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El campo asegurador Paraguayo




    Nuevos desafíos del campo asegurador – Monografias.com

    Nuevos desafíos del campo asegurador

    El campo asegurador paraguayo pasa por una situación de transición, tratando de cumplir su rol de empresa de servicio social, en ese sentido dando pasos agigantados hacia una consolidación, se han dado cambios tanto en el Manual y Plan de Cuentas, como ciertos indicadores que buscan es que las compañías de seguro puedan contestar a los requerimientos de sus asegurados, y hacia ella apuntan una serie de regulaciones que han sido implementadas últimamente por el organismo de control (S.I.S.).

    En ese sentido, queremos analizar lo que se está dando en el mundo moderno en materia de seguros: Solvencia II, se basa en una regulación de la supervisión orientada hacia el riesgo, por lo cual resulta esencial comprender el futuro tratamiento de la supervisión del sector asegurador, entendido éste en sentido amplio, esto es incorporando en su alcance tanto al Seguro directo – a nivel individual y a nivel de grupo, consolidación – como al reaseguro, con requerimientos de provisiones técnicas, de capital mínimo de solvencia (MCR) y de capital de solvencia (SCR), asi como la posibilidad de que el supervisor adopte medidas, incluido el requerir capital adicional de solvencia ante situaciones que manifiesten un riesgo potencial o real para la solvencia de la entidad. Asimismo, se ha hecho necesario extender el sistema de modelos internos tanto a las aseguradoras como a las reaseguradoras, para que éstas analicen y conozcan su perfil de riesgos.

    Entre las razones del proyecto, se tiene la carencia del sistema europeo vigente (Solvencia I), basado en los Tres Pilares "tradicionales": margen de solvencia, provisiones técnicas y activos aptos, con escasa armonización, por lo que se tiende hacia una supervisión basada en el riesgo y sobre el balance total. También Basilea II ha aportado metodologías e ideas básicas para una mejor gestión de riesgos.

    A continuación se exponen los tres pilares sobre los cuales se desarrollan este proyecto:

    PILAR I:

    • Lo cuantitativo: adecuación de recursos financieros, formados por las Provisiones Técnicas y los requerimientos de capital, amparados por activos gestionados sobre la base de principios de administración prudente.

    • Las Provisiones Técnicas deben ser consistentes con el mercado.

    • Doble requerimientos de capital: el SCR y el MCR.

    • Doble cálculo del SCR: fórmula estándar y modelo interno.

    Se ha convenido en que la evaluación de solvencia de una aseguradora debe basarse sobre el Balance integralmente (Total Balance-Sheet Approach), utilizando matrices de correlaciones (A mayor correlación, mayor requerimiento de capital), valorando las pérdidas esperadas e inesperadas, con requerimientos proporcionales (Costo versus beneficios), es decir a empresas pequeñas no se la aplicarán los mismos requerimientos que a las grandes.

    Solvencia II, no trata de acertar o adivinar el futuro sino de no quedarse corto (probabilidad de ruina), pues lo importante no es la media (el valor probable) sino la variabilidad en torno a la media (Desviación Standard)

    Todos los activos serán valorados a su valor de transferencia, en tanto que los Pasivos como Valor de cumplimiento o de transferencia, de manera que el Neto sea valido para la ponderación del cumplimiento de solvencia, y este neto sea el posible que puede presentarse en el momento final (dentro de un año), además de considerar cuales de esos netos serán aptos para cumplir.

    Esta valoración se realizará a través de enfoques modulares, por ejemplo: las inversiones por un lado, los saldos comerciales por otro, etc.

    Pero, que significa enfoque modular?: Se identifican los riesgos principales, cada uno constituye un módulo. Dentro de cada uno de los riesgos principales (p.e. riesgo de mercado) se identifican sus "subriesgos" (acciones), que generan sus sub módulos.

    Para cada sub módulo:

    • Se calcula el capital requerido asociado al sub riesgo.

    • Se agregan los capitales requeridos por sub riesgos para obtener el capital requerido correspondiente al riesgo principal.

    • Se agregan los capitales requeridos por riesgos principales para obtener el capital requerido total

    PILAR II

    • Incluye los requisitos cualitativos en la gestión

    • El proceso de supervisión puede conducir a:

    • Adiciones de capital ("capital add on")/ medidas para reducir el riesgo

    • Armonización creciente de las prácticas de supervisión

    • Cooperación y convergencia crecientes en términos de supervisión.

    • Autoevaluación de riesgos y solvencia (ORSA)

    Los aseguradores deben proporcionar como parte de su ORSA una comparación entre:

    • Su plan de negocio y sus necesidades del capital, y

    • Los requisitos reglamentarios incluyendo la política sobre los fondos propios y el resultado del cálculo del SCR

    Los supervisores tomarán en cuenta las diferencias entre el perfil real del riesgo del asegurador y las hipótesis estándares del SCR

    Las entidades deberán establecer y mantener en todo momento sistemas de control interno adecuados. Existe una conciencia clara y creciente de la importancia del Control Interno, tanto a nivel del supervisor como de la industria.

    Las actividades de control interno a ser llevadas por las entidades abarcarán:

    Controles en Productos

    Controles en Emisión

    Controles en Siniestros

    Controles en Clientes

    Controles en Inversiones

    Controles en Reaseguro

    Controles en Información

    Controles en Externalización

    • Objetivo principal de la supervisión:

    Protección de los asegurados. Otros secundarios (estabilidad financiera).

    • Principios generales de la supervisión:

    Enfoque prospectivo y orientado al riesgo. Verificación continúa.

    Supervisión in situ y a distancia.

    Proporcionalidad.

    • Transparencia y responsabilidad:

    • Divulgación de información, incluyendo los criterios usados en el SRP, y los propios objetivos, funciones y actividades de la supervisión.

    • Idea de responsabilidad de la actividad supervisora, para reforzar la seguridad jurídica del sistema y su eficacia y credibilidad.

    • Nombramiento de los directores y responsables de las autoridades supervisoras.

    • Proceso de revisión supervisora (SRP):

    • Evaluación y revisión tanto de los requerimientos cuantitativos como cualitativos a que está sometida la entidad.

    • Revisión de:

    • Sistemas de gobierno de la entidad.

    • Provisiones técnicas.

    • Reglas de inversión.

    • Fondos propios (suficiencia y calidad).

    • Modelos internos.

    • Regularidad de los procesos de revisión. Seguimiento de las medidas adoptadas.

    PILAR III

    • Información al mercado para reforzar la disciplina de mercado.

    • Armonización de la información al supervisor.

    • La información al mercado en Solvencia II deberá producir un estimulo convincente para que las empresas de seguro manejen su negocio de una manera sana y eficiente, incluyendo un incentivo para que mantengan una posición de capital adecuada que pueda actuar como amortiguador contra las pérdidas potenciales que se presentan como consecuencia de la exposición al riesgo.

    • Deberá permitir tomar decisiones basadas en mejor información. A largo plazo, la disciplina mejorada del mercado creará mercados financieros más estables, que recompensen el buen funcionamiento y faciliten una identificación más fácil de cualquier fallo.

    • La armonización fomentará la convergencia de las prácticas de mercado y de supervisión:

    • Reducción de costos para las empresas.

    • Facilitación del intercambio de información.

    • Calidad realzada de la información.

    • Prevención del arbitraje reglamentario y de la desigualdad de tratamiento.

    • Calidad y velocidad en tiempo real de la colecta de datos para propósitos estadísticos.

    El nuevo enfoque de Solvencia II, es sensible al riesgo, y ésto se traduce en un requisito financiero, debiendo tener en cuenta las informaciones provistas por los mercados, las Provisiones Técnicas que tienen que ser prudentes y permitir comparaciones mundiales, debiendo éstas incluir un margen de riesgo explícito.

    Este Régimen de Solvencia requiere determinar una « mejor estimación » de las Provisiones Técnicas, actualizándolas al tipo sin riesgo, incluyendo explícitamente cualquier opción y garantía.

    Un Régimen de Solvencia debe de tratar al menos los riesgos de suscripción, de mercado, operacional y de liquidez. El Margen de Riesgo se debe calibrar de manera que el valor de las Provisiones Técnicas sea el valor que pudiera tener para un comprador de los compromisos (Valor de Transferencia).

    El proyecto Solvencia II pretende imponer una protección uniforme, que actúe tanto de mínimo como de máximo, es decir, sin margen de manobria dejada a los Estados Miembros, por lo que tendrá un Impacto considerable y directo, ya que éstos no podrán tomar medidas « más prudentes » que descarten las reglas de Solvencia 2, las que serán de aplicación directa.

    NIVELES DE CONTROL DE SOLVENCIA

    • Escalera supervisora:

    Se configuran 4+1 niveles de solvencia, y dependiendo del nivel en que estemos, el tipo de acciones variará.

    • Nivel 1: capital disponible> SCR ¨ajustado¨.

    • Nivel 2: capital disponible< SCR ¨ajustado¨.

    • Nivel 3: capital disponible< SCR

    • Nivel 4: capital disponible< MCR

    • Nivel 4+1: relativo a los elementos aptos para cobertura de PPTT, y el SCR

    COORDINACIÓN SUPERVISORA

    Sólo será posible crear condiciones de competencia realmente equitativas a través de prácticas comunes y más coherentes entre las autoridades de supervisión en lo relativo a la toma de decisiones y a su aplicación.

    • Necesidad de más intercambio de información

    • Necesidad particularmente relevante con respecto a los modelos internos y al intercambio de información con respecto a los grupos

    • Cooperación creciente y convergencia de supervisión

    Coordinación supervisora con respecto a los modelos internos:

    Los supervisores deben asegurarse de que los resultados de los modelos internos son comparables, produciendo el mismo nivel del requerimiento de capital en el caso de empresas de seguros y de los grupos de seguros con el mismo perfil del riesgo.

    Coordinación supervisora con respecto a la supervisión de grupos:

    La eficacia del proceso de supervisión de un grupo dependerá fuertemente de la manera que cada supervisor realiza sus deberes y que comparte su conocimiento con los otros supervisores implicados.

    La propuesta de Directiva introduce un conjunto completo de disposiciones que imponen a las autoridades de supervisión la obligación de intercambiar información de manera automática (información esencial) o previa solicitud (información pertinente), a consultarse antes de adoptar decisiones importantes, y cursar debidamente las solicitudes de verificación de información

    Cooperación creciente y convergencia supervisora:

    • Los supervisores se beneficiarían en términos del intercambio de la información mutuo y de la duplicación del trabajo limitada.

    • Los aseguradores se beneficiarían de una eficacia creciente de conformidad con la regulación en diversos países.

    • Los supervisores y los aseguradores se beneficiarían de experiencias externas y de las mejores prácticas.

    Los desafíos en la convergencia de las prácticas supervisoras serán facilitados limitando el alcance para las opciones a la discreción nacional en la legislación de Solvencia II.

    Fomentar la convergencia requiere que los supervisores desarrollen sus prácticas de supervisión reales en línea con los estándares y las prácticas convenidas dentro de CEIOPS.

    Por último, Solvencia II, también le ha dado un enfoque a la SUPERVISIÓN DE GRUPOS DE ENTIDADES ASEGURADORAS (Conglomerados Financieros), en tal sentido se tiene previsto enfocar los efectos de la diversificación, la transferibilidad del capital y su ubicación dentro del grupo.

    Se tiene previsto establecer condiciones que ha de cumplimentar el capital contingente de apoyo para admitirse, tales como:

    • Ha de constituir un compromiso formal para proporcionar apoyo en forma de capital apto.

    • El supervisor del grupo ha de poder, a petición del supervisor local, exigir el envío de capital, en plazo y en efectivo, a la entidad individual cuando se necesite (p.e. ruptura del SCR).

    • La forma jurídica de este instrumento ha de permitir que no existan barreras para su transferibilidad.

    • La matriz ha de ser solvente (posibilidad de que se exijan garantías adicionales en forma de garantías bancarias o por operación de seguro).

    También se tiene previsto cooperación con terceros países que tengan subsidiarias, afiliadas o integren holding que no estén en el EEE (Espacio Económico Europeo).

     

     

     

    Autor:

    Por. Prof. Maest. Enrique Ocampo Ramírez

    Pro tesorero del CCPY

    Supervisor de Gestión del B.C.P.

     

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