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Manual del Socio Activo 20-30 República Dominicana (página 2)



Partes: 1, 2, 3, 4

Artículo 15°: Tendrá la Calidad de
Socio Honorario, la persona que en razón de los servicios
meritorios prestados a un Club Activo 20-30, a la comunidad o al
país le sea otorgada tal distinción por un Club de
la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL o por una Asociación
Nacional.

CAPITULO V: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS
SOCIOS

Artículo 16°: El Socio Activo tendrá
las siguientes obligaciones:

  • a) Cumplir y hacer cumplir el estatuto,
    reglamentos y decisiones de LA ORGANIZACIÓN, de su
    Asociación Nacional y de su Club.

  • b) Participar activamente en las actividades de
    LA ORGANIZACIÓN, de su Asociación y de su
    Club.

  • c) Mantener un promedio trimestral
    mínimo de 60% a las reuniones de su Club.

  • d) Asistir asiduamente a las reuniones de su
    Asociación Nacional

  • e) Pagar puntualmente las cuotas que fije LA
    ORGANIZACIÓN, su Asociación Nacional y su
    Club.

  • f) Desempeñar, salvo causas
    justificadas, las tareas y responsabilidades que le asigne LA
    ORGANIZACIÓN, su Asociación Nacional y su
    Club.

  • g) Las demás obligaciones que le asignen
    este estatuto, los de su Asociación Nacional y los de
    su Club.

Artículo 17°: El Socio Activo, tendrá
los siguientes derechos:

  • a) Ostentar públicamente su calidad de
    socio de LA ORGANIZACIÓN, de su Asociación
    Nacional y de su Club.

  • b) Ejercer su derecho a voz y voto de
    conformidad con el estatuto Internacionales, los de su
    Asociación Nacional y los de su Club-

  • c) Aspirar a desempeñar los cargos de
    elección existentes en LA ORGANIZACIÓN, en su
    Asociación Nacional y en su Club, en concordancia con
    lo que dispongan este estatuto y los reglamentos establecidos
    para cada caso.

  • d) Todos los demás que le confieren el
    estatuto y los reglamentos de LA ORGANIZACIÓN, de su
    Asociación Nacional y de su Club.

Artículo 18°: El Socio Activo Mayor
tendrá todos los derechos y obligaciones de los Socios
Activos, con la excepción de poder ocupar cargos de
elección en LA ORGANIZACIÓN, su Asociación
Nacional o su Club, así como servir como delegado o
representante de su Club ante la Asociación Nacional o la
Convención Internacional.

Artículo 19°: Los Socios Ex – Activos,
tendrán las siguientes obligaciones:

  • a) Brindar su ayuda y asesoría, en la
    medida de sus capacidades, a LA ORGANIZACIÓN, su
    Asociación Nacional y a su Club para que desarrollen
    los principios y objetivos de LA
    ORGANIZACIÓN.

  • b) Honrar a LA ORGANIZACIÓN,
    desarrollando sus actividades particulares y profesionales en
    concordancia con los principios cívicos y morales que
    LA ORGANIZACIÓN promueve.

  • c) Todos los demás que le confieran el
    estatuto de LA ORGANIZACIÓN, de su Asociación
    Nacional y de su Club.

Artículo 20°: El Socio Ex – Activo
tendrá los siguientes derechos:

  • a) Ostentar públicamente su calidad de
    Socio Ex – Activo de LA ORGANIZACIÓN.

  • b) Asistir a las reuniones de su Club donde
    sólo tendrá derecho a voz.

  • c) Asistir a todas las actividades que organice
    su Club, su Asociación Nacional o LA
    ORGANIZACIÓN, cumpliendo con los mismos requisitos
    exigidos para un Socio Activo.

Artículo 21°: El Socio Vitalicio
tendrá todos los derechos, privilegios de un Socio Activo,
más estará exento del pago de cuotas ordinarias
internacionales, de su Asociación Nacional y de su
respectivo Club. El Socio Vitalicio podrá ocupar cargos de
elección cuando cumpla con los requisitos de edad de un
Socio Activo.

Artículo 22°: El Socio Honorario no
tendrá obligaciones; sus derechos se limitan a aquellos de
asistencia y la oportunidad de expresar su opinión en las
reuniones y actividades de su club y/o Asociación
Nacional.

CAPITULO VI: PERDIDA DE LA
MEMBRESÍA

Artículo 23°: Los Socios de cualquier
categoría perderán su membresía por acciones
contrarias a los principios y objetivos de LA
ORGANIZACIÓN. Los clubes y las Asociaciones Nacionales
organizarán un comité de ética que se
encargará de evaluar cada situación
particular.

Artículo 24°: El Socio Activo, Socio Activo
Mayor, o Socio Sin Limitaciones perderá su
membresía:

  • a) Por afiliarse a otra organización de
    servicio, con características similares a la de ACTIVO
    20-30 INTERNACIONAL.

  • b) Por incumplimiento de sus obligaciones hacia
    LA ORGANIZACIÓN, su Asociación Nacional o su
    Club.

  • c) Por renuncia

  • d) Por cumplir cuarenta años de edad y
    no obtener la calidad de Activo Mayor o Ex –
    Activo.

Artículo 25°: Cualquier Socio Activo o
Vitalicio, que cumpla 40 años de edad y este ocupando un
cargo de elección en su Club, en su Asociación
Nacional o en LA ORGANIZACIÓN conservará su calidad
hasta que expire el período para el cual fue electo o
cualquier otro al que pueda acceder automáticamente por
razón del cargo que ocupa al finalizar el período
de su elección.

CAPITULO VII: PERIODO ADMINISTRATIVO

Artículo 26°: El período
administrativo de LA ORGANIZACIÓN y de sus Asociaciones
Nacionales empieza el 1° de julio y termina el 30 de junio
del año siguiente. Los trimestres oficiales son de julio a
Setiembre, de octubre a diciembre, de enero a marzo y de abril a
junio.

TITULO II – LA
ORGANIZACIÓN

Artículo 27°: Los Socios de ACTIVO 20-30
INTERNACIONAL, se organizarán en clubes y éstos a
su vez formarán Asociaciones Nacionales.

TITULO III – CLUBES

CAPITULO I: CONSTITUCIÓN

Artículo 28°: Para constituir un CLUB ACTIVO
20-30 se requiere de:

  • a) Tener una membresía de acuerdo a como
    lo fije la Asociación Nacional correspondiente. En
    ningún momento se podrán formar un Club con
    menos de diez (10) personas.

  • b) Adoptar un estatuto enmarcado dentro de la
    ORGANIZACIÓN

  • c) Cumplir los requisitos de
    Constitución que el estatuto y los reglamentos de la
    Asociación Nacional correspondiente
    determinen.

Artículo 29°: La solicitud para la
constitución de un nuevo Club será presentada ante
el presidente de la Asociación Nacional correspondiente, y
de cumplir con los requisitos, la Carta Constitutiva le
será otorgada.

CAPITULO II: OBLIGACIONES

Artículo 30°: Los clubes tendrán las
siguientes obligaciones:

  • a) Cumplir los principios, objetivos, el
    estatuto, los reglamentos, acuerdos y resoluciones que adopte
    la ORGANIZACIÓN y su respectiva Asociación
    Nacional.

  • b) Pegar puntualmente las cuotas
    internacionales y nacionales.

  • c) Celebrar Juntas o Asambleas Generales por lo
    menos dos veces al mes, preferiblemente una vez a la semana,
    exceptuando aquellos arreglos alternativos que puedan
    decidirse localmente.

  • d) Presentar oportunamente todos los reportes
    requeridos por la Asociación Nacional y por LA
    ORGANIZACIÓN

  • e) Participar en las reuniones internacionales
    y nacionales. Si no pudiera hacerlo, deberán hacerse
    representar otorgando sus votos por poder.

  • f) Mantener como mínimo un promedio de
    asistencia trimestral en sus reuniones de Asamblea General
    del sesenta por ciento (60%).

  • g) Cualquier otra obligación que le
    imponga este estatuto y los de su Asociación
    Nacional.

CAPITULO III: DERECHOS

Artículo 31°: Cada Club tendrá los
siguientes derechos:

  • a) Usar el nombre y los símbolos de LA
    ORGANIZACIÓN

  • b) Participar y votar en las reuniones
    nacionales y en la Convención
    Internacional.

  • c) Postular candidatos a los puestos de
    elección en su Asociación Nacional.

  • d) Recibir cooperación de su
    Asociación Nacional y de la
    ORGANIZACIÓN

  • e) Cualquier otro derecho que le otorgue este
    estatuto y los de su Asociación Nacional.

CAPITULO IV: TERMINACIÓN DE LOS PRIVILEGIOS
DEL CLUB

Artículo 32°: La pérdida del
reconocimiento como Club se producirá por cualquiera de
las siguientes razones:

  • a) La falta en el pago de su cuota nacional o
    internacional.

  • b) La reducción del número de
    Socios Activos y Activos Mayores a menos de diez (10) por un
    período mayor de seis (6) meses.

  • c) No cumplir o no hacer cumplir el estatuto,
    los reglamentos, acuerdos y resoluciones de LA
    ORGANIZACIÓN o de su Asociación
    Nacional.

  • d) Renuncia.

Artículo 33° La decisión de revocar la
Carta Constitutiva a un Club le corresponde a la
Asociación Nacional a la cual pertenezca.

Artículo 34°: Inmediatamente después
que un Club deje de ser reconocido como tal, perderá todos
los derechos que estos estatutos y los de su Asociación
Nacional le conferían.

TITULO IV – LAS ASOCIACIONES
NACIONALES

Artículo 35°: Todos los Clubes Activo 20-30
deberán agruparse en Asociaciones Nacionales. Estas a su
vez podrán, de considerarlo necesario, organizarse en
Áreas, Regiones o Distritos.

Artículo 36°: Para constituir una
Asociación Nacional es necesario:

  • a) Que en el país respectivo, hayan dos
    (2) o más CLUBES ACTIVO 20-30 debidamente
    constituidos.

  • b) Que adopte estatutos enmarcado dentro de los
    de LA ORGANIZACIÓN.

  • c) Que al momento de constituirse se elija al
    Presidente Nacional y al Presidente Nacional Electo, quines
    durarán en funciones hasta el fin del año
    administrativo de la respectiva Asociación
    Nacional.

Artículo 37°: El Club que se hubiere fundado
en un país donde LA ORGANIZACIÓN no opere,
pertenecerá a la Asociación Nacional que le haya
extendido su Carta Constitutiva hasta tanto se constituya la
nueva Asociación Nacional que podrá ser reconocida
tan pronto se funde su segundo Club en dicho
país.

CAPITULO II: OBLIGACIONES

Artículo 38°: Cada Asociación Nacional
tendrá las siguientes obligaciones:

  • a) Desarrollar los principios, objetivos y
    programas de LA ORGANIZACIÓN.

  • b) Cumplir y hacer cumplir el estatuto, los
    reglamentos, acuerdos y resoluciones de LA
    ORGANIZACIÓN, así como de su propio estatuto,
    los reglamentos, acuerdos y resoluciones.

  • c) Reunir anualmente a la Convención
    Nacional y al Consejo Nacional de Presidente cuantas veces
    sea determinado por el estatuto nacional.

  • d) Cumplir cualquier otra obligación que
    le fijen este estatuto.

  • e) Estar representada en el Consejo
    Internacional de Presidentes Nacionales por su Presidente
    Nacional, Presidente Nacional Electo o por un representante
    debidamente acreditado.

  • f) Estar representada en las Convenciones
    Internacionales por sus Oficiales Nacionales y los delegados
    de sus respectivos Clubes tomando parte activa en los asuntos
    de LA ORGANIZACIÓN.

  • g) Establecer Una oficina nacional. Toda la
    correspondencia oficial de la Asociación Nacional
    deberá ser dirigida a dicha oficina nacional y todos
    los archivos y registros de la Asociación Nacional
    deberán ser mantenidos en dicha oficina.

CAPITULO III: DERECHOS

Artículo 39°: La Asociación Nacional
tendrá los siguientes derechos:

  • a) Representar a LA ORGANIZACIÓN en su
    país.

  • b) Solicitar y recibir asistencia de LA
    ORGANIZACIÓN para desarrollar sus principios y
    objetivos.

  • c) Fijar las cuotas nacionales.

  • d) Postular socios a los puestos de
    elección de LA ORGANIZACIÓN

  • e) Los demás derechos que le confiera
    este estatuto.

CAPITULO IV: TERMINACIÓN

Articulo 40° a) Las Asociaciones Nacionales
perderán su reconocimiento cuando haya menos de dos (2)
CLUBRES ACTIVO 20-30 en el país respectivo o cuando
desobedezcan o se rehúsen a respetar, cumplir y hacer
cumplir el estatuto, reglamentos, acuerdos y resoluciones de LA
ORGANIZACIÓN. El Consejo Internacional de Presidentes
será el organismo responsable de determinar tal
situación. Reglamentariamente se determinarán los
procedimientos a seguir en éstos casos.

b) Si una Asociación Nacional perdiera su
reconocimiento, los Clubes existentes en ése país
deberán integrarse a la Asociación Nacional ya
existente más próxima
geográficamente.

CAPITULO V: EL PRESIDENTE NACIONAL Y EL PRESIDENTE
NACIONAL ELECTO

Artículo 41°: El Presidente Nacional
será el oficial ejecutivo de su Asociación Nacional
y será el representante de ésta ante el Consejo
Internacional de Presidentes.

Artículo 42°: El Presidente Nacional
tendrá las siguientes obligaciones:

  • a) Promover e implementar los principios y
    objetivos de LA ORGANIZACIÓN dando la asistencia que
    sea necesaria a los Clubes de su Asociación
    Nacional.

  • b) Velar porque se cumplan los estatutos,
    reglamentos, resoluciones, decisiones y programas, tanto de
    LA ORGANIZACIÓN como los de su Asociación
    Nacional.

  • c) Representar a su Asociación Nacional
    ante el Consejo Internacional de Presidentes con su derecho
    de voz y voto de acuerdo con lo establecido en su respectivo
    estatuto.

  • d)  Servir de enlace entre LA
    ORGANIZACIÓN y los Clubes constituidos.

  • e) Asistir a la Convención Internacional
    y coordinar las reuniones nacionales.

  • f) Cualquier otra obligación que le
    asigne o establezcan este estatuto o el de su
    Asociación Nacional.

Artículo 43°: El Presidente Nacional Electo
es el segundo oficial ejecutivo de su Asociación Nacional,
su término será de un año administrativo a
final del cual automáticamente asumirá el cargo de
Presidente Nacional.

Artículo 44°: El Presidente Nacional Electo,
tendrá las siguientes obligaciones:

  • a) Reemplazar al Presidente Nacional en el
    evento de ausencia temporal o permanente.

  • b) Asistir a las reuniones del Consejo Nacional
    de Presidentes donde tendrá derecho a voz más
    no a voto.

  • c) Asistir al Presidente Nacional en el
    ejercicio de sus funciones.

  • d) Cualquier otra que le asigne el Presidente
    Nacional, el Consejo Nacional de Presidentes o la
    Convención Nacional.

Artículo 45°: En el evento de producirse la
vacante del Presidente Nacional Electo el Consejo Nacional de
Presidentes escogerá de entre su seno, al socio que
fungirá como Presidente Nacional Electo por el resto del
período. Sin embargo, en éste caso
específico la siguiente Convención Nacional
deberá elegir al nuevo Presidente Nacional y al nuevo
Presidente Nacional Electo.

TITULO V – EL CONSEJO INTERNACIONAL DE
PRESIDENTE

CAPITULO I: COMPOSICIÓN

Artículo 46°: El Consejo Internacional de
Presidentes estará compuesto por los Presidentes de cada
Asociación Nacional, el Presidente Internacional, por el
Presidente Internacional Electo y por el Secretario/Tesorero
Internacional.

Artículo 47°: Los miembros del Consejo
Internacional de Presidentes tendrán derecho a voz y voto
en el mismo. El Presidente Internacional votará
únicamente en caso de empate. El Presidente Internacional
Electo y el Secretario/Tesorero Internacional sólo
tendrán derecho a voz.

Artículo 48°: Todos los Socios de la
ORGANIZACIÓN tendrá derecho a asistir a las
reuniones del Consejo Internacional de Presidentes donde
sólo tendrán derecho a voz, previa solicitud hecha
a su Presidente Nacional y el reconocimiento del Presidente
Internacional.

CAPITULO II: REUNIONES DEL CONSEJO

Artículo 49°: El Consejo Internacional de
Presidentes celebrará como mínimo tres (3)
reuniones ordinarias al año. La primera se llevará
a cabo a más tardar el día posterior a la
reunión de Asamblea General de la Convención
Internacional. La segunda, a mitad del año administrativo
en un lugar y fecha que determine el Presidente Internacional y
la tercera el día antes de la reunión de Asamblea
General de la Convención Internacional.

Artículo 50°: El Consejo Internacional de
Presidentes podrá celebrar reuniones extraordinarias a
solicitud de por lo menos la tercera parte (1/3) de los
Presidentes Nacionales en situación idónea, o en
caso de urgencia a solicitud del Presidente
Internacional.

Artículo 51°: El Presidente Internacional
convocará a las reuniones en los idiomas oficiales,
mediante corro certificado, teles, fax, correo electrónico
o aquel nuevo medio debidamente aprobado por el Consejo
Internacional de Presidentes, con no menos de treinta (30)
días calendario de anticipación. La mencionada
convocatoria deberá indicar la agenda de la reunión
y los temas a tratar.

Artículo 52°: El quórum de las
reuniones se constituirá cuando más de la mita de
los Presidentes Nacionales este presente.

Artículo 53°: El Presidente Nacional que por
razones fuera de su control o de fuerza mayor, no pueda asistir a
una reunión del Consejo Internacional de Presidente
deberá ser sustituido por el Presidente Nacional Electo de
dicha Asociación Nacional y en su defecto por el Socio
Activo que por medio de la respectiva acreditación este
facultado para tal fin. Dicha acreditación le será
presentada al Presidente Internacional o al Secretario-Tesorero
Internacional para su debida aprobación y
reconocimiento.

CAPITULO III: VOTACIONES

Artículo 54°: En las reuniones del Consejo
Internacional de Presidente, cada Presidente Nacional
tendrá derecho a un (1) voto.

Artículo 55°: Para aprobar una moción
será necesario el voto afirmativo de la mayoría de
los votos idóneos presentes en una
reunión.

Artículo 56°: El Presidente Internacional
podrá someter a votación, en los idiomas oficiales,
ciertos asuntos por correo, teles, fax, correo electrónico
o cualquier otro nuevo medio debidamente aprobado por el Consejo
Internacional de Presidentes. Los Presidentes Nacionales
deberán enviar su voto a más tardar treinta (30)
días posteriores a la fecha en que el asunto fuera
sometido a votación por cualquiera de los medios antes
citados. El asunto se considerará aprobado si recibe el
voto afirmado de la mayoría de los votos idóneos
posibles del Consejo Internacional de Presidentes y se
considerará rechazado si recibe el voto negativo de la
mayoría de los votos idóneos emitidos. El
Presidente Internacional deberá conservar los votos
emitidos para su debida exhibición en el próximo
Consejo Internacional de Presidentes.

CAPITULO IV. OBLIGACIONES

Artículo 57°: El Consejo Internacional de
Presidentes tiene las siguientes obligaciones:

  • a) Promover el desarrollo de los principios y
    objetivos de LA ORGANIZACIÓN estableciendo los
    programas que considere pertinentes.

  • b) Cumplir y hacer cumplir el estatuto, los
    reglamentos, resoluciones y decisiones de LA
    ORGANIZACIÓN.

  • c) Elaborar los reglamentos que desarrollen el
    estatuto de LA ORGANIZACIÓN cuando ello sea
    necesario.

  • d) Aprobar, rechazar o modificar el presupuesto
    que presente el Presidente Internacional. Fijar las cuotas
    internacionales.

  • e) Supervisar la labor del Presidente
    Internacional, de los Presidentes Nacionales y de las
    Asociaciones Internacionales.

  • f) Aprobar la fecha y Agenda a tratar en la
    Convención internacional Anual.

  • g) Establecer el sistema de premiación
    durante la Convención Internacional.

  • h) Estudiar, dar su opinión y resolver
    las apelaciones que los Clubes o Socios puedan presentar
    cuando se vieren afectados por decisiones o resoluciones de
    sus respectivas Asociaciones Nacionales.

  • i) Las demás funciones que establezcan
    estos estatutos o que le sean asignadas por la
    Convención Internacional.

TITULO VI – EL PRESIDENTE
INTERNACIONAL

CAPITULO I: OBLIGACIONES

Artículo 58°: El Presidente Internacional es
el oficial ejecutivo de mayor categoría de LA
ORGANIZACIÓN y su término en el cargo será
de un (1) año administrativo.

Artículo 59°: El Presidente Internacional
tendrá las siguientes obligaciones:

  • a) Cumplir y hacer cumplir el estatuto, los
    reglamentos, resoluciones y decisiones de LA
    ORGANIZACIÓN

  • b) Velar por el desarrollo de los principios y
    objetivos de LA ORGANIZACIÓN.

  • c) Convocar y presidir las Convenciones
    Internacionales y las reuniones del Consejo Internacional de
    Presidentes donde tendrá derecho a voz y sólo
    votará en caso de empate.

  • d) Mantener comunicación permanente con
    las Asociaciones Nacionales y los Clubes.

  • e) Presentar el presupuesto de Ingresos y
    Egresos a la consideración del Consejo Internacional
    de Presidentes a más tardar 30 días
    después de su toma de posesión.

  • f) Presentar al Consejo Internacional de
    Presidentes y a la Convención Internacional los
    estados financieros de su administración auditados por
    un contador público autorizado.

  • g) Presentar a la Convención
    Internacional un reporte de las actividades realizadas
    durante su período.

  • h) Crear e integrar los comités que
    estime necesario y delegar todos los deberes apropiados a los
    miembros de dichos comités.

  • i) Cualquier otra que le asignen este estatuto
    y la convención Internacional.

CAPITULO II: VACANTES

Artículo 60°: La ausencia permanente o
temporal del Presidente Internacional será llenada por el
Presidente Internacional Electo y en su defecto por un Presidente
Nacional, que reciba tal designación del Consejo
Internacional de Presidentes.

TITULO VII – EL PRESIDENTE INTERNACIONAL
ELECTO

CAPITULO I: REQUISITOS PARA SU
ELECCIÓN

Artículo 61°: El Presidente Internacional
Electo es el segundo oficial ejecutivo de LA ORGANIZACIÓN.
Su término en el cargo será de un (1) año
administrativo a final del cual ocupará
automáticamente el cargo de Presidente
Internacional.

Artículo 62°: Los requisitos para ser
candidatos al cargo de Presidente Internacional Electo
son:

  • a) Ser Socio Activo de un Club Activo
    20-30

  • b) Haber ejercido el cargo de Presidente
    Nacional o Director de Área.

  • c) Haber sido postulado por su
    Asociación Nacional. Esta postulación
    podrá ser aprobada por el respectivo Consejo Nacional
    de Presidentes o por la respectiva Convención
    Nacional. Cada Asociación Nacional reglamentará
    éste caso.

  • d) Aceptar la postulación.

La postulación debidamente firmada por el
Presidente y Secretario de la respectiva Asociación
Nacional deberá ser enviada al Presidente Internacional
por lo menos noventa (90) días antes de la fecha de inicio
de la Convención Internacional.

Artículo 63°: El Presidente Internacional
deberá comunicar a todos los Presidentes Nacionales, por
lo menos sesenta (60) días antes de la fecha de inicio de
la Convención Internacional, la lista de candidatos
debidamente postulados para el cargo de Presidente Internacional
Electo.

CAPITULO II: OBLIGACIONES

Artículo 64°: El Presidente Internacional
Electo, tendrá las siguientes obligaciones:

  • 1. Reemplazar al Presidente Internacional en el
    evento de ausencia temporal o permanente.

  • 2. Asistir a las reuniones del Consejo
    Internacional de Presidentes donde tendrá derecho a
    voz más no a voto.

  • 3. Asistir al Presidentes Internacionales en el
    ejercicio de sus funciones.

  • 4. Cualquier otra que le asigne el Presidente
    Internacional, el consejo Internacional de Presidente o la
    Convención Internacional.

Artículo 65°: En el evento de producirse la
vacante del Presidente Internacional Electo el Consejo
Internacional de Presidentes escogerá de entre su seno, al
socio que fungirá como Presidente Internacional Electo por
el resto del período. Sin embargo en éste caso
específico la siguiente Convención Internacional
deberá elegir al nuevo Presidente Internacional y al nuevo
Presidente Internacional Electo, siguiendo el procedimiento
establecido en le Artículo 82 de estos estatutos para
ambas elecciones.

TITULO VIII – LA CONVENCIÓN
INTERNACIONAL

CAPITULO I: NATURALEZA Y CONVOCATORIA

Artículo 66°: La Convención
Internacional de LA ORGANIZACIÓN, formada por los
delegados de los Clubes, los Presidentes Nacionales, el
Presidente Internacional, el Presidente Internacional Electo y
los Socios Vitalicios, constituyen el poder supremo de LA
ORGANIZACIÓN. Sus acuerdos, resoluciones y decisiones son
obligatorios para todos los Clubes y Socios, pero en
ningún caso podrá privar a las Asociaciones
Nacionales, a los Clubes ni a los Socios de alguno de sus
derechos adquiridos, ni imponerles acuerdos, resoluciones o
decisiones que violen las leyes de sus respectivos países
o el estatuto de LA ORGANIZACIÓN.

Artículo 67°: El Presidente Internacional
deberá convocar a la Convención Internacional
notificando a los Presidentes Nacionales con por lo menos noventa
(90) días de anticipación al inicio de la misma,
informando el contenido de la agenda.

Artículo 68°: El Presidente Internacional o
el Consejo Internacional de Presidentes podrá convocar a
Convenciones Extraordinarias cuando sea justificado, para lo cual
es Presidente Internacional hará la citación
correspondiente con por lo menos treinta (30) días de
anticipación al inicio de la misma, especificando la
agenda y temas a tratar.

Artículo 69°: La Convención
Internacional será presidida por el Presidente
Internacional, quien determinará la Agenda de las sesiones
de la Convención. Dicha agenda podrá ser modificada
por la mayoría de los votos idóneos
presentes.

CAPITULO II: COMITES DE
CONVENCIÓN

Artículo 70°: Sin perjuicio de la
designación de tantos comités, comisiones o
auxiliares que estime necesarios, el Presidente Internacional
designará los siguientes Comités de
Convención:

  • a) Comité de Credenciales y
    Votaciones

  • b) Comité de Resoluciones y
    Ponencias

  • c) Comité de Premiaciones y
    Reconocimientos

Artículo 71°: El Comité de
Credenciales y Votaciones determinará la capacidad de los
Delegados y Sub-Delegados de las Asociaciones Nacionales y de los
Clubes representados en la Convención mediante el examen
de sus credenciales. Dicho comité deberá informar
antes del inicio de la Sesión de Asamblea General sobre la
lista de los participantes con derecho a voto. Una copia de dicha
lista deberá se entregada al Presidente Internacional.
Este comité organizará tanto el desarrollo como el
escrutinio de las votaciones de acuerdo al reglamento que para
tal fin pueda desarrollarse.

Artículo 72°: El Comité de
Resoluciones recibirá los proyectos de resoluciones que se
presenten a la Convención y dictaminará si cumplen
con los procedimientos y reglas que gobiernan la
Convención

Artículo 73°: El Comité de
Premiaciones y Reconocimientos analizará todas las
aplicaciones a premios internacionales aprobados por el Consejo
Internacional de Presidentes que sean presentados por los Socios,
Clubes y Asociaciones Nacionales de conformidad con los
formularios de aplicación correspondiente a cada premio y
determinará los ganadores de los mismos, a
excepción del premio al mejor Presidente Nacional que
será determinado por el Presidente
Internacional.

CAPITULO III: DELEGADOS

Artículo 74°: Cada Club reconocido en
situación idónea por su Asociación Nacional
tendrá derecho a designar un Delegado y a un Sub-Delegado
para que lo represente en las deliberaciones y votaciones que se
lleven a cabo durante la Convención
Internacional.

Artículo 75°: El Delegado y el Subdelegado de
un Club deberán ser Socios Activos de LA OARGANIZACION y
deberán presentar una certificación en papel
membreteado, escrita a máquina y suscrita por el
Presidente y por el Secretario de su respectivo Club al
Comité de Credenciales y votaciones. La
presentación de este certificado es indispensable para que
el Delegado y el Subdelegado puedan representar a su Club en la
Convención Internacional.

Artículo 76°: El Subdelegado previa
notificación al Comité de Credenciales y
Votaciones, reemplazará al Delegado en sus ausencias
durante las deliberaciones y votaciones que se lleven a cabo. El
Delegado reasumirá su representación a su regreso a
la sala.

Artículo 77°: En las votaciones que se lleven
a cabo en la Convención Internacional, tendrán
derecho a voto las siguientes personas:

  • a) Los Delegados de los Clubes quines
    tendrán tantos votos como Socios Activos y Activos
    Mayores tengan en sus respectivos Clubes.

  • b) Los Presidentes de las Asociaciones
    Nacionales o sus representantes debidamente inscritos en la
    Convención Internacional, quienes tendrán
    derecho a un voto cada uno.

  • c) Todos los Socios Vitalicios, debidamente
    registrados en la Convención Internacional, quienes
    tendrán derecho a un voto. Los Socios Vitalicios
    podrán votar sólo si se encuentran presentes en
    la Asamblea General en el momento de la
    votación.

Artículo 78°: Los Clubes en situación
idónea que no pudieren hacerse representar por un
Delegado, pueden otorgar un poder a su Presidente Nacional o a
otro Delegado de su Asociación Nacional. El poder puede
ser con o sin instrucciones. El poder deberá estar escrito
en papel membreteado, a máquina y debidamente firmado por
el Presidente y el Secretario del Club. Mediante el poder se
podrán votar candidatos, postulaciones o
enmiendas.

Artículo 79°: Para que el delegado de un Club
pueda votar es necesario lo siguiente:

  • a) Que su Asociación Nacional se
    encuentre idónea en sus pagos y reportes. Para tal fin
    el Presidente Internacional entregará al Comité
    de Credenciales y Votaciones una lista en la que presente el
    informe respectivo.

  • b) Estar debidamente inscrito y por ende que
    haya pagado todas las cuotas de la
    Convención.

Artículo 80°: Todas las votaciones pueden ser
de viva voz, a excepción de aquellas por las cuales se
elijan oficiales, en la que el voto será secreto y por
escrito.

Artículo 81°: Las decisiones en la Asamblea
General de Socios se adoptarán mediante el voto afirmativo
de la mayoría de los votos acreditados en la
Convención, salvo en los casos en que estos estatutos
determinen otra cosa.

Artículo 82°: El Presidente Internacional
Electo será elegido por el sesenta y cinco por ciento
(65%) de los votos acreditados en la Convención. Si
ninguno de los candidatos obtuviese ésta mayoría se
celebrará una nueva votación en la que
tomarán parte los dos candidatos que hubieren obtenido el
mayor número de votos en la primera votación. En
caso que ninguno de los dos candidatos obtuviese el sesenta y
cinco (65%) por ciento requerido, el Presidente Internacional
abrirá un compás de tiempo en el cual se le
permitirá a cada candidato dirigirse a la Asamblea General
por un espacio no mayor de 5 minutos. Al finalizar ambas
intervenciones, el Presidente Internacional convocará a la
Asamblea General a una nueva elección. El ganador de
ésta votación será aquel candidato que
obtenga la mayoría de los votos emitidos. En caso de
existir un solo candidato, este deberá obtener el sesenta
y cinco (65%) por ciento de los votos acreditados en la
Convención en la primera votación, de lo contrario,
el Presidente Internacional abrirá espacio para nuevas
postulaciones.

CAPITULO IV: SEDE Y CUOTAS DE LA
CONVENCIÓN

Artículo 83°: La determinación de la
fecha y sede de La Convención Internacional, corresponde a
la propia Convención Internacional. Esta se tomará
dos años antes de su celebración. Los Clubes
interesados en ser sede de la Convención Internacional
deberán comunicarlo al Presidente Internacional a
más tardar noventa (90) días antes de la fecha de
inicio de la Convención Internacional del año en
curso. Si por caso fortuito o de fuerza mayor la
Convención no pudiera ser realizada en la fecha y lugar
aprobado, corresponderá al Consejo Internacional de
Presidentes, determinar la nueva fecha y lugar.

Artículo 84°: El Consejo Internacional de
Presidentes deberá ratificar las cuotas de
inscripción a la Convención Internacional
establecidas por el Club sede y establecerá la cuota de
inasistencia para las Convenciones Internacionales.

Artículo 84°: El Consejo Internacional de
Presidentes deberá ratificar las cuotas de
inscripción a la Convención Internacional
establecidas por el Club sede y establecerá la cuota de
inasistencia para las Convenciones Internacionales.

TITULO IX – FINANZAS

CAPITULO I: PATRIMONIO

Artículo 85°: El Patrimonio de LA
ORGANIZACIÓN estará compuesto por las cuotas
pagadas por las Asociaciones Nacionales y/o por sus socios, la
contribución, donación y las asignaciones
hereditarias, los bienes y derechos que adquiera con sus propios
medios y por los fondos generados en sus actividades. Ninguna
Asociación Nacional o Club tendrá derecho de
propiedad o de dominio sobre los bienes sociales de LA
ORGANIZACIÓN y en consecuencia, no representará
participación individual alguna aún por
disolución o por separación de LA
ORGANIZACIÓN, pues éste derecho queda renunciado
por todas y cada uno de los clubes desde el momento de su
aceptación.

Artículo 86°: LA ORGANIZACIÓN
podrá aceptar, previa aprobación del Consejo
Internacional de Presidentes, contribuciones, donaciones,
herencias y legados, pero siempre a beneficio de
inventario.

Artículo 87°: LA ORGANIZACIÓN
podrá adquirir cualquier título, previa
aprobación del Consejo Internacional de Presidentes,
bienes muebles e inmuebles y derechos reales o de cualquier
índole los que podrán estar libres o sujetos a
atribución.

CAPITULO II: CUOTAS

Artículo 88°: Las cuotas de LA
ORGANIZACIÓN podrán ser Ordinarias o
Extraordinarias.

Artículo 89°: Las cuotas Ordinarias
serán fijadas por el Consejo Internacional de Presidentes
y son las que pagan anualmente cada Asociación Nacional
sobre la base per cápita de sus socios según el
informe final del Presidente Nacional Saliente de junio 30 del
año administrativo anterior y la cuota por
Asociación Nacional. Estas cuotas deberán ser
canceladas a más tardar al principio del año
administrativo oficial de LA ORGANIZACIÓN.

Artículo 90°: Las cuotas extraordinarias
serán fijadas por la Convención Internacional
cuando fuere necesario. Estos fondos sólo podrán
ser destinados para un uso específico y podrán ser
en efectivo, pagarés o algún instrumento financiero
semejante.

CAPITULO III: ADMINISTRACIÓN

Artículo 91°: Se requiere de la
aportación del Consejo Internacional de Presidentes para
vender, ceder, donar, permutar, o de cualquier manera traspasar
los bienes inmuebles y derechos reales de LA ORGANIZACIÓN,
así como para constituir prendas, hipotecas o
gravámenes de cualquier índole sobre los
mismos.

Artículo 92°: LA ORGANIZACIÓN
mantendrá sus fondos líquidos en el banco o bancos
que determine el Consejo Internacional de Presidentes. Los fondos
serán manejados por el Presidente Internacional asistido
por el Secretario/Tesorero Internacional.

Artículo 93°: El Consejo Internacional de
Presidentes es el responsable de la Administración de los
activos fijos de LA ORGANIZACIÓN. Además, de
establecer los sistemas administrativos y contables conforme a
las normas y procedimientos generalmente aceptados en esta
materia.

Artículo 94°: En el evento que se acordase la
disolución de LA ORGANIZACIÓN, el Consejo
Internacional de Presidentes designará a tres (3)
fiduciarios, quienes se ocuparán de realizar el activo y
el pasivo de LA ORGANIZACIÓN. La cantidad líquida
que resulte, se depositará en un banco por el
término de un (1) año mínimo, al final del
cual, si LA ORGANIZACIÓN no se hubiese reorganizado,
dichos fondos serían cedidos a una institución de
caridad, institución esta que hubiese sido seleccionado
por la Convención Internacional en la que se acordara la
disolución.

TITULO X – DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I: REGLAMENTACIÓN Y
REFORMAS

Artículo 95°: Cuando sea necesario, las
disposiciones aquí contenidas podrán ser
desarrolladas por el Consejo Internacional de Presidentes
mediante reglamentos que deberán ajustarse a la letra y
espíritu de este estatuto.

Artículo 96°: Este estatuto, a solicitud de
alguna Asociación Nacional o del Consejo Internacional de
Presidentes, podrán ser reformados total o parcialmente
por votación afirmativa del 65% de los votos
idóneos presentes en la Convención Internacional,
incluyendo los votos por poder.

Las Propuestas de enmiendas deberán ser enviadas
al Presidente Internacional por lo menos ciento veinte (120)
días antes de la fecha de inicio de la Convención
Internacional, quien deberá, a su vez, enviar una copia a
cada uno de los Presidentes Nacionales por lo menos (90)
días antes de la fecha de inicio de dicha
convención.

CAPITULO II: PROCEDIMIENTO
PARLAMENTARIO

Artículo 97°: Las reglas revisadas de ORDEN
DE REBERTS serán la guía parlamentaria de LA
Organización.

CAPITULO III: CUERPOS AUXILIARES

Artículo 98°: Los Clubes Activo 20-30
podrán organizar cuerpos auxiliares de ex – activos
ó 40 + (más), damas y clubes juveniles.

CAPITULO IV: SUPREMACÍA DE LA LEY
CIVIL

Artículo 99°: El anterior estatuto
internacional y los reglamentos que lo complementen no
podrá constituirse o aplicarse para violar o causar que el
estatuto de la Asociaciones Nacionales violen las leyes de
algún estado, provincia o país donde se constituyan
y operen Clubes ACTIVO 20-30. En el caso de algún
conflicto, la ley civil será la que gobierne.

CAPITULO V

Procedimiento general de
Asamblea y etiqueta para oficiales, delegados y miembros del Club
Activo 20 – 30 Internacional

  • 1. Treinta minutos antes de iniciar la Asamblea
    General, las cartas de votación será
    distribuidas por los oficiales y delegados. Una vez que el
    tiempo haya expirado, se suspenderá la entrega de las
    mismas y el quórum será
    verificado.

  • 2. El Presidente Internacional, el Presidente
    Electo, El Tesorero, el Secretario y el Inmediato Pasado
    Presidente se sentarán a la mesa principal.

  • 3. Una mesa separada se designará para
    los Ex Presidentes Internacionales y Presidentes
    Nacionales.

  • 4. Los delegados con voto deberán
    sentarse al frente, cerca de la mesa principal. Sus
    estandartes deberán ser visibles o serán
    multados.

  • 5. Las decisiones del Sargento de Armas
    serán finales.

  • 6. Las Reglas Modificadas de Robert de
    Procedimiento Parlamentario será la guía
    parlamentaria para el desarrollo de la reunión de la
    Asamblea General.

  • 7. Cuando un delegado desee hablar,
    deberá levantar su mano con la paleta de
    votación. Una vez reconocido por el Presidente,
    deberá utilizar uno de los micrófonos, indicar
    su nombre, el de su club y país. Si esto no se hace,
    será multado.

  • 8. Si un delegado sin voto desea hablar, su
    delegado debe ser reconocido, introducirse y cederle la
    palabra al miembro no delegado que desea hablar.

  • 9. Los oradores tienen 5 minutos o menos para
    establecer su punto. No deberán repetir
    información que ya se haya expuesto, y no
    podrán hablar dos veces sobre un mismo tema, (a menos
    que sea quien presentó el tema). Serán multados
    por hablar más de 5 minutos o repetir
    información.

  • 10. Delegados, miembros o invitados que sean
    encontrados conversando, sobre otros temas o sin tener el
    turno, serán multados.

  • 11. Cualquier miembro que no utilice el nombre
    correcto "Activo 20 – 30" será multado.

  • 12. El consumo de bebidas alcohólicas
    durante la Asamblea General no está permitido.
    Aquellas personas que estén ingiriendo licor,
    serán invitadas a salir por parte del Sargento de
    Armas.

  • 13. El Código de vestimenta para la
    Asamblea General, será semicasual. Chalecos y Camisas
    del Club será adecuados, no así los pantalones
    de mezclilla o vaqueros, ni shorts (pantalones cortos) o
    camisetas.

5.2 MANUAL DE PROTOCOLO

PROTOCOLO: El pequeño diccionario
Larousse, lo define entre otros términos como:
CEREMONIAL

(Sinónimo etiqueta).

ETIQUETA: CEREMONIAL que se observa en los
palacios y en actos públicos solemnes.

PROTO: Prefijo del griego prótos que
significa PRIMERO y se usa en varias palabras compuestas para
denotar SUPERIORIDAD o PROMINENCIA
PRIVILEGIO
.

Pero la definición que más se ajusta a lo
que pretendemos, tratamos y hemos de realizar, se encuentra en el
diccionario Enciclopédico Salvad.

PROTOCOLO: Regla ceremonial diplomática o
palatina establecida por decreto o costumbre.

En Activo 2030 con frecuencia se presentan
momentos o situaciones en que hay que vivir, respetar y aplicar
el protocolo.

Cuándo y cómo debemos aplicar o
desarrollar protocolo en Activo 2030. Enmarcado en lo que
generalmente es protocolo-etiqueta y distinguir a las personas
que en un momento son considerados por el cargo o el nivel que
ocupan, superiores y que por lo tanto la participación de
ellos nos obliga a considerar que el acto debe desarrollarse como
lo marca la etiqueta o protocolo y en algunos actos con variantes
en el procedimiento a utilizar según se dé el caso.
En razón a todo lo anterior, considero y está en
ustedes por la autoridad que les confieren los Estatutos,
establecer lo que por costumbre algunas veces se dá, un
decreto que defina protocolo en Activo 2030.
Es importante y
oportuno señalar lo siguiente: no hay un manual que yo
conozca en Activo 20-30 que describa el protocolo a
utilizar en los distintos actos que se viven dentro de la
organización. Se me pidió en una ocasión
hace ya varios años que escribiera una guía o
manual para protocolo en Activo 2030 Internacional,
particularmente por lo de la ceremonia de la noche de gala. Lo
hicimos y es el manual que supuestamente se debe estar usando y
el cual debería ser del conocimiento de todos los
oficiales internacionales. Entrando propiamente en el tema,
veremos algunos ejemplos, haremos algunos ejercicios,
desarrollaremos algunas situaciones o figuras que se pueden dar
en lo común dentro de la vida protocolar en Activo
20-30
, desde el punto de vista muy particular de mi persona.
Si alguien en Activo 20-30 tiene alguna sugerencia o algún
conocimiento sobre el tema, que nos permita mejorar el ensayo que
aquí les presentamos, por favor anoten sus ideas para que
se analicen y se discutan en su Asociación Nacional
y a través de los canales establecidos en la
organización, den a conocer sus proposiciones que
modifiquen y mejoren el presente trabajo el cual pretende
proporcionar una guía para el manejo o aplicación
de procedimientos a utilizar dentro del protocolo en Activo
20-30.

Desde el momento en que se entra en contacto con
algún oficial, no importa su nivel, desde ese momento debe
observarse el protocolo; sobre todo, si el nivel del mismo va
creciendo en grado o categoría. Lo mismo, si vamos a
ponernos en contacto con alguna persona importante o distinguida,
ya sea por su figura o porque esté al frente de alguna
institución pública, privada o represente de
algún grupo; la forma en que debemos de dirigirnos a esa
persona debe ser con respeto, tratando de utilizar los
términos más correctos y claros posibles y las
palabras más adecuadas según nos lo permita nuestra
rica, variada y elegante lengua española.

Protocolo para mí en la vida diaria y
sobre todo en situaciones especiales, es reflejo de cultura, de
conocimientos, de formación, de madurez ó de
respeto. La actitud, el trato, la cortesía, refleja
también el origen de nuestra persona y la formación
de hogar o familia que tenemos y la que socialmente hemos
desarrollado. Por lo tanto, protocolo es también entre
otras definiciones; respeto elegancia inteligencia. Cualidades
que deben adornar y distinguir a un oficial en Activo 20-30 y
más aún, cuando sus nivel es alto. Pero en
términos generales, todos los Activos 20-30 no importa el
cargo o posición que ocupe, deben siempre y en todo
momento, manejarse conducirse y actuar como la norma lo
indica.

A través de algunos ejemplos veremos la
aplicación de ciertas reglas básicas de Protocolo
en Activo 20-30.

ESCENARIO # 1

Visita de un oficial de la Asociación
Nacional, ya sea electo o designado, de un nivel inferior en
cargo a un Presidente Nacional o Presidente Nacional Electo. Bien
puede ser un Secretario, un Tesorero, editor en Jefe de la
Revista Nacional, Oficial de Relaciones Internacionales,
etc.

Si la visita es oficial:

  • ?  Investigar cómo llegará a
    nuestro club

Si es por vía aérea: ir a
recibirlo

Si es por automóvil: coordinar su llegada al
recinto de sesiones.

  • ? Hopedale

¿Tiene reservaciones en un hotel?, o en que casa
se va a hospedar, etc.

  • ? Al llegar al club

Qué comité lo va a atender o recibir, el
Presidente puede designar a un Vicepresidente o algún
socio para que cumpla esta misión.

  • ? Al momento de desarrollarse la
    sesión
    , si es ordinaria, colocarlo en la mesa
    principal a la derecha del Presidente.

El Vicepresidente y los demás miembros de la
mesa
se recorrerán un puesto a su derecha. Debe
incluirse un punto en el orden del día para que brinde su
informe o el motivo de su visita. Debe escuchársele con
atención y cortesía. Si el grupo del Club Activo
20-30 es pequeño se puede realizar una auto
presentación.

  • ? Al finalizar la reunión debe
    atendérsele y posteriormente ultimar los detalles para
    su salida al hotel o al lugar del hospedaje. Cubrirle los
    costos de sus bebidas (limitadas y sociales) y sus alimentos
    si estos se dan en el momento de la
    reunión.

  • ? Si la visita no es OFICIAL, siempre
    por cortesía y respeto debe ubicársele en la
    mesa principal, y no es necesario ponerlo en el orden del
    día, es opcional la auto presentación
    así como también su transportación y
    demás atenciones. En asuntos varios puede hacer uso de
    la palabra para su saludo.

  • ? Si la visita coincide con alguna
    reunión extraordinaria
    como por ejemplo cena o
    conferencia, se le considerará en la mesa principal y
    su ubicación dependerá de las personalidades
    que puedan participar en esta reunión, y si no las
    hay, se le ubicará a la derecha del Presidente. No se
    le considera en el orden del programa y sí se le
    mantiene todas las demás atenciones.

  • ? Si son dos oficiales los que coinciden en
    la reunión,
    el de mayor jerarquía se
    ubicará a la derecha del Presidente y el otro oficial
    a la derecha del primero. El Vicepresidente del Club pasa a
    la izquierda del Presidente, los otros miembros de la Junta
    Directiva pasaran a ocupar los puestos que queden a ambos
    lados de los ya ocupados.

NOTA: En el escenario patrón se
describe la ubicación de los puestos anteriormente
señalados
.

ESCENARIO # 2

Visita de un Presidente de un Club Activo 20-30 ya
sea de nuestra Asociación o de cualquiera
otra.

Si la visita es oficial y está anunciada, debe
verse los detalles de la llegada y del hospedaje de las personas
que realizan la visita.

Posición en la mesa principal. Se
ubicará al Presidente del Club visitante a lado derecho
del Presidente del Club anfitrión, después el
Vicepresidente del Club y los demás integrantes de la
Junta Directiva conservaran su lugar. Se correran los que tienen
que hacerlo. Realizar auto presentación.

En el orden del día se debe considerar un punto
para la participación del visitante distinguido.
Escucharlo con atención y cortesía. Si este
Presidente de Club es acompañado por una delegación
de su club, estos se ubicarán entre los socios del club
anfitrión.

Inmediatamente termine la reunión y las
atenciones que a ellos se les puedan brindar, el Comité
Encargado
de su atención así como
también el Presidente del Club anfitrión,
deberán coordinar todos los detalles para su regreso al
lugar de su hospedaje o la movilización a su lugar de
origen. Las bebidas sociales y los alimentos que se tomen en su
visita, serán cubiertos por el club
anfitrión.

Si la visita llegara a coincidir con alguna
reunión extraordinaria
ya sea con cena o conferencia
por ejemplo, considerar al Presidente del Club que nos visita en
un puesto en la mesa principal y no toma parte en el programa a
menos que el mismo programa lo permita y pueda hacerlo en asuntos
varios para su saludo breve.

Si llegase a coincidir la visita del Presidente
de un Club con la de otro Oficial de la Asociación
Nacional
y éste no tiene el cargo de Presidente
Nacional o Presidente Nacional Electo, entonces el Presidente del
Club que nos visita, se colocará a la derecha del oficial
de la Asociación Nacional; quien a su vez estará
ubicado a la derecha del Presidente del Club
anfitrión.

ESCENARIO # 3

Visita del Presidente Nacional o del Presidente
Nacional electo de nuestra Asociación o de cualquier otro
Oficial Nacional de otra Asociación y que ocupe igual
cargo.

Investigar la forma de llegar a la ciudad, si es
por vía aérea esperarlo en el aeropuerto. El
Presidente del Club con una comitiva deberá cumplir esta
misión, coordinar todo lo de su hospedaje, si es en un
hotel observar que el mismo lugar guarde las comodidades del
caso; si es en alguna casa familiar cuidar los mismos
detalles.

En la sesión del club:

.Sentarlo a la derecha del Presidente del club,
el Vicepresidente del club pasa a ocupar el lado derecho del
visitante, los demás miembros de la Junta Directiva
mantendrán el orden en sus puestos, se recorren los que
tienen que hacerlo.

  • ? Incluir un punto en el orden del
    día
    para que se de una auto presentación.

  • ? Incluir en el orden del día un punto
    para la participación del oficial que nos
    visita y así pueda transmitir el mensaje que tenga a
    bien hacer llegar al club.

  • ? Los alimentos y bebidas sociales del
    Presidente Nacional o Presidente Nacional Electo
    correrán por el club anfitrión.

  • ? Colocar el estandarte de la
    Asociación
    Nacional en la mesa frente al portador
    del mismo o en el lugar designado para ello. Si es posible,
    lo ideal es colocar un pódium.

  • ? Si la visita coincide con una
    reunión extraordinaria, cena o conferencia,

    colocar al Presidente Nacional o Presidente Nacional electo,
    en la mesa principal a la derecha del Presidente del club y
    en general se mantiene el mismo orden para estos
    programas.

Excepción a la regla: Si en
el acto programado para una reunión extraordinaria, se
encuentra presente una autoridad civil de nivel Gobernador,
Alcalde o Presidente Municipal, Ministro de Estado ó
Director de una entidad autónoma, esta persona invitada
que bien puede ser el orador o en su honor se está
realizando la reunión, esta persona se ubicará
inmediatamente a la derecha del Presidente del club o de quien la
presida. El Presidente Nacional o el Presidente Nacional electo u
otro oficial de nivel nacional, pasa al lado izquierdo del que
preside la reunión. Los demás oficiales del club,
si hay lugar en la mesa principal, pasan a ocupar los puestos al
lado de cada uno de los invitados.

  • ? Incluirlo en un punto dentro del orden del
    día
    para que pueda dar su mensaje, esto es si la
    reunión es una sesión cena.

  • ? Si la reunión es una conferencia o
    algo similar de debate
    de algún asunto particular
    de la comunidad, no es necesario incorporarlo en la
    agenda. Si se presenta la oportunidad en el desarrollo del
    evento, tomará la palabra como parte del
    debate.

  • ? Si el Presidente Nacional o Presidente
    Nacional Electo viene acompañado de un Oficial
    Nacional electo por votación o designación
    directa del Presidente de la Asociación Nacional o por
    un Presidente de un Club,
    este acompañante se
    sentará a la derecha de él y el Vicepresidente
    del Club pasará a ocupar el puesto inmediato a la
    izquierda del Presidente del Club anfitrión, los
    demás miembros de la Junta Directiva se
    ubicarán en los puesto que queden a ambos lados de las
    personas anteriormente citadas.

  • ? Si el Presidente Nacional y el Presidente
    Nacional Electo coinciden en una reunión oficial
    ,
    el Presidente Nacional Electo se ubicará a la derecha
    del Presidente Nacional quien estará ocupando la
    posición inmediata a la derecha del Presidente del
    Club anfitrión. Y si algún otro Oficial
    Nacional también está presente, se le
    ubicará entre los socios del club en el lugar lo
    más próximo a la mesa principal.

ESCENARIO # 4

Visita del Presidente Internacional o Presidente
Internacional Electo o cualquier otro Oficial
Internacional.

Coordinar con especial atención todos los
detalles de su llegada a nuestra ciudad, y si la misma se da por
vía aérea organizar una bienvenida por un
comité encabezado por el Presidente del Club en el
Terminal aéreo. Así como también coordinar
todos los detalles de su hospedaje, vigilando todos los aspectos
de comodidad, seguridad y demás en el hotel o residencia
que reúna las condiciones mínimas necesarias para
su cómoda estadía.

  • ? Reunión de trabajo: citar para
    la reunión especial a todos los socios del club
    informando el motivo de la citación. Organizar un
    comité de atención y bienvenida. Sentarlo a la
    derecha del Presidente del Club y si le acompaña otro
    Oficial Internacional que bien pudiera ser el Presidente de
    la Asociación Nacional sentarlo a la derecha del
    Presidente Internacional. Y si los acompaña otro
    Oficial de Nivel Internacional, a la derecha inmediatamente
    del Presidente Nacional. El Vicepresidente del Club a la
    izquierda del Presidente de su Club y los demás
    miembros de la Junta Directiva conservaran sus puesto, se
    recorren los que tienen que hacerlo.

  • En el orden del día anotar como punto
    especial la participación del Presidente Internacional
    y limitar la reunión a este punto
    y quizás
    alguno sobresaliente que sea necesario tratar.

  • Sin importar el tamaño del grupo que se
    visita debe darse una auto
    presentación
    .

  • Si se cuenta con las facilidades lo ideal
    será colocar un podium para que el Presidente
    Internacional dé su mensaje. Escuchar con
    atención y cortesía sus palabras.

  • Colocar detrás de las personas que
    ocupan la mesa principal o a los extremos de la misma
    preferiblemente detrás del podium, la
    bandera del país sede del club y la del
    país
    de origen de la Presidencia
    Internacional
    . La Bandera del País del Presidente
    Internacional se ubicará a la derecha del país
    del club anfitrión. Los estandartes se pueden ubicar
    en la mesa de trabajo o en el lugar designado o indicado para
    ello.

  • Si se organiza una reunión cena en honor
    al visitante
    lo que en realidad procede en estos casos,
    dicha reunión debería hacerse en forma
    conjunta con las esposas. Se formará una mesa
    principal y en la misma se ubicará en el centro el
    Presidente del Club anfitrión a su derecha el
    Presidente Internacional y a la derecha de éste,
    cualquier otro oficial de la Asociación Nacional a
    nivel de Presidente Nacional o Presidente Nacional Electo. A
    la izquierda del Presidente del Club el Vicepresidente del
    Club, si hay algún vitalicio se ubicará a la
    izquierda del Vicepresidente del Club -opcional sí el
    club quiere y puede tener esta cortesía para con sus
    socios vitalicios-. Los demás miembros de la junta
    directiva del club se ubicaran en otras mesas
    auxiliares.

  • ? En el orden del día o agenda se
    establecerá la bienvenida por el Presidente del Club y
    el mensaje por el Presidente Internacional y previamente a
    este la auto presentación.

  • Las banderas nacionales guardaran la misma
    posición que se describe en la reunión
    ordinaria.

  • Al finalizar la reunión cena,
    organizar los últimos detalles para la
    transportación al lugar de hospedaje del visitante
    distinguido.

  • Si el club y el tiempo lo permite, es importante
    programar una visita a las obras realizadas por el
    club
    , así como también presentarlo a las
    más altas autoridades de la ciudad o de la provincia o
    estado y si es posible a los medios de
    comunicación.

NOTA: Si se dio auto presentación en
una reunión de trabajo se elimina la auto
presentación en la reunión cena.

ESCENARIO # 5

Toma de Posesión: Sin la asistencia de
ningún Oficial Internacional o Nacional de cualquier
nivel.

Mesa Principal: Se ubica al Presidente saliente,
al entrante, con sus respectivas esposas o acompañantes, a
la autoridad civil más alta como Gobernador, Alcalde,
etc.; al representante de la Iglesia, los vitalicios sí
son miembros del club. -opcional-

El Presidente saliente ocupa la parte central, a su
derecha la más alta autoridad civil presente, si es el
Gobernador y a la vez se tiene también al Alcalde,
éste va a la derecha del Gobernador.

A la izquierda del Presidente Saliente va el Presidente
Entrante y después el representante de la Iglesia, al lado
del Alcalde o su representante va el vitalicio o bien puede ser
un socio fundador que por su trayectoria ejemplar se le quiera
distinguir.

Los Presidentes o representantes oficiales de otros
clubes se les colocarán en una mesa auxiliar en uno de los
extremos lo más próximo a la mesa principal. En el
otro extremo de la mesa principal se ubican a los otros invitados
representantes de otros grupos cívicos u organizaciones
destacadas en su comunidad.

Si no se cuenta con la asistencia de un Gobernador o de
un Alcalde, se puede incorporar a la mesa principal al
Vicepresidente Saliente y al Entrante y sus respectivas esposas.
En este evento o situación, el Presidente entrante se
colocará a la derecha del Presidente Saliente; a la
izquierda del Presidente Saliente, el Vicepresidente Saliente y a
la derecha del entrante el Vicepresidente Entrante, en uno de los
extremos el representante de la Iglesia. En estos casos si
está presente un representante de alguna empresa u
organización muy importante de la comunidad y que su
relación con el club sea muy estrecha por su ayuda al
club, se le puede incluir en la mesa principal hacia uno de los
extremos.

El orden del programa debe estar por escrito destacando
la presentación de la mesa principal. Iniciando la
presentación por la persona que represente la más
alta autoridad civil y después la segunda en
jerarquía. Posteriormente el Presidente Saliente,
después el entrante, el representante de la Iglesia y los
demás que ocupen la mesa principal.

Importante anotar sus nombres y cargos para no
improvisar. Después a los representantes de otros clubes y
otras organizaciones presentes como invitados especiales. La
forma de vestir debe ser formal.

Programa:

Bienvenida

Código Activo 2030

Invocación Religiosa

Juramentación nuevos Socios -Período que
finaliza protocolarmente-

Error! Bookmark not defined.Entrega de
Reconocimientos

  • Palabras Presidente saliente

  • Juramentación Presidente entrante

  • Colocación Banda Presidencial-Pin
    Presidente

  • Ex Presidente – Juramentación nueva Junta
    Directiva

  • Palabras poor el Presidente entrante

  • Tribuna Libre.

NOTA: Lo ideal es evitar tribuna libre. Opcional auto
presentación que se puede realizar durante la cena. Si hay
algún reconocimiento por y para miembros del comité
de Damas puede hacerse inmediatamente termine la entrega de
reconocimientos a los socios. Recuerden la Bandera del
País, el estandarte un lugar propio para ello. Evitar
llegar y colocar estandartes de otros clubes. No es
reunión de trabajo. La decoración debe
respetarse.

ESCENARIO # 6

Toma de Posesión de un Club Activo 20-30 con
la asistencia de un Presidente Nacional o Presidente Nacional
Electo y autoridades del gobierno civil.

Mesa Principal: Presidente Saliente al centro, a
su derecha inmediatamente el Presidente Nacional y/o el
Presidente Nacional Electo, a la izquierda del Presidente
Saliente después de su esposa, el Presidente Entrante. A
la derecha del Presidente Nacional o Nacional Electo, el
Gobernador y después a la derecha del Gobernador el
Alcalde, a la izquierda del Presidente Entrante después de
su señora, al representante de la Iglesia o bien puede
ocuparse el sitio por el Alcalde o su representante y
después el de la Iglesia esto es para balancear la mesa o
bien el representante de la Iglesia puede pasar al lado del
Gobernador, sí hay vitalicio del club, podrá estar
a la derecha del Gobernador. Si se quiere distinguir a un
fundador este pasa a ocupar algunos de los puestos del extremo,
todos con sus respectivas esposas o
acompañantes.

Mesa auxiliar en un extremo de la mesa principal
para los Presidentes de otros Clubes de la Asociación y
algún otro oficial de la Asociación Nacional de
menor jerarquía que un Presidente Nacional o Presidente
Nacional Electo. Esta mesa debe ubicarse hacia uno de los
extremos de la mesa principal lo más próximo a
ella. Hacia el otro extremo la otra mesa auxiliar con los
demás invitados que representan otras organizaciones o
grupos afines a los de Activo 20-30.

El orden del programa es igual al del anterior escenario
e igual a las recomendaciones de la Bandera detrás de la
mesa principal o al lado del podium. Evitar comer, picar, hacer
desorden durante el acto protocolar sobre todo al momento de los
discursos o presentación de invitados.

Presentación Mesa Principal

  • ? Autoridad civil de más alto nivel
    -Gobernador o su representante-.

  • ? Alcalde o su representante.

  • ? Presidente Nacional o Presidente Nacional
    Electo.

  • ? Presidente saliente.

  • ? Presidente entrante.

  • ? Representante de la Iglesia.

  • ? Demás miembros de la mesa
    principal.

Después las personas que ocupan las dos mesas
auxiliares anexas a la principal.

NOTA (1): Sí no está presente el
Presidente Nacional o el Electo, y sí un oficial Nacional
por Elección, éste hay que ubicarlo en la mesa
principal a la derecha del Gobernador o Alcalde, si estas dos
personas están presentes el oficial al que nos referimos
se ubicará a la izquierda del Presidente Entrante
después de su señora, antes del representante de la
Iglesia.

NOTA (2): Si llegase a coincidir Presidente
Nacional y Presidente Nacional Electo y están presentes
autoridades civiles de gobierno. El Presidente Nacional se coloca
inmediatamente a la derecha del Presidente Saliente y a la
izquierda del Presidente Entrante después de su esposa al
Presidente Nacional Electo.

NOTA (3): Si llega a coincidir Presidente
Nacional y Presidente Nacional Electo y no está presente
ninguna autoridad civil de un nivel Gobernador, Alcalde u Obispo.
El Presidente Nacional se coloca inmediatamente a la derecha del
Presidente Saliente que preside la mesa, el Presidente Nacional
Electo a la derecha del Presidente Nacional, el representante de
la iglesia a la izquierda del Presidente Entrante del
club.

ESCENARIO # 7

Toma de Posesión con la visita de un
Presidente Internacional o Presidente Internacional Electo y con
la asistencia también del Presidente Nacional o Presidente
Nacional Electo así como también autoridades
civiles.

MESA PRINCIPAL: Presidente Saliente del club en
el centro, inmediatamente a su derecha, el Presidente
Internacional y a su derecha el Presidente Nacional. A la
izquierda del Presidente Saliente después de su esposa se
coloca al Presidente Entrante, después de la esposa del
Presidente Entrante a la autoridad civil más alta
-Gobernador- si está el Alcalde va después del
Gobernador, al otro extremo al lado del Presidente Nacional se
ubica al representante de la Iglesia y si hay un vitalicio antes
del Representante de la Iglesia y/o el representante de la
Iglesia pasa al lado de la Autoridad civil después del
Gobernador y el Alcalde.

Si también asiste el Presidente Nacional Electo,
éste se puede ubicar a la derecha del Presidente
Nacional.

Partes: 1, 2, 3, 4
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