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El presupuesto



  1. Presentación
  2. Introducción
  3. Presupuesto
  4. Presupuesto
    institucional de apertura (pia)
  5. El pia por
    gobiernos
  6. Programación
    y formulación del presupuesto del sector
    público
  7. Categorías
    presupuestarias
  8. Instancias de la
    programación y formulación
    presupuestaria

Presentación

El presente trabajo esta desarrollado con el
propósito de incrementar en nivel de conocimiento del
lector logrando así la optimización del aprendizaje
del lector.

Para el desarrollo de este trabajo hemos tenido la ardua
búsqueda mediante lo medios existente en nuestra localidad
como son las paginas web, libro, expertos en el tema, y otros
conocedores. Siempre teniendo en cuenta la exigencia de nuestro
docente que conoce del tema Esta normativa presupuestal es de
suma importancia para la información sobre los hechos
económicos de una empresa pública, en este trabajo
usted podrá encontrar información sobre que es el
PIA, para que nos sirve.

Introducción

El Presupuesto Institucional de Apertura de las
Municipalidad Distritales el Año Fiscal 2013, debe ser
aprobado por el Concejo Municipal y promulgado mediante
Resolución de Alcaldía a nivel de Pliego, Fuentes
de Financiamiento, Función, Programa, Subprograma,
Actividad, Proyecto, Categoría de Gasto, Grupo
Genérico, Modalidad de Aplicación y
Específica del Gasto, conforme lo establece la Directiva
Nº 004-2012- EF/50.01 "Directiva para la
Programación, Formulación del Presupuesto del
sector público".
Las Municipalidades Distritales, con
el Presupuesto Municipal anteriormente referido, toman las
decisiones de seguir mejorando la calidad de vida del distrito,
manteniendo y mejorando los servicios implementados en Limpieza
Pública, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana,
Registros Civiles, Promoción del Comercio, Planeamiento
Urbano mejora de la infraestructura vial y peatonal, así
como el ornato de los parques y jardines y otras acciones en
beneficio del vecino c, así como ejecutar los proyectos de
inversión pública programados para el ejercicio
presupuestal 2013.

Presupuesto

Puesto que el tema económico es muy sensible ante
la opinión pública, uno de los aspectos que concita
mayor interés de la ciudadanía es la transparencia
en la ejecución presupuestal; la escasez de
información oportuna genera suspicacias que pueden
ocasionar falta de credibilidad no solo en el gobierno regional
de turno sino en la institucionalidad del sistema
democrático. La gran mayoría de los indicadores
propuestos a nivel regional pudieron ser encontrados a
través del acceso electrónico del SIAF (Sistema de
Información de Administración Financiera del
Ministerio de Economía y Finanzas), razón por la
que no se pidieron todos los datos presupuestales requeridos
directamente al GR (presupuesto de apertura y lo ejecutado en el
primer trimestre del año, por grupo de gasto y por
función). En este sentido la búsqueda
información se centró en obtener la
ejecución presupuestal por provincias, haciéndose
el pedido de la misma bajo los procedimientos formales ante la
mesa de partes del Gobierno Regional el 13 de mayo; tras la
espera debida, recibimos respuesta que ya se podía recabar
información el día lunes 19 de mayo. Sin embargo
solamente se obtuvo información sobre el presupuesto
institucional de apertura. El día del taller 0, 29 de
mayo, se nos alcanzó la información de
ejecución de presupuesto por provincias; esta demora se
debió a que no es una de las formas habituales de salida
de información regional. No hemos encontrado
correspondencia entre lo ejecutado según esta
información del GR, frente a lo ejecutado reportado al
Ministerio de Economía (SIAF), posiblemente porque al
reelaborar el gasto por provincias se hayan tenido dificultades.
En la ficha de registro de datos podremos ver que se analizaron
los datos con el presupuesto de apertura.

Presupuesto
institucional de apertura (pia)

Instrumento de gestión de corto plazo que
contiene los gastos a atender durante el año, así
como el financiamiento respectivo, para el logro de resultados a
favor de la población, mediante la prestación de
servicios con eficacia y eficiencia. Cuando el PIA sufre
modificaciones (mayores recursos o reprogramación interna)
se denomina Presupuesto Institucional Modificado
(PIM).

El pia por
gobiernos

En el Gobierno Nacional: El Presupuesto Institucional de
Apertura (PIA) se aprueba de acuerdo a lo dispuesto en el
artículo 23° de la Ley General, y conforme al Reporte
Oficial que remite la DGPP, el mismo que contiene el desagregado
del presupuesto de ingresos y de egresos. El Jefe de la Oficina
de Presupuesto o el que haga sus veces en el pliego
suscribirá el Reporte Oficial adjuntándolo a la
Resolución emitida por el Titular del pliego que aprueba
el PIA, la misma que se elaborado según el Modelo
01/GN. Dicha Resolución y el Reporte Oficial son
remitidos, en copias fedateadas, a la Comisión de
Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso
de la República, a la Contraloría General de la
República y a la DGPP.

En los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales: El PIA
se aprueba de acuerdo a lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del
inciso 53.1 del artículo 53° y en el artículo
54° de la Ley General, para lo cual se toma en cuenta el
Modelo Nº 01/GR. Los Gobiernos Regionalespara la
aprobación del PIA también se sujetan a lo
establecido en el artículo 23° de la Ley General,
respecto a la presentación de las copias de la
Resolución que aprueba el PIA a lasentidades
señaladas en el párrafo precedente.

Programación y formulación del
presupuesto del sector público

Objeto y alcance La presente directiva tiene por objeto
establecer las disposiciones técnicas para que las
entidades del nivel de Gobierno Nacional, así como el
Gobierno Regional y Gobierno Local, sus organismos
públicos y empresas no financieras, (en adelante
entidades) programen y formulen sus presupuestos
institucionales.

Se distinguen tres etapas en el proceso presupuestario
del gobierno central: (i) programación y
formulación, (ii) aprobación y ejecución, y
(iii) control y evaluación. Para el presupuesto
público de un año fiscal determinado, la primera
etapa se realiza y finaliza generalmente durante los meses de
junio y julio del año fiscal anterior, cuando cada pliego
institucional entrega y discute su respectivo proyecto
presupuestario con la Dirección Nacional de Presupuesto
Público (DNPP) del Ministeriode Economía y Finanzas
(MEF). En agosto se pasa el anteproyecto de ley para la
aprobación del Consejo de Ministros, el que después
es remitido al Poder Legislativo por el Presidente de la
República. Finalmente, entre septiembre y noviembre se
discute y aprueba en el parlamento. El 01 de enero entra en
vigencia y ejecución el denominado Presupuesto Inicial de
Apertura (PIA), el que está sujeto a una serie de
controles y evaluaciones periódicas tanto durante la fase
de ejecución como de manera ex post al cierre del
año fiscal.

Programación y formulación:

Cada entidad del sector público constituye un
pliego presupuestario al que se le aprueba una asignación
en el presupuesto anual para el cumplimiento de las actividades y
proyectos a su cargo. Así, cada uno de los 146 pliegos
presupuestarios correspondientes a 26 sectores trabaja y discute
con la DNPP sus requerimientos de recursos públicos
(véase anexo 1).

La dinámica operativa del presupuesto funciona en
dos niveles, uno institucional correspondientes a estos pliegos y
otro funcional-programático donde los programas recogen
los lineamientos de carácter sectorial e institucional de
los pliegos, correspondientes a los objetivos generales, y los
subprogramas muestran la gestión al nivel de objetivos
parciales. Las actividades y proyectos son las categorías
básicas, es decir las unidades de asignación de
recursos en función del cumplimiento de objetivos
específicos. En éste último ámbito,
las actividades son acciones de operatividad y mantenimiento,
mientras que los proyectos son acciones de expansión y/o
perfeccionamiento de los servicios.

Aprobación y ejecución:

Las reglas para aprobar el presupuesto son
válidas y claras y dan origen al Presupuesto Institucional
de Apertura (PIA). Pero luego a lo largo del año, se
realizan modificaciones, adiciones y transferencias, etc. dando
lugar al Presupuesto Institucional Modificado (PIM). Sin embargo,
el presupuesto que realmente refleja la asignación y uso
de recursos públicos es el Presupuesto Ejecutado
(PE).

PIA, PIM, decretos de urgencia y resoluciones de los
titulares de Pliegos:

Cabe recordar que la distribución de los recursos
públicos es por pliegos, de manera que el presupuesto
nacional puede verse como la suma de un conjunto de presupuestos
independientes (cada pliego) con sus propios topes de gasto en
tres niveles: gasto corriente, gasto de inversión y total.
En este sentido, así como el presupuesto general se
aprueba por ley, también para cambios en la
composición agregada entre pliegos o aumentos del gasto de
un pliego, debe recurrirse a una modificación por ley (los
recortes presupuestarios no necesitan aprobación del
Congreso). Según indica la ley de gestión
presupuestaria las modificaciones pueden darse al nivel
institucional o a nivel funcional-programático:

i) al nivel institucional y mediante Ley o norma con
rango de Ley: créditos suplementarios (incrementos de
asignaciones), habilitaciones y transferencias (traspasos de
recursos entre pliegos). En este ámbito se aplican los
Decretos de Urgencia del Poder Ejecutivo que al tener rango de
ley, modifican el presupuesto no sólo en valores sino
también en cuanto a destinos ii) al nivel
funcional-programático mediante resolución del
titular del pliego: créditos (incremento de asignaciones)
o anulaciones (eliminación de asignaciones), como
también redistribución de recursos al interior del
pliego

Categorías
presupuestarias

Para efecto de la programación y
formulación presupuestaria, las categorías
presupuestarias son Programas Presupuestales, Acciones Centrales
y Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos
(APNOP), las mismas que están establecidas en la Directiva
N° 002-2012-EF/50.01 "Directiva para los Programas
Presupuestales en el marco de la Programación y
Formulación del Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2013", aprobada por la Resolución
Directoral N° 004-2012-EF/50.01.

Instancias de la
programación y formulación
presupuestaria

El proceso de programación y formulación
presupuestaria es un proceso Colectivo de análisis
técnico y toma de decisiones sobre las prioridades y
objetivos de la entidad para el siguiente año fiscal,
sobre la base de los Programas Presupuestales, las Acciones
Centrales y las APNOP, el cual involucra a todas las dependencias
de la entidad.

Presupuesto institucional de apertura Reporte
analítico del presupuesto institucional de apertura para
las entidades del gobierno nacional y los gobiernos regionales El
Reporte Analítico del Presupuesto Institucional de
Apertura es el documento que contiene el desagregado de los
créditos presupuestarios autorizados en la Ley Anual de
Presupuesto, a nivel de pliego presupuestario, unidad ejecutora,
Categoría Presupuestal, Producto y/o Proyecto según
corresponda, Actividad, Obra y/o Acción de
Inversión, Función, División Funcional,
Grupo Funcional, Meta, Fuente de Financiamiento, Rubro,
Categoría del Gasto, Genérica del Gasto,
Subgenérica del Gasto y Específica del
Gasto.

Dicho documento es remitido por la Oficina de
Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego a las
respectivas unidades ejecutoras, en la fecha establecida en el
respectivo Cuadro de Plazos. Además, se puede acceder a
este documento a través del SIAF-SP (Módulo del
Proceso Presupuestario), en el menú de "Reportes",
opción "Reportes de Programación",
"Programación de Gastos" y "Resumen a Nivel de
Metas".

Modificaciones en el Presupuesto Institucional de
Apertura – PIA Las modificaciones presupuestarias que
requieren acuerdo de concejo son las referidas a: i)
endeudamiento, ii) recursos ordinarios. Las demás
modificaciones de hacen mediante resolución de
alcaldía. Existen dos tipos de modificaciones
presupuestarias:Modificaciones presupuestarias en el
Nivel Institucional:
Los Créditos Suplementarios y las
Transferencias de Partidas, los que son aprobados mediante
Ley:

a) Los Créditos Suplementarios, constituyen
incrementos en los créditos presupuestarios autorizados,
provenientes de mayores recursos respecto de los montos
establecidos en la Ley de Presupuesto del Sector Público;
y , b) Las Transferencias de Partidas, constituyen traslados de
créditos presupuestarios entre pliegos.

En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, los Créditos Suplementarios de los fondos
públicos administrados por dichos niveles de gobierno se
aprueban por Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal
según sea el caso.

-Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional
Programático: Son modificaciones presupuestarias en el
nivel Funcional Programático que se efectúan dentro
del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego,
las habilitaciones  y las anulaciones que varíen
los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto
Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen
implicancia en la estructura funcional programática
compuesta por las categorías presupuestarias que permiten
visualizar los propósitos a lograr durante el año
fiscal:

a) Las Anulaciones constituyen la supresión total
o parcial de los créditos presupuestarios de actividades o
proyectos.

b) Las Habilitaciones constituyen el incremento de los
créditos presupuestarios de actividades y proyectos con
cargo a anulaciones de la misma actividad o proyecto, o de otras
actividades y proyectos.

Las modificaciones presupuestarías en el nivel
Funcional Programático son aprobadas mediante
Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de
Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular
puede delegar dicha facultad de aprobación, a
través de disposición expresa, la misma que debe
ser publicada en el Diario Oficial El Peruano.

-En qué casos no es posible realizar
modificaciones: Es conveniente conocer en qué casos no es
posible hacer modificaciones presupuestarias. Para una mejor
explicación tomaremos como base lo dispuesto en la Ley del
Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley de Presupuesto para el
Año Fiscal 2011. Veamos:

Programas Presupuestales Los programas presupuestales
son unidades de programación de las acciones del Estado
que se realizan en cumplimiento de las funciones encomendadas a
favor de la sociedad. Su existencia se justifica por la necesidad
de lograr un resultado para una población objetivo, en
concordancia con los objetivos estratégicos de la
política de Estado formulados por el Centro Nacional de
Planeamiento Estratégico (CEPLAN), órgano rector
del Sistema Nacional  de Planeamiento Estratégico,
pudiendo involucrar a entidades de diferentes sectores y niveles
de gobierno.

¿Qué es Presupuesto por Resultados (PpR)?
Presupuesto por Resultados (PpR) es una estrategia de
gestión pública que vincula la asignación de
recursos a productos y resultados medibles a favor de la
población, que requiere de la existencia de una
definición de los resultados a alcanzar, el compromiso
para alcanzar dichos resultados por sobre otros objetivos
secundarios o procedimientos internos, la determinación de
responsables, los procedimientos de generación de
información de los resultados, productos y de las
herramientas de gestión institucional, así como la
rendición de cuentas.

El Presupuesto por Resultados (PpR) se implementa
progresivamente a través de los programas presupuestales,
las acciones de seguimiento del desempeño sobre la base de
indicadores, las evaluaciones y los incentivos a la
gestión, entre otros instrumentos que determine el
Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la
Dirección General de Presupuesto Público, en
colaboración con las demás entidades del
Estado

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Autor:

Merling Acevedo Aguirre

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