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Finanzas internacionales, comercios, fusiones y adquisiciones



Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Fondo Monetario Internacional
  3. El sistema monetario europeo
  4. Los impactos de la unión monetaria en el sector financiero y en las empresas
  5. ¿Que significa el término dolarización?
  6. ¿Cuáles son las razones del comercio internacional?
  7. ¿A qué se le denomina "posición de inversión internacional"
  8. ¿Que diferencia existe entre los conceptos fusiones, consolidaciones, y conglomerados?
  9. Casos y problemas
  10. Bibliografía

Introducción

Debido a los acontecimientos y la necesidad de tener un organismo que más que controle promueva el desarrollo entre las naciones, ha surgido los fondos monetarios internacionales y europeo, que no solo permiten el crecimiento económico de los países miembros a través del fortalecimiento de sus comercios y moneda, si no, también permiten el otorgamiento de financiamiento a unas tasas de interés establecidas y acordadas entres los negociantes que solicitan tales recursos.

A lo largo de este informe, se dará con más detalle todos los aspectos relacionados a las finanzas internacionales, comercio y fusiones.

Fondo Monetario Internacional

Se trata de una institución de cooperación en la cual han ingresado voluntariamente una gran cantidad de países porque reconocen las ventajas de poder consultar con los demás países en el foro del fondo a fin de mantener un sistema estable de compra y venta de sus respectivas monedas. Los países miembros del fondo están convencidos de que, en lugar de mantener en secreto las medidas de política económica que pretenden adoptar y que pueden incidir sobre el libre cambio de una moneda por otra, es en beneficio de todos mantener informados a los demás países. También consideran que una modificación de las medidas políticas, cuando los demás países coinciden en que esto beneficia a todos, fomenta el crecimiento del comercio internacional y genera más empleos mejor remunerados, en una economía mundial en expansión. El fondo concede préstamos a las naciones miembros que tienen dificultades para cumplir con sus obligaciones financieras externas, pero sólo a condición de que emprendan reformas económicas capaces de eliminar dichas dificultades, por su propio bien y el de todos los demás

Contrariamente a lo que se cree, el Fondo no tiene control alguno sobre las políticas económicas internas de sus países miembros. La autoridad que el Fondo ejerce se limita estrictamente a supervisar las políticas que afectan en forma directa la manera en que se compra y se vende la moneda de cada uno de los países miembros y a que precio.

Actualmente los objetivos perseguidos por el organismo son facilitar la cooperación internacional, promover la estabilidad cambiaría y regímenes de cambios ordenados, ayudar al establecimiento de un sistema multilateral de pagos y a la eliminación de las restricciones cambiarias y ayudar a sus miembros al proporcionar temporalmente recursos financieros para que corrijan desajustes de sus balanzas de pagos.

Orígenes:

Los orígenes del fondo se remontan a la gran depresión que azotó a la economía mundial en la década de 1930. Esta decadencia no se limitó a la economía visible, sino que se extendió al mundo de las finanzas internacionales y de los mercados de cambios. La falta de confianza en el papel moneda suscitó tal demanda de oro que no fue posible cubrirla con los tesoros nacionales. Varios países, tras la iniciativa del Reino Unido, se vieron obligados a abandonar el patrón oro que, al definir el valor de cada moneda en función de una cierta cantidad de oro, le había otorgado al dinero un valor conocido y estable durante años. Con la incertidumbre reinante acerca de un valor de dinero que ya no guardaba relación fija con el oro, se volvió muy difícil el cambio de moneda entre los países que siguieron con el patrón oro, lo que contrajo aún más la cuantía y la frecuencia de las transacciones monetarias entre los países, eliminó empleos e hizo bajar los niveles de vida.

Se convocaron a varias conferencias internacionales a principios de la década de los treinta para tratar los problemas monetarios mundiales, pero todas fracasaron. Era evidente que las solucione parciales y provisionales resultaban inadecuadas. Lo que se necesitaba era la cooperación de todas las naciones a una escala sin precedente para establecer un nuevo sistema monetario internacional. Por iniciativa de Harry White en EEUU y John Maynard Keynes en el Reino Unido que coincidieron en proponer principios de los años cuarenta el plan de un sistema de esa índole que sería supervisado por una organización permanente de cooperación y no por reuniones internacionales ocasionales. Este sistema, como reacción ante las necesidades de la época, hacía posible la conversión irrestricta de una moneda por otra, el establecimiento de un valor claro e inequívoco para cada moneda y la eliminación de restricciones y prácticas tales como las devaluaciones competitivas que habían paralizado la inversión y el comercio durante los años treinta. Tras prolongadas negociaciones la comunidad internacional aceptó el sistema y la organización encargada de supervisarlo.

Los delegados de 44 naciones, reunidos en Bretton Woods, Estados Unidos, celebraron las negociaciones finales que culminaron en el establecimiento del Fondo Monetario Internacional en julio de 1944.El Fondo inició sus actividades en mayo de 1946 en Washington, con 39 países miembros. El Fondo admite a cualquier país que lleve las riendas de su propia política exterior y que esté dispuesto a observar la carta de derechos y obligaciones del Fondo. Los países miembros pueden retirarse de él en el momento en que lo deseen. Actualmente son miembros de la institución más de 160 países.

Cuotas y votación:

Al ingresar al fondo cada país miembro aporta cierta suma de dinero, que se denomina cuota, una especie de aporte por afiliación.

Esas cuotas cumplen diferentes fines. En primer lugar, constituyen un fondo que la institución puede utilizar para conceder préstamos a los países miembros que tengan dificultades financieras. En segundo lugar, son la base para determinar la cantidad de recursos que cada país miembro puede solicitar en préstamo o el monto de las asignaciones periódicas que puede recibir en los activos especiales denominados DEG. Cuanto mayor sea la cuota que se le asigna a un país, mayor es la suma que puede solicitar en préstamo cuando lo necesite. Por último, determinan el número de votos de los países miembros. El propio fondo, mediante un análisis de la riqueza y de los resultados económicos de cada país, fija la cuota correspondiente y por supuesto, fija cuotas más altas a los países más ricos. Las cuotas se revisan cada cinco años y pueden elevarse o reducirse de acuerdo a las necesidades del Fondo y la prosperidad económica del país miembro.

Al momento de la creación del organismo, los países fundadores consideraron que la mejor manera de lograr eficiencia en el funcionamiento y responsabilidad al tomar las decisiones del Fondo era establecer una relación directa entre el número de votos a que tendría cada país y la cantidad de recursos que aporta a la institución suscribiendo su cuota. Esto quiere decir que cuanto mayor sea la suscripción que abona cada país, mayor será su peso en la determinación de las medidas de política.

Organización:

Son precisamente los países miembros los que dictan, hasta sus más mínimos detalles, las medidas de política que se observan en el Fondo. La línea jerárquica va claramente de los gobiernos de los países miembros y no al revés. Al establecer las obligaciones de los países miembros con el fondo o los detalles de un convenio de préstamo con un país, el Fondo no actúa por sí mismo, sino como un intermediario entre la voluntad de la mayoría de los países miembros y el país en cuestión.

En la cúspide de la línea de mando se halla la Junta de Gobernadores, constituida por un Gobernador por cada país y sus suplentes. Estos funcionarios son portavoces de sus respectivos gobiernos. Los gobernadores y sus suplentes residen permanentemente en las capitales de sus países respectivos y sólo se congregan en ocasión de las reuniones anuales.

Los gobernadores comunican los deseos de sus gobiernos acerca de las actividades cotidianas del Fondo a sus representantes en la sede de Washington, quienes constituyen el Directorio Ejecutivo del Organismo.

El Directorio Ejecutivo no suele tomar decisiones por votación, sino que se basa en el consenso obtenido entre sus miembros, este mecanismo reduce al mínimo las confrontaciones sobre asuntos delicados y favorece el acuerdo sobre las decisiones que se toman.

El personal del Fondo está compuesto por unas 1700 personas, cuyo jefe jerárquico es el Director Gerente, que también preside las reuniones del Directorio Ejecutivo y es nombrado por éste. Por tradición el Director Gerente es europeo.

Operaciones:

Al ingresar como miembro, todo país queda obligado a mantener informado a los demás del régimen mediante el cual se establecerá el valor de su moneda en relación con los demás países, a abstenerse de imponer restricciones al cambio de su moneda por moneda extranjera y a adoptar políticas económicas capaces de incrementar en forma ordenada y constructiva su propia riqueza nacional la de todos los países miembros.

Debe destacarse que son los países miembros quienes se obligan a si mismo a seguir este código de conducta. El fondo no tiene medios de coerción para que los países respeten estas obligaciones, aunque ejerce presiones morales para que los países se atengan a las normas y reglamentos que libre y voluntariamente han consentido obedecer. Si un país hace caso omiso de sus obligaciones en forma repetida, los demás países miembros pueden, a través del fondo, declararlo inhabilitado para obtener préstamos o, como último recurso, solicitarle que se retire de la institución.

Con el correr del tiempo, los países miembros han asignado al Fondo una serie de cometidos acordes con las necesidades de cada época y la institución ha demostrado ser un instrumento flexible en el desempeño de sus cometidos. En la actualidad, se le ha asignado al Fondo la responsabilidad de supervisar el sistema de cambio ordenado de las monedas nacionales, conceder préstamos a los países miembros para que reorganicen su economía a fin de que puedan cooperar mejor dentro del sistema y prestar servicios auxiliares para ayudar a países miembros con la gestión de la deuda externa y otras políticas financieras.

Régimen de cambio:

Desde que se abandonó el sistema de paridades, los países miembros del Fondo han acordado que cada país escoja su propio método para determinar el valor de cambio de su moneda. Los únicos requisitos son que el país miembro no base ese valor en le oro y que informe a los demás sobre como se determina el valor de cambio de su moneda.

Supervisión:

La transición del sistema de paridades al sistema actual de libre elección del régimen de cambio parece sugerir una pérdida de influencia por parte del Fondo, pero no es así, porque el nuevo mecanismo exige que la institución tenga una participación aún más intensa en todas las políticas económicas de los países miembros que puedan relacionarse con el valor de cambio del dinero. Al pasar al sistema de librecambio actual, los países pidieron al fondo que examine todos los aspectos de la economía de un país que determinan el valor de cambio de su moneda y que evalúe en forma imparcial los resultados económicos de todos los países miembros de la institución

El mismo Fondo escogió el término supervisión para referirse a las actividades de vigilancia de las políticas económicas de sus países miembros.

La supervisión se basa en la convicción de que cuando se adoptan políticas económicas internas sólidas y congruentes se allana el camino para la estabilización de los tipos de cambio y para el crecimiento y la prosperidad de la economía mundial.

Consultas:

Todos los años el fondo envía una misión de funcionarios a los países miembros, que permanece un lapso de tiempo razonable que le permita obtener información y examinar junto a funcionarios del país las políticas económicas que se siguen.

Como se expresa anteriormente, la visita consiste de dos fases, en la primera se obtiene información estadística sobre las exportaciones e importaciones, salarios, precios, nivel de empleo, gasto público, tipo de interés, etc.

La segunda fase consiste en las entrevistas con autoridades del sector público para determinar la eficacia de las políticas económicas y los cambios que pueden preverse.

Una vez finalizada la llamada misión, esta regresa a Washington y prepara un informe que se examina en el Directorio Ejecutivo, con la presencia del representante ante el organismo del país analizado, posteriormente se envía un resumen al gobierno del país en cuestión, que en la mayoría de los casos incluye sugerencias para mejorar las deficiencias advertidas en la economía.

El Organismo realiza también consultas especiales con los países más desarrollados cuyas políticas tienen gran influencia sobre la economía mundial. El objetivo primordial de estas consultas es evaluar la situación económica mundial y prever su posible evolución.

Función Financiera:

Si bien se fundó principalmente como institución cooperativa para supervisar el sistema monetario internacional, también lo sostiene inyectándole dinero, a veces a gran escala, mediante préstamos a sus países miembros, función esta que se acentuó a partir de la crisis de la deuda de 1982 de los países latinoamericanos y durante esta década en la intervención en las crisis mexicana, asiática, rusa y brasileña.

Fuentes de Financiamiento:

Las suscripciones que se le asignan a los países miembros, constituyen la mayor fuente de recursos.

Como cada país miembro tiene derecho a obtener préstamos por un múltiplo de la suma entregada en suscripción, es posible que las cuotas no proporcionen los recursos que exigen las necesidades de efectivo de los países miembros en los períodos de gran tensión en la economía mundial.

Para hacer frente a esta circunstancia el Fondo ha establecido una línea de crédito con gobiernos y bancos de diferentes países. Esta línea de crédito que lleva el nombre de Acuerdos Generales para la Obtención de Préstamos, se renueva cada cuatro años. El Fondo paga los intereses correspondientes por la cantidad que se le presta según estos acuerdos y se compromete a devolverla en cinco años.

Además de estos acuerdos generales, el Fondo recibe préstamos de las autoridades monetarias de los países miembros para programas específicos a desarrollarse en otras naciones.

El sistema monetario europeo

 Actualmente, paradójicamente, en Europa asistimos a dos realidades antagónicas. En un extremo, las luchas étnicas y los nacionalismos, movimientos éstos defensores de un individualismo cultural, social, étnico aferrados a una historia involucionista donde los hilos son movidos, muchas veces, por los intereses y egoísmos de unos cuantos, conllevando un sufrimiento sin razón, ignorándose los derechos fundamentales e inherentes del individuo, confrontados con la propia conciencia popular mayoritaria que busca y anhela la pacificación, el entendimiento y la convivencia plural.

En el otro extremo, además, observamos una Europa que lucha por aglutinar a las naciones miembros, respetando su idiosincrasia, eliminando las fronteras físicas e intentando superar los miedos de un pasado reciente bastante cruento, a través del desarrollo de los principios de solidaridad y cooperación recíproca entre sus Estados integrantes. Obviamente, desde una perspectiva objetiva, el basamento de esta unidad obedece a un interés de naturaleza estrictamente económica que busca una vía de escape a la problemática socio-económica de los países europeos ante naciones con un gran potencial económico como EE.UU. o Japón.

En este modulo, exponiéndose brevemente los antecedentes, los hechos, los fundamentos jurídicos y las consecuencias de un acontecimiento histórico en donde tenemos el privilegio de ser protagonistas excepcionales al participar en su proceso de construcción y culminación, se intenta despertar en el oyente la curiosidad y la búsqueda de una mayor información sobre el tema a tratar.

Las Bases Del Sistema Monetario Europeo

La implantación de una moneda y una política monetaria única, como objetivo comunitario, fue contemplada en una serie de proyectos e iniciativas incluso antes que en el propio Tratado de la Unión Europea, pudiendo éstas ser consideradas como antecedentes de la Unión Económica Europea.

Así, en el Tratado de Roma del 25 de marzo de 1957 (Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea) se ponía de manifiesto la conveniencia de cierta coordinación en las políticas económicas y, en concreto, se establecía la creación del Comité monetario para fomentar la coordinación de las políticas monetarias de los estados miembros.

En la Conferencia de Jefes de Estado y de Gobierno de los países miembros de la Comunidad Europea celebrada en la Haya en diciembre de 1969, encontramos el primer pronunciamiento expreso a favor de la creación de una unión económica y monetaria, reflejándose la necesidad de efectuar un estudio sobre las posibilidades de una evolución de la Comunidad hacia tal unión.

Consecuentemente, por encargo del Consejo de Ministros de las Comunidades surge el Informe Werner, más conocido como el Plan Werner realizado en 1970 por un Comité de expertos financieros y monetarios, presididos por Pierre Werner, Primer Ministro y Ministro de Hacienda de Luxemburgo. Este informe resaltaba la necesidad de una efectiva armonización de las políticas económicas con objeto de mejorar el funcionamiento del Mercado Común pues en su defecto sólo cabría esperar tensiones crecientes dentro del mismo. Para atajar esa eventualidad, en el Plan se proponía como solución a esta necesidad la implantación de una moneda única para los países de la Comunidad Económica Europea; es decir, se especificaba en el Plan la necesidad de una "total e irreversible unión de las monedas de la Comunidad ". Asimismo, procede destacar el carácter anticipador que tuvo el Informe Werner reflejándose tanto en la caracterización de este proceso como también en su previsión de un sistema de Bancos Centrales para la Comunidad Económica Europea muy parecido al de la Reserva Federal en E.E.U.U.

Sin embargo, los progresos previstos en el Plan Werner – llegar a la unión en 1980- se vieron bloqueados por los avatares que emergen a partir de 1971, empezando por la inconvertibilidad del dólar y su primera devaluación, así como las políticas económicas divergentes debidas a la primera crisis del petróleo, provocando que las aspiraciones europeas se constriñeran a un objetivo más modesto consistente en conseguir una mayor vinculación de las monedas de los países de la C.E.E. entre sí, con márgenes de máxima fluctuación conjunta frente al dólar dando lugar a la denominada serpiente monetaria, antecedente más inmediato del actual Sistema Monetario Europeo y que perseguía la abolición gradual de la propia fluctuación.

Como consecuencia de la evolución del sistema Bretton-Woods, el Consejo de Ministros de La Comunidad Europea decide limitar la banda de la fluctuación entre las seis monedas de la Comunidad Europea a +/- 2.25 %. El Reino Unido, Irlanda y Dinamarca acuerdan formar parte de la " serpiente monetaria" anticipándose a su ingreso en la Comunidad Europea en 1973. Sin embargo, la libra esterlina, la libra irlandesa, el franco francés y la lira italiana pronto se retiran. Así, la serpiente acabó reduciéndose al DM, las monedas de Benelux y algunas escandinavas. Y de ésta y de otras circunstancias, es de donde empieza a surgir el gran predicamento del Bundesbank y del DM, así como la idea de una zona monetaria homogénea en Europa Central.

No obstante, por la gravedad de la crisis internacional y por la evidente imposibilidad de retornar a una situación de Sistema Monetario Internacional regido por el Fondo Monetario Internacional surge el Fondo Europeo de Cooperación monetaria (FECOM, abril de 1973) de la C.E.E. Con personalidad jurídica propia y sede en Luxemburgo, al Fondo se le asignó la misión de reducir progresivamente los márgenes de fluctuación de las divisas comunitarias entre sí, a base de coordinar las políticas y la acción de los Bancos Centrales, y, recurriendo, en caso necesario, a la intervención de los mercados de cambio. Entre sus cometidos, estaba asimismo el de facilitar acuerdos a fin de lograr una política concertada de reservas. Por tanto, pese a sus limitaciones operativas, el FECOM sirvió para reforzar la política comunitaria, que desde antiguo contaba ya con un órgano esencial, el Comité Monetario, creado por el Tratado de Roma. Pero las actividades del FECOM, sin un entorno consistente, no colmaron las esperanzas inicialmente puestas en él. Entre otras cosas, porque la serpiente monetaria no era ni oficial ni general.

En 1978, se retomó de nuevo la iniciativa de hacer de Europa una zona de estabilidad cambiaria , siendo el máximo exponente de este proceso la creación del Sistema Monetario Europeo, con un objetivo común al de la serpiente, pero con un soporte técnico y, sobretodo político, mucho más importante. La decisión de crear el Sistema Monetario Europeo se debió al entendimiento franco alemán, simbolizado en las personas de Valery Giscard d" Estaing y Helmut Schmidt, así como al euroentusiasmo del británico Roy Jenkins, por entonces Presidente de la Comisión Europea. Así el 12 de marzo de 1979, el Consejo Europeo reunido en París autorizó definitivamente la puesta en marcha del Sistema Monetario Europeo, que entró en vigor al día siguiente.

La aprobación del Acta Unica, en 1987, supuso un paso más en el proceso de consecución de la Unión Económica y Monetaria, impulsando la cooperación de las políticas económicas y monetarias. Dentro del contexto del Acta Unica Europea, hay que destacar las negociaciones de Nyborg-Basilea, en septiembre de 1987, que tenía como objetivo fortalecer el Sistema Monetario Europeo, a través de un uso más flexible de los instrumentos previstos para frenar las tensiones: intervenciones en los mercados de cambio, movimientos de los tipos de interés, etc.

En la reunión de junio de 1989, en Madrid el Consejo Europeo aprueba el Informe Delors que perfila un plan en tres etapas para el establecimiento de la Unión Económica y Monetaria. La peseta se integra en el mecanismo de tipo de cambio con la banda de fluctuación ampliada a +/- 6%.

Finalmente, la consagración de la Unión Económica Monetaria se llevó a cabo a través del Tratado de la Unión Europea, aprobado por el Consejo Europeo de Maastricht en diciembre de 1991 y firmado en esta misma ciudad el 7 de febrero de 1992. En este Tratado se ratificó el proceso iniciado con el Informe Delors, si bien se modificaron algunos aspectos, quedando el proyecto de la Unión Económica Monetaria definido por una estrecha coordinación entre las políticas económicas de los distintos Estados miembros y por la transición a una moneda única y una política monetaria común.

En abril de 1992 el escudo portugués ingresa en el mecanismo de tipo de cambio con una amplia banda de fluctuación, 6%. Sin embargo, en septiembre, la libra inglesa y la lira italiana se retiran del mecanismo del tipo de cambio.

En 1993 como consecuencia de la crisis monetaria en el Sistema Monetario Europeo, los Ministros de Finanzas y los Presidentes de Bancos Centrales de la Unión Europea deciden en Agosto ampliar las bandas de fluctuación de este sistema al 15%, excepto el marco alemán y el florín holandés que continúan en el 2.25%.

La segunda etapa de la Unión Monetaria Europea comienza el 1 de enero de 1994 creándose el Instituto Monetario Europeo como precursor del Banco Central Europeo.

Concluir reseñando que en 1995 Austria y Finlandia se unen al
mecanismo del tipo de cambio. Sin embargo, Suecia mucho más euroexceptica
no se ha propuesto ingresar en el sistema Monetario Europeo. Asimismo, es este
año como consecuencia de la debilidad del dólar americano, en
febrero y marzo, muchas monedas europeas se encuentran bajo la presión
del bloque del marco alemán. En marzo, la peseta y el escudo sufren una
devaluación en el Sistema Monetario Europeo. 

El Funcionamiento Del Sistema Monetario Europeo

En diciembre de 1978 a través de una resolución del Consejo Europeo fueron definidas las características básicas del Sistema Monetario Europeo, fijándose como fecha de su entrada en funcionamiento el 15 de marzo del año siguiente e instándose al Consejo, a la Comunidad Europea y a los Bancos Centrales a ponerlo en práctica.

El objetivo prioritario del Sistema Monetario Europeo, desde un principio, consistió en estabilizar las relaciones de cambios entre las monedas imbricadas en el mismo; a fin de garantizar un correcto funcionamiento del Mercado Común, y de ese modo contribuir a la confianza de los inversionistas. Dicho de otro modo, su objetivo principal era hacer de Europa un área de estabilidad cambiaria corrigiendo así la inestabilidad e incertidumbre derivada de la variabilidad de los tipos de cambio, al mismo tiempo que se intentaba conseguir una estabilidad interna fruto de la convergencia económica de los países, tanto en precios como en costes.

A tales efectos, pueden sintetizarse los elementos principales componentes del Sistema Monetario Europeo en tres: un mecanismo de tipos de cambio e intervención, una moneda, el ECU, que opera como unidad de reserva e instrumento de liquidación, y el Fondo Europeo de Cooperación Monetaria (FECOM), que fue disuelto a comienzos de la segunda fase de la Unión Económica Monetaria, traspasando sus competencias al Instituto Monetario Europeo.

Todos los países de la Unión Europea son miembros del S.M.E. aunque Grecia, Suecia y Reino Unido no están sometidos al mecanismo de cambios e intervención que establece para cada una de las monedas de un tipo central de cambio del ECU (pivote Central) y los tipos de cambio centrales o paridades fijas de cada moneda respecto a las restantes (pivotes bilaterales).

La llamada parrilla de paridades, considerada como la estructura básica y referencia de estabilización de los tipos de cambio de mercado de las monedas participantes, está constituida por todos los tipos de cambio bilaterales; existiendo un compromiso por parte de los Bancos Centrales de intervenir para intentar mantener a sus respectivas monedas dentro de la banda de fluctuación establecida en torno +/- 2.25% respecto al tipo Central hasta el 2 de agosto de 1993 que pasó al +/- 15% como consecuencia de las turbulencias monetarias acontecidas en el periodo que oscila entre agosto de 1992 y julio de 1993. Para su consecución, era necesario que el Banco emisor de la moneda apreciada vendiera su propia moneda a cambio de la moneda depreciada, y el Banco emisor de la moneda depreciada, asimismo, debía retirar del mercado su moneda sustituyéndola por la moneda apreciada, siendo las autoridades responsables de la moneda causante de la desviación de los tipos de cambio de mercado de los pivotes bilaterales quienes deben adoptar las medidas a seguir, en función de la debilidad o fortaleza relativa a una moneda.

La referencia para el mecanismo de cambios del S.M.E. es el ECU (European Currency Unit, escudo en francés, o simplemente Unidad Monetaria Europea). La aparición del ECU significó un principio de independencia inicial de los europeos frente al dólar de EE.UU.; además, el ECU pasó a servir de unidad para los cálculos presupuestarios dentro de la Comunidad Europea, empleándose, igualmente a partir de 1980, para emisiones de capital como empréstitos públicos y privados en los países comunitarios; así como, en cuentas bancarias, comercio exterior, tarjetas de crédito, entre otros efectos financieros.

El ECU cabe definirlo como la unidad monetaria del S.M.E. constituida por una cesta de monedas formada por cantidades fijas de 12 monedas comunitarias; es decir, consiste en la suma de cantidades concretas de cada una de las monedas de los estados miembros de la Comunidad Europea. La cesta del ECU debía revisarse periódicamente, en principio cada cinco años, a fin de adaptarla al peso comparativo de los países de la Comunidad Europea, en función de tres elementos: PBI, comercio intracomunitario y cuota en el FECOM. Sin embargo, desde 1993 se suprimió definitivamente por el artículo 109.6 del Tratado de Maastricht.

Por último, reseñar como funciones principales del ECU:

  • Servir de unidad para los cálculos presupuestarios en la Comunidad Europea.

  • Medio de pago y reserva de los Bancos Centrales.

  • Magnitud de referencia en el sistema de tipos de cambio.

Aunque la creación del S.M.E., en general, se puede considerar globalmente positiva pues además de conseguir el mantenimiento de una cierta estabilidad cambiaria y un mayor grado de coordinación de las políticas económicas, afianzando, asimismo, la cooperación entre Bancos Centrales y consiguiéndose un mayor nivel de convergencia en términos de tipos de interés y de inflación; no obstante, no se puede olvidar que el S.M.E., desde sus comienzos, venía arrastrando la dificultad de garantizar la coexistencia de un sistema de tipos de cambio cuasi fijos, en un entorno de creciente liberación de los movimientos internacionales de capital y con unos mercados financieros minuciosos ante las posibilidades efectivas de convergencia de las economías europeas.

Todo esto pone de relieve la necesidad de implantar una moneda única, desembocando en una política monetaria común y una intensa coordinación en materia de política económica, especialmente en lo referente a políticas presupuestarias, a fin de conseguir un área donde se eliminarían el riesgo cambiario previamente existente entre las monedas sustituidas por el EURO, así como unos menores costes de transacción en los cobros y pagos exteriores, consiguiéndose eliminar todo obstáculo o limitación a la movilidad de capitales.

Fases de la unión monetaria.

Los requisitos sobre las tres fases sucesivas de construcción de la Unión Europea se fijaron en el articulado del Tratado de la Unión Europea, concretamente en el Título VI, del artículo 102.A al 109.M, así como en una serie de protocolos sobre:

  • Estatutos del Sistema de Bancos Centrales (SEBC) y del Banco Central Europeo (BCE).

  • Estatutos del Instituto Monetario Europeo (I ME).

  • Procedimiento aplicable en caso de déficit externo.

  • Criterios de convergencia del artículo 109.I.

  • Condiciones para la transición a la tercera fase de la Unión Monetaria.

Primera fase:

Esta primera etapa, que se inició el 1 de julio de 1990 y culminó el 31 de diciembre de 1993, aparece definida en el Informe Delors. Sus objetivos fundamentales fueron:

  • Alcanzar el mayor grado posible de convergencia económica, comprometiéndose cada estado miembro a adoptar un programa plurianual, destinado a garantizar la necesaria convergencia hacia la Unión Económica Monetaria.

  • Acabar el proceso de construcción del Mercado Interior, eliminando las barreras físicas, técnicas y fiscales que impiden su pleno desarrollo.

  • Eliminar cualquier clave de restricciones en lo referente a la libre circulación de capitales y servicios financieros.

Consecuentemente, el Consejo de Ministros de la Unión Europea, basándose en los

informes previos de la Comisión, asumió la tarea de evaluar los progresos realizados en materia de convergencia, tanto respecto de cada uno de los Estados miembros como a escala general; en particular, en lo concerniente a la estabilidad de precios y al saneamiento de las finanzas públicas.

Esto originó en España el surgimiento de los programas de convergencia del gobierno de 1992 y 1994.

Segunda fase:

Esta etapa comenzó el 1 de enero de 1994, siendo uno de sus aspectos clave, desde el punto de vista de la Unión Monetaria, la creación del Instituto Monetario Europeo, embrión del futuro Banco Central Europeo, que tiene como principal función organizar el paso a la tercera fase.

El IME tiene personalidad jurídica propia; y se administra y gestiona por un Consejo, que integran su Presidente y los Gobernadores de los Bancos Centrales de los Estados miembros de la Unión Europea. Los miembros del Consejo del IME actúan con absoluta independencia, es decir, sin ninguna clase de mandato imperativo, existiendo sólo una cierta coordinación observable en ciertos hechos como que el Presidente del Consejo de Ministros Comunitario y un miembro de la Comisión participan, sin derecho a voto, en las reuniones del Consejo del IME o, cuando, se invita al Presidente del IME a las reuniones en que el Consejo de Ministros de la Unión Europea haya de debatir asuntos relacionados con los objetivos y funciones del IME.

El Consejo del IME se reúne al menos diez veces por año, y en general decide por mayoría simple de sus miembros. Sin embargo, los dictámenes, recomendaciones, decisiones y directrices, necesitan de mayorías cualificada de dos tercios de los representantes.

El IME tiene una serie de atribuciones, que se detallan minuciosamente en el Tratado de Maastricht, y en los Estatutos del propio Instituto, que figuran en un protocolo anejo al Tratado de la Unión Europea. Sin embargo, de forma resumida cabe destacar las siguientes funciones sustantivas e inmediatas del IME:

  • Reforzar la cooperación entre los Bancos Centrales de los países miembros.

  • Mejorar la coordinación de las políticas monetarias de los Estados miembros, a fin de asegurar la estabilidad de precios.

  • Supervisar el funcionamiento del Sistema Monetario Europeo, junto con la Comisión Monetaria.

  • Celebrar consultas sobre asuntos competencia de los Bancos Centrales, cuando afecten a los Mercados Financieros.

  • Facilitar la utilización del ECU en toda clase de operaciones y supervisar su desarrollo; incluyendo la buena marcha del sistema de compensación entre Bancos Centrales.

  • Fomentar la armonización de las estadísticas en el ámbito monetario y financiera.

  • Promover la eficacia de los pagos transfronterizos, eliminando las costosas barreras que subsisten.

  • Preparar la Unión Monetaria.

Además, en esta segunda etapa, en lo referente a política monetaria, cada Estado debe garantizar la independencia de su Banco Central, pasando éste a gozar de completa autonomía, especialmente en lo referente a la fijación del tipo de interés básico. Asimismo, en esta etapa, se definieron una serie de objetivos a cumplir, destacándose:

  • Mayor control del déficit público.

  • Prohibición de la financiación privilegiada al sector público.

  • Cumplimiento de los criterios preparatorios de la convergencia, en base a los cuales se decidirán los países que accedan a la tercera fase.

Así, concluyendo, destacar que desde el 1 de enero de 1994, entraron en vigor una serie de disposiciones necesarias para la consecución de los elementos esenciales de esta segunda fase; a saber:

  • Para lograr la limitación de las operaciones de crédito quedó prohibida la concesión de cualquier tipo de créditos, o la autorización de descubiertos, por parte de los Bancos Centrales a favor de instituciones u organismos comunitarios, Gobiernos, autoridades regionales o locales, u otros poderes públicos u organismos de Derecho Público o empresas de los Estados miembros; igualmente sucedió con la adquisición directa de deuda emitida por todas esas Entidades. Asimismo, se decidió impedir el acceso privilegiado del sector público a cualquier clase de Entidades Financieras distintas de los Bancos Centrales y la propia Unión Europea se comprometió a no responder mediante aval de las obligaciones contraídas por los sectores públicos en los Estados miembros.

  • Se establecieron como condiciones para presupuestos dos criterios básicos plenamente exigibles en la tercera fase de la Unión Monetaria:

  • La proporción entre el déficit público y el PIB no ha de superar un valor de referencia- inicialmente el 3%- a menos que el exceso descienda de modo sustancial y continuado hasta llegar a un nivel que se aproxime al valor de referencia o el valor de referencia se sobrepase sólo temporalmente y de manera leve.

  • Y, la proporción entre la deuda pública acumulada y el PIB, no rebasará un valor de referencia –inicialmente el 60% – salvo que el exceso evolucione a un ritmo satisfactorio para su ajuste.

Si un Estado miembro no cumple con estos criterios, la Comisión tiene potestad para elaborar un informe en el que habrá de tener en cuenta otro criterio, concretamente que el déficit no supere los gastos públicos de inversión.

  • Para el paso de la segunda a la tercera fase se requiere el cumplimiento, por parte de los Estados miembros que aspiran a ingresar en la Unión Monetaria, de las llamadas condiciones de convergencia – criterios de Maastricht- tales condiciones son:

  • Contar con una tasa de inflación como máximo del 1.5% por encima de la media (aritmética) de los tres Estado miembros con la inflación más baja.

  • Situar los tipos de interés dentro de un margen de dos puntos por encima de la media (aritmética) de los tres Estados miembros con los tipos más bajos.

  • No tener un déficit fiscal superior al 3% del PIB.

  • No llegar al 60% en ratio deuda pública/ PIB

  • Presentar una razonable estabilidad de cambios en el Sistema Monetario Europeo.

Todas estas condiciones pueden quedar traducidos en los siguientes criterios: estabilidad de precios, sostenibilidad de unas finanzas públicas saneadas, mantenimiento de los tipos de cambio en los márgenes de fluctuación normales que establece el mecanismo de tipos de cambio del Sistema Monetario Europeo y, por último, convergencia de los tipos de interés a largo plazo.

Tercera fase:

Esta fase supone la culminación del proceso de creación de la Unión Económica

Monetaria. El 1 de enero de 1999 es la fecha fijada en el Consejo de Madrid de diciembre de 1995 para su inicio. En esta fecha, el Consejo de la Unión Europea adoptará el tipo de cambio fijo e irrevocable al cual el EURO sustituirá a las monedas nacionales y el BCE, en sustitución del IME, y el SEBC iniciarán plenamente el ejercicio de sus funciones.

Dentro de la tercera fase cabe distinguir tres etapas para la introducción de la moneda única:

  • Del 1-1-1999 al 31-12-2001: el Euro no se encontrará disponible en forma de billetes y monedas, siendo utilizadas para los cobros y pagos físicos las monedas nacionales, como divisiones del Euro. Sin embargo, el Euro sí podrá ser usado para denominar operaciones financieras y mercantiles, aunque para realizar los cobros y pagos físicos que las mismas impliquen se deberán convertir los importes en Euros a moneda nacional, a un tipo de conversión fijo e irrevocable. El inicio de esta fase supondrá la adopción de una política monetaria común para todos los países que accedan a la misma.

  • Del 1-1-2002 al 30-6-2002, como fecha límite: comienza la circulación de billetes y monedas en Euros, que coexistirán con las monedas y billetes nacionales. Durante este período se prevé la sustitución paulatina de las monedas nacionales por la moneda única.

  • A partir del 1-7-2002, a más tardar. Los billetes y monedas en Euros se convierten en los únicos de curso legal para los países que hayan accedido a la tercera fase de la Unión Económica Monetaria.

Fijada la lista de los socios de la Unión Monetaria se constituirá formalmente el Banco Central Europeo a modo de órgano ejecutivo del SEBC. El SEBC se compondrá del conjunto del Banco Central Europeo y de los Bancos Centrales de los Estados miembros, siendo su objetivo esencial mantener la estabilidad de precios en una "Economía de Mercado abierta y de libre competencia, favoreciendo una eficiente asignación de recursos". Este será el órgano monetario federal actuando como poder regulador, coordinando la emisión de los billetes y la acuñación en Euros, de curso legal en los países integrados en la Unión Monetaria.

El Banco Central Europeo tendrá tres órganos de gobierno:
comité Ejecutivo, Consejo de Gobierno y consejo General. 

 La Transición Al Euro

El Euro comenzará a existir como moneda única de curso legal en los países que accedan a la tercera fase de la Unión Económica Monetaria al ingreso de la misma, prescrito para el 1 de Enero de 1999: desde esta fecha el Euro será la moneda utilizada para incrementar la política monetaria común de los países participantes en la tercera fase.

Sin embargo, hasta el 1 de enero del 2002, como fecha límite, el Euro no se encontrará en forma de billetes de banco y monedas para el uso al por menor, por lo que se utilizará para esas transacciones los billetes y monedas nacionales, como admisiones temporales no decimales del Euro. En consecuencia, en este período de tres años el Euro tan solo será utilizable en operaciones de tipo financiero, de política monetaria y como referencia contable en las relaciones contractuales.

Partes: 1, 2

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