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Lineamientos de la Política Criminal Dominicana (página 3)



Partes: 1, 2, 3

  • 9. Fortalecimiento de la capacidad
    operativa de la Policía Nacional.

Acciones:

En el marco del Plan de Seguridad Democrática
anunciado por el Señor Presidente de la República
el 27 de febrero de 2005, a fin de mejorar la capacidad operativa
de la Policía Nacional se han previsto el conjunto de
acciones urgentes y de corto plazo que se indican a
continuación:

  • a. Aumento del personal afectado a la
    función de policía preventiva
    : Se
    afectarán nuevos agentes a los servicios preventivos,
    mediante la racionalización de los recursos y la
    reducción de la cantidad de efectivos destinados a la
    custodia de dignatarios o personalidades
    públicas.

  • b. Fuerte inversión en las
    áreas de comunicación, mejoramiento edilicio,
    equipamiento y vehículos
    : A tal fin se
    dotará a la policía de medios de transporte,
    comunicación, chalecos y cascos, entre las
    herramientas necesarias para incrementar la presencia
    efectiva en las calles.

  • c. Separación completa y efectiva de
    las funciones de prevención y de
    investigación
    , según dispone la Ley
    Institucional de la Policía Nacional (No 96 –
    04).

  • d. Continuar y profundizar la
    depuración de los cuadros policiales,
    para
    excluir de la Policía Nacional a todos los que han
    violado la ley o han incurrido en causales de mal
    desempeño.

  • e. Puesta en marcha de un Programa de
    Control de la Corrupción Policial
    a través
    de la Dirección de Asuntos Internos y con
    supervisión de una Comisión integrada por
    representantes de todos los poderes del Estado y
    organizaciones de la sociedad civil.

  • f. Reforma del escalafón y de los
    planes de estudio para ingresar a la fuerza policial
    : Se
    establecerán indicadores de desempeño policial,
    a los fines de promover en base al mérito.

  • g. Dignificación del trabajo
    policial
    : Disponer un aumento de salario a partir del
    mes de enero próximo, en la forma que se establezca en
    el decreto respectivo.

Justificación: La Policía Nacional tienen
problemas operativos concretos y acuciantes, por una falta de
inversión en el sector durante los últimos
años. Por ello, sin perjuicio de impulsar la reforma
integral de la Policía Nacional, corresponde adoptar estas
medidas de ejecución inmediata. En alguna medida, la
Secretaría de Estado de Interior y Policía ha
comenzado a desarrollar algunas líneas de trabajo en la
dirección apuntada, de modo tal que estas acciones
pretenden darle continuidad a las mismas.

Institución responsable: Secretaría de
Estado de Interior y Policía y Jefatura de la
Policía Nacional.

  • 10. Seguridad
    fronteriza.

Acción: Promover la especialización de un
cuerpo de seguridad para las fronteras, de modo que se evite el
ingreso ilícito al territorio nacional de
mercaderías, armas, sustancias controladas y se controle
adecuadamente el flujo migratorio, en cumplimiento de los
procedimientos legales, a fin de asegurar la debida
aplicación de la política migratoria del Estado
dominicano.

Justificación: Una política de seguridad
democrática requiere que los controles fronterizos en el
trasiego de bienes y personas operen regular y
satisfactoriamente, a fin de que las iniciativas desplegadas
sobre el fenómeno criminal surtan sus efectos en aquellos
casos en que la actividad criminal está vinculada a
fenómenos migratorios o de contrabando.

Institución responsable: Secretaría de
Estado de Interior y Policía, Secretaría de Estado
de las Fuerzas Armadas, Procuraduría General de la
República, Dirección General de Migración y
Dirección General de Aduanas.

C. Acciones de exclusivo carácter
punitivo.

  • 1. Verificación de antecedentes.
    Captura de Prófugos
    .

Acciones: 1) Disponer la verificación de los
antecedentes penales
de toda persona contra quien el
Ministerio Público inicie una investigación y
decida darle curso, con particular énfasis en:

  • a) Verificar si fue beneficiado con indulto,
    con libertad condicional o con libertad provisional, a los
    fines de procurar la revocación
    correspondiente.

  • b) Verificar si se trata de una persona
    deportada de otro país, a los fines de identificar la
    naturaleza y gravedad de los hechos que generaron su
    deportación, datos que permitirán definir
    adecuadamente la estrategia procesal del Ministerio
    Público en la investigación
    correspondiente.

  • 2) Crear un Registro de Personas
    Prófugas de la Justicia
    y un Programa de
    Búsqueda y Captura de Prófugos de la
    Justicia
    , para asegurar el sometimiento de las personas
    imputadas de delito a la jurisdicción de los
    tribunales.

Justificación: La cantidad de personas
prófugas de la justicia o las que por falta de
identificación adecuada sustituyen su identidad,
representa un problema grave para el funcionamiento de cualquier
sistema judicial, pero mucho más para uno de
orientación acusatoria, en donde el juicio ocupa una
posición central y se busca reducir el abuso de la
prisión preventiva, toda vez que es indispensable crear un
conjunto de condiciones que permitan realizar el juicio en un
tiempo razonable y posibilitar la actuación de los jueces.
Por ello, resulta necesario mejorar y tecnificar los registros
que actualmente lleva la Policía Nacional y definir un
programa de localización y aprehensión
eficaz.

Institución responsable: Procuraduría
General de la República y Policía
Nacional.

  • 2. Instituto Nacional de Ciencias
    Forenses.

Acción: Creación del Instituto Nacional de
Ciencias Forenses, como órgano de apoyo científico
y técnico a la investigación criminal, dependiente
de la Procuraduría General de la
República.

Justificación: Las razones explicitadas en el
Cap. V, ap. C – 5.

Institución responsable: Procuraduría
General de la República.

Acción: Creación de la Unidad de
Atención a las Víctimas, como órgano
dependiente de la Procuraduría General de la
República y destinado a la contención,
asesoramiento, protección y acompañamiento de las
víctimas de los delitos. Y para la articulación con
otras organizaciones, estatales y no gubernamentales, que
también se ocupen de esta temática.

Justificación: Las razones explicitadas en el
Cap. V, ap. B – 2 y C – 1.

Institución responsable: Procuraduría
General de la República. Comisionado de Apoyo a la Reforma
y Modernización de la Justicia.

  • 4. Programa de Capacitación de
    Policías y Fiscales en Investigación
    Criminal.

Acción: Poner en marcha un conjunto de acciones
de capacitación para Policías en funciones de
investigación y para fiscales sobre investigación
criminal, previendo diversos niveles (elemental, medio y
superior), para contribuir a la profesionalización y
tecnificación de la investigación.

También deben considerarse algunas modalidades
criminales específicas (entre ellas los delitos complejos)
y sobre la cadena de custodia de la evidencia, a fin de
contribuir a una persecución penal más
eficaz.

Justificación: Las razones explicitadas en el
Cap. V, ap. C – 4.

Institución responsable: Procuraduría
General de la República y Policía Nacional.
Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la
Justicia.

Acción: Crear una Oficina de Control de
Obligaciones Sustitutivas, para el seguimiento y
supervisión de las obligaciones impuestas como
consecuencia de la suspensión de los procedimientos y
suspensión condicional de la pena, y de los compromisos
asumidos en los acuerdos reparatorios.

Justificación: La regulación de las
medidas de coerción del nuevo código, que pretenden
hacer de la privación de libertad durante el proceso de
uso excepcional, y el mismo régimen penal para las penas
de corta duración, exigen contar con un órgano de
control de las otras modalidades, a fin de evitar que se
desnaturalicen en los hechos los fines

Institución responsable: Procuraduría
General de la República. Comisionado de Apoyo a la Reforma
y Modernización de la Justicia.

  • 6. Programa de Descongestión de
    causas del viejo sistema.

Acción: Continuar, profundizar y controlar la
ejecución del programa de descongestión de causas
del viejo sistema dispuesto por la ley de implementación
del nuevo Código, a fin de crear las condiciones
necesarias para no dificultar la aplicación del nuevo
sistema y liberar recursos institucionales.

En ese sentido, debe ponerse en marcha un conjunto de
acciones específicas para las causas por delitos graves y
complejas del viejo sistema, a fin de concluir en un tiempo
razonable la investigación y posibilitar la
realización del juicio en aquellos casos que así lo
ameriten.

Justificación: Lo expuesto en el Cap. V, ap. C –
3.

Institución responsable: Procuraduría
General de la República y Suprema Corte de
Justicia.

  • 7. Oficina de Recepción de Denuncias
    y Atención Permanente.

Acción: Crear una Oficina de Denuncias y
Atención Permanente, que funcione durante las 24 horas del
día en el Distrito Nacional, en la Provincia de Santo
Domingo y en Santiago de los Caballeros (primera etapa), para
facilitar la accesibilidad del servicio a las víctimas de
los delitos y mejorar la capacidad de respuesta frente a
situaciones de urgencia.

Para ello deben definirse las pautas de
intervención de la oficina, capacitar adecuadamente a los
operadores y dotarlo de los medios de comunicación que
aseguren accesibilidad de los usuarios y de los funcionarios de
las distintas unidades policiales. Además debe darse una
adecuada difusión en los medios de comunicación y
en determinados espacios con alta concurrencia de las personas
(hospitales, comisarías, dependencias judiciales,
etc.)

Justificación: Las expuestas en el Cap. V, ap. B
– 2 y C – 1.

Institución responsable: Procuraduría
General de la República.

Acción: Instalar un servicio de atención
telefónica permanente (automatizado) para recibir
denuncias anónimas sobre casos de corrupción en la
función pública, que deberán ser examinadas
por el Departamento de Prevención de la Corrupción
(DPC), a fin de determinar su verosimilitud y viabilidad de
iniciar una investigación.

Justificación: Las expuestas en el Cap. V, ap. B
– 3.

Institución responsable: Procuraduría
General de la República.

  • 9. Racionalización de la
    Prisión Preventiva.

Acción: Emitir una directiva general a todas las
Unidades Fiscales con un conjunto de criterios e instrucciones,
haciendo un seguimiento constante de las causas judiciales a fin
de obtener los pronunciamientos jurisdiccionales que correspondan
en un plazo razonable y reducir la proporción de presos
sin condena.

Justificación: Las expuestas en el Cap. V, ap. C
– 7, en particular el índice de presos sin condena, que es
uno de los más altos del mundo.

Institución responsable: Procuraduría
General de la República y Suprema Corte de
Justicia.

Conclusiones

La Procuraduría General de la República
tiene conciencia de los graves problemas sociales y
económicos por los que atraviesa el país y no
ignora las dificultades del sector público, pero esto no
puede ser la excusa para postergar las decisiones y acciones que
reclama la política criminal.

Por el contrario, debe ser un acicate para asumir una
empresa difícil y de largo alcance. Nuestro pueblo
está harto de impunidad y reclama justicia; está
enfermo de violencia, y reclama paz y seguridad.

Debemos estar conscientes de que la madurez de una
sociedad no depende tanto de la ausencia de conflictos, sino de
la calidad de sus instituciones y de las formas establecidas para
prevenir y resolver tales conflictos.

Esta propuesta expone problemas y plantea soluciones.
Todos los que tengan responsabilidad en esta materia tienen la
oportunidad de decidir en cuál de estos lugares se ubica,
es decir ser parte del problema o ser parte de la
solución.

 

 

Autor:

Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo
S.

"A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD
DE INFORMACION"

Monografias.com

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana,

2014.

"DIOS, JUAN PABLO DUARTE Y JUAN BOSCH – POR
SIEMPRE"

[1] X Congreso de Naciones Unidas sobre
Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente,
Viena, abril de 2002.Participación de la comunidad en la
Prevención de la Delincuencia, II,A,16.

[2] Baratta, Alessandro, Revista Sicurezza e
territorio, de L’Angelo Azzurro, Bologna, Italia, 1993,
“I nuovi orizzonti della prevenzione”, pág.
9 a 14, citado en el Plan de Política Criminal de la
República Argentina..

[3] X Congreso de Naciones Unidas sobre
Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente,
Viena, abril de 2002. Participación de la comunidad en
la Prevención de la Delincuencia, II, A, 18.

[4] Ibidem, punto 20.

[5] Algunos estudios indican que el costo del
sistema de la justicia penal suelen representar un 40 o 50 por
ciento del costo total de la lucha contra la delincuencia, y
que las estrategias de prevención de riesgo son entre
dos y siete veces menos costosas que el encarcelamiento
(“Plan Nacional de Prevención del Delito y
Seguridad Ciudadana”, Ministerio Público,
Republica del Paraguay, año 2002).

[6] Chinchilla, Laura y Rico, José
Ma., “La prevención comunitaria del Delito.
Perspectivas para América Latina”, pág.
13.

[7] Instituto Interamericano de Derechos
Humanos (IIDH), “Seguridad Ciudadana en República
Dominicana”, pág. 2.

[8] Ibidem.

[9] En el documento citado, pág.
8.

[10] Sobre este tema véase el
“Informe sobre el Estudio de las Percepciones de las
Organizaciones de la Sociedad Civil sobre el sistema de
administración de Justicia, la independencia del Poder
Judicial y la Reforma de la Justicia”, elaborado
recientemente por la Fundación Institucionalidad y
Justicia (Finjus).

[11] En una encuesta de victimización
realizada en Buenos Aires y Gran Buenos Aires, Argentina
(1996/97) se pudo establecer que del total de delitos cometidos
solo se denuncia el 30 %, y de esta porción el 80 % son
con autores desconocidos. Solo en un 6% del total se produce la
intervención efectiva del sistema penal.

[12] Declaración de Viena sobre la
delincuencia y la justicia: frente a los retos del siglo XXI,
punto 13. Viena, abril de 2002.

[13] Punto 25.

[14] Cfr.“Plan Nacional de
Prevención del Delito y Seguridad Ciudadana”,
Ministerio Público, Republica del Paraguay, año
2002, pág. 12. Como destaca Nils Christie, “los
conflictos representan un potencial para la actividad, para la
participación. El sistema de control punitivo actual
representa una de las tantas oportunidades perdidas de
involucrar a ciudadanos en tareas que tienen importancia
inmediata para ellos” (“Los Conflictos como
Pertenencia”, en la obra colectiva De los Delitos y las
Víctimas, ed. Ad-Hoc 1992, pág. 169).

[15] X Congreso de Naciones Unidas sobre
Prevención y Tratamiento del Delincuente, Viena, 2000.
Delincuentes y Victimas: responsabilidad y equidad en el
proceso penal, punto IV, 58.

[16] Plan Nacional de Política
Criminal de Argentina,

[17] X Congreso de Naciones Unidas sobre
Prevención y Tratamiento del Delincuente, Viena, 2000.
Participación de la Comunidad en la Prevención de
la delincuencia, punto III, A, 33.

[18] Entidad sin fines de lucro, integrada
por ciudadanos e instituciones de la provincia de Santiago,
creada con el objetivo de colaborar con la formulación
de políticas, desarrollar herramientas de trabajo y
canalizar aportes de todos los sectores sociales para mejorar
la capacidad operativa de las instituciones de seguridad
locales, bajo la premisa de que lograr ciudades seguras es una
responsabilidad de todos.

[19] En el IX Congreso de Naciones Unidas
para la Prevención del Delito y el Tratamiento del
Delincuente (El Cairo, 1995), en el cap.7, “El
niño como víctima y como autor de delitos y
programa de justicia penal de las Naciones Unidas: del
establecimiento de normas a la adopción y
aplicación de medidas”, ap. 21, se insta a los
Estados a que introduzcan en las escuelas programas que
fomenten la no violencia, el respeto mutuo y la tolerancia,
así como programas que aumenten la confianza de los
estudiantes en sí mismos y su amor propio y que le
enseñen a resolver sus controversias de manera
pacífica”.

[20] OMS/OPS, junio 1998, documento
“Violencia contra la Mujer. Un tema de salud
prioritario”.

[21] Su importancia y responsabilidad han
sido destacados en las Directrices de las Naciones Unidas para
la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de
Riad, 1990), puntos 40 a 44.

[22] Véase X Congreso de Naciones
Unidas sobre Prevención y Tratamiento del Delincuente,
Viena, 2000. Prevención eficaz del delito:
adaptación a nuevas situaciones, punto 36.

[23] Véase el documento La Salud en
las Américas, ed. 2002, OPS, Washington, DC, 2002
(publicación científica y Técnica 587). A
su vez, la Organización Mundial de la Salud
señala que las lesiones por accidentes de tráfico
son la principal causa por traumatismo, la 10a causa de todas
las muertes y la 9 a de las principales causas de morbilidad en
todo el mundo (Estrategia quinquenal de la OMS para la
prevención de Lesiones por accidente de
Trafico.2001-2005, disponible en internet en
http://www.who.int/violence_injury_prevention/).

[24] Preparado por MOVITPAV SA, Consultores
Planificación de Transporte, a requerimiento de la
Procuraduría General de la República (noviembre
de 2004).

[25] Taveras Rodríguez, Juan
Tomás, “Redefinición del rol
policial”, pág. 46.

[26] Véase el mismo autor, pág.
91.

[27] Pág. 93/4.

[28] Apartado 108 del documento oficial,
edición en español.

[29] IX Congreso de las Naciones Unidas sobre
Prevención del delito y Tratamiento del Delincuente, El
Cairo, mayo de 1995. Recomendaciones relativas a los cuatro
temas sustantivos, ap. III, Sistemas de Justicia Penal y de
Policía: gestión y perfeccionamiento de la
Policía y otros encargados de hacer cumplir la ley, del
ministerio público, de los tribunales y de los
establecimientos penitenciarios y función de los
abogados, punto7 a).

[30] Proyecto de ley orgánica
policial; de reorganización institucional de la
Policía Nacional; de educación y
capacitación policial; de creación del museo
policial; de creación de la Policía Comunitaria;
del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional
(ISSPOL) y la creación del Instituto de Dignidad Humana,
entre otros.

[31] Documento citado, pág. 82.

[32] Duce, Mauricio, “El Ministerio
Público en la Reforma Procesal Penal en América
Latina: visión general acerca del estado de los
cambios”, pág. 10.

[33] Duce, Mauricio J. , “El Ministerio
Público en la Reforma Procesal Penal en América
Latina. Visión General acerca del Estado de los
Cambios”, documento del Ceja, página 13.

[34] Inecip. Documento de trabajo: Hacia un
plan de política penitenciaria para la Provincia del
Neuquen (Argentina).

[35] Instituto Interamericano de Derechos
Humanos, documento citado, pág. 96.

[36] Véase el mismo documento,
pág. 97.

Partes: 1, 2, 3
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