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Controles de aduana para la detección de mercancías de importación (Punto Fijo, Ven)



  1. Introducción
  2. El problema
  3. Marco teórico
  4. Definición de Términos Básicos
  5. Marco metodológico
  6. Referencias bibliográficas

Introducción

El intercambio comercial es la base fundamental de la economía de los países, las cuales buscan constantemente tener mayor presencia en los mercados mundiales y de esta forma acceder a bienes y servicios esenciales para brindar calidad de vida a la ciudadanía. Hoy en día, debido a los procesos globalizadores, el comercio exterior juega un papel fundamental en las políticas de desarrollo de los países, debido a que las operaciones aduaneras, tales como la importación, exportación y tránsito aduanero, representa un índice significativo de los ingresos y egresos de las economías.

En este marco de ideas, se puede decir que Venezuela cuenta con una inmensa industria que gira en torno al Comercio Exterior, principalmente en las importaciones de bienes e insumos necesarios para satisfacer las necesidades del mercado interno, que en los últimos años se ha visto afectados por políticas que han reducido la producción nacional. Ahora bien, para regularizar el flujo de esta gran cantidad de productos, los puertos, aeropuertos, aduanas, así como también empresas y profesionales, se rigen por normas y procedimientos que legaliza el uso y comercialización de los bienes e insumos dentro del país, así como la recaudación de impuestos y aranceles relacionados a dicha legalización, manejado mediante el Sistema Aduanero Automatizado (SIDUNEA).

Por otro lado, uno de los procesos involucrados para la nacionalización de las mercancías es el desaduanamiento que constituye un proceso que se cumple bajo los bienes procedentes del extranjero que se encuentran sometidos a la potestad aduanera y donde uno de los elementos a considerar lo constituye los derechos de propiedad industrial, referida a ese bien inmaterial que tutela la exclusividad de los fabricantes y productores sobre los bienes.

Es por ello, que la presente investigación tiene como objetivo principal, analizar los controles ejercidos por la Aduana Principal de Punto Fijo, para la detección de mercancías ingresadas al país que atenten contra los Derechos de la Propiedad Industrial. Para ello la investigación se estructura en tres (03) capítulos.

Capítulo I: El Problema: establece la problemática de la investigación, objetivo general y específicos, justificación con los aportes a nivel teórico, práctico y metodológico. De igual forma, se establece la delimitación con respecto a la temática, el tiempo y espacio de la investigación.

Capítulo II: Marco Teórico: refiere los antecedentes de investigaciones que tienen relación con el objeto de estudio. Se analizan los aspectos teóricos, se definen los términos básicos, se conceptualiza y operacionalizan la variable objeto de estudio.

Capítulo III: Marco Metodológico: establece el tipo de investigación, diseño, población y muestra del estudio. De igual manera, se estipula las técnicas e instrumentos de recolección de datos.

CAPITULO I

El problema

Planteamiento del problema

En cada momento que trascurren los años y las décadas del siglo XXI, los países se encuentran cada vez más sumidos en los mercados globalizados, motivo por lo cual Comercio Internacional se considera una herramienta de gran importancia para el crecimiento económico de un país. En este sentido, se puede decir que el intercambio comercial de bienes y servicios entre países gira en la necesidad de que no todas las economías están en la capacidad de producir lo necesario para satisfacer sus propias necesidades, sea por no contar con tecnología, recursos humanos capacitados, materias primas, maquinarias, entre otras. Para Peguero (2008:43)

El Comercio Internacional, se refiere al intercambio de bienes y servicios entre dos bloques o regiones económicas. Como por ejemplo el intercambio de bienes y servicios entre la Unión Europea y América. Las economías que participan de éste se denominan abiertas. Este proceso de apertura externa se produce fundamentalmente en la segunda mitad del siglo XX, y de forma espectacular en la década de los 90s al incorporarse las economías latinoamericanas y de Europa del Este.

Éste tipo de comercio, ha permitido una mayor movilidad de los factores de producción, teniendo como principal ventajas que cada país o grupo industrial se especialice en aquellos rubros productivos donde tienen una mayor eficiencia, generando así el acceso a bienes comerciales con costos menores a los que generaría incluso una producción interna o donde esta no sea capaz de cubrir la demanda; de allí que aquellos productos que exceden el consumo interno son exportados, creando un equilibrio entre la escasez y el exceso, entre otros.

Ahora bien, para que ese Intercambio Comercial se produzca eficazmente es necesario considerar el Derecho Aduanero que de acuerdo con Arratia (2010:165) se refiere: "…al conjunto de normas jurídicas, principios e instituciones que regulan el comercio exterior y las actividades que desarrollan las personas en su intervención ante la aduana". En base a la definición, se considera que el mencionado derecho representa aquellas normas que competen al servicio aduanero dejando en claro a los auxiliares de la administración aduanera los deberes, derechos y obligaciones en lo que respecta al tráfico de mercancías en el territorio nacional.

En este marco de ideas, la Administración Aduanera desempeña un papel fundamental dentro del Comercio Internacional, debido a que posee la responsabilidad directa de cumplir y hacer cumplir las normas, leyes, tratados internacionales, entre otras, para así velar por la seguridad e integridad del Estado y sus ciudadanos en referencia al derecho de comercialización de importaciones y exportaciones. Estos entes administrativos, se institucionalizan en las Aduanas.

Por ello, Ossorio (2007:90) opina que en las aduanas, se registran todas las mercancías que serán objeto de importaciones o exportaciones en el territorio nacional y se cobran los impuestos causados de acuerdo al tipo de operación aduanera. Entre los fines de las aduanas para el autor antes mencionado, se encuentran: "control del comercio exterior, recaudación tributaria, control sanitario, gestión estadística y control del fraude tanto aduanero como comercial"

Como se puede evidenciar, las aduanas tienen como finalidad no sólo fiscalizar las entradas y salidas de las mercancías al territorio aduanero nacional, sino garantizar el cumplimiento de las normas, permisos, licencias y deberes en lo que respecta a el tipo de mercancía. De esta misma manera, resguardan que las mercancías que entran o salen bajo no atenten o pongan en riesgo el bienestar, la salud, la moral, la paz y la seguridad del Estado y su población.

Por las razones antes expuestas, se crea en 1993, las Aduanas de Venezuela Servicio Autónomo, Gaceta Oficial N° 35.216 del 21 de mayo 1993, solamente duró 8 (ocho) meses para luego pasar todo el sistema aduanero a lo que hoy se conoce como SENIAT (Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria), según Decreto Presidencial N° 310 de fecha 10 de agosto de 1994, publicado en la Gaceta N° 35.525 de fecha 16 de agosto de 1994.

Ya para el año 2000, un estudio de mercado con dimensión global, donde participo Naciones Unidas por intermedio de la UNCTAD (Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo), brinda la información suficiente para implementar un sistema automatizado de gestión de aduanas adaptada a los requerimientos internacionales ya mundializados. El sistema adquirido es el SIDUNEA (Sistema Aduanero Automatizado), para garantizar un verdadero control de las mercancías ingresadas en las aduanas venezolanas.

Así mismo, en materia legal el año 2001 se crea la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual se ajusta a las necesidades del nuevo siglo y las características de los mercados internacionales. Se realiza también, la reforma de Ley Orgánica de Aduanas (LOA) la mediante la Gaceta Oficial Nº 38.875, del 21 de Febrero de 2008, y sus reglamentos los cuales son: el Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas, el Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre los Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales, el Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Aduanas sobre el Régimen Aduanero Suspensivo para el Sector Automotor y el Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Aduanas relativo al Sistema Aduanero Automatizado.

Con respecto a la temática de Propiedad Intelectual e Industrial se rige por lo contemplado en el Artículo 15 del Arancel de Aduanas, bajo el Decreto Nº 3.679 de fecha 30 de Mayo de 2005, "se prohíbe en todo el territorio nacional la importación y tránsito de mercancías que violen los Derechos de Propiedad Intelectual" y por la Providencia Administrativa sobre la observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual en la importación y tránsito aduanero de mercancías publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.314 de fecha 15 de Noviembre de 2005.

Sin embargo a lo planteado, una evidencia nacional mostrada por Rodriguez C (2010) demuestra que el 57,14% de los funcionarios de la aduana principal de Maracaibo tienen un bajo conocimientos en cuanto a la duración temporalidad del registro inicial de una marca, lo que puede atentar contra el derecho de propiedad industrial. Esto ha generado que mucha mercancía importada que se encuentra en el país, no sean originales, las cuales no sólo ingresan por aduana, sino también por vías alternas fronterizas.

La violación de la propiedad industrial en estos casos, consiste en la expresión usada para designar el derecho exclusivo del uso de un nombre comercial, marca, patente de invención, dibujo o modelo de fábrica, es decir, es toda idea, creación del intelecto humano capaz de ser aplicada en la industria.

En el caso específico de la Aduana Principal de Punto Fijo, una serie de observaciones y entrevistas no estructuradas realizadas por la investigadora permitieron constatar, que a pesar de disponer del SINDUNEA, se muestran deficiencias en los procedimientos de registro y verificación para detectar mercancías dudosas o falsas, de esta manera evitar que las mismas ingresen al territorio nacional y formen parte de la economía nacional. De esta manera, no se verá afectada la inversión, el crecimiento económico del país, las estadísticas de comercio exterior, la recaudación aduanera y tributaria, entre otros.

Dicha aduana, tiene como objeto: erradicar el contrabando, combatir la piratería y el ingreso al territorio nacional de mercancías falsas, hacer más productiva y efectiva la recaudación de impuestos aduaneros causados por las distintas operaciones aduaneras a la cual está habilitada. Por ello, la presente investigación plantea como finalidad analizar los controles ejercidos por la Aduana Principal de Punto Fijo, para la detección de mercancías ingresadas al país mediante una importación, que atentan contra los Derechos de Propiedad Industrial en base a la normativa legal vigente.

Formulación del Problema

¿Cuáles son los controles ejercidos por la Aduana Principal de Punto Fijo, para la detección de mercancías ingresadas al país mediante una importación?

¿Cuál normativa legal que regula los Derechos de Propiedad Industrial en Venezuela?

¿Cuáles procedimientos son ejecutados por la administración aduanera cuando detecta mercancías que atentan contra los Derechos de Propiedad Industrial?

¿Cómo son las sanciones aplicables a las infracciones incurridas en materia de Propiedad Industrial referidas en la normativa vigente?

Objetivos de la Investigación

Objetivo General

Analizar los controles ejercidos por la Aduana Principal de Punto Fijo, para la detección de mercancías ingresadas al país mediante una importación

Objetivos Específicos

  • Especificar la normativa legal que regula los Derechos de Propiedad Industrial en Venezuela.

  • Determinar los procedimientos ejecutados por la administración aduanera cuando detecta mercancías que atentan contra los Derechos de Propiedad Industrial.

  • Describir las sanciones aplicables a las infracciones incurridas en materia de Propiedad Industrial referidas en la normativa vigente.

Justificación de la Investigación

La importancia del presente estudio sobre analizar los controles ejercidos por la Aduana Principal de Punto Fijo, para la detección de mercancías ingresadas al país mediante una importación, reside en que se protege a los consumidores nacionales de acceder a mercancía que no cumpla los requerimientos de calidad para los que pago, así como también de un mercado competitivo regulado por la ley, para que de esta manera existan condiciones propicias para todos los inversionistas.

Desde el punto de vista teórico, el estudio aportara información acerca de la aplicación de teorías, normativa legal y conceptos básicos en materia aduanera, las mercancías ingresadas al país, que atentan contra los Derechos de Propiedad Industrial.

En lo práctico, los resultados del estudio permitirán detectar fallas e incidencias que pudiesen estar generando o permitiendo la violación del derecho de propiedad industrial, para que sean considerado por todos aquellos estudiantes y profesionales de aduana, para evitar fallas futuras.

En lo social, el estudio permitirá conocer la trascendencia que han adquirido los derechos de propiedad industrial en materia aduanera, y de esta manera generar conciencia de los inconvenientes que surgen al no aplicar efectivamente contrales al fraude comercial en el territorio nacional, la cual lesiona intereses colectivos y particulares.

Desde el punto de vista metodológico, la investigación constituirá un antecedente de la realidad existente en la Aduana Principal de Punto Fijo, que partirá de un estudio de campo, es decir el lugar donde ocurre el acontecimiento y evaluando bajo las técnicas de encuesta el criterio de aquellos que son conocedores de los procedimientos que se aplican en dicha aduana.

Delimitación del Estudio

La delimitación de la presente investigación, se formula en los siguientes campos.

Temática: Control Aduanero sobre la Propiedad Industrial

Espacial: Aduana Principal de Punto Fijo, Municipio Carirubana del estado Falcón.

Temporal: periodo comprendido entre Mayo 2015-Septiembre 2015

CAPITULO II

Marco teórico

Antecedentes de la Investigación

Los antecedentes de la investigación representan una fuente de documentación para el investigador desde distintos enfoques del problema, aportando recursos que le sirven para llevar el estudio en los términos correctos.

Rodriguez C (2010) realizó una investigación en la Universidad del Zulia que tiene como propósito fundamental analizar los controles ejercidos por la aduana principal de Maracaibo, para la detección de mercancías ingresadas al país que atentan contra los Derechos de Propiedad Industrial. El modelo teórico utilizado se apoya en el criterio de la Ley Orgánica de Aduanas y su Reglamento, Ley de Propiedad Industrial, entre otras.

El estudio se realizó en el marco de una investigación tipo descriptiva, de carácter aplicado de campo, calificándose el diseño como no experimental; la población estuvo constituida por siete (07) funcionarios reconocedores que laboran en dicha aduana, los datos fueron recolectados a través de un cuestionario constituido por 17 preguntas de tipo selección múltiple "SI", "NO" o "NO SABE/NO RESPONDE". La validez del instrumento se realizó mediante el juicio de cinco (05) expertos, y la confiabilidad fue de 0,87, calculándose con el coeficiente de Cronbach.

El estudio permitió conocer que los controles ejercidos actualmente no son lo suficientemente efectivos referentes a la Propiedad Industrial, debido a que la normativa que rige la materia no es precisa y debe ser modificada, asimismo se infiere que los funcionarios no poseen sólidos conocimientos en esta área. Se recomienda aplicar las herramientas expuestas en este estudio a fin de visualizar claramente los controles que deben ejercerse para detectar mercancías que van en contra de la propiedad industrial en Venezuela.

El antecedentes expuesto, guarda una relación directa con la presente investigación, en razón que la inquietud de estudiar la problemática en la Aduana Principal de Punto Fijo, surge de los resultados expuestos en la referida investigación. Por ello, se considera que su aporte es teórico metodológico.

Querales (2013) desarrolló una investigación en LUZ que formuló como propósito analizar el procedimiento para la inspección o verificación de las mercancías en el país de origen previa a la importación al territorio nacional. El tipo de investigación utilizado fue el documental de corte bibliográfico, siendo la técnica para la recolección de los datos aplicada la observación documental, cuyos resultados fueron analizados por el método de análisis de contenido de kerlinger. Concluye calificando a las empresas verificadoras como auxiliares de la administración aduanera, formando parte del primer eslabón de control, inspeccionando y verificando la naturaleza de las mercancías cuyo destino final fuera el territorio nacional venezolano, es decir que los delitos contra la propiedad intelectual o industrial, no solo se produce en el ingreso de la mercancía, sino en la salida de otras aduana y de las empresas que la transportan.

La relación del antecedente con la investigación, se centra en la responsabilidad de muchos actores en la verificación y control de mercancía para resguardar los derechos de propiedad intelectual e industrial. Por ello, su aporte es teórico legal.

Duran (2013) realizó una investigación en la Universidad de los Andes, que formula como objetivo general: Determinar los Controles Aduaneros Tributarios aplicados a la mercancía que ingresa y sale de la Aduana Principal de Maracaibo". La investigación fue descriptiva de tipo documental con un diseño experimental transeccional descriptivo. La técnica de recolección de datos fue la observación documental basada en libros, folletos, revistas, foros, conferencias, seminarios entre otras.

El autor concluyó, que el control aduanero tributario presentaba fallas en la fase de control inmediato o anterior, enfatizando las posibles violaciones a los derechos de propiedad industrial en la Aduana de Maracaibo.

Este último antecedente presentado, se relaciona con la investigación en cuanto a los controles que deben ejercer la aduana, por esta razón se toman sus bases teóricas como referencia en esta variable.

Bases teóricas

Propiedad Intelectual

En criterio de Carrasco (2010:45) la Propiedad Intelectual se puede entender como "…todo aquello que es creado a través de la mente inteligente del hombre". Es así que al hablar de propiedad intelectual, se refiere al derecho de la persona creadora de disfrutar de diferentes maneras de los beneficios de su obra, ya sea artística o de cualquier otra índole.

Cabe significar, que la propiedad intelectual en Venezuela se encuentra reconocimiento en el artículo 98 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, al señalarse que:

"…El Estado reconocerá y protegerá la propiedad intelectual sobre las obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, innovaciones, denominaciones, patentes, marcas y lemas de acuerdo con las condiciones y excepciones que establezcan la ley y los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República en esta materia"

Se desprende del presente artículo que la propiedad intelectual se corresponde con los derechos que poseen los autores y a otros titulares respecto de las obras y prestaciones fruto de su creación, así como símbolos, nombres, diseños e imágenes utilizadas en el comercio.

Tipos de Propiedad Intelectual

Dentro de la propiedad intelectual, se encuentran principalmente dos tipos, el primero se corresponde con al referido derechos de autor, la cual según Carrasco (2010:45) es "el reconocimiento de la idea creadora de la obra, producto de cualquier naturaleza", es decir quien inventa el producto como idea original.

En segundo lugar se encuentra la propiedad industrial, esta categoría en opinión de Carrasco (2010) hace referencia a los inventos, patentes, modelos industriales, entre otros. Se puede decir que este tipo de propiedad intelectual otorga el derecho a explotar estos inventos en el ámbito empresarial e industrial, mejor dicho el reproductor de la obra o producto.

Ahora bien, se considera que la propiedad industrial comercial da garantía del carácter individualizador de un signo, marca o modelo dentro del mercado del país donde se registre debidamente por el sistema patentario, donde la ley debe proteger el derecho exclusivo de quien ostenta a su favor aquellos usos, defendiéndole frente a terceros y frente a toda competencia que haga una reproducción no permisada.

Características de la Propiedad Industrial

De acuerdo a Funtes (2006) la propiedad industrial posee cinco (5) características primordiales para su protección y legalización:

La primera de ellas se refiere a los Sistemas de protección donde destacan: Régimen Marcario, Régimen de Patentes y Secretos Industriales, es decir características esenciales que los productores registran y que hacen exclusivo el producto.

El segundo, está relacionado con el objeto protegido, las cuales pueden ser de carácter tecnológico, la originalidad de una idea con nivel inventivo capaz de ser aplicado en la industria y de carácter comercial, la protección del carácter individualizador en el mercado.

En tercer lugar, se encuentra las formalidades para la protección, donde se destaca la patente otorgada por las Oficina Nacional competente para la otorgación del título, también se considera la cancelación de la anualidad para tener vigencia y no llegar a la caducidad.

En cuarto lugar se puede mencionar los Derechos consagrados, donde los morales que se consideran perpetuos e irrenunciables. Sólo se consagra el derecho a reinvidicar la paternidad de la patente o a oponerse a dicha mención, según lo establecido en la Ley de Propiedad Industrial. De esta manera, también existe los derechos patrimoniales son renunciables, alienables y embargables. Se establece el derecho que tiene el titular de una patente a impedir que terceros exploten, sin su consentimiento, la invención patentada.

Por quinto y último lugar se tiene, la duración de la protección de los derechos patrimoniales que establece los siguientes lapsos:

Patentes de Invención: 20 años.

Modelo de Utilidad: 10 años.

Diseños Industriales: 8 años.

Marca

Una marca de carácter industrial se corresponde según Galvis (2011:67) con "signos que permiten distinguir productos, servicios, establecimientos industriales y comerciales en el mercado". Esto implica, que una marca busca un carácter distintivo, para que el bien, producto o servicio sea capaz de distinguirse de otras que existan en el mercado, a fin de que el consumidor diferencie de otro de la misma especie o idénticos que existan en el mercado.

En este marco de ideas, el Art. 27 de la Ley de Propiedad Industrial (LPI), define marca comercial como todo signo, dibujo, figura, leyenda u cualquiera otra señal que revista novedad, bien sea usado por una persona natural o jurídica para distinguir los artículos que produce, aquellos con los cuales comercia o su propia empresa. La marca que tiene por objeto distinguir a una empresa, negocio o establecimiento mercantil, industrial o agrícola se denomina marca comercial.

Por su parte, el Art. 18 del ADPIC, indica que el registro inicial de una marca así como sus renovaciones tendrán una duración de no menos de siete (07) años y podrá ser renovable por un período indefinido. Todo ello, pretende que los consumidores puedan identificar y adquirir un producto o servicio que, por su carácter o calidad, indicados por su marca única, se adecua a sus necesidades.

Patente

De acuerdo con Rodríguez C (2010) una patente constituye un "título que reconoce el derecho de explotar en exclusiva la invención patentada, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular". Puede referirse a un procedimiento nuevo, un aparato nuevo, un producto nuevo o un perfeccionamiento o mejora de los mismos. En el marco legal, el Art. 27 del ADPIC, indica que una patente podrá obtenerse por todas aquellas invenciones, bien sea de productos o procedimientos, en todos los campos de tecnología, siempre y cuando sean nuevas, entrañen una actividad inventiva y sea de aplicación comercial. Asimismo, el Art. 33 del ADPIC, hace mención que la protección no expirará antes de que haya transcurrido un período de veinte (20) años contados desde la fecha de presentación de la solicitud.

Proceso de Desaduanamiento de Mercancía

Los procedimientos para el desaduanamiento de una mercancía en Venezuela son según el criterio de Rodriguez C (2010) los siguientes:

  • I. Declaración de las Mercancías: este consiste básicamente en una obligación por parte del contribuyente que va a depender de una serie de requisitos y documentos según el tipo de operación a ejecutar, establecidas en el Artículo 30 de la Ley Orgánica de Aduanas

  • II. Confrontación y Recepción de Documentos: En este paso, se verifican son: el registro de autorización del agente de aduanas, el registro de la designación de la persona que tramita en nombre del agente de aduanas, el registro de la llegada del vehículo porteador, el registro del embarque en el manifiesto de carga y la autorización del contribuyente al agente de aduanas. En cuanto a la recepción, se imprime a la declaración el número de registro, la fecha de recepción, la firma y el sello de la aduana. La aduana conserva el documento original y una copia de la declaración. El resto es devuelto al agente de aduanas. Si existe una discrepancia en la documentación recibida, ésta debe ser informada al agente de aduanas de forma escrita, para que éste emita una carta de corrección antes del plazo establecido (quince días hábiles).

  • III. Reconocimiento Aduanero: este procedimiento según la LOA es en donde se verifica el cumplimiento de las obligaciones tributarias y demás disposiciones legales, conforme a la documentación exigida por la Ley y el Reglamento. Según el tipo de mercancías el reconocimiento puede ser documental o físico. El documental consiste verificar que la información suministrada por el agente de aduanas este conforme, eso incluye las facturas comerciales, los permisos, las licencias, entre otros. Luego de examinarla se verifica también el valor de las mercancías y la clasificación arancelaria de las mismas.

  • IV. Conformación y Liquidación de Gravámenes: Se realiza mediante una planilla. Luego de efectuarse el reconocimiento documental o físico, el agente de aduanas debe dirigirse a la oficina aduanera, para verificar la determinación de los gravámenes y emitir su liquidación de acuerdo a la ley

  • V. Pago de Derechos Aduaneros y Tributarios: Este pago una vez que es realizado nos indica que la obligación tributaria está extinta, el mismo debe verificarse en una oficina receptora de fondos nacionales, en un tiempo de cinco (5) días hábiles a partir de la fecha de autorización y notificación de la planilla, tal como establece el Art. 30 de la Ley Orgánica de Aduanas (LOA).

  • VI. Retiro de las Mercancías: es cuando los funcionarios autorizan a la salida de la mercancía del territorio aduanero o zona primaria o simplemente del lugar autorizado por la aduana. Para hacer efectivo el retiro se debe contar con la autorización de la aduana, ya habiendo cumplido previamente todos los requisitos legales de acuerdo al tipo de operación.

Documentación requerida en la Importación de Mercancías

De acuerdo a lo establecido en el Art. 98 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas (RLOA), la documentación requerida para declarar una mercancía importada, son: la declaración de Aduana, la factura comercial definitiva, el original del conocimiento de embarque, de la guía aérea, o de la guía de encomienda, según sea el caso; y los exigibles legalmente a dichos fines, según el tipo de mercancía de que se trate. Sin la existencia de alguno de estos requisitos, no se podrá realizar una declaración efectiva de la mercancía.

Retención de Mercancías.

En el Art. 7 de la Providencia Administrativa sobre la Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual en la Importación y Tránsito de Mercancías, se establece que en ausencia de la presentación de la documentación exigible referida anteriormente, los funcionarios actuantes procederán a la retención o aprehensión de las mercancías, previo al levantamiento del acta en la cual consten los pormenores de la actuación fiscal.

Una vez emitida el acta, y de acuerdo a los principios del debido proceso se le notificará al presunto infractor y de ser posible al titular del derecho, máximo al siguiente día hábil de efectuada la retención. Ambos tendrán diez (10) días hábiles para iniciar las acciones que consideren pertinentes.

Decomiso de Mercancías

En caso que durante los 10 días hábiles, que tienen tanto el titular del derecho como el posible infractor, para iniciar cualquier acción que crean pertinentes, y no ejercen ninguna acción en defensa de sus derechos, se procederá al comiso de las mercancías. Art. 9 de la Providencia Administrativa sobre la Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual en la Importación y Tránsito de Mercancías.

Procedimiento Administrativo.

De acuerdo a lo correspondiente con el Art. 42 del ADPIC, los procedimientos y recursos civiles y administrativos, están sustentados en procedimientos judiciales civiles equitativos y justos. Los demandados tendrán derecho de ser notificados por escrito en tiempo oportuno y con información detallada sobre el caso.

Pago por Daños y Perjuicios.

En correspondencia a lo establecido en El Art. 45 del ADPIC, las autoridades están facultadas para ordenar al infractor pagarle al titular del derecho un resarcimiento para compensar el daño que éste haya sufrido debido a una infracción de su derecho de propiedad intelectual. Asimismo se puede ordenar al infractor cancelar los gastos del titular del derecho, tales como los honorarios de los abogados que sean procedentes.

Penalidad.

La Ley de Propiedad Intelectual LPI en sus Arts. 98 al 101, hace referencia que aquellos que atenten contra los derechos del titular o poseedor de una patente, hagan copias sin el consentimiento expreso o tácito del titular; asimismo aquel que use, fabrique o ejecute marcas o modelos registrados con el fin de que el consumidor se confunda; el que dolosamente designe un establecimiento como sucursal de otro que tenga denominación comercial registrada, y; quien dolosamente se aproveche de las ventajas de una reputación comercial o industrial adquirida por el esfuerzo de otro, serán castigados con prisión de uno (1) a doce (12) meses.

Multas.

El Art. 102 de LPI indica que serán castigados con una multa de cincuenta a un mil bolívares (los montos a los que se refiere el presente artículo, no hacen referencia al valor de la moneda actual, es decir, el bolívar fuerte): aquellos que usen una marca, dibujo o modelo sin tener el certificado de registro; los que en forma dolosa, pretendan mantener como válido un registro que haya perdido sus efectos de acuerdo con la declaración pública de la autoridad competente, entre otras causales.

Destrucción de Mercancías.

El Art. 105 de la LPI, indica "en toda sentencia condenatoria por delito contra la propiedad industrial, se ordenará la destrucción de los instrumentos que hayan servido o estuvieren preparados para la comisión del delito, así como los objetos que provengan del mismo".

La destrucción de mercancías, es un procedimiento donde intervienen representantes del Ministerio del Poder Popular para la Finanzas y del SENIAT. No obstante, en determinados casos se requerirá la presencia o autorización de otros organismos. De igual forma, se deberá dejar constancia sobre el estado físico y documental de las mercancías que amerite su destrucción por parte de la Administración Aduanera.

Definición de Términos Básicos

Administración Aduanera: conjunto de órganos administrativos del Estado, que ejercen la potestad aduanera. Rodríguez C (2010)

Control Aduanero: conjunto de medidas adoptadas por la aduana, para asegurar el cumplimiento de las normas legales que le corresponde aplicar. Rodríguez C (2010)

Derecho Aduanero: conjunto de normas que regulan la actividad aduanera de los importadores, exportadores, transportistas, consolidadores, agentes, funcionarios y de todas aquellas personas u organizaciones vinculadas a las operaciones con mercancías a través de las fronteras, aguas territoriales y espacio aéreo. Rodríguez C (2010)

Desaduanamiento: cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para permitir a las mercancías ingresar para el consumo, ser exportadas o ser colocadas bajo otro régimen aduanero. Rodríguez C (2010)

Mercancía: cualquier cosa mueble que se hace objeto de trato o venta. A los efectos del tráfico de perfeccionamiento, se entiende por mercancía todos aquellos insumos, materias primas, partes o piezas que sean necesarios en el proceso productivo, aunque se consuman sin incorporarse al producto reexpedido, exportado o reintroducido y siempre que pueda determinarse su cantidad. Funtes (2006)

Propiedad Industrial: Es la que adquiere por si mismo el inventor o descubridor, con la creación o descubrimiento de cualquier invento relacionado con la industria; y el productor, fabricante o comerciante, con la creación de signos especiales, con los que aspira distinguir, de los similares, los resultados de trabajo. Funtes (2006)

Tránsito aduanero: operación aduanera con arreglo a la cual las mercancías son transportadas bajo control aduanero, desde una aduana de partida hasta una aduana de destino, ubicadas en el mismo país. Rodríguez C (2010)

Operacionalizacion de las Variables

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CAPITULO III

Marco metodológico

Tipo y Nivel de la Investigación

Con el propósito de responder al problema planteado, se tiene que el tipo de investigación es no experimental de nivel descriptivo, el cual de Hernández, Baptista y Fernández (2005) define de la forma siguiente: "Es la asociación entre variables en su estado natural, si hacer manipulaciones por parte de los investigadores". (p. 23)

Cabe destacar, que a los efectos del presente estudio se realizará una descripción objetiva de las variables y la asociación entre ellas, obteniendo los datos a través de una medición en el sitio donde ocurrió el problema, es decir la Aduana Principal de Punto Fijo Municipio Carirubana del Estado Falcón.

Diseño de la Investigación

En correspondencia con el tipo de investigación antes expuesto, se tiene que el diseño del mismo es de campo, definido en el Manual de trabajos de Grados y Tesis Doctorales de la Universidad Pedagógica Libertador (2005: 14) de la manera siguiente:

Se entiende por Investigación de campo, el análisis sistemático de problemas en la realidad, con el propósito bien sea de describirlos, interpretarlos, entender su naturaleza y factores constituyentes, explicar sus causas y efectos o predecir su ocurrencia, haciendo uso de métodos característicos de cualquiera de los paradigmas de investigación conocidos o en desarrollo. Los datos de Interés son recogidos en forma directa de la realidad; en este sentido se trata de investigación a partir de datos originales o primarios".

Se tiene que la presente investigación se desarrollara en función de analizar las causas, efectos y naturaleza del problema tomando la información de forma directa de la realidad donde ocurren los hechos, por ello sus datos son de origen primario, ya que quienes aportaran la información son todos aquellos que estén involucrados en los hechos.

Población

En correspondencia, con la perspectiva de Hernández, Baptista y Fernández (1998:212), la población se conceptualiza, como: "Un universo de individuos o elementos que tiene la misma posibilidad de ser medidos". En este sentido, la población del presente estudio quedó conformada por los gerentes de los 12 agentes Aduaneros de la Aduana Principal de Punto Fijo Municipio Carirubana del Estado Falcón.

Muestra

En lo que respecta a la muestra, ésta es definida por Arias (1999:22) como, "un subconjunto representativo de la población". En consecuencia, a los efectos del presente estudio, dado que la población es finita, se considera conveniente trabajar con su totalidad, en función de lo cual, la muestra se corresponde con las 9 personas de la población antes descrita. En este sentido, se tiene que la muestra es de características no probabilística, es decir que no se utilizan fórmulas estadísticas para su cuantificación, sino que es en base al criterio de la investigadora, quedando conformada por 12 agentes Aduaneros de la Aduana Principal de Punto Fijo.

Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos

Tomando en cuenta la naturaleza descriptiva de la investigación
propuesta, se emplearan como técnicas la encuesta y la observación.
Según Balestrini (1998), la encuesta es una técnica que permite
la interacción del investigador con la población en estudio a
través de un cuestionario; el cual es considerado como"…un medio
de comunicación escrito entre el encuestador y el encuestado, facilita
los objetivos y las variables de la investigación" (p. 138). En
tal sentido, para este estudio se diseñará como instrumento un
cuestionario que estará estructurado en 3 partes, la primera sobre la
identificación de la población, la segunda sobre las instrucciones
y la tercera en base a dieciséis (16) ítems, con cinco alternativas
de respuestas de escala tipo Lickert, cuyos ítems estarán diseñados
en atención a la variable objeto de estudio y sus indicaciones.

Validez y Confiabilidad

Validez

La validez, en términos generales se refiere al grado en que un instrumento realmente mide la variable que pretende medir. Según Ruíz (2000), la validez representa la propiedad o característica de un instrumento dirigida a "…estudiar la exactitud con que pueden hacerse medidas significativas y adecuadas con instrumento, en el sentido de que mida realmente el rasgo que pretende medir" (p. 57)

En tal sentido, para determinar la validez del instrumento se utilizará la Técnica Juicio de Expertos, la cual consiste en someter al instrumento a una evaluación por parte de tres expertos en el área temática de estudio, a los cuales se les entregará la primera versión del instrumento, los objetivos de estudio, la operalización de las variables y la matiz de validación. Realizadas las correcciones sugeridas por los expertos se elaborará la versión definitiva del instrumento.

Confiabilidad

La confiabilidad de un instrumento de medición se refiere al grado en que su aplicación repetida al mismo sujeto u objeto produce iguales resultados (Hernández, Fernández y Baptista, 2001). Por lo tanto, al instrumento de este estudio se le determinará su confiabilidad realizando una prueba piloto, aplicando el instrumento validado a un grupo de cinco sujetos con las mismas características de la población en estudio. Los resultados de esta prueba se analizarán estadísticamente para determinar la consistencia interna de los ítems con los objetivos del estudio, y así establecer un grado de confiabilidad, lo cual permitirá aplicar el instrumento a la población seleccionada.

Los resultados serán procesados por el método o coeficiente Alfa- Cronbach propuesto por Hernández, Baptista y Fernández (2005:98), y que se corresponde con la siguiente fórmula:

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Esta fórmula proporcionara un índice de 0 ha 0,99 puntos lo cual indica el nivel de confiabilidad del instrumento, que debe ser aplicado previamente.

Referencias bibliográficas

Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio. ADPIC, Anexo 1C. Tomado de: http://www.fedeagro.org/acuerdos/omc/1994/ANEXO%2001c.PDF. Enero 2008

Arratia (2010). Derecho Aduanero. Caracas, Editorial Panapo.

Carrasco (2010 Estatuto del Contribuyente y usuario del Comercio Internacional en Venezuela. Centro de Estudios Fiscales. Ediciones Seniat. Año

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Publicada en Gaceta Oficial Nº 36.860 de fecha 30 de Diciembre de 1999.

Fuentes (2006) Manual de los Derechos Intelectuales. Editores Vadell Hermanos. Caracas 2006.

Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria. Publicada en Gaceta Oficial Nº 37.320 de fecha 08 de Noviembre de 2001.

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Ley Orgánica de Aduanas. Gaceta Extraordinaria Nº 38.875 de fecha 21 de Febrero de 2008

Ossorio (2007) Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales. Editorial Eliasta. Buenos Aires.

Peguero (2008) Introducción al Área Aduanera. Universidad del Zulia. Maracaibo.

 

 

Autor:

Carlos Miquilena

 

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