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Introducción
Propiedad Intelectual
Derechos de Autor
Propiedad Industrial
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Marcas
Patentes
El SIGA
Franquicias
Conclusiones
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Bibliografía
,
Introducción
En el presente documento se abordará el tema de
Propiedad Industrial, que abarca a las marcas, patentes,
modelos de utilidad y franquicias, exponiendo cuestiones
como información básica, explicando de qué se trata cada
uno de ellos, así también como los procedimientos y
limitaciones para su registro, y la vigencia de este.
También se hablará sobre los Derechos de Autor
adentrándose en la Propiedad Intelectual y cómo una
persona puede registrar y hacer valer sus obras.
P
P
¿Qué es la Propiedad
Intelectual?
La propiedad intelectual (P.I.) se relaciona con las
creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y
artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes
utilizados en el comercio.
La legislación protege la .I., por ejemplo, mediante
las patentes, los derechos de autor y las marcas, que
permiten obtener reconocimiento o ganancias por las
invenciones o creaciones.
Al equilibrar el interés de los innovadores y el interés
público, el sistema de .I. procura fomentar un entorno
propicio para que prosperen la creatividad y la
innovación.
Clic aquí para ver la
Ley General de Derechos
de Autor
La propiedad intelectual tiene que ver con la
información o los conocimientos que pueden incorporarse
en objetos tangibles, de los que se puede hacer un
número ilimitado de ejemplares en todos los lugares del
mundo.
La propiedad no reside en dichos ejemplares, antes bien,
en la información y conocimientos reflejados en los
mismos. Los derechos de propiedad intelectual son
también a veces objeto de determinadas limitaciones,
como en el caso del derecho de autor y las patentes,
que son vigentes durante un plazo determinado.
La propiedad intelectual
se divide esencialmente
en dos ramas: Derechos
de Autor y Propiedad
Industrial.
Hablaremos de ellos mas
adelante.
Derechos de Autor
? ¿Qué son los derechos de
autor?
? ¿Cuáles obras son reconocidas?
Dar clic en los
enlaces para acceder a
la información deseada
? Protección de derechos de
Propiedad Intelectual
? Piratería
Volver al Índice
,
¿Qué son los Derechos de
autor?
Es el reconocimiento que hace el Estado en favor de
todo creador de obras literarias y artísticas previstas
en el artículo 13 de la Ley General de Derechos de
Autor en virtud del cual otorga su protección para que
el autor goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de
carácter personal y patrimonial.
Los primeros integran el llamado derecho moral y los
segundos, el patrimonial
Un Autor es la persona física que ha creado una obra
literaria y artística.
Clic aquí para ver la
Ley General de Derechos
de Autor
i.
ii.
iii.
iv.
v.
vi.
vii.
viii.
ix.
¿Cuáles obras son
reconocidas?
Los derechos de autor a que se refiere esta Ley se
reconocen respecto de las obras de las siguientes
ramas:
Literaria
Musical con o sin letra
Dramática
Danza
Pictórica o de Dibujo
Escultora o de carácter plástico
Caricatura e historieta
Arquitectónica
Cinematográfica y demás obras audiovisuales
Continúa
x. Programas de radio y televisión
xi. Programas de cómputo
xii. Fotográfica
xiii. Obras de arte aplicado que incluyen el diseño
gráfico o textil
xiv. De compilación, integrada por las colecciones de
obras, tales como las enciclopedias, las antologías, y
de obras u otros elementos como las bases de
datos, siempre que dichas colecciones, por su
selección o la disposición de su contenido o
materias, constituyan una creación intelectual.
Protección de derechos de
Propiedad Intelectual
Existen algunas prácticas y procedimientos que son
útiles para ayudar a proteger a los activos de los
autores en contra de la falsificación y piratería.
Los titulares de la Propiedad Intelectual deben,
asimismo, trabajar en conjunto con las agencias que en
materia de observancia tiene el gobierno (en todos los
niveles: local, estatal, federal e internacional),
En suma, los titulares de PI deben buscar y adquirir la
ayuda de socios estratégicos e intermediarios en toda
la cadena de abastecimiento.
Clic aquí para ver la
Ley General de Derechos
de Autor
El problema mundial del robo de propiedad intelectual y
el comercio de productos falsificados y pirateados están
creciendo a un ritmo alarmante.
La falsificación ya no se limita a dar un golpe bajo a la
gama de bolsos de alto diseño que se venden en las
esquinas de las calles de la ciudad, sino que se ha
convertido en un sofisticado mercado negro de la
industria; participando en la fabricación y venta de
falsificaciones de las versiones de un inimaginable
número de productos.
Clic aquí para ver la
Ley General de Derechos
de Autor
,
Para proteger de la mejor forma sus activos en
materia de Propiedad Intelectual, es esencial que
comprenda el contenido de las distintas piezas que
conforma el portafolio de esta materia.
Generalmente, la PI dentro de una empresa se
integra de marcas, derechos de autor patentes, y
secretos comerciales propios o aquellos utilizados por la
empresa en su negocio..
Para mas información, puede consultar el Manual de
Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual:
http://www.impi.gob.mx/proteccion/Documents/MANUAL_PRO
PIEDAD_INT ELECT UAL_OBSERVANCIA.pdf
Clic aquí para ver la
Ley General de Derechos
de Autor
Marcas
¿Qué son las marcas?
¿Cómo registrar una marca?
Clasificación
Tarifas
Vigencia
Formatos
Preguntas frecuentes
Imagen 1
¿Qué son las marcas?
Una Marca es todo signo visible que se utiliza para distinguir e
individualizar un producto o servicio de otros de su misma clase
o especie. Su función principal es la de servir como elemento
de identificación de los diversos productos y servicios que se
ofrecen y se prestan en el mercado
Una Marca debe registrarse para que usted, como propietario,
obtenga un Título de Registro que le da derecho a usarla en
forma exclusiva en toda la República Mexicana. De esta
manera nadie deberá usarla sin su autorización..
¿Cómo registrar una marca?
Registrar una marca es muy sencillo, lo único que debe
hacer es llenar una solicitud, realizar el pago en el
banco mediante una línea de captura o vía Portal de
Pagos y Servicios del IMPI y presentar la
documentación necesaria en alguna de las oficinas del
IMPI
Existe un tríptico con una breve explicación de como
registrar una marca, puede acceder a el en:
http://www.impi.gob.mx/QuienesSomos/Guias%20de%20Usuario/08%20-%20Triptico%20Marcas.pdf
El IMPI ha elaborado también una Guía del Usuario
de Signos Distintivos, que tiene como propósito difundir
entre el público los diversos aspectos relacionados con los
trámites administrativos que se deben efectuar para
solicitar la protección de los signos distintivos, a través
de Marcas, Avisos y Nombres Comerciales.
Dicha guía puede ser encontrada en el siguiente enlace:
http://www.impi.gob.mx/marcas/Paginas/GuiaSignosDistintivos.aspx
Clasificación de las marcas
Existe una clasificación aceptada internacionalmente
(Clasificación Niza), la cual se compone de clases que
agrupan conjuntos de productos o servicios que guardan
una relación entre sí, o que tienen una característica
común en función de su utilidad o uso.
Dicha clasificación podemos encontrarla en el siguiente
enlace:
http://www.impi.gob.mx/marcas/Paginas/ClasificacionInternacional.aspx
Tarifas de marcas
Existe un costo por los servicios que presta el IMPI en
materia de marcas, avisos y nombres comerciales. Estas
tarifas varían dependiendo del trámite que se vaya a
realizar..
Para mas información sobre las tarifas, podemos visitar
el siguiente enlace:
http://www.impi.gob.mx/marcas/Paginas/TarifasMarcasAvisosNombres.aspx
Vigencia
¿Cuál es la vigencia de un registro?
Diez años contados a partir de la fecha de presentación de
la solicitud, renovables por periodos de la misma duración.
Artículo 95 de la Ley de la Propiedad Industrial.- El registro
de marca tendrá una vigencia de diez años contados a
partir de la fecha de presentación de la solicitud y podrá
renovarse por períodos de la misma duración.
Formatos
Existen diferentes tipos de formatos, y debemos elegir el
mas adecuado en base a lo que queremos registrar. Para el
registro de marcas y otros signos distintivos, podemos utilizar
los siguientes formatos (clic para ir al formato):
Solicitud de Registro o publicación de signos distintivos
Solicitud de Renovación
Para mas información o ver otros tipos de formatos,
podemos ir a:
http://www.impi.gob.mx/servicios/Paginas/Formatos.aspx
Preguntas frecuentes sobre
marcas
¿Te quedaste con alguna duda? ¿Quieres más información
sobre el registro de una marca? Puedes visitar el siguiente
enlace, donde se dan respuesta a una serie de preguntas
acerca del tema:
http://www.impi.gob.mx/TemasInteres/Paginas/PreguntasFrecuentesMarcas.aspx
Patentes
? ¿Qué es una patente?
? ¿Qué no se puede patentar?
? Patentes de Dominio público
? Modelos de utilidad
? ¿Cómo registrar una invención?
? Tarifas y vigencias
? Formatos
Dar clic en la
categoría deseada
para ir a su contenido
¿Qué es una Patente?
Es el derecho a exclusividad que otorga el Estado sobre
una invención. La solicitud de patente se presenta ante el
IMPI por medio de un documento técnico que describe el
avance tecnológico de la invención.
Una invención patentable es toda creación humana que
permite transformar la materia o la energía existente en
la naturaleza para el aprovechamiento del hombre y
satisfacer sus necesidades concretas.
Las invenciones patentables son productos, procesos o usos
de creación humana que cumplen con los siguientes
requisitos:
Continúa
,
Novedad – Se considera nuevo, todo aquello que no se
encuentre en el estado de la técnica
Estado de la técnica Todos los conocimientos técnicos
que se han publicado por cualquier medio
Actividad inventiva Es el proceso creativo de la
invención, es decir que los resultados obtenidos no se
deduzcan del estado de la técnica en forma evidente.
Aplicación Industrial Es la posibilidad de comercializar
el producto o que pueda utilizarse en cualquier rama
industrial económica.
Continúa
¿Cómo saber si la invención es
nueva?
Lo recomendable es realizar una búsqueda de
información tecnológica en bases de datos de patentes
para conocer el estado de la técnica.
El IMPI ofrece el servicio de búsqueda, a través del
Centro de Información Tecnológica (CIT).
Cabe mencionar que la información derivada de la
búsqueda no sustituye ni exenta de ninguna forma a
la que se realiza en el examen de fondo de la solicitud
de patente
Información Tecnológica:
http://www.impi.gob.mx/InformacionTecnologica
¿Qué no se puede
patentar?
De acuerdo a la Ley de Propiedad Industrial no se
puede patentar:
Ley de Propiedad Industrial
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/50.pdf
Procesos biológicos para la producción y propagación
de plantas y animales
Materia biológico y genético tal y como se
encuentra en la naturaleza
El cuerpo humano y las partes que lo componen
Las variedades de vegetales
Art. 16 Ley Propiedad Industrial
Patentes de Dominio Público
Si una patente caduca y no se ha realizado trámites para
su renovación, pasa a ser de dominio público. Dentro del
IMPI existe un catálogo de patentes del dominio público,
que tiene por objeto dar a conocer la tecnología de
productos, procesos, y maquinaria o equipo de patentes que
han caducado.
Muchas de esas patentes contienen información
actualizada en diversos campos del conocimiento que
pueden ser aprovechadas sin el pago correspondiente de
regalías a sus titulares. Dicho catálogo lo podemos encontrar
en:
http://www.impi.gob.mx/InformacionTecnologica/Paginas/Catalogo
InventoresMexicanos.aspx
¿Qué es un modelo de
utilidad?
Se considera modelo de utilidad los objetos, utensilios,
aparatos o herramientas que, como resultado de una
modificación en su disposición, configuración,
estructura o forma, presenten una función
diferente respecto de las partes que lo integran o
ventajas en cuanto a su utilidad.
¿Cómo registro una
invención?
Para registrar una invención, es necesario cumplir con
ciertos requisitos y seguir un procedimiento. Dentro del
IMPI podemos encontrar una serie de documentos que
nos brindarán con toda la información necesaria para este
fin.
Podemos encontrar un tríptico con información básica sobre
las patentes
http://www.impi.gob.mx/patentes/Paginas/TripticoPatentes.aspx
Así también de una guía de usuario sobre Patentes y
Modelos de Utilidad
http://www.impi.gob.mx/patentes/Paginas/GuiaPatentesModelosUtil
idad.aspx
Tarifas y vigencia
Una patente otorga a su titular derecho exclusivo de
explotación por un periodo de 20 años. Para un modelo de
utilidad, este derecho es por 10 años.
En ambos casos, para que los titulares conserven los
derechos, deben dar a conocer a la sociedad estos
conocimientos y cubrir las anualidades respectivas.
Para conocer las tarifas, visita el siguiente enlace:
http://www.impi.gob.mx/patentes/Paginas/TInvencionesDise%C3
%B1osCircuitos.aspx
Formatos
Para el registro de patentes y registro de modelos de
utilidad, podemos el siguiente formato:
http://www.impi.gob.mx/servicios/Formatos/IMPI_00_009_2012.
pdf
También podemos encontrar el formato para la solicitud de
Información Tecnológica, la cual sirve para buscar patentes
ya existentes.
http://www.impi.gob.mx/servicios/Formatos/IMPI_00_011_2012.
pdf
¿Qué es un modelo de
utilidad?
Se considera modelo de utilidad los objetos, utensilios,
aparatos o herramientas que, como resultado de una
modificación en su disposición, configuración,
estructura o forma, presenten una función
diferente respecto de las partes que lo integran o
ventajas en cuanto a su utilidad.
,
El SIGA
El SIGA es el Portal Oficial de la Gaceta de la
Propiedad Industrial para la puesta en circulación,
consulta y descarga electrónica de la Gaceta de la
Propiedad Industrial en todos sus volúmenes, de
conformidad con el artículo 15o. fracción VII del
Reglamento del Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial.
Pone a disposición de todos aquellos interesados en
la propiedad industrial la colección histórica de
alrededor de 150 años de los ejemplares la Gaceta
de la Propiedad Industrial en formato PDF así
como los acervos de información publicada desde
1873 a la fecha sobre patentes, marcas y asuntos
contenciosos.
Para acceder al portal
del SIGA, visita el
siguiente enlace:
http://siga.impi.gob.mx/
,
Gaceta de la Propiedad
Industrial
Es el órgano de información oficial del IMPI, mediante
el cual se efectúa la publicación legal de los actos de
autoridad y demás acciones encaminadas a fortalecer
de una forma más eficaz y eficiente, una mayor
productividad, creatividad y competitividad del sector
productivo de nuestro país
Difunde la información derivada de las patentes,
registros, declaratorias de notoriedad o fama de marcas,
autorizaciones y publicaciones concedidos y de
cualesquiera otras referentes a los derechos de
propiedad industrial
Puedes encontrar la
guía de usuario del
SIGA en el siguiente
enlace:
http://siga.impi.gob.mx
/pdf/guia_usuario.pdf
¿Qué es una Franquicia?
Se refiere a un sistema de comercialización basado en un
contrato de larga duración donde el franquiciante pone a
disposición del franquiciatario sus conocimientos comerciales y
sus signos distintivos, además de información sobre los sistemas
de promoción de ventas y organización de la empresa, entre
otros.
El concesionario de la franquicia se compromete a vender los
productos o prestar los servicios cubiertos por la franquicia,
conforme a las condiciones pactadas en los contratos
respectivos, garantizando la homogeneidad, calidad e imagen
de los productos o servicios
La Ley de Propiedad Industrial y su Reglamento establecen
las reglas para que en el caso de que así lo convengan las
partes, se solicite ante el IMPI la inscripción de la franquicia.
Se puede visitar la Ley de Propiedad Industrial, capitulo VI,
que contiene más información sobre las franquicias, accediendo
al siguiente enlace:
http://www.impi.gob.mx/TemasInteres/Documents/LEY_PROPIEDAD_INDUSTRIAL.pdf
También existe un formato para la solicitud de inscripción de
licencia de uso o franquicia, al que se puede acceder desde:
http://www.impi.gob.mx/servicios/Formatos/IMPI_00_004_2012.pdf
Piratería
Si usted tiene conocimiento de la comisión de actos
que atentan contra los derechos de Propiedad
Intelectual y desea denunciarlos, lo puede hacer por
los siguientes medios:
– pirateria@impi.gob.mx
– 01 800 0085 400
Imagen 2
Conclusiones
Es esencial comprender el contenido que conforma la
materia de Propiedad Intelectual con el fin de, como
autores o empresa, proteger nuestros activos, que pueden
incluir marcas, derechos de autor patentes, secretos
comerciales, entre otros.
También es importante conocer todos los procedimientos
para el trámite y registro de nuestros signos distintivos
(como las marcas), que pueden llegar a ser el bien
intangible más valioso para un negocio, puesto que a través
de este, los consumidores identifican la imagen del producto
o servicio que dicho negocio ofrece al mercado.
Bibliografía
http://www.impi.gob.mx/
Instituto Mexicano de La Propiedad Intelectual
http://www.wipo.int/portal/es/
Organización Mundial de La Propiedad Intelectual
Imágenes
Imagen 1 –
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Imagen 2 –
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