de quien se traten.

    10.- EN NUESTRA LEGISLACION CUALES SON LAS CAUSAS QUE
    PUEDEN DAR LUGAR AL DIVORCIO
    : a) mutuo
    consentimiento

    a) incompatibilidad de caracteres

    c) el adulterio

    d) condenación a una pena criminal

    e) por injuria grave cometida por uno de los
    conyugues

    f) abandono voluntario por un espacio de dos
    años

    g) embriagué habitual.

    11.- A QUE SE LE DENOMINA ESTADO DE INDIVISION.-
    esta a finaliza como la partición, ya que mediante este
    acto, los herederos materializan la porción ideal que los
    bienes le tocaban., transformándolo en bienes concreto sobre
    los cuales tiene derecho exclusivo.

    12.-LUEGO DE DISUELTO EL MATRIMONIO EXPLIQUE QUE
    OCURRE CON LOS VIENES INDIVISOS PARTENECIENTE A LA COMUNIDAD
    LEGAL
    . Una vez disuelto el matrimonio la comunidad del bien
    no tiene ningún fundamento, y por tal motivo el código
    civil declara la sentencia del divorcio, el divorcio produce la
    disolución de la comunidad conyugal.

    Conclusión

    Los principales textos relativos al Consejo de Familia
    son los artículos 405 al 417, 442 a 450 , 478 a 481 y 494 al
    496 del Código Civil, artículos 883 al 889 del
    Código de Procedimiento Civil y Arts. 199 y 200 del
    Código del Menor, Ley 136-03.

    El Consejo de Familia está entre las atribuciones
    administrativas del Juez de Primera Instancia del Tribunal de
    Niños, Niñas y Adolescentes, y éste juez debe
    velar porque se cumplan las formalidades establecidas en la ley,
    así como que sean respetadas, no solo por el respeto al
    debido proceso de ley consagrado en nuestra constitución y
    los tratados internacionales sobre Derechos Humanos, sino
    también por la importancia que representa para la familia y
    para aquel miembro que requiera de la intervención de esta
    figura protectora.

    El consejo de familia juega un rol esencial en materia
    de tutela y cúratela y fuera de esto interviene a veces
    cuando se trata de tomar ciertas decisiones graves para la vida
    familiar.

    Bibliografía

    Libros:

    • Mazeaud,HL, Mazeaud,J. Lecciones de
      Derecho Civil
      , Tomo I Volumen III y IV.

    • Castellanos, V. J.
      Manual para Jueces de Paz, ENJ. Editora Amigo del
      Hogar, 2001

    Leyes y Códigos:

    • República Dominicana Código del Menor, Ley
      136-03,

    • República Dominicana, Código Civil y
      legislación complementaria,

    • Lic. Juan Pablo Acosta, Lic. Trajano
      Vidal Potentini, décima quinta edición, Editora
      Dalis, Moca 2007.

    • Código de Procedimiento Civil y
      legislación complementaria, cuarta edición,
      ediciones Trajano Potentini, editora Dalis. Santo domingo
      2001

    Diccionarios:

    • Capitant. Diccionario Vocabulario
      Jurídico
      ,

    • Osorio, M, Diccionario de Ciencias
      Jurídicas, Políticas y Sociales
      .

    • Del Arco Torres. A.m., Pons
      González, M., Diccionario de Derecho Civil,
      Granada 1999,

     

     

    Autor:

    Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo
    S.

    Santiago de los Caballeros,

    República Dominicana

    2014.

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